Resolución de Empates |
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio técnico del proceso de evaluación de las propuestas.
En segundo lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el subcriterio cantidad de productos adicionales a los solicitados en Bases.
En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá aquella propuesta que se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.
a. Fotocopia de su cédula de identidad.
Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución fundada.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a gllanquitru@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En virtud del Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.
Esta situación será considerada en la pauta de evaluación establecida en las presentes bases de licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el criterio administrativo.
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.- CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN |
Nombre adquisición
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Servicios de “Consultoría y provisión de insumos para la implementación y ejecución de
un programa de Inseminación Artificial en el marco del fortalecimiento de la competitividad del rubro bovino de carne, leche y doble propósito de la agricultura familiar campesina, con el fin de satisfacer la demanda de usuarios de INDAP de la Región De La Araucanía”.
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Descripción
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Se requiere de la contratación de un oferente del ramo que provea los
servicios de Consultoría y provisión de insumos para la implementación y ejecución de un programa de Inseminación Artificial en el marco del fortalecimiento de la competitividad del rubro bovino de carne, leche y doble propósito de la agricultura familiar campesina, con el fin de satisfacer la demanda de usuarios de INDAP de la Región De La Araucanía, de las tecnologías y medios necesarios para generar condiciones, capacidades y competencias que les permitan obtener un mejoramiento de la productividad y rentabilidad en sus sistemas productivos, un mejoramiento en la calidad de sus productos acorde al mercado y un mejoramiento de la inserción en la cadena de comercialización.
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Tipo de compra
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LP: Licitación mayor o igual a 1.000 UTM y menor a 2.000 UTM
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Moneda
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Pesos chilenos
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Monto total presupuesto disponible (impuestos
incluidos, si corresponde)
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$ 76.000.000.- (setenta y seis millones pesos), impuestos incluidos del presupuesto año
2024 y 2025, según disponibilidad presupuestaria.
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Duración de los servicios
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El plazo de vigencia del contrato será de hasta 8 meses desde septiembre del 2024 a
abril del 2025, a contar de la fecha de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
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Etapa del proceso de apertura
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En una sola etapa
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4.- INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
Preguntas y respuestas
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Los interesados en participar en la presente licitación, podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán efectuarse a través del Sistema Mercado Público www.mercadopublico.cl. INDAP pondrá las respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3 de etapas y plazos.
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Modificación a las bases
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INDAP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por uno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, considerando un plazo prudencial para que los oferentes adecúen sus ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán aprobadas mediante el acto administrativo correspondiente, sometidas a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación y serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y será responsabilidad de los oferentes estar al tanto de las modificaciones que sean publicadas en la plataforma de Mercado Público.
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5.- CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN |
El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo.
Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo de preguntas indicado en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.
Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.
INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación.
Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
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6.- INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
OBSERVACIONES
- Para participar en la presente licitación, los oferentes no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:
Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 6°.
Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 22°, número 9. Ley N° 19.728, que establece seguro de desempleo.
Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que se indican, artículos 8° y 10°.
Decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, artículo 26°, letra d. Ley N° 21.595, de Delitos Económicos.
Lo anterior se acreditará mediante la confirmación y firma electrónica de la “Declaración Jurada de requisitos para ofertar” disponible en la plataforma de Mercado Público, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 60 días corridos.
Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos.
Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las bases de licitación. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
PROHIBICIÓN DE COMUNICACIÓN: ARTÍCULO 35 TER DE LA LEY N° 19.886:
Se prohíbe la comunicación entre:
a) Los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o
b) Eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el INDAP que participen del proceso de adjudicación –independientemente de su calidad jurídica-, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso. Estos últimos, salvo que se realice a través del Sistema y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, asegurando la participación e igualdad de todos los oferentes.
INSTRUCCIONES ADICIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE UTP
Para la presentación de ofertas por parte de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), éstas deberán cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes:
a.- Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.
b.- Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1 Antecedentes administrativos.
c.- Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta.
d.- En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.
e.- Todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar.
f.- Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
g.- Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
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8.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:
Presentar la garantía de seriedad de la oferta
Presentar el anexo N° 2 Oferta Técnica, que incluya la totalidad de los curriculum vitae del oferente como de los profesionales mencionados en la propuesta técnica, junto con copia simple de certificado de título y validadores de la experiencia mencionados en cada curriculum vitae.
Presentar el anexo N° 3 Oferta económica.
El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación
En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se trata de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
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9.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN |
El puntaje mínimo para ser seleccionado debe ser igual o mayor a 60 puntos, por lo que la propuesta que obtenga menos de 60 puntos ponderados, no podrá ser adjudicada por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proceso deba declararse desierto debido a que ninguna de las ofertas presentadas haya alcanzado el puntaje mínimo, éstas serán consideradas inadmisibles para los efectos del artículo 10, numeral 7, letra l del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente por un equipo interno, en calidad de comisión evaluadora, en base a los siguientes criterios:
Clasificación Criterio
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Criterio de evaluación
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Ponderación
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1. Técnico 63%
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Experiencia del oferente
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10%
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Experiencia del equipo técnico propuesto
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10%
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Contenido técnico de la propuesta (Carta Gantt y plan de trabajo)
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30%
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Aporte adicional a la propuesta
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5%
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Comportamiento Contractual del Consultor
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8%
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2. Económico 25%
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Precio
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25%
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3. Administrativo10%
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Cumplimiento de requisitos formales
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8%
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Cumplimiento de certificación de sustentabilidad para proveedores
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2%
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4. Criterio Integridad Y Compliance 2%
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Cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal
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2%
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La pauta de evaluación de los criterios indicados anteriormente es la siguiente:
1 CRITERIO TÉCNICO – 63%
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Experiencia del oferente – 10%
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Puntaje
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Experiencia y Capacidad de Ejecución del Oferente: Corresponde a la evaluación de la experiencia del oferente en las materias que abordan los servicios de consultoría solicitados y en proyectos similares, dado en los siguientes elementos: La experiencia en proyectos similares se entiende como referida al componente específico al que postula y en proyectos destinados a la Agricultura Familiar Campesina.
