Licitación ID: 761-2-LP16
EVALUACION DE FACTIBILIDAD REG. ACONCAGUA E36191
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO, Ministerio del Interior - Subsecretaría de Desarrollo Regional
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión de proyectos 1 Unidad
Cod: 80101604
ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”e36191-2015  

2
Servicios de planificación de desarrollo regional 1 Unidad
Cod: 93142101
ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”e36191-2015  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EVALUACION DE FACTIBILIDAD REG. ACONCAGUA E36191
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”e36191-2015
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
Unidad de compra:
Ministerio del Interior - Subsecretaría de Desarrollo Regional
R.U.T.:
60.515.000-4
Dirección:
TEATINOS 92 PISO 2°
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-04-2016 15:30:00
Fecha de Publicación: 19-02-2016 11:22:00
Fecha inicio de preguntas: 19-02-2016 13:00:00
Fecha final de preguntas: 07-03-2016 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-03-2016 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-04-2016 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-04-2016 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 20-04-2016 12:21:22
Fecha de entrega en soporte fisico 04-04-2016
Fecha estimada de firma de contrato 02-05-2016
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
REUNION ACUERDOS TECNICOS 21-04-2016 10:00:00
ENTREGA DE BOLETA DE GARANTIA TEATINOS 92 PISO 2 04-04-2016 15:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- a) Bases Técnicas. b) Bases Administrativas. c) Anexos. 5. Las presentes bases de licitación, en caso de discrepancia, priman por sobre lo que, a modo de mera información, pueda publicarse en la ficha electrónica del portal www.mercadopublico.cl. 6. Los antecedentes referidos, además y para todos los efectos, formarán parte integrante del contrato que se suscriba con el adjudicatario y, en consecuencia, el contratista estará obligado a dar cabal cumplimiento a todas las disposiciones establecidas en ellos. 7. En caso de no concordancia o dudas entre dos o más de los antecedentes, primarán unos sobre los otros de acuerdo al siguiente orden de prelación: a) Bases Técnicas y Administrativas y sus Anexos. b) Aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los oferentes. c) Oferta del Adjudicatario. d) Contrato. e) Acta de Acuerdos Técnicos, en su caso. 8. Las ofertas técnicas de los proveedores que participen en este proceso de licitación serán de público conocimiento a contar de la fecha de notificación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. 9. Contraparte Técnica: Departamento de Estudios y Evaluación de la División de Políticas y Estudios. III. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN: 1. Publicación de las Bases en el Sistema: A contar del día en que ésta resolución exenta quede totalmente tramitada. 2. Período de consultas: Dentro de los primeros 15 días contados desde la publicación de la resolución que aprueba estas bases en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. 3. Respuestas a consultas y aclaraciones: Al quinto día de finalizado el período de consultas. 4. Cierre del período de Recepción de Ofertas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. y plazo máximo de entrega de la Garantía de Seriedad de la Oferta en la Oficina de partes de SUBDERE: A las 15:30 horas del veinteavo día contado desde el día siguiente al de cumplida la diligencia anterior. La Oficina de partes de SUBDERE está ubicada en el Edificio Bicentenario, Teatinos 92, 2° piso, Santiago. Su horario de atención es de 9 a 16:00 hrs. de Lunes a Viernes. 5. Liberación de las ofertas: A las 16:00 horas del mismo día referido en lo precedente. 6. Período de Evaluación de las ofertas: A contar de la liberación de las ofertas y dentro de los 5 días hábiles siguientes de aquella liberación. En caso de que la Comisión Evaluadora no alcance a evaluar dentro del plazo señalado anteriormente o dicho plazo deba extenderse por cualquier circunstancia, levantará un Acta que será firmada por su Presidente o por quien lo esté supliendo, en la que se dejará constancia de los fundamentos del retardo y de la nueva fecha máxima de adjudicación, la que no superará los diez días hábiles, documento que será dirigido al Encargado de la Unidad de Abastecimiento para su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. 7. Fecha estimada de adjudicación: Dentro de los cinco días hábiles siguientes de concluido el período de evaluación. 8. Reunión de Acuerdos Técnicos: Al tercer día hábil siguiente contado desde la notificación de la resolución de adjudicación en el sistema de información de compras y contratación pública. 9. Firma del contrato: Dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la resolución de adjudicación en el sistema de información de compras y contratación Cuando cualquiera de las diligencias anteriores recaiga en sábado, domingo o festivo, el plazo respectivo se extenderá al día siguiente hábil, en su caso, a la misma hora. El día exacto de la diligencia o de su vencimiento quedará establecido en la ficha electrónica del portal www.mercadopublico.cl. Para efecto de los plazos exigidos por el artículo 25 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley 19.886, debe entenderse que la presente licitación es por un monto igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM. Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso penúltimo del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Dichas condiciones consideran que el plazo de cierre no se produzca en: 1.- Días inhábiles (sábado, domingo o festivo); 2.- Día lunes antes de las 15:00 horas; y, 3.- Día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas. De ocurrir la extensión del plazo de cierre de recepción de ofertas, se modificará también en forma automática la fecha de apertura y fecha de adjudicación, según corresponda. IV. BASES TÉCNICAS: “ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA” Tipo de contratación: Consultoría “Estudio línea base para evaluación de factibilidad de creación de la Región de Aconcagua, consideraciones y propuestas para determinar su pertinencia”. Duración de la Consultoría: 210 días corridos, en todo caso el contrato a suscribir se mantendrá vigente hasta el total cumplimiento de las obligaciones que el mismo genere. . Tipo de Adjudicación: Simple. 1. ANTECEDENTES. 1.1. Antecedentes Legales e Institucionales sobre modificaciones a la División Política y Administrativa: La actual División Política y Administrativa del país fue establecida por el Decreto Ley Nº 575, de 1974, en el marco del proceso de Regionalización llevado adelante por la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa (CONARA). Dicha iniciativa tuvo como antecedente la división establecida en “regiones de planificación” por parte de ODEPLAN el año 1965. Según este diseño y mediante la aplicación de modelación estadística y análisis cuantitativos, se buscaba estructurar regiones que pudieran contar con autonomía desde un punto de vista esencialmente económico. La estructura territorial de 1974 dividió el país en 13 regiones, con sus respectivas capitales, formadas sobre la base de las antiguas provincias, o agrupaciones de ellas. La Constitución Política de 1980, en su artículo 45, refrendaba el número de regiones al establecer que “El Senado se integrará con miembros elegidos en votación directa por cada una de las trece regiones del país…”. La mención del guarismo “trece” rigidizaba la posibilidad de creación de regiones. Esto fue subsanado muy posteriormente, mediante la Ley Nº 20.050, de 2005, en la que, entre otras materias, se elimina el numeral trece, permitiendo la posibilidad de crear regiones sólo a través de una ley de quórum orgánico constitucional. En virtud de dicho cambio, es que a través de la Ley Nº 20.174, del 5 de Abril de 2007, se crea la XIV Región de Los Ríos y la Provincia del Ranco, y de la Ley Nº 20.175, de 11 de Abril de 2007, la XV Región de Arica y Parinacota y la Provincia del Tamarugal, en la Región de Tarapacá. La creación de una región, como en los casos citados, llevó por mandato constitucional a la creación de provincias. En Chile, la División Política Administrativa (DPA) es materia de ley, es decir, cualquier modificación a límites, creación o supresión de comunas, provincias o regiones, debe ser regulada mediante una norma legal. Dado que se trata de una materia de iniciativa exclusiva, es solamente el o la Presidente (a) de la República la que puede someter a consideración del Congreso un proyecto de ley que modifique la DPA. Ahora bien, el órgano que analiza dichas proposiciones y prepara los proyectos de ley respectivos es SUBDERE, en su rol de encargada de estudiar y proponer políticas de desarrollo regional, provincial y local. La Constitución Política de la República de Chile señala en su Artículo 110 que “Para el gobierno y administración interior del Estado, el territorio de la República se divide en regiones y éstas en provincias. Para los efectos de la administración local, las provincias se dividirán en comunas. La creación, supresión y denominación de regiones, provincias y comunas; la modificación de sus límites, así como la fijación de las capitales de las regiones y provincias, serán materia de Ley Orgánica Constitucional” y de iniciativa exclusiva del Presidente de la República. La Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE), es la instancia de asesoría técnica al interior del Ejecutivo sobre las diferentes propuestas de modificación a la División Política y Administrativa del país. En efecto, en 1984 se promulga la Ley 18.359 que crea el cargo de Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, la que en sus artículos 2 y 3 expresa lo siguiente: “Artículo 2°.- El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo será el colaborador inmediato del Ministro del Interior en las materias relativas a la coordinación, impulso y evaluación del desarrollo regional, provincial y local; en las funciones de modernización y reforma administrativa a que se refiere el artículo 12 de la ley N° 18.201, y en las de estudio, apoyo técnico y administrativo derivadas de ellas. Asimismo, le corresponderá desempeñar las restantes atribuciones y deberes que establece el decreto ley N° 1.028, de 1975, y las que el Presidente de la República determine en el plazo de un año, contado desde la fecha de publicación de esta ley, pudiendo traspasar funciones y atribuciones asignadas a otros servicios y organismos de la Administración del Estado, relacionados con el desarrollo Regional y Administrativo. Artículo 3°.- El Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo será el superior jerárquico inmediato de la División de Modernización y Reforma Administrativa y de las demás unidades y personal que señale el Reglamento Orgánico.” El DFL Nº 1/18.715 de 1989 (MINISTERIO DEL INTERIOR – Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo), DETERMINA LOS LÍMITES ESPECÍFICOS DE LAS REGIONES DEL PAÍS “Visto: Lo establecido en el Nº 3 del artículo 32 de la Constitución Política de Chile; y la facultad que me confiere el artículo 1º letra c) de la ley Nº 18.175.” El DFL Nº 2/18715 de 1989 (MINISTERIO DEL INTERIOR – Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo), DETERMINA LOS LÍMITES ESPECÍFICOS DE LAS PROVINCIAS DEL PAÍS “Visto: Lo establecido en el Nº 3 del artículo 32 de la Constitución Política de Chile; y la facultad que me confiere el artículo 1º letra b) de la ley Nº 18.175.” El DFL Nº 3/18715 de 1989 (MINISTERIO DEL INTERIOR – Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo), DETERMINA LOS LÍMITES ESPECÍFICOS DE LAS COMUNAS DEL PAÍS “Visto: Lo establecido en el Nº 3 del artículo 32 de la Constitución Política de Chile; y la facultad que me confiere el artículo 1º letra A) de la ley Nº 18.175.” Desde el punto de vista institucional, la creación de una región implica, necesariamente, la creación de la Intendencia respectiva, encargada de las tareas de Gobierno Interior; de un Gobierno Regional con funciones de Administración, para lo cual se requiere la creación del respectivo Consejo Regional; Secretarías Regionales Ministeriales y Direcciones Regionales de Servicios Públicos; Corte de Apelaciones; Contraloría Regional; Tribunal Electoral Regional (TER), y la Fiscalía Regional. En el área presupuestaria, la nueva región debe ser considerada en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional. 1.2. Las provincias de San Felipe, Los Andes, Quillota y Petorca Con una superficie de 11.415 Km2 representa el 71,3% de la Región de Valparaíso. Su población de 489.643 habitantes representa un 31,8% del total de la región. Sus capitales provinciales son las ciudades de San Felipe, Los Andes, Quillota y La Ligua. Las provincias que conformarían la región de Aconcagua están conformadas por un total de 20 comunas. Desde el punto de vista de su economía, las provincias citadas cuentan con una importante producción agrícola, minera, siendo relevante igualmente el comercio terrestre y el turismo. 1.3. Antecedentes de la solicitud de “Aconcagua Región”. La solicitud de creación de la Región de Aconcagua se remonta hace más de 10 años y fue reactivada fuertemente durante el año 2014. Esta iniciativa ha estado impulsada principalmente por los alcaldes de las comunas de San Felipe, Los Andes y Calle Larga, organizaciones Pro Región como “Yo amo región Aconcagua”, “Corporación Aconcagua Región” y la ONG “Ideando”, además de apoyo parlamentario de los Diputados Marco Antonio Núñez, Andrea Molina y Gaspar Rivas quienes han adherido públicamente a la iniciativa de crear la región. De acuerdo a los argumentos presentados por la organización “Yo amo Región Aconcagua”, los fundamentos para constituirse en región están asociados a las especiales condiciones de este territorio tales como su condición internacional fronteriza, la distancia a los centros de decisión política regional, entre otras. En el marco de estas y otras solicitudes, SUBDERE ha realizado una serie de estudios que se detallan a continuación, los que deberán ser considerados, además de otros textos que se mencionan más adelante, como material de análisis para el presente estudio: a) En 2003, SUBDERE realizó un ejercicio metodológico de definición de un Índice de Evaluación de Creación de Regiones, aplicándose a tres casos: Arica, Ñuble y Valdivia. b) En 2007, SUBDERE contrató un segundo estudio con la Pontificia Universidad Católica: “Evaluación de la División Política y Administrativa vigente”. A partir de una serie de antecedentes históricos y técnicos, el estudio propone los elementos que debieran considerarse en una revisión nacional de los tres niveles territoriales (regiones, provincias y comunas). El trabajo propone un Índice de Coherencia Regional (ICR), que se mide para cada región en relación con una macrozona. c) También en 2007, SUBDERE realizó los estudios de Línea Base de las regiones de Arica y Parinacota y de Los Ríos. Se trató de una “fotografía” de los territorios en sus aspectos financiero, administrativo, social y cultural (estos antecedentes deberían servir como parámetro de comparación en una futura evaluación para la creación de una región, evaluación expos). d) En Agosto de 2012, SUBDERE participó como contraparte en la Tesis de Magíster en Ciencias Políticas de la Pontificia Universidad Católica, elaborada por cuatro alumnos de dicha Institución. El informe “¿Más regiones para Chile?: Una mirada sobre el desarrollo territorial en las Regiones de Arica y Parinacota, Los Ríos y sus regiones madres”, Propone dar una efectiva respuesta al impacto que han tenido las Regiones de Arica y Parinacota y Los Ríos, a fin de extraer las principales lecciones de esta experiencia y proyectarlas, y en caso de ser necesario, evaluar en otras situaciones similares a lo largo del país. e) En 2013, SUBDERE realizó el “Estudio de Línea Base, consideraciones y propuestas técnicas para determinar la pertinencia de creación de nueva región de Ñuble”. El estudio tomó como base el (ICR) calculado en 2007 y lo ajustó de acuerdo a las particularidades de la época actual. El resultado fue un "índice de coherencia regional ajustado" (ICRA) Este ICRA reúne una serie de indicadores con distinta ponderación. 