PARTICIPANTES DE LA LICITACIÓN |
Podrán participar en esta Licitación Pública todas aquellas personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras, que postulen en la oportunidad y forma establecida en las presentes bases de licitación.
No podrán participar en la presente licitación, los oferentes que al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º inciso primero de la Ley Nº 19.886.
Los oferentes en conjunto con su oferta, deberán presentar una Declaración Jurada Simple de Inhabilidades, la cual se encuentra contenida en el Anexo Nº 2 de las presentes Bases, denominado “Declaración Jurada Simple de Inhabilidades”.
4.1. Unión Temporal de Proveedores
En caso que dos o más proveedores se unan para participar en el proceso de compras, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores, deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado en que consta la unión.
Para contrataciones iguales o superiores a las 1.000 UTM, sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias que sean aplicables, el acuerdo en que consta la unión temporal deberá materializarse por escritura púbica, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior, no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
JUNAEB requerirá que cada uno de los integrantes de la unión de proveedores que resulte adjudicada, se inscriba en el Registro de Proveedores, previo a la suscripción del contrato.
La vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a 90 días corridos, contados desde el término de vigencia del contrato.
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DE LAS BASES |
5.1. Publicación
Los archivos que contienen el texto de las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, se encontrarán disponibles en el Portal Mercado Público, a contar de la fecha estipulada en el título Nº 3, denominado Etapas y Plazos de las Bases Administrativas.
5.2. Legislación Aplicable
La presente licitación pública se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 19.886 de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, por su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda Nº 250/2004 y sus posteriores modificaciones, por lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos y por sus aclaraciones, preguntas y respuestas, si las hubiere.
Igualmente, las obligaciones que contraigan los adjudicatarios de la presente Licitación, se regirán por el ordenamiento jurídico chileno y por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de discrepancias, será el siguiente:
a) Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento.
b) Bases de Licitación y Anexos.
c) Respuestas y Aclaraciones de las Bases Técnicas y/o Administrativas, Anexos y sus modificaciones en la eventualidad de haberse formulado.
d) Resolución de Adjudicación.
e) Contrato
f) Oferta del Adjudicatario
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES |
6.1. Recepción de Consultas
Todo oferente que requiera una aclaración ya sea de carácter técnico, administrativo y/o económico, podrá formular preguntas dentro del periodo indicado en el Título N° 3 denominado Etapas y Plazos de las presentes Bases. Las respuestas se pondrán a disposición de todos los oferentes interesados, a través del Sistema de Información, dentro del plazo indicado en el mismo título, y pasarán a formar parte integrante de las Bases de la presente licitación para todos los efectos legales.
Se entiende que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, según sea su naturaleza, por lo que deben ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas.
6.2. Aclaraciones
JUNAEB podrá, asimismo efectuar de oficio aclaraciones respecto de la presente licitación, junto con las respuestas a las consultas que efectúen los oferentes.
En ningún caso mediante el procedimiento de aclaraciones se podrán modificar las Bases que rigen la presente licitación pública.
6.3. Modificaciones
Las modificaciones que JUNAEB determine efectuar a las Bases de Licitación, podrán realizarse sólo hasta antes de la fecha indicada para el cierre de recepción de ofertas y deberán ser aprobadas mediante Acto Administrativo de JUNAEB totalmente tramitado, fijando un nuevo plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, de conformidad a lo estipulado en el artículo 19 del Reglamento N°250/2004, de la Ley N°19.886.
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DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
7.1. Requisitos
El oferente deberá ingresar su propuesta técnica, económica y administrativa en formato electrónico a través del Sistema del Portal Mercado Público, debiendo cumplir con todos y cada uno de los requisitos, tanto de forma como de fondo.
No se recibirán ofertas que no hayan sido ingresadas a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
La sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, sus modificaciones, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, si las hubiere, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones, a las estipulaciones contenidas en estas bases.
7.2. Vigencia de la Oferta
El oferente deberá indicar expresamente en su oferta el período de vigencia de la misma, la que no podrá ser inferior a 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en el título 3 de las Bases Administrativas, denominado “Etapas y Plazos”.
La oferta que no cumpla a lo menos con dicho período de vigencia, no será evaluada y será declarada inadmisible por resolución fundada.
En caso de no indicar plazo alguno, se entenderá que la oferta cumple con la vigencia solicitada.
Si dentro del plazo antes descrito, por motivos de fuerza mayor, JUNAEB se viera impedida de realizar la adjudicación dentro del plazo contenido en el título 3 de las Bases Administrativas, podrá solicitar una prórroga de la vigencia de la oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, antes de la fecha de término de vigencia de la misma, por un plazo máximo de 90 días corridos contados desde la fecha de la solicitud de prórroga. En tal caso el oferente deberá extender la vigencia de la garantía de seriedad por el plazo solicitado por JUNAEB.
Si alguno de los oferentes no aceptare efectuar la prórroga solicitada, se entenderá que ha desistido de su oferta, en cuyo caso se procederá a la devolución de la garantía de seriedad de la oferta presentada.
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ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
JUNAEB podrá declarar inadmisible toda propuesta que no se ajuste a lo dispuesto en las Bases de Licitación.
Asimismo, JUNAEB declarará inadmisible toda propuesta que no cumpla con la presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta, cuando ésta sea exigible, en las condiciones indicadas en el Subtítulo 8.1 denominado Garantía de Seriedad de la Oferta.
