INTRODUCCIÓN |
El Instituto de Previsión Social, en adelante e indistintamente, “Instituto” o “IPS”, en conformidad con las normas establecidas en la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios, y su Reglamento, contenido en el D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, invita a las personas naturales, jurídicas y uniones temporales, a participar en la Licitación Pública de adjudicación múltiple, para la adquisición de sillas de varios tipos para el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, conforme a los requerimientos contenidos en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, en adelante, “Bases” o “Bases de Licitación”.
Podrán participar en la presente licitación todas las personas naturales y jurídicas que cumplan con los requisitos de idoneidad técnica y financiera, de conformidad a lo señalado en la Ley de Compras Públicas.
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DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL CHILECOMPRA |
El llamado a Licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el Sistema”, “el Portal” o “www.mercadopublico.cl” y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación, se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Calendario de Eventos, documentos que, con sus eventuales modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles en dicho sitio electrónico.
El día de publicación del llamado constituirá el día uno del calendario de eventos establecido, a partir del cual se contarán los plazos de días hábiles para las distintas actuaciones o trámites del presente proceso concursal.
Los días sábados, domingos y festivos se entenderán como inhábiles para efectos de las presentes bases.
Si alguno de los plazos establecidos en las presentes bases expirara en día inhábil, éste se entenderá prorrogado para el día hábil inmediatamente siguiente.
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DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES |
3.1.- Aceptación de los términos de las Bases
La participación en el proceso implica la aceptación de los proponentes, de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
3.2.- Interpretación de las Bases
El Instituto se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los principios de libre concurrencia de los oferentes e igualdad ante las Bases, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
3.3.- Estatuto Jurídico
La relación contractual se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante de la misma, para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica:
• Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus respectivos Anexos.
• Respuestas y aclaraciones del Instituto, a las consultas formuladas por los interesados, si las hubiere.
• Oferta Técnica y Económica presentada por el adjudicatario.
• La Adjudicación de la especie mediante Resolución de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria.
• Orden de compra.
3.4- Modificaciones
El IPS se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes bases, hasta antes de la fecha de recepción de las propuestas en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 19.886, debiendo comunicarlas a través del Portal www.mercadopublico.cl mediante un documento denominado “Modificación de Bases”. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos económicos, técnicos y administrativos, a prórrogas o suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, relevantes para el desarrollo de la licitación y la posterior ejecución de los servicios.
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MONTO MÁXIMO DISPONIBLE |
El monto máximo disponible para la adjudicación es de $ 11.000.000 (once millones) IVA incluido.
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CALENDARIO DE EVENTOS |
El día de publicación de las Bases en el portal de Mercado Público, constituye el día uno del proceso de licitación.
EVENTO
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LUGAR Y FECHA
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Recepción de Consultas.
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En el portal www.mercadopublico.cl desde el día de publicación de las presentes bases en el portal del mercado público y hasta el 3º día hábil del proceso de Licitación, a las 12.00 horas.
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Entrega de Respuestas y/o Aclaraciones.
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En el portal www.mercadopublico.cl el día 5º hábil del proceso de Licitación, a las 12:00 horas.
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Cierre de ingreso de los Antecedentes Generales, y de las Ofertas Técnicas y Económicas en el Sistema.
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En el portal www.mercadopublico.cl el día 10º hábil del proceso, a las 15.31 horas.
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Apertura electrónica de los Antecedentes Generales, de las Ofertas Técnicas y Económicas.
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El día 10º hábil del Proceso de Licitación, a las 16:00 horas.
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Adjudicación.
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Dentro de los 15 días hábiles siguientes al día de Apertura Electrónica de los Antecedentes Generales y de las Ofertas Técnicas y Económicas, por Resolución fundada, del Jefe del Departamento de Administración e Inmobiliaria.
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Emisión de la Orden de Compra
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Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la emisión de la Resolución Exenta de Adjudicación.
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En la o podrán oportunidad definida en el Calendario de Eventos, los interesados podrán realizar las consultas que estimen necesarias, relativas al proceso de licitación, a través de www.mercadopublico.cl (Foro Inverso). Las consultas recibidas serán respondidas en la oportunidad establecida en el calendario de eventos y a través del mismo portal, quedando a disposición de todos los interesado. No serán admitidas las consultas o solicitudes de aclaraciones formuladas fuera de plazo o por otro conducto diferente al señalado.