2. OBJETIVOS. a. Objetivo General Elaborar una línea de base que aporte antecedentes territoriales estratégicos y actualizados que permitan al Poder Ejecutivo fundamentar la sustentabilidad y pertinencia técnico-política de crear una nueva región con los territorios de las provincias de San Felipe, Los Andes, Quillota y Petorca, que actualmente pertenecen a la Región de Valparaíso. b. Objetivos específicos 1. Recopilar y analizar información del medio físico, demográfica, social, económica e identitaria, que permita proponer criterios para evaluar la pertinencia técnica de la creación de una nueva región con territorios de las actuales provincias de San Felipe, Los Andes, Quillota y Petorca. 2. Evaluar la sustentabilidad en todas sus dimensiones (territorial, económica, social, cultural, ambiental, e institucional) de la creación de una nueva región con los territorios de las provincias de San Felipe, Los Andes, Quillota y Petorca, así como de la de la región remanente (Valparaíso sin las provincias mencionadas). 3. Proponer un conjunto de escenarios posibles de límites regionales y provinciales para la eventual Región de Aconcagua, cada uno de ellos con sus respectivas ventajas y desventajas debidamente justificadas. 4. Contar con un mapa de los actores estratégicos involucrados en la propuesta de creación de la nueva región de Aconcagua y evaluar sus posibles roles en este proceso. 5. Identificar, cuantificar y caracterizar los requerimientos financiero-presupuestarios (costos de instalación y rediseños presupuestarios regionales y nacionales), institucionales, de dotación de personal, de elección de autoridades y delimitación de circunscripciones electorales, a tener en cuenta ante la eventual creación de la región de Aconcagua. 3. CONSIDERACIONES METODOLÓGÍCAS PARA LA PROPUESTA. A continuación, se describen algunas consideraciones generales y definiciones que deben tomarse en cuenta en el desarrollo del presente Estudio. 3.1 Referencias Bibliográficas. Las siguientes referencias deben considerarse como antecedentes bibliográficos mínimos para los planteamientos metodológicos y el adecuado desarrollo de las tareas del presente Estudio. Referencia [1]: Índice de Evaluación de Creación de una Región (IECR). Pontificia Universidad Católica de Chile, año 2003. Referencia [2]: Índice de Coherencia Regional (ICR). Pontificia Universidad Católica de Chile, año 2007. Referencia [3]: Índice de Coherencia Regional Ajustado (ICRA). Universidad de Concepción, año 2013. Referencia [4]: Información estratégica de la nueva región. Documento elaborado por el Programa Región de Aconcagua “Si Se Puede” de la ONG Ideando, año 2014. Referencia [5]: Working Party on Territorial Policy in Urban Areas National Urban Policy Reviews, The Case of Chile. OCDE, año 2012. La bibliografía indicada como toda adicional consultada durante el desarrollo del estudio, deberá incluirse en los respectivos informes. 3.2 Información a considerar. El análisis de las variables deberá hacerse a escala provincial, es decir, por separado para cada una de las actuales provincias de San Felipe; Los Andes; Petorca y Quillota, lo que debe sin embargo complementarse a nivel agregado, esto es, a la escala de la eventual región de Aconcagua. Así mismo, se deberá analizar lo que sucederá con las variables en la que llamaremos la “región remanente”, la actual de Valparaíso sin las 4 provincias recién mencionadas. En particular, se debe analizar y concluir en los aspectos que pueden afectar positiva o negativamente el desarrollo futuro de la citada región remanente. Toda información que sea factible y pertinente de ser presentada en forma de mapas, gráficos, tablas, u otro medio visual, deberá ser mencionada y descrita en la propuesta del consultor. La información recopilada debe ser lo más actualizada posible, recurriendo cuando sea necesario a estimaciones oficiales del INE u otras fuentes de información validadas. Se deberá realizar, cada vez que sea necesario, análisis que permita conocer la evolución temporal de los valores alcanzados por las variables consideradas en el estudio y su relación o importancia para la fundamentación técnica de creación de la nueva región. Entre la información que debe ser recopilada, actualizada y analizada por el consultor, se encuentra la que se indica a continuación, además de otra que eventualmente éste proponga agregar: a) Descripción General del territorio de la eventual nueva Región de Aconcagua: - Ubicación geográfica, superficie; por provincias y a nivel agregado. - Población por provincias, por comunas y a nivel agregado. - Descripción de las comunas que componen cada provincia. - Antecedentes históricos del territorio por provincias, o conjuntos de provincias, y comunas. - Aportes de las provincias o comunas en particular y/o en su conjunto a la historia nacional y/o regional. b) Análisis del sistema de administración del territorio: - Distribución, asignación e impacto del presupuestario intrarregional (Para la actual Región de Valparaíso) de la inversión pública. - Ingresos Propios locales, deudas y transferencias locales y regionales. Distribución entre las comunas. (Para la actual Región de Valparaíso) - Dotación, cobertura y accesibilidad de todos los servicios públicos presentes en el territorio (Ej: salud, educación, administración de justicia, otros). Por provincias y a nivel agregado. - Dotación, cobertura y accesibilidad de servicios privados (Ej: financieros, seguridad, telecomunicaciones, salud, educación, medios de comunicación, turísticos, otros). Por provincias y a nivel agregado. - Localización y radio de acción competencial y espacial de Servicios Públicos y agencias del Gobierno Regional. Por provincias y a nivel agregado. - Estructura y jerarquía de centros poblados (ciudades, pueblos, aldeas, caseríos y villorrios y su localización espacial). Zonas rezagadas y/o aisladas. Expansión de áreas urbanas. - Jerarquía administrativa de los centros poblados. Por provincias y a nivel agregado. - Distancias temporales y en Kms. desde centros poblados a la actual capital regional (ciudad de Valparaíso); y desde las principales centros poblados del territorio de la eventual nueva región a las ciudades de Los Andes; San Felipe; Quillota; y Petorca. - Evaluación del actual ordenamiento territorial en el espacio que ocuparía la eventual nueva región de Aconcagua. Esto implica el análisis de los planes de desarrollo e instrumentos de planificación territorial vigentes y otros instrumentos de esa naturaleza en las provincias y sus comunas. Evaluación de su calidad, coherencia como instrumento de planificación, y grado de uso en la toma de decisiones por sus eventuales usuarios. - Análisis global de la sustentabilidad institucional de la administración, por provincias y a nivel agregado, en el que se incluya por ejemplo: Estimación de su grado de cobertura territorial y temática, calidad y/u oportunidad de los servicios entregados, suficiencia de servicios, etc.) c) Nivel Físico-Antrópico y sostenibilidad ambiental : - Análisis de la población, su estructura y densidad poblacional , y otros aspectos demográficos pertinentes. - Materialidad y condición de las viviendas (tamaño, habitabilidad, calidad de construcción, y de dotación de servicios básicos como agua potable, alcantarillado, electricidad, telefonía – internet; y sus condiciones colectivas tales como provisión y calidad de espacio público, de áreas verdes y espacios naturales, de equipamiento de conjunto. - Análisis de espacios urbanos: Se debe hacer una evaluación global sistémica del funcionamiento de las actuales capitales provinciales y algunos otros núcleos urbanos de mayor tamaño y grado de desarrollo de las provincias. Se debe incluir por ejemplo análisis como los siguientes: Principales actividades económicas y empleo, facilidades para el emprendimiento, a condiciones de integración social, calidad y suficiencia de los sistemas de transporte y costos para el usuario. Accesibilidad e interconexión con el resto del territorio y otras ciudades, dotación y calidad de equipamiento de escala de ciudad de comercio, salud, educación, parques, seguridad, deporte, esparcimiento, culto, cultura. - Análisis de algunos barrios particularmente importantes y con identidad de las ciudades capitales provinciales y otras localidades pobladas de interés: referirse a variables tales como: accesibilidad, a condiciones de seguridad, infraestructura y espacio público, cercanía de servicios de salud, educación, servicios públicos, parques, equipamiento comercial, deportivo, de culto, de cultura, de entretención. - Análisis de Migraciones, lo que incluye entre otras variables: desplazamientos de población desde, hacia y entre las provincias del territorio y con la capital regional actual (Valparaíso) y otras regiones del país. - Análisis de infraestructura y conectividad de transporte. Red vial; servicios de transporte intraprovinciales, interprovinciales, e interregionales; niveles de accesibilidad a los centros poblados y a los centros de actividad económica; infraestructura de transporte; concesiones territoriales existentes; flujos de transporte desde y hacia las provincias (sus capitales) y sus distintas comunas; carga y volúmenes transportados por pasos fronterizos. - Infraestructura Pública y Privada (Ejs.: aeródromos; pasos fronterizos; embalses y canales de regadío; cárceles; ferrocarril; hospitales; rellenos sanitarios; centrales termoeléctricas; etc.). - Análisis global de la sustentabilidad ambiental del medio físico- antrópico del territorio de la eventual nueva región que incluya entre otras variables las siguientes: Características y estado de las áreas de protección; descripción de riesgos de origen socio natural sobre la población y/o el medio ambiente; conflictos ambientales de origen antrópico pasados, en curso, o latentes, ente otros. d) Nivel Físico-Natural y Sostenibilidad ambiental: - Estado general del medio ambiente natural incluyendo si los hubiere, los conflictos ambientales históricos (últimos 30 años) y los actuales y los latentes. - Caracterización general del clima, geología, geomorfología, hidrogeología, hidrología, edafología, oceanografía (en la pequeña porción costera de la Provincia de Petorca) y otras variables del medio físico. - Descripción del estado de la Biodiversidad y análisis de cuencas hidrográficas. - Análisis de paisaje, incluyendo, la caracterización de su visibilidad, fragilidad y calidad. - Descripción del estado de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado y privadas, incluyendo una caracterización de los Monumentos Naturales si los hubiere. . - Identificación y descripción de las vocaciones y potencialidades del territorio, usos de suelo y capacidad productiva. - Áreas de protección y de riesgos de origen natural sobre la población y/o el medio ambiente. - Problemas o situaciones críticas del medio ambiente de origen natural, pasados o en curso del territorio. - Análisis global de la sustentabilidad ambiental del medio natural del territorio de la eventual nueva región. e) Nivel Económico-productivo y sustentabilidad Económica: - Base económica (PIB regional por clase de actividad económica y elaborar desagregación territorial; sectores o áreas deprimidas). - Estimación de los niveles de Pobreza, vulnerabilidad, escolaridad, utilizando entre otros los siguientes índices: IDH, desocupación, ingresos, Índice de Gini. - Análisis de la diversificación productiva, sectores productivos y de servicios, comercialización de productos y expectativas de mercado; investigación y desarrollo (v.gr. agropecuario, minero, forestal, pesca en la costa de la provincia de Petorca, servicios, turismo, etc.). - Características de la Fuerza de trabajo (Por tipo de trabajador (hombres, mujeres, jóvenes), Estructura ocupacional; Calidad del empleo; Nivel educacional). - Dinámica y estructura Empresarial. Presencia de clústeres económicos en los territorios y fondos de innovación y competitividad. Instancias de Cooperación y diálogo entre el ámbito público y el privado; Vocación productiva de la actual Región de Valparaíso, y de la eventual nueva Región de Aconcagua. - Conmutación laboral y educacional. Flujos por motivos de trabajo y/o estudio desde y hacia las distintas zonas de la región o fuera de ella (Desde y hacia las ciudades de San Felipe, Los Andes, Quillota, La Ligua, Valparaíso - Viña del Mar). - Caracterización del Capital Humano a nivel de provincia y agregado. Estimar su grado de ajuste a las actuales necesidades y a las futuras ante la eventualidad de creación de la nueva región. - Análisis de la complementariedad de actividades productivas y de eventuales conflictos por el uso de los recursos, entre ellos el territorio. - Análisis global de la sustentabilidad económica de los diferentes sectores productivos del territorio de manera aislada y agregada. f) Nivel Actores Sociales, participación ciudadana e identidad local: - Identificación y análisis de los actores estratégicos (stakeholders). En especial en cuanto al respaldo ciudadano existente para la eventual creación de la Región de Aconcagua. Es especialmente importante saber quiénes serían los principales promotores asi como los detractores y los actores indiferentes ante la iniciativa de creación de la nueva región. - Análisis detallado de las principales organizaciones y/o personas (actores) que impulsan la creación de la nueva región. Se debe considerar su grado de organización, sus liderazgos internos, poder de convocatoria, aparición en los medios; etc. Lo mismo se solicita para los eventuales opositores a la idea de crearla. - Descripción de Organizaciones sociales existentes en las provincias y comunas de la eventual región. Se debe incluir por ejemplo: Cantidad, numero de miembros activos, estructura y participación. Diferenciación entre las comunitarias y territoriales. - Análisis de los niveles de participación electoral en el tiempo (desde 1990 en adelante). - Descripción de elementos socio-culturales (equipamiento cultural; centros académicos; medios de comunicación; etc.) e involucramiento de la población en ellos. - Identificación y descripción de elementos que componen la identidad local (nivel provincial o interprovincial; comunal y/o intercomunal) recursos culturales: expresiones culturales actuales; patrimonio cultural; etc. Todos los elementos deben ser analizados como sistema territorial, identificando sus principales potencialidades y limitantes, como por ejemplo: existencia de alianzas o institucionalidad para su conflictos por uso de suelo, interrelaciones entre actividades económicas, entre otros - Análisis de la sustentabilidad social de los diferentes aspectos sociales del territorio de manera aislada y agregada. 