REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR |
Estas bases de Licitación Pública se rigen por los principios del libre acceso, de competencia; publicidad y transparencia de los procedimientos; de igualdad en el trato y no discriminación, probidad y el buen uso de los recursos públicos.
Para dar cumplimiento a la Ley N°21.634 que moderniza la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, antes de enviar su propuesta los oferentes deben confirmar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del código penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
b) No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto Ley N°211, de 1973.
c) Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la Ley N°20.393.
d) No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
e) No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
f) No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la Ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
g) Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
h) Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
i) Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
j) No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
A fin de acreditar cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes tanto personas naturales, jurídicas y UTP deberán presentar una “Declaración Jurada de requisitos para ofertar”, la cual se genera en línea a través de www.mercadopublico.cl, en el último paso del módulo de presentación de su propuesta, donde se confirma el cumplimiento de los requisitos al momento de enviar una oferta o participar de un proceso de compra pública.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”
|
|
|
NORMATIVA LEGAL VIGENTE |
Este proceso de licitación se sujeta, en lo pertinente, a la siguiente normativa:
A. Las presentes Bases, que regulan el proceso de licitación, contratación y ejecución de los servicios licitados, y recepción de los bienes. En caso de contradicción entre las Bases y cualquier otro documento asociado a la presente licitación, prevalecerán las Bases.
B. Ley N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886 y sus modificaciones.
C. Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas.
D. La Ley N°21.634 de fecha 11 de diciembre de 2023, la cual moderniza la Ley N°19.886 y Otras leyes, para mejorar la calidad del Gasto Público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado.
E. Lo dispuesto en la Ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios e indicaciones del Oficio N°E4444887/2024, emitido por la Contraloría General de la República, donde “Imparte Instrucciones sobre aspectos de la Ley N°20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares antes autoridades y funcionarios”.
F. Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
G. La Ley N°21.180 de Transformación Digital del Estado de fecha 11 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°1770 de la Subsecretaria General de la Presidencia que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 27 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°86 de la División de Gobierno Digital que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 16 de enero 2020 y sus actualizaciones.
H. Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado. (DTE) de la Dirección de Presupuestos.
I. El Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado SIGFE.
J. El Dictamen de la Contraloría General de la Republica E464046N24 de fecha 18 de marzo de 2024 La que indica aspectos relacionados con las principales modificaciones a la Ley N°19.886, introducidas por la Ley N°21.634.
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, la presente licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que se indica a continuación:
- Aclaraciones.
- Consultas y respuestas.
- Las presentes bases administrativas y sus anexos.
- Otros antecedentes Técnicos que se incluyan en la licitación.
- Los términos de referencia / especificaciones técnicas.
- Ficha de licitación publicada en el Portal Mercado Público.
- Modificaciones y aclaratorias publicadas en relación a las bases antes del cierre de recepción de ofertas, mediante resolución fundada.
- Modificación al cronograma de Licitación.
- La designación de la Comisión Evaluadora y sus modificaciones respecto de quienes reemplacen.
- Las ofertas de los proponentes y sus formularios y anexos de presentación.
- Las aclaraciones de las ofertas a través del foro inverso, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes.
- El acta de apertura, admisibilidad y evaluación de licitación pública, realizada por la comisión evaluadora y su propuesta de adjudicación a la autoridad competente.
- La Resolución que aprueba la Adjudicación y/o declare Desierta la licitación pública.
- El contrato suscrito.
- La emisión y aceptación de orden de compra en el Portal www.mercadopublico.cl.
- Resolución de Recepción conforme.
|
|
|
BIENES REQUERIDOS Y SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
El Gobierno Regional de Aysén requiere la “ADQUISICIÓN DE 13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS”, para las Comunas de Coyhaique (5 unidades), Puerto Aysén (4 unidades), Cisnes (2 unidades) y Cochrane (2 unidades). De acuerdo a lo indicado a continuación:
a) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE 13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS (NUEVOS SIN USO).
En caso de presentar ofertas que discrepen de éstas en algún ítem, el oferente deberá indicar en Formulario E, en la columna “observaciones” cuál es la característica que presenta diferencia con lo solicitado.
Se deberá obligatoriamente adjuntar fichas técnicas, catálogos u otros, de los bienes con detalle de las características que permitan verificar los requisitos mínimos solicitados y lo ofertado por el proveedor.
ÍTEM DESCRIPCIÓN
1 CARACTERÍSTICAS GENERALES
TIPO DE VEHÍCULO JEEP O SUV
AÑO 2024/2025
TRACCIÓN 4X4
CILINDRADA 2450 CC O SUPERIOR
DISPOSICIÓN DE CILINDROS CILINDROS EN LÍNEA, NO EXCLUYENTE
SISTEMA ELÉCTRICO 12 V
TORQUE 340 N·M O SUPERIOR
POTENCIA DE MOTOR 166 HP O SUPERIOR
TRANSMISIÓN MECÁNICA O AUTOMÁTICA
EMISIONES EURO V O SUPERIOR
COMBUSTIBLE DIÉSEL
SISTEMA DE FRENOS ABS
FRENOS ESTACIONAMIENTO SI
EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD TODO LO EXIGIDO POR LA NORMATIVA CHILENA VIGENTE, PARA VEHÍCULOS DE ESTAS CARACTERÍSTICAS
NEUMÁTICOS NEUMÁTICO PARA CONDICIONES ON Y OFF-ROAD (A/T)
CARACTERÍSTICAS DEL CARROZADO EXTERIOR EL VEHÍCULO DEBE CONSIDERAR LA INTEGRACIÓN DE REJAS DE PROTECCIÓN CONFORME A LA SIGUIENTE DESCRIPCIÓN TÉCNICA: LAS REJAS DEBEN PROPORCIONAR COBERTURA PARA VIDRIOS DE PUERTAS, PARABRISAS, LUNETA TRASERA Y TOTALIDAD DE VIDRIOS FIJOS DEL VEHÍCULO. LA REJA DEBE ESTAR FABRICADA CON ARMAZÓN EN BARRA DE ACERO REDONDA (NO SE ACEPTA PERFIL TUBULAR) EN DIÁMETRO DE A LO MENOS 12 MM, CURVADA CONFORME AL DISEÑO DEL VEHÍCULO. LA REJA DE PROTECCIÓN DEBE SER ELECTRO SOLDADA CON CUADROS DE 20X50 MM (+/- 2 MM), ALAMBRE DE ENTRE 2,5 Y 3,00 MM DE ESPESOR, ESTA DEBE ESTAR DISEÑADA PARA PROTEGER EL VIDRIO Y CONTORNOS DE VENTANA, LA FIJACIÓN SERÁ MEDIANTE PERNOS ALLEN Y TUERCA REMACHADA A LA CHAPA METÁLICA DEL VEHÍCULO O SISTEMA EQUIVALENTE EN AQUELLOS LUGARES QUE NO SE PERMITA LA INCORPORACIÓN DE TUERCAS REMACHADA. LAS REJAS A INSTALAR EN AMBAS PUERTAS DELANTERAS (DERECHA E IZQUIERDA), DEBEN TENER APERTURA TIPO VENTANA DE 25X15 CM (+/2 CM), DESLIZANTE QUE PERMITA COMUNICACIÓN DIRECTA CON EL EXTERIOR. LA REJA DEL PARABRISAS DEBERÁ TENER UNA APERTURA "TIPO VENTANA" ABATIBLE DE 50X50 CM (+/- 2 CM), LA CUAL SE ENCONTRARÁ UBICADA EN EL COSTADO DEL CONDUCTOR, DEBIENDO CONSIDERAR SU RESPECTIVO ELEMENTO DE SUJECIÓN. LA REJA DEBERÁ MANTENER SUS BORDES CERCANOS A LA CARROCERÍA, IMPIDIENDO QUE SE PUEDAN INTRODUCIR LAS MANOS U OTROS ELEMENTOS QUE PUEDAN UTILIZARSE PARA EXTRAERLA A LA FUERZA. LA INSTALACIÓN DE LA REJA NO DEBE ENTORPECER LA POSICIÓN DE LOS ESPEJOS RETROVISORES, FOCOS DE SEGUIMIENTO EN PILARES, EL ACCIONAMIENTO DE LAS PLUMILLAS, LAVA PARABRISAS NI CÁMARAS DE GRABACIÓN (DELANTERA Y TRASERA).
PROTECCIÓN ANTI BALÍSTICA EL VEHÍCULO DEBERÁ CONTAR CON PROTECCIÓN ANTI BALÍSTICA, LA CUAL DEBE SER INSTALADA EN LA ZONA OPACA (PARTE BAJA) DE LAS 4 PUERTAS DEL VEHÍCULO (DELANTERAS Y TRASERAS), PROTECCIÓN QUE DEBE CUMPLIR CONDICIONES ANTI BALÍSTICAS, REQUERIMIENTO EXIGIDO PARA PARTES OPACAS (CHAPA METÁLICA DE PUERTAS): NIVEL IIIA DE LA NORMA NIJ 0108.01, UTILIZADA COMO REFERENCIA, MATERIAL EXIGIDO: POLIPARAFENILENO TEREFTALAMIDA O MATERIAL DE CARACTERÍSTICAS EQUIVALENTES (NO SE ACEPTA ACERO BALÍSTICO), PARA VERIFICAR LAS CONDICIONES DE PROTECCIÓN ANTI BALÍSTICA DEL MATERIAL PROPUESTO, EL OFERENTE DEBERÁ HACER ENTREGA DE UN CERTIFICADO DEL FABRICANTE DEL MATERIAL BALÍSTICO EN SU OFERTA, ADEMÁS SE DEBERÁ INFORMAR AL ENCARGADO DEL CONTRATO CUANDO EL MATERIAL SEA INSTALADO PARA CORROBORAR DE MANERA PRESENCIAL LA INSTALACIÓN UNA VEZ COMENZADO EL PROCESO DE MONTAJE Y SE REALIZARÁ REVISIÓN DE LA INSTALACIÓN UNA VEZ TERMINADO EL PROCESO DE CONVERSIÓN DE TODAS LAS UNIDADES.
