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4.2.2. Anexo Nº 2: Anexos Técnicos
a) Formato Nº6: Declaración jurada simple sobre obras similares igual o superior a 1.000 m2 construidos, ejecutadas dentro de los últimos 10 años contados desde la fecha de apertura.
Para todos los efectos, se entenderá como obras similares lo siguiente: “obras de edificación que no constituyan vivienda, lo que comprende locales escolares, de salud, comerciales, edificaciones deportivas, edificios destinados a la industria, agricultura, minería, etc. Quedan excluidas obras de ejecución y mejoramiento de áreas verdes y obras de pavimentación”.
b) Certificados de experiencia previa: El proponente deberá declarar su experiencia en “obras similares”, según lo descrito en letra a), igual o superior a 1.000 m2 construidos, dentro de los últimos 10 años (contados desde la fecha de apertura).
La experiencia declarada deberá ser acreditada mediante Certificados de Recepción Definitiva de Obras de Edificación y/o Certificados emitidos por Municipios u otros organismos públicos (según inciso 2º del art.1 de la ley 18.575).
Los documentos para acreditar experiencia deberán contener la siguiente información: nombre del proyecto, m2 y fecha de recepción y/o ejecución de la obra. Y en lo posible, una breve descripción de las obras.
En el caso de mandantes públicos, se podrán presentar documentos de manera exclusiva o complementaria, según corresponda, que dé cuenta de la información solicitada.
En el caso de mandantes privados, siempre deberá presentar el Certificado de Recepción Definitiva de Obras de Edificación (emitido por la Dirección de Obras correspondiente).
c) Registro de contratistas MOP, Obras Mayores Código 6 O.C, Obras de arquitectura, extendido dentro de los 15 días a la fecha de apertura de la propuesta.
d) Formato Nº7: Nómina de los profesionales que actuarán en la obra a tiempo completo, individualizando al 1) Profesional Residente o Administrador del Contrato y 2) Profesional Coordinador General de terreno o Jefe de Obras, en cumplimiento con las exigencias indicadas en el numeral 7.4 y 7.5 de las Bases Administrativas Normas Generales.
El profesional Residente deberá corresponder a un ingeniero civil, ingeniero constructor, constructor civil o arquitecto, con experiencia mínima de 10 años en el ejercicio de la profesión, y experiencia demostrable en administración de al menos una obra similar, la que no podrá tener menos de 1.000m2 construidos.
El profesional Coordinador General de terreno o Jefe de Obras deberá corresponder a un Arquitecto, Ingeniero Civil, Constructor Civil o Ingeniero Constructor a cargo de las obras con experiencia mínima de 8 años ejercicio profesional.
Se deberá anexar el currículum y el certificado de título de ambos profesionales. La experiencia se deberá demostrar mediante currículo, contrato de trabajo y/o certificado emitido por mandante.
Nota: El oferente que resulte adjudicado, deberá presentar ante la Inspección Técnica de Obras Municipal (I.T.O), previo al inicio de las obras, la totalidad de los profesionales especialistas que la obra requiere, los que deberán ser como mínimo los profesionales indicados en el numeral 7.3 de las Bases Administrativas Normas Generales.
e) Declaración Jurada simple del profesional residente o administrador del contrato: Adjuntando copia simple de cedula de identidad. La declaración debe ser firmada por el profesional respectivo.
f) Deberá incluirse una Carta Gantt (programa de trabajo provisorio) detallando la secuencia de sus operaciones, fecha de inicio y término de cada partida, la que deberá estar en concordancia con el plazo de ejecución ofrecido. Esta carta Gantt deberá ser confirmada o corregida ante la Inspección Técnica, dentro de un plazo máximo no mayor a 30 días corridos posterior a la firma del contrato, plazo en el cual el contratista tendrá que obtener los permisos respectivos (permisos municipales, permisos de corte con la distribuidora eléctrica, permisos de interrupción de tránsito con Carabineros, entre otros permisos que pudieran requerir). El Municipio se reserva el derecho de exención o cobro de los permisos, el plazo de entrega de estos será de exclusiva responsabilidad del municipio.
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