3.3 Instrumentos para levantar información primaria. Para el desarrollo del estudio, se requiere levantar información que permita analizar, discutir, validar y evaluar la factibilidad de creación de la región de Aconcagua. Para lo anterior, se deben realizar paneles de expertos, Focus Group, entrevistas a actores claves, entre otras técnicas que el consultor proponga, de acuerdo a las siguientes consideraciones: 3.3.1 Panel de Expertos. Realizar un Panel de Expertos donde en al menos dos (2) sesiones se discuta, valide y consensue las opiniones en cuanto a la pertinencia y factibilidad de la creación de la región de Aconcagua. El panel debe estar conformado por un grupo de al menos 5 expertos en temas de planificación estratégica del territorio; políticas públicas; institucionalidad y descentralización, de los cuales sólo un máximo de dos (2) pueden ser de la empresa o institución que se adjudique la presente licitación. Los expertos deberán ser aprobados por la Contraparte Técnica, la que podrá solicitar la integración o exclusión de alguna(s) persona(s) en específico. 3.3.2 Focus Group. Realizar al menos cinco (5) Focus Group, cada uno conformado por 7 a 10 integrantes del ámbito regional, provincial y local vinculados al proceso de creación de la nueva región. - Focus Group N°1: Actores Provincia de Los Andes. - Focus Group N°2: Actores Provincia de San Felipe. - Focus Group N°3: Actores Provincia de Quillota. - Focus Group N°4: Actores Provincia de Petorca. - Focus Group N°5: Actores región remanente (provincias de Valparaíso, San Antonio y Marga Marga). Además de contar con un especialista en moderación de Focus Group, se debe considerar a costo de la consultora al menos los siguientes: - Salón confortable y de fácil acceso, en ubicación céntrica de las ciudades donde se realicen. - Disponibilidad de al menos 2 horas, en horario posterior a las 18:00 hrs., en día hábil y en fechas a acordar con SUBDERE. - Servicio de catering para los participantes. - Servicio de grabación audiovisual-digital. - Servicio de transcripción. - Análisis de resultados. 3.3.3 Entrevistas y/o encuestas a actores claves. Realizar entrevistas y encuestas a actores claves regionales, provinciales y locales del Gobierno Regional, servicios públicos, Seremías, Municipios, gremios, organizaciones comunitarias entre otros, vinculados o no al proceso de creación de Aconcagua región. Con esto se espera levantar información relevante en cuanto a problemas, prioridades, desafíos, preocupaciones, aspiraciones, medios y fines, etc., frente al escenario de división regional. La realización de las entrevistas y encuestas deben tener las siguientes características mínimas: - Encuesta cara a cara. - Tipo de muestreo: estratificado y polietápico. La estratificación mínima es por: nivel socioeconómico, tramos etarios, condición urbana o rural, género. - Representatividad provincial (para las actuales Provincias de Los Andes, San Felipe, Quillota y Petorca) y regional (actual Región de Valparaíso). - Instrumento con alrededor de 90% de preguntas cerradas. - Tiempo para aplicación, procesamiento y análisis de resultados acorde con el calendario de entrega de productos. En el caso de las encuestas se deberá especificar los tamaños de las muestras consideradas. Por su parte, para las entrevistas, el número mínimo a realizar se determinará de comun acuerdo con la contraparte técnica, sobre la base de los identificados en el mapa de actores relevantes de las Provincias en estudio. 3.4 Consideraciones para la definición de escenarios propuestos. Se deberá tener en cuenta no sólo los intereses y preferencias de los directamente involucrados, sino que también deberá tener como propósito conformar una unidad territorial sostenible y capaz de entregar mejores servicios a la comunidad, mejorando su calidad de vida, y en consonancia con un mejor desarrollo y más eficiente gobernanza regional . Los análisis que se hagan deberán dar cuenta no sólo de la nueva región en su situación inicial sino que también del estado en que queda la región remanente, considerando en la definición de escenarios: a) Mayor democracia, entendida como mayor participación ciudadana e identidad, profundización del proceso de descentralización y mayor transparencia en la gestión pública. b) Gestión eficaz, orientada a resultados y a la calidad de servicios en la atención al ciudadano, con metas, indicadores y evaluaciones de gestión. c) Mayor eficiencia en la gestión pública, entendido como economía de recursos, sin exceder las capacidades y restricciones de la propuesta (comunas contiguas; incluyendo cabeceras comunales; no excediendo los límites regionales, entre otros). 4. ACTIVIDADES. En la formulación de su oferta técnica, el oferente debe considerar la ejecución de al menos las siguientes actividades para cumplir con los objetivos específicos. Se evaluará dentro de la propuesta técnica el detalle de estas actividades y aquellas adicionales que el oferente desee agregar para hacerla más completa. Recordar que se debe presentar de manera gráfica, mapas, cuadros, tablas, esquemas, etc., todo aquello que sea posible y relevante de hacer. Para la realización de las actividades que se mencionan a continuación, se debe tener muy presente las informaciones explicitadas en el punto 3.2. Se espera que el consultor explique con el mayor detalle posible el COMO realizarán en la práctica las actividades que se presentan a continuación. 4.1 Recopilar y analizar información territorial, social, demográfica, económica e identitaria, que permita proponer criterios para evaluar la pertinencia de la creación de una nueva región con territorios de las provincias de San Felipe, Los Andes, Quillota y Petorca, que actualmente pertenecen a la Región de Valparaíso. a) Hacer una revisión y análisis crítico (consistencia y coherencia) de los estudios e informes elaborados por la SUBDERE, especialmente aquellos relativos a la evaluación y modificación de la DPA, y su evolución en el tiempo; la creación de nuevas regiones; y los Índices de Evaluación de Creación de una Región (IECR), el de Coherencia Regional (ICR) y el de Coherencia Regional Ajustado (ICRA). b) Examinar el nivel de concordancia y alineamiento entre los antecedentes examinados y la actual delimitación regional de Valparaíso en función de la noción de región funcional propuesta por la OCDE, como resultante de la organización del conjunto de relaciones sociales y económicas presentes en el territorio especialmente referido al mercado del trabajo. Además, y en función de lo anterior, examinar la propuesta de subdivisión regional, con sus distintos escenarios, y su nivel de aproximación a la definición OCDE de Región Funcional. c) Recopilar y analizar los antecedentes que respaldan la demanda por una región en los territorios de San Felipe, Los Andes, Petorca y Quillota, tanto desde la perspectiva de la sociedad civil como de instituciones públicas, privadas. d) Sistematizar y analizar información secundaria recopilada, como base para la creación de la nueva región. Se deberá establecer un marco de comparación entre las comunas y provincias bajo los distintos escenarios de división regional. Revisando al menos los siguientes niveles: i. Administrativo ii. Físico-Antrópico iii. Físico-Natural iv. Económico-productivo v. Actores Sociales, identidad y Participación ciudadana vi. Medio Ambiental, Calidad de Vida y Sostenibilidad e) Levantar información primaria, tanto de percepción ciudadana como de actores relevantes sobre problemas, prioridades, desafíos, preocupaciones, aspiraciones, medios y fines, frente a la eventual división regional (siempre incluyendo los distintos escenarios) y en relación a los siguientes aspectos, entre otros: • Entorno y equipamiento • Identidad y Realidad Política y Socio-Cultural • Competitividad • Accesibilidad y conectividad • Participación • Calidad de Vida f) Determinar la Línea Base del estado de desarrollo económico-productivo, social, ambiental, cultural e identitario de la actual provincia de Aconcagua, en relación con la región, país y regiones similares (macrozona). Dentro de esta actividad debe contemplarse la validación de los resultados con los actores más relevantes del territorio. 4.2 Evaluar la sustentabilidad en todas sus dimensiones (territorial, económica, social, cultural, ambiental, e institucional) de la creación de una nueva región con los territorios de las provincias de San Felipe, Los Andes, Quillota y Petorca, así como la de la región remanente (Valparaíso sin las provincias mencionadas). a) Desarrollar criterios, índices, indicadores y/u otras herramientas que permitan evaluar la pertinencia técnica y política de crear una región teniendo como base el actual territorio de las Provincias de San Felipe, Los Andes, Quillota y Petorca en consideración de las distintas áreas de desarrollo (económico-productivo, social, ambiental, cultural e identitario). La evaluación deberá realizarse tanto para la nueva región como para la residual o remanente. b) Proponer un conjunto de medidas, instrumentos y alternativas posibles en diversos ámbitos que, manteniendo la actual configuración regional, corrija los posibles desequilibrios e inequidades existentes entre los territorios que componen la actual región de Valparaíso, permitiendo enfrentar los principales problemas sin necesidad de proceder a la división de esta región, especialmente en los territorios que conformarían la nueva región. c) Determinar la carga adicional que significaría la existencia de la nueva región sobre la administración pública y las finanzas subnacionales, es decir sus impactos sobre el resto de las regiones a nivel nacional, en el ámbito del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y otros fondos sectoriales. d) Identificar impactos, efectos y externalidades de la creación de la nueva región de Aconcagua, especialmente en lo relativo a la provisión de bienes y servicios como la gobernanza regional, tanto en la nueva región como en la remanente 4.3 Proponer un conjunto de escenarios posibles de límites regionales y provinciales para la eventual región de Aconcagua, cada uno de ellos con sus respectivas ventajas y desventajas debidamente justificadas. a) Proponer un conjunto de escenarios posibles de límites regionales e intrarregionales con sus respectivas implicancias en lo administrativo y en lo electoral. b) Proponer un Algoritmo o Modelo de Optimización de configuración regional que partiendo de consideraciones geográfico-espaciales proponga un método de agregación comunal iterativo de acuerdo a factores como conectividad, infraestructura, acceso a servicios de salud y educación y su localización, etc. c) Adicionalmente, el modelo de configuración regional debe considerar al menos los siguientes aspectos: i. Nivel óptimo de la eficiencia y eficacia en la prestación/provisión de bienes y servicios públicos ; ii. Costos de administración de los servicios; iii. Estimación del grado de adecuación del territorio, la demografía, nivel de diversificación económica y capital social de la actual Provincia de Aconcagua, para convertirse en región. iv. Grado de participación de la comunidad en las actividades públicas y el acontecer diario en su provincia; v. Existencia, estado e influencia de Medios de comunicación, los municipios, las asociaciones intermedias, entre otras; y Serán lineamientos centrales del modelo propuesto la eficiencia fiscal y económica bajo restricciones geográficas, administrativas, demográficas, legales, entre otras. Este modelo deberá propender a elevar el nivel potencial de crecimiento; mejorar la eficiencia de la asignación de bienes y servicios adecuando la provisión de éstos con las preferencias ciudadanas y las restricciones de gasto; reducir las desigualdades y brechas intrarregionales e interregionales, además de aumentar el nivel de participación de los ciudadanos en las decisiones del gasto público, entre otros beneficios. En los escenarios propuestos el número de provincias de la eventual región podría ser distinto al actual, lo que se debe evaluar como alternativa. d) Se deberá determinar elementos favorecedores y limitantes en materia de desarrollo y descentralización, fundamentando la pertinencia, eficiencia y eficacia, o no, de los distintos escenarios de división regional en función de dichos propósitos. e) Elaboración de cartografía asociada a cada una de las propuestas que se hagan de conformación regional. 4.4 Contar con un mapa de los actores estratégicos involucrados en la propuesta de creación de la nueva región de Aconcagua y evaluar sus posibles roles en este proceso. a) Identificar los actores estratégicos (stakeholders) en la creación de una nueva región de Aconcagua (sociedad civil, gobierno, sector privado, ámbito académico, político, vecinal, empresarial, municipal, entre otros) a nivel regional, provincial y local. i. Realizar un catastro que contenga los actores estratégicos identificados, caracterizados y localizados, tanto en su origen como en su radio de acción e influencia, tanto a nivel regional como local. ii. Construcción de la malla de actores estratégicos en la que se identifican sus intereses, posición, y poder para intervenir en la creación de la región, y su gestión futura en caso de que se decida crearla. b) Identificar y evaluar la posición de actores estratégicos de la región de Valparaíso remanente ante la posibilidad de crear una nueva región con parte de su actual territorio. c) Levantar información de los niveles de participación electoral en el tiempo tanto en la nueva región de Aconcagua como en la región remanente. d) Diseñar metodologías, mecanismos, instrumentos que permitan trabajar con los stakeholders desde el inicio del proyecto, logrando su mayor colaboración y definiendo un marco de negociación para la resolución de conflictos que se pudieran presentar. e) Levantar información para la construcción de una visión regional/local compartida sobre la base de la participación de los actores estratégicos y ciudadanía en el proceso de ejecución del estudio. f) Conocer las percepciones, demandas y aspiraciones (desarrollo económico y fomento productivo; calidad de vida) de la sociedad civil en torno al tema y sus consecuencias. g) Desarrollar y validar ante los actores relevantes una alternativa de diseño político-electoral, administrativo-institucional y fiscal de una nueva Región de Aconcagua, cuantificando y caracterizando los requerimientos para implementarla y proponiendo las soluciones para resolver los nudos críticos, obstáculos y dificultades. 