PARACHOQUES FRONTAL EL VEHÍCULO DEBE CONSIDERAR UN PARACHOQUES DE EMPUJE FRONTAL AFIANZADO MEDIANTE PERNOS AL BASTIDOR Y/O COMPONENTE ESTRUCTURAL DEL VEHÍCULO QUE PERMITA SU RETIRO NO DEBE ESTAR SOLDADO AL CHASIS , PARACHOQUES QUE DEBE SER FABRICADO EN ACERO, ALUMINIO O MATERIAL DE CARACTERÍSTICAS EQUIVALENTES QUE PERMITAN SU DEFORMACIÓN ANTE UN IMPACTO, CUYO PESO NO MENOSCABE LAS CONDICIONES DINÁMICAS DEL VEHÍCULO, COMPLEMENTO QUE DEBERÁ CONSIDERAR LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS: LA PARTE SUPERIOR DEL PARACHOQUES, NO DEBERÁ SUPERAR HACIA ARRIBA MÁS DE 150 MM DESDE LA LÍNEA DE CIERRE DE LA TAPA DE MOTOR (CAPOT). LA PARTE INFERIOR DEL PARACHOQUES NO DEBERÁ SUPERAR HACIA ABAJO MÁS DE 50 MM DESDE LA LÍNEA INFERIOR DE LA FUNDA PARACHOQUES DE ORIGEN DEL VEHÍCULO. EL ANCHO TOTAL DEL PARACHOQUES DEBERÁ ENCONTRARSE ENTRE LOS FAROS DE ILUMINACIÓN DE ORIGEN DEL VEHÍCULO. EL PARACHOQUES DEBERÁ CONSIDERAR UNA UNIÓN TRANSVERSAL SUPERIOR MEDIANTE PERFIL TUBULAR. EL PARACHOQUES DEBERÁ CONSIDERAR UNA UNIÓN TRANSVERSAL MEDIA MEDIANTE LAMINA PLEGADA DEL MISMO ESPESOR DEL MATERIAL CONSTRUCTIVO DE LOS BRAZOS AMBOS BRAZOS DEL PARACHOQUES DEBEN CONSIDERAR LA ADICIÓN DE PERFILES PLANOS CON GOMAS DE PROTECCIÓN CUYO ANCHO TOTAL NO DEBERÁ SUPERAR 60 MM EL LARGO DE LOS BRAZOS DEBERÁ CONSIDERAR ENTRE 180 - 230 MM
2 EQUIPAMIENTO
BALIZA EL VEHÍCULO DEBE CONTAR CON UN (01) BARRAL DE ADVERTENCIA LUMÍNICA EXTERIOR, UBICADO EN LA PARTE CENTRAL DE TECHO DEL VEHÍCULO EN DISPOSICIÓN TRANSVERSAL. EL BARRAL DEBE CONSIDERAR UNA LONGITUD ENTRE 40" Y 55", CUYA INSTALACIÓN SE DEBE EFECTUAR EN FUNCIÓN DE LAS CONDICIONES CONSTRUCTIVAS DEL VEHÍCULO, DEBIENDO CONTAR CON UN MÍNIMO DE 16 MÓDULOS LED, QUE PROYECTEN LUZ EN 360 0, CUYA CONSTRUCCIÓN DEBERÁ CONSIDERAR MATERIALES COMO POLICARBONATO Y/O DE CARACTERÍSTICAS EQUIVALENTES QUE GARANTICEN ALTA RESISTENCIA AL IMPACTO, A LA DECOLORACIÓN. EL SISTEMA DE ANCLAJE DEBE SER CONFORME AL MODELO DEL MÓVIL OFERTADO A FIN DE ASEGURAR LA SUJECIÓN DEL EQUIPO. EL EQUIPO DEBE ADMITIR UNA TENSIÓN CONFORME A LAS CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA ELÉCTRICO DEL VEHÍCULO. EL BARRAL DE ADVERTENCIA LUMÍNICA "BALIZA" CONTARA CON LA SIGUIENTE DISTRIBUCIÓN DE COLORES: UN MÍNIMO DE DOS MÓDULOS LED DE COLOR AMARILLO DIRIGIDOS HACIA LA PARTE DELANTERA DEL VEHÍCULO, UN MÍNIMO DE TRES MÓDULOS LED DE COLOR AMARILLO DIRIGIDOS HACIA LA PARTE TRASERA DEL VEHÍCULO, UN MÍNIMO DE CUATRO MÓDULOS LED DE COLOR ROJO DIRIGIDOS HACIA LA PARTE DELANTERA DEL VEHÍCULO, UN MÍNIMO DE CUATRO MÓDULOS LED DE COLOR ROJO DIRIGIDOS HACIA LA PARTE TRASERA DEL VEHÍCULO EL BARRAL DEBERÁ CONTAR ADEMÁS CON TRES O MÁS LUCES LED DE ILUMINACIÓN Y CONTROL DE COLOR BLANCO, UNA COMO MÍNIMO CENTRAL FRONTAL Y DOS LATERALES (UNA EN CADA EXTREMO DEL BARRAL). EN LA DISTRIBUCIÓN DE LOS MÓDULOS DE COLOR ROJO, SE EXIGE QUE CUATRO DE ESTOS ESTÉN DISPUESTOS EN LAS ESQUINAS DEL BARRAL. EL SISTEMA DE ADVERTENCIA LUMÍNICA DEBERÁ CONTAR CON SWITCH DE CONTROL PARA CADA UNA DE LAS MODALIDADES DE USO DE LAS BALIZAS (MÓDULOS DE COLOR ROJO, MÓDULOS DE COLOR AMARILLO, MÓDULOS DE COLOR ROJO/AMARILLO EN CONJUNTO, LUZ DE ILUMINACIÓN FRONTAL Y LUCES DE ILUMINACIÓN LATERALES DE MANERA DIFERENCIADA IZQUIERDO [DERECHO).
TRANSCEPTOR UNO (01) CON EL OBJETO DE EFECTUAR LA INSTALACIÓN DE LOS EQUIPOS DE COMUNICACIÓN RADIAL, CADA VEHÍCULO DEBERÁ CONSIDERAR UN KIT DE INSTALACIÓN PARA EQUIPO MÓVIL TRANSCEPTORES APX-2500 O DE PRESTACIONES SIMILARES, EL CUAL DEBE CONSIDERAR LOS SIGUIENTES ELEMENTOS: 01 ANTENA MÓVIL TRUNKING 764 - 870 MHZ., 3 DB DE GANANCIA, MONTAJE PERFORADO, DEBE INCLUIR CABLE COAXIAL Y CONECTOR MINI UHF, PIN: HAF4017A.
01 CABLE DE IGNICIÓN PARA EQUIPO MÓVIL APX-2500, PIN: HLN6863B. O DE PRESTACIONES SIMILARES
01 MICRÓFONO DE PALMA PARA MÓVIL APX2500, CONECTOR REDONDO. O DE PRESTACIONES SIMILARES
01 CABLE DE ALIMENTACIÓN 12V DE ALTA POTENCIA ORIGINAL, EQUIVALENTE EN SU CALIDAD, FABRICACIÓN Y PRESTACIÓN. PARA TRANSCEPTOR DE 45 WATT. (DEBE ENCONTRARSE ROTULADO CON SU NRO. DE PARTE EN EL CONDUCTOR ELÉCTRICO) O DE PRESTACIONES SIMILARES
01 PARLANTE EXTERNO 15 W RESISTENTE AL AGUA, PARA MÓVIL APX2500 O DE PRESTACIONES SIMILARES
01 RACK PARA MONTAJE DE EQUIPO APX2500 O DE PRESTACIONES SIMILARES
PROTECCIÓN DE CABLEADO DEBE SER CON SPAGHETTI PARA ALTA TEMPERATURA DE 10 A 12 MM O SIMILAR
NVR EL NVR DEBE SER DE TIPO MÓVIL, DISEÑADO Y FABRICADO ESPECIALMENTE PARA USO EN VEHÍCULOS.
DEBE TENER CAPACIDAD PARA 4 0 MÁS CANALES IP DE TIPO POE, RJ45 10/100MBPS O SUPERIOR.
STREAM DE VIDEO/AUDIO PRINCIPAL CON RESOLUCIÓN FULL HD (1080P) A 30 CUADROS POR SEGUNDO O SUPERIOR.
STREAM DE VIDEO/AUDIO SECUNDARIO EN RESOLUCIÓN 4CLF O DL O SUPERIOR.
COMPRESIÓN DE VIDEO SOPORTADA H.264/H.265 0 SUPERIOR.
SOPORTE DE PROTOCOLO ONVIF.
EL NVR DEBE INCLUIR UN DISCO DURO TIPO SSD DE 1TB O SUPERIOR.
EL NVR DEBE CONTAR CON UNA O MÁS SALIDAS DE VIDEO PARA CONEXIÓN DE MONITOR.
EL NVR DEBE CONTAR CON MÓDULOS 3G/4G/5G, WIFI Y GPS INTERNOS, ASIMISMO, DEBERÁ INCLUIR CONECTORES Y LAS ANTENAS CORRESPONDIENTES PARA CADA CONEXIÓN INALÁMBRICA.
EL NVR DEBE CONTAR CON PUERTOS USB PARA RESPALDOS DE GRABACIONES Y CONEXIÓN DE TECLADO Y MOUSE.
EL NVR MÓVIL DEBERÁ CONTAR CON LLAVE U OTRO SISTEMA DE BLOQUEO PARA LA EXTRACCIÓN DE LOS DISCOS DUROS. EL NVR MÓVIL DEBERÁ CONTAR CON ACCESO RESTRINGIDO A SU CONFIGURACIÓN MEDIANTE USUARIO Y CONTRASEÑA
FUENTE DE ALIMENTACIÓN DE 9 A 32 VCD
LA INSTALACIÓN DEBE INCLUIR TODOS LOS MATERIALES Y ACCESORIOS NECESARIOS PARA LA CORRECTA INSTALACIÓN, CONFIGURACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL SISTEMA. NO SE ACEPTARÁN SISTEMAS CONECTADOS MEDIANTE WIFI ENTRE SUS EQUIPOS (NVR-CAMARAS). TODOS LOS ACCESORIOS UTILIZADOS PARA LA INSTALACIÓN, COMO SOPORTES DE CÁMARAS, SOPORTE DE MONITOR, ANTENAS, CONECTORES DE VIDEO Y/O ALIMENTACIÓN DEBEN SER DE LA MARCA ORIGINAL 0 100% COMPATIBLES CON EL SISTEMA DE CCTV MÓVIL. LOS TRABAJOS DE INSTALACIÓN DEBEN MANTENER LA ESTÉTICA INTERIOR Y EXTERIOR DEL VEHÍCULO (CABLES Y CONECTORES A LA VISTA) SIN ALTERAR SUS FUNCIONALIDADES. O LAS REJAS PROTECTORAS DE PARABRISAS NO DEBERÁN INTERPONERSE EN LA VISIÓN DE LAS CÁMARAS, SE DEBE INCLUIR TODO EL EQUIPAMIENTO PARA RETIRAR LA INFORMACIÓN GRABA EN EL SISTEMA.
SISTEMA CCTV MÓVIL EL VEHÍCULO DEBERÁ CONTAR CON UN SISTEMA DE CCTV MÓVIL CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS: EL SISTEMA DEBE ESTAR COMPUESTO POR UN NVR Y CÁMARAS IP DISEÑADOS PARA USO EN VEHÍCULOS. O EL SISTEMA DEBE PERMITIR TANTO LA GRABACIÓN LOCAL DE LAS IMÁGENES COMO LA TRANSMISIÓN INALÁMBRICA (3G/4G/5G O WIFI) DEL VIDEO/AUDIO Y POSICIONAMIENTO SATELITAL DESDE EL VEHÍCULO HASTA LA PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN IVMS-5200 MOBILE SURVEILLANCE O HIKCENTRAL PROFESIONAL O OTRA PLATAFORMA DE PRESTACIONES SIMILARES, EXISTENTES EN LAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD, POR LO TANTO, EL EQUIPAMIENTO OFERTADO DEBE SER 100% COMPATIBLE CON PLATAFORMA DE ADMINISTRACIÓN DE VIDEO. EL ENCENDIDO DEL SISTEMA CCTV MÓVIL DEBE SER EN FORMA AUTOMÁTICA DESDE EL ARRANQUE DEL MOTOR Y CON SWITCH- BOTÓN DE ENCENDIDO O SIMILAR, SIN NECESIDAD DE SER INTERVENIDO POR EL USUARIO (ENCENDIDO DEL SISTEMA E INICIO DE GRABACIÓN EN FORMA AUTOMÁTICA). EL SISTEMA DEBE CONTAR CON UN MONITOR PARA SER INSTALADA EN LA PARTE DELANTERA DEL VEHÍCULO A FIN DE VISUALIZAR LA IMAGEN DE LAS CÁMARAS EN VIVO Y SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO. LCD O LED DE 7" COMO MÁXIMO. 0 800X480 0 SUPERIOR. ÁNGULO DE VISIÓN DE 130 GRADOS 0 SUPERIOR. IP54 0 SUPERIOR
SIRENA EL VEHÍCULO DEBERÁ CONTAR CON UN EQUIPO DE ADVERTENCIA ACÚSTICA QUE INCORPORE UNA SIRENA ELECTRÓNICA, QUE A LO MENOS EMITA LOS SIGUIENTES TONOS "WAIL, YELP, HI-LO Y HORN", CON UNA POTENCIA DESDE 100 WATTS, DEBIENDO CONTAR CON MICRÓFONO DE PALMA PARA APLICACIÓN COMO ALTOPARLANTE. LA SIRENA DEBERÁ CONSIDERAR UN PARLANTE CON UNA POTENCIA DE A LO MENOS 100 WATTS. ASÍ MISMO EL EQUIPO DEBE ADMITIR LA TENSIÓN E INTENSIDAD ELÉCTRICA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DEL VEHÍCULO, PARA ASEGURAR SU CORRECTA OPERACIÓN
LÁMINAS DE SEGURIDAD DEBERÁ CONTAR CON LÁMINAS DE SEGURIDAD EN PARABRISAS DEL TIPO INCOLORA DE 4 MICRAS Y EN LA TOTALIDAD DE LOS VIDRIOS POSTERIORES DE 7 MICRAS, CON OSCURECIMIENTO DEL 20% EN LATERALES FRONTALES Y 50% EN LATERALES POSTERIORES
PARLANTE UNO (01) PARLANTE DE 100W DE POTENCIA, INSTALADO EN LA PARTE FRONTAL DE LA UNIDAD Y CONECTADA A LA SIRENA ELECTRÓNICA.
