Licitación ID: 745915-29-LE24
Reparación y mejoramiento SS.HH Liceo Gabriela Mis
Responsable de esta licitación: CORP.MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA DE LA SERENA, Área Administración Educación
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 398
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Mantenimiento o reparación de sistemas de fontanería, gasfitería 1 Global
Cod: 72102304
La Corporación Municipal Gabriel González Videla, requiere realizar trabajos de reparación y mantención de los SS.HH del Liceo Gabriela Mistral, establecimiento educacional dependiente de ésta, en donde se ejecutarán trabajos de reparación de filtraciones  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Reparación y mejoramiento SS.HH Liceo Gabriela Mis
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes Bases y especificaciones técnicas de Licitación tienen por finalidad establecer las disposiciones técnicas y reglamentarias, y fijan las condiciones que todo contratista debe respetar para la contratación, ejecución y recepción del servicio, denominado “Reparación y mejoramiento SS.HH Liceo Gabriela Mistral de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, comuna La Serena
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP.MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA DE LA SERENA
Unidad de compra:
Área Administración Educación
R.U.T.:
70.892.100-9
Dirección:
Ánima de Diego 550
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-10-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 14-10-2024 10:32:54
Fecha inicio de preguntas: 17-10-2024 11:00:00
Fecha final de preguntas: 18-10-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-10-2024 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-10-2024 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-10-2024 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 27-11-2024 14:59:14
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
una visita a terreno voluntaria para los oferentes, en el Liceo Gabriela Mistral, ubicado en calle Benavente N° 560, esquina las casas, La Serena a las 12:30 hrs. 16-10-2024 12:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMATO Nº 1: Identificación Oferente y Programa de Integridad: El oferente deberá indicar si cuenta con un programa de integridad implementado y si éste es conocido por su personal trabajador, debiendo adjuntar respaldo tanto del programa, como en su caso, de haber efectuado la difusión a su personal, mediante documentos tales como: comunicado interno, mail masivo, folletos, otros. 1.1 En caso de personas jurídicas, se debe incluir los siguientes documentos: - Certificado de Vigencia e Inscripción en el Registro de Comercio otorgado por el Conservador de Estatuto Actualizado del Registro de Empresas y Sociedades, con 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión. - Certificado que acredite la personería del representante legal con plazo de 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión (Certificado de vigencia de poder del Registro de Comercio o Certificado Estatuto actualizado del registro de empresa en un día del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo). - Fotocopia simple del RUT de la Sociedad y el o los representantes legales, según corresponda. 1.2. En caso de persona natural, se debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad e iniciación de actividades del SII, cuando corresponda. 1.3. Los oferentes que oferten bajo la modalidad de UTP y todos los integrantes de éstas, deberán acompañar adicionalmente al Formato 2, copia simple de cédula de identidad de todos sus integrantes. Por otra parte, si los miembros de las UTP obedecen a personas jurídicas, deberá acompañar certificado de vigencia de la sociedad con 60 días corridos máximo desde su fecha de emisión, certificado que acredite la personería del representante legal, y copia del RUT de las empresas Los oferentes que posean los antecedentes exigidos en el registro de Chileproveedores, en estado vigente, no será necesario que los presenten en la oferta. 2. FORMATO Nº 2: Declaración de Aceptación de Bases, Condiciones de la Propuesta y Pacto de Integridad. 3. FORMULARIO Nº3: Declaración de Habilitación. 4. FORMATO N°4: Declaración Jurada Simple de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (para persona natural y persona jurídica)
Documentos Técnicos
1.- 12.3 OFERTA TÉCNICA 1. FORMATO Nº5: Experiencia. El oferente deberá indicar la experiencia en ejecución de servicios o trabajos iguales o similares, para lo cual deberá adjuntar: Ordenes de Compras, contratos o facturas en cuya glosa se describa claramente el tipo de obra ejecutada.
