Solicitud de Antecedentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas el HSLBP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones o aclaraciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Además el HSLBP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas. Se podrá permitir, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Se otorgará a los oferentes un plazo prudencial que no sobrepasará las 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por el HSLBP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El HSLBP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
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Resolución de Empates |
En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el ítem de mayor ponderación establecido en las presentes bases. En el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem que le siga en ponderación y así sucesivamente. En el caso de los criterios de igual ponderación, primarán los técnicos por sobre los económicos. Si de la aplicación de los criterios anteriormente señalados persiste el empate se adjudicará al proveedor que haya ofertado primero dentro de portal según hora y fecha de ingreso desplegada en comprobante de oferta.
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De la Adjudicación |
El HSLBP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones de admisibilidad establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
El HSLBP podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para el Hospital en virtud del objeto de la licitación y su disponibilidad presupuestaria.
Dichas declaraciones deben materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
El Hospital adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos precedentemente.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por el HSLBP y que será publicada en el portal, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
En el caso de que el Hospital no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación informará, a través del sistema www.mercadopublico.cl, dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, inciso número 2 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Pacto de Integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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