REQUISITOS PARA CONTRATAR |
1. Persona Natural
a) Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las
siguientes causales de inhabilidad:
b) Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del
Libro Segundo del Código Penal.
5
c) Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un
año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que
exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la
efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada
la respectiva resolución.
d) Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores
dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
e) La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos,
declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
f) Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
g) Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por
resolución fundada de la Dirección de Compras.
h) Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales
del trabajador.
i) Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley
20.393).
De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N°09, de fecha 6
de marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores
adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la
Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días
hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
En caso de no cumplir con la obligación indicada en el tiempo señalado o no tener la condición
de “Habilitado” para contratar con el Estado de Chile, la Corporación encomendará la
adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación
de esta licitación le siga en puntaje, y así sucesivamente.
j) No haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco
de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de Agosto de 2023.
2. Persona Jurídica
a) Encontrarse hábil en Chile Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las
siguientes causales de inhabilidad:
b) Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del
Libro Segundo del Código Penal.
c) Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un
año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que
exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la
efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada
la respectiva resolución.
6
d) Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores
dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
e) La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos,
declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
f) Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
g) Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por
resolución fundada de la Dirección de Compras.
h) Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales
del trabajador.
i) Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley
20.393).
De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N°09, de fecha 6
de marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores
adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la
Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días
hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
En caso de no cumplir con la obligación indicada en el tiempo señalado o no tener la condición
de “Habilitado” para contratar con el Estado de Chile, la Corporación encomendará la
adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación
de esta licitación le siga en puntaje, y así sucesivamente.
j) No haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco
de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de Agosto de 2023
|
|
|
1. Descripción del Producto Requerido |
Especificaciones Técnicas Chipeadora, (como referencia se consideró marca Echo Bear Cat, Modelo CH4420).
Capacidad de chipeo 4 pulgadas – 10 cm como mínimo
Motor - Briggs & Stratton o similar.
- 420 CC, como mínimo.
- 3.800 RPM, como mínimo.
- 14 HP, como mínimo.
Tipo de encendido Manual
Tanque de combustible 6.5 Lts.
Peso 240 Kilos como mínimo.
Dimensiones 1,90 mts x 1,29 mts x 1,14 mts o similar
Largo de lanza 90 cm como mínimo.
Suspensión de eje de torsión Como mínimo 1.000 lb/454 kg.
Tolva de alimentación Con una apertura de 13 pulgadas x 15 pulgadas (33 cm x 38 cm) bandeja a 38 pulgadas (96,5 cm) del suelo.
Ruedas - Neumáticos: Similares a ST4.80-8 (Diámetro exterior 410 mm, diámetro de llanta 8 pulgadas, ancho de huella 115mm. Neumáticos de 6 telas con capacidad de carga de 340 kg).
- Ancho entre ruedas de al menos 43 pulgadas/109 cm de centro a centro.
Luces Que incluya luces de seguridad u de iluminación direccional de 12 voltios.
Normas a cumplir - Que cumpla con normas ISO sobre etiquetas de seguridad.
- Que cumpla con la certificación NATM.
Origen Origen estadounidense, con representantes en la región de La Araucanía, o con servicio técnico autorizado para mantenimiento y compra de repuestos.
Garantía del producto Igual o superior a 1 año desde la fecha de entrega técnica. Obligatoria.
Servicio de Post venta - Soporte técnico.
- Stock de repuestos.
Otras especificaciones del producto - Con 2 cuchillas astilladoras reversibles de acero con tratamiento térmico, como mínimo Sistema de alimentación por gravedad.
- Con acoplador esférico de 2 pulgada (50 mm).
- Cadenas de remolque.
|
|
|
LUGAR DE ENTREGA |
El precio total debe incluir despacho o flete y el lugar de entrega del producto se detalla a
continuación:
Región Producto Dirección Contacto
Araucanía 1 Chipeadora
Vivero Conaf Imperial:
Km 28.5 Ruta S-40,
Temuco a Imperial.
Encargado regional de
Viveros: Don Víctor Albarrán
– Cel. +56984113386 –
Correo
victor.albarran@conaf.cl
|
|
|
PLAZO DE ENTREGA |
El plazo de entrega de la totalidad de los productos, no podrá ser superior a 30 días corridos,
contados desde la emisión de la orden de compra. Para indicar el plazo de entrega, el oferente
deberá adjuntar dentro de su propuesta el Anexo N°2 “Oferta económica y plazo de entrega”.
Si la oferta es superior a 30 días corridos, no completa el anexo, o no adjunta dicho documento, la oferta será declarada inadmisible.
|
|
|
ANTECEDENTES A INCLUIR EN LA OFERTA |
Los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos
los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en
cuenta las disposiciones siguientes:
Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones
entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los
plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
10
Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas
de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha
indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la
fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las
nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
|
|
|
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES |
En este proceso de licitación pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”,
siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 67 bis.
El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar tanto,
actividades de las micro y pequeñas empresas, especialmente tratándose de aquellas
pertenecientes a las regiones.
Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22:
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán
establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes
respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para efectos de la presente licitación y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y
reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá
materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario
constituir una sociedad.
Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deberá encontrarse
inscrito en el registro de Proveedores para suscribir el contrato.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué
antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo
anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.
|
|
|
CLÁUSULA DE RE ADJUDICACIÓN |
En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no
cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, no pueda cumplir o
se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y
su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a
encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la
evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar
una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
El plazo máximo de Re adjudicación será de 60 días corridos, contados a partir de la publicación
de adjudicación original.
|
|
|
CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL |
La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome
conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las
actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada
a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le
encomendaren.
En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera
de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o
documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la
confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y
adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la
mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar,
como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información
confidencial.
|
|
|
RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR |
Corresponde al proveedor cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les
correspondan con los trabajadores que elaboren o participen en la entrega de los artículos
requeridos en esta licitación, no teniendo CONAF ningún vínculo laboral con ellos.
El proveedor o adjudicatario será el responsable de los daños y perjuicios que se causaren por
defectos de los bienes suministrados o por error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus
trabajadores durante la entrega.
|
|
|
FECHA DE LA ADJUDICACIÓN |
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de
licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí
las razones del cambio de fecha.
|
|
|
PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican
en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y
Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones
escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes,
a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documento anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal
mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones
técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado
todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones
técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe
desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
|
|
|
APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS |
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará por una comisión,
integrada por 3 funcionarios pertenecientes a la Corporación, la que estará compuesta por:
INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA
TITULARES SUPLENTES
1) Jefe Departamento Bosques y Cambio Climático. 1) Quien la subrogue.
2) Jefe de Departamento de Administración y Finanzas. 2) Quien lo subrogue.
3) Jefe Unidad Jurídica Regional, quien actuará como ministro de
fe y asesor de la Comisión Evaluadora 3) Quien lo subrogue.
La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación;
esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos.
|
|
|
OBSERVACIONES A LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las
ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto
en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
|
|
|
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ACEPTADAS |
Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas
por una Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes funcionarios:
INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA
TITULARES SUPLENTES
1) Jefe Departamento Bosques y Cambio Climático. 1) Quien la subrogue.
2) Jefe de Departamento de Administración y Finanzas. 2) Quien lo subrogue.
3) Jefe Unidad Jurídica Regional, quien actuará como ministro de
fe y asesor de la Comisión Evaluadora
3) Quien lo subrogue.
La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos
de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para
revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases;
concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art.
40 bis del Reglamento de Compras Públicas.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos
regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o
indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las
empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones,
gremios o corporaciones.
|
|
|
ADJUDICACIÓN DE ESTA LICITACIÓN |
La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases y podrá
declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los
requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación,
o se trate de plazos de entrega y/o cantidades no convenientes; en estos últimos casos, dichas
declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada.
14
La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del
oferente seleccionado por la Corporación.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de
compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas
transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras
www.mercadopublico.cl.
Esta licitación se adjudicará por cada Línea de Producto o bien requerido (producto o bien a
contratar)
El puntaje final de cada oferente, es obtenido por la información que ingresen, de acuerdo a los
criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
Si el oferente adjudicado, no firma el contrato o no acepta la Orden de Compra emitida en el portal
www.mercadopublico.cl. dentro del plazo establecido, se entenderá que desiste de su realización,
por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los bienes o productos
licitados oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así
sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación pública,
declarando inadmisible el proceso.
En caso de que él o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial
de contratistas de la Administración, Chile proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del
plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación de la licitación.
De no cumplir con la obligación indicada en el tiempo señalado o no tener la condición de
“Habilitado” para contratar con el Estado de Chile, la Corporación podrá re-adjudicar la adquisición
de los servicios licitados al oferente que de acuerdo con el resultado de la evaluación de esta
licitación le siga en puntaje y así sucesivamente.
|
|
|
RESOLUCIÓN DE EMPATES |
Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más
oferentes la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:
Primero: Oferente que presente la menor oferta económica.
Segundo: Oferente que presente menor plazo de entrega.
Tercero: En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado
primero la oferta en el portal.
|
|
|
MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del
Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración
solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando
en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los
nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas
complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
|
|
|
CONSULTAS Y ACLARACIONES |
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la
modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario
de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma
modalidad FORO en la fecha establecida.
|
|
|
PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
En caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo,
certificaciones o antecedentes, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran
a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados de la petición de CONAF, a
través del FORO. Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos, los cuales
deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. (Artículo N° 40 del
Reglamento Consultas posteriores al cierre de la licitación.
|
|
|
CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN |
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de
esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la
modalidad de “Aclaración de Ofertas” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten,
deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o
certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de
esta licitación.
|
|
|
CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico
Claudio.tenorio@conaf.cl, las que serán respondidas por el mismo medio. Se responderán
consultas ingresadas hasta las 48 horas, posterior a la adjudicación.
|
|
|
VIGENCIA DE LA OFERTA |
La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 120 días corridos, a contar de la fecha
indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
|
|
|
SERVICIOS ADICIONALES |
En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los servicios, éstas
no podrán superar el 30% del monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá
mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta.
|
|
|
MULTAS |
El incumplimiento de plazos en la entrega de los productos totales por causas imputables al
Proveedor, salvo causa de fuerza mayor comunicadas formalmente, será objeto de una multa de 3
UTM por cada día corrido de atraso en la fecha comprometida.