CÁMARAS VEHICULAR 02 CÁMARA EXTERIOR IP PROFESIONAL (DELANTERA Y TRASERA) CON DISEÑO, DIMENSIONES Y FABRICACIÓN PARA USO VEHICULAR, CONSIDERANDO LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS:
RESOLUCIÓN STREAM PRINCIPAL FULL HD (1920X1080) O SUPERIOR.
PUERTO RJ-45 10/100MBPS O SUPERIOR COMPATIBLE CON ALIMENTACIÓN POE.
COMPRESIÓN H.264/H.265 0 SUPERIOR.
CÁMARA CON TECNOLOGÍA WDR (RANGO DINÁMICO AMPLIO) 120 DB O SUPERIOR.
TEMPERATURA DE OPERACIÓN EN UN RANGO DE -40 GRADOS C A 70 GRADOS C O SUPERIOR.
CÁMARA CON IR CON ALCANCE MÍNIMO DE 10M.
3 EJES DE AJUSTE
CÁMARA CON PROTECCIÓN IP68 0 SUPERIOR.
CÁMARA CON PROTECCIÓN IK1O O SUPERIOR.
DEBE CONTAR CON TECNOLOGÍA DE MEJORA IMAGEN 3D DNR Y ESTABILIZACIÓN DE IMAGEN ELECTRÓNICA (EIS)
ONVIF
AMBAS ADOSADAS AL TECHO, CUYA FINALIDAD BUSCAR LA PANORÁMICA DELANTERA Y TRASERA.
FOCOS DE SEGUIMIENTO 2, TIPO LED DE SEGUIMIENTO DE ACCIONAMIENTO MANUAL O SIMILAR, EMPOTRADOS EN LOS PILARES FRONTALES( EN CADA LADO DEL PARABRISAS) CONTANDO CON SU RESPECTIVO SISTEMA DE ACCIONAMIENTO INTERNO, EL ACCIONAMIENTO DEL FOCO DE SEGUIMIENTO DEL PILOTO NO DEBE INTERFERIR EN LA CONDUCCIÓN
BARRA ANTIVUELCO BARRA ANTIVUELCO INTERIOR, MINERA CERTIFICADA O CONFORME A MODELO ORIGINAL DE FÁBRICA.
3 ADICIONALES
SERVICIO TÉCNICO SERVICIO TÉCNICO DE LA MARCA DE VEHÍCULO OFERTADO, CON PRESENCIA EN LA REGIÓN DE AYSÉN
ELEMENTOS DE SEGURIDAD, EXIGIDOS POR LA LEY DE TRÁNSITO BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS, TRIÁNGULOS DE SEGURIDAD, EXTINTOR DE PQS DE 6KG Y CHALECO REFLECTANTE
CAJA DE HERRAMIENTAS COMPRESOR DE AIRE PORTÁTIL DE 12V , GATA HIDRÁULICA DE CAPACIDAD DE LEVANTE DEL VEHÍCULO
CADENAS PARA LA NIEVE 2 JUEGOS DE CADENAS COMPATIBLES CON EL RODADO TRASERO Y DELANTERO
MANTENIMIENTO PREVENTIVO FILTROS ,LUBRICANTES Y ELEMENTOS NECESARIOS PARA MANTENCIÓN DE LOS PRIMEROS 10,000 KM, 20,000KM Y 30,000 KM
EQUIPO ANTI VANDALISMO TAPA DE ESTANQUE DE COMBUSTIBLE CON LLAVE
GRÁFICA CARROCERÍA DEBERÁ CONTEMPLAR GRÁFICA SEGÚN IMAGEN DE REFERENCIA INSTALADA EN TODO EL VEHÍCULO , LA CUAL SERÁ PROPORCIONADA POR EL ENCARGADO DE CONTRATO
LOGOS MUNICIPALIDAD EN AMBOS LADOS DEL VEHÍCULO, ADHESIVO, PLOTEADO Y A TODO COLOR SE DEBEN CONSIDERAR EL LOGO DE LOS SIGUIENTES MUNICIPIOS: COYHAIQUE (5 UNIDADES), AYSÉN (4 UNIDADES), COCHRANE (2 UNIDADES) Y CISNES (2 UNIDADES), GRAFICA Y UBICACIÓN SERÁ PROPORCIONADA POR EL ENCARGADO DE CONTRATO
LOGOS GORE AYSÉN EN AMBOS LADOS DEL VEHÍCULO, ADHESIVO, PLOTEADO Y A TODO COLOR, IMPRESIÓN SOLO LOGO, SIN BORDES BLANCOS EN CADA UNIDAD SOLICITADA, GRAFICA Y UBICACIÓN SERÁ PROPORCIONADA POR EL ENCARGADO DE CONTRATO
CAPACITACIÓN CAPACITACIÓN EN, RECONOCIMIENTO DE COMPONENTES DE MANTENCIÓN Y CONSUMIBLES DE MANTENIMIENTO, CAPACITACIÓN DE POSIBLES FALLAS Y ERRORES DE OPERACIÓN, CAPACITACIÓN PRACTICA DE CONDUCCIÓN Y OPERACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS EQUIPOS, CAPACITACIÓN EN MANEJO DE DATOS Y RESCATE DE INFORMACIÓN PARA LA CANTIDAD DE FUNCIONARIOS QUE LA MUNICIPALIDAD ASIGNE PARA ESTA.
4 DOCUMENTACIÓN
INSCRIPCIÓN SEGÚN RNVM
REVISIÓN TÉCNICA Y/O CERTIFICADO DE HOMOLOGACIÓN SEGÚN RNVM
PERMISO DE CIRCULACIÓN SEGÚN RNVM
SEGURO OBLIGATORIO SEGÚN RNVM
MANUALES DE EQUIPOS Y VEHÍCULO EN ESPAÑOL
5 GARANTÍA TÉCNICA
GARANTÍA SOLICITADA PARA EL VEHÍCULO, EMITIDO POR EL DISTRIBUIDOR DE LA MARCA 24 MESES O SUPERIOR
6 IMAGEN REFERENCIAL
b) Garantía Técnica de los Bienes
El oferente deberá garantizar obligatoriamente los productos y bienes adquiridos en esta licitación, según los requerimientos contemplados en el punto anterior y que se detallan a continuación:
EQUIPOS GARANTÍAS
13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS 24 MESES O SUPERIOR
Se deberá detallar la garantía en Formulario F que propone para los equipos y máquinas que oferte.
Esta garantía debe considerar cualquier desperfecto, falla atribuible a la instalación, montaje, daño por traslado y funcionamiento anormal de los bienes.
El oferente deberá dar respuesta al momento que se le notifique la existencia de fallas y/o desperfectos, mediante carta dirigida al oferente adjudicado, para la correspondiente reparación, reposición y/o cambio de la maquinaria o equipo si fuera el caso de aquellos equipamientos que se encuentran en mal estado o con problemas. El plazo para dar respuesta deberá ser de 7 días hábiles desde su notificación, programándose que esta solución deberá ser subsanada en un periodo total de 15 días hábiles como máximo, desde su notificación.
El oferente adjudicado deberá subsanar las indicaciones planteadas, en forma correcta y de buena fe, incorporando los instrumentos adecuados, de igual forma y con la misma calidad de los equipamientos y productos que han presentado problemas, que tengan estricta sujeción a las especificaciones técnicas y descripción detallada en Artículo 07 de las presentes bases.
Se deberá adjuntar: Certificado de Garantía de Servicios emitido por la distribuidora de la marca que informe sobre Garantía de fábrica, las prestaciones de servicio técnico y el suministro de repuestos necesarios para dar soporte a la marca y máquina ofertada, señalando sucursal y/o modalidad de servicio técnico, (indicado en el Formulario H).
|
|
|
OFERENTES DE LA LICITACIÓN |
Podrán participar de la presente licitación, todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de oferentes que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga la normativa vigente, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en el Artículo 35 septíes del Capítulo VII de la Ley N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas y en el artículo 4° incisos 1° y 6° de la Ley N°19.886, y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes Bases.
Los participantes sean estas personas naturales o jurídicas pueden actuar personalmente o representados por un tercero, sin perjuicio de lo cual aquellas ofertas que no emanen de quien tenga poder suficiente para efectuarlas, no podrán ser adjudicadas conforme a lo prescrito en el Artículo 41° del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Persona natural
Las personas naturales deberán, al momento de contratar, encontrarse hábiles para contratar con los organismos del Estado.
Si un oferente no se encuentra inscrito en el Registro de Oferentes o bien los antecedentes requeridos no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:
• Fotocopia de cédula identidad.
• Fotocopia de Iniciación de Actividades
Personas Jurídicas
Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo. Lo anterior, siempre que los antecedentes no se encuentren validados y vigentes por el portal Registro de Proveedores D.C.C.P. (Dirección de Compras y Contrataciones Públicas). En el caso que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:
• Rol único Tributario.
• Cédula de identidad del Representante Legal.
• Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses.
• Certificado de vigencia de poderes, del Registro de Comercio respectivo de fecha no superior a seis meses.
• Escritura de constitución de sociedad o empresa, con indicación de su inscripción en el Registro de Comercio y fecha de publicación en el Diario Oficial.
• En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el Artículo 12 de dicha Ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad con las disposiciones legales correspondientes.
Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras, deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandatario con poder suficiente, y cumplir con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ley N° 19.886.
Unión Temporal De Proveedores.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, deberá dar cumplimiento al artículo 67° bis del Reglamento de Compras Públicas.
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento.
Aquella oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente Artículo, será declarada inadmisible.
El contenido del acuerdo de la Unión Temporal de Proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos:
a) La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de Proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante.
b) El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la Unión Temporal de Proveedores ante la Entidad licitante.
c) Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente incorporados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato.
d) La no suscripción del instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y re-adjudicar.
e) Definir la forma de facturación de la Unión Temporal de Proveedores.
f) Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores va a tomar las garantías a nombre del Gobierno Regional de Aysén.
g) La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución y hasta la liquidación del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en la parte final del inciso primero del artículo 4° de la ley N°19.886, modificado por el artículo 401 de la Ley N° 20.720, no podrán participar en este proceso los oferentes que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, o hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
|
|
|
PRESUPUESTO REFERENCIAL |
El Presupuesto Referencial para la adquisición de los de los 13 (U) Vehículos 4x4 Acondicionados y todos sus costos asociados según descripción de las presentes Bases, asciende al monto de $ 1.045.617.000.- (mil cuarenta y cinco millones seiscientos diecisiete mil pesos), impuestos incluidos.
Se entenderá por presupuesto referencial, aquel presupuesto que constituye un valor estimativo de la presente adquisición, y que permite a los oferentes consignar un precio mayor a dicho presupuesto.
Para el caso que la oferta más conveniente, conforme a las bases, contemple un precio mayor al presupuesto referencial, el Gobierno Regional, a través de sus procedimientos internos, procederá a autorizar o no la mayor disponibilidad presupuestaria, si procediera. En caso de no autorizarse a mayor disponibilidad presupuestaria, el Gobierno Regional procederá a declarar la oferta como no conveniente para los intereses del Organismo.
El oferente deberá calcular en base a su propio análisis, los precios y gastos generales que se contraigan para proveer los bienes solicitados, además de los costos asociados tales como el traslado hasta Coyhaique, Comuna de Coyhaique, Región de Aysén.
De acuerdo a las características de las ofertas presentadas, el Gobierno Regional procederá a la adjudicación, reevaluación del proyecto o a desestimar las propuestas si éstas no fueren convenientes para los intereses del servicio.
La presente propuesta se contratará bajo modalidad de SUMA ALZADA, SIN REAJUSTES NI INTERESES.
|
|
|
PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES |
El plazo de entrega final de los bienes licitado, será el indicado por el proveedor adjudicado en su propuesta en el Formulario G “PLAZO DE ENTREGA”, con un plazo mínimo de 20 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación que aprueba la Resolución de Suscripción de Contrato, debiendo ser entregado en Dependencias del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en la dirección Calle Ejercito N° 405, Coyhaique, Región Aysén.
