INTRODUCCIÓN |
El Instituto de Previsión Social, en adelante e indistintamente, “Instituto” o “IPS”, en conformidad con las normas establecidas en la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios, y su Reglamento, contenido en el D.S. Nº 250 de 2004,
del Ministerio de Hacienda, invita a las personas naturales, jurídicas y uniones temporales, a
participar en la Licitación Pública para la compra de MATERIALES PARA EL DESARROLLO
DE TALLERES EN EL MARCO DEL PROGRAMA "PROMOCIÓN DE DERECHOS PREVISIONALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL PARA MUJERES EN TERRITORIOS RURALES DE DIFÍCIL ONECTIVIDAD", conforme a los requerimientos contenidos en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, en adelante, “Bases” o “Bases deLicitación”.
Podrán participar en la presente licitación todas las personas naturales, jurídicas y uniones
temporales que cumplan con los requisitos de idoneidad técnica y financiera, de conformidad a lo señalado en la Ley de Compras Públicas.
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DE LOS PARTICIPANTES |
Podrán participar en la presente licitación todas las personas naturales, jurídicas y uniones temporales
que cumplan con los requisitos de idoneidad técnica y financiera, de conformidad a lo señalado en la
Ley de Compras Públicas. No podrán participar en esa licitación los interesados que se encuentren
afectos a las inhabilidades y prohibiciones contempladas en los incisos primero y sexto del artículo 4°
de la ley N°19.886, en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973, y en los artículos 8° y
10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de
la ley N°20.393, lo cual deberá acreditarse tanto al momento de presentar sus ofertas como al celebrar
el respectivo contrato.
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DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL CHILECOMPRA |
El llamado a Licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y
Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el Sistema”, “el Portal” o
“www.mercadopublico.cl” y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y
contratación, se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y
políticas de uso de dicho Portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases
de Licitación y su Calendario de Eventos, documentos que, con sus eventuales modificaciones,
aclaraciones y otros, estarán disponibles en dicho sitio electrónico.
El día de publicación del llamado constituirá el día uno del calendario de eventos establecido, a
partir del cual se contarán los plazos de días hábiles para las distintas actuaciones o trámites del
presente proceso concursal.
Los sábados, domingos y festivos se entenderán como inhábiles para efectos de las presentes
bases
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DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES |
3.1.- Aceptación de los términos de las Bases
La participación en el proceso implica la aceptación de los proponentes, de todas y cada una de las
disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
3.2.- Interpretación de las Bases
El Instituto se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes
Bases de Licitación, conforme a los principios de libre concurrencia de los oferentes e igualdad ante
las Bases, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y
ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que
necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
3.3.- Estatuto Jurídico
La relación contractual se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los
documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante de la
misma, para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se
indica:
• Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus respectivos Anexos.
• Respuestas y aclaraciones del Instituto, a las consultas formuladas por los interesados, si las
hubiere.
• Oferta Técnica y Económica presentada por el adjudicatario.
• La Adjudicación de la especie mediante Resolución de la Jefatura del Departamento de
Administración e Inmobiliaria.
• Orden de compra.
3.4- Modificaciones
El IPS se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes bases, hasta antes de la
fecha de recepción de las propuestas en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de
la Ley Nº 19.886, debiendo comunicarlas a través del Portal www.mercadopublico.cl mediante un
documento denominado “Modificación de Bases”. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo
de aspectos económicos, técnicos y administrativos, a prórrogas o suspensiones de plazo o de
cualquier otra índole, relevantes para el desarrollo de la licitación y la posterior ejecución de los
servicios.
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DEL CALENDARIO DE EVENTOS DEL PROCESO |
En consideración que los productos licitados son de estándar de simple y objetiva especificación, lo
que conlleva un menor esfuerzo en la preparación de las ofertas, se rebajarán los plazos del presente
proceso licitatorio a 5 días hábiles, según lo establece el artículo 25 del Decreto Nº 250, que
aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro
y Prestación de Servicios, según lo siguiente:
EVENTO LUGAR Y FECHA
Recepción de Consultas.
En el Portal www.mercadopublico.cl desde el
día de publicación de las presentes bases en el
Portal de Mercado Público y hasta el 2º día hábil
del proceso de Licitación, a las 12.00 horas.
Entrega de Respuestas y/o Aclaraciones.
En el Portal www.mercadopublico.cl el día 3º
hábil del proceso de Licitación, a las 15:30
horas.
Entrega de Muestras (obligatoria)
Hasta las 16:00 horas del 4° día hábil del
proceso de licitación, en el Departamento de
Desarrollo y Control, ubicado en Libertador
Bernardo O´Higgins 1353 cuarto piso, Santiago.
Cierre de ingreso de los Antecedentes
Generales, y de las Ofertas Técnicas y
Económicas en el Sistema.
