Licitación ID: 1300-71-LE24
CAMAS CLÍNICAS Y ACCESORIOS ELEAM OHIGGINS REQ664
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, Servicio Nacional del Adulto Mayor
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Camas de cuidado del paciente o accesorios para cuidado especial 6 Unidad
Cod: 42191808
• Cama clínica eléctrica, con cuatro posturas de posicionamiento (4 posiciones ajustables), de acuerdo a descripción en las bases  

2
Camas de cuidado del paciente o accesorios de uso general 6 Unidad
Cod: 42191807
Colchón clínico seccionado para cama clínica eléctrica - 102 x 218 cm, de acuerdo a descripción en las bases  

3
Camas de cuidado del paciente o accesorios de uso general 6 Unidad
Cod: 42191807
Colchón antiescaras eléctrico , vínilo extra grueso de alta calidad, de acuerdo a descripción en las bases  

4
Fundas de colchón 12 Unidad
Cod: 52121504
Cubre colchón para colchón clínico 102X218 CM, de acuerdo a descripción en las bases  

5
Almohadas 12 Unidad
Cod: 52121505
Almohada Viscoelástica 40 X 60 X13 CM, de acuerdo a descripción en las bases  

6
Cubrecamas 12 Unidad
Cod: 52121511
Cubrecamas tipo colcha piqué 1,5 plaza, de acuerdo a descripción en las bases  

7
Mantas o frazadas 12 Unidad
Cod: 52121508
Frazadas 1,5 plaza; material Micropolar 140x210 cm (1,5 plaza), de acuerdo a descripción en las bases  

8
Sábanas 12 Unidad
Cod: 52121509
Sábanas 1,5 plaza, 100% algodón, de acuerdo a descripción en las bases  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CAMAS CLÍNICAS Y ACCESORIOS ELEAM OHIGGINS REQ664
Estado:
Cerrada
Descripción:
El Servicio Nacional del Adulto Mayor, en adelante el Servicio o SENAMA, llama a presentar propuestas para la “ADQUISICIÓN DE CAMAS CLÍNICAS Y ACCESORIOS, PARA ESTABLECIMIENTO DE LARGA ESTADÍA PARA PERSONAS MAYORES, UBICADO EN LA COMUNA DE RENGO, REGIÓN DE O’HIGGINS”, ubicado en Avenida Alonso de Ercilla N°920, comuna de Rengo, Región de O’Higgins
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR
Unidad de compra:
Servicio Nacional del Adulto Mayor
R.U.T.:
61.961.000-8
Dirección:
Catedral N°1575, Oficina 21, Santiago
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-10-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 07-10-2024 10:05:24
Fecha inicio de preguntas: 09-10-2024 9:00:00
Fecha final de preguntas: 11-10-2024 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-10-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-10-2024 15:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-10-2024 15:35:00
Fecha de Adjudicación: 06-11-2024 23:59:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO ADMINISTRATIVOS
Documentos Técnicos
1.- ANEXO TECNICO
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO ECONOMICO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Este factor se evaluará de acuerdo al plazo de entrega de los productos en el lugar indicado, el cual no puede ser mayor a 10 días corridos y debe ser expresamente declarado en Anexo N°7, de acuerdo a lo descrito en el punto 16 de las bases. 25%
2 Programa de integridad y compliance este factor evaluará a los oferentes que cuenten con programas de integridad en cualquier sistema de gestión que contenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos dentro de su organización, promoviendo una cultura de cumplimiento, conforme a punto 16 de las bases 5%
3 Garantía de los productos Este factor se evaluará, conforme a los meses de garantía ofertado por el oferente, el cual no puede ser menor a 12 meses y como a continuación se indica, debe ser declarado en el anexo Nº7, de acuerdo a lo descrito en el punto 16 de las bases 20%
4 Precio Precio ofertado: Se evaluará el precio de las ofertas, correspondiendo el más alto puntaje a la propuesta de menor valor, lo que debe ser especificado en el anexo N°8. Para determinar el puntaje de las otras ofertas se aplicará la siguiente fórmula, descrita en el punto 16 de las bases 40%
5 Políticas de Sustentabilidad Medioambiental: El oferente deberá señalar si cuenta con programas y/o políticas de sustentabilidad medioambiental que sean conocidas por su personal. Para lo anterior, deberá enviarse respaldo de dicho programa que demuestres esto y/o certificación respectiva de alguna institución referida a dichas materias. Para ello se considerará, por ejemplo, si presenta políticas de reciclaje, eficiencia energética, 5%
6 Cumplimiento de los requisitos Las ofertas de aquellos proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes requeridos en bases de licitación serán evaluados con un 5% del puntaje total posible de obtener, según se indica en el punto 16 de las bases 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 16000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Rosa Seyssel
