Resolución de Empates |
En caso de haber igualdad de puntaje entre dos o más ofertas,
la adjudicación se dirimirá considerando en primer término aquella propuesta que haya obtenido el
mejor puntaje en el precio. Si persistiera el empate, se dirimirá, en segundo término, considerando el
plazo de entrega y, en tercer término, por la garantía. En cualquiera de los casos, para dirimir los
puntajes se considerará hasta el tercer decimal.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas sobre la adjudicación se deberán formular a través de correo electrónico dirigido a la Unidad de Adquisiciones (licitaciones@senama.cl) y las respuestas se entregarán por el mismo medio en un plazo no superior a las 24 horas siguientes a efectuada la consulta, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos. Estas respuestas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de manera que dicha consulta y la posterior respuesta o aclaración esté disponible para todos los potenciales participantes en la licitación.
Los proponentes no adjudicados que estimen pertinente efectuar algún reclamo podrán presentarlo a la Dirección Nacional del SENAMA, por escrito y en un plazo máximo de 3 (tres) días, contados desde la fecha de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La respuesta del/la Director/a será remitida por carta, a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de recibida la reclamación.
No obstante lo anterior, también podrán presentar dicha reclamación a través de los canales disponibles en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en cuyo caso, la respuesta por parte de SENAMA, se realizará por el mismo medio, en un plazo de 48 horas, luego de recibida la reclamación, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente
el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones
contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo
19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo.
Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que
debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus
actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con
los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o
los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su
toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o
formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivase.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes,
asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
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DISPOSICIONES GENERALES |
Las presentes bases de licitación están destinadas a reglamentar el llamado a licitación pública para la
adquisición de equipamiento de cocina y dormitorio de residentes para el Establecimiento de Larga
Estadía del Adulto Mayor “Nuevo Atardecer”, ubicado en la comuna de Puerto Natales, región de
Magallanes y Antártica Chilena, con el objeto de elegir entre los participantes, aquel o aquellos que
realizarán la entrega de los bienes mencionados precedentemente, de acuerdo a lo descrito en las
Bases Técnicas del llamado a licitación.
Su adjudicación operará sobre una modalidad de evaluación basada en criterio técnico, criterio
administrativo y criterio económico. Por lo tanto, las propuestas técnicas, administrativas y
económicas de los proveedores que presenten ofertas, incluidos todos los impuestos y gastos que
correspondan y/o cualquier otro gasto y derecho que de la adjudicación resultante se deriven, se
evaluarán bajo esta modalidad.Para todos los efectos legales, las bases de licitación están compuestas por las bases administrativas, las bases técnicas, anexos y aclaraciones, si las hubiese, las que se tendrán por conocidas y aceptadas por todos los participantes.
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PARTICIPANTES Y DISPONIBILIDAD DE LAS BASES |
3.1.1 Participantes
Podrán participar en esta licitación pública personas naturales o jurídicas contribuyentes de primera categoría (que emitan facturas) que estén inscritas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Además, podrán participar proveedores que se acojan al mecanismo de la unión temporal de proveedores (UTP), conforme lo establece el artículo 67 Bis del DS Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. Deberán cumplir, también, los demás requisitos que se especifican en las Bases Técnicas.
3.1.2 Requisitos
a) El oferente deberá estar dedicado al rubro de venta de equipamiento de hogar, oficinas, equipamiento clínico, kinesiológico, informático u otro similar.
b) Para ofertar no se exigirá que el oferente se encuentre habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado. Sin embargo, el oferente que resulte adjudicado, deberá realizar este trámite de inscripción en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
El pago del servicio estará condicionado a que el oferente adjudicatario realice dicho trámite de habilitación en el mencionado plazo.
