2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Tampoco podrán participar como oferentes funcionarios del mismo organismo, cualquiera sea su calidad
jurídica, ni sus cónyuges o convivientes civiles ni demás personas unidas a ellos por vínculos de parentesco en
segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios
finales. Estas y otras prohibiciones se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que
moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios.
Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar
con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Se deja constancia que queda prohibida la contratación con personal Directivo, jefaturas de área, de unidad
y/o de departamento.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los servicios y bienes que se
requieren, así como de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo
hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni
observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones.
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público.
• Normas de Derecho Privado.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico.
• Referente Técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es el profesional que actuará
como Administrador de contrato del Hospital de La Florida.
• Evento Centinela: Evento que causo serias secuelas físicos y/o psicológicas o la muerte del paciente o el
daño potencial de que esto ocurra y que no está relacionado con el curso natural de la enfermedad.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante treinta (30) días
corridos, desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el
día de cierre de las ofertas.
Visita a terreno Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una Visita a
Terreno de carácter obligatorio, en dependencias del Edificio Principal del
Hospital ubicadas en Calle Froilán Roa 6542, comuna de La Florida, Región
Metropolitana.
La visita a terreno se realizará en presencia del Referente Técnico del proceso,
en la fecha y horario:
• Al tercer día corrido contado desde la publicación de la licitación a las
10:00 am. Con 5 minutos como periodo de gracia.
Si el tercer día corrido fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá
hasta el primer día hábil siguiente.
• Al quinto día corrido contado desde la publicación de la licitación a las
15:00 pm. Con 5 minutos como periodo de gracia.
Si el quinto día corrido fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá
hasta el primer día hábil siguiente
El oferente deberá elegir solo una de las fechas antes señaladas para realizar su
visita. Solo se podrá asistir a una de las 2 visitas.
Sera de exclusiva responsabilidad del oferente estar a la hora, el día y en el lugar
establecido en las presentes bases.
Para dejar constancia de su visita, el oferente debe firmar el Acta de Visita a
Terreno, dispuesto por Hospital durante el día de la visita. Es obligación del
oferente exigir firmar este documento. El oferente que no firme el Acta de Visita
a Terreno se entenderá que no concurrió al Hospital en el día y hora señalada,
declarándose INADMISIBLE SU OFERTA. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta,
de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del décimo día corrido contado desde la publicación de estas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el vigésimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl.
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el trigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16:00 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el trigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La
apertura se realizará desde las 16:01 horas desde la fecha del cierre de las
ofertas y hasta los cinco (5) días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez (10) días hábiles.
Adjudicación de las
Ofertas
La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez (10) días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.4.1.- Visita a Terreno Obligatoria
Todo oferente que participe en esta licitación deberá asistir a una visita a terreno de carácter obligatorio, en
dependencias del Hospital la Florida.
La visita a terreno se realizará en presencia del Referente Técnico/a del proceso, en la fecha y horario
señalados en el numeral 5.4 de las presentes bases. Se aceptará a solo 1 representante por oferente.
El objeto de la visita obligatoria es que los oferentes conozcan la ubicación y el recinto donde se realizará el
SERVICIO DE TRASLADO INTERNO DE PACIENTES PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA.
Las ofertas de los proponentes que no participen en esta visita a terreno obligatoria, SERÁN DECLARADAS
INADMISIBLES. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
El lugar de encuentro para comenzar la visita a terreno será en Hall central del Hospital La Florida ubicado en
el primer piso.
Durante la visita a terreno no se responderán consultas de ningún tipo sobre el proceso licitatorio ni sobre las
Bases de licitación que lo sustentan. Tampoco se responderán consultas técnicas ni sobre las instalaciones
visitadas. Cualquier comentario o respuesta emitida en dicha visita no será considerada como parte de este
proceso ni de sus bases, ni podrá ser alegada por los oferentes como antecedente para presentar su oferta.
Las consultas derivadas de la visita a terreno deberán formularse por los oferentes solo por escrito en el portal
Mercado Publico y dentro de los plazos establecidos para ello.
Para dejar constancia de su visita, el oferente debe firmar el Acta de Visita a Terreno, documento adjunto más
abajo, dispuesto por Hospital durante el día de la visita. Es obligación del oferente exigir firmar este
documento. El oferente que no firme el Acta de Visita a Terreno, se entenderá que no concurrió al Hospital
en el día y hora señalada, DECLARÁNDOSE INADMISIBLE SU OFERTA. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de
la Ley N° 19.886.
La visita se realizará solo en las fechas y los horarios establecidos y solo con los participantes que se presenten
en tiempo y forma.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos chilenos, con el valor mensual
neto, indicando si es afecto a IVA.. Además, se deberán presentar todos los anexos solicitados los cuales
deberán tener el servicio requerido claramente identificado.
El valor ofertado deberá incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción
conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
Se deberán, además, presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el Servicio requerido
claramente identificado.
5.6.- Ofertas alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista.
• No sujeto a modalidad.
• Irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto Mínimo $200.000 (doscientos mil pesos).
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia Mínimo 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción
de ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE TRASLADO INTERNO DE PACIENTES PARA EL HOSPITAL DE
LA FLORIDA” ID: 812261-XX-LR24”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la
glosa en su texto, esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta
adherida al documento.
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá:
SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA FÍSICA:
Entregar físicamente la garantía a profesional a cargo Sr. Anat Silva, en
oficina de Unidad de Licitaciones, ubicada en calle Diego de Almagro
5210, Ñuñoa, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30
a 16:00 horas, antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de
ofertas en mercado público. Las garantías deben entregarse en sobre
cerrado dirigido a señor Anat Silva, Unidad de Licitaciones del Hospital La
Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
• GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LR24
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la
licitación)
• IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
Siendo recibido el sobre se abrirá este y revisará si viene en su interior el
documento físicamente, sin analizar su correcta emisión.
Confirmado el contenido del sobre por el profesional a cargo de la
recepción, este quedará facultado para firmar cualquier documento de
recepción conforme, que se acompañe a la entrega, por parte del
proveedor.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Si el sobre es entregado por un servicio de encomiendas (correos de chile,
Chilexpress u otros de similar rubro), que no permite abrir el sobre para
verificar si el documento viene en su interior, sin firmar antes la
recepción conforme que pide la empresa de encomienda, el proveedor
se hace responsable en caso de ser rechazada su oferta, si se verifica
posteriormente que el sobre no contenía el documento en físico en su
interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
requisitos de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA ELECTRÓNICA:
En caso de que el proveedor caucione su oferta a través de una Garantía
en Formato Electrónico, deberá adjuntar dicha garantía a su oferta en
portal Mercado público (no será necesario, en este caso, la entrega
material del documento), antes del cierre de la recepción de ofertas.
PARA AMBOS TIPOS DE GARANTÍA:
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s)
oferta(s) presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último,
sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse,
además, a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos
electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma,
que deberán acompañarse juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en calle Diego de Almagro 5210, Ñuñoa, funcionan distintas
unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente
la garantía, en caso de que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por
no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la
falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes
bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del
contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la
suscripción del mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
Las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas
inadmisibles o desestimadas, estará a disposición del proveedor para su retiro, dentro del plazo de 10 días
hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación,
salvo respecto del oferente que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para
resguardar una posible readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCION MATERIAL DE GARANTIA:
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia del Departamento de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a
través de correo electrónico dirigido al profesional responsable de la licitación, indicando tipo de documento
e identificación del proceso.
El profesional a cargo, será encargado de solicitar la liberación del documento desde el departamento de
finanzas y una vez en su poder, contactará al proveedor para que este pueda hacer retiro del documento de
manera presencial.
El profesional a cargo de la licitación informará al oferente, mediante correo electrónico, indicado por el
proveedor en Anexo 01, el lugar, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro el proveedor deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa.
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes.
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira).
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal.
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira.
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los Anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y
esencial respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la
carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 01 Presentación
Del Oferente.