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El oferente acredita 3 o más trabajos en proyectos similares (implementación de programas de mejoramiento genético e inseminación artificial dirigido a pequeños productores de INDAP)
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100
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El oferente acredita 2 trabajos en proyectos similares (implementación de programas de mejoramiento genético e inseminación artificial dirigido a pequeños productores de INDAP)
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50
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El oferente acredita solo 1 trabajo en proyectos similares (implementación de programas de mejoramiento genético e inseminación artificial dirigido a pequeños productores de INDAP)
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25
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El oferente no acredita trabajos en proyectos similares (implementación de programas de mejoramiento genético e inseminación artificial dirigido a pequeños productores de INDAP)
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0
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Experiencia del equipo técnico propuesto - 10%
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Puntaje
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El equipo de profesionales y/o técnicos ejecutores presenta la experiencia necesaria para la realización delos servicios solicitados. Se evaluará por separado a cada uno propuesto y se promediará el puntaje obtenido.
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El o los profesionales / técnicos cuentan con experiencia acreditable en 3 o más trabajos en proyectos similares al de la envergadura del presente como capacitador, análisis de datos y si tiene formación en mejoramiento genético bovino.,
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100
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El o los profesionales / técnicos cuentan con experiencia acreditable en 2 proyectos similares al de la envergadura del presente como capacitador, análisis de datos y si tiene formación en mejoramiento genético bovino.,
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50
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El o los profesionales / técnicos cuentan con experiencia acreditable en al menos 1 proyecto similares al de la envergadura del presente como capacitador, análisis de datos y si tiene formación en mejoramiento genético bovino.,
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25
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El oferente no acredita trabajos en proyectos similares de la envergadura del presente como capacitador, análisis de datos y si tiene formación en mejoramiento genético bovino.,
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0
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Contenido técnico de la propuesta (carta Gantt y plan de trabajo.)- 30%
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Puntaje
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Contenido Técnico: Corresponde a la evaluación de la rigurosidad técnica con la cual fue conceptualizada y fundamentada la propuesta, dado en los siguientes elementos:
Coherencia en la definición de productos y metodologías definidas para abordarlos.
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La propuesta presenta total coherencia en los aspectos planteados en términos de productos, y servicios, carta Gantt y plan de trabajo.
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100
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La propuesta presenta parcial coherencia en los aspectos planteados en términos de productos y servicios, carta Gantt y plan de trabajo.
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50
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La propuesta presenta poca coherencia en los aspectos planteados en términos de productos y servicios, carta Gantt y plan de trabajo.
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25
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La propuesta no presenta coherencia en los aspectos planteados en términos de productos y servicios, carta Gantt y plan de trabajo.
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0
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Aporte adicional a la propuesta - 5%
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Puntaje
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Se dará un puntaje especial a aquellas propuestas que incorporen un aporte adicional más allá de lo solicitado en la licitación y que agregue valor a la propuesta presentada por el oferente. Este debe ser atingente y aplicable a la AFC. El aporte adicional más allá de lo solicitado deberá estar claramente explicitado y debe describir cuál es su impacto o agregación de valor. Además se debe incorporar su valoración
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La propuesta incorpora al menos 3 productos adicionales, que incide en la obtención de un servicio de mayor calidad
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100
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La propuesta incorpora 2 productos adicionales, que incide en la obtención de un servicio de mayor calidad
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50
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La propuesta incorpora 1 productos adicionales, que incide en la obtención de un servicio de mayor calidad
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25
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La propuesta no incorpora productos adicionales, que incide en la obtención de un servicio de mayor calidad
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0
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Comportamiento Contractual del Consultor - 8%
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Puntaje
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Se dará puntaje adicional a los oferentes que no presenten incumplimientos contractuales anteriores (descuentos en los pagos de cuotas de contratos, tanto en la región como a nivel nacional), en los últimos 4 años.
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El Oferente presenta comportamiento contractual intachable, sin incumplimientos que hayan generado multas y descuentos en el pago de cuotas de contratos
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100
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Presenta 1 o más Incumplimientos que hayan generado descuentos
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0
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2 CRITERIO ECONÓMICO – 25%
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Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios o por la adquisición de los productos adjudicados, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto.
INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas bases de licitación.
Para la evaluación de este criterio, se considerará y comparará el precio de la oferta, con el menor precio ofertado en la presente licitación, mediante la siguiente formula:
PUNTAJE PRECIO = (Oferta menor precio/oferta evaluada) x 100
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(Oferta menor precio/oferta evaluada) *100 85% - 100% =100
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100
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(Oferta menor precio/oferta evaluada) *100 50% -84%= 70
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70
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(Oferta menor precio/oferta evaluada) *100
<=49= 30
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30
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3 CRITERIO ADMINISTRATIVO – 10%
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Cumplimiento de requisitos formales - 8%
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Puntaje
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El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del periodo de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.
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100
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El oferente no cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del periodo de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.
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0
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Cumplimiento de certificación de sustentabilidad para proveedores – 2%
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Puntaje
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El oferente cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme (debe adjuntar el/los certificado/s vigente/s respectivo/s).
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100
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El oferente no cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme.
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0
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4 CRITERIO INTEGRIDAD Y COMPLIANCE - 2%
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Cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal
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Puntaje
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Cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por éstos.
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100
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No cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal.
*) De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de la Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en el Anexo “Programa(s) de Integridad y compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una
cultura de cumplimiento.
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0
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DOCUMENTOS A CONSIDERAR EN LA EVALUACIÓN CURRICULAR:
Se evaluará el curriculum del oferente como el curriculum de los profesionales y técnicos del equipo ejecutor, debidamente firmados por cada miembro del equipo como por el oferente.
Deberá adjuntar copia simple de certificados de títulos de cada miembro del equipo mencionado en la propuesta. Acreditar experiencia mediante verificadores válidos, que indiquen el tiempo en qué desarrolló labores mencionadas en el curriculum y relacionadas a la temática de esta Licitación. Únicamente se evaluará la experiencia que sea acreditada (a través de OC, facturas, boletas o certificados de experiencia emitido por entidades públicas o privadas).
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10.- ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.
La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.
Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.
En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.
RE-ADJUDICACIÓN
En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO |
Si el oferente es persona natural
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a. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
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Acreditar en Registro de Proveedores
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Si el oferente es una persona jurídica
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- Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
- Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vigencia anteriormente señalada.
- Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:
Certificado de vigencia
Certificado de estatutos actualizados Certificado de anotaciones, en su caso
Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl
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Acreditar en Registro de Proveedores
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Si el oferente es una UTP
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Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) deberán entregar los mismos documentos indicados precedentemente respecto de cada uno de sus integrantes y suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá formalizarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que pudiera tener lugar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Asimismo, los integrantes de la UTP deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar. No obstante, todos los integrantes serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar, por lo que INDAP podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el
artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
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Todos los oferentes
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Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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OBSERVACIONES
El plazo para la suscripción del contrato es de 10 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente según lo regulado en estas bases de licitación.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886.
