Licitación ID: 1095439-12-LR24
Construcción Soluciones Eléctricas Fotovoltaicas
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL DE AYSEN, Gobierno Regional de Aysén - DIT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Distribución de energía eléctrica rural 1 Unidad
Cod: 83101806
CONSTRUCCIÓN SOLUCIONES ELÉCTRICAS FOTOVOLTAICAS VARIOS SECTORES COMUNA DE AYSÉN  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Construcción Soluciones Eléctricas Fotovoltaicas
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La presente licitación se denomina “CONSTRUCCIÓN SOLUCIONES ELÉCTRICAS FOTOVOLTAICAS VARIOS SECTORES COMUNA DE AYSÉN”, CÓDIGO BIP N° 40027665-0 y tiene por objeto Contratar la construcción de 44 soluciones fotovoltaicas, conforme a los parámetros exigidos en las bases técnicas, en viviendas cuya ubicación se encuentra en sectores rurales de la comuna de Aysén, Provincia de Aysén, como son: La Barra, El Salto, Rio Caracoles, Rio Cóndor, Pangal Alto, Rio Tabo, Los Torreones, Rio Blanco, Bahía Chacabuco, Laguna Los Palos y Lago Riesco.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
GOBIERNO REGIONAL DE AYSEN
Unidad de compra:
Gobierno Regional de Aysén - DIT
R.U.T.:
72.222.000-5
Dirección:
Ejército N° 405
Comuna:
Aysén
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-07-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 29-05-2024 16:11:00
Fecha inicio de preguntas: 29-05-2024 17:01:00
Fecha final de preguntas: 19-06-2024 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-06-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-07-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-07-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 25-07-2024 17:50:27
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA A TERRENO, Se iniciará desde las dependencias de la I. Municipalidad de Aysén, dirección Esmeralda #607, ciudad de Aysén. La lista de asistencia a la visita a terreno se abrirá 10 minutos antes de la hora acordada y se cerrará 5 minutos después. 07-06-2024 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formato A: “Identificación del Oferente” Nombre o Razón social y RUT, en caso de ser persona jurídica, los mismos antecedentes respecto de su representante legal, además de dirección comercial, teléfonos, correo electrónico, persona contacto, giro comercial. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores (UTP): Deberá figurar como representante el apoderado que designe en el respectivo instrumento documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, dando cumplimiento al artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas. En adquisiciones iguales o superiores 1.000 UTM, obligatoriedad de presentar den Estado Hábil, en el Registro de Proveedores de Mercado Público; en caso de UTP, cada uno de los oferentes deberá cumplir con esta disposición. Deberán al momento de contratar cumplir con los requisitos exigidos en Artículo 5 de las presentes bases, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente. Formato B “Declaración Jurada Simple de Socios” - Persona Jurídica. - Unión Temporal de Proveedores. - Persona Jurídica. - Unión Temporal de Proveedores. En caso que proceda. Se deja constancia que la presentación de este Formato es sólo para los oferentes que sean personas jurídicas o UTP. Deben indicarse hasta 12 socios de mayor participación que posean mayor porcentaje. Para tal efecto, se cotejará información con Declaración Jurada de Socios y Accionistas en línea e integrada a SII, informada en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentarse la declaración firmada por cada uno de los integrantes. Formato C: “Identificación del Profesional a Cargo de la Obra” Profesión, Nombre, RUT y fotocopia de la licencia SEC vigente clase C o superior. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el anexo deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ésta. Formato D: “Declaración Estudio de Antecedentes Técnicos y Conocimientos de Bases Administrativas Especiales Licitación Pública” Declaración Jurada simple, en que se acredite haber estudiado todos los antecedentes de la licitación, en virtud de los cuales se ha elaborado la oferta técnica y económica que se presenta, conocer y aceptar las condiciones generales de las bases administrativas especiales, y demás antecedentes que forman parte de la licitación a ejecutar y haber incorporado las Aclaraciones y Adicionales realizadas durante el proceso de licitación. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el anexo deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ésta. Formato E: “Declaración de Subcontratos” Declaración de Subcontratación de parte o de la totalidad de la obra. Si se considerara la subcontratación, al momento de contratar, deberá presentar documentación del cumplimiento del Reglamento de Compras Públicas, en especial los Artículos 76 y 92. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el anexo deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ésta. Formato F: “Declaración Experiencia” Declaración donde conste la nómina de obras ejecutadas en el periodo a certificar. El periodo a certificar, será de los últimos 5 años descontados desde la fecha de publicación de la presente Licitación. Las obras a presentar para acreditar experiencia, deben ser de la misma naturaleza que las obras objeto de esta licitación, esto es obras fotovoltaico – diésel, fotovoltaico – eólico – diésel, eólico – diésel, con baterías. La experiencia deberá ser acreditada mediante cartas de referencia o certificados de los mandantes de tales sistemas fotovoltaicos, donde se debe indicar claramente, para cada obra ejecutada: 1. Nombre del Proyecto. 2. Institución Mandante. 3. Cantidad de Sistemas Instalados. 4. Potencia renovable total de cada sistema en [kWp]. 5. Monto de la obra. 6. Fecha de contrato. 7. Plazos de ejecución de obras. 8. Contactos para verificar experiencia. No se aceptarán contratos, decretos municipales, actas de recepción, cartas de recomendación, órdenes de compra, etc. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el anexo deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ella. Formato G: “Declaración Jurada Simple de Cumplimiento del Pacto de Integridad” Declaración Jurada Simple mediante la cual el oferente y el/la trabajador/a encargado de la licitación aceptan expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todos y cada uno de los compromisos contenidos en el Artículo 37 de las Bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación. Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades”, electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales y jurídicas, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico, en el módulo de presentación de ofertas.
Documentos Técnicos
1.- Formato H: “Requerimientos Técnicos” Se deben señalar las características técnicas más relevantes, de cada uno de los equipos requeridos para la implementación de los sistemas de generación eléctrica fotovoltaica. Adjunto al Formato H, el oferente debe presentar las correspondientes fichas técnicas, originales del fabricante, sin modificaciones y sólo de los equipos ofertados. En caso de estar éstas en otro idioma que no sea el español, deberá adjuntarse su traducción al idioma ESPAÑOL donde se identifique claramente el producto. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el anexo deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ésta. Formato I: “Garantías de los Productos Ofertados” El Oferente deberá presentar en su propuesta, Garantía para cada uno de los componentes del Sistema Fotovoltaico, de acuerdo a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas. Además, debe indicar el tiempo de respuesta ante un requerimiento de solución de falla. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el anexo deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ésta. Formato J: “Carta Gantt” En este formato se debe indicar la secuencia de actividades a ejecutar expresadas en una Carta Gantt, donde aparezcan la totalidad de las soluciones contenidas en el presupuesto y las correspondientes capacitaciones a los beneficiarios. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el anexo deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ella.
 
Documentos Económicos
1.- Formato K: “Oferta Económica” – Presupuesto detallado En éste se deberá consignar, en moneda nacional, el valor total de la oferta, incluidos los impuestos, a lo que estará afecto el contrato de acuerdo a la naturaleza de éste y categoría en que tribute el oferente. No obstante, en el portal www.mercadopublico.cl se deberá consignar el valor neto de acuerdo a lo instruido en dicho sistema. En caso de existir discrepancia entre los valores informados en el sitio www.mercadopublico.cl comprobante de oferta y del anexo Formato K Oferta Económica, primará este último, ya que describe con mayor detalle los valores de los servicios ofertados, como detalle en valores pesos desglosándose tanto valor bruto y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o Exento de IVA. Formato L: “Programación Financiera” Documento en el que se debe indicar el monto de los estados de pago programados y los porcentajes conforme a lo indicado en la Carta Gantt. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el anexo deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ella.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Presentación formal de la propuesta Puntaje 0-100 donde: a. Presenta todos los antecedentes al cierre de la propuesta, cumpliendo en fondo y forma lo requerido en las bases de licitación. 100 Puntos b. Presenta todos los antecedentes, pero uno o más de estos presenta incompletitud o discrepancias respecto a lo solicitado en bases. 50 Puntos c. Omite uno más antecedentes solicitados en las presentes bases. La comisión solicita complementar antecedentes a través de foro inverso, según lo estipulado en Artículo 21 precedente 0 5%
2 Propuesta Económica – Formato K Puntaje 0-100 donde: donde el puntaje máximo de 100 lo obtendrá quien oferta el valor total (impuestos incluidos) más bajo. El resto de los oferentes tendrán un puntaje dado por la siguiente fórmula: 〖PE〗_i=V_min/V_i ∙100 Donde V min : Valor mínimo ofertado en la licitación en pesos. V i : Valor de la oferta i en pesos. 45%
3 Experiencia del proponente – Formato F Puntaje 0-100 donde: Sumatoria total potencia renovable acreditada Puntaje Más de 200 kWp 100, Entre 101 y 200 kWp 70, Entre 11 y 100 kWp 40, Entre 1 y 10 kWp 20, Menos de 1kWp 0. 45%
4 Pacto de Integridad – Formato G Puntaje 0-100 donde: El proveedor declara conocer el pacto de Integridad descrito en el Art. 37 de las presentes Bases. 100 Puntos No declara o declara NO conocer el pacto de integridad descrito en el Artículo 37 de las Bases 0 Puntos 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: FONDO NACIONAL DESARROLLO REGIONAL FNDR
Monto Total Estimado: 596490000
Justificación del monto estimado El Presupuesto referencial para la Construcción de 44 Soluciones Fotovoltaicas, en distintos sectores de la Comuna de Aysén, Provincia de Aysén, asciende a la suma de 596.490.000.- Quinientos noventa y seis millones, cuatrocientos noventa mil pesos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Para el caso que la oferta más conveniente, conforme a las bases, contemple un precio mayor al presupuesto referencial, el Gobierno Regional de Aysén, a través de sus procedimientos internos procederá a autorizar o no la mayor disponibilidad presupuesta.
Tiempo del Contrato 240 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CARLOS ALVARADO ARAVENA
e-mail de responsable de pago: calvarado@goreaysen.cl
Nombre de responsable de contrato: MAURICIO QUEZADA PARRA
e-mail de responsable de contrato: mquezada@goreaysen.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-67-2276500-429
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN
Fecha de vencimiento: 30-09-2024
Monto: 6000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente que participe de la presente licitación, deberá garantizar la seriedad de su oferta mediante un instrumento de Garantía que sea PAGADERA A LA VISTA E IRREVOCABLE.La garantía será tomada por el oferente (Apoderado o un integrante para el caso de las UTP) o por un tercero (En este caso el documento deberá consignar, además del objeto de la garantía, la individualización del sujeto por quien se rinde), en pesos chilenos a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5
Glosa: PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA “CONSTRUCCIÓN SOLUCIONES ELÉCTRICAS FOTOVOLTAICAS VARIOS SECTORES COMUNA DE AYSÉN”, CÓDIGO BIP N° 40027665-0
Forma y oportunidad de restitución: El plazo de recepción para la entrega de Garantía de Seriedad de la Oferta se extenderá hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas. Según el tipo de documento a entregar ya sea en forma física o soporte papel, o de forma electrónica de la siguiente manera: a. De las Garantías por Seriedad de la oferta, que sean emitidas o celebradas por escrito y en soporte papel o entregadas en forma física (vale decir, donde el tomador de la garantía realiza por lo general un proceso presencial) deberá ser presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, comuna y ciudad de Coyhaique, o bien enviarse por correo certificado a la misma dirección. El plazo para esta forma de entrega será hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de ofertas, según lo señala el cronograma de la licitación. El horario de atención a los oferentes, para estos efectos es de 08:00 y hasta las 14:00 horas de lunes a viernes. b. En caso de otorgarse como documento electrónico (vale decir, aquellos emitidos por las entidades financieras y bancarias por medios electrónicos, como por ejemplo página web), deberá ajustarse a lo establecido en la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, deberá hacerse llegar al correo electrónico institucional de la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén: oficinadepartes@goreaysen.cl, con copia a lcisterna@goreaysen.cl y emonsalve@goreaysen.cl. El plazo para la entrega será hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de ofertas, según indique el cronograma de la licitación. También hasta antes de la fecha y hora fijada para el cierre de presentación de ofertas, en el caso de otorgarse electrónicamente, podrá acompañarse o incorporarse como ANEXO Administrativo adjunto en su propuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl. Devolución y restitución instrumento de garantía: En caso de oferente adjudicado, la devolución de la Garantía se hará contra la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba la contratación. Para el caso de los instrumentos de Garantía por Seriedad de la Oferta, presentados por los proponentes cuyas ofertas sean declaradas inadmisibles, o siendo admisibles no resulten adjudicadas, el Gobierno Regional de Aysén, hará devolución de éstas dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde que sea resuelto el proceso adjudicatario. La Entidad licitante, procederá a hacer devolución de “Garantías por Seriedad de la Oferta”, al oferente al cual se adjudique la licitación, solo una vez que se recepcione la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato” y suscrito el contrato por parte del adjudicatario. La Unidad Técnica encargada de la presente licitación informará de dicho acontecimiento por escrito a la División de Administración y Finanzas – Unidad de Tesorería, para que se proceda a la devolución de esta Garantía. En este último caso la Unidad de Tesorería solicitará que se proceda a endosar dichos documentos. La garantía por seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: 1. Si el oferente seleccionado se desistiere de su oferta, dentro del periodo de validez de su oferta. 2. Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, dentro del plazo establecido en las bases. 3. Cuando no presentare oportunamente la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en el plazo requerido en las presentes bases de licitación. 4. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo a lo indicado en bases de esta licitación. 5. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. 6. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presente bases. 7. Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato respectivo. 8. En caso de disolución de la Unión Temporal de Proveedores, y/o se desiste de continuar o por inhabilidad para continuar en la etapa de evaluación, adjudicación o ejecución del contrato. 9. En general por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN
Fecha de vencimiento: 27-08-2025
Monto: 10 %
Descripción: El adjudicatario deberá otorgar, dentro del plazo de Suscripción del Contrato, Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, que sea PAGADERA A LA VISTA E IRREVOCABLE, por un 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado.La garantía será tomada por el oferente (Apoderado o un integrante para el caso de las UTP) o por un tercero a nombre del adjudicatario, en pesos chilenos a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5.Instrumento de caución para resguardar el normal desarrollo del contrato, cuyo monto y período de vigencia, instancias de renovación se encuentra establecido en las presentes Bases Administrativas, para lo cual debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorga un aumento de plazo o de obras, si correspondiese.