e-mail de responsable de pago: rseyssel@senama.gob.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en la respectiva contratación que se celebre con la institución co
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR
Fecha de vencimiento: 16-12-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que se otorgue de manera física, los oferentes deberán presentarla hasta la fecha indicada en el cronograma de las presentes bases, en Oficinas de SENAMA ubicada en calle Catedral N° 1575, oficina 21, comuna de Santiago, en horario de 09:00 a 14:00 hrs. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firmas Electrónicas y Servicios de Certificación de dicha firma, y podrá enviarse a la casilla oficinadepartes@senama.gob.cl. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable. Esta garantía se hará efectiva en los siguientes casos: a. Si algún proponente, cuya Oferta ha sido aceptada, la retirase en el período de validez de la misma. b. Si el proponente cuya Oferta ha sido adjudicada, no suscribiera el Contrato respectivo dentro del plazo que le señale la parte contratante.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta correspondiente a la licitación pública ID 1300-71-LE24”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía de seriedad de la oferta, a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección de la entidad licitante: Catedral N°1575, piso 2, Santiago. La devolución de la garantía de seriedad de la oferta, a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba la adjudicación. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante recién aludida. No obstante, lo anterior, este plazo podrá extenderse para el proponente que ocupe el siguiente lugar en el proceso de evaluación, en virtud de la facultad de re-adjudicación que SENAMA se reserva para sí, en caso que el proponente adjudicatario no suscribiese el contrato de prestación de servicios dentro del plazo que se le señale y/o no haga entrega de la documentación requerida para este efecto. En el caso del proponente cuya oferta resultase adjudicada, la garantía por seriedad de la oferta le será devuelta una vez que suscriba el contrato de prestación de servicios correspondiente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR
Fecha de vencimiento: 14-02-2025
Monto: 10 %
Descripción: El plazo de vigencia de la garantía corresponderá al plazo de entrega (10 días), aumentado en un periodo de 90 días corridos a contar del término del mismo. En caso de que el proponente adjudicado no haga entrega de la documentación solicitada, se dejará sin efecto la adjudicación y se podrá re adjudicar al proponente que ocupe el siguiente lugar en el proceso de evaluación de las propuestas. El contratista tendrá la obligación de mantener vigente la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si hubiere alguna modificación de monto y plazo de este.
Glosa: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato correspondiente a la ID 1300-71-LE24 y el pago de las obligaciones previsionales que se deriven de la prestación del servicio”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía le será restituida una vez ejecutado totalmente el servicio y que se haya emitido el informe de conformidad correspondiente, por parte de la contraparte técnica de SENAMA. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En el evento que el oferente, una vez que se le haya adjudicado el servicio desista de entregar los servicios, rechace la orden de compra, cuando ésta formalice la relación contractual, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la aceptación de los referidos documentos SENAMA podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, siempre que cumplan con el puntaje mínimo establecido en el punto 17.1. del presente acto administrativo.
Resolución de Empates
En caso de haber igualdad de puntaje entre dos o más ofertas, la adjudicación se dirimirá considerando en primer término aquella propuesta que haya obtenido el mejor puntaje en la Calidad de la oferta técnica. Si persistiera el empate, se dirimirá, en segundo término, considerando la Experiencia del oferente en rubro solicitado y, en tercer término, por la propuesta económica. En cualquiera de los casos, para dirimir los puntajes se considerará hasta el tercer decimal.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las consultas sobre la adjudicación se deberán formular a través de correo electrónico dirigido a la Sección de Adquisiciones (licitaciones@senama.gob.cl) y las respuestas se entregarán por el mismo medio en un plazo no superior a las 24 horas siguientes a efectuada la consulta, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos. Estas respuestas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de manera que dicha consulta y la posterior respuesta o aclaración esté disponible para todos los potenciales participantes en la licitación.