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Garantía de Seriedad de la Oferta |
El otorgamiento de la Garantía de Seriedad de la Oferta será obligatorio en las contrataciones que superen las 2.000 UTM.
En los casos que proceda, el oferente deberá entregar en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de JUNAEB, ubicada en calle Benavente N° 952, comuna de Puerto Montt, en el plazo establecido en el Título N°3 denominado “Etapas y Plazos”, una Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguros de liquidación inmediata o Depósito a Plazo, que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, extendida en forma nominativa a la orden de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, RUT 60.908.000-0, en el plazo establecido en el Título 3 denominado Etapas y Plazos, por un monto de $300.000.- (trescientos mil pesos) o su equivalente en Unidades de Fomento, con una vigencia no inferior a 90 días corridos contados desde la fecha de Cierre de Recepción de Ofertas, señalado en el Portal Mercado Público.-
La garantía debe contener la siguiente Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta ID ---------------------------”.
La Garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y el documento deberá adjuntarse como anexo administrativo a través del Portal Mercado Publico.
La falta de presentación de garantía de seriedad de la oferta, en la oportunidad indicada en el Título N° 3 “Etapas y Plazos” de las presentes Bases e informada en el portal www.mercadopublico.cl, o si su presentación es extemporánea, o si estuviere mal extendida, dará lugar al rechazo de la oferta en la etapa de apertura de ofertas.
Esta garantía se hará efectiva en los siguientes casos:
1. Desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido para la misma.
2. Retiro de la oferta una vez adjudicada.
3. Inhabilidad del proponente seleccionado para contratar con el Estado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 19.886.
4. Falta de presentación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes Bases.
5. Negativa a suscribir el contrato.
6. Inexactitud de los antecedentes o del contenido de la oferta.
7. Falta de seriedad de los términos de la oferta, corroborado durante la evaluación de ofertas
8.2. Forma y Momento de Restitución de la Garantía de Seriedad de la Oferta
La garantía de seriedad de la oferta será devuelta a partir del décimo día hábil, contado desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, desestimación o adjudicación de la presente Licitación.
Sin embargo, este plazo podrá extenderse, de conformidad al Título Nº 14, denominado, “Facultad de Readjudicación” de las presentes Bases Administrativas, en el caso que JUNAEB haga uso de la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato.
Si los oferentes no adjudicados no retiran sus garantías de seriedad de la oferta hasta la fecha de la vigencia de las mismas, JUNAEB no se hace responsable por pérdidas o deterioros de dichos documentos.
Con todo, esta garantía sólo se devolverá a quien resulte adjudicado, una vez entregada la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato por el adjudicatario, y luego de ser aprobada por JUNAEB.
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APERTURA DE LAS OFERTAS |
El acto de apertura de la Licitación se realizará en una etapa, y se efectuará a través del Sistema de Información, en el cual se procederá a la aceptación o rechazo, mediante resolución fundada, de las ofertas, en el plazo y horario establecido en el Título N° 3, denominado Etapas y Plazos de las presentes Bases Administrativas.
No se contempla la asistencia presencial de los oferentes a este acto.
La aceptación de una oferta en el acto de apertura, solo determinará que aquella será evaluada técnica, económica y administrativamente por la Comisión Evaluadora y conforme a los criterios de Evaluación contemplados en las presentes Bases de Licitación.
Las ofertas recibidas quedarán registradas en el Acta de Apertura Electrónica del sistema del Portal www.mercadopúblico.cl
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EVALUACION DE LAS OFERTAS |
10.1. Comisión Evaluadora
La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora integrada a lo menos por tres funcionarios públicos, que para su funcionamiento se conformará por los funcionarios que se señalan a continuación, o por quienes ellos designaren en su representación:
Evaluación Técnica
• El Encargado(a) Regional de Salud
• El Encargado(a) Regional de Gestión de Recurso y Abastecimiento JUNAEB
• Un (a) Profesional Área Servicios Médicos
La Comisión Evaluadora será integrada por los funcionarios indicados precedentemente, y/o a quienes estos designen en su reemplazo. La individualización de la Comisión Evaluadora se formalizará a través de Resolución Exenta que se publicará en Mercado Público
Los miembros de la Comisión, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad a la normativa vigente al momento de la evaluación.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora, deberán ser funcionarios públicos, internos o externos a JUNAEB, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37°, del Reglamento 250/2004, de la Ley N° 19.886. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integren.
Además, a requerimiento del Director Regional de JUNAEB, podrán participar en esta comisión, en calidad de asesores, hasta dos profesionales expertos, de conformidad con lo dispuesto en el reglamento y la Ley de Compras. En ambos casos, éstos sólo tendrán derecho a voz.
Serán funciones de la comisión evaluadora las siguientes:
a. Realizar el examen de admisibilidad de las ofertas presentadas conforme a lo establecido en el Título 8 de las presentes Bases de Licitación.
b. Verificar la presentación de los antecedentes administrativos requeridos en las presentes bases, y la habilidad de los oferentes para contratar con el Estado, a través del Registro de Proveedores.
c. Evaluar las Ofertas Técnicas y Económicas de los proponentes que hayan aprobado el examen de admisibilidad.
d. Confeccionar el Informe de la Comisión Evaluadora y someterlo a la consideración del Director Regional.