Glosa: PARA GARANTIZAR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LICITACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN SOLUCIONES ELÉCTRICAS FOTOVOLTAICAS VARIOS SECTORES COMUNA DE AYSEN, CÓDIGO BIP N°40027665-0”
Forma y oportunidad de restitución: Hasta el día hábil anterior fijado para la suscripción del contrato se deberá hacer entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en caso de que la Garantía sea entregada por medio soporte papel, será presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, comuna y ciudad de Coyhaique, en horario de Atención de Público de 08:30 y hasta las 14:00 horas de lunes a viernes. En caso de otorgarse en formato electrónico, deberá hacerse llegar al correo electrónico institucional de Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén: oficinadepartes@goreaysen.cl, con copia a lcisterna@goreaysen.cl y emonsalve@goreaysen.cl , en igual plazo que para la garantía en soporte papel. La garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato se hará efectiva en los siguientes casos: • Por incumplimiento de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y los subcontratistas, si los hubiere). Lo anterior, sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. • No acatamiento de las observaciones formuladas por la respectiva Comisión Técnica Receptora. • Término Anticipado del contrato por incumplimiento del Proveedor. • Cobro de Multas • Otras causales establecidas en las correspondientes Bases Administrativas. Procedimiento de Devolución de Garantías Fiel Cumplimiento de Contrato. Las Garantías por Fiel Cumplimiento de Contrato serán devueltas al contratista a su solicitud una vez que se haya dado por terminada la ejecución de las obras, con Recepción Provisoria Conforme sin observaciones, previo reemplazo de ésta por la Garantía por la Correcta Ejecución de las Obras y aprobada mediante Resolución Exenta la respectiva Acta de Recepción Provisoria. La Unidad Técnica encargada de la presente licitación solicitará por escrito a la División de Presupuesto e Inversión Regional realizar las gestiones para la devolución Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato a través de la Unidad de Tesorería de la División de Administración y Finanzas. La Unidad de Tesorería será la encargada de realizar la devolución de las garantías, se revisarán los antecedentes y se procederá a confeccionar oficio dirigido al tomador de la garantía para la devolución del documento, a la dirección señalada en propuesta presentada por el oferente, en caso de realizarse en forma directa, ésta será entregada al tomador en las Oficinas del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a la elaboración del comprobante de devolución, el que será firmado por el tomador del documento garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
    Otras Garantías
Beneficiario: GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN
Fecha de vencimiento: 10-07-2026
Monto: 10 %
Descripción: El adjudicatario deberá, a más tardar 30 días siguientes a la fecha de obtenida la Recepción Provisoria de la Obra, ingresar Garantía por la Correcta Ejecución de las Obras, que sea PAGADERA A LA VISTA E IRREVOCABLE, por un 10% (diez por ciento) del monto adjudicado, con una vigencia mínima de 1 año más 90 días corridos, desde el momento de la Recepción Provisoria de las Obras, según lo señalado en el Artículo 70 del Reglamento de la Ley N°19.886. Una vez recepcionada esta Garantía será devuelta la Garantía Fiel Cumplimiento del Contrato.La garantía será tomada por el oferente (Apoderado u otro integrante para el caso de las UTP) en pesos chilenos a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5.
Glosa: PARA GARANTIZAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO "CONSTRUCCIÓN SOLUCIONES ELÉCTRICAS FOTOVOLTAICAS VARIOS SECTORES COMUNA DE AYSÉN”, CÓDIGO BIP N°40027665-0
Forma y oportunidad de restitución: Una vez aprobada la recepción final de Obra.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario: 1. Se desistiere de su oferta. 2. Por no presentar dentro de plazo la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo señalado en Artículo 15 de estas Bases. 3. Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la resolución que aprueba la contratación. 4. Por no formalizar el contrato de acuerdo a lo señalado en el Artículo 25 de las presentes bases de licitación. 5. Por decisión de los integrantes de la UTP, comunicada formalmente, debido a la inhabilidad de alguno de estos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases 6. Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato. 7. Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de contrato. 8. Cuando se comprobase que el proponente que haya obtenido el mayor puntaje, incumple con algunas de las causales declaradas y establecidas a través del Artículo 5 de estas bases, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley N°19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley, que tienen que ver con las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés. Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. Así también el Gobierno Regional de Aysén, podrá readjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de las propuestas y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén. Lo anterior previa verificación del presupuesto disponible para la propuesta,
Resolución de Empates

Si se produce coincidencia o empate entre dos o más ofertas en el puntaje final, se resolverá favoreciendo a quien presente el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Propuesta Técnica”; de persistir el empate, se resolverá según el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Propuesta Económica”; de continuar el empate se preferirá al oferente que tenga mayor puntaje en el criterio de evaluación:  “Experiencia del Proponente”, si de igual manera continuara el estado de empate se resolverá por aquella oferta que haya ingresado primero  en el portal www.mercadopublico.cl, cotejándose por la Comisión Evaluadora a través del  “Comprobante de Oferta” que indica la  fecha y hora de ingreso de dicha oferta.



Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes que tengan consultas respecto a la adjudicación, podrán realizarlas después de publicado en el Portal Sistema de Información www.mercadopublico.cl, la resolución de adjudicación, para lo cual deberá ingresar su consulta al remitente: lcisterna@goreaysen.cl y/o emonsalve@goreaysen.cl.

Tanto la adjudicación como la re-adjudicación serán notificadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl

La fecha fijada en el cronograma para la adjudicación podrá ser modificado por la Entidad Licitante mediante acto administrativo fundado y publicado en el sistema de información.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Comisión Evaluadora estará facultada de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes   o  que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y no impida la correcta evaluación de las propuestas; asimismo, la comisión podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, siempre que no se refieran a los requisitos exigidos para la presentación de las ofertas, no implique  otorgar  ventajas  o privilegios respecto de los demás oferentes y siempre con estricta sujeción a las bases que rigen la presente licitación

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus suboferentes, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ANTECEDENTES BÁSICOS
NOMBRE SOCIAL DEL ORGANISMO GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN UNIDAD DE COMPRA GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN – DIT RUT DEL ORGANISMO 72.222.000-5 DIRECCIÓN EJÉRCITO 405 COMUNA COYHAIQUE REGIÓN EN QUE SE GENERA LA ADQUISICIÓN REGIÓN AYSÉN, DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
CÓDIGO CLASIFICADOR ONU 83101806 – DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA RURAL TIPO DE LICITACIÓN LR - PÚBLICA IGUAL O SUPERIOR A 5.000 UTM TIPO DE CONVOCATORIA ABIERTA MONEDA PESOS CHILENOS PRESUPUESTO REFERENCIAL $ 596.490.000.- (QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL PESOS CHILENOS) IMPUESTOS INCLUIDOS ETAPAS DEL PROCESO DE APERTURA 1 ETAPA (APERTURA TÉCNICA Y ECONÓMICA EN UNA MISMA INSTANCIA) OPCIONES DE PAGO TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA TOMA DE RAZÓN POR CONTRALORÍA NO SE REQUIERE PUBLICACIÓN DE LAS OFERTAS LAS OFERTAS SERÁN DE PÚBLICO CONOCIMIENTO UNA VEZ ADJUDICADA O DECLARADA DESIERTA LA LICITACIÓN. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO SE REQUIERE SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO
REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR.
Para dar cumplimiento a la Ley N°21.634 que moderniza la ley N°19.886 de Compras Públicas, antes de enviar su propuesta los oferentes deben confirmar el cumplimiento de los siguientes requisitos y declarar: a) No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta. b) No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211, de 1973. c) Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. d) No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. e) No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive). f) No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quater de la Ley N°19.886 (cónyuges, convivientes civiles o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad). g) Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales. h) Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales. i) Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales. j) No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. A fin de acreditar cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes tanto personas naturales, jurídicas y UTP deberán presentar una “Declaración Jurada de requisitos para ofertar”, la cual se genera en línea a través de www.mercadopublico.cl, en el último paso del módulo de presentación de su propuesta, donde se confirma el cumplimiento de los requisitos al momento de enviar una oferta o participar de un proceso de compra pública. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”
NORMATIVA LEGAL VIGENTE
Este proceso de licitación se sujeta, en lo pertinente, a la siguiente normativa: A. Las presentes Bases, que regulan el proceso de licitación, contratación y ejecución de los servicios licitados, y recepción de las obras de conservación. En caso de contradicción entre las Bases y cualquier otro documento asociado a la presente licitación, prevalecerán las Bases. B. Ley N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886 y sus modificaciones. C. La Ley N°21.634 de fecha 11 de diciembre de 2023, la cual moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del Gasto Público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado. D. El Dictamen de la Contraloría General de la Republica E464046N24 de fecha 18 de marzo de 2024. La que indica aspectos relacionados con las principales modificaciones a la Ley N°19.886, introducidas por la Ley N°21.634. E. Lo dispuesto en la Ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios e indicaciones del Oficio N°E4444887/2024, emitido por la Contraloría General de la República, donde “Imparte Instrucciones sobre aspectos de la ley N°20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares antes autoridades y funcionarios”. F. Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. G. La Ley N°21.180 de Transformación Digital del Estado de fecha 11 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°1770 de la Subsecretaria General de la Presidencia que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 27 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°86 de la División de Gobierno Digital que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 16 de enero 2020 y sus actualizaciones. H. Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado. (DTE) de la Dirección de Presupuestos. I. El Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado SIGFE. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, la presente licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que se indica a continuación: - Aclaraciones - Consultas y respuestas - Las presentes bases administrativas y sus anexos - Otros antecedentes Técnicos que se incluyan en la licitación - Los términos de referencia / especificaciones técnicas - Ficha de licitación publicada en el Portal Mercado Público. - Modificaciones y aclaratorias publicadas en relación a las bases antes del cierre de recepción de ofertas, mediante resolución fundada. - Modificación al cronograma de Licitación. - La designación de la Comisión Evaluadora y sus modificaciones respecto de quienes reemplacen. - Las ofertas de los proponentes y sus formatos y anexos de presentación - Las aclaraciones de las ofertas a través del foro inverso, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes. - El acta de apertura, admisibilidad y evaluación de licitación pública, realizada por la comisión evaluadora y su propuesta de adjudicación a la autoridad competente. - La Resolución que aprueba la Adjudicación y/o declare Desierta la licitación pública. - El contrato suscrito. - La emisión y aceptación de orden de compra en el Portal www.mercadopublico.cl - Resolución de Recepción Provisoria conforme - Resolución de Recepción Definitiva conforme  
NORMATIVA LEGAL VIGENTE DE EJECUCIÓN DE OBRAS
Este proceso de licitación se sujeta, en lo pertinente, a la siguiente normativa: a) Decreto Supremo N°92/83 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos”. b) Resolución Exenta N° 33.877/2020 (Superintendencia de Electricidad y Combustibles), que dicta, pliegos técnicos normativos RIC N°1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19 contenidos en el artículo 12 del reglamento de seguridad de las instalaciones de consumo de energía eléctrica.
PRODUCTOS REQUERIDOS Y SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El Gobierno Regional de Aysén a través de este Proyecto considera la Construcción de 44 soluciones individuales de Electrificación con Sistema de Generación Fotovoltaica, en varios Sectores de la comuna de Aysén, Provincia de Aysén. Ver Artículo N°8 de las bases adjuntas.