En la misma oportunidad, si el Instituto lo estima necesario, se emitirán antecedentes anexos a las bases, a través de documentos aclaratorios y/o complementarios, los que en el evento que importen una modificación a las bases, deberá ser aprobado mediante la correspondiente resolución, totalmente tramitada, en cuyo caso se otorgará un plazo adicional de cinco días hábiles a los interesados, para que elaboren sus propuestas.
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DE LAS OFERTAS |
Cada oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su calificación. Así, cada oferta deberá estar conformada por:
- Los Antecedentes Generales.
- La Oferta Técnica: que corresponde a la descripción de los bienes solicitados
- La Oferta Económica: que corresponde al precio o valor de los bienes solicitados.
- Los Anexos.
La oferta se compone de los antecedentes generales, de la oferta técnica, de la oferta económica y los anexos, según se detalla en los siguientes puntos de estas bases. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y declarar inadmisible dicha oferta, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones o de emplear otros mecanismos, en los términos que se establecen más adelante en las presentes bases administrativas.
Todos los proponentes, deberán adjuntar obligatoriamente el antecedente que se singulariza a continuación, en soporte electrónico y a través de www.mercadopublico.cl (salvo que se entren disponibles en dicho portal):
Si es Persona Natural o Jurídica:
1.- Declaración Jurada Simple de habilidad para postular en la presente licitación, la que deberá suscribirse a través del portal www.mercadopublico.cl.
Si es Unión Temporal de Proveedores:
1.- Documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, firmado por el representante, y que establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el IPS, el nombramiento del representante o apoderado común con poderes suficientes y la vigencia de la unión, que no podrá ser inferior al plazo de la contratación. Los integrantes de la unión temporal de proveedores no podrán ser modificados durante el período de evaluación de ofertas.
Si la unión temporal de proveedores no adjunta el presente documento, la oferta será declarada inadmisible. La oferta también será declarada inadmisible si durante el proceso de evaluación de las ofertas uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira, siempre cuando sus características hayan sido incluidas para la evaluación. Cualquiera de los integrantes de la unión temporal de proveedores podrá informar esta situación al Instituto de Previsión Social.
2.- Fotocopia Simple, por ambos lados, del R.U.T. o cédula nacional de identidad de todos los integrantes de la unión de proveedores.
3.- Fotocopia Simple, por ambos lados, de la Cédula de Identidad del representante o apoderado.
4.- Declaración Jurada Simple de habilidad para postular en la presente licitación, la que deberá suscribirse a través del portal www.mercadopublico.cl. Los restantes proveedores que conformen la unión temporal deberán suscribir Anexo N°4 y adjuntarlo al portal Mercado Público.
La Oferta Técnica
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de estas Bases, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes y/o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
Para estos efectos, el oferente deberá adjuntar, por cada línea de producto ofertada, la ficha técnica y las certificaciones pertinentes (según corresponda), de acuerdo con el formato contenido en el Anexo N°2 “Ficha Técnica del Producto”, para su evaluación y aprobación por parte de la Unidad de Seguridad, Prevención y Salud en el Trabajo del IPS. En caso contrario, el producto será descartado de la evaluación y no participará del proceso de evaluación de ofertas.
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en la publicación, tales como marca, modelo, fichas técnicas, folletos, plazos de entrega, garantías y otros que se consideren necesarios.
Para la verificación de los siguientes Criterios de Evaluación, los proveedores deberán presentar además electrónicamente:
a) Plazo de Entrega: Deberá especificar en el Anexo N°2, el plazo de entrega de los productos, en días hábiles, desde la emisión de la Orden de Compra. Este plazo no podrá superior a 30 días hábiles.
Ficha Técnica del Producto: Para la evaluación se considerará la información solicitada en el Anexo N°2 (ficha , descripción, características e imagen del producto) para cada uno de los items solicitados.
La Oferta Económica
Es la que detalla el precio unitario y total, de los bienes ofertados en la oferta técnica.
Deberá presentarse electrónicamente a través del sistema www.mercadopublico.cl, en las horas y fechas estipuladas en la publicación, y de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio.
Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional y en NETO, es decir, no deben contener ningún tipo de impuesto, lo anterior, independiente de completar los datos solicitados en el Anexo Nº 3, en donde se establece el impuesto respectivo, si correspondiese.