En el Portal www.mercadopublico.cl el 5º día
hábil del proceso, a las 16.05 horas.
Apertura electrónica de los Antecedentes
Generales, de las Ofertas Técnicas y
Económicas.
El 5º día hábil del proceso, a las 16:15 horas.
Adjudicación
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la
fecha de Apertura de la Licitación, por
Resolución Exenta fundada, de la Jefatura del
Departamento de Administración e inmobiliaria.
Emisión de Orden de Compra.
En el Portal www.mercadopublico.cl, dentro de
los 20 días hábiles siguientes a la emisión de la
resolución de adjudicación.
4.1.- Entrega de muestras de los materiales (obligatoria)
El proveedor deberá hacer llegar las muestras de los distinto tipos de materiales, requeridos, con el
objeto de que la comisión evaluadora evalué la calidad de estos, conforme lo requerido en las
presentes bases técnicas en orden a calidad de los productos requeridos.
Estas se deberán ser entregadas en las dependencias del Departamento de Desarrollo y Control,
ubicado en Libertador Bernardo O´Higgins 1353 cuarto piso, Santiago, en la oportunidad señalada
en el Calendario de Eventos, en horario de 10:00 a 16:00 horas.
El proveedor que no cumpla con lo requerido en este punto será excluido del proceso,
procediéndose a declarar inadmisible su oferta.
4.2. Recepción de Consultas y Entrega de Respuestas y/o Aclaraciones.
En la oportunidad definida en el Calendario de Eventos, los interesados podrán realizar las
consultas que estimen necesarias relativas al proceso de licitación, a través del portal
www.mercadopúblico.cl.
Las consultas recibidas serán respondidas en la oportunidad establecida en el Calendario de
Eventos y a través del mismo portal, quedando a disposición de todos los interesados. En la misma
oportunidad, si el Instituto lo estima necesario, emitirá antecedentes anexos a las Bases, a través de
documentos aclaratorios y/o complementarios, los que en el evento que importen una modificación
a las presentes Bases, deberán ser aprobados a través de la resolución correspondiente,
debidamente tramitada
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DE LAS OFERTAS |
Podrán participar todas las personas naturales, jurídicas y/o uniones temporales de proveedores que
se interesen y que no hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los
derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años, conforme se establece en
el artículo 4º, inciso primero de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas.
El plazo de validez de las ofertas será de 60 días corridos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo
63º del Reglamento de Compras, D.S. Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En
consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y
necesarios para su calificación. Así, cada Oferta deberá estar conformada por:
• Los Antecedentes Generales.
• La Oferta Técnica: que corresponde a la descripción de los bienes y/o servicios
solicitados.
• La Oferta Económica: que corresponde al precio o valor de los bienes y/o servicios
solicitados.
• Los Anexos
La oferta se compone de los antecedentes generales, de la oferta técnica, de la oferta económica y
de los Anexos, según se detalla en los siguientes puntos de estas bases. La falta de presentación de
cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos será condición suficiente para no
considerar la propuesta en el proceso de evaluación, y declarar inadmisible dicha oferta, sin
perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones o de emplear otros mecanismos, en los
términos que se establecen más adelante en las presentes bases administrativas.
5.1. Antecedentes Generales
Todos los proponentes, deberán adjuntar obligatoriamente el antecedente que se singulariza a
continuación, en soporte electrónico y a través de www.mercadopublico.cl (salvo que se entren
disponibles en dicho Portal):
Si es Persona Natural o Jurídica:
1.- Declaración Jurada Simple de habilidad para postular en la presente licitación, la que deberá
suscribirse a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Si es Unión Temporal de Proveedores:
1.- Documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, firmado
por el representante, y que establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las
obligaciones que se generen con el IPS, el nombramiento del representante o apoderado común con
poderes suficientes y la vigencia de la unión, que no podrá ser inferior al plazo de la contratación.
Los integrantes de la unión temporal de proveedores no podrán ser modificados durante el período
de evaluación de ofertas.
Si la unión temporal de proveedores no adjunta el presente documento, la oferta será declarada
inadmisible. La oferta también será declarada inadmisible si durante el proceso de evaluación de
las ofertas uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira, siempre cuando sus
características hayan sido incluidas para la evaluación. Cualquiera de los integrantes de la unión
temporal de proveedores podrá informar esta situación al Instituto de Previsión Social.
2.- Declaración Jurada Simple de habilidad para postular en la presente licitación, la que deberá
suscribirse a través del Portal www.mercadopublico.cl. Los restantes proveedores que conformen la
unión temporal deberán suscribir Anexo Nº 1-A y adjuntarlo al Portal Mercado Público.
5.2. La Oferta Técnica
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de estas Bases, pero pudiendo mejorarlas en todo lo
que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes ofertados, en todos sus aspectos
esenciales.