02 DECLARACIÓN JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las
disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo
Reglamento para ofertar y contratar con el Estado. Debe
adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo
N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para
ofertar, este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por
tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración
Jurada, aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portalwww.chileproveedores.cl y que posean en este
registro publicado la declaración para ofertar exigida en estas
bases, por Ley, a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones
vigentes.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con
la información técnica respecto del servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar
todos los documentos, fotografías y/o certificados que respalden
su información, según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03
Especificaciones Técnicas” publicado en el portal
www.mercadopublico.cl. y completar con la información señalada
según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los
requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles
y no serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida,
debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03
Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04 PLAZO DE INICIO DEL SERVICIO
Documento en que se debe indicar por el proveedor el plazo
máximo de inicio de actividades del servicio licitado, de acuerdo a
las Bases Administrativas, técnicas y demás documentos que
forman parte de la licitación.
El plazo de inicio del servicio comenzará una vez enviada la
solicitud de servicio por parte del Referente técnico de contrato
del Hospital la Florida.
Se establece que el límite base para el tiempo de inicio del servicio
es 1 día corrido (es decir tiempo mínimo). Cualquier otro inferior,
se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es
decir se debe ofertar desde 1 día en adelante.
Se establece que el límite máximo en tiempo de inicio del servicio
es de 30 días corridos. Cualquier plazo de inicio del servicio que
supere los 30 días corridos, hará inadmisible la oferta. Lo anterior,
sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de
la Ley N° 19.886.
En caso de presentar la oferta un rango de inicio del servicio se
evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado
(por ejemplo, si se oferta una entrega entre 2 a 30 días, se evaluará
como si se hubiera ofertado 30 días de entrega).
El plazo de inicio del servicio se deberá expresar en días corridos.
Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su oferta será
declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si se trata de
días hábiles o corridos, se entenderá que son días corridos, para
todo efecto.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en
la carpeta técnica con el nombre: ANEXO N°04: PLAZO DE INICIO
DEL SERVICIO.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
05 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Anexo para completar y adjuntar a la oferta que contiene el tipo
de experiencia del proveedor:
• Si se trata de experiencia en sector público:
Se deberá completar la tabla del Anexo indicando el ID de las
órdenes de compra de Mercado las que deberán contar,
expresamente, en el sistema de información Mercado Público
con recepción conforme.
En este caso no se deberán adjuntar las órdenes de compra a
la oferta, solo identificarlas, ya que estas serán verificadas en
línea en el sistema de información Mercado Público
directamente al momento de evaluar.
• Si se trata de experiencia en sector Privado:
Se deberá completar la tabla del anexo indicando el ID de las
órdenes de compra y sus correspondientes facturas.
En el caso de experiencia en sector privado además de
completar este anexo se deberán adjuntar a la oferta, las
respectivas órdenes de compra señalas y facturas indicadas en
la tabla.
Estas Ordenes más sus facturas se deben adjuntar al anexo con
el nombre de: “Anexo 05 Experiencia del Oferente” en la
carpeta Técnica de su oferta en el portal mercadopublico.cl
Para ambos tipos de experiencia se deberán indicar órdenes de
compra que acrediten experiencia en venta del mismo bien y/o
servicio que se licita. Si presenta más de una Orden de Compra
emitida por la misma organización Pública o privada, sólo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación de hasta un
máximo total de 6 órdenes de compra de Mercado Público y/u
órdenes de compra privada más su factura, (dependiendo la
experiencia que se desee acreditar), donde se hayan adquirido los
mismos servicios en los últimos 24 Meses desde el cierre de
recepción de las ofertas de este proceso licitatorio.
Si se presentan, adjuntan o se señalan más órdenes de compra en
la tabla dispuesta, o como adjunto, estas no serán consideradas en
la evaluación.
Si una misma orden de compra hace referencia a más de un ítem
ofertado en este proceso licitatorio, el proveedor podrá incluir esta
misma Orden en todas las tablas del Anexo 05 por ítems que
estime pertinente.
IMPORTANTE:
- Para experiencia en sector público: Sólo serán
consideradas para la evaluación, las órdenes de compra
de mercado público indicadas por el oferente en la tabla
del Anexo 05 y que se hayan podido verificar con
recepción conforme en el sistema de información
Mercado Público al momento de evaluar.
- Para experiencia en sector privado: Sólo serán
consideradas para la evaluación, las órdenes de compra
privadas másfacturasindicadas por el oferente en la tabla
del anexo y que se hayan adjuntado, tanto las ordenes,
como sus respectivas facturas, a la oferta.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro,
las Órdenes de Compra de Mercado Público y las órdenes de
Compra con sus respectivas Facturas, referidas a la venta del
mismo servicio requerido en esta adquisición y se considerará de
la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado
con organismos de salud pública, Hospitales Públicos de Alta
complejidad o privados.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en
la carpeta técnica con el nombre: ANEXO N°05: EXPERIENCIA DEL
OFERENTE.
06 CERTIFICADO CONDICIONES DE
EMPLEO Y REMUNERACIÓN
Documento en el cual el oferente declara la cantidad de mejoras
en las condiciones laborales de las y los trabajadores con sus
respectivos respaldos. Debe adjuntarse en la carpeta
administrativa con el nombre correspondiente tal, que permita su
inequívoca identificación.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en
la carpeta técnica con el nombre: ANEXO N° 06: CERTIFICADO
CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN.
08
LISTADO, EXPERIENCIA Y
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
EN PRESTACIÓN DE SERVICIO
Documento donde se señala el personal que prestará los servicios,
para la Hospital en virtud de esta licitación.
El personal indicado en este anexo deberá ser el mismo que inicie
actividades en el Hospital una vez iniciado el servicio de traslado
interno de pacientes en virtud de lo contratado.
En dicho documento se deberá indicar los años experiencia y
curso/s de capacitación del personal en prestación de servicio.
La experiencia obligatoria para el personal en prestación de
servicio corresponde a la siguiente:
• Cargo de Supervisor: al menos 2 años en funciones
propias del cargo solicitado.
• Cargo de Despachador: al menos 6 meses en funciones
propias del cargo solicitado.
• Cargo Personal de Transporte: al menos 6 meses en
funciones propias del cargo solicitado.
Si la oferta incluye personal en prestación de servicio que no
cumpla o no logren acreditar la experiencia obligatoria solicitada
en las presentes bases, SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta
técnica con el nombre: “Anexo N°08 Listado Personal”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886
09
DECLARACIÓN JURADA
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
CON APLICACIÓN DE CÓDIGO
ÉTICA PARA PROVEEDORES
(DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA)
Documento que declara la aplicación de programas de integridad
de Código de ética para proveedores, correspondiente a la
Directiva N°31 ChileCompra, por el proveedor y sus trabajadores.
Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá
que no conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas
contenidas en Código de ética para proveedores, por tanto, su
oferta no será evaluada en este criterio de evaluación.
Anexo N°09: Declaración jurada programa de integridad con
aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra).
CARPETA ECONÓMICA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el VALOR NETO MENSUAL, en pesos
chilenos por los servicios requeridos.
El proveedor deberá indicar en este anexo, cuando corresponda, si
su oferta económica está afecta a IVA.
El valor a ofertar deberá incluir todos los gastos asociados en los
que incurra el adjudicatario hasta la total recepción conforme de
su servicio, comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos
a capacitación, traslados, derechos, patentes, etc.
Se evaluará sólo el valor ofertado correspondiente al SERVICIO DE
TRASLADO INTERNO DE PACIENTES PARA EL HOSPITAL DE LA
FLORIDA.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta
Económica con el nombre: Anexo N°07 Carta Oferta.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los
documentos que conforman la oferta, sean iguales a los valores
ingresados en el campo correspondiente en el portal
www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el
valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal,
prevalecerá la oferta subida a la línea de servicio a
www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1
en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en
la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.-Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o
acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, voucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación,
por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazo inicio del Servicio.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en punto 5.8 de Bases Administrativas de Licitación.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTA |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Jefatura de Abastecimiento.
2. Jefatura Gestión de Contratos.
3. Jefatura de Finanzas.
4. Referente/s Técnico/s.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su
lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la
comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefatura de Abastecimiento.