No serán admitidas justificaciones presentadas una vez producido el atraso, debiendo el proveedor
adjudicado dar aviso por medio de cualquier canal de comunicación formal (Correo electrónico,
carta certificada o carta simple) al Jefe del Departamento de Logística, exponiendo las causales
que justifiquen las razones del retraso Asimismo, deberá indicar dentro del documento los nuevos
plazos de entrega, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados
en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y aceptar la propuesta, o en su defecto, no
acogerla y aplicar las multas que correspondan.
|
|
|
MONTO MÁXIMO POR COBRO DE MULTAS |
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total de la orden de compra,
valor con impuestos incluidos.
a) Procedimiento de Aplicación de Multas
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
En caso de retraso o demora de los plazos definidos en el cronograma de trabajo fijado por
CONAF en conjunto con el adjudicatario, se aplicará una multa equivalente a 3 UTM por cada día
de retraso. Se exceptúan razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificadas y
calificadas así por CONAF, como condiciones climáticas, razones de violencia rural, tomas,
ocupaciones ilegales, usurpaciones, manifestaciones políticas, cortes de camino u otras.
El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente de la fecha de entrega acordada en la oferta
presentada. No serán admitidas a análisis, en ningún caso, justificaciones presentadas una vez
producido el retraso, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea el retraso,
proponiendo el nuevo plazo de entrega y fundando las causas que justifiquen el aplazamiento, para
lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo al mérito de los antecedentes que se presenten,
17
pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega de los Informes, o en su defecto no
acogerlos y aplicar las multas que correspondan.
Monto máximo Cobro Multa
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto estimado del contrato.
El procedimiento de aplicación de multas se detalla a continuación:
1- Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte
Técnica del contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa
las situaciones que ameriten la aplicación de multa, señalando los antecedentes y
documentos que justifiquen las faltas incurridas.
2- El Departamento de Finanzas y Administración regional calculará y validará el monto de
las multas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada,
informándole los hechos que motivan dicha sanción, y sobre los hechos en que aquéllas se
motivan.
3- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un
plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al
Director Regional, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden sus
descargos. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de la Oficina
Regional de CONAF.
4- Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado
descargos, se aplicará la sanción y la correspondiente multa, informando de ello al
proveedor por medio de una carta certificada.
5- Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos,
la Dirección Regional de CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para
rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
6- La medida a aplicarse deberá ser formalizada a través de una resolución fundada la que
deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse
oportunamente en el Sistema de Información.
7- La aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor,
deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá
detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
8- En contra de la mencionada resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley
19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado.
9- Recurso de Reposición: El proveedor seleccionado dispondrá del plazo de cinco días
hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le
impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes
pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF.
18
10- La Directora Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total
o parcialmente la reposición.
11- Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada. En el evento de que
la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante
descuentos en los pagos más próximos que CONAF deba efectuar al proveedor.
Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto
de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la
Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
|
|
|
PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las
Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar
toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las
presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del
trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que
significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
2- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución
de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o
concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los
contratos que de ello se deriven.
3- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o
formas.
4- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba
presentar durante el proceso licitatorio y en suscripción y ejecución del contrato, tomando
todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
19
5- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que
de ellos se derivasen.
7- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que regula el proceso licitatorio.
8- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
9- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con
que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
FACTURACIÓN |
La factura debe ser emitida en moneda nacional (pesos chilenos), a través del sistema electrónico
del Servicio de Impuestos Internos (SII)
La factura deberá indicar el ID de la orden de compra, en el campo Folio de la Referencia (801).
El monto de cada factura debe coincidir con la orden de compra asociada a la contratación.
|
|
|
OBSERVACIONES GENERALES |
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se
deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases
de Licitación, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
|
|
|
DEFINICIONES |
Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes
Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por:
1. Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente
selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o
Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
2. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un
Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
3. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de
requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que
describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el
contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
4. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección,
que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el
Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
5. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el
arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un
contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere
contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
6. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del
Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades
o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de
servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta
por ciento del valor total o estimado del contrato.
7. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la
Ley de Compras y del presente Reglamento.
8. Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un
Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal)
9. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el
fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
10. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya
propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios
licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el
instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente
contratación.
11. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas,
que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
12. Renovación: Acción y resultado de volver a dar validez a un contrato o acuerdo
complementario que este terminando su vigencia, por un período de tiempo determinado
previamente establecido en dichos documentos.
13. Prorroga: Acción de extender o prolongar un contrato.
14. Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos
y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30%
del monto total contratado.
15. Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán
los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de
servicios.
|
|
|