 
Documentos Económicos
1.- 12.4 OFERTA ECONOMICA 1. FORMATO Nº6: Oferta Económica de la Licitación, en el cual se deberá indicar el monto total del proyecto IVA incluido, además del plazo ofertado del proyecto en días corridos, según Anexo adjunto. Los proponentes deberán indicar separadamente el costo directo, sus gastos generales y utilidad, en relación al costo directo, en monto y porcentaje, generando el valor neto y sumar el impuesto IVA., lo que da el valor total ofertado. 2. FORMATO N° 7: Presupuesto desglosado, que contenga el valor de los trabajos ofrecidos en la “Propuesta Técnica” que presente el oferente, expresados en moneda nacional, sin impuestos, de acuerdo a lo señalado en los documentos anexos y formatos especificados en estas Bases administrativas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO PROGRAMA DE INTEGRIDAD El programa de integridad de una empresa u organización, se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción. Para la asignación de puntaje en este criterio, se considerará la declaración prestada por el Oferente en el Formulario N°1 sobre este punto. El oferente deberá respaldar dicha información acompañando el Programa, y en su caso de su difusión a través de un comunicado interno, correo masivo, etc. Cumplimiento Programa de Integridad Puntaje Oferente cuenta y adjunta programa de integridad implementado, siendo este conocido por los trabajadores. (adjuntar documento que acredite medio de difusión del programa) 100 Oferente cuenta y adjunta programa de integridad implementado, pero no es conocido por los trabajadores. 50 Oferente no cuenta con programa de integridad imp 5%
2 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Entrega dentro del plazo de cierre de presentación de las ofertas los antecedentes exigidos, con el 100% de cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta, sin observaciones.100 No entrega dentro del plazo de cierre de presentación de las ofertas los antecedentes exigidos, o entregándolos, 1 documento, no cumple con el 100% de los requisitos formales de la presentación de la oferta.75 No entrega dentro del plazo de cierre de presentación de las ofertas los antecedentes exigidos, o entregándolos, 2 documentos, no cumplen con el 100% de los requisitos formales de la presentación de la oferta.50 No entrega dentro del plazo de cierre de presentación de las ofertas los antecedentes exigidos, o entregándolos, 3 o más documentos, no cumplen con el 100% de los requisitos formales de la presentación de la oferta.0 5%
3 EXPERIENCIA EN EJECUCIÓN EN SERVICIOS IGUALES O SI Solo se evaluará la acreditación de experiencia del oferente que posea obras terminadas (ya ejecutadas) en construcción y/o ampliación en todas las áreas, considerando terminaciones, ej: pintura, cerámicos, tabique, cambio de ventanas, estructuras metálicas, reparación y mantención sanitaria, etc, • Para certificados de experiencia emitidos por entidades del Estado, a quienes se les haya prestado el servicio, deberá indicar el nombre de la obra, monto, mandante y año. Además, el certificado debe ser emitido a nombre del oferente que postula. • Para certificados de experiencia emitidos por entidades Privadas, a quienes se les haya prestado el servicio, deberá indicar el nombre de la obra, monto, mandante y año. Además, el certificado debe ser emitido a nombre del oferente que postula. Cantidad de Obras debidamente certificadas Puntos Diez o más obras 100 Siete a nueve obras 70 Cuatro a seis obras 50 Una a tres obras 30 Ninguna obra o No presenta Certificado de Experiencia alguno 0 30%
4 PLAZO DE EJECUCIÓN Corresponde al plazo de ejecución ofertado en días corridos, propuesto en el Formato N°6 “Oferta Económica” La fórmula para calcular el plazo de ejecución corresponderá a la siguiente: Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Plazo más conveniente Oi : Plazo del oferente i (Total puntaje) X 0.20 20%
5 OFERTA ECONÓMICA Corresponde al monto ofertado para la ejecución del servicio, en moneda nacional, propuesto en el Formato N° 6 “Oferta Económica” el cual debe tener concordancia con el formato N°7 y con monto indicado en el portal www.mercadopublico.cl. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente, entendiendo como tal, al monto referencial o a la oferta menor si alguna es inferior al monto referencial. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i (Total puntaje) X 0.4 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Educación- Subvención Mantenimiento 2024
Monto Total Estimado: 8537231
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Duración de Contrato Contrato de Ejecución Inmediata
Tiempo del Contrato 1 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DEPARTAMENTO DE FINANZAS
e-mail de responsable de pago: rocio.vasquez@corporacionlaserena.cl
Nombre de responsable de contrato: SANDRA CASTRO CARVAJAL
e-mail de responsable de contrato: sandra.castro@corporacionlaserena.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2544160-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Municipal Gabriel Gonzalez Videla, La Serena
Fecha de vencimiento: 17-02-2025
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario al momento de la entrega del Contrato firmado, en la Unidad de Adquisiciones, deberá entregar una Garantía, extendida a favor de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, La Serena, RUT: 70.892.100-9, por un monto equivalente al 5% del valor del Contrato, de acuerdo al Artículo Nº 68 de la Ley Nº19.886 cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución del Proyecto.