Para estos efectos, el oferente deberá adjuntar ficha técnica (de cada producto requerido), de
acuerdo con el formato contenido en el Anexo Nº 2 “Ficha Técnica del Producto”, para su
revisión y evaluación. En caso contrario, el producto será descartado de la evaluación y no
participará del proceso de evaluación de ofertas.
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Deberá presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad
establecida en el calendario de eventos, de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso
del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en la publicación, tales como marca, modelo,
fichas técnicas, folletos, plazos de entrega, garantías y otros que se consideren necesarios.
Para la verificación de los siguientes Criterios de Evaluación, los proveedores deberán presentar
además electrónicamente:
a) Plazo de Entrega: Deberá especificar el plazo de entrega, el que se contará desde la
emisión de la Orden de Compra.
5.3. La Oferta Económica
Es la que detalla el precio unitario y total de los bienes ofertados en la oferta técnica.
Deberá presentarse electrónicamente a través del sistema www.mercadopublico.cl, en las horas y
fechas estipuladas en la publicación, y de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del
sitio.
Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional y en NETO, es decir, no
deben contener ningún tipo de impuesto, lo anterior, independiente de completar los datos
solicitados en el Anexo Nº 3, en donde se establece el impuesto respectivo, si correspondiese.
En caso de discrepancia entre el monto ofertado en el anexo económico y el ingresado en el portal
www.mercadopublico.cl, prevalecerá lo indicado por el oferente en el anexo económico. Ello, sin
perjuicio de la correspondiente aclaración que se pueda solicitar a través del sistema.
5.4.- Cumplimiento de Requisitos Formales
Se entenderá como el envío, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada para la
presentación de las ofertas, conforme a lo estipulado en las presentes bases. Lo anterior, se refiere
en la forma y plazo dispuesto en el numeral 7.3 de éstas.
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APERTURA ELECTRONICA DE LOS ANTECEDENTES GENERALES Y DE LAS OFERTAS |
La Apertura Electrónica se efectuará en la oportunidad y lugar indicado en el Calendario de
Eventos. Estará cargo del jefe del Subdepartamento de Compras dependiente del Departamento de
Administración e Inmobiliaria del IPS, o del funcionario que esta jefatura designe.
La Apertura es electrónica y no un acto presencial. La Jefatura del Subdepartamento de Compras
del Instituto, o el funcionario que sea designado al efecto, procederá a verificar la inscripción de
aquellos proponentes que hayan manifestado encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores del
Estado y abrirá todos los archivos electrónicos de “Antecedentes Generales” de los oferentes, desde
el Portal www.mercadopublico.cl, revisando y dando cuenta de la presencia de todos y cada uno de
los documentos exigidos, sin apreciar su mérito, pues ello competerá a la Comisión Evaluadora.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura
electrónica de las ofertas a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl.
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
7.1. Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora estará integrada por funcionarios (as) pertenecientes al Instituto de
Previsión Social, y se formalizará mediante la Resolución Exenta que aprueba las Bases.
7.2. Consultas Aclaratorias a Oferentes.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora, de estimarlo necesario, podrá efectuar
consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales
consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del
Portal www.mercadopublico.cl.
7.3. Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no
les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no
se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes,
requerimiento que será informado al resto de los oferentes a través del Sistema de información.
Por su parte, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la
Comisión Evaluadora, los oferentes podrán corregir estos errores o antecedentes que hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos antecedentes se hayan obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
7.4. Evaluación de las Ofertas.
Estará principalmente centrada en una lógica de rigor y control de la seriedad, capacidad y aptitud
de los oferentes para prestar el servicio requerido, sin afectar los principios de igualdad de los
oferentes y estricta sujeción a las Bases.
Cada criterio será evaluado considerando los siguientes aspectos y ponderaciones:
TABLA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
FACTOR PONDERACIÓN
1. Cumplimiento de Requisitos Formales 10%
2. Oferta Técnica 40%
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3. Oferta Económica 50%
TOTAL 100%
En el análisis de los antecedentes presentados en las respectivas ofertas de los oferentes se asignará
un puntaje de 0 a 100 a los criterios/factores que a continuación se detallan, con su correspondiente
ponderación antes mencionada.
7.4.1. Cumplimiento de los requisitos formales (2%)
Para la evaluación de este criterio, se considerará el cumplimiento de los requisitos formales en la
presentación de las ofertas, correspondiendo el 100% de ponderación del Cumplimiento de
requisitos formales al 2% de la evaluación total.
Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle:
CRITERIO PUNTOS
Presentación completa de los antecedentes y dentro del plazo fijado en el
calendario de eventos. 100
Presentación incompleta de los antecedentes dentro del plazo fijado en el
calendario de eventos, que se normaliza dentro del plazo fatal de 2 días
hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la comisión evaluadora.
