Resolución de Empates |
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
- En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio Técnico
- En segundo lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio Económico
- En Tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.
Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución fundada.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a abastecimiento@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En virtud del Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.
Esta situación será considerada en la pauta de evaluación establecida en las presentes bases de licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el criterio administrativo.
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2. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN |
Nombre adquisición
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Adquisición de gallineros, invernaderos e insumos correspondientes, para usuarios de las comunas de Chol Chol, Galvarino, Los Sauces, Lumaco, Nueva Imperial, Purén, Traiguén y Victoria en la Región de la Araucanía.
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Descripción
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Se requiere de la contratación de uno o varios oferentes del ramo que provea de gallineros, gallinas, gallos y alimentación; invernaderos; semillas y bokashi y/o compost para la Región de la Araucanía.
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Tipo de compra
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Licitación Pública mayor o igual a 2.000 UTM y menor a 5.000 UTM. Licitación de Adjudicación Múltiple.
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Moneda
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Pesos chilenos
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Monto total presupuesto disponible (impuestos incluidos, si corresponde)
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$237.883.710 impuestos incluidos que se desagregarán de la siguiente manera:
Línea 1: 53 Gallineros $69.001.130 (incluye instalación y/o construcción en cada una de las 8 comunas)
Línea 2: 530 Gallinas y 53 gallos raza criolla más alimentación (incluye entrega en cada una de las 8 comunas) $15.839.680*
Línea 3: 61 Invernaderos: $149.082.900 (incluye instalación en cada una de las 8 comunas)
Línea 4: Pack Semillas para 61 invernaderos $2.440.000
Línea 5: 122 Sacos de bokashi y/o compost $1.520.000 (incluye entrega en cada una de las 8 comunas)
*La adjudicación de la línea 2 está supeditada a la adjudicación de la Línea 1
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Duración de los servicios
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Hasta 90 días corridos desde el envío de la orden de compra.
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Líneas de licitación
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5 líneas de licitación. Adjudicación múltiple
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Etapa del proceso de apertura
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En una sola etapa
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4. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
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5. CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN |
El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo.
Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo de preguntas indicado en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.
Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.
INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación.
Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
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8. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:
- Presentar la garantía de seriedad de la oferta (en el caso de gallineros y/o invernaderos)
- Anexo N°1 Antecedentes administrativos
- Anexo N°2 Plazo de ejecución y/o entrega
- Anexo N°3 Especificaciones técnicas de bienes.
- Anexo N°4 propuesta de diseño digital en AutoCAD u otro software de diseño especificando medidas y materiales. (presentar solo en caso de ofertar gallinero y/o invernadero)
- Anexo N°5. Experiencia en elaboración y/o instalación de gallineros y/o invernaderos (solo en el caso de ofertar gallineros y/o invernaderos)
- Anexo N°6 Documento en el que conste que las gallinas son adquiridas en un proveedor certificado por el SAG (Completar solo en el caso de ofertar Línea 2. Gallinas, gallos y alimentación).
- Anexo N°7 Declaración jurada distancia predio con influenza aviar (Completar solo en el caso de ofertar Línea 2. Gallinas, gallos y alimentación)
- Anexo N°8 Oferta Económica
- El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación.