4.5 Identificar, cuantificar y caracterizar los requerimientos financiero-presupuestarios (costos de instalación y rediseños presupuestarios regionales y nacionales), institucionales, de dotación de personal, de elección de autoridades y delimitación de circunscripciones electorales, a tener en cuenta ante la eventual creación de la región de Aconcagua. a) Describir las fuentes de ingresos y de gastos más importantes de cada nivel en la eventual región y construir perfiles de presupuestos en función de las estructuras de ingresos y gastos y su evolución en el tiempo. b) Realizar un análisis comparativo sobre la condición financiera y los costos en la provisión de bienes y servicios públicos y de su gestión interna, bajo el escenario de la actual región y los posibles escenarios de división regional. Búsqueda de patrones de similaridad y disimilaridad. Analizar impactos a nivel de las comunas. c) Levantar la distribución del FNDR en los últimos 10 años, por zonas, sectores, etc. y del resto de la inversión pública y privada, esto con datos para la Región de Valparaíso, pero específicamente centrado en lo que le ha correspondido a las provincias en estudio. d) Determinar los costos físicos, humanos y materiales que implica la creación de la nueva región, tanto para el proceso de instalación como en régimen, como por ejemplo la cantidad de cargos a ser llenados; la infraestructura y equipamiento necesario; etc. e) Evaluar los posibles rediseños organizacionales y administrativos; presupuestarios (tanto regionales como nacionales); institucionales; de recursos humanos; de servicios públicos que debieran abordarse. Identificar los costos asociados. 5. PRODUCTOS. En el desarrollo del estudio, el adjudicatario deberá entregar a la Contraparte Técnica, sin excepción y dentro de los plazos establecidos para ello, los siguientes productos: • Informes de avance e Informe final conteniendo la “Línea base para evaluación de factibilidad de creación de la Región de Aconcagua, consideraciones y propuestas para determinar su pertinencia”. • Informe panel de expertos: conclusiones y recomendaciones • Informe Focus Group: principales resultados y conclusiones • Entrevistas a actores claves: tabulación y análisis de los resultados de las entrevistas. • Mapa y base de datos de los Actores Relevantes (stakeholders) y análisis fundamentado de sus posiciones, intereses y poder para influir en la creación o no, de la eventual región de Aconcagua. 6. INFORMES, CONTENIDOS, PLAZOS DE ENTREGA Y PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN Se deberá hacer entrega a la Contraparte Técnica, sin excepción y dentro de los plazos establecidos para ello, el “Informe 0” (Propuesta técnica ajustada); tres (3) informes de avances, además de un informe final, todos ellos en formato impreso (anillado) y digital (Word) en la Oficina de Partes de SUBDERE, ubicada en calle Teatinos 92, 2° Piso, Santiago, de Lunes a Viernes entre 9:00 y 16:00 horas. La Contraparte Técnica de SUBDERE tendrá a su cargo la aprobación de dichos informes, previa visación y entrega del acta de aprobación por parte de las jefaturas respectivas. a) Informe 0: Propuesta Técnica Ajustada Informe que deberá considerar los acuerdos específicos con la contraparte técnica, que complementarán o detallarán aquellos aspectos que no hayan sido suficientemente establecidos en la Propuesta Técnica presentada por el adjudicatario. Este informe se elaborará una vez que se haya realizado una reunión de ajuste metodológico entre el oferente adjudicado y la contraparte técnica. El informe deberá ser entregado en un plazo máximo de 10 (diez) días corridos, a contar del día hábil siguiente de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. El contenido mínimo de este informe es el siguiente: • Propuesta Técnica Ajustada. Debe incluir metas intermedias que den cuenta del avance de cada producto y carta Gantt definitiva. • Definición de un encargado único de contacto con la contraparte técnica. • Detalle de la aplicación de instrumentos de levantamiento de información primaria (Focus Group y entrevistas a actores claves). b) Informe de avance N°1: Deberá incluir todas las actividades señaladas en el numeral 4.1, que permitan cumplir el objetivo específico N°1. El informe deberá ser entregado en un plazo máximo de 60 (sesenta) días corridos, a contar del día hábil siguiente de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. c) Informe de avance N°2: Deberá incluir todas las actividades señaladas en los numerales 4.2 y 4.3, que permitan cumplir los objetivos específicos N°2 y N°3. El informe deberá ser entregado a los 120 (ciento veinte) días corridos, a contar del día hábil siguiente de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. d) Informe de avance N° 3: Deberá incluir todas las actividades señaladas en los numerales 4.4, 4.5, que permitan cumplir con los objetivos específicos de la consultoría. El informe deberá ser entregado como plazo máximo a los 180 (ciento ochenta) días corridos, a contar del día hábil siguiente de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. e) Informe final. Los productos de cierre que el adjudicatario deberá entregar al día 210 corrido, a contar del día hábil siguiente de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios, a la Contraparte Técnica, deberá contener sin excepción, los siguientes documentos: i. Taller de presentación de resultados y conclusiones. • Se debe realizar al menos un taller en las dependencias de la SUBDERE, cuya fecha será acordada con la Contraparte Técnica. Estos talleres deberán considerar un medio de apoyo audiovisual (Power Point, por ejemplo). Se deberá entregar un informe en el que se explique la metodología y se presenten los principales resultados del taller, los que eventualmente serán incluidos en el informe final. ii. Dossier que contenga los siguientes productos: • Resumen ejecutivo del estudio en tres copias color en soporte papel (anillado o empastado) y 3 copias en formato digital en WORD (CD o Pendrive). • Informe Final del Estudio, en tres copias color en soporte papel (anillado o empastado e incluyendo numeración de páginas e índice), y 3 en formato digital (documento Word). • Copia digital del Taller de Presentación de Resultados y sus Conclusiones. El plazo máximo de ejecución de esta consultoría es de 210 días corridos, e incluye las revisiones y aprobaciones de los tres (3) informes de avance y del informe final que contempla la consultoría. El plazo para la revisión de los informes será de un máximo de quince (15) días corridos contados desde su recepción en la Oficina de Partes de la SUBDERE, debiendo el/la contratista corregir y/o subsanar las observaciones en el mismo plazo máximo de quince (15) días corridos contados desde la fecha en que se comuniquen las observaciones. Una vez remitidos los informes corregidos a la SUBDERE, ésta emitirá una certificación de aprobación técnica si existiera conformidad con el producto entregado, y procederá a la tramitación del pago parcial asociado al producto, de corresponder. Si en dicha instancia el/la contratista no hubiere subsanado o corregido total o parcialmente las observaciones formuladas por la SUBDERE a conformidad de la misma, ésta le otorgará una segunda oportunidad para adecuar el informe a lo requerido, para lo cual aquel/aquella contará con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde que se le comunique por escrito este primer rechazo. Si el/la contratista cumple con lo ordenado por la SUBDERE, ésta emitirá el respectivo certificado de aprobación técnica y procederá a la tramitación del pago parcial asociado al producto, de corresponder. En caso contrario y por tercera y última vez, SUBDERE concederá al contratista un plazo fatal de 5 días hábiles para allanarse a lo observado, contado desde que se comunique por escrito al contratista este segundo rechazo. De no presentarse el informe con las debidas adecuaciones luego del segundo rechazo del mismo, la SUBDERE aplicará una multa equivalente al 3% del valor total de contrato, sin perjuicio de las multas que por atraso correspondan concluido el proceso de revisión y/o las instancias de corrección posterior. En el evento de que el atraso en la presentación de informes supere los diez días hábiles, la SUBDERE podrá poner término unilateralmente al contrato. Si alguno de los plazos anteriores se cumple en día sábado, domingo o festivo, se entenderá que el respectivo informe puede ser presentado al día hábil siguiente. Los plazos de revisión de informes no suspenden ni interrumpen el plazo de ejecución de la consultoría, y en ningún caso modifican los plazos de entrega de los productos. 7. PERFIL DE LOS OFERENTES El proponente deberá contar con un equipo profesional multidisciplinario con experiencia en la elaboración de estudios territoriales en base a información cuantitativa y cualitativa, y en la investigación y el análisis del desarrollo regional, municipal y local. Para efectos de garantizar el cumplimiento de los requisitos indicados, se solicita demostrar la experiencia del organismo proponente, así como de los profesionales del equipo que ejecutaría el presente estudio, particularmente, en trabajos relacionados con el objeto de la presente convocatoria (a través del currículum del oferente u otras formas de presentación). Asimismo, deberá señalar el año de constitución y las actividades desarrolladas en las mismas materias y/o relacionadas durante los 10 últimos años. Se solicita además, especificar mediante organigrama la forma de organización de los equipos para desarrollar el trabajo y las horas de dedicación de cada profesional a las actividades del proyecto. 8. DURACIÓN DE LA CONSULTORÍA. El desarrollo total de la consultoría objeto de esta licitación deberá efectuarse en un máximo de doscientos diez (210) días corridos, a partir del día hábil siguiente a la fecha en que quede totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. 9. PROPIEDAD INTELECTUAL. El Consultor, como los profesionales que formen parte de su equipo de trabajo, concederá a la SUBDERE la facultad de utilizar, directa y personalmente, el estudio contratado, informes y en general cualquier otro documento preparado para la consultoría objeto de estas Bases Técnicas. Asimismo, otorgarán a la SUBDERE la facultad de transferir, total o parcialmente, sus derechos sobre él y de autorizar su utilización por terceros. Lo anterior comprenderá los derechos de publicación, reproducción, adaptación, ejecución y distribución al público de la obra individual, colectiva o en colaboración, fruto de esta contratación, en o por cualquier medio de comunicación, por un período no inferior a diez años contados desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato objeto de esta licitación, sin limitación de reproducciones, tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Esta autorización no reconocerá mayores derechos que los explicitados, salvo los inherentes a la naturaleza misma de la obra. La remuneración correspondiente a los derechos de propiedad intelectual se comprenderá en el monto final contratado, y su forma de pago se determinará de acuerdo a lo establecido en el punto 14 del acápite V siguiente. Asimismo, el Contratista velará porque el personal de su dependencia y aquel que contrate y se vincule a este contrato, dé cumplimiento a lo establecido precedentemente. La emisión de una propuesta presupone que el Contratista ha informado a sus dependientes y colaboradores de los términos aquí descritos. La firma contratada podrá conservar copia de los respectivos documentos. 10. CONFIDENCIALIDAD. El consultor, salvo autorización expresa de la SUBDERE, disposición legal expresa o requerimiento judicial, no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de esta consultoría, la documentación, antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución de este contrato, o de cualquier actividad relacionada al mismo. Esta obligación es aplicable a todo el personal que labore bajo las órdenes del Contratista como para su propia persona. En consecuencia, la responsabilidad del Contratista será, en caso de vulneración de la confidencialidad, solidaria respecto de sus administradores, representantes, empleados, consultores o subcontratistas. El/la contratista debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la SUBDERE el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes y sin perjuicio de lo que establece la Ley Nº 20.285 sobre transparencia y acceso a la información pública. 11. CESIÓN DE CONTRATO. El consultor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, salvo autorización expresa por parte de SUBDERE. 12. CONTRAPARTE TÉCNICA. La Contraparte Técnica de SUBDERE estará conformada por funcionarios de la Unidad de Estudios, Departamento de Estudios y Evaluación, División de Políticas y Estudios, SUBDERE, la que se relacionará con el administrador del contrato por parte del/la adjudicatario/a y que ejercerá las siguientes funciones: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato. b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. c) Otorgar aprobación técnica y recepción conforme de los servicios contratados dando curso a la tramitación de pagos y aplicación de sanciones, previa emisión de informe técnico cuando se le requiera. Lo anterior, sin perjuicio de las funciones y responsabilidades del administrador del contrato establecidas en el numeral 20 del Artículo 11º del Manual de Adquisiciones de SUBDERE, aprobado mediante Resolución Exenta Nº 8979 de 03 de julio de 2013 de ésta Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. 13. PRESUPUESTO ESTIMADO Las propuestas económicas que se presenten en esta licitación deberá expresarse en pesos chilenos y no podrán exceder los $75.000.000.- (setenta y cinco millones de pesos), impuestos incluidos, por la totalidad del estudio licitado. El contrato asociado a los servicios requeridos es a suma alzada, por lo tanto debe contemplar el valor total, incluidos impuestos y todo otro costo directo o indirecto, previsible o imprevisible. V. BASES ADMINISTRATIVAS: “ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”. 1. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. Las propuestas se presentarán EXCLUSIVAMENTE a través del Sistema Electrónico de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, mediante formularios separados que contendrán: 1.1. Oferta Técnica.- Deberá cumplir con todas las exigencias y especificaciones señaladas en las Bases o Especificaciones Técnicas referidas en el acápite IV de estas bases. Además, el oferente deberá acompañar, a través del portal, la siguiente información para su evaluación: a) Formulario de Identificación del Proponente (Anexo Nº 1). b) Declaración Jurada Simple de idoneidad para contratar con el Estado (Anexo Nº 2) Si fuere el caso, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá firmar esta declaración y en el caso de afectar una causal de inhabilidad a alguno de ellos, la Unión Temporal deberá decidir si continua con el resto de los integrantes no inhábiles o si se desiste de participar en el proceso de contratación. c) Declaración Jurada Simple Pacto de Integridad (Anexo Nº 3). d) Descripción detallada de la propuesta (Plan de Trabajo) (Anexo Nº 4). e) Experiencias del Proponente en el Área Relacionada (Anexo Nº 5). Referencias demostrables acerca de su experiencia en proyectos similares que hayan desarrollado, nómina de contratos suscritos para la presentación de servicios similares a los solicitados en esta licitación con otras empresas y/o servicios públicos. f) Experiencia de los profesionales del Equipo y del jefe de Proyecto, según los parámetros establecidos en el formulario de experiencia adjunto. (Anexo Nº 6). g) Declaración Jurada Simple (Anexo Nº 7). 