En el evento que la Comisión Evaluadora constate que alguna o todas las ofertas evaluadas exceden el presupuesto disponible, propondrá rechazar la(s) oferta(s) presentada(s). En el evento que todas las ofertas recibidas superen el presupuesto disponible, JUNAEB podrá declarar desierto el proceso licitatorio, mediante Resolución Fundada.
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Errores y Omisiones |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a tales oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los oferentes, JUNAEB informará al resto de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal www.mercadopublico.cl
En caso que JUNAEB solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, hará uso de la aplicación del Portal de Mercado Público denominada “Foro Inverso”, para realizar consultas o solicitar información a los oferentes. Asimismo, en caso que al momento de realizar la apertura electrónica cualquiera de los oferentes hubiere incurrido en algún error u omisión formal, se solicitará que lo corrija a través del Foro Inverso.
JUNAEB, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, establecido en el Título N° 3, denominado “Etapas y Plazos” o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo fatal que tendrán los oferentes para salvar los errores u omisiones, y para presentar certificaciones o antecedentes que hubieren omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas a través de la aplicación de Foro Inverso contemplada en el Portal de Mercado Público, será de hasta 48 horas, contado desde la publicación del requerimiento de JUNAEB en el sistema de información.
El cumplimiento de lo indicado precedentemente, será motivo de evaluación administrativa, según el criterio denominado “Cumplimiento de requisitos formales de la oferta” indicado en el título N° 11 de las Bases Administrativas, denominado “Criterios de Evaluación”.
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Proceso de Evaluación |
La Comisión Evaluadora realizará un análisis de las ofertas técnicas y económicas aceptadas en el portal de Mercado Público.
La evaluación de las ofertas se efectuará a través de un análisis técnico y económico del servicio ofrecido en cada una de las ofertas. Para efectos del anterior análisis, JUNAEB se remitirá a los criterios de evaluación definidos en el Título N° 11 de las presentes bases, denominado “Criterios de Evaluación.”
Será responsabilidad de los oferentes entregar toda la información requerida en las presentes Bases de Licitación, permitiendo a la Comisión Evaluadora evaluar correctamente sus ofertas.
Para realizar la Evaluación Económica, se consideraran los precios brutos indicados por los oferentes en el Anexo N° 6, denominado “Oferta Económica”, destacando que para adjudicar se tendrá en consideración el presupuesto máximo estimado indicado en las presentes Bases de Licitación, señalando que los valores neto y bruto deben ser indicados por todos los oferentes, independiente de que se encuentren afectos o exentos de impuestos.
Durante el periodo de evaluación, JUNAEB no podrá tener contacto con los oferentes, salvo para los efectos de requerir antecedentes y efectuar aclaraciones a través del Foro Inverso, según lo señalado en el subtítulo N° 10.2 del presente título, denominado “Errores y Omisiones”, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
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Criterio de Desestimación de Ofertas |
Toda vez que alguna de las ofertas evaluadas alcance un puntaje final inferior a 64 puntos, JUNAEB podrá rechazar dicha oferta por resolución fundada.
JUNAEB también podrá rechazar por resolución fundada, debidamente tramitada una oferta cuando el oferente proporcione antecedentes inexactos en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas en cuyo caso procederá a ejecutar la garantía de seriedad de la oferta.
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Criterio de Resolución de Empate |
En caso de empate se adjudicará al proponente que haya obtenido mayor puntaje en la evaluación técnica y de persistir el empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el factor “Metodología Participativa en el desarrollo de sus actividades” del criterio evaluación técnica, En caso de aún persistir el empate una vez aplicados los dos criterios de evaluación señalados anteriormente, se seleccionará a aquel oferente que hubiere obtenido mayor puntaje en el factor “Años Experiencia en Salud Pública, Promoción de Salud, Trabajo en redes vinculadas a salud y /o educación en entidades públicas y/o privadas” del criterio evaluación técnica. En caso de aún persistir el empate, se seleccionará al oferente que primero haya ingresado su oferta en el Portal Mercado Público.
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INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA |
La Comisión de Evaluación Técnica realizará la evaluación de las ofertas, conforme a las propuestas presentadas a través del Portal de Mercado Público, posteriormente elaborará un Informe, en el cual detallará la asignación de puntajes y las justificaciones de cada uno de ellos.
Una vez concluido el proceso de evaluación técnica, la Comisión Evaluadora confeccionará un documento denominado “Informe Final de la Comisión Evaluadora”, en el que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas o bien cuando estas no resulten convenientes a los intereses de JUNAEB; la asignación de puntajes, las fórmulas de cálculo y sus respectivas observaciones; los resultados de la evaluación económica y administrativa; para posteriormente realizar la proposición de adjudicación dirigida al Director Regional Los Lagos de JUNAEB. Además en este Informe se individualizará a cada uno de los participantes de la comisión evaluadora técnica y económica-administrativa.
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DE LA ADJUDICACIÓN O DECLARACIÓN DESIERTO DEL PROCESO |
JUNAEB adjudicará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, indicados en las Bases de Licitación y de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886.-
JUNAEB podrá adjudicar hasta 20 establecimientos por profesional.
La adjudicación se realizará mediante acto administrativo notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, dentro del plazo señalado en el título 3 de las presentes bases denominado “Etapas y Plazos”, a través del Portal de Mercado Público. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de Licitación, JUNAEB justificará el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación en la ficha de licitación del Portal de Mercado Público, el que no podrá exceder en su totalidad de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
JUNAEB no adjudicará la presente licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, ni a ofertas que emanen de quien no tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley, lo anterior se formalizará a través de Resolución fundada.