Los antecedentes proporcionados por cada oferente podrán ser corroborados por funcionarios del SENAMA. En caso que algún antecedente no se ajuste a la realidad, la oferta será descartada del proceso.3.1.3 No podrán participar en esta propuesta pública:
No podrán participar en la presente licitación quienes se encuentren afectos a una o más de las inhabilidades contempladas por la ley, según lo siguiente:
a) Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos años anteriores. Para este efecto, el oferente, al momento de ingresar su propuesta al ID del proceso licitatorio, deberá suscribir electrónicamente la “Declaración Jurada ausencia conflictos de interés e inhabilidades por condenas”, disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl.
b) Si el oferente es funcionario directivo del SENAMA, o está unido a éste, como cónyuge, hijo/a, adoptado/a o por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive de éste.
c) Si el oferente es una sociedad de personas, y forma parte de ésta alguna de las personas indicadas precedentemente. Si es una sociedad en comandita por acciones o anónima cerradaen que las personas ya indicadas sean accionistas; o, tratándose de una sociedad anónima
abierta, dichas personas sean dueñas de acciones que representen el 10% o más de su capital.
d) Asimismo, no podrán participar en la presente licitación las personas que sean gerentes,
administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes
mencionadas.
e) Finalmente, no podrá participar en la presente licitación las personas que hayan sido
condenadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar
por el Estado (artículo 26, letra d., de D.F.L. N°1 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento
y Reconstrucción que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº211,
de 1973).
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DISPONIBILIDAD DE LAS BASES |
El llamado a Licitación, como las presentes bases administrativas, bases técnicas y anexos, serán
publicados en el portal www.mercadopublico.cl, desde donde se podrán descargar gratuitamente.
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DEL FUNCIONARIO ENCARGADO DEL PRESENTE PROCESO DE COMPRA |
El presente proceso licitatorio se encontrará a cargo de un funcionario de la División de Administración
y Finanzas (Sección de Adquisiciones) del Servicio Nacional del Adulto Mayor, con contacto en el correo
e-mail licitaciones@senama.gob.cl.
No obstante, durante el curso del proceso licitatorio, los proveedores no podrán contactarse de
ninguna otra forma que no sea a través del Sistema de Información con la entidad licitante o sus
funcionarios, esto, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto Supremo N° 250 de 2004, y
sus modificaciones.
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DE LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES |
Las consultas sobre las Bases Administrativas y Técnicas se deberán formular a través del Sistema de
Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Sólo se aceptarán consultas
formuladas por este medio, de manera que dicha consulta y la posterior respuesta o aclaración que
pueda generar, esté disponible para todos los potenciales participantes en la licitación.
Los plazos para la formulación de consultas, aclaraciones y respuestas, serán los que indique la
licitación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
SENAMA se reserva el derecho de no dar respuesta a aquellas consultas o aclaraciones que considere
improcedentes, que impliquen confidencialidad en materias propias del servicio, o que pongan en
riesgo la transparencia del proceso de licitación.
SENAMA podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes de que finalice el plazo para la
presentación de propuestas, modificar los documentos mediante enmienda, ya sea por iniciativa
propia o en atención a una aclaración solicitada por un proponente. Las enmiendas serán notificadas
a través del portal, serán parte integrante del proceso de licitación. Si la magnitud de las enmiendas
así lo amerita, se procederá a prorrogar el plazo de presentación de propuestas.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
Antes del cierre del plazo para hacer ofertas, el servicio podrá modificar las bases y otros documentos de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los participantes, otorgando un plazo prudencial, si corresponde, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Estas modificaciones se harán mediante resolución de la Autoridad, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl, y formarán parte integrante de las bases.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
La propuesta deberá estar conformada por:
• Archivos Administrativos (antecedentes del proponente)
• Propuesta Técnica
• Propuesta Económica
La propuesta deberá presentarse con todos sus antecedentes, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), compatibles con Microsoft Word o Acrobat Reader, según corresponda, en idioma español y en archivos separados, de acuerdo a lo señalado en el párrafo precedente.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas, a través del sistema www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los archivos anexos y aquellos que permitan hacer la evaluación correspondiente. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Sin perjuicio de lo señalado, y en conformidad a lo establecido en el artículo 62 del D.S. N° 250, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contados desde la fecha de envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO |
De acuerdo a numeral 9 de bases de licitación adjuntas.