Cumplimiento de Requisitos Formales
Se entenderá como el envío, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada para la presentación de las ofertas, conforme a lo estipulado en las presentes bases. lo anterior, se refiere en la forma y plazo dispuesto en el numeral 8.3 de éstas.
Costo de formulación de las ofertas
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su excluivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
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APERTURA ELECTRPONICA DE LOS ANTECEDENTES GENERALES Y DE LAS OFERTAS |
La Apertura Electrónica se efectuará en la oportunidad y lugar indicado en el Calendario de Eventos. Estará cargo del jefe del Subdepartamento de Compras dependiente del Departamento de Administración e Inmobiliaria del IPS, o del funcionario que esta jefatura designe.
La Apertura es electrónica y no un acto presencial. La Jefatura del Subdepartamento de Compras del Instituto, o el funcionario que sea designado al efecto, procederá a verificar la inscripción de aquellos proponentes que hayan manifestado encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores del Estado y abrirá todos los archivos electrónicos de “Antecedentes Generales” de los oferentes, desde el portal www.mercadopublico.cl, revisando y dando cuenta de la presencia de todos y cada uno de los documentos exigidos, sin apreciar su mérito, pues ello también competerá a la Comisión Evaluadora.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura electrónica de las ofertas a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl.
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora estará integrada por funcionarios (as) pertenecientes al Instituto de Previsión Social, y se formalizará mediante la Resolución Exenta que aprueba las Bases.
La conformación de la Comisión Evaluadora, de estimarlo necesario, podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
Posibilidad de subsanar errores u omisiones
Formales detectadas durante la evaluación.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, requerimiento que será informado al resto de los oferentes a través del Sistema de información.
Por su parte, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la Comisión Evaluadora, los oferentes podrán corregir estos errores o acompañar las certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Evaluación de las Ofertas.
Estará principalmente centrada en una lógica de rigor y control de la seriedad, capacidad y aptitud de los oferentes para prestar el servicio requerido, sin afectar los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las Bases.
Cada factor será evaluado considerando los siguientes aspectos y ponderaciones:
Cada factor será evaluado considerando los siguientes aspectos y ponderaciones:
TABLA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
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FACTOR
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PONDERACIÓN
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1.
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Cumplimiento de requisitos formales
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2%
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2.
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Oferta Técnica
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58%
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3.
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Oferta Económica
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40%
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TOTAL
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100%
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En el análisis de los antecedentes presentados en las respectivas ofertas de los oferentes se asignará un puntaje de 100 a 0 a los factores que a continuación se detallan, con su correspondiente ponderación antes mencionada.
Cumplimiento de los requisitos formales (2%)
Para la evaluación de este criterio, se considerará el cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de las ofertas, correspondiendo el 100% de ponderación del Cumplimiento de requisitos formales al 2% de la evaluación total.
Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle:
CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN
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ESCALA
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Presentación completa de los antecedentes y dentro del plazo fijado en el calendario de eventos.
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100 puntos
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Presentación incompleta de los antecedentes dentro del plazo fijado en el calendario de eventos, que se normaliza dentro del plazo fatal de 2 días hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la comisión evaluadora.
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50 puntos
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El Oferente no subsana lo solicitado por la Comisión Evaluadora o lo hace extemporáneamente
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0 puntos
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En caso de presentación incompleta, para subsanar dicha situación deberá ajustarse a lo indicado en el punto 8.3 de las presentes bases.
De la Oferta Técnica (58%)
Para ofertar este criterio, se deberá completar el anexo Nº2 y adjuntar las certificaciones correspondientes, si corresponde.
Nº
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FACTORES DE EVALUACIÓN
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POND.
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ESCALA
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1
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Plazo de Entrega
Contado desde la emisión de la orden de compra
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50%
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Hasta 5 días hábiles
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100 puntos
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6 a 10 días hábiles
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75 puntos
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11 a 15 días hábiles
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25 puntos
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16 a 30 días hábiles
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0 puntos
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2
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Ficha Técnica del Producto :
Considerando que las bases técnicas permiten toallas desinfectantes o Paneles Acrílicos “de similares características”, se otorgará mayor puntaje a aquellas ofertas que cumplan con todas las características específicas detalladas por el Instituto de Previsión Social en los ítems “descripción” y “características”.
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50%
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El bien ofertado es idéntico en descripción y características a lo indicado en las bases técnicas.