1.2 Oferta Económica: El proponente deberá ofertar por el valor total de lo requerido en esta licitación (IVA incluido), de acuerdo al Anexo Nº 8, Oferta Económica. Todos los precios deben ser expresados en pesos, en valores netos y totales. Las propuestas que superen el monto estimado establecido en el punto 13 del acápite IV, serán rechazadas al momento de la liberación electrónica de las ofertas y luego declaradas inadmisibles. Los oferentes deberán considerar y detallar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, derechos e impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. 1.3. El oferente que no presente todos los antecedentes referidos en los numerales anteriores, no cumplirá con los requisitos mínimos solicitados en las bases de licitación, por lo que se propondrá la declaración de inadmisibilidad de su oferta y su propuesta no será examinada por la comisión evaluadora, salvo que legalmente proceda aplicar la letra b) del párrafo 9.4 de este Punto V. Los archivos adjuntos deberán ser tipo pdf, word, excel o jpg. 2. IDIOMA. El idioma oficial de la propuesta es el español. En consecuencia, toda la documentación y antecedentes exigidos deberán estar escritos en ese idioma con la sola excepción de las palabras técnicas que comúnmente se utilizan en un idioma diverso. 3. DOCUMENTOS LEGALES. 3.1. TODOS LOS OFERENTES deberán entregar, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, ubicada en calle Teatinos 92, 2° Piso, comuna de Santiago, dentro del período de recepción de ofertas y hasta el plazo máximo que señala el Cronograma, una Garantía de Seriedad de la Oferta, en los términos establecidos en el punto 15.1 de este acápite V. En el anverso de dicho sobre se indicará lo siguiente: • Nombre del oferente: Nombre del oferente y firma del o sus representantes legales. • Nombre de la contratación: “ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”. • Requirente-solicitante: Departamento de Estudios y Evaluación – División de Políticas y Estudios- Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. El receptor de la Oficina de Partes procederá a registrar el ingreso del sobre estampando en su anverso el día y hora de su recepción; será responsabilidad exclusiva de la persona que entrega el sobre, verificar que esta diligencia sea cumplida. 3.2. El OFERENTE INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl deberá indicarlo a la SUBDERE en su oferta técnica. Además, deberá señalar cuáles son sus Documentos Acreditados disponibles en su Ficha Electrónica Única para que sean revisados en el portal. No obstante lo anterior, la Fiscalía de la SUBDERE se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, documentación legal en soporte material. Lo mismo ocurrirá en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento, correspondiendo al Fiscal de la SUBDERE pronunciarse sobre la materia. 3.3. EL OFERENTE NO INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl y que se ubique en el primer lugar del ranking luego de la evaluación de las ofertas, deberá acompañar, en el plazo de 2 días hábiles desde la adjudicación, un sobre sellado con los siguientes documentos: a) Fotocopia autorizada del RUT del oferente. b) Fotocopia autorizada de la cédula de identidad del/los representantes legales del oferente. c) Certificado de vigencia de la sociedad y anotaciones marginales o certificado de vigencia con nómina de directorio, de fecha no anterior a 10 días, según corresponda, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o Certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659. d) Copia legalizada de: i. La escritura pública de constitución de la sociedad o Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659; ii. Extracto de constitución de la sociedad (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); iii. La inscripción del extracto de constitución de la sociedad; (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); iv. La publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución de la sociedad (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); v. La o las escrituras públicas de modificación de la sociedad con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron; (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); vi. Certificado de anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659; vii. El poder vigente del representante legal, si no estuviere acreditado en los documentos anteriores; y viii. En el caso de personas jurídicas sin fines de lucro, se deberá acompañar copia autorizada del acta de constitución y estatutos. Tratándose de universidades estatales o universidades privadas reconocidas por el Estado de Chile, bastará que se adjunte el estatuto correspondiente actualizado y copia del decreto de nombramiento del rector o, en su caso, del decano respectivo o persona con poder suficiente para actuar en representación de la Universidad. En este último caso, además, deberá adjuntarse el instrumento en que conste la capacidad del decano o persona con poder para firmar el contrato respectivo en nombre de la universidad, escuela o departamento según corresponda, si no constare en los estatutos. e) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de la Dirección del Trabajo. f) Certificado de Deuda de la Tesorería General de la República. Las personas naturales sólo deberán acompañar los documentos indicados en las letras b), e) y f) anteriores. 3.4 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES. Si dos o más proveedores se unen para efecto de participar en este proceso de licitación, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad, entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con esta entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En las adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de dicha forma. Cuando la contratación sea igual o superior a 1000 UTM, tal representante deberá acompañar escritura pública en la que conste la unión temporal, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. En todo caso, la vigencia de dicho acuerdo no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación si fuere el caso. La inscripción en el Registro de Proveedores de la Unión Temporal se regirá por lo establecido en los numerales 3.2 y 3.3 precedentes. 4. CONSULTAS Y ACLARACIONES. 4.1 Los proponentes, antes del plazo final de presentación de ofertas, tendrán un plazo común, que se encuentra establecido en el Cronograma de estas Bases (Acápite III), para formular todas las consultas o aclaraciones relacionadas con la presente licitación. Las consultas se efectuarán solamente vía portal www.mercadopublico.cl. 4.2 Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sistema de información, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados. 4.3 Todas las respuestas a las consultas o aclaraciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl el día que establece el cronograma de la licitación (acápite III de las presentes bases). Las respuestas serán entendidas como interpretación de la SUBDERE a las presentes Bases en aquellos aspectos consultados. 5. MODIFICACIÓN A LAS BASES. Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa de la SUBDERE o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y entrarán en vigencia desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 6. VALIDEZ DE LA OFERTA. Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la SUBDERE podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. 7. RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS. 7.1. Las ofertas o propuestas técnicas y económicas se recibirán hasta el día y hora señalada en el Cronograma (Acápite III de estas bases), EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl. Sólo serán consideradas aquellas ofertas que hubieren sido presentadas dentro de dicho plazo, en consecuencia, expirado dicho período no se admitirá propuesta alguna, salvo cuando la Dirección de Compra emita certificado de indisponibilidad técnica del sistema de información y se solicite dicha ratificación dentro de las 24 horas siguientes al cierre de recepción de ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información. Lo anterior, sin perjuicio de haberse dado oportuno cumplimiento a la entrega de la garantía de seriedad de la oferta de acuerdo al punto 3. “Documentos Legales”, dentro de los plazos que se establecen. 7.2. Los oferentes no podrán hacer modificaciones en sus propuestas una vez presentadas. Tampoco podrán retirarlas y si lo hacen se hará efectiva la garantía de seriedad de la Oferta. 8. LIBERACIÓN ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS. 8.1. El funcionario encargado de Adquisiciones, el día y hora señalado en el Cronograma, realizará el cierre electrónico y liberación de las ofertas técnicas y económicas presentadas, con la presencia de la Comisión de Evaluación de ofertas. 8.2. A la Comisión de Evaluación de Ofertas, en este acto de apertura, le corresponderá lo siguiente: a) Proponer se declare desierta la licitación en caso de comprobar que no se presentaron ofertas. b) Proponer se declaren inadmisibles aquellas ofertas que se encuentren en la siguiente situación: i. Aquellas cuyas garantías de seriedad y/o Declaración Jurada Simple (Anexo Nº 2) no hubieren sido presentadas, o se presentaron fuera del plazo establecido en el cronograma de las bases o en el caso que ellas se encuentren incorrectamente extendidas. ii. Aquellas que no hayan acompañado la oferta técnica o económica en las condiciones señaladas en el acápite IV de las Especificaciones Técnicas. iii) Aquellas propuestas que hayan presentado los Anexos sin firmar y/o en un formato distinto al publicado por la SUBDERE. En todos estos casos, no resultará aplicable lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. 9.1. La evaluación de todas las “Ofertas Técnicas” y “Ofertas Económicas” presentadas, será realizada por la Comisión Evaluadora, la que estará integrada por el siguiente personal de la SUBDERE: TITULARES • Víctor Leiva Romero, C.I. 6.308.041-1, Jefe del Departamento de Estudios y Evaluación. • Paulina Wilson Traub, C.I. 13.548.996-4, Profesional del Departamento de Estudios y Evaluación. • Constanza Viejo Bolbarán, C.I. 13.020.782-0, Profesional del Departamento de Estudios y Evaluación SUPLENTES • Roberto Gillet Bebin, C.I. 6.779.717-5, Profesional del Departamento de Estudios y Evaluación. • Luciano Ortiz Cabrera, C.I. 10.760.051-5, Profesional del Departamento de Estudios y Evaluación. • Mario Lira Damm, C.I. 15.446.929-k, Profesional del Departamento de Estudios y Evaluación. 9.2. Los suplentes pasarán a integrar la Comisión Evaluadora, en el orden indicado, siempre que algún miembro titular esté inhabilitado o impedido para participar por cualquier causa legal. 9.3 Presidirá esta Comisión la persona de más alto rango que la integre y en el caso que existan dos personas en la misma situación, lo hará aquella que acredite mayor antigüedad. Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación, deberán abstenerse de participar en los procedimientos de contratación regulados por dichos cuerpos normativos cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, Nº 6, de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 9.4. Serán funciones de la Comisión Evaluadora una vez concluida la liberación electrónica de las ofertas, las siguientes: a) Evaluar los antecedentes que constituyen la oferta (técnica y económica) de los proveedores y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en el acápite IV de estas Bases. b) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectadas durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40º del reglamento de la Ley 19.886, de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información. Conforme al mismo artículo 40° citado, se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para su presentación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. La Comisión Evaluadora concederá el plazo fatal de dos días hábiles y fatales, contado desde la notificación en el sistema de información del respectivo requerimiento, para la corrección de estos errores u omisiones y para responder a lo solicitado por la Comisión o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. SUBDERE no considerará las respuestas o antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. c) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el numeral siguiente. 9.5. La comisión evaluadora analizará las Propuestas Técnicas y las Ofertas Económicas presentadas por cada oferente, en el plazo establecido en las presentes bases y tendrá en cuenta los criterios y pautas establecidos en este documento para la adjudicación. Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión Evaluadora podrá requerir a los proponentes aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación y no podrá mantener contacto con ningún oferente que no hubiere sido previsto en las presentes bases, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 39 del D.S. 250, de 2004, de Hacienda. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las bases de la licitación, ni la esencia de la oferta, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes. La comisión evaluará las propuestas sobre la base de su adecuación a las Bases Técnicas, aplicando los factores y sub-factores de evaluación y el mecanismo de asignación de puntaje especificado a continuación: CRITERIO DE EVALUACIÓN PUNTAJES PONDERACIÓN (%) Oferta Técnica 0 a 100 75% Oferta Económica 0 a 100 20% Criterio de Sustentabilidad o de alto impacto 0 a 100 3% Cumplimiento requisitos formales de presentación de la oferta. 0 a 100 2% El puntaje mínimo corresponde a 0 (cero) y el máximo a 100 (cien). El 0 (cero) corresponde al puntaje que se otorga en el caso de que el oferente no presente información o, no la acredite o, presente el elemento de menor evaluación en la escala de valoración del factor. I.- Oferta Técnica (75% del total de la Oferta). La Subsecretaría, a través de la Comisión constituida al efecto, evaluará la calidad de la oferta técnica, de acuerdo a los siguientes subfactores: Subfactores de Evaluación Oferta Técnica Puntaje Subfactor 1.1: Experiencia del proponente 0 -15 Subfactor 1.2: Experiencia profesional del equipo de trabajo 0 - 20 Subfactor 1.3: Metodología 0 - 60 Subfactor 1.4: Organización del trabajo 0 - 5 Total Oferta Técnica 100 A continuación se detalla la evaluación para cada uno de los subfactores establecidos en la tabla anterior: Subfactor 1.1: Experiencia del Proponente (15 puntos). Se evaluará comparativamente al oferente , en relación a la cantidad de estudios y/o investigaciones vinculada al área de la consultoría. Para efectos de la evaluación sólo se considerarán los estudios realizados por el proponente en los últimos 10 años, debiendo presentarse la información conforme se señala en el Anexo N° 5 de estas Bases. Para el cálculo de este factor de evaluación se utilizará la siguiente fórmula: Nº de estudios de la oferta evaluada x 100 Nº de estudios del oferente con mayor cantidad de estudios realizados Si a la licitación se presentaran menos de 3 oferentes o, si luego de efectuar el examen de admisibilidad, continuaran a la etapa de evaluación técnico-económica igual o menor cantidad de ofertas, se utilizará la siguiente tabla: Puntaje Escala 15 Presenta 10 o más estudios y/o investigaciones relacionadas con el área de la consultoría 10 Presenta entre 6 a 9 estudios y/o investigaciones relacionadas con el área de la consultoría. 