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PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA |
Cada proponente podrá presentar sólo una propuesta de los bienes requeridos. En caso que un mismo proponente presentare dos o más propuestas del mismo producto, SENAMA entenderá como válida únicamente la última oferta subida al portal www.mercadopublico.cl, las anteriores serán descalificadas de plano en el acto de apertura electrónica, dejándose constancia de ello.
El archivo con la “Propuesta Técnica”, deberá contener lo requerido en las Bases Técnicas de esta licitación descritos en el punto 33 en adelante, debiendo los proponentes utilizar dichas especificaciones como referencia y debiendo completar el anexo N°7, confeccionados para esto.
Asimismo, el proponente deberá adjuntar como anexo toda la documentación de apoyo a su propuesta, identificando el número de anexo, el nombre y los fines para los que se presenta o cualquier otra información que el oferente considere relevante para su oferta.
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PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA |
El archivo con la “Oferta Económica” deberá contener la estimación del costo total de la propuesta, incluyendo cualquier otro gasto que de su prestación se derive.
El presupuesto referencial para esta contratación, corresponde a $24.100.000.- (veinte y dos millones seiscientos mil pesos), impuestos incluidos.
Los montos ofertados deberán ser expresados en pesos chilenos, en el Anexo N°8, señalando los valores netos, impuestos y monto total; y no podrá realizar reajuste alguno.
Los costos en que incurra el proponente, derivados de la formulación de la propuesta, serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de rechazarse la propuesta.
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ACTO DE APERTURA DE LOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y OFERTA ECONÓMICA |
La propuesta deberá tener una validez de a lo menos sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de cierre del plazo para su presentación.
La apertura de los anexos administrativos, técnicos y oferta económica solicitados se efectuará en una etapa, de acuerdo al artículo 34 del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 250 de la Ley N° 19.886.En primera instancia se verificará la inclusión, en formato digital, de cada uno de los anexos administrativos, Técnicos y Oferta Económica solicitados en las presentes bases, la cual se realizará por un profesional de la Unidad de Adquisiciones y el Encargado de esta Unidad. Aquellas propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos señalados anteriormente, serán sometidas al proceso de evaluación que estará a cargo de la comisión evaluadora señalada en el punto 14 de las presentes bases.
La oferta de aquel proponente que en definitiva no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite, sin que se proceda a la evaluación de su oferta.
El cuadro resumen con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará en el Sistema de Información.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y correctamente ingresadas, el Servicio podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
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ADMISIBILIDAD TÉCNICA DE LAS OFERTAS |
Con el fin de determinar el cumplimiento técnico de las ofertas que avanzaron en la etapa de apertura electrónica, la comisión evaluadora será asesorada en materias técnicas por el Jefe (S) de la Subdivisión de Proyectos de Inversión y Mantención de Infraestructura, o por quién este designe, quien será responsable de emitir un informe de cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos requeridos en las bases de licitación.
Los oferentes que no den cumplimiento con la totalidad de los requisitos técnicos mínimos requeridos en base de licitación, conforme al informe de cumplimiento señalado en el párrafo anterior, no podrán ser evaluados económicamente y sus ofertas serán declaradas inadmisibles conforme a lo señalado en el numeral 18, párrafo primero de las presentes bases.
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EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes serán evaluadas en única instancia por una Comisión compuesta por los/as funcionarios/as designados/as en este acto por el SENAMA.