50
El oferente no subsana lo solicitado por la Comisión Evaluadora o lo hace
extemporáneamente.
0
En caso de presentación incompleta, para subsanar dicha situación deberá ajustarse a lo indicado en
el punto 7.3, de las presentes bases.
7.4.2. Oferta Técnica (38%)
La evaluación de las ofertas técnicas se realizará de acuerdo con la siguiente Pauta de Evaluación:
Nº
FACTORES DE
EVALUACIÓN POND. ESCALA
1
Plazo de Entrega
Contado desde la emisión de la
Orden de Compra
50%
Hasta 5 días hábiles 100 puntos
6 a 10 días hábiles 75 puntos
11 a 15 días hábiles 25 puntos
16 a 20 días hábiles 0 puntos
2
Calidad de los materiales 50%
Cumple con la calidad
exigida en bases
técnicas.
100 puntos
Cumple medianamente
con calidad exigida 50 puntos
No cumple con la
calidad exigida 0 puntos
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El plazo máximo para la entrega de los bienes es de 20 días hábiles. Cualquier oferta que
exceda dicho plazo será declarada inadmisible.
7.4.3. De la Oferta Económica (60%)
El criterio de evaluación de las ofertas económicas está orientado a determinar, dentro de aquellas
ofertas técnicas que cumplan con las exigencias de las Bases, cuál resulta económicamente más
ventajosa para el Instituto.
Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas se evaluarán de
acuerdo a la siguiente fórmula:
POE = (OM / OQ) * 100
Dónde:
POE= Puntaje Oferta Económica
OM = Oferta Menor o más económica
0Q = Oferta del Oferente
Para estos efectos, el puntaje máximo a alcanzar será de 100 puntos de acuerdo a la fórmula antes
indicada.
7.4.4. Evaluación General de las Propuestas
El puntaje final (PF) de cada propuesta se calculará en base al puntaje de evaluación de la oferta
técnica (POT) y la oferta económica (POE), de acuerdo a la siguiente fórmula:
100% PF = (PCRF* 2%) + (POT * 38%) + (POE * 60%)
Donde:
PF = Puntaje Final
PCRF = Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales
POT = Puntaje Oferta Técnica
POE = Puntaje Oferta Económica
Este puntaje final permitirá establecer un ranking de las ofertas, que determinará el orden de
prelación para adjudicar y que podrá ser aplicable en caso de que el adjudicatario no entregue la
documentación necesaria dentro del plazo establecido para la emisión de la orden de compra.
7.4.5. Sobre Mecanismo de Resolución de Empates
En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que haya obtenido el mayor
puntaje en la evaluación económica. De mantenerse el empate, se escogerá entre esas ofertas, al
proponente que haya obtenido mayor puntuación en la evaluación técnica.
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De mantenerse aún el empate se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya obtenido mayor
puntuación en la evaluación del plazo ofertado. Si aún se mantuviere el empate se seleccionará
aquella oferta que primero fue ingresada al Portal.
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RESOLUCIÓN EL PROCESO |
8.1. Adjudicación
El Instituto adjudicará la licitación a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a sus
necesidades e intereses, considerando, en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y
los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, y aunque ella no sea la de menor
valor.
La adjudicación se efectuará a través de una Resolución fundada de la Jefatura del Departamento
de Administración e Inmobiliaria del Instituto, la que será publicada en el Portal de Mercado
Público, junto con el Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora, todos documentos firmados
por cada uno de los funcionarios que participó en la respectiva evaluación.
En el evento que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de proveedores de
Mercado Público, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde
la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo para la
emisión de la orden de compra. Dentro del mismo plazo, deberá encontrarse hábil en el referido
registro.
Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de dicha Unión debe estar
inscrito y hábil en el registro oficial de contratistas del Estado. Para ello, dispondrán de un plazo de
15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta.
En caso de estar conformado por personas jurídicas extranjeras, esto es, no constituidos y sin
operación en Chile, se exigirá solamente la inscripción en el referido Registro.
El Instituto se reserva el derecho de prorrogar el plazo para adjudicar, por razones de buen servicio,
caso en el cual, antes de cumplimiento del plazo original, informará a través del sitio sobre la
referida prórroga, conforme lo establece el artículo 41 del D.S. Nº 250/2004 del Ministerio de
Hacienda, modificado por el Decreto Supremo Nº 1.763/2009.- que señala: “Cuando la adjudicación
no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad deberá informar en el
Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e
indicar el nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta
posibilidad”.