2. Jefatura Gestión de Contratos.
3. Jefatura de Finanzas.
La comisión deberá sesionar en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Las decisiones se
tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
• Errores u omisiones en documentos presentados:
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u
omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es,
en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes,
informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado
Público.
• Omisión de documentos:
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir
la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran
a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de
www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados
a un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de
todos los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de
dicha sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1.- Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN FACTORES PONDERACIÓN PUNTAJE
MÁXIMO
CUMPLIMIENTO DE
REQUISITOS FORMALES 1% 100
PROGRAMAS DE INTEGRIDAD
CON APLICACIÓN DE CÓDIGO
DE ÉTICA PARA PROVEEDORES
DEL ESTADO
1% 100
CRITERIO TÉCNICO 38%
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
DESEABLES 40% 100
PLAZO DE INICIO DEL SERVICIO 20% 100
EXPERIENCIA DEL OFERENTE 10% 100
CONDICIONES DE EMPLEO Y
REMUNERACIÓN 5% 100
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL
ANTERIOR 15% 100
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL EN
PRESTACIÓN DE SERVICIO 10% 100
OFERTA ECONÓMICA 60% 100
8.4.1.- Cumplimiento de Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2. Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de
ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente
acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (Anexo N°09), donde se señala expresamente como
política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores
(Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican
código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el Anexo N°09:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores
(Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado. 100
No aplica programa de integridad con código de ética para
proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con
el estado, o no logra acreditar.
0
8.4.3.- Criterio Técnico (38%)
Se evaluará el criterio de evaluación técnico a través de los factores, “Especificaciones técnicas deseables”
(40%), “Plazo de inicio del Servicio” (20%), “Experiencia del Oferente” (10%), “Condiciones de Empleo y
Remuneración” (5%), Comportamiento Contractual Anterior” (15%) y “capacitación del personal en
prestación de servicio” (10%).
8.4.3.1.- Factor Especificaciones Técnicas Deseables (40%)
El factor especificaciones técnicas deseables se evaluará conforme al Anexo 03 y a través del mecanismo
porcentual de mayor valor, según lo siguiente:
El Anexo N° 03 contendrá las especificaciones técnicas OBLIGATORIAS y las especificaciones técnicas
DESEABLES.
Especificaciones Técnicas Obligatorias (O): Corresponden a las especificaciones técnicas cuyo incumplimiento
impide el funcionamiento del servicio, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las
normas de seguridad vigente, por tanto, las propuestas que no cumplan con alguna de las especificaciones
técnicas OBLIGATORIAS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen las especificaciones técnicas Obligatorias:
• Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el respaldo
correspondiente.
• También se entenderá que no cumple la especificación técnica obligatorio, si el respaldo que acredite
dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha
debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o
enmendó en el tiempo y forma requerido.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES (D): Considera las especificaciones técnicas que son importantes,
pero que, sin embargo, su incumplimiento no afectaría el funcionamiento del servicio.
SE EVALUARÁN EN ESTE CRITERIO SOLO EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES
ESPECIFICADOS EN EL ANEXO Nº 03.
Se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable:
• Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el respaldo
correspondiente.
• También se entenderá que no cumple la especificación técnica deseable, si el respaldo que acredite
dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha
debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o
enmendó en el tiempo y forma requerido.
PAUTA DE EVALUACIÓN
La evaluación de este criterio se realizará aplicando el mecanismo de mayor valor a la sumatoria de los
puntajes obtenidos en la siguiente tabla:
TABLA DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES (ANEXO 03):
CLASIFICACIÓN DEL
REQUISITO N° REQUERIMIENTO FORMA DE ACREDITAR PUNTAJE
CERTIFICADOS DE
CALIDAD DEL
PRODUCTO
1
Empresa cuenta con certificación ISO
9001.
Certificado vigente. 10
2
Empresa cuenta con certificación ISO
14001.
Certificado vigente. 10
3
Empresa cuenta con certificación ISO
13485. Certificado vigente. 10
4 Empresa cuenta con Sello Empresa Mujer
Ficha del registro de
proveedores del portal
Mercado Público.
10
PERSONAL CARGO
SUPERVISOR
5 Acredita título técnico y/o Profesional
Título Técnico y/o
profesional y/o
certificado de título.
10
6
Acredita formación en nivel Office nivel
intermedio.
Certificado de
capacitación Vigente. 10
SISTEMA DE
COMUNICACIÓN Y
REGISTRO DE
ACTIVIDADES
7
Cuenta con software de gestión capaz de
integrarse el sistema de información
Hospitalaria HIS.
Ficha técnica y/o
Catalogo. 10
8
Cuenta con sistema de comunicación y
registro con funciones adicionales.
Ficha técnica y/o
Catalogo. 10
PUNTAJE TOTAL (SUMATORIA PUNTAJES) 80
Mecanismo de mayor valor:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MÁXIMO
Especificaciones técnicas deseables 100
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑂𝑏𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑜
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 ) 𝑥 100
8.4.3.2. Factor Plazo de inicio del servicio (20%)
El Factor de evaluación Plazo de inicio del servicio se evaluará con el mecanismo Porcentual del Menor Valor,
según lo siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Plazo de inicio del servicio (Anexo N°04) 100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El proponente debe informar el plazo que tardará en iniciar el servicio adjudicado en su Anexo N°04.
El plazo de inicio del servicio comenzará una vez enviada la solicitud de servicio por parte del Referente técnico
de contrato del Hospital la Florida.
Se establece que el límite base para el tiempo de inicio del servicio es 1 día corrido (es decir tiempo mínimo).
Cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar
desde 1 día en adelante.
Se establece que el límite máximo en tiempo de entrega es de 30 días corridos. Cualquier plazo de inicio del
servicio que supere los 30 días corridos, hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de
la Ley N° 19.886.
En caso de presentar la oferta un rango de inicio del servicio se evaluará basándose en el mayor periodo de
tiempo especificado (por ejemplo, si se oferta una entrega entre 2 a 30 días, se evaluará como si se hubiera
ofertado 30 días de entrega).
El plazo de inicio del servicio se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor no señala expresamente el
plazo en su oferta o señala en su oferta un plazo de días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
8.4.3.3- Experiencia del Oferente (10%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de órdenes de compra que cumplan con:
• Mismo rubro.
• Misma envergadura.
• Emisión 24 meses anterior al cierre oferta.
• OC sector público con recepción conforme.
• OC sector privado con factura.
• Máximo 6 OC por ítem.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Órdenes de compra de Mercado Público
y las Órdenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta del mismo insumo requerido en
esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con
organismos públicos, de salud pública, Hospitales Públicos de Alta Complejidad o privados.
Lo anterior, según lo señalado en Anexo 05 y la siguiente tabla de evaluación:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes. 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes. 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes. 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes. 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes. 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes. 10
No presenta órdenes de compra. 0
8.4.3.4.- Condiciones de Empleo y Remuneración (5%)
El puntaje correspondiente a las mejores condiciones laborales para personal que prestaran el servicio, el
mecanismo de tabulación será resultado de la sumatoria de los puntajes obtenidos por el oferente, según
Certificado Anexo N°06 de su oferta y según la siguiente tabla: Condiciones de Empleo y Remuneración Puntaje
Políticas de capacitación continua 20
Contratación personas con discapacidad 20
Seguro salud 10
Bono Escolaridad 10
Bono Fiestas Patrias 10
Bono Navidad 10
Políticas de Reajustabilidad remuneraciones 10
Contratación de personas adulto mayor 10
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MAXIMO
Mejores Condiciones de empleo y remuneración Anexo Nº 06 100
El proveedor deberá adjuntar el certificado que declare estas condiciones laborales.
Las condiciones declaradas en este anexo, se deberán mantener durante toda la vigencia del contrato y serán
comprobadas en los estados de pagos según corresponda, sin perjuicio de lo anterior, el Hospital en cualquier
momento podrá verificar si se cumplen estas condiciones durante la vigencia del contrato, solicitando los
antecedentes que estime conveniente al proveedor.
8.4.3.5 Factor Comportamiento Contractual Anterior (15%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente en base al registro de comportamiento en el
Sistema de información Mercado Público y/o Chileproveedores realizado por las instituciones públicas con las
cuales este haya contratado, según el registro de comportamiento contractual anterior de Chile Proveedores
y/o Mercado Público.