OFERENTES DE LA LICITACIÓN
Podrán participar de la presente licitación, todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de oferentes que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga la normativa vigente, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en el Artículo 35 septies del Capítulo VII de la Ley N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas y en el artículo 4° incisos 1° y 6° de la Ley N°19.886, y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes Bases. Los participantes sean estas personas naturales o jurídicas pueden actuar personalmente o representados por un tercero, sin perjuicio de lo cual aquellas ofertas que no emanen de quien tenga poder suficiente para efectuarlas, no podrán ser adjudicadas conforme a lo prescrito en el Artículo 41 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Persona natural Las personas naturales deberán, al momento de contratar, encontrarse hábiles en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras Públicas, para contratar con los organismos del Estado. Si un oferente no se encuentra inscrito en este registro o bien los antecedentes requeridos no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar: • Fotocopia de cédula identidad. • Fotocopia de Iniciación de Actividades Personas Jurídicas Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo. Lo anterior, siempre que los antecedentes no se encuentren validados y vigentes en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras Públicas. En el caso que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar: • Rol único Tributario. • Cédula de identidad del Representante Legal. • Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses. • Certificado de vigencia de poderes, del Registro de Comercio respectivo de fecha no superior a seis meses. • Escritura de constitución de sociedad o empresa, con indicación de su inscripción en el Registro de Comercio y fecha de publicación en el Diario Oficial. • En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el artículo 12 de dicha Ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad con las disposiciones legales correspondientes. Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras, deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandatario con poder suficiente, y cumplir con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº19.886. Unión Temporal De Proveedores. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, deberá dar cumplimiento al artículo 67° bis del Reglamento de Compras Públicas. Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento. Aquella oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente Artículo será declarada inadmisible. (No presentación de Formato B Declaración Jurada Simple de Inhabilidades e Incompatibilidades). El contenido del acuerdo de la Unión Temporal de Proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos: a) La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de Proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante. b) El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la Unión Temporal de Proveedores ante la Entidad licitante. c) Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente incorporados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato. d) La no suscripción del instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y readjudicar. e) Definir la forma de facturación de la Unión Temporal de Proveedores. f) Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores va a tomar las garantías a nombre del Gobierno Regional de Aysén. g) La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución y hasta la liquidación del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere. Asimismo, de conformidad con lo previsto en la parte final del inciso primero del artículo 4° de la ley N°19.886, modificado por el artículo 401 de la ley N° 20.720, no podrán participar en este proceso los oferentes que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, o hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
PRESUPUESTO REFERENCIAL
El Presupuesto referencial para la Construcción de 44 Soluciones Fotovoltaicas, en distintos sectores de la Comuna de Aysén, Provincia de Aysén, asciende a la suma de $ 596.490.000.- (Quinientos noventa y seis millones, cuatrocientos noventa mil pesos) impuesto incluido. Se entenderá por presupuesto referencial, aquel presupuesto que constituye un valor estimativo de la presente adquisición, y que permite a los oferentes a consignar un precio mayor a dicho presupuesto. Para el caso que la oferta más conveniente, conforme a las bases, contemple un precio mayor al presupuesto referencial, el Gobierno Regional de Aysén, a través de sus procedimientos internos, procederá a autorizar o no la mayor disponibilidad presupuestaria, si procediera. En caso de no autorizarse a mayor disponibilidad presupuestaria, el Gobierno Regional de Aysén, procederá a declarar la oferta como no conveniente para los intereses del Organismo. El oferente deberá enmarcar estrictamente su presupuesto conforme a itemizado de partidas que se adjuntan. Calcular el precio de su oferta en base a su propio análisis de precio y cubicaciones, incluyendo todo lo necesario para el cumplimiento del contrato; esto es suministros e instalaciones, gastos generales, traslados, mano de obra, leyes sociales, gastos financieros y las obligaciones contractuales que se contraigan. De acuerdo a las características de las ofertas presentadas, el Gobierno Regional procederá a la adjudicación, reevaluación del proyecto o a desestimar las propuestas si éstas no fueren convenientes para los intereses del servicio. LA PROPUESTA SE CONTRATARÁ BAJO MODALIDAD DE SUMA ALZADA, SIN REAJUSTES NI INTERESES.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y PRÓRROGA
El plazo para la ejecución de las obras es de 240 días corridos contados desde la fecha del acta de entrega de terreno. El plazo de contrato podrá ser prorrogado por la Entidad Licitante, previa solicitud escrita del Contratista o de la Inspección Técnica de Obras (ITO), bajo los siguientes respectos: a) Por caso fortuito o fuerza mayor: En todos los casos en que de conformidad a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, ocurra un imprevisto imposible de resistir no imputable a las partes y que haga inevitable incurrir en un atraso en la ejecución de la obra. Para esto se debe cumplir con que: • El Contratista deberá poner en conocimiento de la ITO dicha circunstancia, a más tardar dentro de quince días desde que ésta se configure. • Inmediatamente haya cesado el impedimento, el Contratista deberá (informar) solicitar por escrito a la ITO, quien solicitará a la entidad licitante, si corresponde, la ampliación del plazo para la ejecución de la obra. • Si la ocurrencia de estas circunstancias conlleva la realización de nuevas obras o estudios, así deberá señalarse en la solicitud de prórroga. • Concurriendo todos los requisitos, la prórroga no se contabilizará para determinar el límite del 10% del plazo de ejecución de la obra, según se indica en la presente las presentes Bases de Licitación. • El incumplimiento por parte del Contratista de su deber de dar aviso y de presentar la solicitud de prórroga en los términos indicados, se entenderá como simple atraso y hará procedente las sanciones señaladas en las presentes Bases de Licitación, según corresponda. b) A consecuencia de cambio en las obras contratadas: Si por causas no imputables al Contratista, durante la ejecución de los trabajos se hiciere necesario el aumento de obras o la realización de obras extraordinarias, se deberá observar: • Por el aumento de obras, por obras extraordinarias o la paralización de la faena. • En este caso la prórroga no se contabilizará para determinar el límite del 10% del plazo de ejecución de la obra, según se indica en las presentes Bases. Toda suspensión de hecho por cualquier causa – exceptuado el caso fortuito en los términos de la letra a), o paralización de las obras decretada a causa del rechazo que haga la ITO de los materiales y/o equipos que no cumplan con las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas y/o en Bases, no darán derecho a prórroga alguna y hará procedente a la aplicación de multas y sanciones establecidas en esta Bases. TODO AUMENTO DE PLAZO DEBERÁ SER SANCIONADO POR ACTO ADMINISTRATIVO FUNDADO.
BASES
El proceso de licitación se conducirá bajo las disposiciones que establecen las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y Formatos, disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.
CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
a) Consultas y aclaraciones: De conformidad a lo establecido en el Artículo 35 ter. de la Ley N°21.634 que Moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas, se prohíbe la comunicación entre participantes e interesados en el en el proceso de contratación una vez iniciado el proceso, no obstante en el Artículo 27 del Decreto 250/2004 del Ministerio de Hacienda (Reglamento de la Ley de Compras), se establece la posibilidad de que los oferentes realicen las consultas de carácter administrativo o técnico que estimen necesarias respecto a las Bases, pero siempre a través del Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl, dentro los plazos establecidos y a través del foro dispuesto para ello al efecto. Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la Entidad Licitante mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.886. b) Modificaciones de las bases: La Entidad licitante podrá introducir modificaciones a las presentes Bases mediante acto administrativo fundado. Estas modificaciones de bases se realizarán ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal www.mercadopublico.cl. Se realizarán modificaciones o complementaciones de bases por las siguientes causales: 1. Errores u omisiones en alguno de los artículos constitutivos de las presentes bases y los respectivos formatos. 2. Complementación de la información administrativa y/o técnica que favorezca la presentación de las ofertas, que sea causa del proceso consultas y aclaraciones. 3. Otras que no se encuentren contempladas en los puntos anteriores. Se considera parte de estas modificaciones a los formatos aprobados y sugeridos para la presentación de ofertas señalados en las presentes bases de licitación. Siempre que éstas no impliquen otorgar ventajas indebidas y en plena observancia del principio de estricta sujeción a las bases. c) Modificación a las bases de licitación en relación a los plazos y cronograma de licitación. El Gobierno Regional de Aysén, si fuera necesario, hasta antes del cierre de presentación de ofertas, podrá otorgar un nuevo plazo para la presentación de las propuestas, mediante Resolución fundada, la que también será informada oportunamente en el sitio www.mercadopublico.cl, de manera de que todos los interesados puedan adecuar sus ofertas. El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en el Artículo 4: “Etapas y Plazos: Cronograma de la Licitación y expresados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación, inclusive el plazo de adjudicación, en caso que se requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado. Sin perjuicio de los plazos mínimos entre llamado y recepción de ofertas señalados en el Artículo 25 del Decreto N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda, esta Entidad podrá aumentar el plazo mínimo de llamado en dos (2) días hábiles: “Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, aumentándose automáticamente en 2 días hábiles por una sola vez”, siempre y cuando esta opción haya sido indicada al momento de crear la ficha de llamado de licitación en sistema de Información del sitio www.mercadopúblico.cl, dispuesto para este efecto. En conformidad con el artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, en caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones. En caso que exista incongruencia o contradictoriedad entre la ficha ingresada en el portal www.mercadopublico.cl y las bases administrativas, técnicas y sus formatos anexos aprobados por la autoridad competente, primará lo que contienen las bases de esta licitación. Sin embargo, esta entidad podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afectaren intereses de terceros.
VISITA A TERRENO
Esta visita a terreno es obligatoria, será referencial de los sectores donde emplazarán las obras y considerada como factor de admisibilidad de las ofertas, según Artículo 20 de las presentes bases. Se iniciará desde las dependencias de la I. Municipalidad de Aysén, dirección Esmeralda #607, ciudad de Aysén. Los oferentes participantes deberán presentarse con cédula de identidad y considerar su traslado a las dependencias antes indicada. Por tanto, cabe señalar que la visita a terreno no contempla: alojamiento, traslado y/o alimentación de los participantes, este costo deberá ser financiado por cada oferente participante. La lista de asistencia a la visita a terreno se abrirá 10 minutos antes de la hora acordada y se cerrará 5 minutos después, siendo este el tiempo máximo que tienen los oferentes para registrarse. El día de visita a terreno procederá según lo indicado en el Artículo 4 “Etapas y Plazos” de esta Licitación. Para tal efecto, se levantará un acta de registro de la visita de terreno, que deberá ser firmada por cada uno de los oferentes participantes, con cedula de identidad en mano. Este será el único contacto que se mantendrá con los oferentes durante la presente licitación.
VIGENCIA Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Vigencia de las ofertas. Las ofertas tendrán un plazo de validez mínimo de 90 días corridos, contados desde el plazo fijado para el cierre de recepción de ofertas, según se señale en el cronograma de la licitación. Si dentro del plazo antes referido no pudiera efectuarse la adjudicación, el Gobierno Regional de Aysén podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de sus ofertas por otro periodo igual. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Los Oferentes, al tiempo de realizar sus ofertas deben considerar todos los costos de instalaciones, materiales, y mano de obra, además de cubrir los pagos por garantías, pólizas, derechos municipales y cualquier otro gasto que demande la construcción. Presentación de ofertas. Las ofertas y todos los antecedentes que le sustenten, deberán ser ingresados en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl, conforme lo dispuesto en el Artículo N°16 de las presentes bases de licitación “Entrega de antecedentes de la licitación” y en formato papel las Garantías que no hayan sido emitidas en forma electrónica reguladas por la Ley N°19.799. Por la sola presentación de la propuesta, se entenderá que el oferente acepta las presentes Bases, Términos Técnicos de Referencia, aclaraciones y todos los antecedentes que forman parte de la presente licitación. Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través de la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases de Licitación. En consecuencia, será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas y anexos, así como constatar que el envío de su propuesta, a través del sistema de información, haya sido efectuado con éxito. Se recomienda verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 62 del Reglamento. Una vez vencido el plazo de presentación de ofertas, los oferentes no podrán introducir correcciones ni enmiendas a su oferta. El Gobierno Regional de Aysén no se hace responsable por los errores contenidos en la oferta, los que deberán ser asumidos íntegramente por el oferente. La omisión, distorsión o falsedad en cualquiera de los documentos o antecedentes presentados y requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta o la entrega de datos o información falsa, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada o para rescindir el Contrato cuando procediere, dictando la Resolución fundada correspondiente.
ENTREGA DE ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN
Los documentos deben ser ingresados digitalmente al portal www.mercadopúblico.cl, en idioma español, preferentemente en formato PDF o JPG, con el título del documento respectivo. (El nombre de cada archivo, debe indicar su contenido). Todos los Formatos deberán presentarse debidamente firmados por el oferente o bien por su representante legal, en caso de ser persona jurídica o apoderado en caso de UTP, en un formato no editable. Se debe realizar de forma electrónica la Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades”, electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales y jurídicas, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico, en el módulo de presentación de ofertas. Se deberán adjuntar digitalmente los formatos sugeridos como anexos administrativos, técnicos y económicos que se detallan a continuación. Serán aceptadas aquellas propuestas con formato propio sólo en el caso que contengan todo lo solicitado en estos formatos anexos. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberán presentarse firmados por quien actué como Apoderado o Representante de ella, quien tiene las facultades designadas para la presentación de las propuestas. Las ofertas solo podrán ser efectuadas hasta la hora y fecha de cierre señalados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl y en el Artículo 4 de las presentes Bases de Licitación “Etapas y Plazos, Cronograma de Licitación”. Las ofertas económicas deberán ser ingresadas en el portal www.mercadopublico.cl, en valores netos, de acuerdo a lo instruido por dicho sistema y en “Formato K: Oferta Económica – Presupuesto Detallado”, por el total del ítem. Al tenor de los dispuesto en el Artículo 62 del Reglamento de la ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, solo podrán efectuarse los procesos de compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del sistema de Información de acuerdo a las causales y circunstancias señalados en este Artículo.