8.2 Mecanismos para la Solución de Consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles
a contar de la fecha de la publicación en el Portal www.mercadopublico.cl de la Resolución
adjudicataria. Dichas consultas deberán realizarse a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del
sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del
plazo indicado en el párrafo anterior
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8.3.- Notificación
La Resolución de adjudicación se notificará a los proponentes a través del sistema
www.mercadopublico.cl, y además el Instituto requerirá vía correo electrónico dirigido al
adjudicatario, los siguientes antecedentes para la emisión de la orden de compra, los cuales deberán
ser entregados en originales o copias en el lugar señalado en el correo y en un plazo máximo de 5
días hábiles, salvo que estos consten en el registro de proveedores de Mercado Público, en cuyo
caso no les serán exigibles:
Para Personas Naturales:
1. Fotocopia Simple, por ambos lados, de la Cédula de Identidad.
2. Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores, contenida
en Anexo N°1B.
3. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo,
con validez a la fecha de entrega del documento.
4. Anexo N°4, sobre deuda por préstamo solidario.
Para Personas Jurídicas:
1. Cédula Nacional de Identidad de la representación legal de la entidad proponente y RUT de la
persona jurídica.
2. Escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones posteriores, si las hubiere,
con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio y publicación en el Diario Oficial o
formulario de constitución o modificación del Registro de empresas y sociedades del Ministerio
de Economía, Fomento y Turismo, si correspondiere.
3. Certificado de Vigencia de la sociedad, emitido por el respectivo Conservador de Comercio o
por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo si correspondiere, de una antigüedad no
superior a 90 días contados hacia atrás desde la fecha de Apertura de la Licitación.
4. Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores, contenida
en Anexo N°1B.
5. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo,
con validez a la fecha de entrega del documento.
6. En el caso de personas jurídicas extranjeras, ésta estará obligada previo a la emisión de la orden
de compra, a otorgar y constituir mandato con poder suficiente a una persona jurídica chilena
que lo represente, o a constituir una agencia en Chile, a cuyo nombre se emitirá la orden de
compra y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato ajustado a la normativa
vigente.
Unión Temporal:
Los antecedentes señalados precedentemente, deben ser presentados por cada una de las personas
naturales o Jurídicas que la integran, según corresponda.
Cada uno de los integrantes de la unión temporal deberán presentar Anexo 1B.
8.4. Readjudicación.
El IPS podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado no acepte la orden de compra, no cumpla
con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, no adjunte los datos para el
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pago por transferencia electrónica, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con
los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de
acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los
intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierto el proceso.
En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus
integrantes estuviese afecto a una inhabilidad para postular o contratar, la unión temporal deberá
informar por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide ejecutar el
contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles.
En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será
readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la
UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el
mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido
una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto,
debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. En todos los casos el
Instituto de Previsión Social podrá también, junto con dejar sin efecto la adjudicación original,
declarar desierto el proceso.
8.5. Inadmisibilidad de las ofertas o declaración de licitación desierta.
En conformidad al artículo 9º de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, el Instituto, como órgano
del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible, cuando las ofertas no cumplan con los
requisitos establecidos en las Bases.
Asimismo, el Instituto podrá, por resolución fundada, declarar desierta la licitación cuando no se
presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general,
éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en
responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas
expresamente por los proponentes.
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DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
Por tratarse de bienes de fácil y objetiva especificación conforme al artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras, la contratación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra través del Portal Mercado Público y la aceptación de esta por parte del proveedor.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días corridos para aceptar la orden de compra.
De no hacerlo, el Instituto de Previsión Social podrá readjudicar el proceso, de conformidad a lo
establecido en el numeral 8.4. de las presentes bases, o declararlo desierto.
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REQUISITOS PARA CONTRATAR |
Para la emisión de la orden de compra, la entidad adjudicataria no podrá haber sido condenada con
la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado,
contemplada en los artículos 8 y 10 de la ley Nº 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las
personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, ni podrán tener vínculo de parentesco con las o los funcionarios directivos del Instituto,
en los términos establecidos en el inciso 6° del artículo 4 de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
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SOBRE LA ENTREGA , EL PLAZO Y LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES ADQUIRIDOS |
El proveedor adjudicatario deberá despachar y entregar los bienes adquiridos en la dirección que en
la Orden de Compra se indican, esto es, camino agrícola N°1697, comuna de Macul.
La entrega deberá cumplirse en el plazo indicado en la oferta, contados desde la fecha de emisión
de la Orden de Compra en el Portal de Mercado Público.
En caso de atrasos por circunstancias fuera del ámbito del proveedor (calificadas), podrá pedirse
prorroga sólo antes de la fecha máxima de entrega. En caso de atenuantes posteriores, estos no
serán considerados.
No se aceptarán bienes que no cumplan con las especificaciones indicadas en la oferta
entregada y en el detalle de la respectiva Orden de Compra.
