Licitación ID: 759-50-LE23
SERVICIO DE VALIDACION TECNICA EXTERNA DE RESULTADOS DE INDICADORES DE ASIGNACION DE PRODUCTIVIDAD PARA EL PERSONAL DE PLANTA Y A CONTRATA DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, Ministerio de justicia - Subsecretaría de Justicia
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Evaluación de resultados (Impacto) 1 Unidad
Cod: 80101902
Validación técnica externa de resultados de indicadores de asignación de productividad para el personal de planta y a contrata del Servicio de Registro Civil e Identificación, según lo establecido en la Res. Exenta N° 3310 de fecha 26 de diciembre de 2023  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE VALIDACION TECNICA EXTERNA DE RESULTADOS DE INDICADORES DE ASIGNACION DE PRODUCTIVIDAD PARA EL PERSONAL DE PLANTA Y A CONTRATA DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Subsecretaría de Justicia requiere contratar el servicio de validación técnica externa de resultados de indicadores de asignación de productividad para el personal de planta y a contrata del Servicio de Registro Civil e Identificación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3, letra e), de la Ley N°20.934.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
Unidad de compra:
Ministerio de justicia - Subsecretaría de Justicia
R.U.T.:
61.001.000-8
Dirección:
Moneda 1155
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-01-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 28-12-2023 16:51:25
Fecha inicio de preguntas: 28-12-2023 17:01:00
Fecha final de preguntas: 04-01-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-01-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-01-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-01-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 23-02-2024 11:18:42
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 16-02-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Resolución Exenta N°3310 de fecha 26 de diciembre de 2023.
2.- ANEXOS
Documentos Técnicos
1.- Según Resolución Exenta N°3310 de fecha 26 de diciembre de 2023.
 
Documentos Económicos
1.- Según Resolución Exenta N°3310 de fecha 26 de diciembre de 2023.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Materias de Alto Impacto Social Según Resolución Exenta N°3310 de fecha 26 de diciembre de 2023. 5%
2 Oferta Técnica Según Resolución Exenta N°3310 de fecha 26 de diciembre de 2023. 45%
3 Cumplimiento Requisitos Formales Según Resolución Exenta N°3310 de fecha 26 de diciembre de 2023. 5%
4 Oferta Económica Según Resolución Exenta N°3310 de fecha 26 de diciembre de 2023. 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Yelka Coronado
e-mail de responsable de pago: ycoronado@minjusticia.cl
Nombre de responsable de contrato: Alexis Pezoa
e-mail de responsable de contrato: apezoa@minjusticia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26743378-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Observaciones Posteriores a la Adjudicación
Los interesados podrán realizar consultas sobre Ia evaluación y/o adjudicación, mediante correo electrónico dirigido al mail: apezoa@minjusticia.cl, dentro de 3 días hábiles, los que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde Ia publicación de Ia Adjudicación en el portal, conforme lo señalado en el artículo 6 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. Las respuestas serán remitidas a través de correo electrónico dirigido al proveedor que hubiere formulado la consulta.
Mecanismo de resolución de empates.
En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación: 1) La propuesta que tenga mayar puntaje de evaluación de Ia oferta técnica. 2) La propuesta que tenga mayar puntaje de evaluación de la oferta económica. 3) La propuesta que tenga mayar puntaje en el factor "Experiencia del oferente", contenida en las criterios de evaluación de Ia oferta técnica. 4) La propuesta que hubiese ingresada primera.
PAGO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones a cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que Ia totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse Ia mitad del perlada de ejecución de Ia contratación, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá al contratista que proceda a dichos pagas, debiendo presentar este último los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de Ia obligación, a Ia mitad del perlado de ejecución de Ia contratación, con un máxima de seis meses. El contratista también podrá presentar el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, otorgado por Ia Dirección del Trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a Ia Subsecretaría a poner término a Ia contratación, de forma anticipada. 16 En caso que al momento del pago sea necesario acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales se estará a 10 dispuesto en Ia cláusula sobre Ia subcontratación.
12.1 Verificación de Antecedentes y Corrección de Errores u Omisiones
Durante el proceso de evaluación, la Subsecretaría podrá requerir a los oferentes salvar los errores u omisiones formales detectados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del foro de la licitación disponible en el portal www.mercadopublico.cl. Asimismo, la Subsecretaría podrá requerir a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones, antecedentes o garantías se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Para estos efectos, se otorgará un plazo de 48 horas para que el oferente acompañe los antecedentes requeridos, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, conforme lo señalado en el artículo 6 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. En estos casos, se asignará un menor puntaje en el criterio “Cumplimiento Requisitos Formales de Presentación de la Oferta” a aquellas propuestas que no cumplieron con todo lo requerido, dentro del plazo para presentación de ofertas.