Los proponentes no adjudicados que estimen pertinente efectuar algún reclamo podrán presentarlo a la Dirección Nacional del SENAMA, por escrito y en un plazo máximo de 3 (tres) días, contados desde la fecha de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La respuesta del/la Director/a será remitida por carta, a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de recibida la reclamación.
No obstante, lo anterior, también podrán presentar dicha reclamación a través de los canales disponibles en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en cuyo caso, la respuesta por parte de SENAMA, se realizará por el mismo medio, en un plazo de 48 horas, luego de recibida la reclamación, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Aplicación de descuentos
a. OFERTA SUSTENTABLE Multas ante la Inspección del Trabajo: Los proponentes deberán presentar el certificado de antecedentes laborales y previsionales, relativo a la existencia o no de multas en la Inspección del Trabajo, ya sea por despidos injustificados, no respeto de la duración máxima de la jornada laboral, no pago de horas extraordinarias, o cualquiera otra causa que vulnere los derechos del trabajador, esto con sus actuales trabajadores o de trabajadores contratados dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. SENAMA se reserva el derecho de confirmar la información proporcionada. Susceptibilidad de la oferta Porcentaje descuento El oferente no presenta información o presenta antecedente que evidencie una o más multas -0,5% Para oferentes nuevos y UTP (uniones temporales de proveedores), (sin transacciones en www.mercadopublico.cl que figuran como “sin ventas en Mercado Público”) se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la fórmula y no se le restará puntaje. b. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Para la evaluación de este criterio, se utilizará el comportamiento contractual anterior del oferente respecto de los procesos en compras públicas de los últimos 24 meses móviles, considerando el Comportamiento Base de la semana del cierre de presentación de oferta, evaluación obtenida desde la Ficha del Proveedor del Registro de Proveedores de Mercado Público. Comportamiento contractual anterior Porcentaje descuento El oferente ha sido calificado con notas promedio inferiores a 2,0 en servicios anteriores -0,5% El oferente ha sido calificado con notas promedio que van desde un 2,0 hasta un 2,99 en servicios anteriores -0,25% El oferente ha sido calificado con notas promedio que van desde un 3,0 hasta un 5,0 en servicios anteriores 0% Para oferentes nuevos (sin transacciones en www.mercadopublico.cl que figuran como “sin ventas en Mercado Público”) se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la formula y no se le restara puntaje. Para UTP (uniones temporales de proveedores) la nota del oferente que se considerará en la evaluación será el promedio de las notas de cada integrante, obtenidas desde la Ficha del Proveedor, en caso de que la UTP incluya oferentes nuevos, se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la formula y ellos (los proveedores nuevos) no aportarán con nota al promedio total. 17.1 Puntaje mínimo de Adjudicación: Las ofertas deberán obtener a lo menos un 60% del puntaje máximo ponderado, equivalente a 6 puntos. Aquellas ofertas que no cumplan con el puntaje mínimo, serán declaradas inadmisibles. Se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por el puntaje que obtenga cada uno.
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desiertas
SENAMA se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las ofertas, por incumplimiento de los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Además, el Servicio podrá declarar desierta la licitación cuando no de presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes para sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. Asimismo, el Servicio podrá dejar sin efecto la licitación que ya está publicada y se decida de manera debidamente justificada que SENAMA no podrá seguir el flujo normal del proceso. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por el Servicio mediante Resolución Fundada. De ser el caso, se otorgará el Estado de “Revocada” la licitación. Por otra parte, a solicitud del Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional, se podrá asignar el estado “suspendida” a la licitación, lo que permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días y, posteriormente, seguir con el curso normal de la misma. Este estado puede asignarse desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.
Derecho a ampliar o disminuir el servicio
SENAMA podrá incrementar o disminuir en hasta en un 30% el valor contratado, con el fin de llevar a un mejor término el proyecto, con ocasión de la modificación de obras previstas, la ejecución de obras nuevas o extraordinarias o el empleo de materiales no considerados. En el caso que las modificaciones antes indicadas, incidan en el plazo convenido, este deberá ser modificado en la proporción correspondiente. Del mismo modo, SENAMA podrá disminuir servicios, hasta en un 30% el valor total de la contratación, siempre que se trate de modificaciones del proyecto contratado, y que la disminución comprenda partidas o porcentajes de ellos, perfectamente determinadas y valorizadas. Los aumentos o disminuciones serán solicitadas sólo por la contraparte técnica, a través de un Informe Técnico que lo fundamente y no podrán ser ejecutados sino hasta contar con el V°B° de la Dirección Nacional.
