INTRODUCCIÓN |
El Instituto de Previsión Social, en adelante e indistintamente, “Instituto” o “IPS”, en conformidad con las
normas establecidas en la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y
Prestaciones de Servicios, y su Reglamento, contenido en el D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de
Hacienda, invita a las personas naturales, jurídicas y uniones temporales, a participar en la Licitación
Pública, de adjudicación múltiple, para la compra de “BIENES DE ACTIVO FIJO PARA EL
INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL”, conforme a los requerimientos contenidos en las presentes
Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, en adelante, “Bases” o “Bases de Licitación”.
Las líneas de adjudicación son las siguientes:
LÍNEAS DESCRIPCIÓN CANTIDAD PRESUPUESTO
ESTIMADO ($)
1 TRITURADORA DE PAPEL 10 $ 2.500.000
2 FRIGOBAR 25 $ 4.250.000
3 HERVIDOR ELÉCTRICO 50 $ 750.000
4 HORNO MICROONDAS 40 $ 3.000.000
5 REFRIGERADOR 20 $ 6.000.000
1.1.- DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación todas las personas naturales, jurídicas y uniones temporales que
cumplan con los requisitos de idoneidad técnica y financiera, de conformidad a lo señalado en la Ley de
Compras Públicas. No podrán participar en esa licitación los interesados que se encuentren afectos a las
inhabilidades y prohibiciones contempladas en los incisos primero y sexto del artículo 4° de la ley N°19.886,
en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973, y en los artículos 8° y 10 de la ley sobre
responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N°20.393, lo cual
deberá acreditarse tanto al momento de presentar sus ofertas como al aceptar la respectiva orden de compra.
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DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL CHILECOMPRA |
El llamado a Licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras
Contratación Pública, en adelante e Indistintamente “el Sistema”, “el Portal” o “www.mercadopúblico.cl”
y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación, se efectuará a través del
mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los
requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Calendario de Eventos, documentos que, con sus eventuales modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles en dicho
sitio electrónico.
El día de publicación del llamado constituirá el día uno del calendario de eventos establecido, a partir del
cual se contarán los plazos de días hábiles para las distintas actuaciones o trámites del presente proceso
concursal.
Los días sábados, domingos y festivos se entenderán como inhábiles para efectos de las presentes
bases.
Si alguno de los plazos establecidos en las presentes bases expirara en día inhábil, éste se entenderá
prorrogado para el día hábil inmediatamente siguiente.
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DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES |
3.1.- Aceptación de los términos de las Bases
La participación en el proceso implica la aceptación de los proponentes, de todas y cada una de las
disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
3.2.- Interpretación de las Bases
El Instituto se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes
Bases de Licitación, conforme a los principios de libre concurrencia de los oferentes e igualdad ante las
Bases, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la
contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a
la oferta que resulte de menor costo.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de
Contrataciones Públicas.
3.3.- Estatuto Jurídico
La relación contractual se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los
documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante de la misma,
para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica:
• Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus respectivos Anexos.
• Respuestas y aclaraciones del Instituto, a las consultas formuladas por los interesados, si las hubiere.
• Oferta Técnica y Económica presentada por el adjudicatario.
• Resolución de adjudicación de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria.
• Orden de Compra
3.4- Modificaciones
El IPS se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes bases, hasta antes de la fecha de
recepción de las propuestas en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 19.886, debiendo comunicarlas a través del Portal www.mercadopublico.cl mediante un documento
denominado “Modificación de Bases”.
Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos económicos, técnicos y administrativos, a
prórrogas o suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, relevantes para el desarrollo de la licitación
y la posterior ejecución de los servicios
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CALENDARIO DE EVENTOS |
El proceso de Licitación se efectuará conforme al siguiente Calendario de Eventos:
EVENTO LUGAR Y FECHA
Recepción de Consultas.
En el portal www.mercadopublico.cl desde el
día de publicación de las presentes bases en el
portal de Mercado Público y hasta el 3º día hábil
del proceso de Licitación, a las 12.00 horas.
Entrega de Respuestas y/o Aclaraciones.
En el portal www.mercadopublico.cl el día 5º
hábil del proceso de Licitación, a las 16:00
horas.
Cierre de ingreso de los Antecedentes
Generales, y de las Ofertas Técnicas y
Económicas en el Sistema.
En el portal www.mercadopublico.cl el día 10º
hábil del proceso, a las 15:30 horas.
Apertura electrónica de los Antecedentes
Generales, de las Ofertas Técnicas y
Económicas.
El día 10º hábil del Proceso de Licitación, a las
16:00 horas.
Adjudicación.
Dentro de los 20 días hábiles siguientes al día
de Apertura Electrónica de los Antecedentes
Generales y de las Ofertas Técnicas y
Económicas, por Resolución fundada, del Jefe
del Departamento de Administración e
Inmobiliaria.
Emisión de la Orden de Compra
Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la
emisión de la Resolución Exenta de
Adjudicación.