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100 puntos
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El producto cumple parcialmente con la descripción y características especificadas en las bases técnicas (siendo en las demás de “similares características”).
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50 puntos
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El proveedor oferta, en todos los ítems requeridos productos “de similares características”
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10 puntos
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El plazo máximo para la entrega de los bienes es de 30 días hábiles. Cualquier oferta que exceda dicho plazo será declarada inadmisible.
Puntaje Oferta Técnica
El puntaje de la Oferta Técnica (POT) obtenido por cada oferente será calculado de la siguiente forma:
Puntaje Oferta Técnica (POT)=(factor1*50%) + (factor2*50%)
De la Oferta Económica (40%)
El criterio de evaluación de las ofertas económicas está orientado a determinar, dentro de aquellas ofertas técnicas que cumplan con las exigencias de las Bases, cuál resulta económicamente más ventajosa para el Instituto.
Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas se evaluarán de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Oferta Económica (POE) = (OM / OQ) * 100
Dónde:
POE= Puntaje Oferta Económica
OM = Oferta Menor o más económica
0Q = Oferta del Oferente
Para estos efectos, el puntaje máximo a alcanzar será de 100 puntos de acuerdo a la fórmula antes indicada.
Evaluación General de las Propuestas
El puntaje final (PF) de cada propuesta se calculará en base al puntaje de evaluación de la oferta técnica (POT) y la oferta económica (POE), de acuerdo a la siguiente fórmula:
100% PF = (PCRF* 2%) + (POT * 58%) + (POE * 40%)
Donde:
PF = Puntaje Final
PCRF = Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales
POT = Puntaje Oferta Técnica
POE = Puntaje Oferta Económica
Este puntaje final permitirá establecer un ranking de las ofertas, que determinará el orden de prelación para adjudicar y que podrá ser aplicable en caso de que el adjudicatario no entregue la documentación necesaria dentro del plazo establecido al efecto para la suscripción del mismo.
Sobre Mecanismo de Resolución de Empates
En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación económica. De mantenerse el empate, se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya obtenido mayor puntuación en la evaluación económica
De mantenerse aún el empate se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya obtenido mayor puntuación en la evaluación del plazo ofertado. Si aún se mantuviere el empate se seleccionará aquella oferta que primero fue ingresada al portal.
Sobre la Validez de la Oferta
El plazo de validez de las ofertas será de 40 días corridos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63º del Reglamento de Compras, D.S. Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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SOBRE LA ADJUDICACIÓN |
El Instituto adjudicará la licitación a la (s) propuesta (s) que finalmente estime más ventajosa (s) a sus necesidades e intereses, considerando, en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, y aunque ella no sea la de menor valor.
La adjudicación será simple, vale decir, el oferente deberá ofertar la totalidad de los productos requeridos, conforme al siguiente detalle:
ITEM
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PRODUCTO
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CANTIDAD
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PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE
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1
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SILLAS DE ESCRITORIO
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100
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$ 11.000.000
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2
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BUTACAS TRIPLES
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20
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La adjudicación se efectuará a través de una Resolución fundada de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria del Instituto la que será publicada en el portal de Mercado Público, junto con el cuadro comparativo de las ofertas, y el Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora, todos documentos firmados por cada uno de los funcionarios que participó en la respectiva evaluación.
En el evento que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de proveedores de Mercado Público, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo para la emisión de la orden de compra. Dentro del mismo plazo, deberá encontrarse hábil en el referido registro.
En el caso que se presente una Unión Temporal de Proveedores, todos sus miembros deberán inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo a la emisión de la orden de compra. Dentro del mismo plazo, deberán encontrarse hábiles en el referido registro.
El Instituto se reserva el derecho de prorrogar el plazo para adjudicar, por razones de buen servicio, caso en el cual, antes de cumplimiento del plazo original, informará a través del sitio sobre la referida prórroga, conforme lo establece el artículo 41 del D.S. N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda, modificado por el Decreto Supremo N° 1.763/2009.- que señala: “Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar el nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad”.