No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 41 del Reglamento 250 de Compras.
Una vez adjudicado el proceso de licitación, la contraparte técnica de JUNAEB se contactará con el adjudicatario para realizar la Reunión de Inicio de ejecución del servicio dentro de los diez días hábiles siguientes.
JUNAEB adjudicará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, indicados en las Bases de Licitación y de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Una vez adjudicada la presente Licitación Pública, y en el caso de los oferentes que no hayan resultado adjudicados, quieran realizar consultas respecto de la adjudicación, podrán comunicarse al correo preguntas@junaeb.cl, en un plazo de 3 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación publicada en el portal.
Toda vez que los oferentes requieran realizan consultas respecto de la adjudicación, deberán indicar ID de la Licitación, Razón Social y Rut del oferente.
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GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
Esta garantía será obligatoria en las contrataciones que superen las 1.000 UTM.
El oferente que haya resultado adjudicado, deberá presentar dentro del plazo de 10 días hábiles, una caución o garantía de fiel cumplimiento del contrato, la que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
La caución o garantía deber ser entregada en Oficina de Partes de JUNAEB, ubicada en Calle Benavente N°952, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, a nombre de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, RUT 60.908.000-0, con una vigencia no inferior a 90 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha de término del contrato, por un monto equivalente al 3% del valor total del contrato, en pesos chilenos o su equivalente en Unidad de Fomento (UF), debiendo contener la siguiente glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato prestaciones laborales y previsionales, y multas en el marco de la propuesta pública ID 1803-7-LQ16.
Cuando el adjudicatario realice la presentación de Póliza de Seguros para garantizar el contrato, deberá solicitar a la Institución Aseguradora, que incluya cláusulas que otorguen cobertura de los eventuales incumplimientos de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del prestador y multas aplicadas.
Si el adjudicatario no entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, dentro de los 10 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación, se tendrá por desistida de su oferta y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma y adjudicar a la segunda oferta más ventajosa según lo consignado en el Informe Final de la Comisión Evaluadora, de conformidad con lo establecido en el Título 15 de las presentes bases, denominado “Facultad de Readjudicación”.
En caso de no pago de las multas ejecutadas en virtud de los incumplimientos contractuales, JUNAEB quedará facultada para hacer efectiva esta garantía, de conformidad a lo estipulado en el Título N° 20 denominado Sanciones y Multas. En el caso que la multa aplicada se realice con cargo a dicha Garantía, el adjudicatario deberá renovar esta caución, por el monto y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que ejecuta la Garantía.
JUNAEB podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, cuando el oferente se desista o renuncie al producto o servicio adjudicado, aun cuando no haya firmado el contrato. Asimismo, cuando exista Término Anticipado de Contrato, imputable al adjudicatario, según se señala en el Título N° 21 de las presentes bases, denominado Del Término Anticipado del Contrato.
14.1. Devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
La Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato se devolverá después de su vencimiento y una vez que se encuentren cumplidas todas y cada una de las obligaciones contenidas en el contrato y no existiendo multas pendientes de pago.
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FACULTAD DE READJUDICACION |
JUNAEB podrá, en caso que el adjudicatario se rehúse a suscribir el contrato, no lo haga en tiempo y forma, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado, de acuerdo a los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, adjudicara al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las presentes Bases.
En el caso que se presenten, respecto del proponente readjudicado, las mismas circunstancias descritas anteriormente, JUNAEB podrá volver a readjudicar y así sucesivamente, respecto de todos los oferentes que hayan reunido los requisitos para adjudicar.
El plazo que tendrá JUNAEB para readjudicar el presente proceso de licitación, será desde la fecha de notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público hasta la fecha de suscripción del contrato.
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REQUISITOS PARA CONTRATAR AL OFERENTE ADJUDICADO |
16.1. Del Registro de Chile Proveedores
El oferente adjudicado que estuviere inscrito en el registro de Chile Proveedores en calidad de HABIL para contratar con el Estado, y que tenga registrada la documentación en la viñeta documentos acreditados de dicho portal, no necesitará acompañar la documentación legal que se señala en este título, por encontrarse ya digitalizada en dicho registro. Sólo deberá acompañar aquella documentación legal que acredite sus actualizaciones entre la fecha de la inscripción en el registro y la de su selección, y un certificado de vigencia de la persona jurídica, según sea el caso.
Para la suscripción del contrato, el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, Chile Proveedores. Si no estuviere inscrito, deberá presentar la documentación legal que se señala en este título, en la Oficina de Partes De JUNAEB, ubicada en Calle Benavente N° 952, Comuna de Puerto Montt y deberá inscribirse en el registro de Chile Proveedores, en un plazo de hasta 7 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
En caso de que el oferente adjudicado no entregare alguno de los documentos solicitados, dentro de plazo indicado, o se formularen reparos a alguno de ellos, JUNAEB otorgará un plazo adicional de 3 (tres) días hábiles, para completar la documentación y/o subsanar las observaciones.