4.1. - Recepción de Consultas, Entrega de Respuestas y Aclaraciones.
En la oportunidad definida en el Calendario de Eventos, los interesados podrán realizar las consultas que
estimen necesarias, relativas al proceso de licitación, a través de www.mercadopublico.cl. Las consultas
recibidas serán respondidas en la oportunidad establecida en el Calendario de Eventos y a través del
mismo portal, quedando a disposición de todos los interesados. No serán admitidas las consultas o
solicitud de aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
En la misma oportunidad, si el Instituto lo estima necesario, se emitirán antecedentes anexos a las bases, a
través de documentos aclaratorios y/o complementarios, los que en el evento que importen una
modificación a las presentes Bases, deberán ser aprobados mediante la correspondiente resolución, totalmente tramitada, en cuyo caso, se otorgará un plazo adicional de cinco días hábiles a los interesados,
para que elaboren sus propuestas.
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DE LAS OFERTAS |
Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En
consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y
necesarios para su calificación. Así, cada Oferta deberá estar conformada por:
• Los Antecedentes Generales.
• La Oferta Técnica: que corresponde al plazo de entrega en días hábiles de los productos
solicitados.
• La Oferta Económica: que corresponde al precio o valor de los bienes solicitados.
• Los Anexos.
La oferta se compone de los antecedentes generales, de la oferta técnica, de la oferta económica, y de los
Anexos según se detalla en los siguientes puntos de estas bases. La falta de presentación de cualquiera
de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la
propuesta en el proceso de evaluación, y declarar inadmisible dicha oferta, sin perjuicio de la
posibilidad de salvar errores u omisiones o de emplear otros mecanismos, en los términos que se
establecen másadelante en las presentes bases administrativas.
5.1. Antecedentes Generales
Todos los oferentes, deberán adjuntar los antecedentes que se singularizan a continuación, en soporte
electrónico y a través de www.mercadopúblico.cl, (letra a, del ambiente del proveedor).
Estos antecedentes son:
Si es Persona Natural o Jurídica:
1. Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, la que deberá suscribirse electrónicamente a
través del portal www.mercadopublico.cl.
Si es Unión Temporal de Proveedores:
1. Documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, firmado
por el representante, y que establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las
obligaciones que se generen con el IPS, el nombramiento del representante o apoderado común
con poderes suficientes y la vigencia de la unión, que no podrá ser inferior la duración de la
contratación. Los integrantes de la unión temporal de proveedores no podrán ser modificados
durante el período de evaluación de ofertas.
Si la unión temporal de proveedores no adjunta el presente documento, la oferta será declarada
inadmisible. La oferta también será declarada inadmisible si durante el proceso de evaluación de
las ofertas uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira, siempre cuando
sus características hayan sido incluidas para la evaluación. Cualquiera de los integrantes de la
unión temporal de proveedores podrá informar esta situación al Instituto de Previsión Social.
2. Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, por cada uno de los proveedores que integran
la unión temporal. Esta deberá suscribirse, por el proveedor que ingrese la oferta,
electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Los restantes proveedores que
conformen la unión temporal deberán suscribir Anexo N°4 y adjuntarlo al portal mercado
público.
5.2. La Oferta Técnica
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de estas Bases, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no
sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes ofertados, en todos sus aspectos esenciales,
según detalle establecido en Anexo Nº1.
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida
en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los
contenidos mínimos establecidos en la publicación, tales como marca, modelo, fichas técnicas, folletos,
plazos de entrega, garantías y otros que se consideren necesarios.
Se deja constancia que el oferente deberá adjuntar la ficha técnica, según la línea a la que se oferte, de
acuerdo con el formato contenido en el Anexo N°1 “Ficha Técnica del Producto”, completando todos los
datos requeridos para su evaluación y aprobación por parte de la Comisión Evaluadora. En caso contrario,
la oferta será declarada inadmisible y no participará del proceso de evaluación.
5.3. La Oferta Económica
Es la que detalla el precio unitario y total, de todos los bienes requeridos (conforme a la línea de
adjudicación ofertada). El oferente deberá completar Anexo N°2 Oferta económica, indicando el valor de
cada línea a la que oferta.
Deberá presentarse electrónicamente a través del sistema www.mercadopublico.cl, en las horas y fechas
estipuladas en la publicación, y de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio.
Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional y en NETO, es decir, no deben
contener ningún tipo de impuesto, lo anterior, independiente de completar el Anexo Nº2, en donde se
establece el impuesto respectivo.
En caso de discrepancia en el anexo económico y el ingresado en el portal mercado público, prevalecerá
lo indicado por el oferente en el Anexo Económico. Ello, sin perjuicio de la correspondiente aclaración
que se pueda solicitar a través del sistema.
Todos los antecedentes señalados, deberán presentarse a través de los formatos establecidos, en las
horas y fechas estipuladas en la publicación. No se recibirán ofertas por otros medios.