Glosa: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de Obras “REPARACIÓN Y MEJORAMIENTO SS. HH LICEO GABRIELA MISTRAL DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL GONZÁLEZ VIDELA, COMUNA LA SERENA”, a favor de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, La Serena, RUT: 70.892.100-9
Forma y oportunidad de restitución: La (s) garantía (s) de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de Obras” se devolverá al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte de la Inspección Técnica de Obras, sin observaciones de ninguna especie, resguardando el cumplimiento en el pago de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores por parte del proveedor. Las garantías deberán ser retiradas en Unidad de Tesorería dependiente del Departamento de Finanzas, ubicada en calle Anima de Diego N°550, La Serena, previa coordinación con dicha Unid
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Corporación Municipal Gabriel González Videla podrá, en caso de que el proveedor adjudicado no firma el contrato dentro del plazo antes señalado, no entregue el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para estos efectos, no entrega la declaración de Unión Temporal de Proveedores solo en caso que el adjudicado sea una UTP; no realiza su inscripción en el Registro de Proveedores; no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, no cumpla con los requisitos para contratar; se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la Ley N°19.886 y su Reglamento, readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes.
CAUSALES DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS EN LA APERTURA
Las causales de rechazo de las ofertas al momento de la apertura serán las siguientes: a. Si no se publican los formatos N°5, N°6, y N°7 señalados en el numeral 12.3 y 12.4 de las presentes Bases, o sí se encuentran incompletos y no pueden ser subsanados de acuerdo a lo señalado en la presente bases, exigibles para personas naturales y jurídicas, así como también respecto de aquellos proponentes que oferten bajo la modalidad de UTP- Unión Temporal de Proveedores. b. Si la oferta presentada sobrepasa el monto disponible para la presente licitación. c. Si el plazo de ejecución ofertado es superior a 10 días corridos.
COMISION EVALUADORA
Para efectos de la evaluación de las propuestas ofertadas en el portal www.mercadopúblico.cl, el Secretario General de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, mediante la respectiva resolución, designará a tres funcionarios de la Corporación Municipal, para que conformen la comisión evaluadora de la presente Licitación Pública. Los miembros de la comisión deberán suscribir en el acta de evaluación una declaración jurada, en la que expresen no tener conflicto de interés con los potenciales oferentes de la respectiva licitación, compromiso a no aceptar donativos de terceros (oferentes o no) mientras integren la Comisión Evaluadora. Los integrantes de la Comisión Evaluadora se considerarán sujetos pasivos de la Ley N° 20.730 del Lobby en lo que respecta al ejercicio de esta función y mientras la desempeñen, haciendo presente que no podrán sostener reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares durante la evaluación sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas en dicha ley. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros y su labor será absolutamente confidencial. En el caso que, el conflicto de interés con algún proponente solo se visualice al momento de la apertura, deberá desde ese momento abstenerse de participar del proceso y poner en conocimiento inmediatamente a su superior jerárquico. El deber de abstención aplica a funcionarios contratados bajo la modalidad de Código del Trabajo. Ocurrida la situación anterior, por resolución, se deberá nombrar un nuevo integrante que reemplaza al que se inhabilita. La Comisión de Evaluación tendrá por objetivo la selección, estudio y evaluación detallada de los documentos exigidos en las Bases Administrativas respecto de la Oferta Administrativa, Técnica y Económica; emitirá un informe con las calificaciones obtenidas de cada proponente y las propuestas técnicamente aprobadas, y las que son rechazadas por los