SENAMA podrá reemplazar a 1 (uno) o más integrantes de la Comisión de Evaluación, si se presentaran situaciones de fuerza mayor que impidiera al o los integrantes de que se tratase, su participación en el trabajo de dicha comisión, durante el período fijado para ello. De ser el caso, SENAMA publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública las razones fundadas de la modificación y la nueva composición de la Comisión de Evaluación, debidamente autorizada por el Jefe de la División de Administración y Finanzas.La Comisión, señalada anteriormente, evaluará las propuestas, según los criterios señalados en las presentes Bases, procediendo a establecer el orden de mérito de las mismas.
Al momento de la etapa de evaluación de ofertas, la comisión designada no podrá tener conflicto de interés alguno en relación a los actuales o potenciales oferentes del proceso licitatorio, lo que quedará reflejado en una Declaración Jurada Simple, que deberá publicarse en la plataforma de compras públicas al momento de la adjudicación. En el evento de que un conflicto de interés sólo se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo informar a su superior jerárquico de esta situación. En este caso, se sustituirá al integrante designado, mediante el acto administrativo correspondiente.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Jefa de Servicio de la entidad licitante o a quien haya delegado sus facultades, para la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación por cuanto las ofertas presentadas no se ajustan a los requerimientos esenciales establecidos en las bases.
SENAMA declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886 y en las presentes bases.
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DERECHO A PEDIR ACLARACIONES Y CONTACTO CON EL OFERTANTE |
La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Igualmente, la Comisión Evaluadora podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
En los casos antes mencionados se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la SENAMA, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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FACTORES, SUBFACTORES, CRITERIOS Y PONDERACIÓN |
De acuerdo a numeral 16 de bases de licitación adjuntas.
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APLICACIÓN DE DESCUENTOS |
De acuerdo a numeral 17 de bases de licitación adjuntas.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS, DESERCIÓN, REVOCACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL PROCESO |
SENAMA declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los
requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad
para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido
en las presentes bases.
Además, el Servicio podrá declarar desierta la licitación a solicitud de la Comisión Evaluadora, cuando
no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Asimismo, el Servicio podrá dejar sin efecto la licitación que ya está publicada y se decida de manera debidamente justificada que SENAMA no podrá seguir el flujo normal del proceso. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por el Servicio mediante Resolución Fundada. De ser el caso, se otorgará el Estado de “Revocada” la licitación.
Por otra parte, a solicitud del Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional, se podrá asignar el estado “suspendida” a la licitación, lo que permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días y, posteriormente, seguir con el curso normal de la misma. Este estado puede asignarse desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.
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DE LA ADJUDICACIÓN Y SU NOTIFICACIÓN |
El Servicio Nacional del Adulto Mayor, mediante acto administrativo, adjudicará la licitación por línea, al o los proponentes mejor evaluados.
La adjudicación se efectuará a través de una resolución exenta de la autoridad competente, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por notificada al oferente adjudicado transcurridas 24 horas desde su publicación.
En la resolución de adjudicación se especificarán los criterios de evaluación que permitieron al o los adjudicatarios/s obtener la calificación de la oferta más conveniente.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de SENAMA que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá adjudicarse esa oferta solicitándole una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
Si existiera discrepancia entre el monto mencionado en el comprobante de ingreso de oferta y el señalado en el anexo económico, prevalecerá este último.
SENAMA tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles, a partir de la fecha de apertura técnica y económica, para publicar en el Sistema Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, el resultado del proceso de evaluación.
Dicho plazo podrá ampliarse hasta un máximo de 10 (diez) días hábiles adicionales, a solicitud de la Comisión de Evaluación y por razones justificadas. De ser el caso, SENAMA informará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, el nuevo plazo para realizar la adjudicación de la licitación.
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ANTECEDENTES PARA LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
Una vez notificada la adjudicación al o los proponentes, SENAMA le comunicará a través de correo electrónico dicha adjudicación. En la citada comunicación se indicará el plazo en que emitirá la orden de compra, documento que formalizará el acuerdo de adquisición de bienes entre las partes, pudiendo contener documentos anexos que aclaren o especifiquen los bienes contratados.