5.4. Cumplimiento de Requisitos Formales
Se entenderá como el envío, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada para la
presentación de las ofertas, conforme a lo estipulado en las presentes bases. Lo anterior, se refiere en la
forma y plazo dispuesto en el numeral 7.3 de éstas.
5.5. Costo de formulación de las ofertas.
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo
y no tendrán derecho a reembolso alguno.
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APERTURA ELECTRONICA DE LOS ANTECEDENTES GENERALES Y DE LAS OFERTAS |
La Apertura Electrónica se efectuará en la oportunidad y lugar indicado en el Calendario de Eventos.
Estará cargo de la Jefatura del Subdepartamento de Compras dependiente del Departamento de
Administración e Inmobiliaria del IPS, o del funcionario o funcionaria que esta jefatura designe.
La Apertura es electrónica y no un acto presencial, en el que se procederá a la Apertura Electrónica de los
Antecedentes Generales de la o el Oferente y de las Ofertas Técnicas y Económicas.
Seguidamente, la Jefatura del Subdepartamento de Compras del Instituto, o el funcionario o funcionaria
que sea designado o designada al efecto, procederá a verificar la inscripción de aquellos personas o
entidades proponentes que hayan manifestado encontrarse inscritas en el Registro de proveedores del
Estado y abrirá todos los archivos electrónicos de “Antecedentes Generales” de los y las oferentes, desde
el portal www.mercadopublico.cl, revisando y dando cuenta de la presencia de todos y cada uno de los
documentos exigidos, sin apreciar su mérito, pues ello competerá a la Comisión Evaluadora.
Tras dicha apertura y revisión, la Jefatura del Subdepartamento de Compras del Instituto, o la persona que
sea designada al efecto, hará entrega de los antecedentes de la apertura a él o la profesional a cargo del
servicio del Subdepartamento de Logística.
Los y las proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura
electrónica de las ofertas a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
7.1. Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora estará integrada por funcionarios (as) pertenecientes al Instituto de Previsión
Social, y se formalizará mediante la Resolución Exenta que aprueba las Bases, estará integrada por los
funcionarios (as) designados por la jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria.
7.2. Consultas Aclaratorias a Oferentes.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora, de estimarlo necesario, podrá efectuar
consultas a uno o más oferentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales
consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal
www.mercadopúblico.cl.
7.3. Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación.
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, requerimiento que
será informado al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Dentro del plazo fatal de 2 días hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la Comisión
Evaluadora, los oferentes podrán corregir estos errores o acompañar las certificaciones o antecedentes que
hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar
ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el
período de evaluación.
7.4. Evaluación de las Ofertas.
Estará principalmente centrada en una lógica de rigor y control de la seriedad, capacidad y aptitud de los
oferentes para prestar el servicio requerido, sin afectar los principios de igualdad de los oferentes y
estricta sujeción a las Bases.
Cada factor será evaluado considerando los siguientes aspectos y ponderaciones:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS PONDERACIÓN
1. Cumplimiento de Requisitos Formales 2%
2. Oferta Técnica 38%
3. Oferta Económica 60%
TOTAL 100%
En el análisis de los antecedentes presentados en las respectivas ofertas de los oferentes se asignará un
puntaje de 0 a 100 a los factores que a continuación se detallan, con su correspondiente ponderación antes
mencionada.
7.4.1. Cumplimiento de los Requisitos Formales (2%)
Para la evaluación de este criterio, se considerará el cumplimiento de los requisitos formales en la
presentación de las ofertas, correspondiendo el 100% de ponderación de antecedentes generales al 10%
de la evaluación total.
Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle:
Criterios Puntaje
Presentación completa de los antecedentes y dentro del plazo fijado en el calendario de
eventos.
10
Presentación de manera incompleta dentro del plazo fijado en el calendario de eventos,
que se normaliza dentro del plazo adicional fijado por parte de la Comisión Evaluadora o,
Presenta toda la información solicitada, pero en un formato distinto al requerido.
5
No presentación o presentación extemporánea de los antecedentes solicitados por la
Comisión Evaluadora a través del foro inverso.
0
En caso de presentación incompleta, para subsanar dicha situación deberá ajustarse a lo indicado en el
punto 9.3., de las presentes bases.
7.4.2. Oferta Técnica (38%)
La oferta técnica será evaluada de conformidad al siguiente factor de evaluación:
N° FACTOR DE
EVALUACIÓN POND. ESCALA
2
Plazo de Entrega.
(Desde la aceptación de la
Orden de Compra)
50%
Hasta 5 días hábiles
10
puntos
6 a 10 días hábiles 7 puntos
11 a 15 días hábiles 2 puntos
16 a 20 días hábiles 0 puntos
Si el plazo de entrega excediere los 20 días hábiles la oferta será declarada inadmisible.
7.4.3. De la Oferta Económica (60%)
El criterio de evaluación de las ofertas económicas está orientado a determinar, dentro de aquellas ofertas
técnicas que cumplan con las exigencias de las Bases, cuál resulta económicamente más ventajosa para el
Instituto.
Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica. Las demás ofertas se evaluarán de acuerdo a
la siguiente fórmula:
POE = (OM / OQ) * 100
Dónde:
POE= Puntaje Oferta Económica
OM = Oferta Menor o más económica
0Q = Oferta del Oferente
Para estos efectos, el puntaje máximo a alcanzar será de 100 puntos de acuerdo a la fórmula antes
indicada.
La Oferta Económica debe ser presentada por los oferentes según Anexo Nº2 (rellenando solo las líneas a
las cuales postula). En caso de que algún oferente no respete el Formato de Presupuesto establecido para
esta licitación, la oferta podrá ser dejada fuera de todo análisis técnico y por ende fuera de Bases de la
Licitación. Esta circunstancia la determinará la Comisión Evaluadora al momento del análisis de las
ofertas
7.4.4. Evaluación General de las Propuestas
El Puntaje Final (PF) de cada propuesta se calculará en base al puntaje de evaluación del Cumplimiento
de los Requisitos Formales (PCRF), de la Oferta Técnica (POT) y la Oferta Económica (POE), de
acuerdo a la siguiente fórmula:
100% PF = (PCRF * 2%) + (POT * 38%) + (POE * 60%)
Donde:
PF = Puntaje Final
PCRF = Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales
POT = Puntaje Oferta Técnica
POE = Puntaje Oferta Económica
Este puntaje final permitirá establecer un ranking de las ofertas, que determinará el orden de prelación
para adjudicar y que podrá ser aplicable en caso de que el adjudicatario no entregue la documentación
necesaria dentro del plazo establecido al efecto para la emisión de la Orden de Compra.
7.4.5. Sobre Mecanismo de Resolución de Empates
En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en
la evaluación económica. De mantenerse el empate, se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya
obtenido mayor puntuación en la evaluación del plazo ofertado. Si aún persistiere el empate, se adjudicará
el proceso a la oferta con mejor puntaje en la oferta técnica. Finalmente, de persistir el empate, se
seleccionará al oferente que primero haya ingresado su oferta al portal.
7.4.6. Sobre la Validez de la Oferta
El plazo de validez de las ofertas será de 90 días corridos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63º
del Reglamento de Compras, D.S. Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda
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RESOLUCIÓN EL PROCESO |
8.1. Adjudicación múltiple
El Instituto adjudicará la licitación, por cada línea, a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a
sus necesidades e intereses, considerando, en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y
los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, y aunque ella no sea la de menor valor.
El oferente cuya propuesta u oferta haya sido seleccionada de este modo será, entonces, denominado
adjudicatario.
La adjudicación se efectuará a través de una Resolución fundada de la Jefatura del Departamento de
Administración e Inmobiliaria del Instituto. Dicha resolución será publicada en el portal de Mercado
Público, junto con el cuadro comparativo de las ofertas, y el Acta de Evaluación de la Comisión
Evaluadora, todos documentos firmados por cada uno de los funcionarios que participó en la respectiva
evaluación.
En el evento que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de
Contratistas de la Administración del Estado, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días
hábiles contados desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta, como requisito
previo para la suscripción del contrato. Dentro del mismo plazo, deberá encontrarse hábil en el referido
registro.
Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de dicha Unión debe estar inscrito y
hábil en el registro oficial de contratistas del Estado. Para ello, dispondrán de un plazo de 15 días hábiles,
contado desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta. En caso de estar
conformado por personas jurídicas extranjeras, esto es, no constituidos y sin operación en Chile, se
exigirá la inscripción en el referido Registro y su habilidad se acreditará mediante declaraciones juradas
contenidas en Anexo N°3 y N°4.
La adjudicación se efectuará a través de una Resolución fundada de la Jefatura del Departamento
Administración e Inmobiliaria, la que será notificada a todos los oferentes.
El Instituto se reserva el derecho de prorrogar el plazo para adjudicar, por razones de buen servicio, caso
en el cual, antes de cumplimiento del plazo original, informará a través del sitio sobre la referida
prórroga, conforme lo establece el artículo 41 del D.S. N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda,
modificado por el Decreto Supremo N° 1.763/2009.- que señala: “Cuando la adjudicación no se realice
dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de
Información las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar el nuevo
plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad”.
8.2. Mecanismos para la Solución de Consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a
contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria.
Dichas consultas deberán realizarse a través del portal www.mercadopublico.cl.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del
sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo
indicado en el párrafo anterior
8.3. Notificación
La Resolución de adjudicación se notificará a los proponentes a través del sistema
www.mercadopublico.cl, y además el Instituto requerirá vía correo electrónico dirigido al adjudicatario,
los siguientes antecedentes para la emisión de la orden de compra, los cuales deberán ser entregados en
originales o debidamente autorizados ante notario público en el lugar señalado en el correo y en un plazo
máximo de 5 días hábiles, salvo que estos consten en el Registro de Proveedores de Mercado Público, en
cuyo caso no les serán exigibles:
Personas Naturales:
1. Fotocopia Simple, por ambos lados, de la Cédula de Identidad.
2. Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores,
contenida en Anexo N°4.
3. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del
Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento.
4. Anexo N°5, sobre deuda por préstamo solidario.
Personas Jurídicas:
1. Cédula Nacional de Identidad de la representación legal de la entidad proponente y
RUT de la persona jurídica.
2. Escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones posteriores, si
las hubiere, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio y
publicación en el Diario Oficial o formulario de constitución o modificación del
Registro de empresas y sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo,
si correspondiere.
3. Certificado de Vigencia de la sociedad, emitido por el respectivo Conservador de
Comercio o por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo si correspondiere, de
una antigüedad no superior a 90 días contados hacia atrás desde la fecha de Apertura
de la Licitación.
4. Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores,
contenida en Anexo N°4.
5. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del
Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento.
6. En el caso de personas jurídicas extranjeras, ésta estará obligada previo a la
aceptación de la orden de compra, a otorgar y constituir mandato con poder suficiente
a una persona jurídica chilena que lo represente, o a constituir una agencia en Chile,
con la cual se aceptará la orden de compra y cuyo objeto deberá comprender la
ejecución de dicha contratación ajustado a la normativa vigente.
Unión Temporal de Proveedores:
Los antecedentes señalados precedentemente, deben ser presentados por cada una de las personas
naturales o Jurídicas que la integran, según corresponda.
Cada uno de los integrantes de la unión temporal deberán presentar Anexo 3.
8.4. Readjudicación
El IPS podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado no acepte la orden de compra, no cumpla con
los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para
contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su reglamento; adjudicar al oferente que le siga
en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas , y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a
los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierto el proceso.
En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes
estuviese afecto a una inhabilidad para postular o contratar, la unión temporal deberá informar por
escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide ejecutar el contrato adjudicado, con
la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar
lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente
mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al
menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP
que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la
División Jurídica - Instituto de Previsión Social
Avenida del Lib. Bernardo O’Higgins Nº 1353 – Santiago
www.ips.gob.cl
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oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente
mejor evaluado.
En todos los casos el Instituto podrá también declarar desierto el proceso.
8.5. Eventual Rechazo de las ofertas o declaración de licitación desierta.
En conformidad al artículo 9º de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas, el Instituto, como órgano del
Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible, por Resolución fundada, al momento en que debe
decidir la adjudicación del servicio, cualquier oferta de algún proponente, cuando ésta no cumple con los
requisitos establecidos en las Bases.
Asimismo, el Instituto podrá, por resolución fundada, declarar desierta la licitación cuando no se
presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas
no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad
alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los
proponentes.
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DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
Por la prestación de estos servicios no se deberá suscribir contrato y la contratación se perfeccionará
mediante la aceptación por parte del proveedor de la Orden de Compra, ello, por tratarse de un servicio
estándar, de simple y objetiva especificación, lo que encuentra su fundamento legal en el artículo 63 de
reglamento de la Ley de Compras Públicas.
El adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para aceptar la orden de compra, a contar del respectivo
envío, en caso de no aceptarla, se podrá readjudicar el servicio, o en su defecto declarar desierto el
proceso licitatorio.
9.1.- Requisitos para contratar.
Para la emisión de la Orden de Compra, el adjudicatario no podrá haber sido condenado con la
prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, contemplados
en los artículos 8º y 10º del artículo primero de la Ley Nº 20.393, sobre responsabilidad penal de las
personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento al terrorismo y delitos de cohecho y
que no tiene vínculo de parentesco con los funcionarios directivos del Instituto, en los términos del inciso
6º, del artículo 4º de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios.
9.2. Vigencia y duración.
La prestación del servicio entrará en vigor a contar de la fecha de aceptación del adjudicatario de la
Orden de Compra respectiva y su duración será la establecida por el oferente para la ejecución del
servicio de retiro de bienes en su respectiva oferta técnica, a partir de la iniciación efectiva de los
servicios. Con todo, como plazo referencial, la vigencia del servicio prestado no podrá exceder de 30
días corridos.
La fecha de inicio del servicio se establecerá en acta suscrita por el administrador contractual designado
por el Instituto.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Instituto de poner término anticipado a la relación contractual,
en las situaciones que se señalan en estas Bases y a la respectiva disponibilidad presupuestaria.
