Resolución de Empates |
En caso de empate en el puntaje técnico-económico final, entre dos o más propuestas, la Subsecretaría optará por aquella propuesta que obtenga el mejor puntaje, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
1. Criterio de evaluación “Valor neto mensual por el servicio de saneamiento ambiental, para los edificios Institucionales “José Miguel Carrera” y edificio sede de la “Academia Diplomática de Chile Andrés Bello”.
2. Criterio de evaluación “Experiencia del Oferente”.
3. Criterio de evaluación “Valor neto por metro2 o evento por servicios de emergencia o imprevisto”.
En caso de que, no obstante lo anterior, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la División de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Una vez adjudicada la licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la adjudicación dentro de los 5 (cinco) días siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución en el portal www.mercadopublico.cl. Las consultas serán formuladas directamente al correo electrónico adquisiciones@minrel.gob.cl, única casilla válida para estos efectos, respondiendo la Subsecretaría, por esta misma vía al interesado.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Subsecretaría, a través de DICOMPRAS, podrá solicitar a los Oferentes (no estando obligada a ello), durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás Oferentes, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, ni impliquen una modificación de la oferta presentada.
Dicha solicitud y las correspondientes rectificaciones deberán ser informadas al resto de los Oferentes a través de www.mercadopublico.cl.
Del mismo modo, la Subsecretaría podrá solicitar a los Oferentes (no estando obligada a ello) la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para acompañar los referidos documentos, los oferentes dispondrán del plazo fatal de 3 (tres) días hábiles contados desde el requerimiento que al efecto haga la Subsecretaría, a través de www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Cumplimiento de la legislación vigente. |
Será de responsabilidad del Contratista el pago de las remuneraciones, de los aportes o cotizaciones a los sistemas de previsión, salud, tributarios, etc. y el cumplimiento de las demás disposiciones legales que resulten aplicables al personal que sea destinado a la ejecución de los servicios, sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº 20.123.
El Contratista deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a que se refiere el párrafo anterior en la oportunidad y forma establecida en el punto 9.6.1 de las Bases Administrativas.
En caso que el Contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la Subsecretaría podrá retener el o los pagos que corresponda efectuar o hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Además, el Contratista deberá dar cumplimiento a la siguiente normativa:
a. Ley Nº 16.744, que establece Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y todos sus decretos asociados aplicables.
b. Decreto Supremo Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
c. Decreto Supremo Nº 157, de 2007, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico.
d. Decreto Supremo Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
e. Programa de vigilancia de salud del Ministerio de Salud.
El Contratista deberá asistir a una charla de inducción que realiza el Departamento de Prevención de Riesgos de la Subsecretaría,dentro de los primeros tres meses de iniciado el contrato, como también presentar a esa Unidad los documentos que ella indique a objeto de generar la carpeta de faena del Contratista.
Presentación de antecedentes para completar Carpeta de Faena:
- El Contratista, luego de la suscripción del contrato y previo requerimiento del Departamento de Prevención de Riesgos efectuado a través de la Plataforma digital denominada “Sistema de Administración de Contratistas – SADCO”, deberá remitir toda la documentación exigida por dicho Departamento para conformar la carpeta de faena, en un plazo de 7 días hábiles contados desde el requerimiento. El Departamento de Prevención de Riesgos podrá extender por escrito el plazo antes señalado en caso de que el Contratista lo solicite por motivos fundados por una sola vez.
- Para completar los datos de la Carpeta de Faena, el Contratista deberá subir la información a un formulario digital que recibirá desde la dirección de correo electrónico, sadco@minrel.gob.cl, al representante(s) o encargado(s) del Contratista, que haya informado a la Subsecretaría. Cabe señalar que, para la correcta administración de la información, el Contratista y quien designe deberá contar necesariamente con un correo electrónico de dominio Gmail ejemplo: mjpcontratista@gmail.com.