En caso que el proponente adjudicatario no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Si dicho trámite de inscripción no se realiza en el mencionado plazo, SENAMA procederá a anular la adjudicación, en cuyo evento podrá re adjudicar al proponente que ocupe el siguiente lugar en el proceso de evaluación de propuestas.
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DERECHO A AMPLIAR LA CONTRATACIÓN |
SENAMA podrá incrementar hasta en un 30% el valor total del contrato, con el fin de llevar a un mejor término el proyecto, con ocasión de la modificación de los bienes adquiridos, nuevos bienes o extraordinarios no considerados.
En estos casos deberá convenirse con el adjudicatario los precios, a menos que se trate de partidas previstas en la oferta, en cuyo caso deberá respetarse dichos valores.
Del mismo modo, SENAMA podrá disminuir bienes, hasta en un 30% el valor total del contrato, siempre que se trate de modificaciones del proyecto contratado, y que la disminución comprenda partidas o porcentajes de ellos, perfectamente determinadas y valorizadas.En el caso que las modificaciones antes indicadas, incidan en el plazo convenido, éste deberá ser modificado en la proporción correspondiente.
Los aumentos o disminuciones de los bienes, plazos y otros extraordinarios serán solicitadas sólo por la contraparte técnica, a través de un Informe Técnico que lo fundamente y no podrán ser ejecutados sino hasta contar con el V°B° de la Dirección Nacional.
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CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN |
Podrá ponerse término anticipado a la contratación de común acuerdo entre las partes. SENAMA se reserva el derecho de poner término al contrato en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el proponente seleccionado incurriera en alguna de las siguientes causales durante la ejecución del mismo:
a. Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, en cuanto a plazos, productos contratados, entre otras, sin causa justificada, lo que será calificado fundadamente por el contratante.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones, entre otras, si el proceso de evaluación de la calidad arroja como resultado una calificación deficiente.
b. Si el adjudicatario no acatase los requerimientos de la contraparte técnica.
c. Por entrega incompleta de los bienes, aun cuando esto pudiera ser reparado.
d. Si el proponente adjudicatario estuviese sometido al procedimiento concursal de liquidación, o le fuesen protestados documentos comerciales que se mantuvieron impagos durante más de sesenta días o no fuesen debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, contados a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Si la persona jurídica se disolviera.
g. Si se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevista o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad de los productos, siempre y cuando la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento total del contrato.
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MULTAS |
26.1 SANCIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO:
En caso de incumplimiento del proveedor, se aplicarán las siguientes multas:
a) Se aplicará una multa de 2 U.T.M diarias en caso de incumplimiento de los requerimientos de la Contraparte Técnica, que se señalan en el punto 30.
b) Se aplicará una multa de 3 U.T.M. diarias por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo de entrega de los productos, desde el día fijado como fecha de su entrega, conforme a lo acordado por el proveedor en su presentación de Oferta Técnica. En caso que el período de atraso sea superior a 1 día, se tendrá como incumplimiento grave, de conformidad a la letra a) del Punto 25 de las presentes Bases.
c) Se aplicará una multa de 10 U.T.M., en caso que el proveedor no haya cumplido con las obligaciones contempladas en las Bases de Licitación, lo cual quedará consignado en el Informe que debe emitir la Contraparte Técnica, para la aprobación del pago de la entrega de bienes.
Las multas no podrán exceder al 30% del valor total del contrato. En tal evento, además de cursar las multas, SENAMA podrá poner término anticipado al contrato.26.2 APLICACIÓN DE LAS MULTAS
En caso de incumplimiento, SENAMA podrá aplicar al adjudicatario las siguientes sanciones:
Las multas se aplicarán por acto administrativo fundado del Servicio Nacional del Adulto Mayor, previo Informe fundado para la aplicación de multas, el cual será elaborado por la Contraparte Técnica, o a falta de este, por la Jefatura de Subdivisión de Proyectos de Inversión de Mantención de Infraestructura, el cual deberá contener, a lo menos:
1.- Identificación del Proveedor.