El transporte de los bienes hasta el destino final, deberá incluir todos los elementos necesarios accesorios e insumos, los gastos que incurra por concepto de traslado tales como pasajes, viáticos, honorarios, estadías, pago de peajes y de cobros tags entre otros, que involucre la entrega de estos bienes.
Según el plazo designado por el oferente y sin perjuicio de la prórroga que corresponda otorgar si se verificase alguna causal constitutiva de caso fortuito o fuerza mayor, se consignan causas en las siguientes circunstancias:
a) Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobada por la Inspección Técnica, según se regula en las presentes bases.
b) Por caso fortuito o fuerza mayor se entenderá todos los casos en que de conformidad a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, ocurra un imprevisto imposible de resistir no imputable a las partes y que haga inevitable incurrir en un atraso en la entrega de los bienes licitados.
Para esto, el oferente deberá poner en conocimiento de dicha circunstancia, a más tardar dentro del quinto día hábil desde que ésta se configure, solicitando en el mismo acto la ampliación del plazo para la entrega, de acuerdo a los canales de comunicación establecidos en las presentes bases.
El rechazo que haga el Encargado de Contrato o la Comisión de Recepción, durante la entrega de los bienes que no cumplan con las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas y/o en Bases Administrativas, no darán derecho a prórroga alguna y hará procedente a la aplicación de multas y sanciones establecidas en esta Bases.
Respecto de los plazos ofertados por el oferente adjudicado, según lo señalado en las presentes bases estará afecto a las multas por atraso en la entrega de los bienes licitados, sin perjuicio de la prórroga que corresponda otorgar si se verificase alguna causal constitutiva descrita en a) o b) precedentes.
El incumplimiento por parte del oferente de su deber de dar aviso y de presentar la solicitud de prórroga en los términos indicados, se entenderá como simple atraso y hará procedente la aplicación Multas y Sanciones y/o el Término del Contrato según lo establecido en los artículos 28 y 29 de estas Bases, según corresponda.
|
|
|
BASES ADMINISTRATIVAS |
El proceso de licitación se conducirá bajo las disposiciones que establecen las presentes Bases Administrativas, anexos y formularios, disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
Consultas y aclaraciones:
De conformidad a lo establecido en el Artículo 35 ter. De la Ley N°21.634 que Moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas, se prohíbe la comunicación entre participantes e interesados en el en el proceso de contratación una vez iniciado el proceso, no obstante en el Artículo 27 del Decreto 250/2004 del Ministerio de Hacienda ( Reglamento de la Ley de Compras), se establece la posibilidad de que los oferentes realicen las consultas de carácter administrativo o técnico que estimen necesarias respecto a las Bases, pero siempre a través del Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl, dentro los plazos establecidos y a través del foro dispuesto para ello al efecto.
Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la Entidad Licitante mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.886.
b) Modificaciones de las bases:
La Entidad licitante podrá introducir modificaciones a las presentes Bases mediante acto administrativo fundado el cual deberá sometido a control de legalidad ante la Entidad Fiscalizadora. Estas modificaciones de bases se realizarán, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal www.mercadopublico.cl. Se realizarán modificaciones o complementaciones de bases por las siguientes causales:
1. Errores u omisiones en alguno de los artículos constitutivos de las presentes bases y los respectivos formularios.
2. Complementación de la información administrativa y/o técnica que favorezca la presentación de las ofertas, que sea causa del proceso consultas y aclaraciones.
3. Otras que no se encuentren contempladas en los puntos anteriores.
Se considera parte de estas modificaciones a los formularios aprobados y sugeridos para la presentación de ofertas señalados en las presentes bases de licitación. Siempre que éstas no impliquen otorgar ventajas indebidas y en plena observancia del principio de estricta sujeción a las bases.
c) Modificación a las bases de licitación en relación a los plazos y cronograma de licitación.
El Gobierno Regional de Aysén - si fuese necesario - hasta antes del cierre de presentación de ofertas, podrá otorgar un nuevo plazo para la presentación de las propuestas mediante resolución fundada, debidamente aprobada por la autoridad competente y sometido a control de legalidad ante la Entidad Fiscalizadora (artículo 10.4 de la resolución N° 7/2019 de la CGR).
De existir finalmente esta modificación de las bases, una vez realizada la toma de razón, se incrementará el PLAZO DE CIERRE PARA PRESENTAR OFERTAS en 15 días hábiles administrativos, pudiendo modificar dicho plazo las veces necesarias hasta la total tramitación de la modificación por parte del Órgano Contralor.
El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en el artículo 04: “Etapas y Plazos: Cronograma de la Licitación” y expresados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación, inclusive el plazo de adjudicación, en caso que se requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado.
En conformidad con el artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, en caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones.
En caso que exista incongruencia o contradictoriedad entre la ficha ingresada en el portal www.mercadopublico.cl y las bases administrativas, técnicas y sus formularios anexos aprobados por la autoridad competente, primará lo que contienen las bases de esta licitación.
Sin embargo, esta entidad podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afecten intereses de terceros.
|
|
|
VIGENCIA Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS. |
Vigencia de las ofertas
Las ofertas tendrán un plazo de validez de 90 días corridos, contados desde la fecha fijada para su presentación en el cronograma de la licitación.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Gobierno Regional de Aysén podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de sus ofertas por otro periodo igual o según la necesidad de la entidad. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
Los Oferentes, al tiempo de realizar sus ofertas deben considerar costos de los bienes, traslados, accesorios y adicionales, documentación, según propuesta, listo para su uso, en Dependencias del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en la dirección Calle Ejercito N° 405, Coyhaique.
Presentación de ofertas
Las ofertas y todos los antecedentes que le sustenten, deberán ser ingresados en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl, conforme lo dispuesto en el Artículo 14 de las presentes bases de licitación “Entrega de antecedentes de la licitación” y en formato papel las Garantías que no hayan sido emitidas en forma electrónica reguladas por la Ley N°19.799.
Por la sola presentación de la propuesta, se entenderá que el oferente acepta las presentes Bases, Términos Técnicos de Referencia, aclaraciones y todos los antecedentes que forman parte de la presente licitación.
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases de Licitación. En consecuencia, será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas y anexos, así como constatar que el envío de su propuesta, a través del Sistema de Información, haya sido efectuado con éxito. Se recomienda verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 62 del Reglamento.
Una vez vencido el plazo de presentación de ofertas, los oferentes no podrán introducir correcciones ni enmiendas a su oferta. El Gobierno Regional de Aysén no se hace responsable por los errores contenidos en la oferta, los que deberán ser asumidos por el oferente íntegramente.
La omisión, distorsión o falsedad en cualquiera de los documentos o antecedentes presentados y requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta o la entrega de datos o información falsa, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada o para rescindir el Contrato cuando procediere, dictando la Resolución fundada correspondiente.
|
|
|
ENTREGA DE ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN |
Los documentos deben ser ingresados digitalmente al portal www.mercadopúblico.cl, en idioma español, preferentemente en formato PDF o JPG, con el título del documento respectivo. (El nombre de cada archivo, debe indicar su contenido).
Todos los formularios deberán presentarse debidamente firmados por el oferente o bien por su representante legal, en caso de ser persona jurídica o apoderado en caso de UTP, en un formato no editable.
Se debe realizar de forma electrónica la Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades”, electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales y jurídicas, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico, en el módulo de presentación de ofertas.
Se deberán adjuntar digitalmente los formularios sugeridos como anexos administrativos, técnicos y económicos que se detallan a continuación, serán aceptadas aquellas propuestas con formato propio sólo en el caso que contengan todo lo solicitado en estos formularios anexos.
En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberán presentarse firmados por quien actué como Apoderado o Representante de ella, quien tiene las facultades designadas para la presentación de las propuestas.
Las ofertas solo podrán ser efectuadas hasta la hora y fecha de cierre señalados en la Ficha del Portal www.mercadopublico.cl y en el Artículo 04 de las presentes Bases de Licitación “Etapas y plazos de Licitación”.
Las ofertas económicas deberán ser ingresadas en el Portal www.mercadopublico.cl, en valores netos, de acuerdo a lo instruido por dicho sistema y en “Formulario I: Oferta Económica – Presupuesto Detallado”, por el total del ítem (con impuesto incluido).
Al tenor de los dispuesto en el artículo N° 62° del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, sólo podrán efectuarse los procesos de Compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del sistema de Información de acuerdo a las causales y circunstancias señalados en este artículo.
FORMULARIOS SOLICITADOS
ANEXOS ADMINISTRATIVOS
Formulario A: “Identificación del Oferente”
Nombre o Razón social y RUT, en caso de ser persona jurídica, los mismos antecedentes respecto de su representante legal, además de dirección comercial, teléfonos, correo electrónico, persona contacto, giro comercial.
Tratándose de Unión Temporal de Proveedores (UTP): Deberá figurar como representante el apoderado que designe en el respectivo instrumento documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, dando cumplimiento al artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas.
En adquisiciones iguales o superiores 1.000 UTM, obligatoriedad de presentar documento al momento de contratar escritura pública que dé cuenta del acuerdo.
Al momento de contratar deberá el oferente participante encontrarse inscrito en Registro de Proveedores de Mercado Público y tener el estado de Hábil, en caso de UTP, cada uno de los oferentes deberá cumplir con esta disposición.
Deberán al momento de contratar cumplir con los requisitos exigidos en artículo 08 de las presentes bases, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente.
Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades”, electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales, jurídicas, representante de UTP, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico, en el módulo de presentación de ofertas.
Formulario B “Declaración Jurada Simple de Socios”
- Persona Jurídica.
- Unión Temporal de Proveedores.
En caso que proceda. Se deja constancia que la presentación de este Formulario es sólo para los oferentes que sean personas jurídicas o UTP. Deben indicarse hasta 12 socios de mayor participación que poseen mayor porcentaje. Para tal efecto, se cotejará información con Declaración Jurada de Socios y Accionistas en línea e integrada a SII, informada en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras.
En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentarse la declaración firmada por cada uno de los integrantes.
Formulario C: “Declaración Jurada Simple de Estudio de Antecedentes y Conocimiento de Bases y sus modificaciones”
Declaración Jurada simple, en que se acredite haber estudiado todos los antecedentes de la licitación, en virtud de los cuales se ha elaborado la oferta técnica y económica que se presenta, conocer y aceptar las condiciones generales de las bases administrativas especiales, y demás antecedentes que forman parte de la licitación a ejecutar y haber incorporado las Aclaraciones y Adicionales realizadas durante el proceso de licitación.
En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el formulario deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario D: “Declaración Jurada Simple de Cumplimiento del Pacto de Integridad”
Declaración Jurada Simple mediante la cual el oferente, acepta expresamente el presente pacto de integridad, los cuales son conocidos por su personal, obligándose a cumplir con todos y cada uno de los compromisos contenidos en el Artículo 30 de las Bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
ANEXOS TÉCNICOS
Formulario E: “Bienes Requeridos y sus Especificaciones Técnicas”, Admisibilidad
Para los bienes y sus características ofertadas, deberá presentar un documento en el que se indique el tipo, marca, modelo y sus accesorios ofertados, que se refieran a las características y de equipamiento establecidas en el Artículo 7 “Bienes Requeridos y sus Especificaciones Técnicas”.
En Formulario E, debe indicar si cumple o no con los requisitos mínimos, en caso de superar completar columna descripción.
Se deberá obligatoriamente adjuntar ficha técnica de los productos o detalle con las características que permita verificar los requisitos mínimos solicitados.
Formulario F: “Garantía Técnica de los bienes ofertados”
El oferente deberá presentar en su propuesta, Garantía para los bienes, según el literal b) del Artículo 07 “Bienes requeridos y sus especificaciones técnicas” de las presentes Bases, el cual no podrá ser inferior a 24 meses.
Se deberá adjuntar: Certificado de Garantía de Servicios emitido por la distribuidora de la marca que informe sobre Garantía de fábrica, las prestaciones de servicio técnico y el suministro de repuestos necesarios para dar soporte a la marca.