Todos los insumos y gastos de traslado provenientes de los servicios de entrega y garantía postventa
emanados de las ofertas, serán de cargo del proveedor adjudicado
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SOBRE MODIFICACIONES DE LA OFERTA Y ENTREGA DE PRODUCTOS |
El proveedor adjudicado no podrá modificar unilateralmente el diseño y/o composición de los
artículos o bienes solicitados. Si por razones de mejor funcionamiento el adjudicatario estima
necesario efectuar un cambio, éste deberá solicitarlo por correo electrónico antes de la entrega física, especificando en qué consiste el cambio y las implicancias que esto tendría. El Instituto dará su consentimiento “por escrito” al correo del proveedor, siempre y cuando la modificación no implique variar los precios ofrecidos ni variar la calidad y/o funcionalidad de los artículos o bienes adquiridos. Si no es autorizado el cambio, el adjudicatario deberá entregar los artículos con las características originalmente ofrecidas.
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SOBRE EL PAGO DE LOS BIENES ADQUIRIDOS |
El pago se realizará una vez producida la recepción conforme del total de los bienes requeridos en
el lugar o lugares de destino solicitados.
Para estos efectos, el adjudicatario deberá presentar un Estado de Pago, al Administrador del
contrato, con el cobro respectivo. El Administrador del Contrato contará con un plazo máximo de 5
días corridos para efectuar observaciones, transcurrido el cual, sin que ellas se hayan formulado, el
adjudicatario presentará la factura correspondiente. Si las formulare, las pondrá en conocimiento
inmediato del adjudicatario, el que sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando el Estado de Pago en lo que fuere pertinente. En caso de que este documento
presentare diferencias u otros inconvenientes imputables al adjudicatario, el plazo mencionado se
contará desde su reingreso debidamente corregido.
El proveedor, una vez autorizado el estado de pago, deberá presentar dos copias de la Factura,
debidamente canceladas y las respectivas Guías de Despacho, en original, cuando corresponda.
Dichos documentos deberán presentarse al administrador del contrato.
Es obligación del proveedor adjuntar las Guías de Despacho recibidas conforme a la Factura de
Compra.
Presentada la factura de acuerdo al Estado de Pago aprobado, el Instituto la pagará en un plazo no
superior a 30 días corridos.
El Instituto, en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario, la certificación o acreditación
documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, a
través de un certificado emitido por la Dirección del Trabajo y planillas de pago de remuneraciones
y cotizaciones previsionales, cuyo incumplimiento facultará al Instituto para retener el pago, para
efectos de dar cumplimiento a las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, hasta su
total cumplimiento.
El pago se hará mediante Transferencia Electrónica, debiendo el proveedor adjudicatario entregar
obligatoriamente la Cuarta copia factura cedible, solamente para los documentos manuales e
informar los siguientes dalos, junto a la entrega de la Factura:
• Nombre proveedor
• RUT proveedor
• Dirección
• Teléfono de Contacto
• Correo electrónico de Contacto
• Cuenta Corriente (asociada a RUT del proveedor)
• Banco
• Tipo de Cuenta
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EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
14.1. Administración y fiscalización del cumplimiento del contrato.
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio prestado por el
adjudicatario, el Instituto designará a dos funcionarios que, en calidad de Administrador Titular y
Suplente, los que tendrán al efecto las siguientes facultades y responsabilidades:
a) Tomar conocimiento del Manual de Administración de Contratos publicado en la Intranet del
IPS, y cumplir estrictamente con las responsabilidades allí asignadas al Administrador del
Contrato, y especialmente cumplir con el protocolo de inicio de la prestación contratada,
suscribiendo el Acta de Inicio de ésta, así como generar el Check List, las notificaciones de multas e informe de término anticipado del contrato cuando corresponda y siempre, el
informe final del Contrato y la evaluación del proveedor.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes de la compra.
c) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato y proponer la aplicación de multas.
d) Revisar y aprobar el estado de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones
laborales y previsionales del adjudicatario, considerando las multas a que hubiere lugar.
e) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto de los bienes adquiridos.
f) Remitir la factura del proveedor contratado, al Departamento de Finanzas, previa aprobación
del correspondiente estado de pago, en un plazo no mayor a 8 días de recepcionada ésta, a fin
de dar cumplimiento con lo estipulado en la Circular Nº 23, del Ministerio de Hacienda, de
fecha 13 de abril de 2006, que señala que el plazo de pago a proveedores deberá ser en el
menor tiempo posible, y no mayor a treinta días corridos desde la fecha de recepción de las
facturas correspondientes.
g) Revisar el contenido íntegro de la o las facturas, considerando lo señalado en la Ley 19.983
Artículo 3°, que indica “… se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se
reclamara en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1.
Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, ó
2. Reclamando en contra de su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su
recepción…”.
h) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la
ejecución del servicio.
