Licitación ID: 918434-29-LE24
PROYECTO ELÉCTRICO CORRIENTES DÉBILES LOS LAGOS
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO, MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Fecha de Cierre: 16-09-2024 20:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
PROYECTO ELÉCTRICO,CORRIENTES DÉBILES SEREMI DE LOS LAGOS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROYECTO ELÉCTRICO CORRIENTES DÉBILES LOS LAGOS
Estado:
Publicada
Descripción:
Normalizar las instalaciones eléctricas y efectuar la adecuación de la sala de cocina de las dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de la Mujer y la Equidad de Género de Los Lagos, ubicadas en Avenida Décima Región N°480, Segundo piso del Edificio Anexo Intendencia, comuna y ciudad de Puerto Montt, siendo necesario contratar los servicios de ejecución de obras menores sobre PROYECTO ELÉCTRICO, CORRIENTES DÉBILES, EJECUCIÓN, TRAMITACION, ENTREGA DE CERTIFICADO TE1 Y ADECUACIÓN DE SALA DE COCINA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Unidad de compra:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
R.U.T.:
61.980.680-8
Dirección:
CATEDRAL N°1401 2DO PISO
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-09-2024 20:00:00
Fecha de Publicación: 06-09-2024 14:18:57
Fecha inicio de preguntas: 06-09-2024 14:31:00
Fecha final de preguntas: 09-09-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-09-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-09-2024 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-09-2024 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 23-09-2024 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 03-10-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a terreno de carácter obligatoria. Los oferentes deberán concurrir a las dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de la Mujer y la Equidad de Género, ubicadas en Avenida Décima Región N°480, Edificio Anexo Intendencia, Puerto Montt 11-09-2024 11:00:00
Suscripción del acta de entrega de terreno: dentro de 5 días corridos contados desde la notificación de adjudicación. Si el día fijado para la entrega el/la adjudicatario/a o su representante no concurriese, se le indicará por escrito otra fecha, que no s 30-09-2024 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-A
2.- 1-B
3.- 1-C
4.- 2-A
5.- 2-B
6.- 2-C
Documentos Técnicos
1.- 4
 