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SOBRE MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria. Dichas consultas deberán realizarse a través del portalwww.mercadopublico.cl.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior
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NOTIFICACIÓN |
La Resolución de adjudicación se notificará a los proponentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, y además el Instituto requerirá vía correo electrónico dirigido al adjudicatario, los siguientes antecedentes para la emisión de la orden de compra, los cuales deberán ser entregados en originales o copias en el lugar señalado en el correo y en un plazo máximo de 5 días hábiles, salvo que estos consten en el registro de proveedores de Mercado Público, en cuyo caso no les serán exigibles:
Para Personas Naturales:
1. Declaración jurada que acredita que se encuentra hábil para contratar con el Estado, contenida en Anexo N°1-B.
2. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento.
Para Personas Jurídicas:
1. Escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones posteriores, si las hubiere, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio y publicación en el Diario Oficial o formulario de constitución o modificación del Registro de empresas y sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, si correspondiere.
2. Certificado de Vigencia de la sociedad, emitido por el respectivo Conservador de Comercio o por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo si correspondiere, de una antigüedad no superior a 90 días contados hacia atrás desde la fecha de Apertura de la Licitación.
3. Declaración jurada que acredita que se encuentra hábil para contratar con el Estado, contenida en Anexo N°1-B.
4. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento.
Unión Temporal:
Los antecedentes señalados precedentemente, deben ser presentados por cada una de las personas naturales y jurídicas que la integran, según corresponda.
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READJUDICACIÓN |
El IPS podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado no acepte la orden de compra, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación o declarar desierto el proceso.
En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a una inhabilidad para postular o contratar, la unión temporal deberá informar por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide dar cumplimiento al contrato, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. En todos los casos, el Instituto podrá también declarar desierta la licitación si lo estimare conveniente.
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EVENTUAL RECHAZO DE LAS OFERTAS O DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA |
En conformidad al artículo 9º de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas, el Instituto, como órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por Resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del servicio, cualquier oferta de algún proponente, cuando ésta no cumple con los requisitos establecidos en las Bases, y/o de acuerdo al resultado obtenido de la ponderación que haga de los documentos esenciales referidos en los Antecedentes Generales del Oferente.
Asimismo, el Instituto podrá, por resolución fundada, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes.
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DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
Por tratarse de un servicio de fácil y objetiva especificación conforme al artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras, la contratación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra través del portal Mercado Público y la aceptación de esta por parte del proveedor.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días corridos para aceptar la orden de compra. De no hacerlo, el Instituto de Previsión Social podrá readjudicar el proceso, de conformidad a lo establecido en el numeral 8 de las presentes bases, o declararlo desierto.
REQUISITOS PARA CONTRATAR
Para la emisión de la orden de compra, la entidad adjudicataria no podrá haber sido condenada con la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, contemplada en los artículos 8 y 10 de la ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, ni podrán tener vínculo de parentesco con las o los funcionarios directivos del Instituto, en los términos establecidos en el inciso 6° del artículo 4 de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Vigencia y duración
El plazo de vigencia de la presente contratación será el indicado por el oferente en su oferta técnica para la entrega de los bienes adquiridos.
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EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
Administración y fiscalización del cumplimiento del contrato.
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio prestado por el adjudicatario, el Instituto designará a dos funcionarios que, en calidad de Administrador Titular y Suplente, los que tendrán al efecto las siguientes facultades y responsabilidades:
a) Tomar conocimiento del Manual de Administración de Contratos publicado en la Intranet del IPS, y cumplir estrictamente con las responsabilidades allí asignadas al Administrador del Contrato, y especialmente cumplir con el protocolo de inicio de la prestación contratada, suscribiendo el Acta de Inicio de ésta, así como generar el Check List, las notificaciones de multas e informe de término anticipado del contrato cuando corresponda y siempre, el informe final del Contrato y la evaluación del proveedor.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes de la compra.
c) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato y proponer la aplicación de multas.
d) Revisar y aprobar el estado de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, y en su caso, de su subcontratista, considerando las multas a que hubiere lugar.
e) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto de los bienes adquiridos.
f) Certificar o proponer a través de un informe técnico que lo fundamente, modificaciones contractuales, si fuere procedente. Estos últimos no podrán ser ejecutados sin antes contar con la autorización mediante Resolución Exenta del Departamento Administración e Inmobiliaria.
g) Remitir la factura del proveedor contratado, al Departamento de Finanzas, previa aprobación del correspondiente estado de pago, en un plazo no mayor a 8 días de recepcionada ésta, a fin de dar cumplimiento con lo estipulado en la Circular Nº 23, del Ministerio de Hacienda, de fecha 13 de abril de 2006, que señala que el plazo de pago a proveedores deberá ser en el menor tiempo posible, y no mayor a treinta días corridos desde la fecha de recepción de las facturas correspondientes.
h) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del servicio.