Este Factor se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente:
8.4.3.6.- Factor Capacitaciones del Personal en prestación de servicio (10%)
El factor Capacitaciones del Personal en prestación de servicio se evaluará conforme al Anexo 08 y sus
respectivos respaldos, a través del mecanismo dicotómico, según lo siguiente:
La capacitación de personas que no se encuentren identificadas en el Anexo 08, no será considerada a
evaluación.
Solo los siguientes cursos de capacitación serán considerados en la evaluación del presente servicio:
▪ Prevención de riesgos laborales.
▪ Trabajo en equipo.
▪ Habilidades analíticas.
▪ Curso de inteligencia emocional.
Las capacitaciones se deberán acreditar con los correspondientes certificados de capacitación emitidos por
entidad capacitadora. Dicho certificado deberá establecer la calidad de aprobado y deberá tener firma y
timbre de la entidad.
Si no se presentan los certificados que acrediten la capacitación del trabajador, esta no será considerada para
la Evaluación.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones o empresas que hayan emitido dichos documentos.
En consecuencia, los antecedentes de capacitación de los trabajadores del oferente, que no puedan ser
acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de los certificados se entenderán como no
presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerarán sólo documentos que acrediten capacitación del trabajador realizada
dentro de los 2 años anteriores al cierre de las ofertas.
La obtención de puntaje se realizará en base a la siguiente tabla:
CAPACITACIÓN PUNTAJE
Acredita al menos 50% del personal en prestación de servicio posee curso
de capacitación en Prevención de riesgos laborales, Trabajo en equipo,
Habilidades analíticas y/o Curso de inteligencia emocional.
100
No acredita al menos 50% del personal en prestación de servicio posee curso
de capacitación en Prevención de riesgos laborales, Trabajo en equipo,
Habilidades analíticas y/o Curso de inteligencia emocional.
0
Cabe destacar, que si el proveedor señala en su oferta un número impar de personas presentada en Anexo
N°08, el resultado del cálculo del 50% del personal en prestación de servicio será aproximado al número
entero superior más cercano.
8.4.4.- Evaluación Económica (60%)
La evaluación económica considerará el valor neto mensual por el servicio solicitado, el cual se debe ingresar
en Anexo Nº07 Carta Oferta:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
Se establece que el puntaje que se obtenga en el total de la oferta por cada insumo será el que se someterá
al cálculo según el menor valor ofertado, lo cual permitirá establecer la mejor condición económica para la
adjudicación.
El valor ofertado se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el Criterio Técnico.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Especificaciones técnicas deseables.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor plazo
inicio del servicio.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
capacitación del personal en prestación de servicio.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Comportamiento Contractual Anterior.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Experiencia del Oferente.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Condiciones de Empleo y Remuneración.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio Oferta
económica.
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado
j) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Cumplimiento de Requisitos Formales de las Ofertas.
k) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Público.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
Se adjudicará a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de
la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las
facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.- Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.- Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.- Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.- Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no
proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para Suscribir el Contrato
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
del Departamento de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y
según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o
superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de
contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: En formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido
por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se
encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, Que no se
encuentra afecto a ninguna de las prohibiciones que se encuentran reguladas en el Artículo 35
quáter, de la ley N°21.634, que moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio, tampoco podrán participar aquellos
interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con el estado, a que se refiere
el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos y que tratándose de personas jurídicas y
que tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de
celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de
proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura
Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la
solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no
podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio,
incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del
Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda.
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por
la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de
que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de
esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para
poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda
participar en este nuevo proceso.
10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3.- Suscripción Del Contrato Y Aceptación De La Orden De Compra
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el
documento de contrato vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su
oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato
físico, en sobre cerrado a nombre de Unidad de Gestión Contratos del Hospital La Florida, indicándose la
siguiente referencia “CONTRATO ID 812261-XX-LR24 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la
licitación), el sobre deberá ser entregado en la unidad de gestión de contrato del Hospital, dentro del plazo
estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
La unidad de gestión de contratos deberá notificar vía correo electrónico, la firma de la resolución que aprueba
el contrato a:
• El proveedor adjudicado.
• El RRTT de contratos.
• Jefaturas de Abastecimiento.
10.3.c Emisión de Orden de compra: Una vez recibido conforme el servicio, se emitirá orden de compra
respectiva, por mes vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
La orden de compra será emitida según las prestaciones efectivamente ejecutadas en el mes, según los valores
ofertados por el proveedor.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir solo una vez
completa la tramitación de la Resolución que aprueba dicho Contrato.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, sin lo cual, el pago no se llevará a
cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato.
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta,
además señalará la forma de recepción del servicio, garantía técnica, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose
las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las
licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso
correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda.
La duración del contrato será de 12 meses o hasta que se alcance el gasto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
10.6.- Renovación del Contrato
En caso excepcional y por motivos fundados el contrato podrá eventualmente ser renovado, solo por una sola
vez y bajo las mismas condiciones comerciales convenidas.
Dicha renovación deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo dispuesto,
entre otros, en el dictamen N°34.713, de 2015.
Los motivos fundados serán:
a) Continuidad del servicio.
b) Caso fortuito y /o Fuerza mayor.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de
Documento
Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale vistas,
certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con
los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista.
• no sujeto a modalidad.
• irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto 10% del monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos.
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 12 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones laborales del
“SERVICIO DE TRASLADO INTERNO DE PACIENTES PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA”
ID 812261-XX-LR24 (donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación).
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto,
esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y
oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en la unidad de
Gestión de Contratos, ubicada en dependencias del Hospital La Florida, Avenida Froilán
Roa 6542, primer piso (hall central OIRS y llamar a los siguientes números 26121568 /
26121516 / 26121319), en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 12:30 y de 14:00 a
16:00 horas, dentro de los 5 días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Gestión de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTÍA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LXR4 (donde se
señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE:
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la
misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y
entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una
fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional,
indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico viene
en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y cumplimiento
de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Gestión de Contratos.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas al
correo: garantiahlf@hospitallaflorida.cl, antes del del vencimiento del plazo de 5 días
hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación y
el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta
adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que, además, deben
ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse
conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir dentro
de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar al cobro de
la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio) y el
Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del
Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en
caso de que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado
el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa
oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio
con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Gestión de Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10.- Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
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11.- DE LAS ACTIVIDADES |
11.1.- Inicio de Actividades
El inicio formal de las actividades comenzara a regir una vez enviada la solicitud de servicio por parte del
Referente técnico de contrato del Hospital la Florida.
Dicha solicitud será enviada al correo electrónico del proveedor señalado en Anexo 01.
Con todo, la solicitud podrá ser enviada por el RRTT del Hospital, solo una vez formalizado el contrato.
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas
por el Hospital La Florida, a través del Referente Técnico.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto
total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del servicio, condiciones de su oferta, calidad, u otra
condición establecida por la Entidad u ofertada por el proveedor.
c) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
d) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
e) Cuando la Empresa adjudicada, a juicio de la Unidad Técnica, demuestre incapacidad técnica para ejecutar
el contrato o incumpliere las observaciones e instrucciones impartidas por la Unidad Técnica para la
ejecución de este.
f) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
g) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se
procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
h) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos
justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas
del derecho común.
i) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393.
j) Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato.
k) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o infracción
a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
l) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.2.- Amonestación
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Inicio del Servicio: Se aplicará una multa de 3 UTM por cada día corrido de atraso en el inicio del servicio,
tomando como base el plazo ofertado en la propuesta.
b) Atrasos del personal en prestación de servicios: aplicará una multa de 0.5 UTM por cada 5 minutos de
atraso en la llegada del personal para la ejecución de un traslado.
c) Reemplazo del personal en prestación de servicios: Se aplicará una multa de 3 UTM por no cubrir
reemplazo temporal de personal por vacaciones, permisos, licencias o reemplazarlo por personal no
calificado. Se aplicará la multa si no se cumple con los reemplazos para cada personal o si estos
reemplazos no poseen la misma formación técnica o profesional del personal reemplazado. Esta multa se
aplicará por evento.
