10. ERRORES Y OMISIONES.-
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, JUNAEB
podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales,
siempre y cuando las rectificaciones de éstos no le confieran a dichos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto
es, en tanto no se afecten los Principios de Estricta Sujeción a las Bases y de
Igualdad de los oferentes. De la situación antes descrita, se informará al
resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
JUNAEB, podrá hacer uso de la aplicación de “Foro Inverso”,
realizar consultas o solicitar información a los oferentes.
JUNAEB podrá permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar
la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido
u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas,
establecido en el Título 3, denominado “Etapas
y Plazos”, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrá el oferente para salvar los errores u
omisiones podrá ser de hasta 48 horas, contado desde la publicación de la
solicitud.
Tanto las aclaraciones solicitadas como sus respectivas
respuestas, pasan a ser parte integrante de las obligaciones del adjudicatario.
El cumplimiento de lo
indicado precedentemente, será motivo de evaluación administrativa, según el
criterio denominado “Cumplimiento de
requisitos formales de la oferta” indicado en el Título 12 denominado
“Criterios de Evaluación” de las Bases Administrativas.