MECANISMO PARA RESOLVER EMPATES:
En caso de producirse un empate entre oferentes, se definirá su desempate de acuerdo con el mayor puntaje obtenido, en el siguiente orden:
1. Mayor puntaje de Criterio de Precio.
2. Mayor puntaje de la Experiencia en el rubro
3. Mayor puntaje de criterio de Condiciones de Empleo y Remuneración.
4. Cumplimiento de los Requisitos Formales
En caso de continuar el empate, se establece la siguiente regla de clausura: Se adjudicará al oferente que haya publicado primero su oferta al portal www.mercadopublico.cl.
La propuesta económica de la oferta no podrá exceder del monto del presupuesto disponible. En definitiva, la oferta que no cumpla con lo señalado anteriormente en su oferta económica será declarada inadmisible, excluyéndose de forma definitiva de la licitación.
El plazo máximo para presentar dichas ofertas a través de la mencionada página web será el fijado en el Cronograma de la ficha de Licitación, denominado por el portal “Fecha de Cierre de Recepción de Oferta”.
En el caso que un oferente se encuentre en algunas de las circunstancias contempladas en el artículo 40° del Decreto de Hacienda N° 250, la Institución otorgará un plazo perentorio de 01 día hábil, contado desde el día siguiente de aquel en que se realice la apertura de los anexos técnicos, dentro del cual los oferentes podrán salvar los errores u omisiones formales y acompañar certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Lo que se informará a través del Sistema.
La solicitud respectiva la hará el Servicio habilitando la opción correspondiente en el sitio de la propuesta, en el cual el oferente ingresará los antecedentes y correcciones que se requieran.
La oferta de aquel proponente que, en definitiva, no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas Bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite, sin que se proceda a la apertura de su oferta económica.