Si transcurrido este plazo, el oferente adjudicado no hace entrega de los documentos faltantes, no ha subsanado las observaciones que se le hubieren formulado y/o no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, Portal de Chile Proveedores, se procederá a realizar la readjudicación según lo establecido en el Título Nº 15, denominado Facultad de Readjudicación, de las Bases Administrativas, o bien, podrá declarar desierta esta licitación.
Si el oferente adjudicado se encontrare en estado INHABIL en el registro de Chile Proveedores, deberá regularizar dicha situación en un plazo no superior a 7 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
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Documentación Legal Requerida tratándose de Personas Jurídicas |
Copia de la escritura pública de su constitución o de sus estatutos, si se trata de una persona jurídica sin fines de lucro y de cada una de sus modificaciones, si las hubiera. En el caso que se trate de personas jurídicas constituidas o modificadas en conformidad a lo prescrito por la Ley N° 20.659 y su Reglamento, se acompañarán los documentos que en conformidad a esta ley acrediten su constitución o modificación.
Copia de la publicación del extracto en el Diario Oficial de la escritura de constitución de la sociedad y de cada una de sus modificaciones, si las hubiera. En el caso que se trate de personas jurídicas constituidas o modificadas en conformidad a lo prescrito por la Ley N° 20.659 y su Reglamento, se acompañarán los documentos que en conformidad a esta ley acrediten su constitución o modificación.
Copia de la inscripción del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio que corresponda y de cada una de sus modificaciones, si las hubiera. Si es una persona jurídica sin fines de lucro deberá adjuntar certificado de personalidad jurídica vigente otorgado por el Ministerio de Justicia, donde conste su actual Directorio. En el caso que se trate de personas jurídicas constituidas o modificadas en conformidad a lo prescrito por la Ley N° 20.659 y su Reglamento, se acompañarán los documentos que en conformidad a esta ley acrediten su constitución o modificación.
Certificado de vigencia de la sociedad no superior a 30 días. En el caso de que se trate de una persona jurídica sin fines de lucro deberá adjuntar un certificado de personalidad jurídica vigente, otorgado por el Ministerio de Justicia, donde conste su actual directorio.
Copia del Rut de la sociedad o de la persona jurídica.
Documento en que conste la personería del representante legal, y su facultad para suscribir contratos, con vigencia no superior a 60 días.
Copia Rut del representante legal.
Declaración Jurada de no estar afecto a la prohibición para celebrar actos y contratos del Artículo 8 N° 2 y Artículo Nº 10 de la Ley 20.393, del 2009, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, contenida en el Anexo Nº 2, denominada “Declaración Jurada Simple de Inhabilidades”.
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Documentación Legal Requerida tratándose de Personas Naturales |
Fotocopia legalizada de la Cedula Nacional de Identidad.
Iniciación de actividades en el Servicio de Impuestos Internos
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CONTRATO Y ÓRDEN DE COMPRA |
17.1. De la Suscripción y Vigencia del Contrato
El adjudicatario deberá suscribir un contrato que será redactado por JUNAEB, el cual deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo.
El contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe, y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017.
No obstante lo anterior y por razones de buen servicio, las prestaciones podrán iniciarse con anterioridad a la fecha de la total tramitación del acto administrativo aprobatorio, pudiendo comenzar a prestarse desde la fecha de suscripción del contrato. En todo caso, el pago quedará supeditado a la total tramitación del acto administrativo aprobatorio señalado precedentemente.
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Modificaciones Contractuales |
El contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo.
Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo totalmente tramitado.
En el evento, que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, éste no podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado. A su vez, el adjudicatario deberá consignar una nueva Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la cual deberá cumplir con los mismos requisitos estipulados en el Título 15 denominado, Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de las presentes Bases Administrativas.
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PAGO DEL SERVICIO |
18.1. Del precio
JUNAEB pagará al prestador por el servicio efectivamente realizado, en cada establecimiento educacional de la respectiva comuna, de acuerdo al precio unitario por sesión ofertado por el prestador a través del Anexo Nº 6 denominado “Oferta Económica”.
18.2. Forma de pago
JUNAEB pagará mensualmente por el número efectivo de sesiones realizadas en él o los Establecimientos Educacionales. La cantidad a pagar, será la que resulte de la suma de las sesiones efectivamente realizadas durante el respectivo mes, dentro del plazo de vigencia del contrato, lo que deberá ser acreditado a través de la Rendición de Sesiones y Control de Pagos, según Anexo N° 13, ingresado en la Oficina de Partes de la Dirección REGIONAL Los Lagos de JUNAEB, ubicada en Calle Benavente N°952, comuna de Puerto Montt, adjuntando la documentación señalada en el título 18.3 de estas Bases.
La recepción conforme de los productos será certificada por la Contraparte Técnica.
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Presentación de Factura o Boleta |
El oferente deberá entregar en Oficina de Partes de la Dirección Regional Los Lagos de JUNAEB, ubicada en Calle Benavente N° 952, Comuna de Puerto Montt, una factura a nombre de JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, RUT: 60.908.000-0, dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente, adjuntando los siguientes documentos:
Formularios Originales JUNAEB en los que se registra cada Sesión firmadas por Profesional a cargo de la implementación y Director del Establecimiento respectivo u otro actor que actúe como su representante para esta iniciativa ( Provienen de la Bitácora Anexo Nº 16 )
Formulario de Listado de Asistencia por Sesión Anexo Nº 17.