GARANTÍAS
Generalidades: Las garantías deben deberán ser pagadera a la vista e irrevocables. Para efectos de las garantías que se requieren en las presentes bases el oferente deberá considerar lo establecido en el Reglamento de la Ley N°19.886, principalmente en los artículos 31 y 68. Las garantías podrán otorgarse física o electrónicamente, mediante uno o varios instrumentos financieros, irrevocables y pagaderos a la vista, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar. En los casos en que se otorgue de manera electrónica deberán ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso de que la garantía de que se trate no permita incorporar la glosa, deberá anotarse al reverso del documento la glosa indicada en las bases, verificando que quede expresamente identificado el oferente. Para el caso de la Garantía de Seriedad de la Oferta, si el oferente presenta más de una propuesta cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada en los términos indicados en las presentes bases, con todo, el oferente debiendo deberá presentar por cada oferta instrumentos de garantía por separado. Cuando se trate de Póliza de Seguro de Garantía deberán ser pagaderas a primer requerimiento y de ejecución inmediata, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio. Deberá indicar expresamente que es pagadera a todo evento, esto es que el pago de la prima corresponde a una obligación del contratante, en consecuencia, la falta de pago de la misma, no será oponible ni afectará en modo alguno los derechos del asegurado frente al asegurador. Solo se aceptan garantías en los términos descritos. Los plazos de renovación serán los establecidos en estas bases, ante modificaciones de contrato o plazos no establecidos el oferente tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles, desde que fuera solicitada su renovación por parte del Encargado de Contrato, para entregar las garantías que corresponda o realizar las modificaciones que corresponda a éstas. Para todo tipo de garantías, el mandante hará efectivo el cobro total del documento, si el contratista incurre en cualquiera de los incumplimientos mencionados en las bases de licitación. Garantías emitidas por una UTP Los instrumentos de garantía (garantías de seriedad de la oferta, de fiel cumplimiento del contrato, por anticipos o correcta ejecución), no necesariamente deben ser otorgados por el apoderado de una UTP, sino que pueden ser aportados por cualquiera de los integrantes de la UTP o incluso por un tercero ajeno a ellas, debiendo siempre ser a la vista e irrevocables y siempre en concordancia con el instrumento de constitución de estas. En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores podrá ser tomada por el Apoderado o un integrante de ésta según se establezca en instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores. TIPOS DE GARANTÍAS EXIGIDAS PARA EL PRESENTE PROCESO: A. GARANTÍA POR SERIEDAD DE LA OFERTA. El oferente que participe de la presente licitación, deberá garantizar la seriedad de su oferta mediante un instrumento de Garantía que sea PAGADERA A LA VISTA E IRREVOCABLE, válida por un monto de $ 6.000.000.- (seis millones de pesos) con un plazo de vigencia mínimo de 90 días corridos, a contar de la fecha del cierre de recepción de ofertas de la licitación. La garantía será tomada por el oferente (Apoderado o un integrante para el caso de las UTP) o por un tercero (En este caso el documento deberá consignar, además del objeto de la garantía, la individualización del sujeto por quien se rinde), en pesos chilenos a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5, con la siguiente glosa: GLOSA: PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA “CONSTRUCCIÓN SOLUCIONES ELÉCTRICAS FOTOVOLTAICAS VARIOS SECTORES COMUNA DE AYSÉN”, CÓDIGO BIP N° 40027665-0. Forma y Fecha de entrega: El plazo de recepción para la entrega de Garantía de Seriedad de la Oferta se extenderá hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas. Según el tipo de documento a entregar ya sea en forma física o soporte papel, o de forma electrónica de la siguiente manera: a. De las Garantías por Seriedad de la oferta, que sean emitidas o celebradas por escrito y en soporte papel o entregadas en forma física (vale decir, donde el tomador de la garantía realiza por lo general un proceso presencial) deberá ser presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, comuna y ciudad de Coyhaique, o bien enviarse por correo certificado a la misma dirección. El plazo para esta forma de entrega será hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de ofertas, según lo señala el cronograma de la licitación. El horario de atención a los oferentes, para estos efectos es de 08:00 y hasta las 14:00 horas de lunes a viernes. b. En caso de otorgarse como documento electrónico (vale decir, aquellos emitidos por las entidades financieras y bancarias por medios electrónicos, como por ejemplo página web), deberá ajustarse a lo establecido en la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, deberá hacerse llegar al correo electrónico institucional de la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén: oficinadepartes@goreaysen.cl, con copia a lcisterna@goreaysen.cl y emonsalve@goreaysen.cl. El plazo para la entrega será hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de ofertas, según indique el cronograma de la licitación. También hasta antes de la fecha y hora fijada para el cierre de presentación de ofertas, en el caso de otorgarse electrónicamente, podrá acompañarse o incorporarse como ANEXO Administrativo adjunto en su propuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl. Devolución y restitución instrumento de garantía: En caso de oferente adjudicado, la devolución de la Garantía se hará contra la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba la contratación. Para el caso de los instrumentos de Garantía por Seriedad de la Oferta, presentados por los proponentes cuyas ofertas sean declaradas inadmisibles, o siendo admisibles no resulten adjudicadas, el Gobierno Regional de Aysén, hará devolución de éstas dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde que sea resuelto el proceso adjudicatario. La Entidad licitante, procederá a hacer devolución de “Garantías por Seriedad de la Oferta”, al oferente al cual se adjudique la licitación, solo una vez que se recepcione la “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato” y suscrito el contrato por parte del adjudicatario. La Unidad Técnica encargada de la presente licitación informará de dicho acontecimiento por escrito a la División de Administración y Finanzas – Unidad de Tesorería, para que se proceda a la devolución de esta Garantía. En este último caso la Unidad de Tesorería solicitará que se proceda a endosar dichos documentos. La garantía por seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: 1. Si el oferente seleccionado se desistiere de su oferta, dentro del periodo de validez de su oferta. 2. Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, dentro del plazo establecido en las bases. 3. Cuando no presentare oportunamente la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en el plazo requerido en las presentes bases de licitación. 4. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo a lo indicado en bases de esta licitación. 5. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. 6. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presente bases. 7. Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato respectivo. 8. En caso de disolución de la Unión Temporal de Proveedores, y/o se desiste de continuar o por inhabilidad para continuar en la etapa de evaluación, adjudicación o ejecución del contrato. 9. En general por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente. B. GARANTÍA POR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El adjudicatario deberá otorgar, dentro del plazo de Suscripción del Contrato, Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, que sea PAGADERA A LA VISTA E IRREVOCABLE, por un 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado, con una vigencia mínima que considere más de 90 días corridos después de terminado el contrato, según lo señalado en el Artículo 70° del Reglamento de la Ley N°19.886. La garantía será tomada por el oferente (Apoderado o un integrante para el caso de las UTP) o por un tercero a nombre del adjudicatario, en pesos chilenos a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5, con la siguiente glosa: GLOSA: PARA GARANTIZAR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LICITACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN SOLUCIONES ELÉCTRICAS FOTOVOLTAICAS VARIOS SECTORES COMUNA DE AYSEN, CÓDIGO BIP N°40027665-0”. Instrumento de caución para resguardar el normal desarrollo del contrato, cuyo monto y período de vigencia, instancias de renovación se encuentra establecido en las presentes Bases Administrativas, para lo cual debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorga un aumento de plazo o de obras, si correspondiese. Fecha y forma de entrega: Hasta el día hábil anterior fijado para la suscripción del contrato se deberá hacer entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en caso de que la Garantía sea entregada por medio soporte papel, será presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, comuna y ciudad de Coyhaique, en horario de Atención de Público de 08:30 y hasta las 14:00 horas de lunes a viernes. En caso de otorgarse en formato electrónico, deberá hacerse llegar al correo electrónico institucional de Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén: oficinadepartes@goreaysen.cl, con copia a lcisterna@goreaysen.cl y emonsalve@goreaysen.cl , en igual plazo que para la garantía en soporte papel. La garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato se hará efectiva en los siguientes casos: • Por incumplimiento de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y los subcontratistas, si los hubiere). Lo anterior, sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. • No acatamiento de las observaciones formuladas por la respectiva Comisión Técnica Receptora. • Término Anticipado del contrato por incumplimiento del Proveedor. • Cobro de Multas • Otras causales establecidas en las correspondientes Bases Administrativas. Procedimiento de Devolución de Garantías Fiel Cumplimiento de Contrato. Las Garantías por Fiel Cumplimiento de Contrato serán devueltas al contratista a su solicitud una vez que se haya dado por terminada la ejecución de las obras, con Recepción Provisoria Conforme sin observaciones, previo reemplazo de ésta por la Garantía por la Correcta Ejecución de las Obras y aprobada mediante Resolución Exenta la respectiva Acta de Recepción Provisoria. La Unidad Técnica encargada de la presente licitación solicitará por escrito a la División de Presupuesto e Inversión Regional realizar las gestiones para la devolución Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato a través de la Unidad de Tesorería de la División de Administración y Finanzas. La Unidad de Tesorería será la encargada de realizar la devolución de las garantías, se revisarán los antecedentes y se procederá a confeccionar oficio dirigido al tomador de la garantía para la devolución del documento, a la dirección señalada en propuesta presentada por el oferente, en caso de realizarse en forma directa, ésta será entregada al tomador en las Oficinas del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a la elaboración del comprobante de devolución, el que será firmado por el tomador del documento garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. C. GARANTÍA POR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS: El adjudicatario deberá, a más tardar 30 días siguientes a la fecha de obtenida la Recepción Provisoria de la Obra, ingresar Garantía por la Correcta Ejecución de las Obras, que sea PAGADERA A LA VISTA E IRREVOCABLE, por un 10% (diez por ciento) del monto adjudicado, con una vigencia mínima de 1 año más 90 días corridos, desde el momento de la Recepción Provisoria de las Obras, según lo señalado en el Artículo 70 del Reglamento de la Ley N°19.886. Una vez recepcionada esta Garantía será devuelta la Garantía Fiel Cumplimiento del Contrato. La garantía será tomada por el oferente (Apoderado u otro integrante para el caso de las UTP) en pesos chilenos a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5, con la siguiente glosa: PARA GARANTIZAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO "CONSTRUCCIÓN SOLUCIONES ELÉCTRICAS FOTOVOLTAICAS VARIOS SECTORES COMUNA DE AYSÉN”, CÓDIGO BIP N°40027665-0 Procede hacer efectiva las garantías, generalmente, en las siguientes circunstancias: • No suscribir el adjudicatario el respectivo contrato en los plazos establecidos para aquello. • Si la UTP se disuelve y/o se desiste de continuar o por inhabilidad para continuar en la etapa de evaluación, adjudicación o ejecución del contrato. • Abandono de la obra por parte del contratista. • No acatamiento de las observaciones formuladas por la respectiva Comisión Receptora. • Deudas previsionales mantenidas con los trabajadores. • Para dar término a trabajos abandonados. • Término anticipado del contrato por incumplimiento del Contratista. • Cobro de multas. • Otras causales establecidas en las correspondientes Bases Administrativas.
COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS
La Comisión de Apertura y Evaluación estará conformada por tres (03) funcionarios del Gobierno Regional de Aysén, designados mediante el acto administrativo que apruebe las presentes bases, la que será la encargada de efectuar la apertura de las ofertas y de su evaluación conforme a los criterios señalados en la presente bases de licitación. La Comisión de Apertura y Evaluación será la responsable de los Procesos de Apertura, Admisibilidad de Ofertas, Evaluación y Proposición de Adjudicación, Readjudicación y/o Deserción. Los integrantes de las comisiones evaluadoras deberán sesionar en el ejercicio de sus funciones para la apertura y evaluación de las ofertas, con la asistencia de todos sus miembros, quedando constancia escrita en las actas, si corresponde, de aquellos integrantes que fueron reemplazados o subrogados, señalándose el contenido de sus deliberaciones, el que deberá ser suscrito por todos los miembros de la comisión. Esta Comisión deberá firmar la “Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés y Confidencialidad de los miembros”, comprometiéndose a informar sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de la misma. Además, deberán dar cumplimiento con lo señalado en el Artículo 35 nonies en la Ley N° 21.634 qué moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas, respecto a la ausencia de conflictos de interés en este proceso de licitación, y el deber de abstenerse si surgiera alguna causal, debiendo poner en conocimiento a su jefe superior jerárquico, de la causal o causales específicas que lo afecten. Los integrantes de la comisión Evaluadora designada, así como todos los intervinientes en este proceso licitatorio deben dar especial cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 35 quinquies del Capítulo VII de la Ley 21634, que moderniza Ley N°19886, respecto al deber de abstención de autoridades y funcionarios, así como también lo indicado en los artículos 6° bis, 27°, 37°, 39° y 40° bis, del Decreto Nº 250 del Ministerio de Hacienda (Reglamento de Compras Públicas). El Informe Final denominado “Acta de Evaluación y Propuesta de Adjudicación” de la Comisión Evaluadora, deberá tener en cuenta lo indicado en los párrafos anteriores y las materias señaladas en el Artículo N°40 bis del Decreto 250 Reglamento de Compras Públicas. Los integrantes de esta comisión deberán informar en el marco de la Ley 20.730, que regula la Ley del Lobby, sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrante de la comisión evaluadora, en lo que respecta a las audiencias o reuniones que le sean solicitadas, así como donativos recibidos de terceros (oferentes o no), o viajes realizados en el periodo como integrante de Comisión Evaluadora como sujeto pasivo temporal o transitorio, desde la fecha de inicio en que fue designado mediante acto administrativo que la constituye para ser integrante de esta comisión y hasta la fecha de adjudicación señalada en el cronograma de adjudicación de las presentes bases de licitación pública del Gobierno Regional de Aysén.
PROCESO DE APERTURA DE LA LICITACIÓN
Una vez constituida la Comisión de Apertura y Evaluación de esta licitación pública nombrada para el efecto, ésta deberá realizar el Acto de Apertura en el portal www.mercadopublico.cl, donde se revisará y verificará los oferentes participantes y la existencia de archivos adjuntos: Garantía de Seriedad de Oferta, documentos administrativos, oferta técnica y Económica. El proceso de apertura de la licitación se realizará en una única etapa, en la que se abrirán las ofertas técnicas y económica, de acuerdo al cronograma de estas Bases Administrativas, lo que será formalizado ante la Comisión Evaluadora nombrada para el efecto, en este proceso se levantará la denominada Acta de Apertura, y en la que se registrará: · El ingreso de la Boleta de Garantía por Seriedad de la Oferta y de los Antecedentes Anexos al portal Mercado Público dentro de plazo. · Apertura Documentos Anexos, Oferta Técnica y Económica: La ausencia de los documentos requeridos será registrada en el Acta de Apertura. · Acta de Apertura: todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura”, el cual será suscrito por los miembros de la Comisión de Apertura que efectivamente participaron de este proceso. · Observaciones de la Comisión de Apertura: En caso de considerarlo pertinente.
ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Para que las ofertas sean declaradas admisibles, es decir, que sean susceptibles de ser evaluadas por la Comisión Evaluadora respectiva, es necesario que cumplan con: 1. La presentación dentro de plazo del Instrumento de Garantía por Seriedad de la Oferta, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4 y el Artículo 17 letra a) de las presentes Bases. Cualquier disconformidad observada, será evaluada por la Comisión de apertura, quién determinará en base a las normas de Compras Públicas, si procede declarar no admisible la oferta. 2. Haber participado de la visita de terreno obligatoria, en los términos requeridos en el Artículo 14 de las presentes bases. 3. Se debe Cumplir con los requerimientos técnicos mínimos solicitados en Artículo 8 “PRODUCTOS REQUERIDOS Y SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, el no cumplimiento de uno o más ítems solicitados se declarará inadmisible. El oferente deberá indicar su oferta en la columna “Descripción de la Oferta” del Formato H” REQUERIMIENTOS TÉCNICOS”, información que será analizada por la comisión. Se verificará el envío de respaldos (fichas técnicas, catálogos u otros). La Comisión designada verificará el cumplimiento de lo establecido en las letras precedentes, indicando en el informe respectivo las ofertas que no se ajusten a los requerimientos de presentación, las que serán declaradas inadmisibles mediante resolución fundada y publicada en el sitio www.mercadopublico.cl. Se deja constancia que la no presentación de los antecedentes requeridos para la admisibilidad de las ofertas en la forma establecida, no podrá ser subsanada durante la etapa de evaluación de las mismas. Cumpliendo este procedimiento, se aceptarán las ofertas individualmente, en caso que alguna oferta no cumpla con los antecedentes solicitados en este Artículo, serán declarados inadmisibles. Todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas”, el cual no podrá ser modificado en forma posterior.
PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Participarán del proceso de evaluación, los oferentes que ingresen su oferta en soporte electrónico y que cumplan con todos los requisitos de admisibilidad señalados en el punto anterior. Se verificará el cumplimiento de aspectos legales o reglamentarios que impidan contratar con el Estado. La Comisión Evaluadora estará facultada de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y no impida la correcta evaluación de las propuestas; asimismo, la comisión podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, siempre que no se refieran a los requisitos exigidos para la presentación de las ofertas, no implique otorgar ventajas o privilegios respecto de los demás oferentes y siempre con estricta sujeción a las bases que rigen la presente licitación. Las interacciones realizadas en el foro inverso deberán ser reflejadas en el Acta de Evaluación, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl La Entidad Licitante, en conformidad con el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas, podrá también permitir la presentación de certificados o antecedentes omitidos al tiempo de presentar las ofertas, siempre y cuando no se refieran a los necesarios para su admisibilidad y que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas o se refieran a situaciones no sujetas a variación. En el caso que existan discrepancias en los antecedentes o estos estén incompletos, la Comisión podrá solicitar que estos se clarifiquen o se entreguen a través del foro inverso del portal mercado público, sin afectar el principio de estricta sujeción de las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes; para lo anterior se otorgará un plazo de 48 horas para subsanar los defectos u observaciones detectadas. Al subsanar estas observaciones el oferente estará afecto a descuento de la ponderación de su evaluación. Toda la información obtenida en esta etapa, quedará registrada en el Acta de Evaluación que emitirá la “Comisión Evaluadora”, considerando el análisis de admisibilidad de cada una de las propuestas presentadas, el cumplimiento de los antecedentes solicitados y la calificación fundada de cada una de las ofertas según los criterios de evaluación establecidos (utilizándose dos decimales para la ponderación). Se consignará además una tabla resumen en que conste la prelación de los oferentes que se encuentren habilitados para adjudicarse el servicio/producto, de acuerdo con el puntaje obtenido y demás requisitos legales.
PROCESO DE ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN
a) Adjudicación: Una vez evaluadas las ofertas por obras de conservación solicitadas en esta licitación pública, la Comisión Evaluadora recomendará a la Autoridad competente adjudicar, la oferta que presente la propuesta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos en cada criterio de evaluación, la asignación de puntajes y la formulación de cálculo realizada. Y considerando la posibilidad de dejar nula la adjudicación, en caso de que se comprobara que el oferente con la propuesta más conveniente no cumple finalmente con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley 19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley, respecto a las Inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés, que afectan a los proveedores que participan en el proceso, tal como lo indica el artículo N°5 de estas bases. La Adjudicación se realizará mediante Acto Administrativo, a través de una Resolución Fundada, la cual contendrá el Acta Apertura y Evaluación realizada por la Comisión Evaluadora y la recomendación de adjudicación obtenida en base al resultado de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 41 del Reglamento de Compras y Contratación Pública. La Resolución de Adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán posteriormente a su total tramitación, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 41 del Reglamento. En caso de resultar adjudicada esta licitación a una Unión Temporal de Proveedores, el informe de evaluación y el acto administrativo de adjudicación deberán individualizar a cada uno de los proveedores que forman parte de la Unión Temporal de Proveedores. Si la UTP, durante la evaluación de la licitación se disuelve, esta no podrá ser adjudicada. Sin perjuicio de lo anterior si esta UTP es constituida por 3 o más integrantes y uno de ellos se retira, aquella podría continuar participando con los restantes integrantes, siempre que: 1. La UTP pueda mantener los términos comprometidos en la oferta 2. Los restantes integrantes mantengan el cumplimiento de los requisitos mínimos para que la oferta pueda ser admitida, de acuerdo con los antecedentes que cuente la comisión. 3. La UTP podrá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. 4. El integrante retirado no podrá ser reemplazado. 5. La UTP deberá informar en un plazo de 24 horas a esta entidad el retiro de uno o más de sus integrantes, si esto fuera durante el proceso de evaluación de las ofertas o de su adjudicación. 6. Si, cumpliendo con lo establecido en el párrafo anterior, la UTP deberá informar si continuará participando de este proceso de licitación o si desisten de su oferta, lo que dará derecho a cobro de las garantías que corresponda conforme a estas bases. b) Resolución de empates: Si se produce coincidencia o empate entre dos o más ofertas en el puntaje final, se resolverá favoreciendo a quien presente el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Propuesta Técnica”; de persistir el empate, se resolverá según el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Propuesta Económica”; de continuar el empate se preferirá al oferente que tenga mayor puntaje en el criterio de evaluación: “Experiencia del Proponente”, si de igual manera continuara el estado de empate se resolverá por aquella oferta que haya ingresado primero en el portal www.mercadopublico.cl, cotejándose por la Comisión Evaluadora a través del “Comprobante de Oferta” que indica la fecha y hora de ingreso de dicha oferta. c) Cláusula de Readjudicación: Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario: 1. Se desistiere de su oferta. 2. Por no presentar dentro de plazo la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo señalado en Artículo 15 de estas Bases. 3. Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la resolución que aprueba la contratación. 4. Por no formalizar el contrato de acuerdo a lo señalado en el Artículo 25 de las presentes bases de licitación. 5. Por decisión de los integrantes de la UTP, comunicada formalmente, debido a la inhabilidad de alguno de estos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases 6. Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato. 7. Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de contrato. 8. Cuando se comprobase que el proponente que haya obtenido el mayor puntaje, incumple con algunas de las causales declaradas y establecidas a través del Artículo 5 de estas bases, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley N°19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley, que tienen que ver con las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés. Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. Así también el Gobierno Regional de Aysén, podrá readjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de las propuestas y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén. Lo anterior previa verificación del presupuesto disponible para la propuesta, es decir, se verificará si la oferta que se quiere readjudicar se enmarca dentro del presupuesto que dispone el Gobierno Regional de Aysén. d) Declarará Desierta la Licitación: En el caso de que no se hayan presentado ofertas o si se estima que las ofertas presentadas no son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a declarar desierta la licitación por Resolución Fundada, sin derecho a indemnización alguna para los oferentes. (Art. 9°, Ley de Compras) Sin perjuicio de lo anterior el Gobierno Regional de Aysén podrá: Revocar: Conforme al artículo N°61 de la Ley N°19.880 sobre Procedimientos Administrativos, “Los actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que los hubiere dictado”, precisando en su inciso segundo, que ella no procederá: a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) Cuando La Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o c) Cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto”. Declarar desierto el proceso de licitación, previo a la resolución de adjudicación, si no se cuenta con la aprobación presupuestaria para adjudicar (Art.3° del Reglamento). Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundamentando el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. Sin perjuicio de lo anterior el Gobierno Regional de Aysén también podrá dejar desierta la Licitación en caso que se comprobase que las ofertas presentadas incumplen con algunas de las causales declaradas y establecidas a través del Artículo 5 de estas bases, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley 19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley, que tienen que ver con las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés. e) Consultas referentes a la adjudicación: Los oferentes que tengan consultas respecto a la adjudicación, podrán realizarlas después de publicado en el Portal Sistema de Información www.mercadopublico.cl, la resolución de adjudicación, para lo cual deberá ingresar su consulta al remitente: lcisterna@goreaysen.cl y/o emonsalve@goreaysen.cl. Tanto la adjudicación como la re-adjudicación serán notificadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl La fecha fijada en el cronograma para la adjudicación podrá ser modificado por la Entidad Licitante mediante acto administrativo fundado y publicado en el sistema de información.
CONTRATO
LA PRESENTE PROPUESTA SE CONTRATARÁ BAJO LA MODALIDAD DE SUMA ALZADA Y SIN REAJUSTES NI INTERESES.
FORMALIDADES
El Gobierno Regional de Aysén solo podrá suscribir contrato con aquel o aquellos oferentes que resultaren adjudicados, y se encuentre en estado Hábil en el Registro de Proveedores de ChileCompra y cumplan además con la normativa vigente, establecida en los Artículos N° 5, N° 6 y N° 7 de las presentes bases que versan acerca de las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés en las Compras Públicas, Capítulo VII de la ley 21.634 que moderniza la Ley 19.886 de Compras Públicas. Para la firma del contrato respectivo, el Adjudicatario deberá: a) Presentar documentación y antecedentes según corresponda: Personas Naturales Las personas naturales deberán al momento de contratar encontrarse hábiles para contratar con el Estado. En caso en que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación para la confección del documento contractual: • Fotocopia de cédula identidad • Fotocopia Rol Único Tributario • Fotocopia Iniciación de Actividades Personas Jurídicas Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo. Lo anterior, siempre que los antecedentes no se encuentren validados y vigentes por el portal Registro de Proveedores del Mercado Público. En caso en que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar: ● Rol único Tributario. ● Cédula de identidad del Representante Legal. ● Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses. ● Certificado de vigencia de poderes, del Registro de Comercio respectivo de fecha no superior a seis meses. ● Escritura de constitución de sociedad o empresa, con indicación de su inscripción en el Registro de Comercio y fecha de publicación en el Diario Oficial. ● En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el artículo 12 de dicha ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad a las normas legales”. Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras, deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandatario con poder suficiente, y cumplir con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886. Unión Temporal De Proveedores. En adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, bastando esta única formalidad para la constitución de la Unión Temporal de Proveedores debiendo entregarse una vez adjudicada la presente licitación, señalándose la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, debiendo nombrar a un representante o apoderado con poderes suficientes, para representar a todos sus integrantes. Cabe hacer presente que de resultar adjudicada la Unión Temporal de Proveedores, uno de sus integrantes (que forma parte inherente del oferente), se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, se procederá a la readjudicación de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases. Del mismo modo, si con posterioridad a la adjudicación y previo a la firma del contrato alguno de sus integrantes es inhábil. b) Saldos Insolutos: En conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 inc. 2° de la ley 19.886, si fuera el caso, en que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El Gobierno Regional exigirá, de concurrir las circunstancias anteriormente expresadas, que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. c) Otorgar Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato: según lo estipulado en el artículo 17 letra b) Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, de las presentes bases. d) Suscripción de Contrato: suscribir contrato dentro de los 15 días hábiles administrativos siguientes a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el sitio www.mercadopublico.cl, acreditando estar Hábiles para Contratar con el Estado y no encontrarse afectos por alguna de las causales de inhabilidades o incompatibilidades establecidas en el Art. 4° de la Ley N° 19.886, en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, estas obligaciones deberán ser cumplidas por cada uno de sus integrantes. Además, deberán adjuntar los antecedentes solicitados en el Artículo 5 de las presentes Bases dependiendo de la naturaleza del Oferente (Persona Natural, Jurídica, Unión Temporal de Proveedores), salvo que dichos antecedentes se encuentren en el Registro Electrónico de Registro de Proveedores del Mercado Público. En el caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá adjuntar la Escritura Pública que formaliza el Acuerdo, a menos que dicho instrumento haya sido presentado al momento de la oferta. Para todos los efectos legales el Adjudicatario deberá fijar domicilio en la ciudad de Coyhaique. La inobservancia de estas formalidades facultará al Gobierno Regional de Aysén, para proceder a la Readjudicación de acuerdo a los términos establecidos en el Artículo 17 de estas Bases de Licitación.
VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del contrato se extiende desde el día hábil siguiente a la total tramitación de la Resolución que apruebe la Suscripción del Contrato, hasta la fecha en que se produzca la Recepción Definitiva de la obra cuya ejecución se contrata. En consecuencia, el Contratista mantendrá las obligaciones impuestas por el contrato sólo una vez que la ITO haya levantado el Acta de Recepción Definitiva, pues en caso contrario, el Gobierno Regional de Aysén procederá a dar término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del Contratista y al cobro de las garantías otorgadas, según corresponda. El plazo para la ejecución de la obra es una obligación esencial del Contrato, la que no debe confundirse con la vigencia del mismo. Los contratos podrán dejarse sin efecto, es decir declararlos nulos cuando ocurra infracción a lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley 19.886, interpuesta por la Ley 21.634 que moderniza dicha Ley.
ANTICIPOS
Estas obras no contemplan otorgar anticipos.