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13.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO |
Vigencia del contrato
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Máximo 8 meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato.
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Renovación / Prórroga
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Podrá renovarse/prorrogarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo igual al contrato original, siempre que se den razones fundadas y por escrito. La renovación/prórroga que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto administrativo y, una vez transcurrido en su totalidad el plazo establecido para esta, el contrato terminará automáticamente, sin necesidad de aviso previo.
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Modificación del contrato
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Las partes podrá modificar de común acuerdo el contrato que se suscribirá como resultado del presente proceso licitatorio.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones deberán ser requeridas y aprobadas por la contraparte técnica de INDAP y podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total.
En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado el contrato.
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Término de contrato
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El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o por la total utilización del presupuesto asignado para esta contratación, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el numeral 16 de las presentes bases de licitación.
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15.- PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO |
Presupuesto disponible (impuestos incluidos, si corresponde)
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El presupuesto es hasta $ 76.000.000.- (setenta y seis millones pesos),
impuestos incluidos del presupuesto año 2024 y 2025, según disponibilidad presupuestaria, para los 8 meses, impuestos incluidos.
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Forma de pago
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El pago de los servicios de consultoría se efectuará en 4 cuotas:
Primera cuota (25 %): Por un monto de $19.000.000, se pagará con presupuesto 2024 imputado $12.000.000 al Subtítulo 33, Ítem 01, Asignación 002, Sub
asignación 358 y $7.000.000 imputado al Subtítulo 24, Ítem 01, Asignación 415,
Sub asignación 295.
Segunda cuota (40%): Por un monto de $30.400.000, se pagará con presupuesto 2024 imputado $8.000.000 alSubtítulo 33, Ítem 01, Asignación 002, Sub
asignación 358 y $22.400.000 imputado al Subtítulo 24, Ítem 01, Asignación 415,
Sub asignación 295.
Tercera cuota (25%): Por un monto de $19.000.000, se pagará con presupuesto 2024 imputado $6.313.964 al Subtítulo 33, Ítem 01, Asignación 002, Sub
asignación 358 y $12.686.036 imputado al Subtítulo 24, Ítem 01, Asignación 415,
Sub asignación 295.
Cuarta cuota (10 %): Por un monto de $7.600.000, se pagará con presupuesto 2025 imputado $3.000.000 al Subtítulo 33, Ítem 01, Asignación 002, Sub
asignación 358 y $4.600.000 imputado al Subtítulo 24, Ítem 01, Asignación 415,
Sub asignación 295.
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Aprobación de pago
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Los pagos se realizarán previa autorización de la contraparte técnica de INDAP,
que en este caso corresponde a la Jefatura de la Unidad de Fomento de la Región de La Araucanía, quien deberá corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
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Facturación
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Una vez autorizado el pago por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a
señalar a la Unidad de Administración y Finanzas de la Región de La Araucanía, que se puede hacer la recepción conforme de los servicios, para posteriormente indicar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo. La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.
El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, con copia a msolano@indap.cl señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia. En caso de que no se envíen los antecedentes bancarios, el pago se realizará con cheque, el que se enviará por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.
En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes09@indap.cl.
En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl con copia a msolano@indap.cl señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.
En caso que se adjudique a una UTP, ésta deberá emitir el documento tributario,
el cual se señala claramente en la Orden de Compra.
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16.- TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
El contrato podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
- Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:
- Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
- Si el contratante falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.
- Haber sido condenado el contratante por crimen o simple delito.
- Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.
- Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.
- Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.
- Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP.
- "Si el proveedor es condenado conforme a la ley N° 21.595, Ley de Delitos Económicos, a la pena de inhabilitación para contratar con el Estado, hasta por el plazo que fije la sentencia definitiva. La inhabilitación rige desde la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia que la impusiere, y su duración se computará desde ese momento
El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letra A)
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra A, cualquiera de las partes enviará a la otra, mediante correo electrónico, el documento que da cuenta de las razones de la resciliación, firmado por el representante legal respectivo. La parte receptora del documento de resciliación podrá suscribirlo sin más trámite, o bien hacer las modificaciones que estime pertinentes, en cuyo caso deberá remitirlo a la parte que inició el procedimiento, para su suscripción.
El documento de resciliación que en definitiva se suscriba por ambas partes, se adjuntará al acto administrativo que formalice el término anticipado y servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letra D)
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, INDAP enviará al contratante, vía correo electrónico, la carta de comunicación respectiva. Posteriormente, mediante acto administrativo debidamente tramitado, INDAP formalizará el término de contrato, adjuntado el documento oficial que dé cuenta de las razones que exigen dicho término, el que servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letras B, C, E y F)
- INDAP notificará al contratante el eventual término anticipado de contrato mediante correo electrónico, indicando la causal de que se trata y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
- El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente
indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@indap.cl, la que deberá ser fundada.
- INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
- Se hace presente que contra la resolución que aprueba el término anticipado de contrato, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C, E y F:
- El contratante no tendrá derecho a indemnización alguna y se podrá proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin previa notificación ni cumplimiento de ningún otro requisito, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas.
- INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas (letra B), entre otras, las siguientes acciones:
La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta.
Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 30% del valor del contrato.
Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los 5 días hábiles de atraso o incumplir 1 obligación durante la vigencia del contrato.
No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido.
No renovar la garantía de fiel cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato. No reponer la garantía de fiel cumplimiento en caso de cobro de esta.
Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato.
Para el caso de las UTP, adicionalmente a las acciones precedentes, configuran incumplimiento grave de las obligaciones contraídas las siguientes:
La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.
Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
Disolución de la UTP.
Fuerza mayor y caso fortuito
Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile.
Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.
La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.
La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.
En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.
Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho.
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato establecido para las causales de las letras B, C, E y F, con el fin de dar cumplimiento al principio de contradictoriedad establecido en el artículo 10 de la Ley N° 19.880.
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17.- SANCIONES Y MULTAS |
INDAP podrá cobrar multas al contratante, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente licitación, siempre que se deba a causa imputable al contratante, en los siguientes términos:
A. El incumplimiento de los plazos y/o fechas que se fijen para la ejecución de las actividades y procesos asociados a los servicios, será sancionado con el valor de UF 10 por cada día hábil de atraso, con un tope de hasta 10 días hábiles.
B. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, no asociadas a plazos, será sancionado con el valor de UF 30 por cada obligación incumplida. Si se da el caso que, el incumplimiento supere el valor de 30 UF, se aplicará el valor detallado para ese servicio/producto, entregado en la propuesta económica debidamente valorizado por el oferente.