En el caso de las actividades o sesiones que congregan a actores provenientes de más de una escuela, el mismo Formulario de Listado de Asistencia, podrá servir para el respaldo de cada una de las escuelas en las que se desarrolla esta iniciativa por un determinado Prestador.
Resumen de Rendición por Sesión y Control de Pago (Anexo Nº 13), por cada Establecimiento.
En el caso que los servicios se presten el mes de Diciembre del año 2016 y 2017, la rendición mensual, se rendirá conjuntamente con la presentación del Informe Técnico Anual en el plazo estipulado en el título 4.3 de las Bases Técnicas.
Las facturas deberán extenderse en original y copia, salvo en caso de factura electrónica, indicando clara y separadamente el valor neto más IVA de cada sesión realizada.
Cuando se trate de facturas electrónicas, estas deberán presentarse a través del Sitio web del Servicio de Impuestos Internos.
La factura debe indicar la región, comuna, nombre de él o los establecimientos a que corresponde el cobro, la cantidad de sesiones efectivamente realizadas en cada establecimiento, el valor unitario neto de cada sesión y el valor total de las sesiones realizadas en el mes, indicando además el número de la Licitación y Orden de Compra a la que se asocia el cobro.
Junto con las facturas el adjudicatario debe presentar certificados emitidos por la Inspección del Trabajo competente, o el Organismo pertinente, que acrediten que se encuentra al día en el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales durante la ejecución del servicio contratado, emitido con una antigüedad no superior a 10 días a la fecha de las facturas. La presentación de dicho certificado será requisito para la aprobación del pago.
JUNAEB se reserva la facultad de solicitar información adicional al adjudicatario, en cualquier tiempo, que le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.
En el evento que de la lectura de los documentos acompañados por el interesado o bien de la revisión de otro medios idóneos, aparezca que el prestador mantiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, JUNAEB procederá de conformidad con lo establecido en el inciso segundo artículo 4 de la Ley 19.886.
El pago de la factura se realizará en un plazo de 30 días contados desde su recepción. Para efectuar dicho pago se requerirá la Recepción Conforme de la Contraparte Técnica de JUNAEB.
Para efectuar el último pago, el prestador deberá asimismo adjuntar a su factura un Informe técnico elaborado conforme a lo indicado en el subtítulo 4.3 denominado Elaboración del Informe Técnico Anual. Ver formato en Anexo N° 15.
El pago de la factura se realizará en un plazo de 30 días contados desde su recepción. Para efectuar dicho pago se requerirá de la correspondiente Recepción Conforme de la Contraparte Técnica.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
Para efectos de la presente licitación, y del correspondiente control del contrato, será contraparte técnica de JUNAEB el Encargado de Servicios Médicos Regional.
Las funciones de la contraparte técnica comprenden
a) Convocar a Jornada de inducción inicial dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación, para :
o Coordinar aspectos técnicos y administrativos de la ejecución del servicio
o Capacitar sobre el Modelo de Intervención de Servicios Médicos y sus características.
o Proveer material de apoyo como dípticos, juegos, stickers.
b) Supervisar en cualquier momento y sin aviso previo, las sesiones realizadas por el adjudicatario.
c) Resguardar previo al desarrollo del servicio. la entrega oportuna de los formularios que deberá completar el adjudicatario,
d) Revisar formularios JUNAEB entregados por el adjudicatario, para verificar el correcto registro de los datos en cada sesión.
e) Evaluar el desempeño anual de los prestadores de Servicios Médicos en el Componente de Participación y Educación, según Anexo 12 “Proceso de Evaluación de Desempeño de los Prestadores Programa de Salud de JUNAEB”.
f) Supervisar al Prestador según lo establecido en Anexo Nº 14
g) Retroalimentar al adjudicatario, respecto de sus resultados a través de Pauta de Supervisión y la Evaluación de Desempeño.
h) Mantener actualizado un registro de antecedentes de cada adjudicatario.
i) En el caso de presentarse modificaciones al equipo de profesionales inicialmente señalados en la propuesta técnica, deberá verificar que los nuevos profesionales cumplan con los requisitos y presenten todos los documentos requeridos en el título 6 de las Bases Técnicas.
j) Apoyar al Prestador en la ejecución del servicio.
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SANCIONES Y MULTAS |
Cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones indicadas en las Bases de Licitación y o contrato se procederá a cursar las multas respectivas las cuales se señalan en el cuadro a continuación:
Infracción Sanción Criterio de Aplicación
Inasistencia del profesional a una actividad programada. 1 UF por actividad Por infracción comprobada por la contraparte Técnica JUNAEB.
Suspensión de una actividad programada con aviso escrito previo, inferior a 72 horas de anticipación, por causas imputables al prestador 0,5 UF adjudicado por actividad
No presentación, por tercera vez en el periodo de ejecución anual del servicio, de los documentos de cobro mensual por parte del prestador, en las fechas y condiciones solicitadas por JUNAEB 5% del valor total neto que impliquen las tres rendiciones presentadas con atraso
(Total neto rendición 1 + Total neto rendición 2+ Total neto rendición 3) * 5%
No comunicación a JUNAEB de cambios en el Equipo Profesional señalado en la Propuesta Técnica. 3 UF por cada cambio no autorizado.
Inasistencia injustificada del prestador a reuniones citadas por la Dirección Regional según lo dispuesto en el título 7 de las Bases Técnicas. 1 UF por cada inasistencia a reunión citada.
Nota 1: Los días que se indican en el cuadro de multas, se entenderán como días hábiles.