Por su parte, el Adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con el
Administrador del Contrato para todos los efectos señalados.
Todas las decisiones, definiciones y acuerdos adoptados por el Administrador del Contrato del IPS
y el Coordinador Técnico, deberán constar en Actas firmadas por ambos.
14.2. Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario.
En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años, el pago producto del contrato licitado, deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones,
debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al
cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Instituto exigirá al adjudicatario que efectúe dichos pagos y presente los comprobantes y
planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas
obligaciones por parte del adjudicatario facultará al Instituto para terminar anticipadamente el
contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el adjudicatario no podrá participar, en
conformidad a lo establecido en el inciso 2º, del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Compras
Públicas.
14.3. Cumplimiento de normas de seguridad laboral
El proveedor adjudicatario y su personal deberán observar y cumplir las normas de seguridad
laboral y las normas de prevención de riesgos durante el despacho, transporte, distribución y entrega de los bienes adquiridos, además, de las normas específicas e instrucciones que sobre la
materia indique el IPS.
En consideración a la actual contingencia a causa de la pandemia del Covid-19, se le exigirá a cada
uno de los trabajadores del proveedor, contar con mascarillas y guantes, como también le deberá
proveer alcohol gel, y asimismo, deberán mantener una distancia prudente entre ellos, de manera de
evitar la propagación del virus.
Asimismo, corresponderá al adjudicatario gestionar los correspondientes permisos necesarios para
entregar los productos objeto de la presente licitación.
En caso de detectarse incumplimiento por parte del proveedor adjudicado a la normativa vigente
sobre higiene y seguridad laboral, el administrador designado por el Instituto tendrá la facultad de
ordenar la inmediata paralización.
14.4. Responsabilidad por daños
El proveedor adjudicatario deberá adoptar, en tiempo oportuno, todas las disposiciones, medidas y
precauciones necesarias a fin de evitar daños al Instituto, a su personal y a terceros, incluidos
aquellos de carácter ambiental.
Será responsable por todos los perjuicios generados por su personal que afecten las instalaciones
del IPS, así como los que se produjeran en edificios e instalaciones vecinas, a terceras personas, y
en general, por todos los daños a personas o cosas causados durante el despacho, transporte,
distribución y entrega de los bienes adquiridos.
Si a pesar de las precauciones adoptadas, se produjeran tales daños o perjuicios, el proveedor
adjudicatario queda obligado a reparar los daños causados e indemnizar los perjuicios producidos.
14.5. Sobre garantía de los bienes adquiridos
El producto deberá estar garantizado por el proveedor adjudicado durante al menos seis meses,
contados desde la fecha de recepción conforme por parte de esta Institución.
La garantía deberá cubrir fallas en la fabricación (o fallas de materiales), debiendo la empresa
adjudicataria, corregir la falla o en caso de ser necesario, cambiar el producto fallado por una
nuevo, en un plazo de 15 días hábiles, sin costos adicionales para esta Institución. Si un producto
no es reparado o repuesto, se considerará como no entregado.
El proveedor deberá indicar el plazo de garantía del producto ofertado en el ANEXO N°2,
correspondiente a FICHA TÉCNICA DEL PRODUCTO. El proveedor que no cumpla con la
obligación de entregar la información requerida en este punto será excluido del proceso,
procediéndose a declarar inadmisible su oferta.
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SOBRE SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EMANADAS DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
15.1. Multas
El Instituto estará facultado para aplicar y cobrar multas al proveedor adjudicatario por las
siguientes infracciones:
Infracción Multa
Incumplimiento de los plazos de entrega de los bienes adquiridos.
Nota aclaratoria: Para efectos del cálculo de la multa, los días se
considerarán hábiles y la fracción del día será considerada día
completo, y se contaran desde la emisión de la orden de compra por
parte del Instituto de Previsión Social.
1% por día de atraso.
Incumplimiento de las medidas de seguridad laboral establecidas en
las presentes bases por parte del adjudicatario.
5% por cada
infracción.
Incumplimiento de las especificaciones solicitadas en las bases
técnicas o en la oferta del proveedor. Se configurará esta infracción si,
el proveedor, siendo requerido por el administrador contractual para
subsanar alguna deficiencia en los bienes adquiridos no lo resuelve
dentro de 15 días hábiles a contar del requerimiento.
5% por cada
infracción.
Si el Instituto considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará
por escrito su decisión al adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma.
El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha de la
comunicación, para formular descargos. Con el mérito de ellos, o transcurrido el plazo aludido sin
que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular, mediante resolución
fundada de la Jefatura del Departamento Administración e Inmobiliaria, previa ponderación de los
antecedentes, remitiéndole copia del acto administrativo al adjudicatario.