En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se trata de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
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9. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN |
El puntaje mínimo para ser seleccionado debe ser igual o mayor a 70 puntos, por lo que la propuesta que obtenga menos de 70 puntos ponderados, no podrá ser adjudicada por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proceso deba declararse desierto debido a que ninguna de las ofertas presentadas haya alcanzado el puntaje mínimo, éstas serán consideradas inadmisibles para los efectos del artículo 10, numeral 7, letra l del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente por un equipo interno, en calidad de comisión evaluadora, en base a los siguientes criterios:
Los gallineros y/o invernaderos serán evaluados de la siguiente forma
Clasificación Criterio
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Criterio de evaluación
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Ponderación
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1. Técnico
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Plazo de entrega
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10%
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Especificaciones técnicas de bienes requeridos
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15%
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Diseño gallinero y/o invernadero
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25%
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Experiencia en construcción de invernaderos y/o galllineros
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20
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2. Económico
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Precio
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25%
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3. Administrativo
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Cumplimiento de requisitos formales
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5%
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La pauta de evaluación de los criterios indicados anteriormente es la siguiente:
CRITERIO TÉCNICO – 70%
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PLAZO DE ENTREGA -10%
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PUNTAJE
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EL PROPONENTE OFERTA UN PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS ADJUDICADOS ENTRE 45 A 60 DÍAS CORRIDOS
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100
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EL PROPONENTE OFERTA UN PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS ADJUDICADOS ENTRE 60 Y 80 DÍAS CORRIDOS
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70
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE BIENES REQUERIDOS – 15%
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PUNTAJE
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CUMPLE 100% CON LO SOLICITADO EN BASES TÉCNICAS DE LICITACIÓN
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100
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CUMPLE PARCIALMENTE O NO CUMPLE CON LO SOLICITADO EN LAS BASES TÉCNICAS DE LICITACIÓN
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0
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DISEÑO GALLINEROS/INVERNADEROS- 25%
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PUNTAJE
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EL OFERENTE ENTREGA UN DISEÑO CON AGREGACIÓN DE VALOR: EJ, A PRUEBA DE RESISTIR CONDICIONES CLIMÁTICAS ADVERSAS, MATERIALES DE LARGA DURACIÓN, SUPERFICIE MAYOR A LA SOLICITADA, PRINCIPIOS DE ECONOMÍA CIRCULAR, CON LOCALIZACIÓN INTRAPREDIAL PERTINENTE A LOS RUBROS SOLICITADOS.
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100
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EL OFERENTE ENTREGA UN DISEÑO DE ACORDE A LOS REQUISITOS TÉCNICOS SOLICITADOS.
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50
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EL OFERENTE ENTREGA UN DISEÑO INFERIOR A LO SOLICITADO, JUSTIFICANDO CON FUNDAMENTACIÓN TÉCNICA.
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20
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EXPERIENCIA EN LA CONSTRUCCIÓN DE INVERNADEROS Y/O GALLINEROS (SE EVALUARÁ LA EXPERIENCIA EN CADA TIPO DE CONSTRUCCIÓN POR SEPARADO) 20%
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PUNTAJE
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EL OFERENTE PRESENTA EVIDENCIA EN CONSTRUCCIÓN Y/O INSTALACIÓN DE AL MENOS 10 INVERNADEROS O GALLINEROS A PEQUEÑOS PRODUCTORES AGRÍCOLAS
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100
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EL OFERENTE PRESENTA EVIDENCIA EN CONSTRUCCIÓN Y/O INSTALACIÓN DE MENOS DE 10 INVERNADEROS O GALLINEROS A PEQUEÑOS PRODUCTORES AGRÍCOLAS
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50
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EL OFERENTE NO PRESENTA EVIDENCIA EN CONSTRUCCIÓN Y/O INSTALACIÓN DE INVERNADEROS O GALLINEROS A PEQUEÑOS PRODUCTORES AGRÍCOLAS
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0
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CRITERIO ECONÓMICO – 25%
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EL VALOR DE LA OFERTA ESTÁ DENTRO DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE Y EL DISEÑO INCLUYE AL MENOS TRES CARACTERÍSTICAS DE VALOR AGREGADO*
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100
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EL VALOR DE LA OFERTA ESTÁ DENTRO DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE Y EL DISEÑO INCLUYE MENOS DE TRES CARACTERÍSTICAS DE VALOR AGREGADO
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75
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EL VALOR DE LA OFERTA ESTÁ DENTRO DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE Y EL DISEÑO NO INCLUYE CARACTERÍSTICAS ADICIONALES A LAS SOLICITADAS
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50
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CRITERIO ADMINISTRATIVO – 5%
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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PUNTAJE
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EL OFERENTE CUMPLE CON TODOS LOS REQUISITOS FORMALES REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, DENTRO DEL PERIODO DE RECEPCIÓN DE OFERTAS Y ANTES DE LA FECHA DE CIERRE.