d) Faltas a la integridad física: Se aplicará una multa de 20 UTM por conductas que conlleven falta o falla
que atente directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de pacientes y/o funcionarios, tanto el adjudicatario y/o su personal. (por ejemplo, daño doloso o negligente al paciente y/o
funcionarios; maltrato físico o verbal al paciente y/o funcionarios; robo o hurto a pacientes y/o
funcionarios, etc.). Esta multa se aplicará por evento.
e) Condiciones sanitarias deficientes: Se aplicará una multa de 10 UTM por conductas que impliquen
condiciones sanitarias deficientes, de acuerdo con las normas de infecciones intrahospitalarias o que
obstruyan la atención y/o calidad del servicio. (por ejemplo, no cumplir con los protocolos de seguridad
y/o infecciones, etc.). Esta multa se aplicará por evento.
f) Evento centinela: Se aplicará una multa de 50 UTM por comportamiento y acción que provoque 3 (tres)
eventos centinelas en un plazo de 2 meses
g) Negación de la información: Se aplicará una multa de 10 UTM por negación en la entrega de información
solicitada por el hospital. Esta multa se aplicará por evento.
h) Insumos distintos a los ofertados: Se aplicará una multa de 20 UTM por utilización en el Servicio, de
Insumos distintos a los ofertados.
i) Manipulación fraudulenta: Se aplicará una multa de 10 UTM por manipulación fraudulenta de los datos
e información de trazabilidad o cualquier otro, para el cobro del Servicio.
j) Incumplimiento de protocolos: Se aplicará una multa de 10 UTM por conductas que conlleven
incumplimiento de los protocolos acordados con el Hospital, por responsabilidad comprobada del
oferente (Ejemplo: trasladar a un paciente sin haber recibido las indicaciones de enfermería).
k) Falta de personal: Se aplicará una multa de 10 UTM por no cumplir con la cantidad de dotación de recurso
humano ofertada. Esta multa se aplicará por evento.
l) Se aplicará una multa de 3 UTM por el incumplimiento de alguno de los aspectos señalados en el numeral
5.2.- “Turnos del personal en prestación de servicio” de las Bases Técnicas.
m) Incumplimiento de protocolos de atención y seguridad: Se aplicará una multa de 10 UTM por conductas
que conlleven incumplimiento de los protocolos de atención y/o seguridad definidos con el Hospital (Por
ejemplo, aviso inoportuno de causal de fuerza mayor o caso fortuito que impida la adecuada ejecución
de los servicios, se estima inoportuno si excede de 2 horas contadas de sucedido el hecho. Esta multa se
aplicará por evento.
n) Se aplicará una multa de 3 UTM por el incumplimiento de alguno de los aspectos señalados en el numeral
4.3.- “Equipamiento para la ejecución del servicio” de las Bases Técnicas.
o) Destrozo o deterioro de equipamiento: Se aplicará una multa de 10 UTM por pérdida, destrozo o
deterioro de equipamiento, dispositivos médicos o instrumental de propiedad del Hospital La Florida o
daños a la infraestructura de este y cuya responsabilidad del oferente ha sido comprobada. Esta multa se
aplicará por evento.
p) Sistema de trazabilidad: Se aplicará una multa de 10 UTM por falla o error en el sistema de trazabilidad.
Esta multa se aplicará por evento.
q) Reemplazo de bienes dañados: Se aplicará una multa de 2 UTM por día de atraso en la reparación o
reemplazo de un bien mueble o inmueble.
r) Se aplicará una multa de 3 UTM por el incumplimiento de alguno de los aspectos señalados en el numeral
11.- “De las obligaciones y responsabilidades generales del adjudicatario” de las Bases Técnicas, que no
se encuentre señalado en otra letra del numeral 12.3 de las bases administrativas.
El valor de la UTM será el que corresponde al día en que se emita la Resolución de aplicación de multa.
12.4.- Registro de Comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Gestión
de Contratos del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5.- Procedimiento para aplicación de sanciones, cobro de multas y/o Término Anticipado de Contrato
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una
sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6.- El pago de la multa podrá ser cobrado:
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su
notificación, o
b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontará del pago, no de
la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le
aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más
trámite.
12.7.- Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTÍA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, por sobre la garantía obligatoria legal,
según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato más 120
días hábiles.
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14.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de facturación
para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
La facturación, quedará sujeto a las prestaciones efectivamente ejecutadas en el mes
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15.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl.
b) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
c) Formulario F30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
d) La eventual aplicación de multas y sanciones.
e) Recepción en plataforma SAP del Hospital, si corresponde.
f) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso de pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
15.1.- Pagos con Trasferencias Electrónicas
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
Nº Cuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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16.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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17.- ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
17.1.- Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Sr. Walter Abarca
Peñailillo, Jefe del Departamento de operaciones o quien sea titular del mismo cargo al momento de la
ejecución del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato,
quien, junto a la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital la Florida, tendrán las siguientes
responsabilidades:
Referente Técnico del Contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad
y/o entrega del servicio.
• Validar la recepción conforme, cuando corresponda.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de gestión de Contratos:
• Administración y Gestión Administrativa del Contrato.
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme del servicio e informar los descuentos y/o multas a que
hubiere lugar, para que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato y recepción conforme.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
del Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso oportuno al
proveedor vía correo electrónico.
17.2.- Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su Anexo N°1.
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18.- LEY Nº 20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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19.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
1.- OBJETO
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición del
“SERVICIO DE TRASLADO INTERNO DE PACIENTES PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA”.
2.- DEL SERVICIO
El servicio requerido consta del siguiente ítem:
ÍTEM COD SAP
INTERNO HLF
SERVICIO REQUERIDO
GASTO ESTIMADO
POR 12 MESES EN
UTM IVA INCLUIDO
1 N/A SERVICIO DE TRASLADO INTERNO DE PACIENTES 11.000 UTM
El tiempo total que se adquirirá el servicio por el hospital la Florida corresponde a un consumo estimado de
12 meses.
3.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El SERVICIO requerido en esta adquisición debe cumplir además de la especificación técnica propia del
servicio, establecida para cada uno de ellos en el Anexo N°03 publicado en el portal www.mercado publico.cl,
con todos y cada uno de los requerimientos señalados en estas Bases Administrativas y Técnicas.
El formato Excel ANEXO 03, de las especificaciones técnicas no podrá ser modificado y solo se deberán
contestar las preguntas allí expresadas. Si requiere entregar alguna explicación anexa de algún requerimiento
solicitado debe indicarlo en la columna Comentarios del oferente.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, del
Anexo 03 o de bases, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
4.- OBJETIVO GENERAL
El servicio que se licita comprende una serie de operaciones de transporte interno cuyo ámbito de acción
principal será el traslado de pacientes a las distintas áreas y/o unidades del Hospital la Florida.
Los tiempos de respuesta deberán ser considerados dentro de los registros, donde se podrá verificar el
cumplimiento del tiempo comprometido entre la solicitud y la entrega del paciente. Estos registros deben
cumplir con lo estipulado en las bases técnicas.
La cantidad estimada de traslados a realizar es la siguiente:
TABLA N°1
LUGAR DESDE DONDE SE SOLICITA REALIZAR EL
TRASLADO
N° ESTIMADO DE TRASLADOS REALIZADOS
MENSUALMENTE.
ALTA DE PACIENTE 260
EQUIPOS 730
PABELLÓN 60
OTROS 4000
PRESTACIONES ESTIMADAS MENSUALES: 5030 TRASLADOS.
El proveedor deberá considerar que la cantidad de traslados internos estimados realizados variará ante
situaciones excepcionales como incendios, cortes de suministros básicos, pandemia, catástrofes, entre otros.
El adjudicatario será responsable de proveer el servicio continuo y sin interrupciones durante las 24 horas del
día y los 365 días del año, por lo tanto, el adjudicatario siempre debe mantener la totalidad de dotación del
personal en prestación de servicio, cubriendo los feriados legales, licencias médicas, permisos administrativos,
entre otros, según corresponda.