Causales de término anticipado de la contratación
Podrá ponerse término anticipado al contrato de común acuerdo entre las partes. SENAMA se reserva el derecho de poner término a la contratación en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el proponente seleccionado incurriera en alguna de las siguientes causales durante la ejecución del mismo: a. Incumplimiento grave de las obligaciones, en cuanto a plazos, trabajos o alcance de las labores contratadas, entre otras, sin causa justificada, lo que será calificado fundadamente por el contratante. Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones, entre otras, si el proceso de evaluación de la calidad del servicio arroja como resultado una calificación deficiente. b. Si el adjudicatario no acatase los requerimientos de la contraparte técnica del contrato. c. Por entrega incompleta de los servicios, aun cuando esto pudiera ser reparado. d. Si el proponente adjudicatario estuviese sometido al procedimiento concursal de liquidación, o le fuesen protestados documentos comerciales que se mantuvieron impagos durante más de sesenta días o no fuesen debidamente aclarados dentro de dicho plazo. e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, contados a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f. Si la persona jurídica se disolviera. g. Si se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevista o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad de servicio, siempre y cuando la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento total del servicio encomendado.
Multas
26.1 SANCIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO: En caso de incumplimiento del proveedor, se aplicarán las siguientes multas: a) Se aplicará una multa de 2 U.T.M diarias en caso de incumplimiento de las instrucciones impartidas por la Contraparte Técnica Nacional, que se señala en el punto 33.2. b) Se aplicará una multa de 3 U.T.M. diarias por cada día de atraso en el cumplimiento de la prestación del servicio, en el día fijado como fecha de su entrega, conforme a lo acordado por el proveedor en su presentación de Oferta Técnica. En caso que el período de atraso sea superior a 1 día, se tendrá como incumplimiento grave, de conformidad a la letra a) del Punto 25 de las presentes Bases. c) Se aplicará una multa de 10 U.T.M., en caso que el proveedor no haya cumplido con las obligaciones contempladas en las Bases de Licitación respectivas, lo cual quedará consignado en el Informe que debe emitir la Contraparte Técnica, para la aprobación del pago del servicio. Las multas no podrán exceder, en su monto total, el valor equivalente al 60% del monto de la garantía de fiel cumplimiento o al 30% del valor total del contrato, según el caso. En tal evento, además de cursar las multas, SENAMA podrá poner término anticipado al contrato. 26.2 APLICACIÓN DE LAS MULTAS En caso de incumplimiento, SENAMA podrá aplicar al adjudicatario las siguientes sanciones: Las multas se aplicarán por acto administrativo fundado del Servicio Nacional del Adulto Mayor, previo Informe fundado para la aplicación de multas, el cual será elaborado por la Contraparte Técnica, o a falta de este, por el Jefe de la Subdivisión de Proyectos de Inversión y Mantención de Infraestructura en su caso, el cual deberá contener, a lo menos: 1.- Identificación del Proveedor. 2.- Identificación de la licitación. 3.- Descripción del incumplimiento, el cual deberá contener a lo menos: a) La indicación de las situaciones constitutivas de incumplimiento y conforme con lo anterior. b) Documentación de respaldo de lo informado. 4.- Monto de la multa propuesto. 5.- Firma de la Contraparte técnica, o del Encargado de Programa o el Coordinador Regional, en su caso. Dicho Informe se remitirá a la Unidad Jurídica del Servicio, para la tramitación correspondiente. Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos, y sin perjuicio de la facultad que tiene SENAMA para poner término anticipado al contrato.