2.- Identificación de la licitación.
3.- Descripción del incumplimiento, el cual deberá contener a lo menos:
a) La indicación de las situaciones constitutivas de incumplimiento y conforme con lo anterior.
b) Documentación de respaldo de lo informado.
4.- Monto de la multa propuesto.
5.- Firma de la Contraparte técnica, o del Encargado antes mencionado, en su caso.
Dicho Informe se remitirá a la Unidad Jurídica del Servicio, para la tramitación correspondiente.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos, y sin perjuicio de la facultad que tiene SENAMA para poner término anticipado al contrato.
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PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS |
Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las Bases o en la propuesta correspondiente, SENAMA aplica multas, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las Bases, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este numeral.
En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, SENAMA notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada indicando la causa que lo motiva y la medida que se aplica y adjuntando copia del informe respectivo que fundamenta la aplicación de la medida, y de la Resolución Exenta que aprueba su aplicación. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en su registro en Chileproveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
El Proveedor podrá reclamar por escrito de la aplicación de la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación. SENAMA resolverá, mediante resolución fundada, la reclamación presentada ya sea acogiendo los descargos del Proveedor y atenuando o dejando sin efecto la multa, o bien rechazando los argumentos y confirmando la aplicación de la multa respectiva. SENAMA notificará por escrito al Proveedor la resolución que resuelve el reclamo mediante Oficio remitido por carta certificada conforme a lo previsto en el párrafo precedente, adjuntando la respectiva Resolución Exenta.
En contra de la resolución que aplica la o las medidas procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La interposición de los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880 no suspenderá el término anticipado del contrato.Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente:
i. El Proveedor dispondrá del plazo de 5 días corridos para pagar la multa directamente en SENAMA. Dicho plazo se contará desde la fecha de notificación de la resolución que aplica la multa conforme a lo previsto en el párrafo segundo del presente numeral.
ii. Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya efectuado, se pondrá término anticipado, conforme a lo previsto en el numeral 25 de las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder a SENAMA en contra del Proveedor, y de informar a la Dirección de Compras a efectos que su mal comportamiento quede registrado en su ficha histórica cuando se realice la evaluación anual de los Proveedores del Estado. Con todo, se procederá al descuento de los pagos de prestaciones adeudadas al proveedor, en su caso.
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VIGENCIA Y DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
La contratación entrará en vigencia una vez se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que adjudica la licitación y que SENAMA emita la Orden de Compra y ésta haya sido aceptada por el adjudicatario en www.mercadopublico.cl.
Toda modificación deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo. Dicha modificación en ningún caso podrá alterar los términos establecidos en las Bases de Licitación.
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INICIO DE LA EJECUCIÓN Y PLAZOS |
La entrega de los bienes materia de esta licitación deberá comenzar una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución Exenta de adjudicación y posterior al envío y aceptación del Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada a más tardar 2 días corridos luego de ser emitida por SENAMA.
El plazo de entrega de los bienes será el señalado por el proponente en su oferta técnica y no deberá superar los 30 días corridos, contados a partir de la total tramitación del acto administrativo que adjudica la licitación y la orden de compra haya sido aceptada.
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GARANTÍA MÍNIMA DE LOS PRODUCTOS |
El adjudicatario deberá hacerse responsable del buen funcionamiento de los productos ofertados, en cuanto a su pleno y correcto funcionamiento y operatividad por un plazo mínimo de 12 meses, desde la fecha de recepción definitiva de los productos. Este plazo será evaluado por la comisión de evaluación y cada oferente deberá señalarlo en el Anexo N°7, Oferta Técnica.
Además, deberá garantizar la entrega de los productos en buenas condiciones, es decir, si estos llegasen a recibirse en el establecimiento en mal estado, deberá garantizar que dichos productos serán sustituidos en el más breve plazo, considerando además el monto correspondiente al traslado o flete que esto conlleve.