Si excediese los 10 días hábiles de atraso o incumpliera 2 obligaciones durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al contrato y/o hacer efectivo el instrumento financiero de garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de multas que se establece a continuación.
En cualquier caso, las multas no podrán superar el 30% del monto total del contrato.
Procedimiento para la aplicación de multas
- INDAP notificará al contratante la eventual aplicación de multas mediante correo electrónico, indicando la(s) causa(s), el monto de la multa a que daría origen el incumplimiento y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
- El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, para que deje sin efecto la multa o la rebaje, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección opartes09@indap.cl , la que deberá ser fundada.
- INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y cursando la multa respectiva, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
- El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que aplica la multa, mediante un vale a la vista nominativo, transferencia electrónica o algún otro medio de pago que se determine.
- En caso que el contratante no pague la multa dentro del plazo establecido, facultará a INDAP para descontar el monto adeudado del estado de pago pendiente y/o para proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y/o para terminar anticipadamente el contrato, a elección de INDAP.
- Se hace presente que contra la resolución que aplica la multa, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
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18.- CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP |
INDAP se relacionará con el contratante, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de la Jefatura de la Unidad de Fomento Regional, o quien ésta designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:
Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
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19.- SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.
OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de
seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.
NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por lo cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.
AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.
GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
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20.- PROPIEDAD INTELECTUAL |
Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.
“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.
Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.
Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.
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II. BASES TÉCNICAS |
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
1.- OBJETIVOS Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS
E l objetivo de esta licitación es la contratación de servicios para la implementación de un Programa de inseminación artificial en el marco del fortalecimiento de la competitividad del rubro bovino de carne, leche y doble propósito de la Agricultura Familiar Campesina de la región de La Araucanía, que permita poner a disposición de los productores ganaderos de la especie bovina, usuarios de INDAP, las tecnologías y los medios necesarios para generar condiciones, capacidades y competencias. La apuesta de este objetivo se logrará introduciendo biotecnologías reproductivas orientadas al mejoramiento genético del rebaño de los usuarios de INDAP, el que generará un impacto en los productores beneficiarios y en la masa bovina mejorada genéticamente, específicamente en la calidad de los terneros y terneras producidos y que con lleva a una mejora de la calidad genética de los vientres de reemplazo y de esta manera avanzar en mejorar el rebaño, como así generar terneros de calidad que permitirán al usuario, tener una mayor rentabilidad del sistema productivo. Este programa debe poner su foco al mejoramiento integral del predio, utilización de registros prediales, manejo sanitario, trazabilidad animal etc., tomando en consideración que los usuarios idealmente ya estén formando parte de un programa de asesoría base (SAT, Prodesal, PDTI, Alianzas Productivas).
Los usuarios del programa accederán a un incentivo económico, el que les permitirá emplear la Inseminación Artificial e Inseminación Artificial a Tiempo Fijo (utilizando sincronización de celos) en sus hembras bovinas con semen proveniente de reproductores seleccionados, de alta calidad genética, de acuerdo a su orientación productiva, así como algunos elementos necesarios para la ejecución de esta (nitrógeno líquido y boletas de servicios para el registro de la inseminación). Junto con este servicio, los usuarios recibirán un componente de capacitación necesaria para un buen desempeño de sus sistemas productivos.
Los Servicios de Consultoría y provisión de insumos para la implementación y ejecución de un programa de Inseminación Artificial en el marco del fortalecimiento de la competitividad del rubro bovino de carne, leche y doble propósito de la Agricultura Familiar Campesina de la región de la Araucanía consisten en, implementar una serie de actividades que permitirán lograr objetivos claros como productos que se detallan en los componentes del Programa.
Implementación
El oferente deberá presentar una estrategia y metodología de implementación de un programa de inseminación artificial, que permita la exitosa ejecución de su propuesta de trabajo, y que asegure la participación y el acceso de abastecimiento de los usuarios de INDAP en el programa, la cual será aprobada por INDAP. El oferente deberá igualmente ser capaz cubrir la demanda regional y aportar el equipamiento para los abastecimientos de insumos y la logística necesaria para el desarrollo de la actividad, para prestar una atención oportuna a través de postas prediales a usuarios de INDAP.
El oferente debe poner a disposición de los agricultores semen bovino congelado importado y/o nacional, seleccionado y aprobado, en función de los objetivos del programa de mejoramiento genético y a lo solicitado en las presentes bases de licitación y que el producto ofrecido sea acorde a lo dispuesto en el mercado. Al momento de presentar el listado de toros, del cual se evaluarán y seleccionarán los toros para el programa, el oferente deberá presentar razas con aptitud lechera, aptitud cárnica y doble propósito, que sean mejoradores en las siguientes características cómo línea base para su selección:
Rubro carne*: Fertilidad, Rendimiento a la canal, Facilidad de parto, Tasa de crecimiento, Habilidad materna. Rubro leche*: Sólidos lácteos (grasa y proteína en porcentaje y/o kilos), Productividad (L y Kg de leche), Longevidad, Fertilidad, Facilidad de parto, Tasa de crecimiento, Habilidad materna.
*Estas características corresponden a una línea base sobre la cual el oferente puede proponer otras además de estas, las cuales serán finalmente priorizadas por INDAP y el comité técnico del programa.
Los toros ofrecidos de una misma raza no deberán ser consanguíneos. Debe existir relación y asesoría permanente entre el oferente adjudicado con técnicos inseminadores, equipos consultores de los programas de asesoría técnica de INDAP, jefa unidad de Fomento, ejecutivos y encargada del programa.
Durante el funcionamiento del programa, deberá existir una concordancia y complementación entre el servicio prestado a través del programa de inseminación artificial y con la asesoría o herramienta de Fomento a la cual pertenezca el agricultor de INDAP, por lo que el semen que adquieran los usuarios, debe ser acorde a su rubro en asesoría y objetivo productivo, además se debe considerar la raza del plantel ganadero, aptitud de vientres, y priorizar semen de facilidad de parto para vaquillas, entre otros.
El oferente contratado, presentar ante el comité técnico con su programa de trabajo, lista de reproductores que recomienda y el precio de todos los insumos involucrados, el equipo de profesionales que se desempeñaran en el programa, Carta Gantt, el cronograma de abastecimiento y todos los productos solicitados en las presentes bases de licitación.
El oferente, dentro de su propuesta deberá presentar un listado de valores en los cuales se refleje el precio mercado y los precios para INDAP de los toros propuestos y de los diferentes insumos relacionados con el proceso de Inseminación Artificial, los cuales se utilizarán como tarifa durante la duración del programa, y no podrán tener variación de precio durante los 8 meses de vigencia del contrato.
