Resolución de Empates |
En
el evento de que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese
dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más
de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que
cuente con un mayor puntaje en el criterio Calidad
En
caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un
mayor puntaje en el criterio Precio.
De
persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje
en el criterio Plazo de entrega.
Finalmente,
si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero
en www.mercadopublico.cl
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica yislen.andia@santabarbara.cl
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
Modificaciones a las bases |
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
|
|
|
Inhabilidades para ofertar |
El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada disponible a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición.
|
|
|
Instrucciones para presentar Ofertas |
Los oferentes deberán enviar sus ofertas a través de www.mercadopublico.cl, por medio del formulario electrónico disponible en dicha plataforma.
|
|
|
Plazo de validez de ofertas |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación
|
|
|
Plazo de Entrega |
El Plazo de entrega por tratarse de un criterio evaluable corresponderá al plazo postulado por proveedor adjudicado.
|
|
|
Adjudicación |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
|
|
|
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
|
|
|
Inscripción en Registro de Proveedores |
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en Registro de Proveedores.
|
|
|
Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
|
|
|
Documentos integrantes |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si lo hubiere.
v) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
|
|
|
Emisión de la orden de compra |
La adquisición de los bienes y servicios objeto de la presente licitación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
|
|
|
Pago |
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
|
|
|
Efectos derivados de incumplimientos del proveedor |
Multas
El proveedor adjudicado deberá pagar multa por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en la entrega o entrega parcial, se aplicarán por cada día corrido de atraso hasta la recepción del producto y/o servicio y se calcularán como un 0,1% del valor total de la factura, con un tope de atraso de 10 días corridos, Ejemplo:
-Monto factura $50.000, el 0,1% de $50.000 es igual a $50 de multa por cada día corrido de atraso.
En la situación de que los incumplimientos sean repetitivos por parte del Oferente adjudicado de las obligaciones contraídas en dicho contrato u orden de compra en lo referente a la entrega de los bienes o servicios objeto de la entrega, u otro, se podrá poner término a este cancelando la Orden de Compra o contrato, permitiendo al Departamento de Salud Municipal de Santa Bárbara readjudicar dicha licitación al segundo oferente que le sigue en puntajes de acuerdo a cuadro de evaluación.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
El proveedor podrá realizar las consultas respecto al pago y cobro de multas efectuadas a la Unidad de Finanzas vía correo electrónico a jaime.cabezas@santabárbara.cl o vía telefónica al 432578872
|
|
|
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente, por correo electrónico o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de un Decreto Alcaldicio de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de un Decreto Alcaldicio de la entidad licitante, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. El Decreto Alcaldicio indicado deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del Decreto Alcaldicio singularizado en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
El Decreto Alcaldicio que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
|
|
|
Término Anticipado |
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2) Si se disuelve la empresa adjudicada.
3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4) Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
5) En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 10 días corridos
6) En caso que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 1,2 % del valor total contratado.
7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
8) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
|
|
|
Domicilio y jurisdicción |
Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santa Bárbara y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
|
|
|
Datos Bancarios para Pago Facturas o del respectivo instrumento tributario de cobro |
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
Proveedor debe indicar en su oferta el Método de Pago que acepta, ya sea Transferencia Bancaria o Cheque. Para ambos deberá indicar el Nº de cuenta, el Tipo de Cuenta y Banco, correo electrónico de confirmación de pago electrónico en el caso de las Transferencias Bancarias, Etc.
Las facturas o respectivo instrumento tributario de cobro se presentarán en la Oficina de Partes de la MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA, acompañadas de la Orden de compra correspondiente o enviada por correo electrónico a yislen.andia@santabarbara.cl.
Datos de Facturación:
MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA, DEPARTAMENTO DE SALUD RUT: 69.170.202-2
DIRECCION: Zenteno Nº 328, SANTA BARBARA
GIRO: SALUD
Las Facturas o respectivo instrumento tributario de cobro deberán ser emitidas por el Proveedor Adjudicado, coincidiendo todos sus antecedentes, Nombre de la Empresa, Rut, etc. de acuerdo a la oferta Presentada en la Licitación y UNA VEZ RECIBIDO EN FORMA CONFORME EL PRODUCTO o servicio por el Organismo Contratante.