7 Presenta 3 a 5 estudios y/o investigaciones relacionadas con el área de la consultoría 5 Presenta 1 a 2 estudios y/o investigaciones relacionadas con el área de la consultoría 0 No presenta estudios y/o investigaciones relacionadas con el área de la consultoría o no acredita. *Se entenderá por experiencia vinculada al área de la consultoría a: • Experiencia relacionada con estudios territoriales en base a información cuantitativa y cualitativa. • Experiencia relacionada con análisis territorial a escala regional, comunal y local. Subfactor 1.2: Experiencia Profesional del Equipo de Trabajo (20 puntos). Se evaluará comparativamente la experiencia profesional acreditada por el/la jefe/a de proyecto, y de los/las profesionales, en base a lo presentado por cada profesional en el Anexo N° 6. Dentro de este subfactor se considerará la experiencia profesional vinculada al área de la consultoría considerando al menos los siguientes ítems: a) Estudios, consultorías y/o investigaciones; b) Experiencia profesional; c) Publicaciones; y d) Docencia. En el caso del/la jefe/a de proyecto, además se considerará su experiencia en cargos de jefatura. 1.2.1 Experiencia profesional acreditada por el/la jefe/a de proyecto (0-5 puntos). Puntaje Escala 5 Acredita experiencia profesional vinculada al área de la consultoría para todos los ítems, además de 5 o más años en cargos de jefatura. 3 Acredita experiencia profesional vinculada al área de la consultoría para 1 o 2 de los ítems señalados y/o menos de 5 años de experiencia en cargos de jefatura. 0 No acredita experiencia profesional vinculada al área de la consultoría y/o experiencia de jefatura. 1.2.2 Experiencia profesional acreditada por los/las profesionales del equipo de trabajo (0-15 puntos). Se evaluará cada uno de los profesionales del equipo de trabajo considerando la experiencia en estudios, consultorías y/o investigaciones, publicaciones y experiencia académica, vinculadas al área de la consultoría, relevándose especialmente la complementariedad de profesionales. Los oferentes deberán incluir en sus propuestas técnicas la nómina y currículum de todos los profesionales que conformarán el equipo de trabajo, indicando expresamente los antecedentes personales, curriculares, títulos, grados, especializaciones académicas, experiencia previa, referencias de verificación de experiencia, de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 6 de las presentes bases de licitación. Se evaluará a cada uno de los profesionales de acuerdo a la siguiente escala: Puntaje Escala 15 Acredita experiencia profesional vinculada al área de la consultoría con 10 o más años de experiencia. 7 Acredita experiencia profesional vinculada al área de la consultoría con menos de 10 años de experiencia. 0 No acredita experiencia profesional vinculada al área de la consultoría. Subfactor 1.3: Metodología (60 puntos). El puntaje de este subfactor se calculará en base a los parámetros indicados a continuación. Los puntajes asignados a los parámetros responden necesariamente a un juicio cualitativo (no cuantificable) que se basa en el criterio profesional de los miembros de la comisión evaluadora, por lo que el puntaje resultante de cada parámetro y para cada una de las propuestas será debidamente fundamentado por la comisión, en el acta de evaluación de las ofertas. 1.3.1 Coherencia metodológica de la propuesta (0-10 puntos). Se refiere a la consistencia de contenidos entre el marco teórico de la oferta y la propuesta metodológica. Se calificará en tres niveles de puntuación en una escala de apreciación de 0 a 10 puntos, de acuerdo al siguiente detalle: Puntaje Escala 10 La metodología general es consistente con la metodología detallada, presenta un desarrollo metodológico adecuado, con mayor profundidad que el descrito respecto de las bases técnicas, acorde con los objetivos planteados y la problemática del estudio. 5 La metodología general es consistente con la metodología detallada, presenta un desarrollo metodológico adecuado, con similar o inferior profundidad al de las bases técnicas. 0 La metodología general es inconsistente con la metodología detallada y no da cumplimiento a los objetivos de la consultoría. 1.3 Propuesta Metodológica (0-45 puntos). Se evaluará la pertinencia de la propuesta metodológica en relación con la justificación del trabajo, el cumplimiento de los objetivos, productos y los plazos comprometidos en el plan de trabajo y cronograma de actividades del equipo del proyecto. Se evaluará de manera comparativa la calidad de la propuesta metodológica, en función de los siguientes parámetros: 1) Diseño Metodológico: se evaluará de forma individual los elementos señalados a continuación. a) Método de levantamiento de información: se considerará la utilización de fuentes primarias y/o secundarias para el levantamiento de la información, así como la utilización de técnicas cualitativas y cuantitativas de recolección. b) Diseño del/los instrumento/s de levantamiento de información: se considerarán las características de los instrumentos propuestos, contemplando las variables y el tipo de información a recoger, así como el mecanismo propuesto para procesar la información levantada. El diseño debe contemplar la realización de encuestas, entrevistas a actores estratégicos, Focus Group y/o cualquier otro instrumento de levantamiento de información que permita evaluar la sustentabilidad y pertinencia técnico-política de crear una nueva región con los territorios de las provincias de San Felipe, Los Andes, Quillota y Petorca. 2) Número de entrevistas, Focus Group y/o encuestas: se analizarán comparativamente, el número de entrevistas, Focus Group y encuestas que el consultor proponga para cumplir con los objetivos del estudio. 1.3.3. Metodología Parámetros Puntaje 1) Diseño Metodológico a) Método de levantamiento de información 0-15 0-35 b) Diseño instrumento/s de levantamiento de información 0-20 2) Número de entrevistas, Focus Group y encuestas 0-10 1.3.3 Valor Agregado a la propuesta (0-5 puntos) Se evaluará la incorporación de actividades, contenidos, insumos y/o cualquier otro punto que sea propuesto y no fue señalado dentro de los requisitos mínimos para la realización de la Consultoría, pero que enriquezca el trabajo propuesto. La evaluación de este subfactor será: Puntaje Escala 5 Si señala la incorporación de valor agregado a la propuesta. 0 No señala la incorporación de valor agregado a la propuesta Subfactor 1.4: Organización del trabajo (5 puntos). Se evaluará comparativamente la organización del trabajo a ejecutar, en función de los siguientes parámetros: 1) Complementariedad y organización de todo el equipo de trabajo. Se deben incluir los roles, los responsables de cada rol y la definición de las funciones genéricas de todos los roles del equipo de trabajo. 2) Cronograma de trabajo: se debe incluir todas las actividades e hitos principales del desarrollo del estudio; los tiempos programados deben ser factibles de realizar y estar de acuerdo con los plazos estipulados en las bases de licitación; se deben detallar riesgos, factores críticos y mecanismos de control e información a la Contraparte Técnica, que faciliten el seguimiento y control de avance y aseguren el resultado del estudio; proponer reuniones con la Contraparte Técnica y propuesta de contenidos y fechas de entrega de los informes de avance. Cada uno de los elementos señalados precedentemente, será valorado con un puntaje según la escala señalada en la tabla siguiente. Puntaje Escala 5 El equipo de trabajo propuesto presenta complementariedad y se establece de manera clara los roles y funciones. Se entrega el cronograma de trabajo, el que presenta actividades e hitos coherentes para el cumplimiento de los objetivos y actividades de la consultoría. Se detallan riesgos, factores críticos y mecanismos de control. 3 El equipo de trabajo propuesto no presenta complementariedad y/o no se establece de manera clara los roles y funciones. El cronograma de trabajo presenta algunas inconsistencias con los plazos, actividades e hitos para el cumplimiento de los objetivos y actividades de la consultoría. 0 No se especifican roles ni funciones del equipo de trabajo. El cronograma presenta incoherencias para el cumplimiento de los objetivos y actividades de la consultoría. II. Evaluación de la Oferta Económica (20% del Total de la Oferta) Para realizar la evaluación económica, la Comisión utilizará una escala de 0 a 100 puntos, asignando el puntaje más alto a la oferta económica de menor precio neto. Se deberá incluir el precio neto expresado en pesos chilenos. Los siguientes puntajes se asignarán en función de la relación entre cada oferta y el valor de la menor oferta económica, de acuerdo a la siguiente fórmula: PE = 100*(PM/ PP) Dónde: PE= puntaje de la oferta económica PM= precio neto más bajo, y PP= precio neto de la oferta económica en consideración. Asimismo, cuando corresponda, los consultores deberán especificar claramente que impuestos afectan el monto neto ofertado y qué tasa deberá aplicarse sobre el mismo. III. Evaluación Criterio de Sustentabilidad o de Alto Impacto (3% del total de la Oferta). El puntaje se asignará de la siguiente forma: Criterio Puntaje Si el 60% o más de contratos de trabajo de su organización son indefinidos. 100 Si más del 30% pero menos del 60% de los contratos de trabajo de su organización son indefinidos. 60 Si el 30% o menos de los contratos de trabajo de su organización son indefinidos. 0 IV. Evaluación Cumplimiento oportuno de los requisitos formales de presentación de la oferta (2% del total de la Oferta). Criterio Puntaje El oferente cumple con todos los requisitos formales de presentación de la oferta oportunamente 100 El oferente no cumple con todos los requisitos formales de presentación de la oferta oportunamente 0 No obstante lo expuesto, la no presentación de un antecedente exigido en estas Bases podrá acarrear la inadmisibilidad de una propuesta, cuando así se hubiese establecido expresamente. En tal caso, no se aplicará la puntuación precedente y se aplicará la respectiva sanción. 9.6 Es necesario precisar a todas las empresas, profesionales consultores o instituciones postulantes a la presente licitación que: a) Sólo calificarán y serán consideradas para evaluar económicamente, las propuestas que hayan obtenido un puntaje satisfactorio igual o mayor a 50 puntos sobre el máximo posible de obtener en la evaluación de la propuesta técnica. b) El oferente que alcance el mayor puntaje total ponderado (Puntaje Oferta Técnica que corresponde al 0.75 + Oferta Económica que corresponde al 0.20 + Cumplimiento Oportuno de los requisitos de presentación formal de la oferta 0.02 + Sustentabilidad o alto impacto social que corresponde 0.03), igual o superior al puntaje mínimo requerido, será seleccionado como adjudicatario en la presente licitación. c) En caso de producirse empate entre los puntajes obtenidos de dos o más oferentes, se atenderá a la oferta económica más conveniente, y, de persistir la igualdad, se tomará en especial consideración el puntaje obtenido en los siguientes factores de evaluación de la propuesta técnica en el orden de prelación que se indica: c.1. Metodología c.2. Experiencia del equipo de trabajo c.3. Experiencia del oferente 9.7 Cualquier error de concordancia de la presente Pauta de Evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora de la Licitación, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad en los criterios de evaluación. 10. ADJUDICACIÓN. 10.1. La adjudicación de la oferta se resolverá dentro del plazo estimado que establece el Cronograma de esta licitación y previo haberse certificado por algún abogado de Fiscalía, la idoneidad de los antecedentes legales presentados por los oferentes que se hayan ubicado en el primer lugar del ranking de acuerdo con lo señalado por la Comisión Evaluadora. 10.2. La SUBDERE adjudicará la licitación mediante resolución fundada a aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones y lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación de la Resolución respectiva en el sitio www.mercadopublico.cl. 10.3. Conforme a lo prescrito por el artículo 9º de la Ley Nº 19.886, la SUBDERE podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentas bases; declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea la de menor costo, siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en estas bases. 10.4. La SUBDERE podrá, en caso de que el adjudicatario se desista de su oferta, no entregue los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firme o se rehúse a suscribir el contrato o no se inscriba en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, dejar sin efecto su adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, hasta que no existan oferentes calificados a los cuales adjudicar, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. 10.5. Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza. 10.6. Si dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de liberación de las ofertas no se hubiera resuelto ni comunicado la adjudicación a ningún oferente, la SUBDERE podrá prorrogar el plazo para adjudicar hasta en 10 días hábiles cuando el retardo tenga justificación suficiente en antecedentes técnicos durante la evaluación, circunstancia que será notificada oportunamente a través del sistema de información. 10.7 Dentro de los tres días hábiles contado desde la notificación de la resolución de adjudicación en el sistema de información de compras y contratación pública y antes de la suscripción del contrato, se realizará una Reunión de Acuerdos Técnicos, en la que, precisamente, se resolverán eventuales aspectos técnicos que resulte necesario precisar, adecuar y/o convenir, en el marco de las Bases de Licitación y de la propuesta del oferente. 10.8 En caso que existieren consultas respecto de la adjudicación, los oferentes podrán formularlas a través del Sistema de Información del portal de Mercado Público en un plazo máximo de tres días contados desde la notificación de la resolución respectiva en el sistema de información con copia al siguiente e-mail: adquisiciones@subdere.gov.cl señalando el N° ID de la licitación en el asunto. Las consultas serán resueltas por el administrador del contrato en un plazo de tres días hábiles. 11. CONTRATO. 11.1. Previa o simultáneamente a la suscripción del contrato, el/la contratista deberá hacer entrega de una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del mismo. 11.2. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no lo firmare en el plazo de diez días hábiles contados desde la fecha en que haya sido puesto a su disposición por cualquier medio escrito con prueba de recepción o no cumpliere con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del mismo, la SUBDERE podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, aceptar y adjudicar la segunda oferta mejor evaluada y así sucesivamente hasta que no existan oferentes calificados a los cuales adjudicar, según el Informe de la Comisión de Evaluación, o declarar desierta la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Lo anterior se entiende sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. 