El abastecimiento de las postas se realizará con la frecuencia necesaria que garantice una efectiva y exitosa entrega del servicio por parte del consultor, el cual debe ser aprobado y autorizado por INDAP, así como los lugares de
abastecimiento. Posteriormente deberán ser informado por el oferente a los inseminadores y usuarios del programa, indicando la fecha, horario y lugar, vía llamada telefónica, además de cualquier otro medio de comunicación que garantice la entrega de esta información.
El oferente es el responsable de coordinar y ejecutar las actividades propuestas, en el caso de actividades en que se considere la presencia de agricultores, deberá asegurar la asistencia de los mismos, asegurar que los lugares destinados para la ejecución de las actividades, presenten las condiciones adecuadas para garantizar la comodidad y buena atención de los usuarios beneficiados. En el caso de las actividades que involucren capacitaciones o transferencia de conocimientos estas deben ser ejecutadas con metodologías de extensión que permitan un óptimo entendimiento por parte de los usuarios de INDAP.
En caso de que los técnicos Inseminadores, que cuenten con autorización, previa inscripción en el Programa, deberán proporcionar a la Agencia de Área de INDAP correspondiente una nómina de usuarios que atenderá identificando el Nombre, Rut e Inventario Animal de cada usuario, a fin de establecer el N° de dosis requeridas. Las áreas de INDAP deberán dar el visto bueno y autorizar la nómina señalada, para permitir la participación de estos usuarios en el programa. Se sugiere que el Oferente avance en un contrato con el técnico Inseminador, para establecer responsabilidades en cuanto a la custodia de los materiales proporcionados por este.
Para obtener la información necesaria con el fin de controlar y evaluar el servicio y sus resultados, el oferente adjudicado será responsable de obtener el retorno del 100% de las Boletas de Inseminación generadas de cada vientre inseminado, así como el semen no utilizado por los técnicos inseminadores al cierre del programa. Los técnicos inseminadores que no cumplieron con la entrega de las boletas de inseminación la temporada anterior del programa o que no hayan devuelto materiales no utilizados no tendrán acceso en esta oportunidad, pudiendo apelar a la medida, esto debe ser verificado por la Agencia de Área, al momento que el usuario realiza su demanda.
Se deja claramente establecida que de los recursos provistos no podrán ser destinados a gastos administrativos en porcentajes mayores a un 5%.
El oferente adjudicado deberá hacer entrega de Informe de avances y final del programa que contengan la información de abastecimiento y estado de avance y/o final de la entrega del servicio contratado. Cualquier cambio o modificación de relacionada al servicio demandado, sólo podrá ser autorizada por INDAP.
2.- ACTIVIDADES A DESARROLLAR
El oferente deberá presentar una propuesta de trabajo con un horizonte de duración de 8 meses a contar del mes de septiembre del 2024, tiempo en el que deberá desarrollar las actividades y productos que a continuación se describen:
a) Implementación del Componente de Inseminación artificial
Implementación de postas y universo de hembras bovinas a inseminar.
Implementación de un mínimo de 55 postas de Inseminación Artificial Bovina que cubran la demanda de usuarios inscritos en el programa.
Universo mínimo de 3.000 vientres a inseminar, que deberá contar con la respectiva demanda validada técnicamente a solicitud de las áreas de INDAP (se considera aumento de cobertura de usuarios y vientres en aproximadamente un 10
%, siempre y cuando exista una demanda respaldada y concreta).
Deberán conservarse las postas que cuenten con un mínimo de 30 servicios de IA por temporada, según registros entregados por INDAP Regional. Aquellos agricultores que posean termos criogénicos propios y que tengan más de 20 servicios de IA por temporada, podrán seguir operando a través de este instrumento y con el compromiso de aumentar el número de servicios a 30 IA. Se evaluarán como caso especial, las postas nuevas implementadas durante la temporada 2023 – 2024, ya que se asume que presentarán un número inferior de inseminaciones realizadas.
Deberá distribuir semen bovino en óptimas condiciones de crio preservación como todos los implementos necesarios para la operación adecuada de las postas (termos criogénicos cuando corresponda, termómetros, reglas, planilla de registros, nitrógeno líquido, pipetas, mangas, talonarios de boletas, entre otros). Se debe considerar el semen necesario y los implementos para cubrir la demanda generada a través de las repeticiones de celo, hasta 2 servicios por vientre. Los vientres del agricultor inscrito podrán acceder a 2 servicios de IA por vientre (1er servicio y repetición). Sin embargo, si la hembra vuelve a entrar en celo, deberá emplearse monta natural o el usuario deberá costear la prestación de los servicios de inseminación y la dosis de semen. Para esto se requiere que la empresa consultora elabore un calendario de abastecimiento de dosis e implementos para los 8 meses que dura el programa. Este calendario debe incluir las fechas de cierre de las postas. El oferente deberá entregar a cada posta de Inseminación boletas de inseminación foliadas y boletas de repetición que debe incorporar datos mínimos como Nombre del usuario atendido, rut, comuna, celular de contacto, nombre de la posta, RUP, identificación de la hembra, identificar si es vaca o vaquilla, raza de la hembra, toro utilizado, valor pagado por el servicio de inseminación, fecha inseminación, y observaciones. Esta boleta, deberá poseer señalar si la inseminación se realizó con o sin protocolo de sincronización.
La entrega y control de estas dosis en las diferentes postas, quedará estipulada en la propuesta presentada por el oferente del Programa.
El usuario podrá optar a elegir dosis de semen que provenga de toros que no están contemplados en el catálogo oficial, siempre y cuando cofinancie el valor según lista de precio.
Deberá considerar la entrega en comodato de al menos 20 termos durante la temporada que se desarrolle el programa o la cantidad que sea necesaria para implementar el piso de 55 postas. Considerar además termos criogénicos de una capacidad ajustada a las postas de Inseminación, que permita una mantención eficiente. Cada vez que se haga entrega de un termo, debe levantarse un acta con los datos del inseminador, responsabilidad de las partes y especificaciones del termo entregado en comodato por el periodo que se ejecuta el programa. Cada inseminador deberá firmar una carta
compromiso responsabilizándose por el buen uso de las dosis de semen y de los implementos entregados a través del programa, el que debe ser entregado junto al informe 2 de avances del programa.