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100
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EL OFERENTE NO CUMPLE CON TODOS LOS REQUISITOS FORMALES REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, DENTRO DEL PERIODO DE RECEPCIÓN DE OFERTAS Y ANTES DE LA FECHA DE CIERRE
.
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0
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*El valor agregado puede incluir una mayor superficie, materiales de mejor calidad o un atributo adicional.
b. PAUTA EVALUACIÓN LÍNEAS 2, 4 Y 5
La pauta de evaluación para gallinas, gallos y alimentación; semillas; bokashi y/o compost es la siguiente:
CRITERIO TÉCNICO – 70%
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PLAZO DE ENTREGA -10%
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Puntaje
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EL OFERENTE INDICA PLAZO DE ENTREGA SEGÚN LO ESTIPULADO EN LAS BASES TÉCNICAS
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100
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EL OFERENTE NO INDICA PLAZO DE ENTREGA SEGÚN LO ESTIPULADO EN LAS BASES TÉCNICAS
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0
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE BIENES REQUERIDOS – 50%
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Puntaje
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CUMPLE 100% CON LO SOLICITADO EN BASES TÉCNICAS DE LICITACIÓN E INCLUYE ATRIBUTOS DE AGREGACIÓN DE VALOR
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100
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CUMPLE 100% CON LO SOLICITADO EN BASES TÉCNICAS DE LICITACIÓN
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70
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CUMPLE PARCIALMENTE O NO CUMPLE CON LO SOLICITADO EN LAS BASES TÉCNICAS DE LICITACIÓN
|
0
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CRITERIO ECONÓMICO – 35%
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EL PRECIO ESTÁ DENTRO DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE E INCLUYE AL MENOS TRES CARACTERÍSTICAS DE VALOR AGREGADO*
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100
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EL PRECIO ESTÁ DENTRO DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE E INCLUYE MENOS DE TRES CARACTERÍSTICAS DE VALOR AGREGADO
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75
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EL PRECIO ESTÁ DENTRO DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE Y NO INCLUYE CARACTERÍSTICAS ADICIONALES A LAS SOLICITADAS
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50
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CRITERIO ADMINISTRATIVO – 5%
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CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
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Puntaje
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EL OFERENTE CUMPLE CON TODOS LOS REQUISITOS FORMALES REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, DENTRO DEL PERIODO DE RECEPCIÓN DE OFERTAS Y ANTES DE LA FECHA DE CIERRE.
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100
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EL OFERENTE NO CUMPLE CON TODOS LOS REQUISITOS FORMALES REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, DENTRO DEL PERIODO DE RECEPCIÓN DE OFERTAS Y ANTES DE LA FECHA DE CIERRE.
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0
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*El valor agregado puede incluir una mayor cantidad o algún atributo de calidad superior al especificado en las bases.
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10. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.
La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.
Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.
En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.
La adjudicación de la LÍNEA 2 quedará supeditada a la adjudicación de la línea 1. Si no existieren oferentes en la línea 1 o si éstos no cumplen los requisitos mínimos para la adjudicación tampoco se podrá adjudicar la línea 2.
RE-ADJUDICACIÓN
En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
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11. ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO |
Se realizará un contrato únicamente para las líneas 1 de gallineros y Línea 3 de invernaderos
Si el oferente es persona natural
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- Fotocopia de su cédula de identidad.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
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Acreditar en Registro de Proveedores
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Si el oferente es una persona jurídica
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- Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
- Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vigencia anteriormente señalada.
- Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:
- Certificado de vigencia
- Certificado de estatutos actualizados
- Certificado de anotaciones, en su caso
Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl
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Acreditar en Registro de Proveedores
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Si el oferente es una UTP
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Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) deberán entregar los mismos documentos indicados precedentemente respecto de cada uno de sus integrantes y suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá formalizarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que pudiera tener lugar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Asimismo, los integrantes de la UTP deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar. No obstante, todos los integrantes serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar, por lo que INDAP podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
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Todos los oferentes
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Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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OBSERVACIONES
El plazo para la suscripción del contrato es de 10 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente según lo regulado en estas bases de licitación.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886.