11.3. El contrato entrará en vigencia a contar del día hábil siguiente de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y expirará una vez entregado y aprobado técnicamente el informe final y sus respectivos productos asociados, efectuándose el último pago, a menos que subsistan obligaciones pendientes. Al comenzar la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá acreditar, mediante una declaración jurada, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta declaración deberá ser presentada cada seis meses de vigencia del contrato. Sin perjuicio de ello, SUBDERE también podrá solicitar al contratista, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. 11.4. Las partes podrán, de común acuerdo, modificar los términos del contrato, solo por causa justificada. La modificación será aprobada por el acto administrativo correspondiente y regirá a contar de su total tramitación. 12. TÉRMINO ANTICIPADO Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 12.1 La SUBDERE podrá poner término anticipado o modificar el contrato, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas en relación con el artículo 77 de su reglamento, a saber: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes; 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista; entendiendo por ello la no ejecución o la ejecución parcial por parte del contratista de las obligaciones correspondientes al suministro de los servicios y/o productos, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a SUBDERE un perjuicio significativo. No obstante lo anterior, se considerarán causales de incumplimiento grave las siguientes: 2.1 Dos o más retardos en la entrega de cualquiera de los productos ofertados en la propuesta y/o el retardo superior a 10 días hábiles en la prestación del servicio requerido y/o en la entrega de los productos asociados a cada una de las etapas de ejecución; 2.2 Si el contratista no subsana y/o corrige en tiempo, forma y/o fondo cualquiera de los informes requeridos y asociados a un estado de pago, concluido el proceso de revisión de los mismos y/o agotadas las instancias de corrección posterior, luego que la SUBDERE comunique por escrito su rechazo por no adecuación a las observaciones formuladas; 2.3 El reemplazo de cualquiera de los profesionales asignados en la oferta de la licitación sin previa autorización de la contraparte técnica de SUBDERE; y 2.4 Si el/los miembros del equipo de trabajo propuesto/s por el/la consultor/a como reemplazante/s, no cumple/n con el perfil requerido por la contraparte técnica SUBDERE. 3) El estado de notoria insolvencia del contratista de conformidad a lo que establece la Ley 20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una “Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas”, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 6) Por fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificado por SUBDERE. 7) Por disolución de la persona natural o jurídica que represente al o a la contratista; por incumplimiento del contratista de su obligación de caucionar el fiel cumplimiento del contrato durante toda su vigencia y/o renovación y por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases (aplicable para licitaciones de servicios y cuando sea pertinente) La modificación y el término anticipado del contrato definitivo será aprobada por decreto o resolución fundada y regirá luego de las 24 horas transcurridas de publicado el acto o resolución en el sistema de información, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 en relación con el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Compras y Contratación Pública. En todo caso, las modificaciones no podrán aumentar el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado, ni alterar la naturaleza del objeto de éste. 12.2. Lo anterior, se entiende sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 12.3. En el caso de término anticipado del contrato, la garantía de fiel cumplimiento será cobrada sólo en aquellos casos en que no proceda pedir el cumplimiento forzado del mismo y será devuelta a contar del día en que quede totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe aquella decisión o, en su caso, en el momento que haya indicado el instrumento de término respectivo y no existan obligaciones pendientes. 13. MULTAS 13.1. El/la contratista quedará afecto/a a la aplicación de una multa igual al 1,0% del valor total del contrato si se atrasa en la entrega de los Informes a que se refiere el numeral 6 del acápite “IV Bases o Especificaciones Técnicas” o incurre en retardo indebido en la realización de actividades y entrega de productos asociados a la ejecución de la consultoría, considerando los plazos contractuales originalmente pactados o el que se le haya fijado para el proceso de revisión y/o las instancias posteriores de corrección por falta de adecuación a las observaciones formuladas. En todos estos casos, el/la contratista quedará afecta a la multa señalada por cada día de atraso. Sin perjuicio de lo anterior, la demora constituirá causa suficiente para poner término al contrato en el caso que los retardos en la entrega de los informes sean superiores a dos oportunidades y/o cuando el retraso sea superior a diez días hábiles y los productos a entregar asociados a cada una de las etapas de ejecución, salvo que concurra caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado y calificado exclusivamente por SUBDERE. 13.2. La multa correspondiente será rebajada administrativamente por la SUBDERE de la cuota de pago respectivo o bien será cobrada con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo de 30 días contados desde el día hábil siguiente a la fecha de vencimiento del plazo de entrega de los respectivos informes y/o desde que se incurra en el retardo indebido en la realización de actividades y entrega de los productos asociados a cada una de las etapas de ejecución. 13.3 En todo caso, el proponente adjudicado podrá prevenir la aplicación posterior de una multa por la SUBDERE mediante un documento escrito dirigido a la contraparte técnica de la SUBDERE, informando los motivos de su retraso o incumplimiento y solicitando un nuevo plazo, lo cual deberá verificarse dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles con anterioridad al vencimiento de los plazos previstos en el contrato para la entrega de los Informes. La contraparte técnica tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde la recepción del respectivo oficio, para estimar si los descargos hechos valer están debidamente justificadas, las cuales sólo se admitirán en caso de concurrencia de caso fortuito y fuerza mayor, resolviéndose la petición de ampliación de plazo, para cuyo efecto se levantará un informe técnico para la decisión de la Jefatura Superior del Servicio, quien decidirá sobre la procedencia del cobro de la multa o ampliación del plazo por motivo debidamente justificado de caso fortuito y fuerza mayor. 13.4 Para aplicar cualquier multa, la SUBDERE deberá notificar por carta certificada al contratista la resolución que la disponga, y sólo podrá hacerla efectiva una vez que ésta se encuentre ejecutoriada. 13.5 El/la contratista podrá recurrir a las vías de impugnación establecidas en la Ley 19.880 sobre las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado por aplicación de multa. 13.6 Los Tribunales Ordinarios de Justicia resolverán los conflictos que se susciten entre las partes con motivo de la interpretación, aplicación o ejecución del contrato y, para tal efecto, fijarán domicilio en la ciudad de Santiago. 14. PAGOS 14.1 El pago de los servicios de la presente consultoría se hará de acuerdo a la entrega de los informes solicitados en las bases o especificaciones técnicas, en 3 cuotas y bajo la siguiente modalidad: a)Primer pago: Un 20% del valor total del contrato, contra entrega y aprobación por parte de la contraparte técnica de SUBDERE del Informe de Avance Nº 1. b)Segundo pago: Un 20% del valor total del contrato, contra entrega y aprobación por parte de la contraparte técnica de SUBDERE del Informe de Avance Nº 2. c)Tercer pago: Un 30% del valor total del contrato, contra entrega y aprobación por parte de la contraparte técnica de SUBDERE del Informe de Avance Nº 3. c)Cuarto pago Un 40% del valor total del contrato, contra entrega y aprobación por parte de la contraparte técnica de SUBDERE del Informe Final. Sin perjuicio de lo anterior y si el/la contratista lo solicitare, se podrá considerar realizar el pago en una única oportunidad al término del trabajo de la presente consultoría, siempre y cuando se encuentre conforme la entrega de todos los productos referidos precedentemente. 14.2 Cada pago se realizará una vez que se reciba el instrumento tributario respectivo visado por el administrador del contrato titular o suplente. Dicho instrumento deberá presentarse después de que la SUBDERE haya comunicado por escrito al contratista la certificación de aprobación técnica del respectivo informe. Asimismo, toda la documentación debe presentarse exclusivamente en la Oficina de Partes de la SUBDERE, ubicada en calle Teatinos 92, 2° Piso (Horario de Atención Lunes a Viernes de 9 a 16 hrs.), comuna y ciudad de Santiago , anexando copia de la Orden de Compra correspondiente y de la Resolución de Adjudicación y/o Contrato al instrumento tributario. Cada pago se efectuará dentro del plazo máximo de treinta días corridos contados desde la fecha de la correcta presentación de aquellos antecedentes, en la medida que no hayan sido objeto de observación o reparo por parte de la SUBDERE.
Documentos Técnicos
1.- 12. CONTRAPARTE TÉCNICA. La Contraparte Técnica de SUBDERE estará conformada por funcionarios de la Unidad de Estudios, Departamento de Estudios y Evaluación, División de Políticas y Estudios, SUBDERE, la que se relacionará con el administrador del contrato por parte del/la adjudicatario/a y que ejercerá las siguientes funciones: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato. b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. c) Otorgar aprobación técnica y recepción conforme de los servicios contratados dando curso a la tramitación de pagos y aplicación de sanciones, previa emisión de informe técnico cuando se le requiera. Lo anterior, sin perjuicio de las funciones y responsabilidades del administrador del contrato establecidas en el numeral 20 del Artículo 11º del Manual de Adquisiciones de SUBDERE, aprobado mediante Resolución Exenta Nº 8979 de 03 de julio de 2013 de ésta Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. 13. PRESUPUESTO ESTIMADO Las propuestas económicas que se presenten en esta licitación deberá expresarse en pesos chilenos y no podrán exceder los $75.000.000.- (setenta y cinco millones de pesos), impuestos incluidos, por la totalidad del estudio licitado. El contrato asociado a los servicios requeridos es a suma alzada, por lo tanto debe contemplar el valor total, incluidos impuestos y todo otro costo directo o indirecto, previsible o imprevisible. V. BASES ADMINISTRATIVAS: “ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”. 1. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. Las propuestas se presentarán EXCLUSIVAMENTE a través del Sistema Electrónico de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, mediante formularios separados que contendrán: 1.1. Oferta Técnica.- Deberá cumplir con todas las exigencias y especificaciones señaladas en las Bases o Especificaciones Técnicas referidas en el acápite IV de estas bases. Además, el oferente deberá acompañar, a través del portal, la siguiente información para su evaluación: a) Formulario de Identificación del Proponente (Anexo Nº 1). b) Declaración Jurada Simple de idoneidad para contratar con el Estado (Anexo Nº 2) Si fuere el caso, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá firmar esta declaración y en el caso de afectar una causal de inhabilidad a alguno de ellos, la Unión Temporal deberá decidir si continua con el resto de los integrantes no inhábiles o si se desiste de participar en el proceso de contratación. c) Declaración Jurada Simple Pacto de Integridad (Anexo Nº 3). d) Descripción detallada de la propuesta (Plan de Trabajo) (Anexo Nº 4). e) Experiencias del Proponente en el Área Relacionada (Anexo Nº 5). Referencias demostrables acerca de su experiencia en proyectos similares que hayan desarrollado, nómina de contratos suscritos para la presentación de servicios similares a los solicitados en esta licitación con otras empresas y/o servicios públicos. f) Experiencia de los profesionales del Equipo y del jefe de Proyecto, según los parámetros establecidos en el formulario de experiencia adjunto. (Anexo Nº 6). g) Declaración Jurada Simple (Anexo Nº 7). 1.2 Oferta Económica: El proponente deberá ofertar por el valor total de lo requerido en esta licitación (IVA incluido), de acuerdo al Anexo Nº 8, Oferta Económica. Todos los precios deben ser expresados en pesos, en valores netos y totales. Las propuestas que superen el monto estimado establecido en el punto 13 del acápite IV, serán rechazadas al momento de la liberación electrónica de las ofertas y luego declaradas inadmisibles. Los oferentes deberán considerar y detallar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, derechos e impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. 1.3. El oferente que no presente todos los antecedentes referidos en los numerales anteriores, no cumplirá con los requisitos mínimos solicitados en las bases de licitación, por lo que se propondrá la declaración de inadmisibilidad de su oferta y su propuesta no será examinada por la comisión evaluadora, salvo que legalmente proceda aplicar la letra b) del párrafo 9.4 de este Punto V. Los archivos adjuntos deberán ser tipo pdf, word, excel o jpg. 2. IDIOMA. El idioma oficial de la propuesta es el español. En consecuencia, toda la documentación y antecedentes exigidos deberán estar escritos en ese idioma con la sola excepción de las palabras técnicas que comúnmente se utilizan en un idioma diverso. 3. DOCUMENTOS LEGALES. 3.1. TODOS LOS OFERENTES deberán entregar, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, ubicada en calle Teatinos 92, 2° Piso, comuna de Santiago, dentro del período de recepción de ofertas y hasta el plazo máximo que señala el Cronograma, una Garantía de Seriedad de la Oferta, en los términos establecidos en el punto 15.1 de este acápite V. En el anverso de dicho sobre se indicará lo siguiente: • Nombre del oferente: Nombre del oferente y firma del o sus representantes legales. • Nombre de la contratación: “ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”. • Requirente-solicitante: Departamento de Estudios y Evaluación – División de Políticas y Estudios- Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. El receptor de la Oficina de Partes procederá a registrar el ingreso del sobre estampando en su anverso el día y hora de su recepción; será responsabilidad exclusiva de la persona que entrega el sobre, verificar que esta diligencia sea cumplida. 3.2. El OFERENTE INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl deberá indicarlo a la SUBDERE en su oferta técnica. Además, deberá señalar cuáles son sus Documentos Acreditados disponibles en su Ficha Electrónica Única para que sean revisados en el portal. No obstante lo anterior, la Fiscalía de la SUBDERE se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, documentación legal en soporte material. Lo mismo ocurrirá en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento, correspondiendo al Fiscal de la SUBDERE pronunciarse sobre la materia.