Se priorizarán postas que realicen un mínimo de 30 inseminaciones por temporada (excepto postas nuevas), con la finalidad de hacer un buen uso de los recursos disponibles, como dar prioridad a sectores y usuarios con mayor cobertura y nuevas demandas. De tal manera que se requiere que se realice una evaluación de las postas operativas en la temporada y a la vez seleccionar postas nuevas, que abarquen otros sectores de la región. Esta evaluación se realizará junto a funcionarios de INDAP (Jefa de Fomento, encargada programa, jefes de áreas).
Se debe asegurar la disponibilidad de dosis de semen, tanto importado como nacional, de buena calidad genética para el ganado de carne, leche y doble propósito. Las características de las dosis de semen serán las siguientes:
Los toros ofrecidos de una misma raza no deberán ser consanguíneos. Debe considerarse la oferta de semen disponible en el mercado.
Razas de toros que deben estar disponibles:
- Líneas maternas tipo carne: Clavel Alemán con tendencia o tipo cárnico, Normando, Aberdeen Angus (rojo y negro).
- Líneas maternas doble propósito: Clavel Alemán, Normando, Frisón Negro.
- Líneas maternas lecheras: Clavel Alemán tipo lechero, Frisón Negro y Holstein
- Líneas terminales: Charolais, Limousine, Simmenthal o Fleckvieh (raza doble propósito que deberá utilizarse como terminal).
Para las líneas maternas deberán ofrecer al menos 3 toros de características diferentes (nacional e importado), sin embargo, las líneas terminales deberán contar al menos con 1 toro importado.
Informe de seguimiento: Se debe realizar seguimiento de las postas de Inseminación Artificial, con el fin de supervisar el trabajo de cada posta, recopilación de datos para realizar una evaluación de desempeño, que deberá entregarse en los informes. Este seguimiento será de una muestra de usuarios que forman parte de cada posta de Inseminación Artificial (mínimo 30% por posta), que permita entregar índices reproductivos y productivos (terneros nacidos, porcentaje de preñez, peso nacimiento, edad y peso destete, precio de venta, etc.), durante el periodo que se ejecute el programa. Incorporar a este muestreo, predios destinados tanto a carne como a leche y doble propósito.
Sincronización de celos e Inseminación Artificial a tiempo fijo.
Esta iniciativa nace para los agricultores de la precordillera y cordillera que se localicen a gran distancia de su inseminador. El beneficio consiste en sincronización de celo en la modalidad que más se acomode al sistema productivo del ganadero. Los usuarios que opten por este beneficio no podrán obtener bonificación para repetición del servicio de IA. Se priorizarán usuarios cuyos predios se localicen en comunas precordilleranas y cordilleranas de la región de La Araucanía, tales como: Angol, Lonquimay, Cunco, Melipeuco, Curarrehue y Pucón. Excepcionalmente se podrán seleccionar agricultores localizados en otras zonas, según lejanía del usuario beneficiado del Técnico inseminador, casos que deberán ser visados por la Dirección Regional en conjunto con el área correspondiente.
Durante la temporada 2024 – 2025 el oferente deberá sincronizar 500 vientres. La nómina de agricultores potencialmente beneficiados deberá ser aprobada por la Dirección Regional previa ejecución de la sincronización. Para ejecutar esta actividad se requiere que el oferente diseñe 2 protocolos y ponga a disposición los insumos veterinarios y personal calificado que pueda desarrollar esta tarea (Médico Veterinario).
Previa a la sincronización se debe realizar una evaluación de las hembras las que deben seleccionarse en conjunto con los asesores técnicos. Para esto debe considerar factores como condición corporal y estado de desarrollo. Se debe realizar esta selección utilizando ecografía para descartar preñeces y posibles patologías.
Se deberá realizar el diagnóstico de gestación al 100 % de los vientres sincronizados e inseminados a tiempo fijo el que debe realizase mediante ecografía. Se evacuará un informe con la información obtenida de esta actividad. El informe deberá incorporar la nómina de usuarios que utilizaron este servicio, rut, DIIO de vientres sincronizados, fechas de cada hito realizado. El informe deberá dar cuenta del porcentaje de vientres preñados.
Estrategias técnicas para la elección de toros y diseño del Catálogo
La Región de la Araucanía posee una gran variedad de razas bovinas, predominando las razas de líneas maternas. Como estrategia, INDAP Regional pretende mantener estas líneas en los rebaños de los pequeños agricultores por sus características de rusticidad y gran adaptabilidad a los climas imperantes.
Se definen dos tipos de usuarios: crianceros de carne y lecheros-doble propósito. La asignación del toro dependerá del rubro del usuario y se utilizarán las siguientes estrategias según los parámetros biométricos y pureza de la raza del vientre a inseminar:
Usuarios crianceros productores de terneros orientados a carne.
Razas de Líneas Maternas de carne de la región: Overo Colorado orientado a carne, Normando orientado a carne, Aberdeen Angus (rojo y negro).
Razas Terminales: Charolais, Limousine, Simmenthal o Fleckvieh (raza doble propósito que deberá utilizarse como terminal).
Vientres de razas maternas de buena a excelente conformación se inseminarán con toros de razas de líneas maternas de una misma raza. El objetivo es mantener las líneas criollas, mejorar su conformación y obtener vientres para reposición.
Sólo bajo condiciones excepcionales se podrán inseminar estos vientres con líneas terminales, sin embargo, las crías nacidas de esta cruza o no podrán conformar parte del rebaño de reemplazo.
Vientres de razas madre de regular a mala conformación, vientres de razas terminales o hibridados con razas terminales se inseminarán con líneas terminales y Aberdeen Angus. Las crías de estos vientres no podrán conformar el rebaño de reposición (venta al destete o engorda en predio).
Usuarios productores de leche o doble propósito:
Razas de Líneas Madre doble propósito de la región: Overo colorado orientado a leche, Frisón negro y Normando. Raza de Línea Lechera: Frisón negro.
Razas de Líneas Terminales: Charolais, Fleckvieh, Limousine, Simmenthal o Fleckvieh (raza doble propósito que deberá utilizarse como terminal).
La asignación del toro dependerá de los parámetros biométricos y la pureza de raza del vientre, de manera que:
Vientres con buena conformación de líneas madre se inseminarán con toros de líneas madre y línea lechera. El objetivo es mantener las razas criollas, mejorar su conformación y calidad láctea y obtener vientres para la reposición.
Sólo bajo condiciones excepcionales se podrán inseminar estos vientres con líneas terminales y Aberdeen Angus, sin embargo, las terneras nacidas de esta cruza no podrán ser parte del rebaño de reemplazo.