Por su parte, el Adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con el Administrador del Contrato para todos los efectos señalados.
Todas las decisiones, definiciones y acuerdos adoptados por el Administrador del Contrato del IPS y el Coordinador Técnico, deberán constar en Actas firmadas por ambos.
Sobre la entrega, el plazo y la recepción de los bienes adquiridos
El proveedor adjudicatario deberá despachar y entregar los bienes adquiridos en las direcciones y a los funcionarios que en la orden de compra se indiquen.
La entrega deberá cumplirse en el plazo indicado en la oferta, contados desde la fecha de emisión de la orden de compra en el portal de Mercado Público.
En caso de atrasos por circunstancias fuera del ámbito del proveedor (calificadas), podrá pedirse prorroga sólo antes de la fecha máxima de entrega. En caso de atenuantes posteriores, estos no serán considerados.
En caso de que los bienes deban ser despachados dentro del área metropolitana, será informada su dirección final en la orden de compra, con el contacto asociado. En este caso los usuarios deberán cuantificar el material recepcionado en la guía de despacho o factura con identificación de la cantidad que recibe, nombre, timbre, Rut y firma de la persona encargada de recepción de los materiales.
En el caso de despacho a bodega, ubicada en av. Escuela camino Agrícola N° 1697, Macul, la recepción de la unidad almacenes posee todas las atribuciones para devolver los productos que no se ajustan a lo solicitado.
No se aceptarán bienes que no cumplan con las especificaciones indicadas en la oferta entregada y en el detalle de la respectiva orden de compra.
SOBRE LA ENTREGA, EL PLAZO Y LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES ADQUIRIDOS
El proveedor adjudicatario deberá despachar y entregar los bienes adquiridos en las direcciones y a los funcionarios que en la Orden de Compra se indican.
La entrega deberá cumplirse en el plazo indicado en la oferta, contados desde la fecha de emisión de la Orden de Compra en el portal de Mercado Público.
En caso de atrasos por circunstancias fuera del ámbito del proveedor (calificadas), podrá pedirse prorroga sólo antes de la fecha máxima de entrega. En caso de atenuantes posteriores, estos no serán considerados.
En caso de que los bienes deban ser despachados dentro del Área Metropolitana, será informada su dirección final en la Orden de Compra, con el contacto asociado. En este caso los usuarios deberán cuantificar el material recepcionando en la Guía de Despacho o Factura con identificación de la cantidad que recibe, nombre, timbre, Rut y firma de la persona encargada de recepción de los materiales.
En el caso de despacho a bodega, ubicada en Camino Agrícola Nº 1697 – Macul, la Recepción de la Unidad Almacenes posee todas las atribuciones para devolver los productos que no se ajusten a lo solicitado en sus especificaciones y/o medios de embalaje y marcas que no correspondan a lo solicitado.
No se aceptarán bienes que no cumplan con las especificaciones indicadas en la oferta entregada y en el detalle de la respectiva Orden de Compra.
Todos los insumos y gastos de traslado provenientes de los servicios de entrega y garantía postventa emanados de las ofertas, serán de cargo del proveedor adjudicado
SOBRE MODIFICACIONES DE LA OFERTA Y ENTREGA DE PRODUCTOS
El proveedor adjudicado no podrá modificar unilateralmente el diseño y/o composición de los artículos o bienes solicitados. Si por razones de mejor funcionamiento el adjudicatario estima necesario efectuar un cambio, éste deberá solicitarlo por correo electrónico antes de la entrega física, especificando en qué consiste el cambio y las implicancias que esto tendría. El Instituto dará su consentimiento “por escrito” al correo del proveedor, siempre y cuando la modificación no implique variar los precios ofrecidos ni variar la calidad y/o funcionalidad de los artículos o bienes adquiridos. Si no es autorizado el cambio, el adjudicatario deberá entregar los artículos con las características originalmente ofrecidas.
SOBRE EL PAGO DE LOS BIENES ADQUIRIDOS
El pago se realizará una vez producida la recepción conforme del total de los bienes requeridos en el lugar o lugares de destino solicitados.