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PAGO |
El pago se realizará una vez recepcionado conforme la totalidad de los productos adquiridos en su destino final y se haya verificado su óptima entrega, contra presentación del documento tributario de cobro correspondiente, emitido por la empresa a nombre del Servicio Nacional del Adulto Mayor.Dicho pago se realizará en un plazo no superior a los 30 días contados desde la fecha de recepción del mencionado documento en la casilla senamarecepcion@custodium.com, o cualquier otra que el servicio tuviere en el futuro.
Por otra parte, al momento de la presentación del documento de cobro, el oferente deberá indicar el medio a través del cual SENAMA cumplirá con la obligación de pago respectiva, (Ejemplo: Nombre de Banco, Número de Cuenta y Tipo de Cuenta).
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CONTRAPARTE TÉCNICA NACIONAL |
Esta labor que le corresponderá a la Jefatura de Subdivisión de proyectos de Inversión y Mantención de Infraestructura o a quien éste/a, designe.
Serán de responsabilidad de la contraparte técnica nacional, entre otras, las siguientes funciones:
• Aprobar o rechazar el término anticipado del contrato solicitado por la Contraparte Técnica Regional, según lo dispuesto en el punto 25.
• Aprobar o rechazar la aplicación de multas, en caso de incumplimiento de los productos y servicios contratados, por causas que no sean imputables a SENAMA.
• Solicitar la aplicación de multas, en caso de incumplimiento de los productos y servicios contratados, por causas que no sean imputables a SENAMA.
• Aprobar productos para el pago correspondiente.
• Solicitar el término anticipado, según lo dispuesto en el punto 25.
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CONTRAPARTE TÉCNICA REGIONAL |
La contraparte técnica regional le corresponderá al/la Coordinador/a Regional, o a quien éste/a, designe.
Serán de responsabilidad del mencionado, entre otras, las siguientes funciones:
• Supervisar, controlar y recepcionar la entrega de los productos adquiridos, velando por el cumplimiento de los objetivos y de los plazos acordados en la propuesta.
• Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por SENAMA.
• Evaluar la calidad de los productos entregados, si corresponde, conforme a lo señalado en las Bases de Licitación.
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RESOLUCIÓN DE SITUACIONES DE FUERZA MAYOR |
En caso de que antes o durante la entrega de los productos se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevistos o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad del mismo, éste estará obligado a dar cumplimiento con lo ofertado, una vez que se haya resuelto la o las situaciones(es) antes señalada(s) de que se tratase, salvo que la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento de la entrega de los productos solicitados. De ser el caso, se dará término anticipado, de acuerdo a las causales señaladas en el punto 25 de las Bases de Licitación.Toda situación de esta índole, deberá ser debidamente acreditada por SENAMA o el adjudicatario, según corresponda.
De ser el caso, el adjudicatario deberá coordinar con la contraparte técnica nacional de SENAMA el nuevo plazo o fecha para su total cumplimiento.
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DISPOSICIONES VARIAS |
a. Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo la entrega de los bienes a que se refiere la propuesta, serán de cargo exclusivo del adjudicatario.
b. Los eventuales conflictos que se puedan producir entre SENAMA y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los Tribunales Ordinarios de Justicia.
c. SENAMA queda liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables al adjudicatario, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo de la contratación, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
d. Los eventuales daños que el personal de la empresa adjudicataria cause a los bienes, instalaciones, información y documentación de SENAMA, como también daños a terceros, serán cubiertos por la adjudicataria.
e. La entrega de los bienes será supervisada por la contraparte técnica nacional y regional, que controlará los bienes solicitados y, asimismo, verificará el cumplimiento de las instrucciones que se hayan impartido al efecto.
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BASES TÉCNICAS |
De acuerdo a numeral 33 de bases de licitación adjuntas.
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