- El responsable del Contratista designado para el uso de la plataforma SADCO, deberá revisar continuamente la plataforma, ya que las observaciones a la documentación remitida serán enviadas a través de ese sistema. Si el Departamento de Prevención de Riesgos verificara observaciones a la documentación de la Carpeta de Faena, el Contratista tendrá 5 días hábiles adicionales contados desde el requerimiento, para que realice las correcciones y mejoras solicitadas, debiendo subir tal información nuevamente a la Plataforma SADCO. El Departamento de Prevención de Riesgos podrá extender por escrito el plazo antes señalado en caso de que el Contratista lo solicite por motivos fundados por una sola vez.
- El Contratista deberá informar al Departamento de Prevención de Riesgos en caso de problemas en el uso de la plataforma “Sistema de Administración de Contratistas – SADCO”, quien previa verificación podrá autorizar al Contratista para el envío de la documentación para conformar la Carpeta de Faena al correo electrónico deprev@minrel.gob.cl.
- El procedimiento antes indicado, también procederá en caso de ingresos de nuevos trabajadores o cambio de los mismos.
- En caso de dudas y consultas, el Contratista deberá contactarse con el Departamento de Prevención de Riesgos de la Subsecretaría, a los teléfonos: 22-8274422; 22-8274792; 22-8274692.
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Elementos de Protección Personal (EPP). |
El Contratista deberá proveer al personal aplicador y al responsable técnico, de todos los elementos de protección personal,en conformidad a lo establecido en los artículos 87 y siguientes delReglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico.
Como elementos mínimos y de acuerdo a dicha normativa,el personal del Contratista deberá utilizar los siguientes elementos:ropa impermeable sellada en puños, bastillas y costuras, gorro, calzado de seguridad impermeable y guantes impermeables de media manga. Todos los aplicadores deberán usar un overol de algodón de manga larga, el cual deberá estar debajo del overol impermeable. Puede utilizarse overoles desechables, siempre y cuando su eliminación sea realizada por el Contratistaconforme a la normativa vigente.
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Certificado requerido |
El Contratista deberá otorgar un certificado, en original y una copia, de todos los trabajos realizados emitido por el responsable técnico, el cual deberá cumplir con las anotaciones a que se refiere el artículo N°102 del Decreto Nº157, de 2007, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico.
Este certificado debe otorgarse cada vez que se aplique algún producto o se ejecute un servicio que así lo requiere.
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Capacitación. |
El Contratista deberá realizar, una capacitación (charla técnica) al personal que la Subsecretaría considere necesario (aproximadamente 10 personas), sobre métodos de aplicación, tipos de plaguicidas y medidas preventivas a considerar durante la aplicación de los químicos, entre otros.
Sin perjuicio de lo anterior, la Subsecretaría podrá solicitar al Contratista la realización de capacitaciones adicionales, cuando lo requiera, no pudiendo requerir más de dos (2) al año, sin costo para la Subsecretaría.
Las capacitaciones deberán realizarse dentro de los 30 días siguientes a la solicitud realizada por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría al Contratista.
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Responsabilidad extracontractual. |
La responsabilidad extracontractual que pudiera derivarse de hechos o actos del personal del Contratista será de su responsabilidad y en ningún caso afectará a la Subsecretaría. Asimismo, en los contratos de trabajo de este personal, el Contratista deberá dejar expresa constancia que a éstos no los une vinculación de ninguna especie con la Subsecretaría.
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Nómina del personal. |
Conforme lo señalado en el numeral 4, letra b) de las presentes bases, el Contratista deberá proveer un equipo de trabajo conformado por cuatro aplicadores (más un responsable técnico), los cuales deberán contar con la capacitación vigente contemplada en el artículo N° 97 del Decreto Supremo N° 157, del 2007, sobre Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico.
La nómina del personal deberá contener los siguientes datos mínimos: nombres y apellidos, número de cédula de identidad, la labor que ejecutará y teléfono de contacto en caso de emergencias, según el personal indicado en el Anexo N°6“Equipo de Trabajo”.
El Contratista deberá adjuntar los certificados de antecedentes de todo el personal que ejecutará los servicios requeridos.