4.1.- Tiempo de Respuesta
Los tiempos de respuesta para la prestación efectiva del servicio corresponden a los siguientes:
• Solicitudes de emergencia:
El tiempo máximo de respuesta para aquellas solicitudes de emergencia que no son programadas
con antelación, no deberá superar los 20 minutos a excepción de la Unidad UPC Adulto donde el
tiempo no deberá superar los 15 minutos.
Lo anterior sin perjuicio de las multas indicadas en el punto 12.3.- Multas de las Bases
Administrativas.
Las solicitudes de emergencia se realizarán vía Teléfono, al número del encargado/a del contrato
indicado en Anexo N°01.
• Solicitudes programadas:
El tiempo máximo de respuesta para solicitudes programadas con una hora mínimo de antelación,
no deberá superar los 10 minutos desde la realización de dicha solicitud.
Lo anterior sin perjuicio de las multas indicadas en el punto 12.3.- Multas de las Bases
Administrativas.
Las solicitudes programadas se realizarán vía Teléfono, al número del encargado/a del contrato
indicado en Anexo N°01.
4.2.- Insumos para la ejecución del servicio
El adjudicatario será responsable de proveer los insumos para la ejecución del Servicio de traslado interno del
Hospital la Florida.
Debe considerar materiales de escritorio, elementos de protección personal (EPP), uniforme y en general de
todo material e insumos que sean utilizado en las labores del personal en prestación de servicio. También
deberá proveer un computador con capacidad de conexión a internet y con sistema operativo para el registro
administrativo.
Todo el equipamiento anterior debe encontrarse en óptimas condiciones de uso previo al inicio del servicio
adjudicado.
4.3.- Equipamiento para la ejecución del servicio
El equipamiento mínimo con el que deberá contar el proveedor adjudicado para la correcta ejecución del
servicio corresponde al señalado en la siguiente tabla:
TABLA N°2
EQUIPAMIENTO CANTIDAD ESTIMADA
CAMILLA DE TRANSPORTE CON COLCHONETA 10
SILLA DE RUEDAS TRAUMATOLÓGICA ADULTO 10
SILLA DE RUEDAS INFANTIL ESTÁNDAR 2
SILLA DE RUEDAS PARA OBESIDAD 1
ROPA DE CAMA DESECHABLE PARA CAMILLAS
Cantidad necesaria para realizar de manera eficiente
el servicio requerido en las siguientes bases de
licitación.
COMPUTADOR E IMPRESORA
Equipamiento tecnológico necesario para realizar de
manera eficiente el servicio requerido en las
siguientes bases de licitación.
Se deja constancia que, se podrá solicitar al proveedor adjudicado el traslado de pacientes en cama; en tales
casos regirán los mismos requerimientos que para un traslado en camilla, salvo que la cama no está incluida
dentro del equipamiento solicitado a cargo del adjudicatario. En aquellos casos de traslados de pacientes
realizados en cama, será responsabilidad del adjudicatario regresar con la totalidad de ropa de cama con la
que se trasladó el paciente (a excepción de la cama) y entregar a técnico paramédico y/o auxiliar de servicio.
Todo equipamiento utilizado en la prestación del servicio y de propiedad del oferente debe estar identificado
de manera tal que sean reconocidas a simple vista y no permita equivocaciones.
El proveedor adjudicado será responsable del buen uso y estado del equipamiento; esto será revisado por el
Referente técnico y/o administrador del contrato en cualquier momento durante toda la vigencia del contrato.
Para la ejecución del servicio, el adjudicatario deberá hacer uso deberá hacer uso del equipamiento indicado
en su oferta, so pena de la multa indicada en punto 12.3.- Multas de las Bases Administrativas.
Si el proveedor requiere cambiar el equipamiento por deterioro, fallas por mal uso o desgaste, el equipo en
reemplazo deberá ser de igual calidad o superior al ofertado y previa autorización por el Referente Técnico
y/o Administrador del contrato.
En caso de que exista una mejora técnica o innovación en los equipamientos y/o insumos entregados al
Hospital la Florida, durante la vigencia del contrato, el proveedor estará obligado a realizar el recambio sin
costo alguno para el Hospital, manteniendo todos los valores ofertados en la Carta de Oferta.
4.4.- Instalaciones
El Hospital la florida asignará un recinto al proveedor adjudicado, para que opere la central de administración
del Servicio de Traslado Interno De Pacientes.
Las instalaciones asignadas serán de uso del adjudicatario para la ejecución de las labores diarias del servicio
prestado. Es responsabilidad del proveedor mantener la limpieza y aseo tanto de la oficina como del
equipamiento entregado a su cargo.
El Hospital proveerá de teléfono/s para la comunicación interna y conexión a internet a través de cable de
red, previa autorización de la Unidad de Soporte e Infraestructura TI del Hospital la Florida.
La entrega de instalaciones se realizará al inicio del contrato, cuyo registro de entrega deberá quedar
plasmado en un acta firmada por el proveedor adjudicatario y el referente/s Técnico/s del contrato.
Cualquier daño atribuible a mal uso dará motivo a la aplicación de multas indicadas en la cláusula 12.3 Multas
de las Bases Administrativas.
4.4.1.- Deterioro del equipamiento e infraestructura del Hospital La Florida
En caso de pérdida, destrozo y/o deterioro de equipamiento de dispositivos médicos o instrumental de
propiedad del Hospital La Florida, el adjudicatario tendrá un plazo máximo de 10 corridos desde la notificación
por parte del Referente Técnico del proceso licitatorio para reparar o reemplazar el o los equipamientos
afectados. El bien afectado deberá ser reparado o reemplazo por un equipamiento nuevo de calidad igual o
superior a la del equipo original. Lo anterior, sin perjuicio de las multas indicadas en el punto 12.3.- Multas de
las Bases Administrativas.
En caso deterioro o daños a la infraestructura del Hospital la Florida, el adjudicatario tendrá un plazo máximo
de 10 corridos desde la notificación por parte del Referente Técnico del proceso licitatorio para realizar la o
las restauraciones correspondientes. Lo anterior, sin perjuicio de las multas indicadas en el punto 12.3.-
Multas de las Bases Administrativas.
Se deja constancia, que todos lo costos que deban incurrirse en la reparación o reemplazo de equipamiento
y/o restauraciones de infraestructura del Hospital la Florida, serán responsabilidad y atribuidos al proveedor
adjudicado del presente servicio.
5.- DEL PERSONAL EN PRESTACIÓN DE SERVICIO
El proveedor deberá cautelar que los servicios prestados se realicen conforme a lo establecido en el contrato,
para ello podrá considerar en su oferta la cantidad de personas que estime conveniente para la ejecución
del servicio.
El proveedor deberá presentan en su oferta, específicamente en Anexo N°08: “Listado del personal”, la
nómina del personal que prestará el servicio de traslado interno de pacientes. Junto al Anexo, se deberá
adjuntar:
- Certificado de Personal que señale que no aparece en el Registro de Inhabilidades para Condenados
por Delitos Sexuales contra menores, registro contemplado en la ley N°20.594, de 2012, que "Crea
inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece registro de dichas
inhabilidades”. La fecha de este certificado deberá ser máximo 7 días corridos previo al cierre de
las ofertas y el trabajador no deberá registrar inhabilidades.
Si el proveedor presenta un certificado que registre inhabilidades, su oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
Dicha nomina deberá ser presentada al inicio del convenio, cualquier modificación del personal deberá ser
informada oportunamente al Administrador del Contrato.
El oferente deberá procurar que la rotación de su personal sea mínima, ya que, de no ser así, se produce un
serio deterioro en la calidad del servicio que se entrega; para lograr este objetivo, se requiere de una adecuada
selección y buenas condiciones laborales.
Se establece que la modificación en el personal (despidos, renuncias u otros), debe ser informada en un plazo
máximo de 8 horas hábiles desde comunicada la noticia vía correo a la jefatura del Departamento de
operaciones del Hospital la Florida, y previamente autorizada por el Referente/s Técnico/s del contrato. El
nuevo personal en prestación de servicio debe cumplir con las mismas características de obligatorias
establecidas en las bases Administrativas y Técnicas del proceso.
