1.-
Los siguientes documentos, de no encontrarse publicados electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, y disponibles para su revisión por la comisión evaluadora al momento de la evaluación de las ofertas, deberán adjuntarse en formato electrónico o digital a la propuesta, a través de dicho portal:
A. Persona Jurídica:
1. Anexo N° 1.
2. Copia simple del e-RUT de la persona jurídica.
3. Fotocopia simple de la Cédula Nacional de quien(es) presenta(n) la propuesta en su representación.
4. Antecedentes legales:
i. Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada: documento que dé cuenta de la vigencia de la persona jurídica y documento en que conste el poder de quien(es) presenta(n) la propuesta en su representación, de acuerdo a la naturaleza de la sociedad.
ii. Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada: documento que dé cuenta de la vigencia de la persona jurídica y documento en que conste el poder de quien(es) presenta(n) la propuesta en su representación, emitidos por las autoridades que correspondan.
5. Declaración jurada de ausencia de inhabilidades e incompatibilidades, según formato de “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, o según Anexo N° 2-A de estas bases.
Los anexos precedentemente señalados deberán ser firmados por quien(es) tiene(n) poder para presentar la propuesta en representación de la persona jurídica, información que deberá ser consistente con los antecedentes acompañados de conformidad con este punto.
B. Persona Natural:
1. Anexo N° 1.
2. Fotocopia simple de la Cédula Nacional y del e-RUT, según corresponda, en un
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giro en virtud del cual el oferente tribute en primera categoría de la Ley de Impuesto a la Renta.
3. Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
4. Declaración jurada de ausencia de inhabilidades e incompatibilidades, según formato de “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, o según Anexo N° 2-B de estas bases.
C. Persona Extranjera:
1. Copia simple de la documentación necesaria para acreditar su existencia legal y la personería de quien(es) presenta(n) la propuesta en su representación.
2. Para el caso de personas extranjeras con idioma distinto al español, la documentación debe entregarse traducida al español.
D. Unión Temporal de Proveedores:
1. Información de los integrantes de la unión, de acuerdo al formato del Anexo N° 1, el que debe ser presentado de manera conjunta y debidamente firmado.
2. Conforme lo dispuesto en el artículo 67 bis del citado D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, cada uno de sus miembros deberá presentar los antecedentes indicados en las letras precedentes, según corresponda, con excepción del Anexo N° 1. Para acreditar la ausencia de inhabilidades e incompatibilidades, se deberá suscribir la “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”, disponible en dicho portal www.mercadopublico.cl, o bien, la declaración jurada simple que se acompaña como Anexo N° 2-A o 2-B de estas bases.
3. Documento público o privado en que conste la formalización de la unión temporal de proveedores, con una vigencia no inferior a la vigencia de la contratación y en que se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Los proveedores que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, portal www.mercadopublico.cl, y que mantengan acreditados y disponibles en dicho portal los documentos señalados precedentemente, podrán exceptuarse de adjuntarlos a la propuesta, a excepción de las declaraciones juradas.
Los proveedores que no se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores deberán presentar los antecedentes legales mencionados en este punto, por vía electrónica, a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de cierre de recepción de ofertas señalado en el punto 2.6 de las presentes bases. La misma regla se aplicará en el caso de los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, respecto de aquellos antecedentes que no se encuentren acreditados y disponibles en este.
(VER BASES ADMINISTRATIVAS EN RESOLUCIÓN EXENTA N° 441 DE FECHA 10-10-2023.)
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