MODIFICACIONES DE CONTRATO
El contrato celebrado bajo modalidad de suma alzada y sin reajuste, podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando no se modifique la naturaleza del mismo, y que dichas modificaciones se atengan a los estipulado en Bases y el Contrato, considerando lo siguiente: a) Aumentos de Obra: Esto es, en los casos que, por razones fundadas y calificadas por el Gobierno Regional de Aysén, las partidas contratadas inicialmente deban sufrir un incremento, las cuales se aumentarán en proporción y/o de acuerdo a los precios inicialmente pactados. b) Disminuciones de Obra: Esto es, en los casos que, por razones fundadas y calificadas por el Gobierno Regional de Aysén, las partidas contratadas inicialmente deban ser disminuidas en proporción y/o de acuerdo a los precios inicialmente pactados. Esta disminución se realizará siempre que se trate de modificaciones del proyecto contratado y que la disminución comprenda partidas o porcentajes de ellas perfectamente determinadas y valorizadas. c) Obras Extraordinarias o Nuevas: Esto es, en los casos que, por razones fundadas y calificadas por el Gobierno Regional de Aysén, se deban aprobar partidas adicionales al contrato pactado inicialmente, las cuales se contratarán a precios convenidos con el Contratista. Para que estas modificaciones tengan lugar, es necesario que el Contratista así lo requiera, justificando las razones o las causas que las hicieran procedentes, contando además con un informe técnicamente favorable del Inspector Técnico de Obras. d) Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos de obras u obras nuevas o extraordinarias, deberán también rendirse garantías sobre ellas, en el porcentaje y plazo adicional si corresponde. En caso de implicar aumento de plazo del contrato, el Contratista deberá extender consecuentemente el plazo de vigencia de las garantías. e) Prórroga del plazo de ejecución: En la forma y en términos definidos en el Artículo 11 “Plazo para la ejecución de la obra y Prórrogas”, de las presentes bases Administrativas.
ENTREGA DE TERRENO
Los trabajos encomendados se realizarán en los terrenos de cada beneficiario. Por consiguiente, se firmará sólo un documento denominado “Acta de Entrega de Terreno” que incluirá a todos los beneficiarios, siendo la fecha de esta Acta, cuando comenzará a regir el plazo estipulado para la ejecución de las obras. El acta deberá firmarse por el ITO y el contratista, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la emisión de la Resolución que apruebe la Suscripción del Contrato.
PAGO DEL AVANCE DE OBRAS
El pago de las obras contratadas se efectuará contra factura, según corresponda de acuerdo al avance de las obras y lo determinado por la ITO. Así, para que se efectúe el pago respectivo es necesario que el oferente contratante, extienda una factura a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5, con domicilio en calle Ejército N°405, Coyhaique, cuya glosa deberá indicar “Construcción Soluciones Eléctricas Fotovoltaicas Varios Sectores Comuna de Aysén”, Código BIP N° 40027665-0. Enviar archivo XML a Casilla intercambio SII: dipresrecepcion@custodium.com En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, la facturación deberá ser realizada por el Apoderado o por quien se indique en el Acuerdo UTP – Escritura Pública, el que deberá emitir el documento tributario que corresponda. Quien facture, será a quien el Gobierno Regional de Aysén realice el pago correspondiente. El Oferente deberá al momento de suscribir el contrato que corresponda, indicar los datos bancarios para el pago a través de transferencia electrónica. El Pago será realizado por este Gobierno Regional de Aysén. Para que éste sea cursado es necesario que se encuentre debidamente autorizado y visado por el supervisor del contrato mediante informe de recepción, para ser autorizado por la Jefatura de División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional de Aysén. En caso de Factoring o Cesión de Crédito las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas y con las exigencias de la ley 19.883, notificando oportunamente de acuerdo con la normativa legal vigente. De acuerdo a la naturaleza del contrato, el avance en la ejecución del mismo se cancelará mediante “Estados de Pago” o parcialidades, que para el caso de obras civiles constituye obra edificada o construida, en lo particular por solución fotovoltaica instalada y operativa, por tanto, no se pagarán materiales puestos en obra o adquiridos por el Contratista. Será requisito para cada Estado de Pago, que el proveedor haya resuelto todos los saldos insolutos de remuneraciones y cotizaciones de Seguridad Social que mantenga vigentes con sus actuales trabajadores y con los trabajadores contratados para la ejecución de las obras. El incumplimiento de esta disposición generará la resolución del contrato, sin que el proveedor tenga derecho a pago alguno. Sin perjuicio de lo anterior, se considerará el costo de cada partida de las soluciones fotovoltaicas individuales. La solicitud respectiva deberá efectuarse utilizando formato proporcionado por el Gobierno Regional de Aysén, el que deberá ser presentado por el Contratista de acuerdo al número de soluciones totalmente terminadas y que el contratista solicita ser pagadas, correspondiendo al ITO, verificar en terreno la efectividad del avance físico real de obras, con el avance físico programado (Carta Gantt y curva de avance acumulada). Informado por el Contratista, y habiendo concordancia con lo informado otorgará su visto bueno, y cursará el pago solicitado. Los documentos que se deberán acompañar a la solicitud de estado de pago serán los siguientes: 1. Carta u documento formal de solicitando el correspondiente estado de pago, realizado por el representante legal de la empresa Contratista. 2. Informe de Avance de las Obras y Registro Fotográfico, incluyendo fotografías a color digital de medidas correspondientes a 10 x 15 actualizadas de las obras realizadas. 3. Certificaciones de calidad de materiales y/o partidas del proyecto, que hayan sido solicitadas por la inspección técnica de obra (ITO) 4. Estado de pago de acuerdo a formato proporcionado por el Gobierno Regional de Aysén, debidamente firmado por el contratista y autorizado. 5. Otros documentos solicitados por el mandante o por el I.T.O. o mencionados por el Contrato y que sean necesarios para respaldar el Estado de Pago. 6. Factura extendida a nombre del Gobierno Regional de Aysén, RUT 72.222.000-5, con domicilio en calle Ejercito N° 405, Coyhaique, Región de Aysén. 7. Certificado de la Inspección del Trabajo, relativo al Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales respecto de los trabajadores de la Empresa Contratista. Para cursar el pago no debe haber reclamos pendientes lo que se verificara mediante la presentación de los formularios F30 (No exigible en el primer estado de pago) y Formulario F30-1, emitidos en el mes que se solicita la tramitación del estado de pago y correspondiente a las remuneraciones del mes inmediatamente anterior, en caso de existir. 8. Copia de Liquidaciones de Sueldo y finiquitos del mes correspondiente. Solo una vez que la Unidad Técnica vise los antecedentes antes presentados, certificando su conformidad con el estado de avance y con la demás documentación presentada, la empresa contratada podrá emitir la Factura, extendida a según lo señalado en las Bases Administrativas. La cancelación de los estados de pagos correspondientes a aumentos de obra, deberán continuar con la numeración de pago correlativo conforme al contrato original. Para el último estado de pago, será requisito que se encuentre acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para todo el periodo que comprendió el desarrollo de la obra. Del mismo modo, deberá adjuntarse el Acta de recepción Provisoria sin observaciones y boleta de garantía por Correcta ejecución de las obras.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
a) Ejecutar correctamente, de buena fe, con estricta sujeción a los requerimientos técnicos exigidos y dentro del plazo establecido o de su prórroga, la obra contratada. b) El Contratista deberá contar con el Profesional inscrito en el Registro Nacional de Instaladores de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), Clase “C” o superior, quién será el Jefe de Obra y representará al Contratista en ella. La dirección de la obra estará a cargo del propio Contratista o de un representante suyo, cuyo nombre y datos deben ser proporcionados al Gobierno Regional, al iniciarse la obra. c) En caso que en que el Contratista en su oferta haya informado la subcontratación de todo o parte de la obra, no podrá recontratarse los servicios a una persona natural o jurídica distinta, sin previa autorización expresa del Gobierno Regional en base a la experiencia que se acredite al efecto. d) Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, el Contratista deberá informar al Gobierno Regional toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del contrato y/o de la obra, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños o retrasos ocasionados. e) Es obligación del Contratista asistir a las reuniones a que le cite el ITO, la Unidad Técnica y/o el Gobierno Regional, sin perjuicio a su derecho de excusa por causa justificada, siendo la propia ITO quien evaluará el mérito de la excusa presentada. f) Deberá el Contratista entregar oportunamente todos los antecedentes que el ITO, la Unidad Técnica y/o el Gobierno Regional de Aysén le requiera. g) El Contratista, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de entrega de terreno deberá instalar un letrero para estas obras, el cual se ubicará según indicación de la ITO en uno de los sectores que abarca este proyecto: La Barra, El Salto, Rio Caracoles, Rio Cóndor, Pangal Alto, Rio Tabo, Los Torreones, Rio Blanco, Bahía Chacabuco, Laguna Los Palos y Lago Riesco, todos de la Comuna de Aysén, Provincia de Aysén Este letrero de identificación de la obra deberá ser confeccionado de acuerdo a las Normas Graficas del Gobierno Regional adjuntas a la presente Licitación y su leyenda deberá ser cambiada de acuerdo al avance financiero de la obra, según señala la ya mencionada norma gráfica. Se considerará también obligación del contratista el considerar la materialidad utilizada sea la adecuada para sostener el letrero considerando el suelo y las condiciones climáticas de la zona donde será emplazado, siendo además responsabilidad del contratista el mantener en buen estado y visible el referido letrero. h) El Contratista es responsable de mantener vigentes las garantías que otorgue, en virtud de lo establecido en estas bases. i) Será responsabilidad del Contratista evitar todo impacto ambiental adverso en la obra y en su área circundante, debiendo tener especial cuidado tanto con las especies forestales como con la fauna silvestre en peligro de extinción que aniden en el área. En las Bases o Especificaciones Técnicas se indicarán las condiciones para el traslado y/o reposición de especies que puedan resultar afectadas por las obras, cuando proceda. j) Si el proyecto que se contrata afecta el tránsito local, el Contratista deberá procurar la seguridad del tránsito para vehículos y peatones, debiendo proveer, colocar y mantener letreros y señales de peligro, diurno y nocturno, durante todo el período de las faenas. Esta señalización de carácter provisional deberá ser retirada por el Contratista, al término de la construcción de cada sector. k) El Contratista deberá proveer un Libro de Obras, foliado y en triplicado, el que se deberá mantener en la faena bajo la custodia del Jefe de Obras. l) Al término de las obras, el Contratista deberá despejar y retirar del sitio de las obras todos los materiales excedentes, obras provisorias, escombros y basuras de cualquier especie. m) Desde el inicio hasta el término total de las obras el Contratista asumirá plena responsabilidad por la seguridad y el cuidado de éstas y de todas las obras provisionales, debiendo responder por los daños que pudieran producirse en ellas, por cualquier causa. n) El Contratista deberá dar cumplimiento a lo determinado en las bases de licitación del contrato, respecto a la calidad y número de profesionales que debe mantener en terreno durante la ejecución de la obra. o) El Contratista o el jefe de la obra a cargo de los trabajos, estará obligado a acompañar a los funcionarios del Servicio que tengan encargo de visitar o inspeccionar la obra, cuando estos lo solicitaren al menos con 5 días hábiles de anticipación, debiendo dar todas las facilidades que les permitan hacer una revisión prolija de ella y, asimismo, verificar los controles y otros documentos que guarden relación con el contrato. p) El Contratista estará obligado a proporcionar a todos los trabajadores de la presente obra, las condiciones de seguridad, salubridad y seguridad, y en general estará obligado a cumplir cabalmente las exigencias contempladas en la legislación vigente. q) El Contratista deberá dar oportuno cumplimiento al pago de las obligaciones previsionales y laborales del personal ocupado en las faenas, incluido el personal de las empresas Sub- Contratistas, exigiéndose para ello el certificado correspondiente emitido por la Dirección del Trabajo respectiva, documento que será requisito para la cancelación de estados de pago de la obra, cumpliendo así con la Normativa del Derecho Laboral. r) El Contratista estará obligado a proporcionar al Gobierno Regional de Aysén los datos que se le soliciten, en conformidad a las instrucciones que para este objeto se le impartan. s) El Contratista deberá inscribir en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles el proyecto de instalación eléctrica interior del sistema de generación fotovoltaica dentro del plazo establecido para la ejecución de la obra. Si esta obligación no es cumplida se hará aplicable lo establecido sobre multas y sanciones de estas Bases Administrativas. t) En materia de remuneraciones el empleador deberá velar por el cumplimiento del principio de igualdad entre el trabajo masculino y femenino por un servicio de igual valor. u) De forma de resguardar la equidad de los trabajadores y trabajadoras durante la ejecución de la obra, el Contratista estará obligado a proporcionar espacios diferenciados por sexo. Se considerarán dormitorios y servicios higiénicos, independientes para ambos sexos en la habilitación de recintos en la instalación de faenas y también en terreno. v) Para el caso Procedimiento de factoring o cesión de crédito, las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas y con las exigencias de la ley 19.883, notificando oportunamente de acuerdo con la normativa legal vigente.