El oferente deberá informar al Hospital la florida, al administrador del contrato y a quien trabaje directamente
con el personal de todo trabajador nuevo o desvinculado, con el objeto de actualizar la información y el control
correspondiente del personal que labora en sus instalaciones.
El Hospital la Florida podrá verificar que las personas que se encuentren trabajando en un turno correspondan
a las informadas por el oferente.
El adjudicatario deberá mantener un sistema de asistencia electrónico, donde figure la hora de entrada y
salida de su personal, el cual podrá ser fiscalizado por el Servicio en cualquier momento, durante toda la
vigencia del contrato.
El proveedor debe presentar en su oferta un “plan de capacitación” para el personal que presta el servicio,
este debe incluir materias técnicas propias del servicio, específicamente en, manejo de cargas en prevención
de riesgos asociados a pacientes, en atención al cliente, manejo de conflictos, trabajo en equipo, etc.
El plan de capacitación debe incluir cursos de capacitación para el personal en prestación servicio previos a la
ejecución del contrato y para el periodo de ejecución del contrato. Asimismo, el adjudicatario deberá entregar
informes de cumplimiento del Plan de Capacitación y las certificaciones asociadas en cualquier momento que
sea solicitado por el referente técnico y/o administrador del contrato durante toda la vigencia del contrato.
El adjudicatario deberá también asentir y facilitar las capacitaciones para su personal que el Hospital considere
necesarias, a su costo.
El proveedor adjudicado estará sujeto a la reglamentación administrativa, técnica y protocolos de seguridad
que rige al Hospital la Florida, de lo contrario, será la falta de cumplimiento de estas normas habilitará al
Hospital para el cobro de multas y/o dar término anticipado al Contrato.
El personal del adjudicatario deberá mantener en todo momento una presentación personal impecable y una
conducta intachable, acorde con los valores e imagen del Hospital.
En caso de que el adjudicatario deba contratar personal adicional para la ejecución de los servicios y por tal
razón se incurriera en un mayor costo, este deberá ser asumido íntegramente por el proveedor adjudicado,
sin que pueda ello implicar de modo alguno en un aumento en el valor del servicio. Lo anterior, es sin perjuicio
de los aumentos reales de personal en el servicio que puedan ser acordados por las partes.
El Hospital La Florida podrá solicitar el cambio de alguno de los integrantes del equipo de trabajo del
adjudicatario ante razones fundadas.
Ante cualquier nueva contratación que realice el adjudicatario, ya sea, para personal en cargo de supervisor,
despachador y/o personal de transporte, deberá entregar al Referente técnico y/o administrador de contrato:
✓ Copia del Contrato de trabajo.
✓ Copia ODI (la obligación de informar los riesgos existentes en el puesto de trabajo).
✓ Copia de registro de entrega de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad del Proveedor.
✓ Copia de registro de entrega de ropa de trabajo.
✓ Certificado de afiliación al organismo administrador (mutual respectiva).
✓ Inmunización completa (Hepatitis B) (aplica solo para el Personal de Transporte).
✓ Licencia de enseñanza media, titulo técnico o profesional, según sea el caso.
✓ Certificado de Inhabilidades, registro contemplado en la ley N°20.594, de 2012, que "Crea Inhabilidades
para Condenados por Delitos Sexuales contra Menores y Establece Registro de Dichas Inhabilidades” con
fecha no superior a 7 días corridos anterior al ingreso.
5.1.- Cargos, funciones y Requisitos para el personal en prestación de servicio
A. Supervisor:
Funciones: Realizará las veces de Administrador del Contrato en el Hospital La Florida, quien será
interlocutor de primera línea frente a situaciones de cotidianeidad o resolución simple. Gestión y control
del Recurso Humano, el Equipamiento, cumplimiento de los procedimientos de traslados y reportes de
informes de gestión, por centros de costo, como también índices de gestión, rotación, etc.
Requisitos obligatorios:
• Educación media completa.
• Experiencia de al menos al menos 2 años de experiencia laboral en funciones propias del cargo.
Requisitos Deseables:
• Título Profesional o Técnico.
• Formación en Office nivel intermedio.
B. Despachador:
Funciones: Responsable de la centralización de las solicitudes de requerimiento desde las diferentes
unidades del Hospital La Florida, asignando estas a su personal de acuerdo con el protocolo. Recepcionar
las solicitudes de traslado desde las respectivas áreas clínicas y administrativas, para posteriormente
transformarlas en órdenes de traslado que serán ejecutadas por el Personal de Transporte.
Requisitos obligatorios:
• Educación media completa.
• Formación en Office nivel usuario.
• Experiencia de al menos 6 meses de experiencia laboral en funciones propias del cargo.
C. Personal de Transporte:
Funciones: Responsable de ejecutar conforme a los respectivos procedimientos los distintos tipos de
traslados. Las funciones del Personal de Transporte requieren esfuerzo físico, lo que da lugar a posibles
trastornos músculo-esqueléticos si no se realizan correctamente los movimientos y ademanes propios de
su tarea, tanto en las movilizaciones de pacientes como en los traslados. Su trato debe ser respetuoso y
deferente, tanto con los pacientes como con el personal del Servicio. Debe poseer condiciones
adecuadas, oportunas y deseables capacitaciones específicas en el Manejo de Cargas.
Requisitos obligatorios:
• Educación media completa.
• Experiencia de al menos 6 meses de experiencia laboral en funciones propias del cargo.
Si la oferta incluye personal en prestación de servicio que no cumpla o no logren acreditar la experiencia
obligatoria solicitada en las presentes bases, SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES.
5.2.- Turnos del personal en prestación de servicio
El proveedor deberá cubrir los puestos requeridos durante toda la vigencia del contrato y según lo establecido
en estas bases. Para lo cual, considerará la cantidad de personas que estime necesario para cumplir con la
prestación del servicio.
Los turnos requeridos se detallan a continuación:
TABLA N°3: REQUERIMIENTO SERVICIO TRASLADO INTERNO DE PACIENTES
TIPO CANTIDAD TIPO DE TURNO HORARIO
PERSONAL DE
TRANSPORTE
8 puestos Día 07:00 a 19:00 hrs. de Lunes a Domingo y Festivos.
8 puestos Noche 19:00 a 07:00 hrs de Lunes a Domingo y Festivos.
DESPACHADOR
1 puesto Día 07:00 a 19:00 hrs. de Lunes a Domingo y Festivos.
1 puesto Noche 19:00 a 07:00 hrs. de Lunes a Domingo y Festivos.
SUPERVISOR
1 puesto Día 07:00 a 19:00 hrs. de Lunes a Domingo y Festivos.
1 puesto Noche 19:00 a 07:00 hrs de Lunes a Domingo y Festivos.
5.3.- Equipamiento del Personal en prestación de servicio
El proveedor adjudicado deberá proporcionar a sus trabajadores uniforme y elementos de protección
personal, en las cantidades suficientes, de tal forma que el trabajador tenga prendas de recambio acordes a
la época del año y condiciones climáticas.
Cada trabajador deberá contar con un mínimo de tres mudas de ropa completa (pantalón, camisa o polera),
mientras que, la cantidad proporcionada y los recambios del polerón de polar y otros elementos propios de
la vestimenta y seguridad, serán definidos a criterio del oferente, según su uso y desgaste.
Los trabajadores/as que presten servicios en el Hospital la Florida, deberán utilizar su uniforme durante toda
la vigencia del Contrato, y esta debe estar en condiciones adecuadas para el uso, es decir, sin roturas, manchas
u otros que correspondan al caso.
Todos los trabajadores/as del adjudicatario deberán portar en todo momento del desempeño de sus
funciones, una identificación, en la cual, se pueda visualizar fácilmente su nombre, foto, cargo (Supervisor,
Despachador o Personal de Transporte) y nombre o razón social del adjudicatario.
• Uniforme requerido por cargo del personal en prestación de servicio:
TABLA N°4
SUPERVISOR DESPACHADOR PERSONAL DE TRANSPORTE
✓ Pantalón de vestir negro.
✓ Camisa blanca.
✓ Polar negro.