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EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
10.1 Administración y fiscalización.
Con el objeto de coordinar y controlar la correcta ejecución del contrato, el Instituto designará a dos
funcionarios que, en calidad de Administrador Titular y Suplente, tendrán las siguientes facultades y
responsabilidades:
a) Tomar conocimiento del Manual de Administración de Contratos publicado en la Intranet del IPS,
y cumplir estrictamente con las responsabilidades allí asignadas al Administrador del Contrato, y
especialmente cumplir con el protocolo de inicio de la prestación contratada, suscribiendo el Acta
de Inicio de ésta, así como generar el Check List, las notificaciones de multas e informe de término
anticipado del contrato cuando corresponda y siempre, el informe final del Contrato y la evaluación
del proveedor.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes de la adquisición.
c) Fiscalizar el estricto cumplimiento de la adquisición y proponer la aplicación de multas.
d) Revisar y aprobar el estado de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones
laborales y previsionales del adjudicatario, y en su caso, de su subcontratista, considerando las
multas a que hubiere lugar.
e) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto de los bienes adquiridos.
f) Remitir la factura del proveedor contratado, al Departamento de Finanzas, previa aprobación del
correspondiente estado de pago, en un plazo no mayor a 8 días de recepcionada ésta, a fin de dar
cumplimiento con lo estipulado en la Circular Nº 23, del Ministerio de Hacienda, de fecha 13 de
abril de 2006, que señala que el plazo de pago a proveedores deberá ser en el menor tiempo
posible, y no mayor a treinta días corridos desde la fecha de recepción de las facturas
correspondientes.
g) Revisar el contenido íntegro de la o las facturas, considerando lo señalado en la Ley 19.983
Artículo 3°, que indica “… se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara
en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la
factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, ó 2. reclamando en
contra de su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción…..”.
h) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del
servicio.
Por su parte, el Adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con el
Administrador del Contrato para todos los efectos señalados.
Todas las decisiones, definiciones y acuerdos adoptados por el Administrador del Contrato del IPS y el
Coordinador Técnico, deberán constar en Actas firmadas por ambos.
10.2. Sobre la entrega, el plazo y la recepción de los bienes adquiridos
El proveedor adjudicatario deberá despachar y entregar los bienes adquiridos en las direcciones y a los
funcionarios que en la Orden de Compra se indiquen.
La entrega deberá cumplirse en el plazo indicado en la oferta, contados desde la fecha de aceptación de la
Orden de Compra.
En caso de atrasos por circunstancias fuera del ámbito del proveedor (calificadas), podrá pedirse prorroga
sólo antes de la fecha máxima de entrega. En caso de atenuantes posteriores, estos no serán considerados.
En caso de que los bienes deban ser despachados dentro del Área Metropolitana, será informada su
dirección final en la Orden de Compra, con el contacto asociado. En este caso los usuarios deberán
cuantificar el material recepcionando en la Guía de Despacho o Factura con identificación de la cantidad
que recibe, nombre, timbre, Rut y firma de la persona encargada de recepción de los materiales.
En el caso de despacho a bodega, ubicada en Camino Agrícola Nº 1697 – Macul, la Recepción de la
Unidad Almacenes posee todas las atribuciones para devolver los productos que no se ajusten a lo
solicitado en sus especificaciones y/o medios de embalaje y marcas que no correspondan a lo solicitado.
No se aceptarán bienes que no cumplan con las especificaciones indicadas en la oferta entregada y en el
detalle de la respectiva Orden de Compra.
Todos los insumos y gastos de traslado provenientes de los servicios de entrega y garantía postventa
emanados de las ofertas, serán de cargo del proveedor adjudicado.
10.3. Sobre modificaciones de la oferta y entrega de productos
El proveedor adjudicado no podrá modificar unilateralmente el diseño y/o composición de los bienes
solicitados. Si por razones de mejor funcionamiento el adjudicatario estima necesario efectuar un
cambio, éste deberá solicitarlo por correo electrónico antes de la entrega física, especificando en qué
consiste el cambio y las implicancias que esto tendría. El Instituto dará su consentimiento “por escrito” al
correo del proveedor, siempre y cuando la modificación no implique variar los precios ofrecidos ni variar
la calidad y/o funcionalidad de los artículos o bienes adquiridos. Si no es autorizado el cambio, el
adjudicatario deberá entregar los artículos con las características originalmente ofrecidas.
10.4. Sobre el pago de los bienes adquiridos
El pago se realizará una vez producida la recepción conforme del total de los bienes requeridos en el
lugar o lugares de destino solicitados.
Para estos efectos, el adjudicatario deberá presentar un Estado de Pago, al Administrador del contrato,
con el cobro respectivo. El Administrador del Contrato contará con un plazo máximo de 5 días corridos
para efectuar observaciones, transcurrido el cual, sin que ellas se hayan formulado, el adjudicatario
presentará la factura correspondiente. Si las formulare, las pondrá en conocimiento inmediato del
adjudicatario, el que sin cargo adicional alguno, deberá satisfacerlas, reemplazando o modificando el
Estado de Pago en lo que fuere pertinente. En caso de que este documento presentare diferencias u otros
inconvenientes imputables al adjudicatario, el plazo mencionado se contará desde su reingreso
debidamente corregido.
El proveedor, una vez autorizado el estado de pago, deberá presentar dos copias de la Factura,
debidamente canceladas y las respectivas Guías de Despacho, en original, cuando corresponda. Dichos
documentos deberán presentarse al administrador del contrato.
Es obligación del proveedor adjuntar las Guías de Despacho recibidas conforme a la Factura de Compra.
Presentada la factura de acuerdo al Estado de Pago aprobado, el Instituto la pagará en un plazo no
superior a 30 días corridos.