Procedimiento de aplicación de multas
Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las Bases o en la propuesta correspondiente, SENAMA aplica multas, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las Bases, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este numeral. En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, SENAMA notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada indicando la causa que lo motiva y la medida que se aplica y adjuntando copia del informe respectivo que fundamenta la aplicación de la medida, y de la Resolución Exenta que aprueba su aplicación. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en su registro en Chileproveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda. El Proveedor podrá reclamar por escrito de la aplicación de la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación. SENAMA resolverá, mediante resolución fundada, la reclamación presentada ya sea acogiendo los descargos del Proveedor y atenuando o dejando sin efecto la multa, o bien rechazando los argumentos y confirmando la aplicación de la multa respectiva. SENAMA notificará por escrito al Proveedor la resolución que resuelve el reclamo mediante Oficio remitido por carta certificada conforme a lo previsto en el párrafo precedente, adjuntando la respectiva Resolución Exenta. En contra de la resolución que aplica la o las medidas procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La interposición de los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880 no suspenderá el término anticipado del contrato. Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente: A) Si el incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato, se procederá a la ejecución inmediata de la garantía en carácter de cláusula penal imputándose el monto de las multas a aquella. Con todo, se procederá al descuento de los pagos de prestaciones adeudadas al proveedor, en su caso. B) Si el incumplimiento no conlleva el término anticipado del contrato, el Proveedor dispondrá del plazo de 5 días corridos para pagar la multa directamente en SENAMA. Lo anterior solo será aplicable siempre que el plazo de vigencia de la garantía resguarde debidamente la posibilidad de no pago de las multas. En caso contrario, se procederá a su ejecución inmediata. Si la garantía de fiel cumplimiento no puede pagar el total de la multa, se procederá al descuento de los pagos de prestaciones adeudadas al proveedor, en su caso, siempre y cuando lo permita la normativa vigente. El referido plazo de 5 días corridos se contará desde la fecha de notificación de la resolución que aplica la multa conforme a lo previsto en el párrafo segundo del presente artículo. Vencido dicho plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya realizado, se procederá a la ejecución de la garantía y las multas se aplicarán descontando su valor de aquella, en cuyo caso el Proveedor deberá entregar una nueva garantía en los mismos términos y condiciones exigidos en estas Bases. La falta de entrega de la nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.
Vigencia y duración del Contrato
La contratación entrará en vigencia una vez se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que adjudica la licitación, posterior al envío y aceptación del Orden de Compra. Toda modificación deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo. Dicha modificación en ningún caso podrá alterar los términos establecidos en las Bases de Licitación.
Inicio de la ejecución y Plazos
La entrega de productos y la prestación de los servicios materia de esta licitación deberá empezar una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que adjudica la licitación, posterior al envío y aceptación del Orden de Compra. El plazo de entrega de los productos será el señalado por el proponente en su oferta técnica y no deberá superar los 10 días corridos, contados a partir de la total tramitación del acto administrativo que adjudica la licitación y la orden de compra haya sido aceptada.
Pago
El pago del servicio se realizará en una cuota, correspondiente al monto total de la orden de compra, contra la entrega de los productos aprobado por la contraparte técnica de SENAMA y la presentación del documento tributario de cobro correspondiente, emitido por la empresa a nombre del Servicio Nacional del Adulto Mayor. Previo a la emisión de la factura, la Contraparte Técnica Nacional deberá dar la respectiva visación, al supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el cumplimiento de los objetivos y de los plazos acordados para la prestación del servicio comprometidos en la propuesta. Dicho pago se realizará en un plazo no superior a los 30 días contados desde la fecha de recepción del mencionado documento en la casilla senamarecepcion@custodium.com, única recepción válida, en formato XML, o cualquier otra que el servicio disponga en el futuro.