Formulario G: “Plazo de Entrega”
El plazo de entrega final del bien licitado, será el indicado por el proveedor adjudicado en su propuesta en el FORMULARIO G “PLAZO DE ENTREGA”, el cual NO podrá ser inferior a los 20 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación que aprueba la Resolución de Suscripción de Contrato, debiendo ser entregado los bienes en Dependencias del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en la dirección Calle Ejercito N° 405, Coyhaique.
El transporte de los bienes ofertados, hasta el destino final, deberá incluir todos los elementos necesarios tales como accesorios e insumos, los gastos que incurra por concepto de traslado tales como pasajes, viáticos, honorarios, estadías etc. que involucre la entrega de estos bienes.
Formulario H “Servicio Técnico (Post Venta)”
Se debe presentar Certificado emitido por el concesionario el cual debe indicar lo siguiente:
La dirección, localidad y comuna, de contar con un taller de servicios.
De contar con un servicio móvil se debe individualizar al o los técnicos y la dirección en donde se encuentra el taller móvil en la región de Aysén.
ANEXO ECONÓMICO
Formulario I: “Oferta Económica – Presupuesto detallado”
En éste se deberá consignar, en moneda nacional, el valor total de la oferta, incluidos los impuestos, a lo que estará afecto el contrato de acuerdo a la naturaleza de éste y categoría en que tribute el oferente. No obstante, en el portal www.mercadopublico.cl se deberá consignar el valor neto de acuerdo a lo instruido en dicho sistema.
Para el caso de aquellas ofertas que vengan en dólares, se hará su conversión a pesos chilenos, para fines de evaluación, y para ello se considerará el valor de cambio a la fecha del cierre de las ofertas.
En caso de existir discrepancia entre los valores informados en el sitio www.mercadopublico.cl comprobante de oferta y del anexo Formulario I Oferta económica, primará este último, ya que describe con mayor detalle los valores de los servicios ofertados, como detalle en valores pesos y dólares, desglosándose tanto valor bruto y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o Exento de IVA.
|
|
|
GARANTÍAS |
Para efectos de las garantías que se requieren en las presentes bases el oferente deberá considerar lo establecido en el reglamento de la Ley N°19.886, principalmente en los artículos 31 y 68.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, mediante uno o varios instrumentos financieros, irrevocables y pagaderos a la vista, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica deberán ajustarse a la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
LAS GARANTÍAS DEBERÁN SER PAGADERAS A LA VISTA E IRREVOCABLES.
Cuando se trate de Póliza de Seguro de Garantía deberán ser pagaderas a primer requerimiento y de ejecución inmediata, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio. Deberá indicar expresamente que es pagadera a todo evento, esto es que el pago de la prima corresponde a una obligación del contratante, en consecuencia, la falta de pago de la misma, no será oponible ni afectará en modo alguno los derechos del asegurado frente al asegurador.
Solo se aceptan garantías en los términos descritos.
Los plazos de renovación serán los establecidos en estas bases, ante modificaciones de contrato o plazos no establecidos el oferente tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles, desde que fuera solicitada su renovación por parte del Encargado de Contrato, para entregar las garantías que corresponda o realizar las modificaciones que corresponda a éstas.
Tipos de Garantías exigidas para el presente proceso:
a) Garantía por Seriedad de la Oferta
El oferente que participe de la presente licitación, deberá garantizar la seriedad de su oferta mediante un instrumento de Garantía que sea PAGADERA A LA VISTA E IRREVOCABLE, válida por un monto de $ 10.000.000 (diez millones de pesos chilenos), con un plazo de vigencia mínimo será de 90 días corridos, a contar de la fecha del cierre de la licitación.
La garantía será tomada por el oferente (Apoderado o un integrante para el caso de las UTP) o por un tercero (En este caso el documento deberá consignar, además del objeto de la garantía, la individualización del sujeto por quien se rinde) en pesos chilenos a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5, con la siguiente glosa:
PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA, LICITACIÓN PÚBLICA “ADQUISICIÓN DE 13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS” DEL PROYECTO: “ADQUISICIÓN VEHÍCULOS DE SEGURIDAD CIUDADANA PARA VARIAS COMUNAS DE LA REGIÓN DE AYSÉN”, CÓDIGO BIP 40055070-0.
Forma y Fecha de entrega:
El plazo de recepción para la entrega de Garantía de Seriedad de la Oferta se extenderá hasta la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas. Según el tipo de documento a entregar, ya sea en forma física o soporte papel, o de forma electrónica de la siguiente manera:
a. De las Garantías por Seriedad de la oferta, que sean emitidas en soporte papel, entregadas en forma física Ej. Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista u otros), deberá ser presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, comuna y ciudad de Coyhaique, o bien enviarse por correo certificado a la misma dirección. El plazo para esta forma de entrega se extenderá hasta la fecha y hora de cierre de presentación de ofertas, según lo señale el cronograma de la licitación. El horario de atención a los oferentes, para estos efectos es de 08:30 y hasta las 14:00 horas de lunes a viernes.
b. En caso de otorgarse como documento electrónico (vale decir, aquellos emitidos por medios electrónicos, tales como Pólizas de Seguro y Certificados de Fianza), deberá hacerse llegar al correo electrónico institucional de la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén: oficinadepartes@goreaysen.cl, con copia a lcisterna@goreaysen.cl y emonsalve@goreaysen.cl. El plazo para entrega será hasta la fecha y hora de cierre de presentación de ofertas, según indique el cronograma de licitación.
También hasta antes de la fecha y hora fijada para el cierre de presentación de ofertas, en el caso de otorgarse electrónicamente, podrá acompañarse o incorporarse como ANEXO Administrativo adjunto en su propuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
Estas Garantías electrónicas deberán ajustarse a lo establecido en la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores podrá ser tomada por el Apoderado o un integrante de ésta según se establezca en el instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores.
Devolución y restitución instrumento de garantía:
En caso de oferente adjudicado, la devolución de la Garantía se hará contra la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba la contratación.
Para el caso de los instrumentos de garantía por Seriedad de la Oferta presentados por los proponentes cuyas ofertas fueren declaradas inadmisibles, o que siendo admisibles no resulten adjudicados, el Gobierno Regional de Aysén hará devolución de estas, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde que sea resuelto el proceso adjudicatario.
La Entidad Licitante procederá a hacer devolución de las "Garantías por Seriedad de la Oferta", al oferente al cual se adjudique la licitación, sólo una vez que se recepcione la garantía de "Fiel Cumplimiento del Contrato" y suscrito el Contrato por parte del Adjudicatario.
La Unidad Técnica encargada de la presente licitación informará de dicho acontecimiento por escrito a la División de Administración y Finanzas – Unidad de Tesorería, para que se proceda a la devolución de esta Garantía.
La garantía por seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos:
- Si el oferente se desistiere de su oferta después de haber sido ésta abierta;
- Cuando no presentare oportunamente la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el plazo requerido en las presentes bases de licitación.
- Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato respectivo.
- En caso de disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
b) Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato:
El adjudicatario deberá otorgar, dentro del plazo de Suscripción del Contrato, Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, que sea PAGADERA A LA VISTA E IRREVOCABLE, por un 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, con una vigencia mínima que considera más 90 días corridos después de terminado el contrato, según lo señalado en el Artículo 70° del Reglamento de la Ley N°19.886.
La garantía será tomada por el oferente (Apoderado o un integrante para el caso de las UTP) o por un tercero a nombre del adjudicatario, en pesos chilenos a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5, con la siguiente glosa:
PARA GARANTIZAR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA “ADQUISICIÓN DE 13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS” DEL PROYECTO: “ADQUISICIÓN VEHÍCULOS DE SEGURIDAD CIUDADANA PARA VARIAS COMUNAS DE LA REGIÓN DE AYSÉN”, CÓDIGO BIP 40055070-0.
Instrumento de caución para resguardar el normal desarrollo del contrato, cuyo monto y período de vigencia, instancias de renovación se encuentra establecido en las presentes Bases Administrativas, para lo cual debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorga un aumento de plazo o de obras, si correspondiese.
Fecha y forma de entrega:
Hasta el día hábil anterior fijado para la suscripción del contrato, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4 Etapas y plazos: cronograma de la licitación, de modo tal que se permita su referencia en el documento de contrato.
En caso de que la Garantía sea entregada por medio soporte papel, será presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, comuna y ciudad de Coyhaique, en horario de Atención de Público que es de 08:30 y hasta las 14:00 horas de lunes a viernes.
En caso de otorgarse en formato electrónico, deberá ajustarse a lo establecido en la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónico y servicios de certificación de dicha firma, hacerse llegar al correo electrónico institucional de Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén: oficinadepartes@goreaysen.cl , con copia a lcisterna@goreaysen.cl y mquezada@goreaysen.cl , en los mismos plazos establecidos en el párrafo anterior.
Garantías emitidas por una UTP; Condiciones generales.
Los instrumentos de garantía (garantías de seriedad de la oferta, de fiel cumplimiento del contrato, por anticipos o correcta ejecución) no necesariamente deben ser otorgados por el apoderado de una UTP, sino que pueden ser aportados por cualquiera de los integrantes de la UTP o incluso por un tercero ajeno a ellas, debiendo siempre ser a la vista e irrevocables y siempre en concordancia con el instrumento de constitución de estas.
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores podrá ser tomada por el Apoderado o un integrante de ésta según se establezca en instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores.
La garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato se hará efectiva en los siguientes casos:
- El no suministro de los bienes y/o servicios contratados por parte del proveedor.
- No acatamiento de las observaciones formuladas por la respectiva Comisión Receptora.
- Término Anticipado del contrato por incumplimiento del Proveedor.
- Cobro de Multas
- Otras causales establecidas en las correspondientes Bases Administrativas.
Procedimiento de Devolución de Garantías Fiel Cumplimiento de Contrato
Las Garantías por Fiel Cumplimiento de Contrato serán devueltas al proveedor 5 días hábiles previos al cumplimiento de la vigencia de la Garantía, siempre y cuando se cuente con la recepción conforme la totalidad de los bienes contratados.
La Unidad Técnica encargada de la presente licitación solicitará por escrito a la División de Presupuesto e Inversión Regional realizar las gestiones para la devolución Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato a través de la Unidad de Tesorería de la División de Administración y Finanzas.
La Unidad de Tesorería será la encargada de realizar la devolución de las garantías, se revisarán los antecedentes y se procederá a confeccionar oficio dirigido al tomador de la garantía para la devolución del documento, a la dirección señalada en propuesta presentada por el oferente, en caso de realizarse en forma directa, ésta será entregada al tomador en las Oficinas del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a la elaboración del comprobante de devolución, el que será firmado por el tomador del documento garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
|
|
|
COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS |
La Comisión de Apertura y Evaluación estará conformada por tres (03) funcionarios del Gobierno Regional de Aysén, designados mediante el acto administrativo que apruebe las presentes bases, la que será la encargada de efectuar la apertura de las ofertas y de su evaluación conforme a los criterios señalados en la presente bases de licitación.
La Comisión de Apertura y Evaluación será la responsable de los Procesos de Apertura, Admisibilidad de Ofertas, Evaluación y Proposición de Adjudicación, Readjudicación y/o Deserción.
Los integrantes de las comisiones evaluadoras deberán sesionar en el ejercicio de sus funciones para la apertura y evaluación de las ofertas, con la asistencia de todos sus miembros, quedando constancia escrita en las actas, si corresponde, de aquellos integrantes que fueron reemplazados o subrogados, señalándose el contenido de sus deliberaciones, el que deberá ser suscrito por todos los miembros de la comisión.
Esta Comisión deberá firmar la “Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés y Confidencialidad de los miembros”, comprometiéndose a informar sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de la misma. Además, deberán dar cumplimiento con lo señalado en el Artículo 35 nonies en la Ley N° 21.634 qué moderniza la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, respecto a la ausencia de conflictos de interés en este proceso de licitación, y el deber de abstenerse si surgiera alguna causal, debiendo poner en conocimiento a su jefe superior jerárquico, de la causal o causales específicas que lo afecten.