Si el adjudicatario interpusiere recursos, la multa solo será aplicada una vez que éstos se encuentren
totalmente tramitados.
El monto máximo de las multas no podrá exceder del 30% del valor neto total y se descontará
directamente de la factura o, de no ser posible, deberá ser pagada directamente por el adjudicatario,
para lo cual el Instituto le otorgará un plazo de 10 días para realizarlo.
No procederá esta sanción, si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor
calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada jefe del Departamento de
Administración e Inmobiliaria.
15.2. Modificación o Término anticipado del contrato.
El Instituto podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Departamento
de Administración e Inmobiliaria, modificar el contrato o poner administrativamente término al
contrato, en forma anticipada e inmediata, por las siguientes causales:
a) Por mutuo acuerdo o resciliación de las partes.
b) Por incumplimiento grave del adjudicatario respecto a las obligaciones previstas en las Bases,
entendiéndose por tal, pero sin excluir otras situaciones análogas:
• Cuando se supere el porcentaje máximo de multa.
• La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones
contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de
responsabilidad.
• El atraso de 10 días hábiles o más en la entrega de los Equipos de Aire Acondicionado
requeridos.
• Incumplimiento reiterado (2 o más bienes) en la obligación de garantía de los bienes
adquiridos.
c) Por estado de notoria insolvencia del contratante.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del
período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que el contratante pueda
funcionar en el giro de su actividad.
g) Por incumplimiento del Pacto de Integridad establecido en estas Bases de Licitación.
h) En caso de adjudicarse a una unión temporal de proveedores:
- Por la disolución de la misma. La disolución deberá ser informada por
cualquiera de los proveedores que la componen al administrador del
contrato.
- Por el retiro de uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores
si éste reúne una o más características consideradas para la evaluación de la
oferta. Sin perjuicio de ello, si la unión temporal de proveedores está
constituida por 3 o más integrantes y uno de ellos se retira, se podrá
continuar ejecutando el contrato con los restantes, siempre que se realice en
los mismos términos comprometidos en la oferta.
- Inhabilidad sobreviniente de uno de los o las integrantes de la unión
temporal de proveedores, que signifique que esta no pueda seguir
ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos
adjudicados.
- De constatarse que los integrantes de la unión temporal de proveedores
constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia.
En este caso, deberá remitirse los antecedentes pertinentes a la fiscalía
nacional Económica
i) Por fallecimiento del contratante en caso de ser persona natural.
j) Por disolución o término de la persona jurídica.
Adoptada esta medida y exceptuando las causales descritas en las letras a), d) e i) precedentes, el
Instituto procederá a ejercer las acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los
perjuicios causados.
El Instituto de Previsión Social pagará al proveedor los servicios prestados hasta la fecha de término
de la relación contractual. En el caso de término anticipado por la causal de la letra a) (mutuo acuerdo), las partes deberán
suscribir un documento que formalice dicha circunstancia. En él, deberá indicarse si existen o no
obligaciones pendientes, el monto de las mismas y, si correspondiere, la forma en que se realizará el
pago de éstas.
Para poner término por las restantes causales, el Instituto comunicará por escrito su decisión al
prestador, indicando la causal y fundamento de esta. El prestador dispondrá de un plazo de cinco
días hábiles, a contar de la fecha de la comunicación, para formular descargos. Con el mérito de
ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre
el particular, mediante resolución fundada del Departamento de Administración e Inmobiliaria,
previa ponderación de los antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al prestador, sin
perjuicio del procedimiento establecido en la Ley Nº19.880.
No procederá esta sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor
calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada del Jefe de Departamento
Administración e Inmobiliaria del IPS.
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SUBCONTRATACIÓN |
Se encuentra prohibida la subcontratación.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
El Instituto y el adjudicatario resolverán, de común acuerdo y mediante negociaciones directas, las diferencias que surjan en cuanto a la aplicación del contrato.
En el evento que no se logre un acuerdo entre las partes, cualquiera de éstas podrá llevar las
controversias al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia, siendo competente los de la ciudad de Santiago, todo ello en conformidad a la legislación vigente.
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NOTIFICACIONES DURANTE EL CONTRATO |
Las notificaciones entre las partes se efectuarán vía correo electrónico, pudiendo complementarse
mediante carta certificada dirigida al domicilio fijado por el adjudicatario. Las notificaciones se
producirán en la fecha que figure en el reporte del correo electrónico respectivo.
Para los efectos de toda notificación el domicilio del Instituto será: Libertador Bernardo O´Higgins
1353 cuarto piso, Santiago, u otro que previamente se indique.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda
la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes
bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a
no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos,
cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su
oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en
la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se
obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar
toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso
licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar
y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el
presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las
reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los
contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y
sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean
aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso
licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para
que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o
éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación,
incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes
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