✓ Zapato de vestir negro.
✓ Tarjeta de identificación.
✓ Pantalón de vestir negro.
✓ Camisa celeste.
✓ Polar negro.
✓ Zapato de vestir negro.
✓ Tarjeta de identificación.
✓ Pantalón de gabardina blanco.
✓ Polera manga corta gris.
✓ Polar negro.
✓ Zapatillas blancas sin caña, puntera
rígida, flexibles y antideslizantes.
✓ Tarjeta de identificación.
El adjudicatario deberá contar con un stock suficiente de los siguientes elementos de protección personal
para proporcionar al Personal de Transporte cuando las características del traslado lo requieran:
• Mascarillas.
• Pecheras.
• Guantes.
6.- DEL LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
El servicio deberá prestarse en dependencias del Hospital La Florida, ubicado en Avenida Froilán Roa 6542,
comuna de La Florida o anexo CRS ubicado en Froilán Roa 6420, La Florida, Región Metropolitana.
7.- COMUNICACIÓN Y REGISTRO DE ACTIVIDADES
7.1.- Registro de actividades
Con el objeto de contar con registro de todas y cada una de las actividades de traslado ejecutadas y por
ejecutar (horarios, horas empleadas, distribución de la carga de trabajo, rendimientos, etc.), por tipo de
transporte y servicio clínico, el adjudicatario deberá considerar y proponer el uso de un software que permita
llevar el registro administrativo del servicio licitado:
• Horarios.
• Tiempo empleado en el transporte.
• Distribución de la carga de trabajo.
• Rendimientos.
• Nombre de la unidad solicitante.
• Nombre de la unidad receptora y funcionario que recibe el paciente.
• Nombre del paciente.
• Nombre del transportador a cargo.
• Tiempo de respuesta.
El referente técnico administrador del contrato y funcionario de la Unidad Gestión de Contratos del Hospital
La Florida deberán tener acceso al software.
Si fuera necesario, el oferente deberá prestar toda la colaboración y poner a disposición de forma oportuna,
todos los elementos o datos que sean solicitados con el fin de integrar el software propuesto con el sistema
de información Hospitalaria (HIS).
El adjudicatario deberá proveer y mantener a su costo un mecanismo que permita al Personal de Transporte
registrar datos de cada uno de los traslados solicitados, este deberá ser un sistema electrónico.
7.2.- Comunicación
El adjudicatario deberá proveer y mantener a su costo un sistema de comunicación por radio, de carácter
permanente, con manos libres para todo el personal de su dependencia que esté en turno, más una radio adicional que quedará a disposición del Hospital la Florida. Las radios deberán estar comunicadas de la
siguiente forma:
• Desde el Personal de Transporte al Despachador y Supervisor.
• Desde el Referente técnico administrador de contrato al Despachador y Supervisor.
Dicho sistema de comunicación debe ser acordado por las partes respectivas, de tal forma que presente una
adecuada compatibilidad con los sistemas de comunicación del Servicio.
8.- INFORMES
Al inicio del Contrato, las partes podrán acordar informes de gestión o de otro tipo a requerir por la
Administración del Contrato, para lo cual se definirá su objeto, alcance y periodicidad. Los informes a solicitar
serán sobre traslados mensuales realizados, control de asistencia, centro de costo, etc.
9.- DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
El adjudicatario deberá demostrar la afiliación a un Organismo Administrador del seguro de accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales (ley 16.744), a su vez deberá presentar un programa de trabajo en esta
materia.
El proveedor adjudicado deberá mantener al día toda la documentación legal exigida en esta materia, la cual
podrá ser solicitada por el referente técnico administrador del contrato durante toda la vigencia del contrato.
10.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
El oferente que se adjudique la propuesta, estará obligado a contratar un Seguro de Responsabilidad Civil con
objeto de cautelar los riesgos de la Prestación del Servicio adjudicado, el cual deberá a lo menos contemplar:
• Daño al establecimiento.
• Daño a las personas que debe trasladar o transportar, en virtud de la prestación contratadas.
Este seguro es obligatorio y deberá estar vigente durante todo el periodo del contrato.
El proveedor adjudicado deberá entregarlo al momento de la firma del contrato.
11.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES GENERALES DEL ADJUDICATARIO
Dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario se citan las siguientes:
A. El adjudicatario se comprometerá a responder ante el Hospital de La Florida de todo daño, perjuicio,
deterioro, pérdida o extravío manejo indebido de la información confidencial proporcionados por el
establecimiento hospitalario, que sean debidamente comprobados de responsabilidad de su personal,
originados por cualquier razón o motivo.
B. En el caso que haya alguna modificación en el equipo humano del oferente (despidos, renuncias u otros)
se deberá informar al administrador de contrato con un máximo de 8 horas hábiles desde comunicada la
noticia. El adjudicatario deberá presentará a cualquier nuevo integrante de su equipo humano,
adjuntando los certificados y documentos indicados en el punto 5.- DEL PERSONAL de las presentes bases
técnicas, debiendo cumplir con todos los requisitos establecidos en las presentes bases, según
corresponda. Lo anterior con el fin de evitar fugas de información y restringir acceso al personal
desvinculado de la empresa adjudicada.
C. El adjudicatario deberá hacerse responsable de la correcta identificación de su personal.
D. Deberá dejar registro de todas las actividades relacionadas a los servicios prestados.
E. El adjudicatario será responsable de entregar el equipamiento de manera oportuna, con relación a la
programación estimada y en coordinación con el Referente Técnico Administrador del Contrato.
F. El adjudicatario no podrá sacar ningún tipo de equipamiento ni dispositivos médicos o cualquier otro
insumo de las instalaciones del Hospital a menos que cuente con autorización escrita del Referente
Técnico Administrador del Contrato.
G. Serán de exclusivo cargo de la Empresa, los siguientes pagos:
▪ Equipamiento y Medidas de protección para el personal de la Empresa.
▪ Gastos de garantía y aquellos derivados del contrato.
▪ Pago de remuneraciones, viáticos y/o de traslado del personal de la Empresa.
▪ Seguros de accidentes, pago de cotizaciones previsionales de sus trabajadores y las referentes a la
Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales sin perjuicio de todos los demás
derechos laborales que les correspondan a dichos trabajadores.
▪ Todo gasto que pueda producirse a raíz del servicio otorgado tales como daños a terceros,
provocado por servicio otorgado en condiciones de riesgo para las personas y las instalaciones.
H. Cumplir con todas las obligaciones legales sobre higiene, seguridad, accidentes del trabajo, enfermedades
profesionales y, en general, con todas las normas laborales y tributarias o demás contenidos en la
legislación y reglamentación vigentes. En este sentido, la Empresa quedará especialmente sujeto a las
disposiciones contenidas tanto en el Código del Trabajo como a la legislación complementaria de dicho
código en cuanto a las relaciones con sus trabajadores, en especial las previsionales.
I. En caso de huelga de su personal, arbitrar oportunamente las medidas para que el proceso licitatorio
continúe durante el tiempo que dure la huelga, en la forma que lo permita la legislación vigente. En este
sentido, el adjudicado no se eximirá del cumplimiento de lo requerido en la licitación, por el hecho de
que su personal se declare en huelga y debe contar con un Plan de Contingencia que asegure el normal
proceder de la licitación.
J. Responder por daños y perjuicios que se causaren al equipamiento o dependencias del Hospital, que se
derive durante o con motivo del cumplimiento de las labores propias de la materia de encargo adjudicada
o con ocasión de problemas de ejecución de lo establecido en las Bases Administrativas y Especificaciones
Técnicas, sea que provengan de error, negligencia o imprudencia de parte de la empresa o de sus
dependientes, los cuales serán de cargo y a costa de ésta.
K. Como obligación esencial, dar cumplimiento a todo lo estipulado en las Bases Administrativas, las
Especificaciones Técnicas, los Formularios, Consultas y/o Aclaraciones, si las hubiere, y demás
antecedentes que forman parte de la propuesta. Someterse a la fiscalización e instrucciones que disponga
la Entidad Licitante, a fin de comprobar el correcto desarrollo del proceso licitatorio y su eficiente
ejecución.
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