motivos que señale dicha comisión, de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases Administrativas y emitirá un informe de proposición de adjudicación al Secretario General, pudiendo solicitar informe al Departamento Jurídico de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, respecto de materias de orden legal. Para la evaluación respectiva, la Comisión Evaluadora podrá requerir de la participación y asesoría de uno o más funcionarios de la Corporación y/o profesionales externos, los cuales emitirán informes técnicos por escrito, que al efecto precisen para mejor resolver y proponer por parte de la Comisión. La comisión evaluadora tendrá la facultad de comprobar la veracidad de la información contenida en la documentación presentada por cada oferente, por el medio que estime conveniente, además de requerir apoyo profesional en el ámbito que encuentre necesario. Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los Documentos Anexos u otros que la Comisión de Evaluación requiera, será estimada fraudulenta, siendo causal de eliminación del Oferentes del proceso de licitación. En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas. Desde que su oferta es abierta el proponente queda obligado a mantenerla hasta la firma del contrato. Se declarará desierta la licitación en aquellos casos que no pueda seguirse con el curso normal de ella por falta de ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación por motivos fundados que especifique la Comisión Evaluadora. Así mismo, se declararán inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren con los requisitos establecidos en las bases de licitación, especialmente respecto de lo indicado en el punto 13.1 precedente. La Corporación podrá desechar todas las propuestas o aceptar cualquiera de ellas sin que los proponentes puedan pretender alguna indemnización. Todo lo anterior quedará perfeccionado a través de resolución del Secretario General de la Corporación en conformidad con lo prescito en el artículo 9° de la ley N° 19.886.
DE LA EVALUACIÓN
INFORME DE EVALUACIÓN La Comisión Evaluadora evacuará un Informe de evaluación de las propuestas mediante la aplicación de la siguiente pauta: a) La nómina de oferentes que incorporaron sus ofertas en el Sistema de Información. b) Una relación de las propuestas declaradas inadmisibles en el acto de apertura de antecedentes indicando las respectivas causales y de las demás observaciones consignadas en el Acta de Apertura. c) Un resumen del proceso de revisión indicando, en su caso, las propuestas consideradas inadmisibles en el proceso de evaluación y las causales en que ello se funda. d) La evaluación y calificación de todas las propuestas ajustadas a Bases consignando los puntajes parciales y totales asignados a cada una de ellas conforme a los criterios fijados en las Bases Administrativas e) La Corporación podrá rechazar todas las ofertas, cuando ninguna de ellas cumpla con lo solicitado mediante las bases y especificaciones técnicas, cuando presente incongruencias en los datos entregados o cuando sea evidente que no ha existido competencia o haya habido colusión. f) Toda información que se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes, entregada en los Documentos Anexos u otros que la Corporación le requiera, será causal de eliminación del oferente del proceso de licitación. g) La proposición fundada de declarar inadmisibles todas las ofertas conforme al artículo 9° de la Ley N° 19.886 o de adjudicar la ejecución de la obra a un determinado oferente.
CAUSALES DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS EN LA EVALUACIÓN
Las causales de rechazo de las ofertas en el proceso de evaluación: a) Si el oferente no responde a las consultas y/o solicitudes hechas vía foro inverso. b) Si el oferente no cumple con las Especificaciones Técnicas y/ o la modifican. c) Si la oferta económica no considera todas las partidas indicadas en el Formato N°7. d) Si no se acredita la documentación solicitada en el Formulario N°5, indicada en el numeral 12.3 “Documentos Técnicos”. e) Si las ofertas presentadas no resultan convenientes a sus intereses o existe un cambio de las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades de la Corporación.
PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de empate en el resultado final de la evaluación, se contempla como criterio para resolverlo el siguiente: a) En caso de empate de dos o más propuestas en la más alta calificación final, el primer criterio para desempatar será el oferente que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio de evaluación de “Oferta Económica”. b) En la eventualidad de existir un segundo empate se resolverá por el proveedor que haya obtenido mejor puntaje el criterio “Experiencia en Ejecución de servicios iguales o similares c) Si aplicados los dos criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Plazo de Ejecución”. d) Si aplicados los tres criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. e) Si aplicados los criterios anteriores, persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento Programa de Integridad” f) Si continuara el empate luego de aplicado cada uno de los criterios de desempates señalados precedentemente, la Comisión Evaluadora deberá adjudicar a la empresa que haya ofertado en primer lugar en el portal de Mercado Público. La Comisión de Evaluación propondrá al Secretario General de la Corporación Municipal Gabriel González Videla o quien lo subrogue, las ofertas que técnicamente sean las más convenientes y adecuadas para la Corporación, quien tomará la decisión final de adjudicación, elaborará la resolución respectiva y ordenará la celebración del contrato correspondiente. A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, solo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje - aun cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecue a los intereses de la Institución. El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 40 bis, deberá referirse a las siguientes materias: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida al Secretario General para adoptar la decisión final.
ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS – FORO INVERSO
La Comisión podrá solicitar a través del foro disponible en el Portal y dentro del periodo de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases.
DEL CONTRATO
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de La Serena y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. La Obra se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta, expresado en moneda nacional. El precio del contrato comprende el total de las obras cuya ejecución se encomienda, asumiendo el contratista todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en su ejecución, cualquier sea su origen, naturaleza o procedencia e incluye, además, el valor de los aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costos de las garantías y, en general, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto. Asimismo, se deberá tener presente que el precio de las obras no incluirá ningún tipo de aporte reembolsable que deba efectuarse como gastos propios de la ejecución de la obra, entendiendo éstos como pagos a empresas de Servicios Eléctricos, Agua Potable u otros, en consecuencia, dichos aportes serán de cargo del contratista que será responsable de cuantificarlos en su oferta, ítem gastos generales. El contrato será redactado por el Departamento Jurídico de la Corporación, en conformidad a todos los antecedentes que forman parte de la Licitación, a los antecedentes presentados por el adjudicado y a las disposiciones pertinentes de la Ley N°19.886 y su Reglamento. El contrato se redactará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación en el portal de www.mercadopublico.cl, y deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados desde el envío del contrato al adjudicatario, por parte del Departamento de Administración por el medio más expedito, y comenzará a regir, una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe. Si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado; o no entrega el documento de garantía de fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante el contrato respectivo; no entrega la declaración de Unión Temporal de Proveedores suscrita ante notario, materializada por Escritura Pública (solo en caso que el adjudicado sea una UTP); no realiza su inscripción en el Registro de Proveedores, o no realiza el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes, se entenderá que se desiste de la propuesta, procediendo la Corporación, si así lo estima pertinente, a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación, o rechazar todas las restantes. El contrato que se celebre contendrá todas las cláusulas necesarias para su acertada inteligencia y ejecución. Al momento de suscribirse el contrato se deberán presentar los siguientes antecedentes: a) Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de la Obra, según lo dispuesto en el numeral 11.3 de las presentes Bases. b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), con una antigüedad no mayor a 30 días corridos posteriores a la fecha de la Apertura, en que conste que no tiene deudas, ni multas laborales ni previsionales. c) En caso que el oferente adjudicado sea una UTP deberá hacer entrega a la firma del contrato la declaración de Unión Temporal de Proveedores, y exigible como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad, de manera de dar cumplimiento con la Directiva 22 de la Dirección de Compras Públicas de fecha 01/12/2015 y lo regulado en el artículo 67 bis del reglamento de Compras Públicas, Ley 19.886. El acuerdo que conste la UTP, deberá contener como mínimo lo siguiente: Identificación de los integrantes, nombramiento de un apoderado con poder suficiente, declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros y Determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. Atendido su carácter esencialmente transitorio, se sugiere que la vigencia de la UTP se extienda únicamente por el tiempo que corresponda al proceso en que participa, incluida la vigencia total del contrato que eventualmente se adjudique. El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y/o el contrato. En virtud del Dictamen N° 13.695 del 2018 de Contraloría Regional de la República de fecha 4/6/2018, la emisión de la Orden de Compra, se resolverá previa suscripción y firma del contrato propiamente tal y de su aprobación, por ende, el responsable del proceso de licitación la enviará con posterioridad al contrato. Una vez firmado el contrato, se dictará la Resolución que lo aprueba. Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no podrá firmar el contrato. Los plazos establecidos en la oferta del proveedor y formalizados por la orden de compra, comenzarán a regir a partir de la fecha de entrega de terreno a la empresa adjudicada. En virtud de lo señalado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, de Bases sobre contrato administrativos de suministro y prestación de servicios, en caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de los 2 días corridos desde el envío de ésta por parte de la Corporación, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud y se procederá a readjudicar la licitación al próximo oferente que haya ponderado la siguiente mejor evaluación y así sucesivamente.