De Acuerdo a la Ley 21.131 el plazo del pago de las Facturas o del respectivo instrumento tributario de cobro es de 30 días corridos desde la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro a través de la página del Servicio de Impuestos Internos, previa recepción conforme de los productos o servicios.
|
|
|
Rechazo de Facturas o del respectivo instrumento tributario de cobro |
El Departamento de Salud Municipal de Santa Bárbara no aceptará las facturas o el respectivo instrumento tributario de cobro o guías de despacho al tener observaciones en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:
1.Devolviendo la factura o el respectivo instrumento tributario de cobro y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o
2.Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
|
|
|
Factoraje |
El proveedor tiene derecho a celebrar contratos de cesión con Factoring, Confirming (sistema de liquidación de facturas o adelanto de pago a proveedores) u otros, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes por parte del proveedor con el organismo contratante. Se sugiere a este Organismo realizar la verificación previa antes de confirmar la cesión, ya sea vía correo electrónico o telefónicamente a la Unidad Compradora.
Las facturas cedidas a Factoring serán aptas para su cesión al reunir las condiciones establecidas en Ley 19.983 y 20.956
|
|
|
Monto estimado |
El Monto estimado es Referencial con impuestos incluidos, por lo que si la oferta y/o adjudicación superan este monto el DSM de Santa Bárbara se reserva el derecho de aumentar o no el Presupuesto hasta en un 30% del Referencial dependiendo de la disponibilidad Presupuestaria del Departamento de Salud Municipal. Sí aún con el aumento del presupuesto la oferta y/o adjudicación superan el presupuesto se rechazará la oferta o declarara desierta la licitación.
|
|
|
Tipo de Adjudicación |
ADJUDICACIÓN SIMPLE: Permite adjudicar a una única oferta por cada línea de producto o servicio licitado. Al adjudicar se genera automáticamente una Orden de Compra por cada proveedor adjudicado, independiente del número de líneas que se adjudicó.
|
|
|
Plazo adjudicación |
La adjudicación se realizará en los plazos indicados, no obstante, el DSM de Santa Barbará podrá modificar aumentando estas fechas si así lo deseare indicando los motivos por este medio.
|
|
|
Revocación |
Si estando publicado el proceso se decide de manera debidamente justificada que no se podrá seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación, aun existiendo ofertas, se tramitará la revocación de éste, lo que podrá ser declarado de forma unilateral por la Municipalidad, pudiéndose realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. Por ejemplo, en el caso de que no exista disponibilidad presupuestaria o financiera en ese momento o que la necesidad que originó el requerimiento ya no exista o cambie sustancialmente.
Todo lo anterior mediante resolución o acto administrativo fundado que lo autorice y debidamente publicado en el sistema Mercado Público. Los oferentes renuncian a cualquier acción legal en contra de la Municipalidad en el caso de que los cambios se informen oportunamente de acuerdo a estas bases de licitación.
|
|
|
Cesión de Contrato |
El Adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el órgano comprador y/o orden de compra.
|
|
|
Subcontratación |
No se encuentra prohibida la subcontratación total o parcial de servicios.
|
|
|
Dirección entrega Productos |
Los Productos deben ser puestos a piso en Bodega del Departamento de Salud Municipal de Santa Bárbara ubicada en Calle Zenteno 328 Santa Bárbara NO a oficinas de empresas de transporte.
Contacto recepción Bodega: Fabiola Castillo Ruiz correo electrónico fabiola.castillo@santabarbara.cl fono 432578872, Horario de recepción de Lunes a Viernes de 08:30 hrs a 13:30 hrs y de 15:00 a 16:30 hrs.
|
|
|
Oferta económica |
PROVEEDOR DEBERÁ INGRESAR MONTOS NETOS EN EL COMPROBANTE DE INGRESO DE LA OFERTA DE ACUERDO A CADA LÍNEA, NO SERÁN VÁLIDOS NI SE CONSIDERARÁN EN LA EVALUACIÓN DOCUMENTOS ANEXOS QUE SE CONTRAPONGAN A LOS VALORES POSTULADOS EN ESTE COMPROBANTE.
|
|
|
Formularios para completar por oferente e ingresar a su oferta |
-Formulario Nº1: Identificación del Oferente
-Formulario Nº2: Plazo de entrega de Productos
-Formulario Nº3: Calidad de productos ofertados
|
|
|