En el caso de cambio en la nómina de alguno o todos los trabajadores informados en el Anexo N°6 “Equipo de Trabajo”, el Contratista de forma previa al inicio de cada aplicación deberá informar a la Subsecretaría, con a lo menos 3 días hábiles de anticipación, los nombres, apellidos y RUT de los aplicadores, de tal forma de realizar las coordinaciones que procedan. El o los nuevos trabajadores deberán tener el mismo perfil de los trabajadores reemplazados.
Asimismo, el Contratista deberá informar, en un plazo de 3 días hábiles, previo a la ejecución de los servicios, si requiere ingresar con personal adicional a las dependencias de la Subsecretaría para la ejecución de los servicios. En tal caso, dicho personal adicional, deberá cumplir con el mismo perfil de los trabajadores de la nómina principal de 4 (cuatro) trabajadores. Lo anterior, siempre y cuando no contemple un costo monetario parala Subsecretaría.
La Subsecretaría se reserva el derecho de rechazar en todo momento, expresando el debido fundamento y por razones que no impliquen una discriminación arbitraria, la autorización para que una persona contratada por el Contratista o por un tercero vinculado contractualmente con aquel, ingrese a las dependencias de la Subsecretaría a prestar los servicios requeridos.
Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de requerir el cambio del personal, expresando el debido fundamento y por razones que no impliquen una discriminación arbitraria, debiendo el Contratista remitir los documentos del reemplazante al Departamento de Prevención de Riesgos, dentro de los 3 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación de la solicitud.
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Confidencialidad. |
El Contratista se somete a las políticas de seguridad de la Subsecretaría y no podrá difundir a terceros información sobre los trabajos realizados con éste. Asimismo, toda la información que proporcione la Subsecretaría al Contratista será considerada como información confidencial, aun cuando no se indique dicha calidad mediante una leyenda escrita o en forma verbal, salvo las siguientes excepciones:
a) Aquella información que sea pública o llegue a estar disponible para el público, sin que medie incumplimiento por parte del Contratista, sus representantes y empleados o terceros por quienes responde el mismo según este instrumento.
b) Aquella información que haya sido entregada al Contratista o sus representantes por un tercero que tenga el derecho legal a entregarla y a hacer uso de ella.
c) Aquella información que sea desarrollada por el Contratista en forma independiente de cualquier entrega de información confidencial, protegida de acuerdo a este instrumento.
d) Aquella información que el Contratista sea obligado a entregar en un proceso judicial o administrativo, o aquella que deba ser entregada en virtud de un requerimiento legal. Sin embargo, en este caso, el Contratista, se obliga a comunicar de inmediato esta circunstancia a la Subsecretaría, a fin de que éste pueda ejercer las acciones legales necesarias para prevenir dicha divulgación.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la obligación de confidencialidad antes estipulada, y con iguales características, se extiende al contenido del presente instrumento.
El no cumplimiento de esta cláusula de confidencialidad implicará sanciones y acciones legales en contra del Contratista.
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Reparación de daños y pérdidas |
Será de cargo del Contratista la reparación o reposición de daños y pérdidas atribuibles a una actitud deficiente, negligente o culpable por parte de su personal.
El Contratista deberá pagar o reponer la especie, la que debe ser idéntica a la dañada o extraviada, en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles contados desde que se le notifique el daño o la pérdida, en caso contrario, y siempre que sea de propiedad de la Subsecretaría, éste estará facultado para descontar su valor en la facturación más próxima de pago.
Para estos efectos, se considerará como valor de la especie dañada o extraviada el que se exprese en el respectivo antecedente de compra de la misma o de otra similar adquirida dentro del año anterior al daño o pérdida.
Al finalizar las gestiones de reparación a los daños producidos y de las pérdidas ocurridas, el Contratista deberá entregar a la Subsecretaría un informe resumen con los antecedentes iniciales y la totalidad de los trámites llevados a cabo para solucionar de manera integral los daños causados, sea que se refiera a personas o a bienes materiales.
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