El Instituto, en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario, la certificación o acreditación documentada
del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, a través de un
certificado emitido por la Dirección del Trabajo y planillas de pago de remuneraciones y cotizaciones
previsionales, cuyo incumplimiento facultará al Instituto para retener el pago, para efectos de dar
cumplimiento a las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, hasta su total cumplimiento.
El pago se hará mediante Transferencia Electrónica, debiendo el proveedor adjudicatario entregar
obligatoriamente la Cuarta copia factura cedible, solamente para los documentos manuales e informar, al
momento de emisión de la factura, los siguientes datos:
• Nombre proveedor
• RUT proveedor
• Dirección
• Teléfono de Contacto
• Correo electrónico de Contacto
• Cuenta Corriente (asociada a RUT del proveedor)
• Banco
• Tipo de Cuenta
10.5. Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario.
En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago
producto del contrato licitado, deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el
adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad
del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Instituto exigirá al adjudicatario que efectúe dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que
demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del
adjudicatario facultará al Instituto para terminar anticipadamente el contrato, pudiendo llamarse a una
nueva licitación en la que el adjudicatario no podrá participar, en conformidad a lo establecido en el
inciso 2º, del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas.
10.6. Cumplimiento de normas de seguridad laboral
El proveedor adjudicatario y su personal deberán observar y cumplir las normas de seguridad laboral y
las normas de prevención de riesgos durante el despacho, transporte, distribución y entrega de los bienes
adquiridos, además, de las normas específicas e instrucciones que sobre la materia indique el IPS.
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En consideración a la actual contingencia a causa de la pandemia del Covid-19, se le exigirá a cada uno
de los trabajadores del proveedor, contar con mascarillas y guantes, como también le deberá proveer
alcohol gel, y asimismo, deberán mantener una distancia prudente entre ellos, de manera de evitar la
propagación del virus.
Asimismo, corresponderá al adjudicatario gestionar los correspondientes permisos necesarios para
entregar los productos objetos de la presente licitación.
En caso de detectarse incumplimiento por parte del proveedor adjudicado a la normativa vigente sobre
higiene y seguridad laboral, el administrador designado por el Instituto tendrá la facultad de ordenar la
inmediata paralización.
10.7. Responsabilidad por daños
El proveedor adjudicatario deberá adoptar, en tiempo oportuno, todas las disposiciones, medidas y
precauciones necesarias a fin de evitar daños al Instituto, a su personal y a terceros, incluidos aquellos de
carácter ambiental.
Será responsable por todos los perjuicios generados por su personal que afecten las instalaciones del IPS,
así como los que se produjeran en edificios e instalaciones vecinas, a terceras personas, y en general, por
todos los daños a personas o cosas causados durante el despacho, transporte, distribución y entrega de los
bienes adquiridos.
Si a pesar de las precauciones adoptadas, se produjeran tales daños o perjuicios, el proveedor
adjudicatario queda obligado a reparar los daños causados e indemnizar los perjuicios producidos.
10.8.- Sobre garantía de los bienes adquiridos
Por defectos de fabricación u otras causales no atribuibles a la Institución, el producto deberá ser
reparado o repuesto según sea el caso.
Para estos efectos, el administrador del contrato notificará mediante correo electrónico al proveedor el
defecto detectado al momento de la recepción del bien, debiendo éste repararlo o reponerlo en un plazo
no superior a 3 días hábiles.
El pago por la adquisición se realizará una vez recepcionados conforme en su totalidad los bienes
adquiridos, por lo que, en caso de ser necesaria la reparación o reposición de algún bien, este se ejecutará
una vez cumplidas las obligaciones que esta cláusula impone al proveedor adjudicado.
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SOBRE SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EMANADAS DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
11.1. Multas
El Instituto estará facultado para aplicar y cobrar multas al proveedor adjudicatario por las siguientes
infracciones:
Infracción Multa
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Incumplimiento de los plazos de entrega de los bienes adquiridos.
Nota aclaratoria: Para efectos del cálculo de la multa, los días se
considerarán hábiles y la fracción del día será considerada día completo, y
se contaran desde la emisión de la Orden de Compra por parte del Instituto
de Previsión Social.
1% por día de atraso.
Incumplimiento de las medidas de seguridad laboral establecidas en las
presentes bases por parte del adjudicatario.
5% por cada
infracción.
Incumplimiento de la obligación de garantía de los bienes adquiridos,
conforme al numeral 10.8. de las presentes bases.
Se entenderá cada bien con deficiencia como una infracción.
5% por cada
infracción.
11.1.1.- Procedimiento para la aplicación de multas
Para la aplicación de las multas, el Instituto comunicará por escrito, mediante correo electrónico o carta
certificada, su decisión al Adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma. El adjudicatario
dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles a contar de la comunicación para formular los descargos
que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y
entregado mediante correo electrónico que el Administrador le indique. Con el mérito de ellos o
transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el
particular previa ponderación de los antecedentes mediante resolución fundada del Jefe del Departamento
de Administración e Inmobiliaria, que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existiesen, y
será notificada al Adjudicatario, remitiéndose copia del acto administrativo al Adjudicatario, lo que será
notificado vía correo electrónico.