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13. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO |
Vigencia del contrato
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Hasta el 31 de diciembre de 2023
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Renovación / Prórroga
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Podrá renovarse/prorrogarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo igual al contrato original, siempre que se den razones fundadas y por escrito. La renovación/prórroga que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto administrativo y, una vez transcurrido en su totalidad el plazo establecido para esta, el contrato terminará automáticamente, sin necesidad de aviso previo.
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Modificación del contrato
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Las partes podrá modificar de común acuerdo el contrato que se suscribirá como resultado del presente proceso licitatorio.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones deberán ser requeridas y aprobadas por la contraparte técnica de INDAP y podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total.
En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado el contrato.
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Término de contrato
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El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o por la total utilización del presupuesto asignado para esta contratación, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el numeral 16 de las presentes bases de licitación.
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15. PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO |
Presupuesto disponible (impuestos incluidos, si corresponde)
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$237.883.710 impuestos incluidos que se desagregarán de la siguiente manera:
Línea 1: 53 Gallineros $69.001.130 (incluye instalación y/o construcción en cada una de las 8 comunas)
Línea 2: 530 Gallinas y 53 gallos raza criolla más alimentación (incluye entrega en cada una de las 8 comunas) $15.839.680*
Línea 3: 61 Invernaderos: $149.082.900 (incluye instalación en cada una de las 8 comunas)
Línea 4: Pack Semillas para 61 invernaderos $2.440.000
Línea 5: 122 Sacos de bokashi y/o compost $1.520.000 (incluye entrega en cada una de las 8 comunas)
*La adjudicación de la línea 2 está supeditada a la adjudicación de la Línea 1
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Forma de pago
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En cuotas por entregas parciales de los bienes, previa recepción conforme.
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Aprobación de pago
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Los pagos se realizarán previa autorización de la contraparte técnica de INDAP, que en este caso corresponde a la Jefatura de Operaciones, quien deberá corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, lo especificado en el convenio de ejecución entre Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda y Instituto de Desarrollo Agropecuario, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
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Facturación
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Una vez autorizado el pago por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a señalar al Departamento de Gestión de Abastecimiento que se puede hacer la recepción conforme de los servicios, para posteriormente indicar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo.
La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.
El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República o directamente por INDAP según corresponda, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, el Anexo N°6 de las presentes bases, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.
En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento a la casilla de correo opartes@indap.cl.
En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, el Anexo N°6 de las presentes bases, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.
En caso que se adjudique a una UTP, ésta deberá emitir el documento tributario, el cual se señala claramente en la Orden de Compra.
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16. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
El contrato podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:
- Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
- Si el contratante falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.
- Haber sido condenado el contratante por crimen o simple delito.
- Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.
- Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.
- Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.
- Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP.
- Si el proveedor es condenado conforme a la ley N° 21.595, Ley de Delitos Económicos, a la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, hasta por el plazo que fije la sentencia definitiva. La inhabilitación rige desde la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia que la impusiere, y su duración se computará desde ese momento.
El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letra A)
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra A, cualquiera de las partes enviará a la otra, mediante correo electrónico, el documento que da cuenta de las razones de la resciliación, firmado por el representante legal respectivo. La parte receptora del documento de resciliación podrá suscribirlo sin más trámite, o bien hacer las modificaciones que estime pertinentes, en cuyo caso deberá remitirlo a la parte que inició el procedimiento, para su suscripción.
El documento de resciliación que en definitiva se suscriba por ambas partes, se adjuntará al acto administrativo que formalice el término anticipado y servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letra D)
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, INDAP enviará al contratante, vía correo electrónico, la carta de comunicación respectiva. Posteriormente, mediante acto administrativo debidamente tramitado, INDAP formalizará el término de contrato, adjuntado el documento oficial que dé cuenta de las razones que exigen dicho término, el que servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letras B, C, E y F)
- INDAP notificará al contratante el eventual término anticipado de contrato mediante correo electrónico, indicando la causal de que se trata y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
- El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@indap.cl, la que deberá ser fundada.
- INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
- Se hace presente que contra la resolución que aprueba el término anticipado de contrato, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C, E y F:
- El contratante no tendrá derecho a indemnización alguna y se podrá proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin previa notificación ni cumplimiento de ningún otro requisito, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas.
- INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas (letra B), entre otras, las siguientes acciones:
₋ La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta.
₋ Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 30% del valor del contrato.
₋ Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los 05 días hábiles de atraso o incumplir alguna de las obligaciones durante la vigencia del contrato.
₋ No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido.
₋ No renovar la garantía de fiel cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato.
₋ No reponer la garantía de fiel cumplimiento en caso de cobro de esta.
₋ Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato.
Para el caso de las UTP, adicionalmente a las acciones precedentes, configuran incumplimiento grave de las obligaciones contraídas las siguientes:
₋ La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
₋ Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.
₋ Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
₋ Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
₋ Disolución de la UTP.
Fuerza mayor y caso fortuito
₋ Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile.
₋ Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.
₋ La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.
₋ La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.
₋ En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.
₋ Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho.
₋ Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato establecido para las causales de las letras B, C, E y F, con el fin de dar cumplimiento al principio de contradictoriedad establecido en el artículo 10 de la Ley N° 19.880.
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17. SANCIONES Y MULTAS |
INDAP podrá cobrar multas al contratante, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente licitación, siempre que se deba a causa imputable al contratante, en los siguientes términos:
A. El incumplimiento de los plazos y/o fechas que se fijen para la ejecución de las actividades y procesos asociados a los servicios, será sancionado con el valor de UF 6 por cada día hábil de atraso, con un tope de hasta 10 días hábiles.
B. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, no asociadas a plazos, será sancionado con el valor de UF 10 por cada obligación incumplida.
Si excediese los 10 días hábiles de atraso o incumpliera 3 obligaciones durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al contrato y/o hacer efectivo el instrumento financiero de garantía de fiel cumplimiento, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de multas que se establece a continuación.
En cualquier caso, las multas no podrán superar el 30% del monto total del contrato.
Procedimiento para la aplicación de multas
- INDAP notificará al contratante la eventual aplicación de multas mediante correo electrónico, indicando la(s) causa(s), el monto de la multa a que daría origen el incumplimiento y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
- El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, para que deje sin efecto la multa o la rebaje, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@indap.cl, la que deberá ser fundada.
- INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y cursando la multa respectiva, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
- El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que aplica la multa, mediante un vale a la vista nominativo, transferencia electrónica o algún otro medio de pago que se determine.
- En caso que el contratante no pague la multa dentro del plazo establecido, facultará a INDAP para descontar el monto adeudado del estado de pago pendiente y/o para proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y/o para terminar anticipadamente el contrato, a elección de INDAP.
- Se hace presente que contra la resolución que aplica la multa, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
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18. CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP |
INDAP se relacionará con el contratante, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de la Jefatura de Operaciones, o quien ésta designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:
- Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
- Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
- Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
- Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
- Solicitar la debida recepción conforme de todos los Usuarios Beneficiados, completando Anexo N°4.
- Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
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19. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.
OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.
NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por los cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.
AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.
GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
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20. PROPIEDAD INTELECTUAL |
Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.
“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.
Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.
Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.
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II. BASES TÉCNICAS |
Para todos los efectos, el oferente adjudicado deberá ajustarse normativamente al convenio de ejecución entre Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda y Instituto de Desarrollo Agropecuario.
1.- ANTECEDENTES GENERALES
OBJETIVO
Adquisición de gallineros e insumos necesarios para su implementación, para usuarios/as afectados durante la emergencia por los incendios forestales, esto contribuye a generar apoyo y ayuda con la reposición de su fuente de alimento o actividad comercial a la comunidad en momentos de adversidad, generando un impacto en la nutrición y económico positivo.