Nota 2: El monto de las multas, se calculará con el valor de la UF del último día del mes anterior en que sean notificadas las infracciones al adjudicatario.
20.1. Procedimiento de Aplicación de Sanciones
Las multas que determine la Contraparte Técnica de JUNAEB, serán aplicadas mediante una Resolución Exenta dictada por el Director Regional de JUNAEB. Estas serán notificadas mediante carta certificada dirigida al domicilio del adjudicatario y en el caso de personas jurídicas al representante legal o bien al mandatario que éste haya designado para tal efecto, con copia a la contraparte técnica.
No obstante lo anterior, el Director Regional de JUNAEB, podrá notificar incumplimientos que se detecten, en la instancia de los pagos de los servicios y aplicar las multas respectivas.
En la resolución que dicte el Director Regional de JUNAEB y que disponga a aplicación de sanciones, constatadas por la Contraparte Técnica, se deberá indicar los hechos constitutivos de la infracción, la fecha de ocurrencia y el monto de la multa a aplicar.
Notificada la resolución aludida precedentemente, el adjudicatario dispondrá de un plazo fatal de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la fecha de la notificación de la sanción, para solicitar al Director Regional la reconsideración de la medida.
Recibidos y analizados los descargos, el Director Regional podrá aceptarlos o rechazarlos, para lo cual deberá dictar una resolución fundada, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, la que se notificará personalmente o por carta certificada el ejecutor.
En el evento que el adjudicatario no haga uso de dicha facultad, el Director Regional de JUNAEB, dictará una Resolución Exenta confirmando el o los incumplimientos y el valor de la multa cursada. El incumplimiento será registrado en la Evaluación de Desempeño del Prestador.
Todas las notificaciones que deba efectuar JUNAEB en el marco del presente procedimiento de aplicación de sanciones y multas, se practicarán mediante carta certificada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Nº 19.880.
No procederá la aplicación de las multas en los casos en que la infracción se produzca por caso fortuito o fuerza mayor, lo cual deberá ser acreditado por el Prestador y calificado así por JUNAEB.
20.2. Pago de multas
El adjudicatario deberá enterar el pago de las multas, en la cuenta corriente de JUNAEB, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la misma o en su caso, desde que se notifique el acto que rechaza la reclamación respectiva.
En caso de no pago, JUNAEB descontará el monto de la multa del total del estado de pago pendiente, considerando el total bruto facturado, o se ejecutará la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
En el evento que el adjudicatario no entere el pago de la multa, o JUNAEB no pueda cobrar las multas en el período de facturación correspondiente, podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Una vez pagada la multa aplicada el adjudicatario con cargo a la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, éste, deberá renovar la garantía, por el monto y período de su vigencia original.
No obstante lo anterior, el monto total de las multas nunca podrá exceder del 15% del valor total anual del contrato. No procederá la aplicación de la sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por JUNAEB mediante resolución fundada.
Tratándose de una licitación cuyo valor total anual del contrato sea igual o inferior a 100 UTM, la multa no podrá exceder al 5 % del valor del contrato. En el caso de una licitación cuyo valor anual del contrato sea superior a 100 e inferior a 1000 UTM la multa no podrá exceder al 10 % del valor del contrato y, tratándose de una licitación cuyo valor total anual del contrato sea superior a 1000 UTM, la multa no podrá exceder al 15 % del valor del contrato.
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DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
JUNAEB, podrá poner término anticipado al contrato cuando ocurran las siguientes situaciones:
a) Si el prestador es declarado en quiebra o si este cayere en estado de notoria insolvencia a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) Si se disolviere la sociedad con la cual se contrato.
c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, en cuyo caso no procederá la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
d) Por incumplimiento grave debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el prestador. Se considerarán situaciones de incumplimiento especialmente las siguientes:
No realización de las sesiones a los usuarios
Proporcionar antecedentes falsos, incompletos o adulterados en relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
e) Cuando JUNAEB haya ejecutado la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en virtud de lo establecido en el título N° 20 de las bases administrativas, denominado “Sanciones y Multas”, y el prestador no la haya renovado dentro del plazo que en dicho subtítulo se establece.
f) Incumplimiento del deber de confidencialidad establecido en el título 26 de las presentes bases de licitación.
g) Cuando el monto total de las multas aplicadas a un determinado prestador supere el 15% del valor total del contrato.
h) Toda vez que la ejecución de los servicios se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato y el adjudicatario no reemplace la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro y en las condiciones establecidas en el título 14 de las Bases Administrativas.
En el evento que se ponga término anticipado al contrato, el adjudicatario estará obligado a entregar, a plena satisfacción de JUNAEB, aquellos productos que se encuentran pendientes al momento de comunicársele el término anticipado, salvo que JUNAEB opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al adjudicatario.
En los casos JUNAEB haga efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, cobro que no dará al adjudicatario derecho a indemnización alguna.
Asimismo, las partes podrán poner término anticipado al contrato por resciliación o mutuo acuerdo o cuando concurran las demás causales de Término Anticipado de Contrato señaladas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y 77 del Decreto N° 250 de 2004, que reglamenta dicha Ley.