INSPECCION TECNICA DE LAS OBRAS (ITO)
La Inspección Técnica de Obras I.T.O. será el interlocutor válido ante el Contratista por parte de Gobierno Regional de Aysén, será designada por resolución de la autoridad máxima del servicio, nombrando un inspector titular y un suplente. Se deberá considerar lo siguiente: a) Se aceptará como medio de comunicación oficial entre la ITO y el Contratista, el correo electrónico, cartas ingresadas a la oficina de partes del Gobierno Regional o alguna comunicación a través del Libro de Obras, el cual deberá ser foliado en triplicado y autocopiativo, quedando una copia en poder del ITO y en donde se deberá dejar constancia de: • Los avances de Obras. • Las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecutan los trabajos. • Órdenes impartidas por el Inspector Técnico de Obra y la Unidad Técnica. • Multas Aplicadas. • Apelaciones a multas aplicadas. • Aumentos de Obras que sea necesario ejecutar cuyos presupuestos debe presentar el contratista. En este último caso se individualizará la obra a ejecutar, al Contratista y al inspector técnico de obras, y solo con la firma de ambas partes se validará el comunicado aquí registrado. Debido a la naturaleza de los trabajos, el libro permanecerá en poder del profesional en obra, o en otro lugar previamente acordado por ambas partes. b) En la Construcción de las Soluciones Fotovoltaicas regidas por las presentes bases, la responsabilidad de su correcta y oportuna ejecución conforme al proyecto aprobado, a las bases administrativas y a las normas técnicas vigentes, recaerá en el contratista. c) Sin perjuicio de lo descrito en el punto anterior, a la I.T.O., le corresponderá velar, en los términos que se señalan en las presentes bases, para que las obras que se ejecuten cumplan con las especificaciones técnicas y planos, mejoras ofertadas y normativa vigente. d) El Contratista estará obligado a prestar toda la colaboración y otorgar el máximo de facilidades que requiera la I.T.O. para desempeñar su labor, de no existir tal colaboración se entenderá como un incumplimiento a las instrucciones de la I.T.O., aplicándose las multas correspondientes. e) La I.T.O. podrá observar la labor de los trabajadores del contratista, y exigir su reemplazo cuando por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado, a juicio de la I.T.O., siendo responsable el contratista de los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona observada. f) La I.T.O. tendrá la facultad de solicitar demolición parcial de las obras o solicitar el reemplazo de materiales que a su juicio estén deteriorados, sean de segunda mano o no cumplan con las Especificaciones Técnicas o no acrediten las certificaciones respectivas. g) Las instrucciones que imparta la I.T.O. al contratista deberá realizarlas por escrito de acuerdo a los medios indicados en la letra a). h) El incumplimiento de una orden no apelada, faculta a la I.T.O., para paralizar las faenas hasta que dicha orden sea acatada o para hacerla ejecutar la orden por cuenta y cargo del contratista, sin perjuicio de aplicar una multa. i) Durante el transcurso de la obra será responsabilidad de la I.T.O. comparar el avance de la obra con los estipulados en el Programa de Trabajo o Carta Gantt correspondiente, evaluación que deberá quedar reflejada en el formato o carátula del estado de pago respectivo. j) El contratista, a solicitud de la I.T.O. deberá presentar, en caso de atraso en el plazo de ejecución, una reprogramación financiera a la I.T.O. y de ser pertinente conforme a lo señalado en las presentes bases, podrá presentar solicitud de aumento de plazo. No obstante, se deberá considerar la aplicación de multas de acuerdo a lo indicado en el Artículo 35 de estas bases.
ENTREGA PARCIAL DE OBRAS
a) Dependiendo de la naturaleza del proyecto, el contratista podrá proponer entregas parciales de sectores o soluciones claramente identificadas, totalmente terminadas y habilitadas, funcionando en forma independiente de los lotes o unidades de soluciones fotovoltaicas restantes del proyecto, sin perjuicio de lo solicitado por el mandante en las Bases Administrativas. Estos sectores o etapas deberán contar todas las aprobaciones y normas exigidas en estas bases, para la recepción de las obras. Cada etapa será recibida por le mandante una vez cumplidos por el contratista todos los requisitos y procedimientos estipulados en las presentes bases. No obstante, el contratista no está liberado de responsabilidad en la aplicación de multas por incumplimiento de plazos sobre el total del contrato, hasta la fecha en que se levante el acta de recepción. b) El procedimiento administrativo para solicitar recepción o entrega parcial de obra, se ajustará a lo descrito para la solicitud de recepción provisoria de obras.
RECEPCION PROVISORIA DE LAS OBRAS
a) El Contratista deberá solicitar la Recepción Provisoria por escrito mediante carta, enviada a la Unidad Técnica del Gobierno Regional de Aysén (División de Infraestructura y Transportes). En esta solicitud se deberá indicar la fecha precisa en que proyecta la terminación de las obras, desde la cual se contará el plazo para que se constituya en terreno la Comisión de la Unidad Técnica designada al efecto, sin perjuicio que lo haga previamente el Inspector Técnico de las Obra, quien tendrá la facultad de ratificar lo indicado por el contratista o informar fundadamente el verdadero avance de las obras. b) Una vez que el Inspector Técnico de las Obras, informe mediante memo interno que las obras han sido terminadas satisfactoriamente, el Gobierno Regional de Aysén, nombrará por resolución una Comisión Técnica Receptora integrada por a lo menos tres (3) funcionarios pertenecientes a la Unidad Técnica, dejando establecido la emisión de un acta de la situación de avance de las obras, anotar observaciones si procediera y en mérito a esto determinar si la comisión recomienda o no la Recepción Provisoria del Proyecto. Este informe será dirigido a la autoridad mandataria de esta comisión. La asistencia de dos de los miembros de la Comisión será suficiente para proceder a la inspección correspondiente y levantamiento del Acta de Recepción Provisoria. c) La Comisión para proceder a la Recepción Provisoria de la obra deberá inspeccionar las soluciones fotovoltaicas instaladas, las que deberán contar con el certificado de recepción conforme de cada uno de los beneficiados e informe favorable del ITO de la totalidad de las soluciones instaladas. Para estos efectos se fijará una fecha, de mutuo acuerdo entre el Gobierno Regional de Aysén y el Contratista de las Obras, de no existir un acuerdo el Gobierno Regional comunicará a la empresa Contratista, con al menos 10 días hábiles de antelación, la fecha fijada para la visita, esto con el objeto de facilitar la presencia del Contratista durante el actuar de la Comisión de Recepción, así también como el poder contar con todos los antecedentes y certificados requeridos en la presente licitación. d) En un plazo de 30 días corridos siguientes a la fecha de la resolución que aprueba Acta de Recepción Provisoria Conforme de las obras, el contratista deberá ingresar al Gobierno Regional, Garantía por correcta ejecución de la obra: GLOSA Por correcta ejecución de la obra “Construcción Soluciones Eléctricas Fotovoltaicas Varios Sectores comuna de Aysén”, Código BIP N° 40027665-0. A NOMBRE “GOBIERNO REGIONAL DE AYSEN”, Rut: 72.222.000-5 VIGENCIA 90 días corridos, cumplido de la fecha de la Recepción Provisoria MONTO 10 % (diez por ciento) del valor total del contrato, tras lo cual el Gobierno Regional de Aysén procederá a devolver al Contratista la garantía que cauciona “el Fiel Cumplimiento de Contrato”. Esta Garantía se hará efectiva de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 17 precedente. e) El plazo contractual o de su prórroga, se suspenderá automáticamente, desde hecha la solicitud de recepción y hasta que esta se pronuncie respecto al cumplimiento del contratista: - Si la obra no presenta observaciones, la Comisión Técnica Receptora, levantará Acta de Recepción Provisoria. - Si las obras presentan errores o falencias respecto a lo contratado, se aplicará lo señalado en letra f) siguiente. f) Si la obra presenta observaciones, la Comisión Técnica Receptora las consignará en el Acta de Recepción, lo cual se comunicará al Contratista mediante oficio, otorgándosele un plazo en días corridos para salvar las observaciones formuladas, el que deberá necesariamente tener en cuenta los tiempos requeridos de desplazamiento y disponibilidad de transporte requeridos para levantar las observaciones, esto sin perjuicio de la aplicación de eventuales multas que procedan. g) Si el Contratista no resolviere las observaciones dentro del plazo fijado por la Comisión Técnica Receptora, se entenderá que éste incurre en multa por atraso en entrega de la obra, la que se calculará de acuerdo a lo indicado en el punto 28 letra a) y b), multiplicado por la diferencia en días entre la fecha de término contractual y la fecha en que se resolvieron las observaciones, descontándose de este, los días que tardó el I.T.O. o la Comisión Técnica Receptora en constituirse en terreno y evacuar los informes respectivos. Para dicho cálculo la I.T.O., deberá informar la fecha de término real de la obra con la finalidad de aplicar la multa, la que se retendrá de los estados de pago pendientes o garantías vigentes. h) Una vez resueltas las observaciones, la empresa Contratista informará este hecho por carta, oficio, o correo electrónico enviado a la I.T.O., siendo la fecha de recepción de dicha comunicación por parte del Gobierno Regional, la que se considerará como fecha del término del proceso. Una vez recibida la comunicación del levantamiento de las observaciones la Comisión de Recepción designada, podrá mandatar a la ITO, para que emita informe con registro fotográfico la correcta ejecución de los trabajos o si lo amerita concurrir nuevamente a las obras para ratificar el correcto levantamiento de las observaciones. El plazo para que la ITO realice esta labor se dará de acuerdo a los tiempos de desplazamiento requerido y la disponibilidad del inspector designado para estos trabajos. Una vez recibido el informe de la ITO, la Comisión de Recepción procederá a levantar el Acta y a emitir el Informe correspondiente. i) Si en esta nueva inspección la Comisión levantara observaciones en base a las efectuadas con anterioridad, procederá especialmente la aplicación de las multas previstas en numeral 35 de las presentes Bases Administrativas, sin perjuicio de las multas establecidas por concepto de atraso en la ejecución. j) Los plazos que otorgue la Comisión Técnica Receptora para subsanar las observaciones a la ejecución de la obra, deberán quedar dentro de los plazos cubiertos por la garantía del proyecto, pudiéndose solicitar ampliar el plazo de la garantía, en caso que los nuevos plazos otorgados, excedan los plazos contemplados por las garantías. En caso de no acreditarse la causal para otorgar aumento de plazos, se hará aplicable lo establecido en el punto 35 de las presentes bases.
RECEPCION DEFINITIVA DE LAS OBRAS
El proceso de recepción definitiva podrá iniciarse una vez cumplidos 12 meses desde la fecha de recepción provisoria de las obras, debiendo para el efecto: a) El Contratista podrá requerir por escrito a la I.T.O., una vez cumplidos los 12 meses de efectuada la recepción provisoria conforme de las obras, por parte de la Comisión de Recepción mandatada para este efecto, (plazo contabilizado a partir de la fecha del Acta de Recepción conforme); la Recepción Definitiva de la obra. b) La ITO emitirá un informe, en el cual se consignará si las obras se encuentran funcionando correctamente. Si no hubiere observaciones, la ITO levantará Acta de Recepción Definitiva e Informe de Término de Obras dirigido a la autoridad que corresponda, para que una vez aprobada esta acta, se proceda a devolver la garantía otorgada para caucionar la correcta ejecución de las obras. De existir algún desperfecto o falla en lo contratado sin resolver, esta situación se dejará indicada en detalle, así como los plazos otorgados para su corrección, cumplido este plazo la I.T.O. verificará en terreno si el contratista corrigió los desperfectos o fallas que se observaron, emitiendo nuevamente un informe, indicando si se realizó las correcciones solicitadas. Si las observaciones fueron ejecutadas conformes, se procederá a la Recepción Definitiva de las Obras, de lo contrario, la Unidad Técnica evaluará los méritos de otorgar nuevos plazos o realizar una recepción anticipada de las obras, con lo cual se cobraría en forma íntegra la garantía por correcta ejecución de las obras. c) Para este proceso de recepción el mandante podrá actuar, si así lo considera conveniente a través de la ITO, en las labores indicadas en la letra precedente, o si lo considerara conveniente, designar una Comisión de Recepción Definitiva de las Obras, en la cual se designará uno de los miembros de esta comisión, para actuar como coordinador. La Comisión comprobará en terreno que las observaciones hayan sido subsanadas y de ser ello efectivo, confeccionará Acta de Recepción Definitiva y el Coordinador enviará Informe de Término de Obras dirigido a la autoridad que corresponda, debiendo el Gobierno Regional de Aysén devolver la garantía por correcta ejecución de las obras. Si el Contratista no subsanara las observaciones formuladas, por la I.T.O. o por la Comisión de Recepción Definitiva en el plazo otorgado, el Gobierno Regional de Aysén podrá proceder a dar término anticipado al contrato por incumplimiento grave de la obligación de ejecutar correctamente la obra, debiendo efectuarse la correspondiente liquidación y cobro de la garantía dada para caucionar la correcta ejecución de las obras. Para tales efectos, la I.T.O. comunicará por escrito al Contratista de la resolución del contrato por incumplimiento y podrá solventar los gastos necesarios para el término de la obra con la caución otorgada por el contratista negligente, de conformidad a los procedimientos contemplados en la normativa que rige la materia. Lo anterior no obstará a que el Gobierno Regional de Aysén pueda ejercer las acciones administrativas y/o judiciales que correspondan con el objeto de obtener los resarcimientos que le corresponda en derecho como resultado de la liquidación del contrato ya por los perjuicios ocasionados. Si la obra sufriere desperfectos entre la Recepción Provisoria y la Definitiva, cuya causa sea única y directamente atribuibles a la ocurrencia de un evento que constituya caso fortuito o fuerza mayor, el Contratista no será responsable de ello.