Para estos efectos, el adjudicatario deberá presentar un Estado de Pago, al Administrador del contrato, con el cobro respectivo. El Administrador del Contrato contará con un plazo máximo de 5 días corridos para efectuar observaciones, transcurrido el cual, sin que ellas se hayan formulado, el adjudicatario presentará la factura correspondiente. Si las formulare, las pondrá en conocimiento inmediato del adjudicatario, el que sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando el Estado de Pago en lo que fuere pertinente. En caso de que este documento presentare diferencias u otros inconvenientes imputables al adjudicatario, el plazo mencionado se contará desde su reingreso debidamente corregido.
El proveedor, una vez autorizado el estado de pago, deberá presentar dos copias de la Factura, debidamente canceladas y las respectivas Guías de Despacho, en original, cuando corresponda. Dichos documentos deberán presentarse al administrador del contrato.
Es obligación del proveedor adjuntar las Guías de Despacho recibidas conforme a la Factura de Compra.
Presentada la factura de acuerdo al Estado de Pago aprobado, el Instituto la pagará en un plazo no superior a 30 días corridos.
El Instituto, en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario, la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, a través de un certificado emitido por la Dirección del Trabajo y planillas de pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales, cuyo incumplimiento facultará al Instituto para retener el pago, para efectos de dar cumplimiento a las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, hasta su total cumplimiento.
El pago se hará mediante Transferencia Electrónica, debiendo el proveedor adjudicatario entregar obligatoriamente la Cuarta copia factura cedible, solamente para los documentos manuales e informar los siguientes dalos, junto a la entrega de la Factura:
• Nombre proveedor
• RUT proveedor
• Dirección
• Teléfono de Contacto
• Correo electrónico de Contacto
• Cuenta Corriente (asociada a RUT del proveedor)
• Banco
• Tipo de Cuenta
Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario.
En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago producto del contrato licitado, deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Instituto exigirá al adjudicatario que efectúe dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario facultará al Instituto para terminar anticipadamente el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el adjudicatario no podrá participar, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º, del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas.
Cumplimiento de normas de seguridad laboral
El proveedor adjudicatario y su personal deberán observar y cumplir las normas de seguridad laboral y las normas de prevención de riesgos durante el despacho, transporte, distribución y entrega de los bienes adquiridos, además, de las normas específicas e instrucciones que sobre la materia indique el IPS.
En consideración a la actual contingencia a causa de la pandemia del Covid-19, se le exigirá a cada uno de los trabajadores del proveedor, contar con mascarillas y guantes, como también le deberá proveer alcohol gel, y asimismo, deberán mantener una distancia prudente entre ellos, de manera de evitar la propagación del virus.
Asimismo, corresponderá al adjudicatario gestionar los correspondientes permisos necesarios para entregar los productos objetos de la presente licitación.
En caso de detectarse incumplimiento por parte del proveedor adjudicado a la normativa vigente sobre higiene y seguridad laboral, el administrador designado por el Instituto tendrá la facultad de ordenar la inmediata paralización.
Responsabilidad por daños
El proveedor adjudicatario deberá adoptar, en tiempo oportuno, todas las disposiciones, medidas y precauciones necesarias a fin de evitar daños al Instituto, a su personal y a terceros, incluidos aquellos de carácter ambiental.
Será responsable por todos los perjuicios generados por su personal que afecten las instalaciones del IPS, así como los que se produjeran en edificios e instalaciones vecinas, a terceras personas, y en general, por todos los daños a personas o cosas causados durante el despacho, transporte, distribución y entrega de los bienes adquiridos.
Si a pesar de las precauciones adoptadas, se produjeran tales daños o perjuicios, el proveedor adjudicatario queda obligado a reparar los daños causados e indemnizar los perjuicios producidos.
Garantía de los productos
El producto deberá estar garantizado por el proveedor adjudicado durante al menos tres meses, contados desde la fecha de recepción conforme por parte de esta Institución.
La garantía deberá cubrir fallas en la fabricación ( o fallas de materiales), debiendo la empresa adjudicataria, corregir la falla o en caso de set necesario, cambiar el producto fallado por uno nuevo, en un plazo de 15 días hábiles, sin costos adicionales para esta Institución. Si un producto no es reparado o repuesto, se considerará como no entregado.
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SOBRE SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EMANADAS DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
Multas
El Instituto estará facultado para aplicar y cobrar multas al proveedor adjudicatario por las siguientes infracciones:
Infracción
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Multa
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Incumplimiento de los plazos de entrega de los bienes adquiridos.