Los integrantes de la comisión Evaluadora designada, así como todos los intervinientes en este proceso licitatorio deben dar especial cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 35 quinquies del Capítulo VII de la Ley N°21.634, que moderniza Ley N°19.886, respecto al deber de abstención de autoridades y funcionarios, así como también lo indicado en los artículos 6° bis, 27°, 37°, 39° y 40° bis, del Decreto Nº 250 del Ministerio de Hacienda (Reglamento de Compras Públicas).
El Informe Final denominado “Acta de Evaluación y Propuesta de Adjudicación” de la Comisión Evaluadora, deberá tener en cuenta lo indicado en los párrafos anteriores y las materias señaladas en el Artículo N°40 bis del Decreto 250 Reglamento de Compras Públicas.
Los integrantes de esta comisión deberán informar en el marco de la Ley N°20.730, que regula la Ley del Lobby, sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrante de la comisión evaluadora, en lo que respecta a las audiencias o reuniones que le sean solicitadas, así como donativos recibidos de terceros (oferentes o no), o viajes realizados en el periodo como integrante de Comisión Evaluadora como sujeto pasivo temporal o transitorio, desde la fecha de inicio en que fue designado mediante acto administrativo que la constituye para ser integrante de esta comisión y hasta la fecha de adjudicación señalada en el cronograma de adjudicación de las presentes bases de licitación pública del Gobierno Regional de Aysén.
|
|
|
PROCESO DE APERTURA DE LA LICITACIÓN |
Una vez constituida la Comisión de Apertura y Evaluación de esta licitación pública nombrada para el efecto, ésta deberá realizar el Acto de Apertura en el portal www.mercadopublico.cl, donde se revisará y verificará los oferentes participantes y la existencia de archivos adjuntos: Garantía de Seriedad de Oferta, documentos administrativos, oferta técnica y Económica.
El proceso de apertura de la licitación se realizará en una única etapa, en la que se abrirán las ofertas técnicas y económica, de acuerdo al cronograma de estas Bases Administrativas, lo que será formalizado ante la Comisión Evaluadora nombrada para el efecto, en este proceso se levantará la denominada Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas, y en la que se registrará:
- El ingreso de la Boleta de Garantía por Seriedad de la Oferta y de los Antecedentes Anexos al portal Mercado Público dentro de plazo.
- Apertura Documentos Anexos, Oferta Técnica y Económica: La ausencia de los documentos requeridos será registrada en el Acta de Apertura.
- Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas: todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas”, el cual será suscrito por los miembros de la Comisión de Apertura que efectivamente participaron de este proceso.
- Observaciones de la Comisión de Apertura: En caso de considerarlo pertinente
|
|
|
ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
Para que las ofertas sean declaradas admisibles, es decir, que sean susceptibles de ser evaluadas por la Comisión Evaluadora respectiva, es necesario que cumplan con:
1. Presentación de la Garantía de la Seriedad de la oferta, en tiempo y forma, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 15 de estas bases, letra a).
2. Se debe Cumplir con los requisitos mínimos solicitados en Artículo 7, letra a) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE 13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS, el no cumplimiento de uno o más ítems solicitados se declarará inadmisible, en caso de existir observaciones éstas deberán ser ingresadas por el oferente en la presentación del Formulario E: 13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS – ADMISIBILIDAD - BIENES REQUERIDOS Y SUS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, columna observaciones.
3. Se debe Cumplir con los requisitos mínimos solicitados en Artículo 7, letra b) “Garantía Técnica de los Bienes”, el no cumplimiento de lo solicitado se declarará inadmisible. El cumplimiento de este requisito de admisibilidad se constatará según lo ingresado por el oferente en la presentación del Formulario F “GARANTÍAS DE LOS BIENES OFERTADOS” y los respectivos respaldos.
4. Plazo de entrega no debe ser inferior a 20 días corridos, según lo ingresado por el oferente en la presentación del Formulario G “PLAZO DE ENTREGA”
La Comisión designada verificará el cumplimiento de lo establecido en las letras precedentes, indicando en el informe respectivo las ofertas que no se ajusten a los requerimientos de presentación, las que serán declaradas inadmisibles mediante resolución fundada y publicada en el sitio www.mercadopublico.cl.
Procedimiento:
Se deja constancia que la no presentación de los antecedentes requeridos para la admisibilidad de las ofertas en la forma establecida, no podrá ser subsanada durante la etapa de evaluación de las mismas.
Cumpliendo este procedimiento, se aceptarán las ofertas individualmente, en caso que alguna oferta no cumpla con los antecedentes solicitados en este Artículo, serán declarados inadmisibles.
Todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas”, el cual no podrá ser modificado en forma posterior.
|
|
|
PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
a) Los oferentes cuyas propuestas fueron aceptadas en conformidad al Artículo 18° anterior, pasarán al proceso de comprobación de antecedentes o documentos entregados y a revisión del contenido de dichos antecedentes.
b) La Comisión Evaluadora, estará facultada para admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y no impida la correcta evaluación de la propuestas; asimismo, la Comisión podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales sólo a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl, siempre que no se refieran a los requisitos exigidos para la admisibilidad de las mismas, ni implique otorgar ventajas o privilegios respecto de los demás oferentes y siempre con estricta sujeción a las bases que rigen la presente licitación. Las interacciones realizadas en el foro inverso deberán quedar reflejadas en el Acta de Evaluación, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
c) La Entidad Licitante, en conformidad con el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas, podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos al tiempo de presentar las ofertas, siempre y cuando no se refieran a los necesarios para su admisibilidad y que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas o se refieran a situaciones no sujetas a variación. En el caso que existan discrepancias en los antecedentes o estos estén incompletos, la Comisión podrá solicitar que éstos se clarifiquen o se entreguen a través del foro inverso del Portal Mercado Público, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes; para lo anterior se le otorgará un plazo de 48 horas hábiles para subsanar los defectos u observaciones detectadas, de no cumplir con el plazo antes detallado no serán considerados los antecedentes proporcionados por los oferentes.
d) Toda la información recabada en esta etapa quedará registrada en el Acta de Evaluación que realizará la “Comisión Evaluadora”, que contendrá el cumplimiento de los antecedentes solicitados y la calificación fundada de cada una de las ofertas según los criterios de evaluación establecidos (utilizándose dos decimales para la ponderación). Se consignará además una tabla resumen en que conste la prelación de los oferentes que se encuentran habilitados para adjudicarse el bien, de acuerdo al puntaje obtenido y demás requisitos legales.
|
|
|
PROCESO DE ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN |
a) Adjudicación:
Una vez evaluadas las ofertas por los bienes solicitados en esta licitación pública, la Comisión Evaluadora recomendará a la Autoridad competente adjudicar, la oferta que presente la propuesta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos en cada criterio de evaluación, la asignación de puntajes y la formulación de cálculo realizada.
La adjudicación se realizará mediante Acto Administrativo, a través de una Resolución Fundada, la cual contendrá el Acta Apertura y Evaluación realizada por la Comisión Evaluadora y la recomendación de adjudicación obtenida en base al resultado de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de Compras y Contratación Pública.
Sin embargo, Gobierno Regional de Aysén deberá dejar nula la adjudicación, en caso se comprobara que el oferente con la propuesta adjudicada, no cumple finalmente con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley N°19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley.
La Resolución de Adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán posteriormente a su total tramitación, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento.
En caso de resultar adjudicada esta licitación a una Unión Temporal de Proveedores, el informe de evaluación y el acto administrativo de adjudicación deberán individualizar a cada uno de los proveedores que forman parte de la Unión Temporal de Proveedores.
Si la UTP, durante la evaluación de la licitación se disuelve, esta no podrá ser adjudicada.
Sin perjuicio de lo anterior si está UTP es constituida por 3 o más integrantes y uno de ellos se retira, aquella podría continuar participando con los restantes integrantes, siempre que:
1. La UTP pueda mantener los términos comprometidos en la oferta
2. Los restantes integrantes mantengan el cumplimiento de los requisitos mínimos para que la oferta pueda ser admitida, de acuerdo con los antecedentes que cuente la comisión.
3. La UTP podrá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.
4. El integrante retirado no podrá ser reemplazado.
5. La UTP deberá informar en un plazo de 24 horas a esta entidad el retiro de uno o más de sus integrantes, si esto fuera durante el proceso de evaluación de las ofertas o de su adjudicación.
6. Si, cumpliendo con lo establecido en el párrafo anterior, la UTP deberá informar si continuará participando de este proceso de licitación o si desisten de su oferta, lo que dará derecho a cobro de las garantías que corresponda conforme a estas bases.
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundamentando el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
b) Resolución de empates:
Si se produce coincidencia o empate entre dos o más ofertas en el puntaje final, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “ Oferta Económica”; de no resolverse aún el empate, se le adjudicará al que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Plazo de Entrega”, si de igual manera continuará el estado de empate se adjudicará al de mejor puntaje en el Criterio de Evaluación “Garantías Técnica de los Bienes Ofertados” y si persistiese el empate, se resolverá por aquella primera oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl, cotejándose por la comisión evaluadora con el Comprobante de Oferta fecha y hora de ingreso de oferta.
c) Cláusula de readjudicación:
Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario:
1. Se desistiere de su oferta.
2. Por no presentar dentro de plazo la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo señalado en Artículo 15 de estas Bases.
3. Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la resolución que aprueba la contratación.
4. Por no formalizar el contrato de acuerdo a lo señalado en el Artículo 22 de las presentes bases de licitación.
5. Por decisión de los integrantes de la UTP, comunicada formalmente, debido a la inhabilidad de alguno de estos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases
6. Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato.
7. Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de contrato.
8. Cuando se comprobase que el proponente que haya obtenido el mayor puntaje, incumple con algunas de las causales declaradas y establecidas a través del Artículo 5 de estas bases, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley N°19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley, que tienen que ver con las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés.
Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación.
Así también el Gobierno Regional de Aysén, adjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de las propuestas y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén.
Lo anterior previa verificación del presupuesto disponible para la propuesta, es decir, se verificará si la oferta que se quiere readjudicar se enmarca dentro del presupuesto que dispone el Gobierno Regional de Aysén.
d) Declarará Desierta la Licitación:
En el caso de que no se hayan presentado ofertas o si se estima que las ofertas presentadas no son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a declarar desierta la licitación por Resolución Fundada, sin derecho a indemnización alguna para los oferentes. (Art. 9°, Ley de Compras):
Declarar desierto el proceso de licitación, previo a la resolución de adjudicación, si no se cuenta con la aprobación presupuestaria para adjudicar (Art.3° del Reglamento).
Sin perjuicio de lo anterior el Gobierno Regional de Aysén también podrá dejar desierta la Licitación en caso que se comprobase que las ofertas presentadas incumplen con algunas de las causales declaradas y establecidas a través del Artículo 5 de estas bases, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley N°19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley, que tienen que ver con las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés.
Revocar: El Gobierno Regional de Aysén también podrá revocar conforme al artículo N°61 de la Ley N°19.880 sobre Procedimientos Administrativos, “Los actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que los hubiere dictado”, precisando en su inciso segundo, que ella no procederá: a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) Cuando La Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o c) Cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto”.
e) Consultas referentes a la adjudicación:
Los oferentes que tengan consultas respecto a la adjudicación, podrán realizarlas después de publicado en el Portal Sistema de Información www.mercadopublico.cl, la resolución de adjudicación, para lo cual deberá ingresar su consulta al remitente: lcisterna@goreaysen.cl y/o emonsalve@goreaysen.cl
Tanto la adjudicación como la re-adjudicación serán notificadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl
La fecha fijada en el cronograma para la adjudicación podrá ser modificada por la Entidad Licitante mediante acto administrativo fundado y publicado en el sistema de información.
|
|
|
FORMALIDADES |
Gobierno Regional de Aysén solo podrá suscribir contrato con aquel o aquellos oferentes que resultaren adjudicados, siempre y cuando cumplan previamente con la normativa vigente, establecida en los Artículos N° 5 y N° 6 de las presentes bases que versan acerca de las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés en las Compras Públicas, Capítulo VII de la Ley N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas.
Firma del Contrato:
La firma del contrato de la adquisición de equipos por parte del adjudicado, es señal de aceptar la ejecución del contrato en los términos indicados en las Bases Administrativas y se deberá realizar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la total tramitación de la resolución que aprueba la adjudicación de la licitación. Si el vencimiento cae un día sábado, domingo o festivo, el plazo se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente.
