Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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Subsecretaría de Transportes
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Fecha de vencimiento:
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18-01-2023
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Monto:
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5000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar la seriedad de las obligaciones emanadas de la oferta, cada proponente debe presentar hasta antes de la fecha y hora establecidas para el cierre de recepción de ofertas, una garantía de seriedad de la oferta, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza, o por cualquier otro instrumento financiero que asegure su cobro por la Subsecretaría, de manera rápida y efectiva.
Con todo, la garantía de seriedad de la oferta tomada por el oferente, por un tercero a su nombre o por uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá ser emitida por una entidad con sucursal en Chile, pagadera a la vista e irrevocable, cuyo monto será de $5.000.000.- (cinco millones de pesos chilenos), a la orden de la Subsecretaría de Transportes, RUT N° 61.212.000-5, con un plazo de vencimiento no inferior a 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En caso que la Subsecretaría efectuare modificaciones a las bases, de conformidad con lo dispuesto en el punto 8 del presente pliego de condiciones, el plazo de vencimiento antes referido se contará desde la nueva fecha de cierre de recepción de ofertas que se fije con el objeto de que los interesados en participar del proceso de licitación, puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
En el evento de que la garantía de seriedad de la oferta esté constituida por un certificado de fianza, aquel deberá reunir la característica de ser pagadero a la vista o a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva.
En caso que el instrumento esté constituido por una póliza de seguro, ésta, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, pudiendo extenderse en Unidades de Fomento, y deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que se describen más adelante en este punto o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, al momento de su entrega, el proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la póliza respectiva.
Si el oferente corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, conforme lo dispuesto en el punto 2.2 de estas bases, la garantía de seriedad deberá estar constituida por un instrumento único.
La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría, ubicada en calle Amunátegui N° 139, piso 1, comuna y ciudad de Santiago, entre las 09:00 y las 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del oferente. En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y deberá ingresarse conjuntamente con los antecedentes requeridos en las bases para ofertar, a través del portal web www.mercadopublico.cl
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Glosa:
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"Garantía de Seriedad de la Oferta Licitación Pública para la Ampliación del Sistema de cámaras de fiscalización vías Prioritarias del Gran Santiago, Etapa IV, para la Subsecretaría de Transportes"
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Forma y oportunidad de restitución:
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Si dentro del plazo de vigencia de la garantía, la adjudicación respectiva no estuviera totalmente tramitada o suscrito el contrato, la Subsecretaría solicitará a los oferentes, antes de la fecha de expiración de la garantía, la prórroga respectiva.
La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva unilateralmente por la Subsecretaría en los siguientes casos:
1. Si el proponente retira su oferta o se desiste de ella en el periodo de validez de la misma;
2. Si siéndole adjudicada la licitación:
- No proporcionare los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo dentro del plazo previsto en el punto 17.2 de las presentes bases, o
- No suscribiere el contrato dentro de plazo previsto en el punto 17.1 de las presentes bases, o
- No se encontrare inscrito y hábil en el Registro de Proveedores de Mercado Público, a la época de suscripción del contrato, según se señala en el punto 17.1 de estas bases, o
- No entregare la garantía de fiel cumplimiento del contrato en la oportunidad indicada en el punto 18 de estas bases.
- Si concurriere cualquier otra causal de desistimiento, contemplada en estas bases, en la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, o en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de Compras Públicas.
La garantía de seriedad de la oferta presentada por el adjudicatario le será devuelta una vez que entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
A los participantes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, les será devuelta la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la adjudicación o de la deserción del proceso concursal, según corresponda.
A los demás proponentes la garantía de seriedad de la oferta les será devuelta una vez suscrito el respectivo contrato.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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Subsecretaría de Transportes
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Fecha de vencimiento:
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29-05-2029
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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A más tardar a la fecha de la firma del contrato, el adjudicatario entregará a la Subsecretaría un documento de garantía que podrá estar constituido por boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza, o por otro instrumento financiero que asegure su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, por un monto equivalente al 5% del precio total del contrato, emitido en pesos chilenos, por una entidad con sucursal en Chile, que garantice el fiel cumplimiento del servicio contratado y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley Nº 20.238.
La garantía de fiel cumplimiento deberá ser extendida como irrevocable y pagadera a la vista, a nombre de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 61.212.000-5.
En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un certificado de fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a la vista o a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva.
En caso que la garantía de fiel cumplimiento del contrato esté constituida por una póliza de seguro, ésta deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, a nombre de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo extenderse en Unidades de Fomento, y deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas bases de licitación o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la póliza respectiva.
En caso que el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único.
La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría, ubicada en Amunátegui N° 139, piso 1, comuna y ciudad de Santiago, entre las 09:00 y las 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario. En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y ser enviada a los correos electrónicos ctoroa@mtt.gob.cl y ediaze@mtt.gob.cl.
El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato debe llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato para la Ampliación del Sistema de Cámaras de Fiscalización Vías Prioritarias del Gran Santiago, Etapa IV, para la Subsecretaría de Transportes y de las obligaciones que ordena el artículo 11 de la Ley 19.886”.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá tener una vigencia que exceda en, a lo menos, 60 días hábiles, al término de vigencia del contrato.
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Glosa:
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Garantía de fiel cumplimiento del contrato para la Ampliación del Sistema de Cámaras de Fiscalización Vás Prioritarias del Gran Santiago, etapa IV, para la Subsecretaría de Transportes y de las obligaciones que ordena el artículo 11 de la Ley 19.886.
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Forma y oportunidad de restitución:
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En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, el contratado deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro. En caso de incumplimiento, la Subsecretaría podrá poner término al contrato, de conformidad con lo establecido en el punto 28 de las presentes bases de licitación.
La garantía será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratado haya mandatado para hacer recepción conforme de dicho documento, o a la entidad emisora, esto último, cuando corresponda; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaría.
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