El Adjudicatario podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa
dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, mediante correo
electrónico que el Administrador le indique. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo
total o parcialmente los fundamentos dados por el Adjudicatario, o bien rechazará, confirmando la multa
aplicada, sin perjuicio de los demás recursos dispuestos en la Ley No 19.880, que establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Con todo, el monto máximo de multas que se apliquen no podrá ser superior al 30% del monto neto de la
adquisición.
No procederá multa, si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así
por el Instituto, mediante Resolución fundada del Jefe del Departamento de Administración e
Inmobiliaria.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Instituto de Previsión Social de recurrir ante los
Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
11.1.2.- Cobro de la Multa
La multa se hará efectiva una vez que se hayan resuelto los recursos pertinentes o haya vencido el plazo
de su interposición sin que se hayan presentado.
El monto de la multa se descontará del estado de pago respectivo o de no ser posible, el Instituto podrá
exigir su pago directo al adjudicatario, otorgándole un plazo de 10 días para realizarlo.
11.2. Modificación o término anticipado del contrato por incumplimiento.
El Instituto podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Departamento de
Administración e Inmobiliaria, modificar o poner administrativamente término al contrato, en forma
anticipada e inmediata, por las siguientes causales:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Por incumplimiento grave de las obligaciones previstas en las Bases, calificado como tal por el
Instituto, y/o reiterado de las obligaciones previstas en las bases e incurrir en infracciones meritorias
de multa que superen el 20% máximo establecido.
c) Por estado de notoria insolvencia del o la contratante.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o trabajadoras o con trabajadores o trabajadoras contratadas en los últimos dos años, a la
mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que el o la contratante pueda
funcionar en el giro de su actividad.
g) En caso de ser la entidad adjudicataria una Unión Temporal de Proveedores o Proveedoras (UTP):
- Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia
ocurre durante la ejecución del contrato.
- Disolución de la UTP.
- Inhabilidad sobreviniente de uno de los o las integrantes de la UTP, que signifique que la
UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los o las restantes miembros en los
mismos términos adjudicados.
- De constatarse que los o las integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el
objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes
pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Retiro de alguna persona integrante de la UTP que hubiere reunido una o más
características objeto de la evaluación de la oferta.
h) Por perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de
inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de
una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
i) Por incumplimiento de sus obligaciones derivadas del pacto de integridad.
j) Por fallecimiento del contratante en caso de ser persona natural.
k) Por disolución o término de la persona jurídica.
Adoptada esta medida y exceptuando las causales descritas en las letras a), d) y j) precedentes, el Instituto
procederá a ejercer las acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios
causados.
El Instituto de Previsión Social pagará al proveedor los servicios prestados hasta la fecha de término de la
relación contractual.
En el caso de término anticipado por la causal de la letra a) (mutuo acuerdo), las partes deberán suscribir
un documento que formalice dicha circunstancia. En él, deberá indicarse si existen o no obligaciones
pendientes, el monto de las mismas y, si correspondiere, la forma en que se realizará el pago de éstas.
Para poner término por las restantes causales, el Instituto comunicará por escrito su decisión al prestador,
indicando la causal y fundamento de esta. El prestador dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha de la comunicación, para formular descargos. Con el mérito de ellos o transcurrido el
plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular, mediante
resolución fundada del Departamento de Administración e Inmobiliaria, previa ponderación de los
antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al prestador, sin perjuicio del procedimiento
establecido en la Ley Nº19.880.
No procederá esta sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado
así por el Instituto, mediante Resolución fundada del Jefe de Departamento Administración e Inmobiliaria
del IPS.
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SUBCONTRATACIÓN |
Se encuentra prohibida la subcontratación
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
El Instituto y el adjudicatario resolverán, de común acuerdo y mediante negociaciones directas, las diferencias que surjan en cuanto a la aplicación del contrato.
En el evento que no se logre un acuerdo entre las partes, cualquiera de éstas podrá llevar las
controversias al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicias, siendo competente los de la ciudad de Santiago, todo ello en conformidad a la legislación vigente.
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NOTIFICACIONES DURANTE EL CONTRATO |
Las notificaciones entre las partes se efectuarán vía correo electrónico, pudiendo complementarse
mediante carta certificada dirigida al domicilio fijado por el adjudicatario. Las notificaciones se
producirán en la fecha que figure en el reporte del correo electrónico respectivo.
Para los efectos de toda notificación el domicilio del Instituto será: Escuela Camino Agrícola 1697,
Subdepartamento de Logística del Departamento de Administración e Inmobiliaria, u otro que
previamente se indique.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que
contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni
intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo,
naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación
pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de
ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera
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fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas
de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y
verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso
licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y
cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente
proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en
estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El
oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a
tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en
general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como
efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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