2.- 5
 
3.- 6
 
4.- 7
 
5.- 8
 
Documentos Económicos
1.- 3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Enfoque de Género Se debe completar la información requerida por el Anexo N°5 y acreditar con sus respectivos antecedentes adjuntos que se cumple con este criterio, asignándose al efecto los siguientes puntajes: (revisar bases) 5%
2 Programas de integridad El oferente debe informar si cuenta o no con programas de integridad que sean conocidos por su personal. Dichos programas se refieren a observar un comportamiento íntegro (revisar bases) 5%
3 Trabajos/Servicios similares realizados por el/la Este criterio se evaluará considerando la nómina de trabajos similares referidos a contratos que el proveedor tenga o haya tenido en el mismo rubro y envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación. Para estos efectos, se considerarán del mismo rubro aquellos servicios prestados en el rubro de la construcción, y de la misma envergadura, aquellos servicios (revisar bases) 30%
4 PLAZO DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS El plazo de ejecución de los trabajos no podrá superar los 15 días hábiles y no podrá ser inferior a 10 días hábiles, para la evaluación de las ofertas se utilizará la siguiente formula: (revisar bases) 30%
5 Precio Este criterio tiene asignado un máximo de 30 puntos. Todos los/as proponentes deberán hacer su oferta a suma alzada, y deberán incluir todos los costos asociados a mano de obra, equipos, materiales e insumos, gastos generales y utilidades. (revisar bases) 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género
Monto Total Estimado: 10500000
Justificación del monto estimado El presupuesto máximo disponible para la presente licitación
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Atendido el monto de la presente licitación, sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en el que conste la unión temporal deberá materializarse a través de un documento público o privado, que d
Observaciones revisar bases
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JESSICA HERNANDEZ
e-mail de responsable de pago: jhernandez@mmeg.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GENERO
Fecha de vencimiento: 20-03-2025
Monto: 10 %
Descripción: El proveedor deberá entregar una garantía, es decir, un instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, como por ejemplo una boleta de garantía, vale vista, u otro análogo, pagadero a la vista e irrevocable, por un valor equivalente al 10% del monto total del contrato, valor que deberá estar fijado en pesos, a nombre del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT: 61.980.680-8
Glosa: “GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PROYECTO ELÉCTRICO, CORRIENTES DÉBILES, EJECUCIÓN, TRAMITACIÓN, ENTREGA DE CERTIFICADO TE1 Y ADECUACIÓN SALA DE COCINA, PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO DE LOS LAGOS, ID Nº XXXXXXXXX (número de licitación)
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía será realizada por la División de Administración y Finanzas previo informe y autorización de devolución por parte de la contraparte técnica designada. Sin perjuicio de aquellos casos que, por incumplimiento del contrato, la Subsecretaría deba hacer efectiva la referida caución. En caso de un aumento de plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en el párrafo anterior. Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado a Catedral Nº1401, piso 2, Santiago. También podrá ser otorgada electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, remitiéndose al siguiente correo electrónico: ofpartes@minmujeryeg.gob.cl. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en el punto 17 letras b), c) y e) de las bases administrativas. Esta garantía se devolverá a el/la adjudicatario/a al efectuarse la recepción conforme de la totalidad de los servicios contratados, sin observación de ninguna especie, o solucionadas en tiempo y forma las que se hubiesen formulado. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato podrá ser tomada por el proponente o por un tercero a su nombre. Una vez terminado el servicio, esta garantía permanecerá por el tiempo establecido en las presentes bases y para ser retirada por el/la adjudicatario/a, éste deberá solicitarla por escrito a la entidad licitante. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá cobrarse en caso de multas que deban aplicarse al proveedor o también cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las presentes bases administrativas. Todos los gastos que irrogue la mantención de la garantía serán de cargo de él o la oferente y será éste/a responsable de mantenerla vigente por el período que cauciona. Las garantías se mantendrán en custodia por la Subsecretaría en calidad de entidad licitante. En caso de incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, la Subsecretaría estará facultada para hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la entidad licitante puede ejercer, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones del proveedor o proveedora.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de producirse un empate entre ofertas que sean las mejor evaluadas al aplicar la pauta de
evaluación, la Comisión Evaluadora deberá atenerse a los siguientes criterios para resolver el
empate, de acuerdo con el siguiente orden de prelación:
1° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica,
2° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica,
3° Aquella oferta que haya obtenido un mejor puntaje en el criterio de evaluación
sobre enfoque de género.
De persistir el empate, la situación será resuelta por la Subsecretaría mediante resolución
fundada. El Informe de la Comisión Evaluadora culminará con una propuesta y recomendación para
la Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género.
Multas
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género podrá, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial, cobrar multas al adjudicatario y/o proveedor cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. La multa será aplicada por cada incumplimiento debidamente acreditado según el procedimiento que se indica en el presente acápite. Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, la Subsecretaría podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados y acreditados por el/la contratista ante la contraparte técnica. Para estos efectos, a vía meramente ilustrativa, se entenderá que hay incumplimiento en las siguientes situaciones: a) Cuando no se cumpla con la obligación contratada dentro del plazo establecido, la multa será de 5 UF por día, hasta cumplir con lo programado. Si transcurren más de 5 días de atraso, se considerará incumplimiento grave de las obligaciones contractuales, facultando a la Subsecretaría a cobrar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato, demandar la indemnización de los perjuicios y las demás gestiones que correspondan de acuerdo con la normativa vigente. b) Infracción a las prohibiciones del personal del proveedor o adjudicatario, establecidas en el numeral 16.8 de las presentes bases. En este caso, la multa será de 5 U.F. por cada incumplimiento constatado El valor a considerar para efectos de la aplicación de multas será aquel que experimente la Unidad de Fomento (UF) el primer día del mes en que se verificó la falta o incumplimiento. Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estos términos sean constitutivos de multa, la Subsecretaría notificará esta circunstancia al/la proveedor/a, indicando en forma precisa el incumplimiento y/o hechos que se imputan. El/la proveedor/a dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados y acreditados por el proveedor ante la contraparte técnica. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género informará esta situación a la División de Administración y Finanzas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos correspondiente. Respecto de esta decisión, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la Ley N°19.880, que establece las Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Así, el proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada mediante resolución administrativa totalmente tramitada. Las multas se podrán aplicar cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El acto administrativo que ordene la aplicación de una sanción y/o multa deberá estar totalmente tramitado para su aplicación. El/la proveedor/a deberá pagar las multas mediante depósito en la cuenta corriente bancaria que le indique la Subsecretaría, debiendo acreditar su pago a través del comprobante respectivo. Se deja expresa constancia que la aplicación de multas por un valor que exceda en un 20% el monto adjudicado, implicará para el/la proveedor/a el término anticipado de la relación contractual por incumplimiento grave del contrato. En caso que el/la adjudicatario/a y/o proveedor/a registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago serán destinados al pago de tales obligaciones, debiendo el/la adjudicatario/a y/o proveedor/a presentar los certificados necesarios para acreditar que ha liquidado la totalidad de tales obligaciones dentro de los primeros tres meses de prestación de los servicios, según lo prescrito en el artículo 4 de la Ley de Compras Públicas.