Vientres con regular a mala conformación de razas madre, de menos producción lechera (se evita dejar reemplazos de vacas menos productivas) o vientres hibridados con razas terminales, se inseminarán con líneas terminales y la raza Aberdeen Angus (rojo y negro). Las crías de estos vientres no deberán conformar el rebaño de reposición (venta al destete o engorda en predio).
Cabe señalar que, las vaquillas, tanto de razas carniceras como doble propósito o lecheras, deberán inseminarse con toros con facilidad de parto, idealmente Aberdeen Angus.
Los toros del catálogo serán elegidos en conjunto con inseminadores, equipos técnicos de programas de asesoría técnica, Jefes de Área INDAP o quien este designe en su representación, Jefa de Fomento y Encargada de Programa de Mejoramiento Genético.
Catálogo de toros.
Deberá disponerse de 200 catálogos impresos a color y en papel couche y diseñar el mismo catalogo en versión digital. El catálogo deberá estar diseñado de manera simple y práctica, con el fin de facilitar la lectura y comprensión, logrando una acertada elección del reproductor. Deberá contener al menos los siguientes ítems:
Pequeña reseña que introduzca a la Inseminación Artificial, técnicas para la detección de celos, importancia del uso registros, glosario de las fichas de los toros, tabla de gestación.
Requisitos para la postulación al programa y a la sincronización de celo.
Secciones separadas según el tipo orientación productiva al que está destinado el reproductor: Razas para carne, razas doble propósito, razas para leche, etc.
Deberá indicar el nombre del reproductor, raza, fecha de nacimiento, identificación de los padres y origen (nombre del criadero nacional o importado).
Las características a incluir para cada toro, dependiente si su origen es nacional o importado, serán las siguientes: Debe señalar la foto del reproductor
Datos de rendimiento propio Genealogía
Pruebas de progenie (si las tuviera) Perfil genómico (si lo tuviera)
Producción láctea de las hijas (exclusivo para toros lecheros).
Diseño e implementación de sistema de registros.
Con el objeto de conocer los factores que afectan la productividad y rentabilidad de los sistemas productivos, establecer prioridades y líneas de acción, tomar decisiones y evaluar el impacto del PMGR, es necesario implementar un sistema de registros. Se utilizará el Cuaderno de campo validado por la Dirección Regional de INDAP la temporada pasada. El oferente deberá contemplar la entrega de 200 cuadernos de campo para esta temporada.
Informe de impacto del programa de mejoramiento genético temporada 2024 - 2025.
Por medio de la recopilación de datos obtenidos de los cuadernos de campo de los usuarios del Programa, se elaborará un informe de impacto con índices productivos, reproductivos y económicos que permitirá evaluar eficazmente los avances en el mejoramiento genético del sistema productivo particular y regional. La información debe contemplar el 30 % del seguimiento de usuarios (letra c) realizado a cada posta y deberá incluir las hembras sincronizadas.
b) Capacitaciones y difusión del programa.
Realizar 1 capacitación por áreas de INDAP, dirigidas a agricultores, asesores y funcionarios de INDAP, en temas como: importancia del uso de registros, selección de hembras, detección de celos e inseminación artificial, que permitan generar lineamientos técnicos que mejoren la ejecución del programa, como de los resultados obtenidos. El tema de la capacitación a impartir se determinará según la necesidad de cada área. Se requiere que el proveedor cuente con profesional/es idóneos para realizar los temas de las capacitaciones.
c) Seguimiento de datos.
Hacer seguimiento a una muestra de un 25 % de usuarios por posta de inseminación, que permita conocer índices reproductivos y productivos (terneros nacidos, porcentaje de preñez, peso nacimiento, edad y peso destete, precio de venta, etc.), durante el periodo que se ejecute el programa. Es de alta importancia que, el proveedor establezca indicadores medibles, tanto para ganado de carne como de leche, que permita establecer prioridades, y líneas de acción por cada predio.
d) Comité técnico.
Deberá convocarse con la finalidad de realizar la selección de reproductores a utilizar en la temporada 2024 – 2025. Lo
conformarán: oferente, funcionarios de INDAP, Profesionales que imparten asesoría SAT, algunos técnicos en inseminación con más experiencia. Este comité será una de las primeras actividades que desarrollará el oferente y la realizará con apoyo de INDAP.
e) Reuniones de Presentación del programa, coordinación y seguimiento.
Reuniones de presentación del Programa Mejoramiento Genético Regional.
Deberá realizarse 1 reunión previa al comienzo de la temporada de encaste, con inseminadores, equipos técnicos de programas de asesoría técnica, Ejecutivos y Jefes de Área INDAP, Encargada de Programa de Mejoramiento Genético, en las que se deberán tratar al menos los siguientes temas:
Modo de operar de las postas de IA durante las temporadas 2024 – 2025 y requisitos para la inscripción al Programa por parte de usuarios y de inseminadores.
Presentación del catálogo de toros.
Charla técnica sobre el sistema de registros y su uso.
Charla técnica de sincronización de celo e inseminación a tiempo fijo y requisitos para utilizar este beneficio.
Reuniones de Coordinación.
Tres reuniones con cada Agencia de área y contraparte regional que permitan conocer el estado de avance de las actividades realizadas. Una reunión general al comienzo una intermedia y una final de la asesoría.
Reuniones de seguimiento.
Los temas a tratar en las reuniones de seguimiento con INDAP Regional y el oferente se señalan a continuación, sin perjuicio de otros asuntos relacionados:
Abastecimientos de postas de IA, cantidad de dosis y razas, materiales entregados, entre otros, avances de actividades, recopilación y análisis de datos, problemas e inconvenientes suscitados.
Cabe señalar que la periodicidad de estas reuniones se acordará con el prestador de servicios en el plan de
trabajo.
HITOS Y ENTREGABLES
HITO
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ENTREGABLE
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DURACIÓN
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Hito 1:
Plan de trabajo y carta Gantt, aprobados por INDAP.
Entrega boleta de garantía de fiel y cabal cumplimiento de contrato.
Contrato Firmado Reunión Coordinación
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Documentos:
Plan de trabajo Carta Gantt
Boleta de Garantía de fiel y cabal cumplimiento al contrato.
Reunión de coordinación INDAP Oferente Contrato firmado
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10 días, desde
adjudicada la Presente Licitación
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Hito 2:
Informe de avances 1, con validadores de actividades y productos logrados hasta la fecha
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Informe con las actividades descritas, las que deben incluir los registros
y validadores de cada actividad reportada (Rendición de cuentas según Resolución N° 30 de la CGR).
Las actividades deben coincidir con las estipuladas en el plan de trabajo
y carta Gantt.