Por otro lado, la adquisición de invernaderos tiene por objetivo mejorar tanto la calidad y variedad de los alimentos proteicos producidos por las familias afectadas por los incendios forestales y además la posibilidad de generar ingresos adicionales por la venta de los productos.
2.- PRODUCTOS REQUERIDOS
a) GALLINEROS
1. Gallineros instalados de al menos 18m2. Total 53 gallineros.
Comuna
|
Total gallineros
|
Chol chol
|
11
|
Galvarino
|
8
|
Los Sauces
|
8
|
Nueva Imperial
|
1
|
Purén
|
2
|
Traiguén
|
12
|
Victoria
|
11
|
TOTAL
|
53
|
- 10 Gallinas entre 14 y 20 semanas y 1 gallo raza criolla por cada gallinero, Total 530 gallinas y 53 gallos
Comuna
|
Total gallinas
|
Total gallos
|
Chol chol
|
110
|
11
|
Galvarino
|
80
|
8
|
Los Sauces
|
80
|
8
|
Nueva Imperial
|
10
|
1
|
Purén
|
20
|
2
|
Traiguén
|
120
|
12
|
Victoria
|
110
|
11
|
TOTAL
|
530
|
53
|
3. Alimento para aves (Al menos 2 sacos de 25 kgs +1 saco de conchuela). Total 106 sacos de alimento de 25 kg y 53 sacos de conchuela.
b) INVERNADEROS
1. Invernadero modular de 60 M2 con cubierta de policarbonato, que le permite una mayor durabilidad. Total 61 invernaderos
Comuna
|
Total invernaderos
|
Chol chol
|
11
|
Galvarino
|
8
|
Los Sauces
|
12
|
Lumaco
|
7
|
Nueva Imperial
|
1
|
Purén
|
3
|
Traiguén
|
15
|
Victoria
|
4
|
TOTAL
|
61
|
2. 2 Sacos de Compost y /o bokashi de 25 kilos c/u. (50 Kg totales) por invernadero. Total 122 sacos de 25 kg
3. Pack de semillas para c/u de los 61 invernaderos que contenga al menos las 6 especies nombradas a continuación. Cada pack de semilla debe ser entregadas por cada invernadero en sobres con entre 25 y 120 semillas:
Tomate; Lechugas; Acelgas; Ají; Cilantro y Zapallo Italiano. Si las semillas son agroecológicas u orgánicas se considerará un atributo de calidad adicional.
3.- CONDICIONES Y PLAZOS DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS
Los invernaderos y gallineros, deberán ser entregados a INDAP con fecha tope el día martes 12 de diciembre. Esta fecha incluye la instalación en terreno, previa coordinación por parte del oferente seleccionado y la contraparte técnica.
Las gallinas, gallos y alimentación deben ser entregados en cada una de las comunas, la primera semana de diciembre, previa coordinación con INDAP. Las gallinas a la fecha de entrega deben tener entre 14 a 20 semanas.
Las semillas, deben ser entregadas en pack de al menos 6 tipos de semillas separadas por semilla y por invernadero. La entrega se realizará en la dirección regional de INDAP la primera semana de diciembre, previa coordinación con INDAP.
Los sacos de bokaschi y/o compost deben ser entregados en cada una de las comunas la primera semana de diciembre, previa coordinación con INDAP
En caso de incumplimiento del plazo ofertado por el proveedor adjudicado, INDAP quedará facultado para iniciar el procedimiento para la aplicación de multas establecido en las presentes bases de licitación.
ANEXO N° 1
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
El oferente debe suscribir el presente documento y, a través de su firma, declara la veracidad de la información otorgada, asumiendo completa responsabilidad por su declaración y acepta las condiciones estipuladas en las presentes bases de licitación.
