Resolución de Empates |
EMPATES:
Si una vez realizada la evaluación de ofertas, se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto a su evaluación final, se adjudicará al oferente que presente la mejor oferta que mejore los parámetros mínimos señalados en las especificaciones técnicas en cuanto a, MEJORAS EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOLICITADAS y MAYOR PERIODO DE FUNCIONAMIENTO DE PLATAFORMA.
De mantenerse la situación de empate, se establece como segundo criterio de desempate el oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como tercero mecanismo de desempate el “PLAZO DE ENTREGA”. En caso que aún persista la situación de empate, se establece como cuarto mecanismo de desempate el criterio “TIEMPO DE REPOSICIÓN ANTE PRODUCTOS DEFECTUOSOS”. De persistir aún la situación de empate, se establece como quinto mecanismo de desempate el criterio: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA. Si la situación de empate se mantiene aún establecidos los cinco criterios de desempate, prevalecerá la oferta que haya sido ingresada en primer lugar al portal Mercado Público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los interesados podrán formular consultas sobre las Bases de Licitación ingresándolas en el foro del sitio www.mercadopublico.cl en la adquisición ID Nº 3604-42-LQ20, dentro del plazo fijado en la Ficha Electrónica del Portal.
La Municipalidad, por su propia iniciativa o en respuesta a una consulta o solicitud planteada por algún interesado, podrá modificar, rectificar o adicionar las Bases de Licitación y sus documentos complementarios, mediante respuestas o aclaraciones.
La Municipalidad responderá las consultas y hará las aclaraciones a través del portal www.mercadopublico.cl. en el ID Nº 3604-42-LQ20, dentro del plazo fijado en la Ficha Electrónica, conforme se señala en el Portal. Dichas respuestas y aclaraciones, para todos los efectos, se entenderán forman parte integrante de la documentación de la presente licitación.
No obstante, la Municipalidad de Mulchén podrá, mediante Acta de la Comisión Evaluadora, modificar los plazos y fechas de las diferentes etapas de la presente licitación, en cuyo caso se prorrogará la fecha de cierre de recepción de ofertas.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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