Si el oferente no se encuentra en estado Hábil en el Registro de Proveedores de Mercado Público de ChileCompra, deberá regularizar dicha situación de manera previa a la firma del contrato, cuyo plazo se estipula en el Artículo 4 de las presentes bases.
Para la firma del contrato respectivo, el Adjudicatario deberá:
a) Presentar según corresponda:
Personas Naturales
Las personas naturales deberán al momento de contratar encontrarse hábiles para contratar con el Estado. En caso de que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación para la confección del documento contractual:
• Fotocopia de cédula de identidad
• Fotocopia Rol Único Tributario
• Fotocopia de Iniciación de Actividades
Personas Jurídicas
Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo. Lo anterior, siempre que los antecedentes no se encuentren validados y vigentes por el portal registro de proveedores del sistema de información del Mercado Público.
En caso de que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:
• Rol Único Tributario
• Cédula de Identidad del Representante Legal
• Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses.
• Certificado de vigencia de poderes, del Registro de Comercio respectivo de fecha no superior a seis meses.
• Escritura de constitución de sociedad o empresa, con indicación de su inscripción en el Registro de Comercio y fecha de publicación en el Diario Oficial.
• En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el artículo 12 de dicha ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad a las normas legales”.
Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras, deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandatario con poder suficiente, y cumplir con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley N°19.886.
Unión Temporal De Proveedores.
En adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, bastando esta única formalidad para la constitución de la Unión Temporal de Proveedores debiendo entregarse una vez adjudicada la presente licitación, señalándose la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, debiendo nombrar a un representante o apoderado con poderes suficientes, para representar a todos sus integrantes.
Cabe hacer presente que de resultar adjudicada la Unión Temporal de Proveedores, uno de sus integrantes (que forma parte inherente del oferente), se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, se procederá a la readjudicación de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases. Del mismo modo, si con posterioridad a la adjudicación y previo a la firma del contrato alguno de sus integrantes es inhábil.
b) Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social.
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El Gobierno Regional, podrá requerir al adjudicatario en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 inc. 2° de la ley N°19.886, si fuera el caso, en que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Gobierno Regional exigirá, de concurrir las circunstancias anteriormente expresadas, que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
c) Otorgar Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato: según lo estipulado en el Artículo 15, letra b Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, de las presentes bases.
d) Los oferentes adjudicados: deberán suscribir contrato dentro del plazo indicado en el Artículo 4 de las presentes Bases, acreditando estar Hábiles para Contratar con el Estado y no encontrarse afectos por alguna de las causales de inhabilidades o incompatibilidades establecidas en el Art. 4° de la Ley N°19.886, en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, estas obligaciones deberán ser cumplidas por cada uno de sus integrantes. Además, deberán adjuntar los antecedentes solicitados en el Artículo 8 de las presentes Bases dependiendo de la naturaleza del Oferente (Persona Natural, Jurídica, Unión Temporal de Proveedores), salvo que dichos antecedentes se encuentren en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras Públicas.
En el caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá adjuntar la Escritura Pública que formaliza el Acuerdo, a menos que dicho instrumento haya sido presentado al momento de la oferta.
Para todos los efectos legales el Adjudicatario deberá fijar domicilio en la ciudad de Coyhaique.
La inobservancia de estas formalidades facultará al Gobierno Regional de Aysén, para proceder a la readjudicación de acuerdo a los términos establecidos en el Artículo 21 de estas Bases de Licitación.
|
|
|
VIGENCIA DE CONTRATO |
a) Vigencia
La vigencia del contrato se extiende desde la fecha de aprobación del mismo mediante resolución afecta (con Toma de Razón), hasta la fecha de la resolución que declare haberse recibido conforme todos los vehículos, como se señala en el Artículo 10 de las presentes bases.
En consecuencia, el adjudicatario cumplirá con las obligaciones impuestas por el contrato del cual forman parte la oferta que se adjudique, las presentes bases, aclaraciones y entrega física de los bienes y productos adjudicados, y todo otro antecedente de esta licitación.
Sólo una vez que la Entidad Licitante haya aprobado mediante Acta firmada por Comisión Técnica Receptora por la conformidad de los productos y bienes licitados, pues en caso contrario, el Gobierno Regional de Aysén procederá a dar término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del Oferente y al cobro de las garantías otorgadas, según corresponda.
Se entiende que forman parte del contrato la propuesta presentada por el oferente adjudicatario, las presentes bases de licitación, especificaciones técnicas y todo otro documento anexo del proceso licitatorio.
Con todo lo anterior, es importante señalar que los contratos quedarán sin efecto, es decir declararlos nulos cuando ocurra infracción a lo dispuesto en el Artículo 35 sexies del nuevo Capítulo VII de la Ley 19.886, incorporado por la Ley N° 21.634.
b) Liquidación de Contrato.
La liquidación del contrato se efectuará una vez aprobada por Resolución la “Entrega Conforme” de los bienes licitados, según Informe Final de Recepción aprobado por la Comisión Técnica Receptora.
|
|
|
MODIFICACIONES DE CONTRATO |
El contrato celebrado bajo modalidad de suma alzada y sin reajuste, podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes contratantes, siempre y cuando no se modifique la naturaleza del mismo, y que dichas modificaciones se atengan a lo estipulado en las presentes Bases de Licitación y en el contrato.
Para este efecto, se deberá considerar lo establecido en el Artículo 15 de estas Bases Administrativas. Para que estas modificaciones surtan efecto, deberán formalizarse mediante acuerdo suscrito por ambas partes y debidamente autorizado mediante acto administrativo fundado que deberá ser sometido a control de legalidad ante la Entidad Fiscalizadora.
|
|
|
SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
a. Supervisión del contrato
La supervisión y seguimiento de la ejecución del contrato corresponderá a la División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional de Aysén, integrado por un funcionario de esta división, quien realizará las siguientes funciones de Encargado del Contrato:
● Seguimiento del cumplimiento del contrato.
● Realizará el llamado a constitución de la Comisión Técnica Receptora.
● Verificará la entrega de los bienes y adicionales.
● Gestionar la aplicación de multas ante el incumplimiento de las obligaciones del proveedor.
● Gestionar Garantías tanto devolución o cobro, según sea el caso.
● Elaborar los actos administrativos correspondientes a la ejecución del contrato.
● Gestionar los respectivos estados de pago correspondientes al contrato.
● Informará oportunamente a la Jefatura de la División de Infraestructura y Transporte por cualquier situación que pueda poner en riesgo el cumplimiento del contrato.
● Realizará las gestiones necesarias para el cumplimiento cabal del contrato.
b. Recepción y Comisión Técnica Receptora
La recepción conforme de los bienes con todas las características y contenidos especificados en esta licitación, será verificada por esta entidad, mediante Comisión Técnica Receptora, designados mediante acto administrativo dictado por el Gobierno Regional, en la que se señale nombre y cargos de los funcionarios.
Esta Comisión Técnica Receptora, se encargará de supervisar que los bienes correspondan efectivamente a lo contratado de la licitación: “ADQUISICIÓN DE 13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS” DEL PROYECTO: “ADQUISICIÓN VEHÍCULOS DE SEGURIDAD CIUDADANA PARA VARIAS COMUNAS DE LA REGIÓN DE AYSÉN”, CÓDIGO BIP 40055070-0.
La Comisión Técnica Receptora, mediante acta de recepción firmada por cada uno de los integrantes que la componen, podrá aprobar, rechazar u observar los productos y bienes recepcionados, de la siguiente manera:
b.1. Se realizará aceptación de los bienes y adicionales
Se entenderá por aprobada la recepción de los bienes y productos adquiridos, cuando cumplan con el 100% de la totalidad de las características señaladas en esta licitación y que cumpla con los requerimientos según lo señalado en el Artículo 07 del presente documento.
La Comisión Técnica Receptora firmará acta señalando que no se han producido incongruencias en la recepción de los bienes, y que no se han levantado observaciones, ni se ha solicitado subsanar algunas partidas respecto a la entrega de los equipos.
El acta de recepción final deberá ser aprobada mediante resolución fundada que autorice la recepción final conforme de estos bienes y su autorización de pago.
b.2. Si se formularen observaciones a la recepción:
La comisión técnica receptora, podrá en el acta de recepción podrá realizar observaciones respecto a la recepción de los bienes, señalando detalladamente lo que se requiere subsanar y el plazo para aquello, esta información será remitida al oferente contratado mediante carta certificada, pudiendo además remitir correo electrónico del encargado de contrato a la empresa contratada.
El proveedor deberá entregar las correcciones en el plazo que estipule en el informe técnico y acta emitida por la Comisión Receptora respecto de las observaciones que al efecto se emita. Dicho plazo se contabilizará desde el envío de la comunicación respectiva. Si la recepción volviese a presentar observaciones nuevamente, y éstas no se han levantado a conformidad de la Comisión Técnica Receptora, se procederá a la aplicación de multas de acuerdo a lo previsto en el Artículo 28 de las presentes bases.
Se entiende como observaciones corregidas, cuando el oferente a subsanado las observaciones, en los plazos y calidad de los requerimientos solicitados en esta licitación, por lo que esta Comisión Técnica Receptora, levantará bajo acta las subsanaciones de las observaciones entregadas por el oferente, procediéndose a emitir informe final de recepción, firmado por cada uno de sus integrantes, informando al Jefe de la División de Infraestructura y Transportes que se proceda a realizar la tramitación del estado de pago por recepción conforme de los Equipos y sus requerimientos.
b.3. Rechazo de la entrega:
La Comisión Técnica Receptora, estimará bajo un exhaustivo análisis, si el bien entregado por el oferente no cumpla con las condiciones mínimas exigidas en el contrato.
La Comisión Técnica Receptora, además podrá rechazar la entrega, cuando no acatare las instrucciones impartidas por la Unidad Técnica, o las constantes observaciones que no fueran subsanadas en los plazos acordados, incurriendo en faltas que atentan contra la recepción definitiva de los bienes en los plazos establecidos, según las condiciones estipuladas en esta licitación.
Con todo, si la empresa no entregase o diere cumplimiento a lo indicado en Informe de Observaciones se podrá aplicar lo indicado en el artículo 29, letra c).
|
|
|
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATANTE |
Obligaciones Especiales
a. El oferente deberá garantizar, como mínimo, los bienes según lo indicado en el Artículo 7 letra b)
b. El oferente contratado será responsable por todos y cada uno de los antecedentes presentados en su propuesta, cálculos de los bienes y equipamientos ofertados, gastos de traslado y en general de todas las materias que forman parte de la adquisición de los bienes contratados. La responsabilidad de coordinación de entrega será exclusiva del proveedor, teniendo en consideración desde la salida del lugar de origen hasta el lugar de destino, de no proceder así, este Gobierno Regional, procederá a aplicación de Multas, establecidas en el Artículo 28° de las presentes bases.
c. El oferente deberá entregar la totalidad de los manuales de los bienes que formen parte de su oferta. Éstos deberán ser en español e incluir: catálogos descriptivos, características e instrucciones de operación, instrucciones de mantención, entre otros.
d. Deberá dar cumplimiento a los plazos, conforme a lo presentado por el oferente en el Formulario G “Plazo de entrega”.
2. Obligaciones Generales.
a) Ejecutar correctamente el contrato, de buena fe, con estricta sujeción a los requerimientos técnicos y administrativos exigidos, normativa vigente y dentro del plazo establecido al efecto.
b) Será responsable de mantener la totalidad de los compromisos contraídos en el contrato y a no cederlos ni transferirlos, parcial o totalmente, a personas naturales o jurídicas alguna.
c) Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, la empresa deberá informar al Gobierno Regional toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del contrato, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños o retrasos ocasionados, facultando al Gobierno Regional de Aysén al cobro de multas por incumplimiento de contrato.
d) La Empresa adjudicada deberá dar cumplimiento a las instrucciones que imparta el Gobierno Regional de Aysén para la correcta ejecución del contrato.
e) La Empresa adjudicada deberá entregar oportunamente todos los antecedentes que el Gobierno Regional de Aysén le requiera.
f) La Empresa adjudicada deberá dar cumplimiento a lo determinado en las bases de licitación, el contrato y sujetarse a los términos en que efectuó su oferta.
|
|
|
PAGO DE LOS PRODUCTOS CONTRATADOS |
El pago de los bienes contratados se efectuará contra factura, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de resolución que declare Recepción Final y Conforme, según lo presentado en el Formulario G - Plazo de Entrega.