RAZÓN SOCIAL:
R.U.T. DE LA EMPRESA:
REPRESENTANTE LEGAL:
NACIONALIDAD:
R.U.T. DEL REPRESENTANTE LEGAL:
DOMICILIO DE LA EMPRESA:
TELÉFONOS:
CORREO ELECTRÓNICO:
FIRMA DEL OFERENTE
__________________________
NOMBRE DEL OFERENTE
RUT DEL OFERENTE
ANEXO N° 2
PLAZO DE ENTREGA
ADEMÁS, DEBERÁ ESPECIFICAR PLAZO DE ENTREGAS PARCIALES POR COMUNA (Excepto semillas)
NOTA:
- La propuesta no podrá superar el día martes 12 de diciembre en la entrega total de los productos y esta deberá considerar la instalación de los gallineros y/o invernaderos previa coordinación con la contraparte técnica.
ANEXO N° 3
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES
Línea N°1 gallineros: Los gallineros deben ser de al menos 18 m2 e incluir como base lo siguiente:
Perchas (25 cms/ave)
|
Cortinas (nylon)
|
2 Bebederos (campana)
|
2 Comederos (campana)
|
3 ponederos de 30x30x30 cms
|
- Orientación norte para aumentar horas de luz entrando al gallinero.
- Protegido de vientos fuertes y exceso de calor.
- Localización dentro del predio en coherencia con diseño predial y en vinculación con huertas, chacras y quintas.
Los 18 m2 pueden incluir patio cubierto para acceso a pastoreo.
Línea N°2 gallinas, gallos y alimentación:
Las gallinas y gallos deben ser de raza criolla u otra rústica que se adapte a las condiciones de la pequeña agricultura familiar de la Araucanía.
Las gallinas deben tener entre 14 y 20 al 07 de diciembre.
La alimentación consiste en al menos 2 sacos de alimento concentrado y 1 saco de conchuela para cada uno de los 53 gallineros
N°
|
ITEM
|
RAZA
|
CANTIDAD
|
DESCRIPCIÓN
|
1
|
Gallinas
|
|
|
|
2
|
Gallos
|
|
|
|
N°
|
ITMEM
|
NOMBRE
|
CANTIDAD
|
PRESENTACIÓN
|
1
|
Alimento concentrado
|
|
|
|
2
|
Conchuela
|
|
|
|
Línea N°3 invernaderos e instalación:
Los invernaderos deben ser de al menos 60m2 de techo de policarbonato e incluir como base lo siguiente:
- Orientación este-oeste en lugar que permita puedan acceder a alta radiación.
- Protegido de vientos fuertes y exceso de calor.
- Localización dentro del predio en coherencia con diseño predial y en vinculación con huertas, chacras, quintas y casa.
- Identificar mejor suelo del predio para llenar bancales de cultivos.
Línea N°4 semillas:
En el caso de las semillas OBLIGATORIAMENTE debe incluir al menos los 6 tipos de semillas por invernadero descritos a continuación y especificar lo siguiente:
N°
|
NOMBRE SEMILLA
|
VARIEDAD
|
CANTIDAD
|
PRESENTACIÓN
|
1
|
Tomate
|
|
|
|
2
|
Lechuga
|
|
|
|
3
|
Acelga
|
|
|
|
4
|
Ají
|
|
|
|
5
|
Cilantro
|
|
|
|
6
|
Zapallo Italiano
|
|
|
|
7
|
|
|
|
|
8
|
|
|
|
|
9
|
|
|
|
|
10
|
|
|
|
|
11
|
|
|
|
|
12
|
|
|
|
|
13
|
|
|
|
|
14
|
|
|
|
|
15
|
|
|
|
|
Línea N°5 Bokashi y/o compost:
N°
|
NOMBRE
|
NOMBRE COMERCIAL
|
CANTIDAD
|
PRESENTACIÓN
|
1
|
Compost
|
|
|
|
2
|
Bokashi
|
|
|
|
ANEXO N° 4
PROPUESTA DE DISEÑO DIGITAL (SOLO PARA INVERNADEROS Y/O GALLINEROS:
OBLIGATORIAMENTE DEBE INCLUIR LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
ANEXO N° 5 (SOLO EN EL CASO DE INVERNADEROS Y/O GALLINEROS)
EXPERIENCIA EN ELABORACIÓN y/o INSTALACIÓN DE GALLINEROS Y/O INVERNADEROS.