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Reportar al 30
octubre 2024
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Hito 3:
Informe de avances 2, con validadores de actividades y productos logrados hasta la fecha
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Informe con las actividades descritas, las que deben incluir los registros
y validadores de cada actividad reportada (Rendición de cuentas según Resolución N° 30 de la CGR).
Las actividades deben coincidir con las estipuladas en el plan de trabajo
y carta Gantt.
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Reportar al 30
noviembre 2024
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Hito 4:
Informe Final con verificadores que den cuenta de las actividades desarrolladas
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Las actividades descritas en el informe deben incluir los registros y
validadores de cada actividad reportada. (Rendición de cuentas según Resolución N° 30 de la CGR)
Informe final con el cumplimiento de TODAS las actividades estipuladas
en el plan de trabajo y carta Gantt.
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Reportar al 30 de
abril 2025
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3.- GESTIÓN DE LOS SERVICIOS
Los Servicios Licitados corresponden a actividades que se desarrollan netamente en terreno de forma presencial. Los servicios que podrían aceptarse de forma remota correspondería a comunicaciones por vía telefónica, correo electrónico o video conferencia, con el propósito de coordinar alguna actividad o sostener alguna videoconferencia con algún tema emergente que haya que resolver con urgencia.
Provisión de los equipos y medios tecnológicos necesarios para la prestación de los servicios (notebook, PC, Tablet, etc.).
Horario de los servicios. Corresponderá al necesario para lograr los objetivos del contrato.
El oferente debe garantizar que el servicio sea prestado en todo momento por los profesionales que presente en su propuesta, debiendo contar con personal de reemplazo en caso de ausencia por cualquier causa. Dicho personal de reemplazo debe cumplir con el mismo perfil y experiencia de la persona que está reemplazando.
- Para ausencia temporal de más de 3 días hábiles, ya sea por licencia médica u otra razón fundada, el plazo para
reemplazar al integrante del equipo será de 5 días hábiles.
- Para ausencia permanente, ya sea por renuncia u otra razón imprevista, el plazo para reemplazar al integrante del equipo será de 10 días hábiles.
En caso de incumplimiento de los plazos indicados precedentemente, el oferente será sancionado por cada día de atraso con las multas establecidas en las presentes bases de licitación.
4.- EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Los oferentes deben tener experiencia comprobada en la prestación de los servicios de CONSULTORIA Y PROVISION DE INSUMOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE UN PROGRAMA DE INSEMINACION ARTIFICIAL EN EL MARCO DEL FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD DEL RUBRO BOVINO DE CARNE, LECHE Y DOBLE PROPÓSITO DE LA AGRICULTURA FAMILIAR CAMPESINA DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Los oferentes deberán detallar su experiencia en el Anexos N° 2, siguiendo el formato y las instrucciones allí indicadas.
ANEXO N° 1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
El oferente debe suscribir el presente documento y, a través de su firma, declara la veracidad de la información otorgada, asumiendo completa responsabilidad por su declaración y acepta las condiciones estipuladas en las presentes bases de licitación.
RAZÓN SOCIAL:
R.U.T. DE LA EMPRESA:
REPRESENTANTE LEGAL:
NACIONALIDAD:
R.U.T. DEL REPRESENTANTE LEGAL:
DOMICILIO DE LA EMPRESA:
TELÉFONOS:
CORREO ELECTRÓNICO:
FIRMA DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE RUT DEL OFERENTE
ANEXO N° 2 OFERTA TÉCNICA
El oferente debe suscribir el presente documento y, a través de su firma, declara la veracidad de la información otorgada, asumiendo completa responsabilidad por su declaración.
Detallar, OBJETIVOS, Perfil oferente. Equipo Técnico
Curriculum oferente y equipo técnico y respaldos respectivos.
Únicamente se evaluará la experiencia que sea acreditada (a través de OC, facturas, boletas o certificados de experiencia emitido por entidades públicas o privadas).
PROPUESTA DEL OFERENTE POR CADA ÍTEM:
Componentes principales del Programa según lo descrito en el punto 2 (Actividades a desarrollar) de las bases técnicas. Incorporar servicios adicionales.
FIRMA DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE RUT DEL OFERENTE
ANEXO N° 3 OFERTA ECONÓMICA
ub
NETO
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IMPUESTO
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VALOR TOTAL CON IMPUESTOS INCLUIDOS
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NOTA:
- Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado con impuestos incluidos, expresado en moneda nacional.
- Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
- En caso de que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo claramente, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
- INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas Bases de Licitación.
FIRMA DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE RUT DEL OFERENTE
ANEXO N° 4
PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE
Yo, NOMBRE APELLIDO XXXX, cédula de identidad N° XXXXX, con domicilio en XXXXXX, en representación de la empresa XXXXXX, RUT N° XXXXXX, declaro que [se cuenta / no cuenta] con programa (s) de integridad que sean conocidos por el personal que desempeña funciones en ella:
Detalle Marcar alternativa
Cuenta con programa (s) de integridad y compliance que sean conocidos por el personal No cuenta con programa (s) de integridad y compliance que sean conocidos por el personal
Si cuenta con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, individualizar el (los) programa
(s) de integridad y compliance según corresponda, y señalar respecto de cada uno de éstos los medios de verificación que adjunta para acreditar que son conocidos por el personal:
Nombre del Programa de Integridad y
compliance y fecha de éste Medio (s) de verificación acompañado(s) para acreditar que el Programa de Integridad y compliance es conocido por el personal
Nota: Los oferentes que señalen que cuentan con programas de integridad y compliance conocidos por el personal deberán individualizar el nombre del Programa correspondiente y fecha de emisión y deberán acompañar medio (s) de verificación que acredite que éstos son conocidos por el personal, en caso contrario tendrá 0 puntos en este criterio.
Suscribe en señal de conformidad en la ciudad de XXXXXXXX el día XX del mes XXXXX del año 2024.
Firma del oferente o de su(s) representante(s), si es persona jurídica
NOMBRE DEL OFERENTE
RUT DEL OFERENTE
III.- El gasto que originan los referidos servicios se imputará al Subtítulo 24, Ítem 01, Asignación 415 Sub asignación 295 y al Subtítulo 33, Ítem 01, Asignación 002 Sub asignación 358 del presupuesto vigente del Instituto correspondiente al año 2024, y a los mismos ítem presupuestario para los años 2025 siempre que las disponibilidades presupuestarias así lo permitan.
IV.- Publíquese la presente resolución exenta en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, denominado www.mercadopublico.cl
ANÓTESE, PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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