Contraparte Técnica
33.1. CONTRAPARTE TÉCNICA REGIONAL Los servicios que se licitan se ejecutarán bajo la supervisión y coordinación de la contraparte técnica de SENAMA, labor que le corresponderá al/la Coordinador/a Regional de O’Higgins. SENAMA se relacionará con el oferente seleccionado (tanto en los aspectos técnicos como operacionales, a través de la contraparte técnica). Se coordinarán reuniones de trabajo durante la ejecución del servicio, entre otras, con las siguientes finalidades: Le corresponderá a la contraparte técnica regional, realizar el proceso de evaluación de la calidad del servicio, emitir el informe correspondiente e informar al oferente y a quien corresponda de cualquier modificación a las condiciones contratadas. La contraparte técnica regional tendrá la responsabilidad de guiar la ejecución de los servicios contratados, para asegurar el alcance de los resultados esperados, pudiendo requerir para este fin, la corrección, rectificación, ampliación, especificación de los servicios, así como también cualquier otra medida preventiva o correctiva en la realización del mismo. La contraparte técnica deberá, asimismo, aprobar o rechazar los productos y servicios entregados por la adjudicataria y podrá solicitar la aplicación de multas de acuerdo a los criterios especificados en las presentes bases administrativas. 33.2. CONTRAPARTE TÉCNICA NACIONAL Los servicios que se licitan tendrán una contraparte técnica nacional de SENAMA, labor que le corresponderá al Jefe de la Subdivisión de Proyectos de Inversión y Mantención de Infraestructura. Serán de responsabilidad de la contraparte técnica, entre otras, las siguientes funciones: • Aprobar o rechazar el informe de evaluación emanado por la Contraparte Técnica Regional, según lo dispuesto en el punto 33.1. • Aprobar o rechazar el término anticipado de la contratación solicitado por la Contraparte Técnica Regional, según lo dispuesto en el punto 25. • Aprobar o rechazar la aplicación de multas, en caso de incumplimiento de los productos y servicios contratados, por causas que no sean imputables a SENAMA. • Solicitar la restitución de las garantías, custodiadas por Tesorería, a los proponentes/proveedores.
Resolución de situaciones de fuerza mayor
En caso de que antes o durante la ejecución del servicio se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevistos o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad del mismo, éste estará obligado a dar cumplimiento con lo ofertado, una vez que se haya resuelto la o las situaciones(es) antes señalada(s) de que se tratase, salvo que la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento del servicio encomendado. De ser el caso, se dará término anticipada a la contratación de servicios, de acuerdo a las causales señaladas en las Bases de Licitación. Toda situación de esta índole, deberá ser debidamente acreditada por SENAMA o el adjudicatario, según corresponda. De ser el caso, el adjudicatario deberá coordinar con la contraparte técnica de SENAMA el nuevo plazo o fecha para su total cumplimiento.
Confidencialidad
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la prestación de los servicios contratados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquellos. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la prestación del servicio, en cualquiera de sus etapas, deben guardar reserva de los antecedentes relacionados con el desarrollo de los mismos. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del vínculo contractual o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de reserva permanece indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario
SENAMA, en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, y de sus contratistas, pudiendo, además, solicitarla en cualquier momento durante la vigencia del contrato, quedando facultado en caso de detectarse incumplimiento, para retener el pago y actuar en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N°19.886 de Compras y Contratación Pública. Queda expresamente establecido que SENAMA no contraerá obligación alguna de carácter laboral o previsional respecto al personal contratado por el adjudicatario, siendo responsabilidad de este el estricto cumplimiento de las normas laborales y previsionales. Todo personal que contrate el adjudicatario, y cuya dependencia sea directa con motivo de la ejecución de los servicios materia del presente contrato, no tendrá en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación o dependencia con el SENAMA, sino que exclusivamente con el adjudicatario, quien seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud de este contrato. Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que el SENAMA lo requiera, el adjudicatario estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda a sus trabajadores
Disposiciones Varias
a. Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refiere la propuesta, serán de cargo exclusivo del adjudicatario. b. Los eventuales conflictos que se puedan producir entre SENAMA y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los Tribunales Ordinarios de Justicia. c. SENAMA queda liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables al adjudicatario, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento contractual, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del adjudicatario. d. Los eventuales daños que el personal de la empresa adjudicataria cause a los bienes, instalaciones, información y documentación de SENAMA, como también daños a terceros, serán cubiertos por la adjudicataria. e. La ejecución del servicio será supervisada por la contraparte técnica, que controlará y evaluará los trabajos solicitados y, asimismo, verificará el cumplimiento de las instrucciones que se hayan impartido al efecto. f. Será responsabilidad del adjudicatario disponibilizar para sus trabajadores los espacios necesarios y adecuados para las necesidades básicas establecidas en la normativa del DS 594. Baños, comedores, espacios de descanso y otros, según corresponda y en las condiciones que establece el reglamento sanitario. No obstante, podrá consultarse una vez adjudicada las obras la factibilidad de recintos que el operador del centro pueda facilitar según disponibilidad del momento.