 
Documentos Económicos
1.- . PRESUPUESTO ESTIMADO Las propuestas económicas que se presenten en esta licitación deberá expresarse en pesos chilenos y no podrán exceder los $75.000.000.- (setenta y cinco millones de pesos), impuestos incluidos, por la totalidad del estudio licitado. El contrato asociado a los servicios requeridos es a suma alzada, por lo tanto debe contemplar el valor total, incluidos impuestos y todo otro costo directo o indirecto, previsible o imprevisible. V. BASES ADMINISTRATIVAS: “ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”. 1. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. Las propuestas se presentarán EXCLUSIVAMENTE a través del Sistema Electrónico de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, mediante formularios separados que contendrán: 1.1. Oferta Técnica.- Deberá cumplir con todas las exigencias y especificaciones señaladas en las Bases o Especificaciones Técnicas referidas en el acápite IV de estas bases. Además, el oferente deberá acompañar, a través del portal, la siguiente información para su evaluación: a) Formulario de Identificación del Proponente (Anexo Nº 1). b) Declaración Jurada Simple de idoneidad para contratar con el Estado (Anexo Nº 2) Si fuere el caso, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá firmar esta declaración y en el caso de afectar una causal de inhabilidad a alguno de ellos, la Unión Temporal deberá decidir si continua con el resto de los integrantes no inhábiles o si se desiste de participar en el proceso de contratación. c) Declaración Jurada Simple Pacto de Integridad (Anexo Nº 3). d) Descripción detallada de la propuesta (Plan de Trabajo) (Anexo Nº 4). e) Experiencias del Proponente en el Área Relacionada (Anexo Nº 5). Referencias demostrables acerca de su experiencia en proyectos similares que hayan desarrollado, nómina de contratos suscritos para la presentación de servicios similares a los solicitados en esta licitación con otras empresas y/o servicios públicos. f) Experiencia de los profesionales del Equipo y del jefe de Proyecto, según los parámetros establecidos en el formulario de experiencia adjunto. (Anexo Nº 6). g) Declaración Jurada Simple (Anexo Nº 7). 1.2 Oferta Económica: El proponente deberá ofertar por el valor total de lo requerido en esta licitación (IVA incluido), de acuerdo al Anexo Nº 8, Oferta Económica. Todos los precios deben ser expresados en pesos, en valores netos y totales. Las propuestas que superen el monto estimado establecido en el punto 13 del acápite IV, serán rechazadas al momento de la liberación electrónica de las ofertas y luego declaradas inadmisibles. Los oferentes deberán considerar y detallar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, derechos e impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. 1.3. El oferente que no presente todos los antecedentes referidos en los numerales anteriores, no cumplirá con los requisitos mínimos solicitados en las bases de licitación, por lo que se propondrá la declaración de inadmisibilidad de su oferta y su propuesta no será examinada por la comisión evaluadora, salvo que legalmente proceda aplicar la letra b) del párrafo 9.4 de este Punto V. Los archivos adjuntos deberán ser tipo pdf, word, excel o jpg. 2. IDIOMA. El idioma oficial de la propuesta es el español. En consecuencia, toda la documentación y antecedentes exigidos deberán estar escritos en ese idioma con la sola excepción de las palabras técnicas que comúnmente se utilizan en un idioma diverso. 3. DOCUMENTOS LEGALES. 3.1. TODOS LOS OFERENTES deberán entregar, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, ubicada en calle Teatinos 92, 2° Piso, comuna de Santiago, dentro del período de recepción de ofertas y hasta el plazo máximo que señala el Cronograma, una Garantía de Seriedad de la Oferta, en los términos establecidos en el punto 15.1 de este acápite V. En el anverso de dicho sobre se indicará lo siguiente: • Nombre del oferente: Nombre del oferente y firma del o sus representantes legales. • Nombre de la contratación: “ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”. • Requirente-solicitante: Departamento de Estudios y Evaluación – División de Políticas y Estudios- Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. El receptor de la Oficina de Partes procederá a registrar el ingreso del sobre estampando en su anverso el día y hora de su recepción; será responsabilidad exclusiva de la persona que entrega el sobre, verificar que esta diligencia sea cumplida. 3.2. El OFERENTE INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl deberá indicarlo a la SUBDERE en su oferta técnica. Además, deberá señalar cuáles son sus Documentos Acreditados disponibles en su Ficha Electrónica Única para que sean revisados en el portal. No obstante lo anterior, la Fiscalía de la SUBDERE se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, documentación legal en soporte material. Lo mismo ocurrirá en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento, correspondiendo al Fiscal de la SUBDERE pronunciarse sobre la materia.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
No hay información de requisitos para persona natural


Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio CRITERIO DE EVALUACIÓN PUNTAJES PONDERACIÓN (%) Oferta Técnica 0 a 100 75% Oferta Económica 0 a 100 20% Criterio de Sustentabilidad o de alto impacto 0 a 100 3% Cumplimiento requisitos formales de presentación de la oferta. 0 a 100 2% 20%
2 REQUISITOS FORMALES CRITERIO DE EVALUACIÓN PUNTAJES PONDERACIÓN (%) Oferta Técnica 0 a 100 75% Oferta Económica 0 a 100 20% Criterio de Sustentabilidad o de alto impacto 0 a 100 3% Cumplimiento requisitos formales de presentación de la oferta. 0 a 100 2% 2%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios CRITERIO DE EVALUACIÓN PUNTAJES PONDERACIÓN (%) Oferta Técnica 0 a 100 75% Oferta Económica 0 a 100 20% Criterio de Sustentabilidad o de alto impacto 0 a 100 3% Cumplimiento requisitos formales de presentación de la oferta. 0 a 100 2% 75%
4 SUSTENTABILIDAD Criterio de Sustentabilidad o de alto impacto 0 a 100 3% 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBDERE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: ARTEMIO CASTILLO VERA
e-mail de responsable de pago: ARTEMIO.CASTILLO@SUBDERE.GOV.CL
Nombre de responsable de contrato: VICTOR LEIVA
e-mail de responsable de contrato: VICTOR.LEIVA@SUBDERE.GOV.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-2636360-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SUBDERE RUT 60.515.000-4
Fecha de vencimiento: 06-06-2016
Monto: 700000 Peso Chileno
Descripción: GARANTÍAS 15.1. Garantía de Seriedad de la Oferta. 15.1.1 La Garantía de Seriedad de la Oferta, a que se refiere el punto 3.1 de este acápite V, será extendida a la orden de la SUBDERE, RUT. 60.515.000-4, por la suma de $700.000- (setecientos mil pesos). El documento deberá señalar que se ha tomado “Para Garantizar Seriedad de la Oferta: “ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”. La garantía podrá ser otorgada a través de cualquier instrumento que asegure el cobro de esta caución de manera rápida y efectiva y siempre que cumpla con las condiciones establecidas en este numeral. De esta manera y de modo ilustrativo y no taxativo podrá acompañarse como garantía un vale vista o depósito a la vista, póliza de seguros electrónica, depósito a plazo, boleta bancaria o certificado de fianza a la vista emitido por las Sociedades de Garantías Recíprocas o por la CORFO. La SUBDERE solicitará a todos los oferentes la misma garantía en lo relativo a su monto y vigencia. 15.1.2. La Garantía deberá ser pagadera a la vista, tomada por uno o varios integrantes del oferente y tener el carácter de irrevocable, con vigencia de a lo menos 60 días contados desde el día de cierre de recepción de las ofertas. En todo caso, será devuelta después de haberse suscrito el contrato respectivo con quien se haya adjudicado la propuesta. La devolución de las Garantías de Seriedad de la Oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 20 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, en su caso. Los documentos de garantía serán devueltos por el Tesorero del Departamento de Administración y Finanzas de la SUBDERE, quién dejará constancia escrita, en una fotocopia de la misma caución, del día y hora del retiro y nombre completo, número de la cédula de identidad y firma de la persona a la que se le entrega el documento. La persona que se presente a retirar un documento de garantía en representación del proponente adjudicado y a nombre de los desestimados, deberá acreditar su encargo mediante un poder simple, que deberá incluir la fotocopia de las cédulas de identidad del mandante y de la persona que retira. No será necesario presentarse con este poder simple cuando la persona que pide la devolución sea el tomador de la garantía o el propietario o representante legal del oferente que extendió el documento, cuestión que se comprobará examinado el contrato correspondiente. El original del poder simple será archivado por el Tesorero del Departamento de Administración y Finanzas de la SUBDERE
Glosa: Garantías de Seriedad de Ofertas
Forma y oportunidad de restitución: El Tesorero, sin perjuicio de cumplir con lo anterior, no devolverá documentos de garantía cuando la persona que se presente a retirar una caución no acredite la identidad con su cédula de identidad vigente
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SUBDERE RUT 60515000-4
Fecha de vencimiento: 05-09-2016
Monto: 10 %
Descripción: 15.2.1. El oferente adjudicado, previo a la suscripción del contrato respectivo y para caucionar su oportuno y fiel cumplimiento y las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, entregará a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo una Garantía, pagadera a la vista e irrevocable, tomada por uno o varios integrantes del adjudicatario/a, por un monto ascendente al 10% del valor total del contrato, a la orden de la SUBDERE, RUT. 60.515.000-4. El documento deberá indicar que se ha tomado “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato “ESTUDIO LÍNEA BASE PARA EVALUACIÓN DE FACTIBILIDAD DE CREACIÓN DE LA REGIÓN DE ACONCAGUA, CONSIDERACIONES Y PROPUESTAS PARA DETERMINAR SU PERTINENCIA”. Dicha garantía podrá ser otorgada a través de cualquier instrumento que asegure el cobro de ésta caución de manera rápida y efectiva y siempre que cumpla con las condiciones establecidas en este numeral. De esta manera y de modo ilustrativo y no taxativo podrá acompañarse como garantía un vale vista o depósito a la vista, póliza de seguros electrónica, depósito a plazo, boleta bancaria o certificado de fianza a la vista emitido por las Sociedades de Garantías Recíprocas o por la CORFO. 15.2.2. El plazo de vigencia de esta garantía de cumplimiento será, de a lo menos, la vigencia del contrato definitivo aumentado en un período de, a lo menos, 60 días hábiles a contar desde el término del mismo. 15.2.3. Al oferente que no entregue o pretenda postergar la entrega de esta garantía, se le tendrá por desistido de su oferta y se podrá adjudicar a la segunda propuesta mejor evaluada según Informe de la Comisión de Evaluación y así sucesivamente, hasta que no exista un oferente al cual adjudicar o, declarar desierta la licitación. Podrá, además, hacerse efectiva la garantía de seriedad, por los perjuicios ocasionados a la SUBDERE. 15.2.4. En caso de incumplimiento del oferente adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato, la SUBDERE, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Las causales de cobro de la garantía de fiel cumplimiento son las siguientes: a) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del/la contratista para con sus trabajadores. b) Cuando el respectivo contratista no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago. c) Cuando por una causa imputable al contratista, se haya puesto término anticipado al presente contrato. d) Por el incumplimiento de las obligaciones impuestas por las bases y el respectivo contrato. En caso de cobro de esta garantía, el contratista deberá extender y reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la caución original, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del contratista mantener vigente esta garantía hasta 60 días hábiles posteriores a la culminación del respectivo contrato. 15.2.5. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser renovada por el/la contratista cuando, por cualquier circunstancia, el contrato deba ser extendido en su vigencia, por el mismo plazo de renovación de éste, aumentado en 60 días hábiles. Cuando la garantía tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el contratista deberá reemplazarla antes de su caducidad, por otra de iguales características que cumpla con el plazo de vigencia referido so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del contratista. En este caso, la restitución de la respectiva garantía será efectuada 60 días después del término del contrato. 15.2.6 La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta en alguno de los siguientes momentos, según sea el caso:
Glosa: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
Forma y oportunidad de restitución: 15.2.5. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser renovada por el/la contratista cuando, por cualquier circunstancia, el contrato deba ser extendido en su vigencia, por el mismo plazo de renovación de éste, aumentado en 60 días hábiles. Cuando la garantía tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el contratista deberá reemplazarla antes de su caducidad, por otra de iguales características que cumpla con el plazo de vigencia referido so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del contratista. En este caso, la restitución de la respectiva garantía será efectuada 60 días después del término del contrato. 15.2.6 La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta en alguno de los siguientes momentos, según sea el caso: a) En aquellos casos en que se hubiere ordenado o correspondiera sustituir la garantía: conjuntamente con la entrega de la nueva garantía o a contar de dicha fecha. b) En aquellos casos en que la adquisición o servicio se haya cumplido a satisfacción de la SUBDERE y no existan obligaciones pendientes: a contar de la fecha de vencimiento de la garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
9.6 Es necesario precisar a todas las empresas, profesionales consultores o instituciones postulantes a la presente licitación que:
a) Sólo calificarán y serán consideradas para evaluar económicamente, las propuestas que hayan obtenido un puntaje satisfactorio igual o mayor a 50 puntos sobre el máximo posible de obtener en la evaluación de la propuesta técnica.
b) El oferente que alcance el mayor puntaje total ponderado (Puntaje Oferta Técnica que corresponde al 0.75 + Oferta Económica que corresponde al 0.20 + Cumplimiento Oportuno de los requisitos de presentación formal de la oferta 0.02 + Sustentabilidad o alto impacto social que corresponde 0.03), igual o superior al puntaje mínimo requerido, será seleccionado como adjudicatario en la presente licitación.
c) En caso de producirse empate entre los puntajes obtenidos de dos o más oferentes, se atenderá a la oferta económica más conveniente, y, de persistir la igualdad, se tomará en especial consideración el puntaje obtenido en los siguientes factores de evaluación de la propuesta técnica en el orden de prelación que se indica:

c.1. Metodología
c.2. Experiencia del equipo de trabajo
c.3. Experiencia del oferente
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
10. ADJUDICACIÓN.

10.1. La adjudicación de la oferta se resolverá dentro del plazo estimado que establece el Cronograma de esta licitación y previo haberse certificado por algún abogado de Fiscalía, la idoneidad de los antecedentes legales presentados por los oferentes que se hayan ubicado en el primer lugar del ranking de acuerdo con lo señalado por la Comisión Evaluadora.

10.2. La SUBDERE adjudicará la licitación mediante resolución fundada a aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones y lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación de la Resolución respectiva en el sitio www.mercadopublico.cl.

10.3. Conforme a lo prescrito por el artículo 9º de la Ley Nº 19.886, la SUBDERE podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentas bases; declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea la de menor costo, siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en estas bases.

10.4. La SUBDERE podrá, en caso de que el adjudicatario se desista de su oferta, no entregue los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firme o se rehúse a suscribir el contrato o no se inscriba en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, dejar sin efecto su adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, hasta que no existan oferentes calificados a los cuales adjudicar, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Al comenzar la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá acreditar, mediante una declaración jurada, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta declaración deberá ser presentada cada seis meses de vigencia del contrato. Sin perjuicio de ello, SUBDERE también podrá solicitar al contratista, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.

11.4. Las partes podrán, de común acuerdo, modificar los términos del contrato, solo por causa justificada. La modificación será aprobada por el acto administrativo correspondiente y regirá a contar de su total tramitación.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectadas durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40º del reglamento de la Ley 19.886, de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información. Conforme al mismo artículo 40° citado, se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para su presentación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

La Comisión Evaluadora concederá el plazo fatal de dos días hábiles y fatales, contado desde la notificación en el sistema de información del respectivo requerimiento, para la corrección de estos errores u omisiones y para responder a lo solicitado por la Comisión o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. SUBDERE no considerará las respuestas o antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.