MULTAS Y SANCIONES
a) Si el Contratista se retrasa en la ejecución de la obra, en cualquiera de los ítems indicados en la Carta Gantt, tanto en su inicio como en su término, la cual fue presentada por la empresa contratista al momento de la licitación, en un plazo superior al 25% del plazo asignado al ítem, la Unidad Técnica de las Obras, podrá evaluar la continuidad del contrato, para lo cual otorgará un plazo de 03 (tres ) días hábiles, para que el contratista elabore un informe, que pudieran justificar los atrasos en las partidas, de no existir respuesta o esta no sea satisfactoria, la Unidad Técnica podrá solicitar el término anticipado del contrato y hacer efectivas las garantías solicitadas para este efecto. b) No obstante a lo indicado en la letra a) precedente, si la ejecución total de las obras excediera el plazo contractual vigente, el Gobierno Regional de Aysén, cursará y cobrará una multa de 0,1 % del monto total neto contratado por la obra, por cada día de atraso. c) Si el contratista se atrasa en la entrega de antecedentes solicitados, de los plazos indicados en las presentes Bases Administrativas o al plazo dado por la Unidad Técnica, esta última podrá evaluar la continuidad del contrato en merito a la importancia de los documentos solicitados. A raíz de un segundo incumplimiento en la entrega de un mismo antecedente, el contratista deberá justificar el incumplimiento, de no hacerlo o no siendo la justificación satisfactoria, se aplicará una multa de 0,1 % del monto total neto contratado por la obra, esto sin perjuicio que la ITO, evalué la continuidad del contrato. La evaluación de la continuidad del contrato, implica que la ITO, podrá solicitar en forma unilateral el término de las obras por incumplimiento del contratista, ya sea en la entrega de antecedentes, calidad de lo construido, o haberse excedido en los plazos, todo lo cual será evaluado por la ITO, de acuerdo al mérito de cada situación analizada. d) Si la Empresa Contratista no entregare o renovare las garantías en los plazos indicados estará afecto a una multa de 0,1 % del monto total neto contratado por la obra, por cada día de atraso en la entrega o renovación de las garantías, esto sin perjuicio de hacer efectiva la garantía en el caso de renovación por vigencia de la misma. e) A partir de un segundo incumplimiento de una misma orden o instrucción de la I.T.O., no apelada o bien sea rechazada la apelación, faculta al Gobierno Regional de Aysén a aplicar una multa equivalente al 0,1 % del monto total neto contratado para esta obra, por cada evento en que no se acaten las instrucciones de la I.T.O. A un tercer requerimiento incumplido de una misma orden o instrucción de la I.T.O., se podrá poner fin anticipadamente al contrato, en forma unilateral por parte del mandante, según se prevé en el siguiente artículo. f) Para el incumplimiento de la obligación de colocar el “Letrero de Obra”, la renovación y conservación de este, establecida en el Artículo 30, letra g) de las presentes bases, se aplicará una multa de 0,1 % del monto total neto contratado por la obra, por cada día de atraso. g) Con todo lo descrito en las presentes Bases Administrativas y su aplicación, el total de las multas no podrán superar el 10 % del valor total contractual, incluida sus modificaciones si las hubiere, situación que fundamentará la aplicación del artículo 32, en la situación que proceda. h) Procedimiento de aplicación de multas: En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato o de instrucciones dadas por el Gobierno Regional de Aysén, se le comunicará dicha circunstancia al proveedor, mediante carta certificada dirigida al domicilio que figure en el contrato, la que se entenderá notificada en el plazo de tres días hábiles administrativos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la ley 19.880, sin prejuicio de la posibilidad de que pueda efectuarse tal notificación en forma personal, si las circunstancias lo permiten, en la forma que indica el citado artículo 46. Una copia del documento también podrá ser remitido vía correo electrónico. Desde la fecha de la notificación tendrá dos días hábiles para exponer lo que estime, mediante oficio dirigido al Gobierno Regional de Aysén. A dicho oficio podrá adjuntar todos los antecedentes que considere le sean de utilidad. El Gobierno Regional de Aysén se pronunciará favorable o desfavorablemente mediante resolución fundada dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su presentación por escrito. Esta decisión se notificará igualmente por carta certificada, cuya copia también podrá ser remitida vía correo electrónico al proveedor. Rechazada la reclamación o pasado el plazo sin que se hubiere formulado oposición por el proveedor, procederá el cobro de la multa, las que serán directamente descontadas del siguiente pago y en caso de no ser suficiente, se imputarán al subsiguiente y finalmente mediante el cobro de la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Para el cálculo de pago de las multas se considera aquella que corresponde al día de la resolución fundada que aplica la medida de aplicación de multa. Causales de exculpación o in-aplicabilidad de la multa: Solo podrá alegarse como causales de exculpación o inaplicación de las multas los hechos o circunstancias de casos fortuitos o fuerza mayor, entendiéndose lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, que señala “Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, y otros de similar naturaleza.
TÉRMINO DEL CONTRATO
a) El contrato terminará naturalmente una vez otorgada la recepción Definitiva de la Obra. b) De común acuerdo por las partes: La interesada en resciliar el contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla. De forma posterior y en conformidad al informe emanado por la I.T.O., se procederá a cuantificar lo realizado por el Contratista y cancelar si existiere saldo a favor del Contratista. Con todo, el Contratista deberá rendir caución por la obra ejecutada mediante la Garantía por correcta ejecución de la obra por un monto equivalente al 10% del valor de la obra realizada cuya vigencia deberá ser superior en treinta días a la fecha de 1 año posterior al Informe que emita la I.T.O. al efecto. Ésta sustituirá a las que se encuentre en poder de la Entidad Licitante, según corresponda. c) Término anticipado del contrato: El Gobierno Regional de Aysén podrá anticipadamente, poner fin administrativamente al contrato, sin forma de juicio en los siguientes casos: 1. El retraso o la suspensión en la ejecución o terminación de la obra por uno o más periodos que en su totalidad sean superiores al equivalente en días corridos al 10% del plazo contractual inicial. 2. Si la calidad de lo construido no corresponde a lo contratado, no existiendo la voluntad del contratista de corregir dicha situación. 3. Si el Contratista no subsanara en el plazo otorgado las observaciones formuladas, durante la ejecución de las obras por la ITO, o las hechas por la Comisión Técnica encargada de efectuar la Recepción Provisoria o Definitiva. 4. Por incumplir gravemente las instrucciones impartidas por la I.T.O no reclamadas o cuya reclamación fue desestimada. Se considerará grave por efectuarse un tercer requerimiento de cumplimiento de una instrucción cualquiera sea su naturaleza. 5. Si el total de las multas aplicadas al Contratista fueren igual o superior al 15 % del valor total contractual incluida sus modificaciones si las hubiere. 6. Si la empresa contratista unilateralmente modificara de cualquier forma todo o parte de los servicios y actividades contratadas y se negara a efectuar a su costa las rectificaciones pertinentes. 7. Si el avance en la ejecución de las obras no se ajusta a la carta Gantt de avance de obras presentado por el contratista como parte de su oferta. 8. Haber detectado el Gobierno Regional de Aysén que el Contratista al tiempo de presentar su oferta omitió información o la presentada no era veraz. 9. Quiebra, cesión de bienes, Convenio Judicial o notoria insolvencia. Se presumirá notoria insolvencia si no iniciare las obras dentro de plazo o bien no renovare u otorgare las garantías en los plazos señalados. 10. Si el contratista fuera declarado reo por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de personas jurídicas, lo fuere alguno de sus socios, Directores, representantes legales o apoderados. 11. Si el Contratista fuere una persona jurídica, por su disolución o por haberse manifestado la voluntad de disolverla. 12. Por la muerte del Contratista si es persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada y en general de las intuito persona, en que no se haya pactado su continuidad con los herederos. 13. Si el contratante se negara a renovar las garantías de contrato al expirar su vigencia, manteniendo obligaciones o servicios pendientes de entrega. 14. Si el contratista no destinara el personal y la cantidad indicada en su propuesta o recursos suficientes que, a juicio de esta entidad, ponga en peligro el poder llevar a cabo la entrega de los bienes contratados en la forma convenida. 15. Sí a criterio de esta entidad, existan causas graves imputables a la empresa que impidan una correcta ejecución de los trabajos contratados. 16. Transgredir las prohibiciones establecidas en las presentes bases. 17. Será causal de término anticipado de contrato, en caso de Unión temporal de proveedores, oculte información relevante para ejecutar el respectivo servicio adjudicado, que afecte a alguno de sus integrantes, En caso de hacerlo, ello deberá considerarse un incumplimiento grave por parte de proveedor. 18. Será causal de término anticipado del contrato, la constatación de que los integrantes de la Unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 19. Si uno de los integrantes de la Unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta de la presente licitación, se procederá a poner término anticipado de contrato. 20. Inhabilidades sobrevinientes de alguno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, en el caso que esta UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 21. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a la citada inhabilidad del artículo cuarto inciso quinto de la ley N° 19.886, sobre compras públicas, la UTP deberá informar por escrito dentro del plazo de 10 días hábiles, si se desiste o se decide igualmente a ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar al anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será re-adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. El término anticipado del contrato no obsta al cobro de las Garantías que obren en poder de la Entidad Licitante ni al ejercicio de las acciones legales que le correspondan.
TÉRMINO DEL CONTRATO
a) El contrato terminará naturalmente una vez otorgada la recepción Definitiva de la Obra. b) De común acuerdo por las partes: La interesada en resciliar el contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla. De forma posterior y en conformidad al informe emanado por la I.T.O., se procederá a cuantificar lo realizado por el Contratista y cancelar si existiere saldo a favor del Contratista. Con todo, el Contratista deberá rendir caución por la obra ejecutada mediante la Garantía por correcta ejecución de la obra por un monto equivalente al 10% del valor de la obra realizada cuya vigencia deberá ser superior en treinta días a la fecha de 1 año posterior al Informe que emita la I.T.O. al efecto. Ésta sustituirá a las que se encuentre en poder de la Entidad Licitante, según corresponda. c) Término anticipado del contrato: El Gobierno Regional de Aysén podrá anticipadamente, poner fin administrativamente al contrato, sin forma de juicio en los siguientes casos: 1. El retraso o la suspensión en la ejecución o terminación de la obra por uno o más periodos que en su totalidad sean superiores al equivalente en días corridos al 10% del plazo contractual inicial. 2. Si la calidad de lo construido no corresponde a lo contratado, no existiendo la voluntad del contratista de corregir dicha situación. 3. Si el Contratista no subsanara en el plazo otorgado las observaciones formuladas, durante la ejecución de las obras por la ITO, o las hechas por la Comisión Técnica encargada de efectuar la Recepción Provisoria o Definitiva. 4. Por incumplir gravemente las instrucciones impartidas por la I.T.O no reclamadas o cuya reclamación fue desestimada. Se considerará grave por efectuarse un tercer requerimiento de cumplimiento de una instrucción cualquiera sea su naturaleza. 5. Si el total de las multas aplicadas al Contratista fueren igual o superior al 15 % del valor total contractual incluida sus modificaciones si las hubiere. 6. Si la empresa contratista unilateralmente modificara de cualquier forma todo o parte de los servicios y actividades contratadas y se negara a efectuar a su costa las rectificaciones pertinentes. 7. Si el avance en la ejecución de las obras no se ajusta a la carta Gantt de avance de obras presentado por el contratista como parte de su oferta. 8. Haber detectado el Gobierno Regional de Aysén que el Contratista al tiempo de presentar su oferta omitió información o la presentada no era veraz. 9. Quiebra, cesión de bienes, Convenio Judicial o notoria insolvencia. Se presumirá notoria insolvencia si no iniciare las obras dentro de plazo o bien no renovare u otorgare las garantías en los plazos señalados. 10. Si el contratista fuera declarado reo por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de personas jurídicas, lo fuere alguno de sus socios, Directores, representantes legales o apoderados. 11. Si el Contratista fuere una persona jurídica, por su disolución o por haberse manifestado la voluntad de disolverla. 12. Por la muerte del Contratista si es persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada y en general de las intuito persona, en que no se haya pactado su continuidad con los herederos. 13. Si el contratante se negara a renovar las garantías de contrato al expirar su vigencia, manteniendo obligaciones o servicios pendientes de entrega. 14. Si el contratista no destinara el personal y la cantidad indicada en su propuesta o recursos suficientes que, a juicio de esta entidad, ponga en peligro el poder llevar a cabo la entrega de los bienes contratados en la forma convenida. 15. Sí a criterio de esta entidad, existan causas graves imputables a la empresa que impidan una correcta ejecución de los trabajos contratados. 16. Transgredir las prohibiciones establecidas en las presentes bases. 17. Será causal de término anticipado de contrato, en caso de Unión temporal de proveedores, oculte información relevante para ejecutar el respectivo servicio adjudicado, que afecte a alguno de sus integrantes, En caso de hacerlo, ello deberá considerarse un incumplimiento grave por parte de proveedor. 18. Será causal de término anticipado del contrato, la constatación de que los integrantes de la Unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 19. Si uno de los integrantes de la Unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta de la presente licitación, se procederá a poner término anticipado de contrato. 20. Inhabilidades sobrevinientes de alguno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, en el caso que esta UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 21. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a la citada inhabilidad del artículo cuarto inciso quinto de la ley N° 19.886, sobre compras públicas, la UTP deberá informar por escrito dentro del plazo de 10 días hábiles, si se desiste o se decide igualmente a ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar al anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será re-adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. El término anticipado del contrato no obsta al cobro de las Garantías que obren en poder de la Entidad Licitante ni al ejercicio de las acciones legales que le correspondan.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus suboferentes, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
Al ofertar se entenderá que el proponente acepta cabalmente la totalidad de condiciones de la presente licitación pública.
RESPONSABILIDADES
El Gobierno Regional de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el adjudicatario y sus trabajadores con motivo de la ejecución del contrato, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del ejecutor. Cabe señalar que una vez suscrito el contrato, no se derivarán con el Gobierno Regional de Aysén vínculo de dependencias ni subordinación, tanto con el oferente adjudicatario como para con los trabajadores del mismo.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS
Todos los productos de este trabajo serán de propiedad del Gobierno Regional de Aysén, hasta que sea asignado a título gratuito a la I. Municipalidad de Aysén.
PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS
Todos los productos de este trabajo serán de propiedad del Gobierno Regional de Aysén, hasta que sea asignado a título gratuito a la I. Municipalidad de Aysén.
JURISDICCIÓN
Toda controversia que se suscriba entre la aprobación de Bases de Licitación, su adjudicación y aprobación de Contrato, será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública. Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del Contrato, que no puedan ser resultas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia concede en la comuna de Coyhaique, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.