NOTA: DEBE ADJUNTAR VERIFICADORES O NO SERÁ CONSIDERADA EN LA EVALUACIÓN
AÑO
|
DESCRIBIR EXPERIENCIA
|
N° de personas beneficiadas
|
Verificador *
|
EJ 1: 2020
|
Instalación de 8 invernaderos modulares programa PDTI
|
8 usuarios INDAP
|
Certificado coordinador PDTI comuna Temuco
|
Ej 2: 2021
|
Construcción de 5 gallineros móviles de 12 m2
|
5 beneficiarios FOSIS
|
Orden de Compra FOSIS
|
|
|
|
|
|
|
|
|
*Debe incluir el verificador. En caso contrario no se evaluará la experiencia
ANEXO N° 6
DOCUMENTO EN EL QUE CONSTE QUE LAS GALLINAS y GALLOS SON ADQUIRIDAS EN UN PROVEEDOR CON SU PREDIO INSCRITO EN EL SAG (Completar solo en el caso de ofertar línea de gallinas y gallos)
ANEXO N° 7(Completar solo en el caso de ofertar línea de gallinas y gallos)
Declaración jurada simple en la que indique que el proveedor está a una distancia superior a 3 kms de un foco de influenza aviar año 2023
ANEXO N° 8
OFERTA ECONÓMICA. Se debe completar por cada línea ofertada
Nombre línea:_______________________________________________
NETO
|
|
IMPUESTO
|
|
VALOR TOTAL CON IMPUESTOS INCLUIDOS
|
|
NOTA:
- Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado con impuestos incluidos, expresado en moneda nacional.
- Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
- En caso de que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo claramente, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
- INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas Bases de Licitación.
Describir por cada línea las características adicionales (completar solo cuando existan atributos adicionales a los solicitados):
FIRMA DEL OFERENTE
__________________________
NOMBRE DEL OFERENTE
RUT DEL OFERENTE
ANEXO N°9
FORMULARIO DATOS BANCARIOS
Orden de Compra ID
|
xxxx
|
|
|
|
|
RUT EMPRESA
|
XX.XXX.XXX-X
|
|
|
|
|
RAZÓN SOCIAL
|
xxxx
|
|
|
|
|
BANCO
|
Nombre del Banco
|
|
|
|
|
TIPO DE CUENTA
|
|
|
|
|
|
|
|
Cuenta vista
|
|
|
|
|
|
|
Cuenta corriente
|
|
|
|
|
|
|
Cuenta RUT
|
|
|
|
|
|
|
|
Chequera electrónica
|
|
|
|
|
|
|
Otra: __________________________________
|
|
|
|
|
NÚMERO DE CUENTA
|
xxxx
|
|
|
|
|
NOMBRE ENCARGADO DE FACTURACIÓN
|
|
|
|
|
TELÉFONO DE CONTACTO ENCARGADO DE FACTURACIÓN
|
|
|
|
|
CORREO ELECTRÓNICO ENCARGADO DE FACTURACIÓN
|
|
|
|
|
NOMBRE ENCARGADO DE COBRANZA
|
|
|
|
|
TELÉFONO DE CONTACTO ENCARGADO DE COBRANZA
|
|
|
|
|
CORREO ELECTRÓNICO ENCARGADO DE COBRANZA
|
FIRMA DEL OFERENTE
__________________________
NOMBRE DEL OFERENTE
RUT DEL OFERENTE
- El gasto que originan la referida adquisición se imputará al Subtítulo 24, Ítem 01, Asignación 404, Actividad 774 del presupuesto vigente del Instituto correspondiente al año 2023, siempre que las disponibilidades presupuestarias así lo permitan.
- Publíquese la presente resolución exenta en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, denominado www.mercadopublico.cl
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|
|