Nota aclaratoria: Para efectos del cálculo de la multa, los días se considerarán hábiles y la fracción del día será considerada día completo, y se contaran desde la emisión de la orden de compra por parte del Instituto de Previsión Social.
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1% por día de atraso.
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Incumplimiento de las medidas de seguridad laboral establecidas en las presentes bases por parte del adjudicatario.
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5% por cada infracción.
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Incumplimiento de las especificaciones solicitadas en las bases técnicas o en la oferta del proveedor. Se configurará esta infracción si, el proveedor, siendo requerido por el administrador contractual para subsanar alguna deficiencia en los bienes adquiridos no lo resuelve dentro de 15 días hábiles a contar del requerimiento.
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5% por cada infracción.
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Si el Instituto considerare que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma.
El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha de la comunicación, para formular descargos. Con el mérito de ellos, o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular, mediante resolución fundada de la Jefatura del Departamento Administración e Inmobiliaria, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole copia del acto administrativo al adjudicatario.
Si el adjudicatario interpusiere recursos, la multa solo será aplicada una vez que éstos se encuentren totalmente tramitados.
El monto máximo de las multas no podrá exceder del 30% de la facturación total y se descontará directamente de la factura o, de no ser posible, deberá ser pagada directamente por el adjudicatario, para lo cual el Instituto le otorgará un plazo de 10 días para realizarlo.
No procederá esta sanción, si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada jefe del Departamento de Administración e Inmobiliaria.
Término anticipado del contrato por incumplimiento.
El Instituto podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Departamento de Administración e Inmobiliaria, modificar o poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada e inmediata, por las siguientes causales:
a) Por resciliación de las partes.
b) Por incumplimiento grave de las obligaciones previstas en las Bases, entendiéndose por tal:
• Cuando se supere el porcentaje máximo de multa.
• La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad.
• El atraso de 10 días hábiles o más en la entrega de los productos requeridos.
• Incumplimiento reiterado (2 o más bienes) en la obligación de garantía de los bienes adquiridos.
c) Por estado de notoria insolvencia del contratante.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que el contratante pueda funcionar en el giro de su actividad.
g) Por incumplimiento del Pacto de Integridad establecido en estas Bases de Licitación.
h) En caso de adjudicarse a una unión temporal de proveedores:
i. Por la disolución de la misma. La disolución deberá ser informada por cualquiera de los proveedores que la componen al administrador del contrato.
ii. Por el retiro de uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores si éste reúne una o más características consideradas para la evaluación de la oferta. Sin perjuicio de ello, si la unión temporal de proveedores está constituida por 3 o más integrantes y uno de ellos se retira, se podrá continuar ejecutando el contrato con los restantes, siempre que se realice en los mismos términos comprometidos en la oferta.
i) Por perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
Adoptada esta medida y exceptuando las causales descritas en las letras a) y d) precedentes, el Instituto podrá ejercer las acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados.
Para terminar anticipadamente el contrato, el Instituto comunicará por escrito su decisión al prestador, indicando la causal y fundamento de esta. El prestador dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha de la comunicación, para formular descargos. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular, mediante resolución fundada del Departamento de Administración e Inmobiliaria, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al prestador, sin perjuicio del procedimiento establecido en la Ley Nº 19.880.
No procederá el término anticipado del contrato que se resolviere, si se establece la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria.
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SUBCONTRATACIÓN |
Se encuentra prohibida la subcontratación.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
El Instituto y el adjudicatario resolverán, de común acuerdo y mediante negociaciones directas, las diferencias que surjan en cuanto a la aplicación del contrato.
En el evento que no se logre un acuerdo entre las partes, cualquiera de éstas podrá llevar las controversias al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicias, siendo competente los de la ciudad de Santiago, todo ello en conformidad a la legislación vigente.
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NOTIFICACIONES DURANTE EL CONTRATO |
Las notificaciones entre las partes se efectuarán vía correo electrónico, pudiendo complementarse mediante carta certificada dirigida al domicilio fijado por el adjudicatario. Las notificaciones se producirán en la fecha que figure en el reporte del correo electrónico respectivo.
Para los efectos de toda notificación el domicilio del Instituto será: Camino Agrícola N°1697, Macul, u otro que previamente se indique.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio
.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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