ENTREGA DE TERRENO
La fecha de Entrega de Terreno será informada por el ITO al Contratista, mediante correo electrónico, previa coordinación entre las partes involucradas. En la fecha fijada se levantará un Acta de Entrega de Terreno que será firmada por el ITO y el responsable técnico a cargo de la obra, en que constará si corresponde, la entrega de otros antecedentes de la obra. En el caso de que el Contratista no concurra en la fecha programada para la Entrega de Terreno, la Inspección Técnica estará facultada a cobrar la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato de acuerdo a lo indicado en el numeral 11.4 de estas bases. El plazo de ejecución del Contrato y de la obra se contará desde el día siguiente a la fecha de Entrega de Terreno.
PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo máximo de ejecución del proyecto será de 10 días corridos, sin perjuicio que, el plazo contratado será el ofertado por la empresa según formulario N°6 y se contabilizará a partir de la fecha del Acta de Entrega de Terreno. Dentro de este plazo ofertado, se deberá prever la ejecución completa del proyecto, en cumplimiento a planos y Especificaciones Técnicas, entre otros, debiendo considerar las aprobaciones de los proyectos de instalaciones ante los organismos competentes, así como otras que por normativa debe dar cumplimiento el contratista para la correcta ejecución y entrega de las obras. El plazo que se estipula para la ejecución de los trabajos, será el ofertado, sin deducción de días lluvias, feriados ni festivos y se contará desde el día siguiente de la fecha del acta de entrega del terreno. El ITO podrá ampliarlo, en caso de cualquier modificación del contrato que lo afecte y siempre que sea por causa no imputable al Contratista. El plazo podrá prorrogarse, previa petición escrita del Contratista, en la que deberá presentar toda la documentación que respalde su solicitud; la que podrá ser aceptada o rechazada por la Unidad Técnica, previo informe del ITO, que dé cuenta si corresponde o no aceptar la ampliación de plazo solicitada y fundamente los días de ampliación aprobados o rechazados. De ser aceptada, se dictará la resolución que corresponda y se modificará el contrato. La prórroga no podrá solicitarse una vez terminado el plazo contractual.
DE LOS ESTADOS DE PAGOS
ESTADO DE PAGO POR AVANCE DE OBRA La Corporación pagará al contratista el valor de la prestación del servicio ejecutado, a través de Estados de Pago parciales, asociados a los correspondientes avances físicos del proyecto, debidamente aprobados por el ITO, de la siguiente manera: - 1° EP por un 50% del valor total del contrato al llegar a un 50% de avance físico - 2° EP por un 50% del valor total del contrato al llegar a un 100% de avance físico. El último estado de pago será pagado una vez obtenida la recepción conforme por parte de la Unidad de Infraestructura y Proyectos. La Corporación pagará al Contratista el valor de las obras efectivamente ejecutadas a través de estados de pago por avance físico de la obra. Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa la Corporación y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el Contratista. El estado de pago deberá ser firmado, fechado y recibido satisfactoriamente por el ITO, en el cual deberá deducirse las retenciones establecidas en las presentes Bases y los demás descuentos que procedan. El contratista deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado el ITO. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.