Así, para que se efectúe el pago es necesario que el oferente contratante, extienda una factura atendiendo lo siguiente:
Razón Social : Gobierno Regional de Aysén
RUT : 72.222.000-5
Dirección : Calle Ejército N° 405- Coyhaique
Giro : Servicio Público.
Condición de venta : Crédito.
Glosa : “ADQUISICIÓN DE 13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS” DEL PROYECTO: “ADQUISICIÓN VEHÍCULOS DE SEGURIDAD CIUDADANA PARA VARIAS COMUNAS DE LA REGIÓN DE AYSÉN”, CÓDIGO BIP 40055070-0.
Compra para los siguientes Municipios:
1 5 UNIDADES : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COYHAIQUE, RUT: 69.240.300-2
2 4 UNIDADES: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE AYSEN, RUT: 69.240.100-K
3 2 UNIDADES: ILUSTRE MUNICIPALIDAD COCHRANE, RUT: 69.254.500-1
4 2 UNIDADES: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CISNES, RUT: 69.240.200-0
Enviar archivo XML a Casilla intercambio SII: dipresrecepcion@custodium.com
Bajo el principio de economía procedimental y eficiencia de los recursos fiscales, la Inscripción de los bienes, deberá ser extendido a nombre de la Institución detallada. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de la letra f) del Artículo 70° de la Ley N°19.175, una vez cumplida la totalidad de las obligaciones contenidas en el contrato de adquisiciones.
Lo anterior fundado en que la inscripción tiene solo fines de publicidad como lo ha fallado la Corte Suprema y no implica dominio como ocurre en el caso de los inmuebles y que el traspaso de propiedad solo se perfecciona con la asignación de tales bienes por resolución de la Gobernadora Regional, de acuerdo a la norma citada.
“(…) esta Corte ha resuelto reiteradamente que el registro es un medio de publicidad no constitutivo de tradición, al señalar: “Que el artículo 38 de la Ley N°18.290, en su texto refundido por el DFL Nº 1 del año 2007, establece que la constitución del dominio, su transmisión, transferencia y los gravámenes sobre vehículos motorizados se sujetarán a las normas que el derecho común establece para los bienes muebles”.
En tal sentido agrega que, “(…) No obsta a lo anterior la circunstancia que exista un Sistema de Registro de Vehículos Motorizados a que se refiere el artículo 39 y siguientes de la Ley N°18.290, pues la inscripción que ordena la ley no opera como modo de adquirir el dominio -tradición- sino como un medio de publicidad”.
El fallo prosigue sosteniendo que, “(…) debe recordarse que el artículo 38 de la Ley N°18.290 que menciona la recurrente –y que corresponde al artículo 44 del texto legal refundido establece que se presumirá propietario de un vehículo motorizado la persona a cuyo nombre figure inscrito en el registro. Se trata, como se aprecia, de una presunción simplemente legal que, al tenor del artículo 47 del Código Civil, admite prueba en contrario”. Corte Suprema Rol N°19.087-2021.
Generalidades
Los bienes serán de propiedad del Gobierno Regional de Aysén, hasta que sea asignado a título gratuito a la Institución requirente original.
Para este efecto, se deberá desagregar valor de los bienes y adicionales por separado.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, la facturación deberá ser realizada por el Apoderado o por quien se indique en el Acuerdo UTP – Escritura Pública, el que deberá emitir el documento tributario que corresponda.
El pago será realizado por este Gobierno Regional de Aysén.
Los proveedores deberán indicar al Gobierno Regional de Aysén Datos Bancarios: Tipo de Cuenta Bancaria, Banco del titular de la empresa, número de cuenta Bancaria y correo electrónico para notificación.
Quien facture, será quien el Gobierno Regional de Aysén realice el pago correspondiente.
Para que éste sea cursado es necesario que se encuentre debidamente autorizado y visado por el supervisor del contrato mediante informe de recepción, para ser autorizado por la Jefatura de División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional de Aysén.
Para el pago de la factura, se deberá adjuntar lo siguiente:
1. Estado de Pago
2. Factura electrónica o documento tributario del proveedor.
3. Orden de Compra (modo recepción conforme)
4. Resolución de adjudicación
5. Resolución de Recepción conforme
6. Documentación de los vehículos (inscripción, revisión técnica y/o certificado de homologación, permiso de circulación, seguro obligatorio).
7. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30), que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores emitido por la Dirección del Trabajo y/o del Boletín de Infractores a la Legislación Laboral y Previsional.
En caso de Factoring o Cesión de Crédito, las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de Factoring suscritos por sus Contratistas y con las exigencias de la Ley N°19.883, notificando oportunamente de acuerdo a la normativa legal vigente.
|
|
|
MULTAS Y SANCIONES |
a) Si el Oferente se retrasa en la ejecución del contrato el Gobierno Regional de Aysén cursará y cobrará una multa según se detalla a continuación:
Ítem Multa por día ($) Plazo máximo en días corridos
13 (U) VEHÍCULOS 4X4 ACONDICIONADOS $ 1.500.000.-
(un millón quinientos mil pesos) 30
b) Por no entregar o renovar las garantías en los plazos indicados, con un tope de 10 días corridos, se aplicará una multa de 200.000 pesos por día de atraso.
c) Sin embargo, si el atraso supera los 30 (treinta) días corridos, sin que exista fuerza mayor o caso fortuito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, se podrá poner término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
d) Si el Proveedor no entregase o renovare las garantías en los plazos indicados, superando el tope de 10 días corridos, se podrá poner término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
e) Con todo lo descrito, las multas en conjunto no podrán superar el 5% del valor contractual, se podrá fundamentar la aplicación de causal de término anticipado del contrato.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS.
En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato o de instrucciones especiales dadas por el Gobierno Regional de Aysén, se le comunicará dicha circunstancia al oferente contratante, o bien, mediante carta certificada dirigida al domicilio que figure en el contrato, la que se entenderá notificada en el plazo de tres días hábiles administrativos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 45° de la Ley N° 19.880, sin perjuicio de la posibilidad de que pueda efectuarse tal notificación en forma personal, si las circunstancias lo permiten.
Desde la fecha de la notificación, el proveedor tendrá dos días hábiles para impugnar, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15° de la Ley N°19.880 y exponer lo que estime, mediante oficio dirigido al Jefe de División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional. A dicho escrito adjuntará todos los antecedentes que considere le sean de utilidad.
El Gobierno Regional de Aysén, se pronunciará favorable o desfavorablemente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su presentación por escrito. Esta decisión se notificará igualmente por carta certificada.
Rechazada la reclamación o pasado el plazo sin que se hubiere formulado oposición por el Oferente contratante, procederá el cobro de la multa, las que serán directamente descontadas del siguiente pago y en caso de no ser suficiente, se imputarán al subsiguiente y finalmente mediante el cobro de la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La medida a aplicar será formalizada a través de resolución fundada, la que señalará la decisión que adopte la administración por el incumpliendo que se haya realizado y el procedimiento administrativo que se llevará a cabo para el cobro de multas, conteniendo el detalle de lo acontecido para llegar a esta medida, principio conclusivo, y los descargos presentados por el oferente si existieren. Este acto administrativo será publicado oportunamente en el sistema de información en el sitio www.mercadopublico.cl.
El oferente acepta desde ya este procedimiento. A menos que, considere otros descargos y aporte nuevos antecedentes. De acuerdo al artículo 79 ter del Decreto 250/2004 del Ministerio de Hacienda que instruye lo siguiente: “En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rige a los actos de los Órganos de la Administración del Estado.”
A lo cual este Gobierno Regional aplicará lo que indica el artículo 15 de la Ley N°19.880, en su último párrafo: “La autoridad que acogiere un recurso interpuesto en contra de un acto administrativo, podrá dictar por sí misma el acto de reemplazo.” Considerando además lo que se indica a continuación:
Causales de exculpación o inaplicabilidad de la multa:
Podrá alegarse como causales de exculpación o inaplicación de las multas los hechos o circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, que señala” Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”
El caso fortuito o de fuerza mayor, deberá ser acreditado por el adjudicado y será calificado por el Gobierno Regional de Aysén, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el hecho que le impide cumplir la ejecución de los servicios contratados.
|
|
|
TÉRMINO DEL CONTRATO |
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de Compras y Contratación pública, el contrato terminará:
a) El contrato terminará naturalmente una vez finalizada la entrega final de los bienes y recepcionados conformes.
b) De común acuerdo de las partes: La interesada en resciliar el contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla, todo debidamente sancionado por acto administrativo fundado.
c) Terminación anticipada del contrato: El Gobierno Regional de Aysén pondrá fin administrativamente al contrato, a través de resolución fundada, sin forma de juicio en todos los casos en que se verifique el incumplimiento reiterado de uno o más de las obligaciones descritas en el artículo 27 de las presentes bases y que a continuación se complementan:
1. El retraso sin causa justificada en la entrega de los bienes contratados en más de 30 días corridos del plazo ofertado por el Oferente;
2. Si el oferente no subsanara en el plazo otorgado las observaciones formuladas por la Comisión Receptora encargada de efectuar la recepción conforme.
3. Por incumplir gravemente las instrucciones impartidas por la Entidad Licitante no reclamadas o cuya reclamación fue desestimada. Se considerará grave por efectuarse un tercer requerimiento de cumplimiento de una instrucción cualquiera sea su naturaleza.
4. Si el total de las multas aplicadas al Oferente fueren igual o superior al 5 % del valor del contrato.
5. Si el oferente unilateralmente modificara de cualquier forma todo o parte de los productos licitados y se negare a efectuar a su costa las rectificaciones pertinentes.
6. Haber detectado el Gobierno Regional de Aysén que el oferente al tiempo de presentar su oferta omitió información o la presentada no era veraz.
7. Quiebra, cesión de bienes, Convenio Judicial o notoria insolvencia. Se presumirá notoria insolvencia si no iniciare las obras dentro de plazo o bien no renovare u otorgare las garantías en los plazos señalados.
8. Si el oferente fuera declarado reo por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de personas jurídicas, lo fuere alguno de sus socios, Directores, representantes legales o apoderados.
9. Si el oferente fuere una persona jurídica, por su disolución o por haberse manifestado la voluntad de disolverla.
10. Por la muerte del oferente si es persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada y en general de las intuitu personae, en que no se haya pactado su continuidad con los herederos.
11. Será causal de término anticipado de contrato, en caso de Unión Temporal de Proveedores, oculte información relevante para ejecutar el respectivo servicio adjudicado, que afecte a alguno de sus integrantes, En caso de hacerlo, ello deberá considerarse un incumplimiento grave por parte de oferente.
12. Será causal de término anticipado del contrato, la constatación de que los integrantes de la Unión temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
13. Si uno de los integrantes de la Unión temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta de la presente licitación, se procederá a poner término anticipado de contrato.
14. Inhabilidades sobrevinientes de alguno de los integrantes de la unión temporal de Proveedores, en el caso que esta UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
15. Disolución de la Unión temporal de Proveedores, en una asociación de al menos dos integrantes, si su número disminuye de dos (2) se entenderá inmediatamente disuelto.
|
|
|
PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferentes, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
ACEPTACIÓN DE CONDICIONES |
Al ofertar se entenderá que el proponente acepta cabalmente la totalidad de condiciones de la presente licitación pública.
|
|
|
RESPONSABILIDADES |
El Gobierno Regional de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el adjudicatario y sus trabajadores con motivo de la ejecución del contrato, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del ejecutor.
Cabe señalar que, una vez suscrito el contrato, no se derivarán con el Gobierno Regional de Aysén vínculo de dependencias ni subordinación, tanto con el oferente adjudicatario como para con los trabajadores del mismo.
|
|
|
PROHIBICIONES |
Bajo ninguna circunstancia el adjudicatario podrá efectuar el traspaso total o parcial de la responsabilidad del contrato a terceros.
|
|
|
JURISDICCIÓN |
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de Bases de Licitación, su adjudicación y aprobación de Contrato, será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.
|
|
|