EFECTOS DEL CONTRATO
25.1 PROPIEDAD INTELECTUAL El trabajo que eventualmente desarrolle el contratista o sus dependientes, con ocasión de Ia contratación, tales como productos, diagnósticos, diseños, informes, términos de referencia, resultados par
ciales y, en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del respectivo contrato, serán de propiedad de Ia Subsecretaría, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo el contratista realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de Ia Subsecretaría. 25.2 CONFIDENCIALIDAD El contratista, sus subcontratistas y su personal dependiente, deberán guardar estricto control y reserva sobre Ia información y documentos a los que tenga acceso tanto durante como posterioridad al desarrollo de Ia contratación y/o con ocasión de su desarrollo. Además, mediante Ia suscripción del Anexo No 1 de las presentes bases se declara conocer y aceptar Ia política general de Ia información de Ia Subsecretaría de Justicia, y en caso de resultar adjudicado el proveedor asume el compromiso de tomar los resguardos necesarios para mantener Ia confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos, documentos e información general que sea objeto de intercambio, generación o tratamiento para el cumplimiento de Ia contratación. Cualquier documento al que haya accedido directa o indirectamente, a propósito de Ia ejecución de Ia contratación, deberá ser devuelto por el contratista al finalizar la ejecución del mismo. El contratista, subcontratistas y su personal dependiente deberán garantizar el resguardo de Ia confidencialidad de Ia información señalada precedentemente también respecto de sus dependientes, reservándose Ia Subsecretaría el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a Ia normativa vigente, y especialmente, de conformidad con lo establecido en Ia Ley No 19.628, sobre Protección de Ia Vida Privada. La divulgación, por cualquier medio, de Ia información antes referida, ya sea por parte del contratista, subcontratistas y/o de sus dependientes, durante Ia vigencia de Ia contratación, o después de su finalización, facultaré a Ia Subsecretaría para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de Ia responsabilidad solidaria que Ie atañe al contratista por los actos que hayan ejecutado sus empleados 0 dependientes y quienes resulten responsables. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar al término anticipado de Ia convención, según determine Ia Subsecretaría.
25.3 INTERPRETACION Y DOCUMENTOS INTEGRANTES El contrato/La Orden de Compra, asI coma las Bases Administrativas y Técnicas que Ia rigen se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos Ia debida correspondencia. Las relaciones contractuales que se generen entre el proveedor adjudicada y Ia Subsecretaría se regirán par los siguientes documentos: Bases de licitación (administrativas y técnicas) y sus anexos. Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. Oferta. Contrato definitivo suscrita entre las partes. Orden de compra. Todas las documentos antes mencionados forman un todo integrada y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otra. Sin embargo, Ia indicado en las bases administrativas y técnicas prevalecerá respecto de a señalado en los demás documentos. 25.4 SUBCONTRATACION El contratista deberá ejecutar las servicias contratados con personal propia. No obstante, y siempre que una situación puntual Ia amerite, podrá subcontratar parcial a totalmente Ia prestación del servicio, previa autorización expresa y par escrito de Ia Contraparte Técnica de Ia Subsecretaría. En todo caso, será el contratista a su continuador legal, el (mica responsable ante la Subsecretaría del cabal y oportuno cumplimiento del estudia a servicio contratado. La Subsecretaría no tendrá vinculación laboral a jurídica alguna con los empleadas que trabajen para el proveedor contratado. En consecuencia, no será responsable de las remuneraciones, impuestas, imposiciones previsionales, seguras contra accidentes del trabajo a daños a terceras; toda lo cual será de exclusiva cargo y responsabilidad del contratista, liberando totalmente a Ia Subsecretaría de cualquier responsabilidad a este respecto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, Ia Subsecretaría podrá exigir en cualquier momento al contratista, que informe el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores a de sus subcontratistas, mediante certificada de Ia Inspección del Trabajo respectiva, a bien par medios idóneos que garanticen Ia veracidad del monta y estado de cumplimiento, par ejemplo, mediante nóminas que contengan Ia individualización de aquellos trabajadores que intervengan en Ia prestación de los servicias, tales coma las planillas que contengan el estado de pago de las mismas. Ella, con el propósito de hacer efectiva los derechos que le asisten a esta Subsecretaría de ser informada y de retención, consagrados en los incisos 20y 30de Ia aludida norma legal, en el marco de Ia responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones de conformidad con el articulo 1 83-D del Código del Trabajo. En casa de UTP, Ia aqueI establecida se aplicará respecto de cada uno de sus integrantes. 25.5 CESIÔN DEL CONTRATO El contratista no padre ceder ni transferir en forma alguna, sea total a parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de Ia presente licitación y del contrata que en definitiva se suscriba, salvo que una norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estas contratas puedan transferirse de acuerda a las normas de derecha común. En el evento que el contratista ceda el crédito contenido en una factura electrónica Ia cesión del crédito expresada en ella se pondrá en conocimiento del obligada al pago de aquella 21 mediante su anotación en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos, administrado por el Servicio de Impuestos Internos. Además, el contratista deberá comunicar a Ia Subsecretaría de Justicia a través del correo facturas@minjusticia.cl Ia cesión del crédito contenido en una factura o boleta a más tardar al día hábil siguiente at de la anotación de Ia cesión en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos. Esta Subsecretaría cumplirá con Ia establecido en los contratos de factoring suscritos por el contratista, siempre que se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Estricta Sujeción a las Bases
Sin perjuicio de la presente publicación, siempre primará lo establecido en las bases de licitación aprobadas por Resolución Exenta N° 3310, de 26 de diciembre de 2023, adjunta.