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SUBCONTRATACIÓN |
La subcontratación por parte del adjudicatario de la presente licitación, no estará prohibida pudiendo éste contratar con terceros la ejecución de hasta el 40 % de las obligaciones contraídas debiendo el subcontratado cumplir con los mismos requisitos establecidos en las presentes Bases, y dando previo aviso a JUNAEB con una antelación mínima de 3 días hábiles en caso de recurrirse a dicha modalidad
Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad por el íntegro y cabal cumplimiento de las obligaciones que emanan de la presente Licitación y de su respectivo contrato recaen exclusivamente en el contratado, debiendo éste responder por cualquier incumplimiento que se produzca en la ejecución del contrato por parte del subcontratado.
No obstante lo señalado, no procederá la subcontratación, en los casos que la persona del subcontratista, sus socios, administradores, estén afectos a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo Nº 4 de la Ley Nº 19.886.
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OBLIGACIONES PREVISIONALES |
El adjudicatario deberá encontrarse al día en el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales en la ejecución del servicio contratado por JUNAEB. Al momento de solicitar el pago de la factura mensual, deberá adjuntar dicha documentación, emitidos por la Inspección del Trabajo competente o el Organismo pertinente.
“JUNAEB” se reserva la facultad de solicitar información adicional al adjudicatario, en cualquier tiempo, que le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.
El adjudicatario tendrá la responsabilidad exclusiva de dirigir, monitorear, fiscalizar, controlar, administrar, coordinar, programar y ejecutar técnicamente los Servicios de acuerdo a las condiciones fijadas en las presentes Bases.
Todo el personal que el adjudicatario emplee en la prestación de los servicios, será contratado por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin que tenga vínculo laboral o contractual o de otra naturaleza con “JUNAEB”. Por lo tanto, el adjudicatario se obliga, desde ya a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo a la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen.
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AUDITORIAS Y SUPERVISION DEL CONTRATO |
JUNAEB podrá realizar en forma directa o a través de terceros autorizados para ello, auditorias técnicas o administrativas, encuestas de percepción usuaria, como también controles de calidad a fin de determinar si los servicios y prestaciones contratadas cumplen efectivamente con las exigencias solicitadas.
Todas las supervisiones que efectúen JUNAEB o los terceros autorizados por ella, se realizarán mediante la aplicación de lo establecido en el Anexo N° 14 de las presentes bases, denominado “Pauta de Supervisión a Prestadores”.
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EVALUACIÓN DE PRESTADORES |
JUNAEB realizará anualmente una evaluación del desempeño a los prestadores que participan en la presente licitación, atendiendo a aspectos relativos al cumplimiento administrativo, percepción usuaria, reclamos recibidos y auditorias técnicas realizadas por profesionales del área en la medida que éstas sean necesarias.
Esta evaluación de desempeño se regirá por lo establecido en el Anexo N°12 de las presentes bases denominado “Proceso de Evaluación Desempeño Componente de Participación del Programa de Servicios Médicos JUNAEB”.
En virtud de esta evaluación, JUNAEB clasificará a los prestadores en categorías de desempeño que serán consideradas para futuros procesos licitatorios como también para efectos de proceder a un eventual término anticipado de contrato.
Si una vez concluido el proceso anual de evaluación de desempeño realizado por JUNAEB, un determinado prestador ha obtenido una evaluación de desempeño correspondiente a la Categoría “Mal desempeño” o “Muy mal desempeño”, JUNAEB podrá poner término anticipado al contrato por resolución.
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COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR DE LOS PROVEEDORES |
JUNAEB informará a la Dirección de Compras Públicas o a quién ésta determine, los antecedentes referidos al comportamiento contractual del proveedor. Ello con el fin de utilizar dicha información en la evaluación de ofertas de futuros procesos de licitación, según lo indicado en el artículo 96 bis del Reglamento de la Ley 19.886 de Compras.
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CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD |
Los procesos involucrados y toda la documentación, información y datos en cualquier tipo de soporte generado durante la ejecución del contrato y/o que se recopile para la realización del mismo, tendrá el carácter de confidencial. Por lo anterior todas las personas, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, la letra c) del artículo 2 de la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada establece que para efectos de dicha ley se entenderá por “Comunicación o transmisión de datos, dar a conocer de cualquier forma los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas.”, lo cual es aplicable en la presente licitación.
Asimismo, dicho cuerpo normativo, en su Artículo 7º establece que las personas que trabajan en el tratamiento de datos personales, tanto en organismos públicos como privados, están obligados a guardar secreto sobre los mismos, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como ocurre en este caso, como también sobre los demás datos y antecedentes relacionados con el banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en el cargo.
En este contexto, el inciso primero del artículo 23 de la referida ley señala que: “La persona natural o jurídica privada o el organismo público responsable del banco de datos personales deberá indemnizar el daño patrimonial y moral que causare por el tratamiento indebido de los datos, sin prejuicio de proceder a eliminar, modificar o bloquear los datos de acuerdo a lo requerido por el titular o, en su caso, lo ordenado por el tribunal”.
Por su parte, el artículo 4 de la ley 19.223, dispone que: “El que maliciosamente revele o difunda los datos contenidos en un sistema de información, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio”.
Será de propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material.
Asimismo serán de propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB.
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DE LAS INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD |
Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los profesionales del contratista se involucren en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá velar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, directa o indirectamente, que incurra en alguna de las causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad.
Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro frecuentemente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares.
Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar.
El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada anualmente que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, directamente o a través de terceros subcontratistas, información que deberá mantener a disposición de JUNAEB.
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