DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL CHILECOMPRA |
El llamado a Licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el Sistema”, “el Portal” o “www.mercadopublico.cl” y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación, se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Calendario de Eventos, documentos que, con sus eventuales modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles en dicho sitio electrónico.
El día de publicación del llamado constituirá el día uno del calendario de eventos establecido, a partir del cual se contarán los plazos de días hábiles para las distintas actuaciones o trámites del presente proceso concursal.
Los días sábados, domingos y festivos se entenderán como inhábiles para efectos de las presentes bases.
Si alguno de los plazos establecidos en las presentes bases expirara en día inhábil, éste se entenderá prorrogado para el día hábil inmediatamente siguiente.
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DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES |
3.1. Aceptación de los términos de las bases
La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones
contenidas en las bases, sin necesidad de declaración expresa.
3.2. Interpretación de las bases
IPS se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes bases de licitación,
conforme a los principios de libre concurrencia de los oferentes e igualdad ante las Bases, sin perjuicio de tener
presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso
concursal, y sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
División Jurídica - Instituto de Previsión Social
Avenida del Lib. Bernardo O’Higgins Nº 1353 – Santiago
www.ips.gob.cl
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República y del Tribunal de
Contrataciones Públicas.
3.3. Estatuto Jurídico
La relación contractual se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos
que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante del mismo para todos los efectos
legales, y, en caso de discrepancias, prevalecerán en el orden que se indica:
• Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus respectivos Anexos.
• Respuestas y aclaraciones del Instituto, a las consultas formuladas por los interesados, si las hubiere.
• Oferta Técnica y Económica presentada por el adjudicatario.
• Resolución de adjudicación de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria.
• Orden de Compra
3.4. Modificaciones
El IPS se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes bases, hasta antes de la fecha de recepción
de las propuestas en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 19.886, debiendo
comunicarlas a través del Portal www.mercadopublico.cl mediante un documento denominado “Modificación de
Bases”.
Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos económicos, técnicos y administrativos, a prórrogas o
suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, relevantes para el desarrollo de la licitación y la posterior ejecución
de los servicios.
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MONTO MÁXIMO DISPONIBLE |
El monto máximo disponible para la adjudicación es de $ 12.000.000 (doce millones) IVA incluido.
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CALENDARIO DE EVENTOS |
El proceso de Licitación se efectuará conforme al siguiente Calendario de Eventos:
EVENTO LUGAR Y FECHA
Recepción de Consultas.
En el portal www.mercadopublico.cl , desde la publicación de
las presentes bases hasta el 2° día hábil del proceso de
licitación, a las 16:00 hrs.
Entrega de Respuestas y/o
Aclaraciones.
En el portal www.mercadopublico.cl, el 5° día hábil del
proceso de licitación, a las 16:00 hrs.
Entrega de Muestras
Los señores Luis Viveros C (Luis.viveros@ips.gob.cl) y/o Luis
Jorquera Lara (Luis.jorquera@ips.gob.cl), serán los
representantes de IPS para la recepción de muestras. Las
empresas proponentes deberán coordinar la entrega tomando
contacto a través de los correos señalados. Fecha de entrega de
muestras hasta las 14:00 del 9° día hábil del proceso de
licitación.
NOTA: Las muestras corresponden a una pieza grafica física,
que permita comprobar los requisitos solicitados.
- Estructura
- Calidad de la grafica
División Jurídica - Instituto de Previsión Social
Avenida del Lib. Bernardo O’Higgins Nº 1353 – Santiago
www.ips.gob.cl
EVENTO LUGAR Y FECHA
- Materiales y terminaciones
La pieza grafica puedes ser un trabajo realizado a otra empresa
con anterioridad o una desarrollada específicamente para esta
licitación.
Cierre de ingreso de los
Antecedentes Generales, y de las
Ofertas Técnicas y Económicas en el
Sistema.
En el portal www.mercadopublico.cl, el 10° día hábil del
proceso de licitación, a las 16:00 hrs.
Apertura Electrónica de los
Antecedentes Generales y de las
Ofertas Técnicas y Económicas.
El 10º día hábil, contado desde la publicación del proceso de
licitación, en el portal www.mercadopublico.cl , a las 16:00 horas.
Adjudicación
Dentro de los 20 días hábiles siguientes al día de Apertura
Electrónica de los Antecedentes Generales y de las Ofertas
Técnicas y Económicas, por Resolución fundada, del jefe del
Departamento de Administración e Inmobiliaria.
Emisión de la Orden de Compra Dentro de los 20 días hábiles siguientes a la emisión de la
Resolución Exenta de Adjudicación.
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DE LAS OFERTAS |
5.1 Contenido de las ofertas
Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su calificación.
Cada Oferta deberá estar conformada por:
- Antecedentes Generales del Oferente.
- Oferta Técnica.
- Oferta Económica.
-
-
-
-
-
5.1.
5.1.1. Antecedentes Generales del Oferente. (Cumplimiento de requisitos formales)
Todos los proponentes, deberán adjuntar obligatoriamente el antecedente que se singulariza a continuación, en soporte electrónico y a través de www.mercadopublico.cl
a) Si es Persona Natural:
1. Anexo N°1, Identificación del oferente
2. Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, la que deberá suscribirse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl. (esta declaración no es parte de los Anexos, entregados en la presente licitación)
3. Anexo Nº 6, Declaración Jurada simple de deuda vigente con trabajadores
4. Anexo Nº 7, Declaración jurada préstamo solidario 2020
b) Si es Persona Jurídica:
1. Anexo N°1, Identificación del oferente
2. Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, la que deberá suscribirse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
3. Anexo Nº 6, Declaración Jurada simple de deuda vigente con trabajadores
c) Si es Unión Temporal de Proveedores o Proveedoras:
1. Anexo N°1, Identificación del oferente
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- Anexo Nº 6, Declaración Jurada simple de deuda vigente con trabajadores.
- Documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, firmado por el o la representante, y que establezca la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el IPS, el nombramiento de la o el representante, apoderada o apoderado común con poderes suficientes y la vigencia de la unión, que no podrá ser inferior a la vigencia de la contratación. Los y las integrantes de la unión temporal de proveedores o proveedoras no podrán ser modificados durante el período de evaluación de ofertas.
Si la unión temporal de proveedores o proveedoras no adjunta el presente documento, la oferta será declarada inadmisible. La oferta también será declarada inadmisible si durante el proceso de evaluación de las ofertas uno o una de los integrantes de la unión temporal de proveedores o proveedoras se retira, siempre cuando sus características hayan sido incluidas para la evaluación. Cualquiera de los o las integrantes de la unión temporal de proveedores o proveedoras podrá informar esta situación al Instituto de Previsión Social.
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- Fotocopia Simple, por ambos lados, del R.U.T. o cédula nacional de identidad de todos y todas las personas o entidades integrantes de la unión de proveedores o proveedoras.
- Fotocopia Simple, por ambos lados, de la Cédula de Identidad de la o el representante, apoderada o apoderado.
- Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, por cada uno de las y los proveedores que integran la unión temporal. Esta deberá suscribirse, por el proveedor que ingrese la oferta, electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
-
-
-
-
-
5.1.
5.1.1.
5.1.2. Incorporación de personas con Discapacidad (Anexo N°2)
Declaración jurada simple si tiene o no entre sus trabajadores alguna persona con discapacidad. Para estos efectos, el proponente deberá indicar si se encuentra sujeto a la Ley Nº 21.015 en relación al total de sus trabajadores. En el evento de tenerlas, deberá adjuntar documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad o certificación de la COMPIN y algún documento que acredite la relación laboral.
5.1.3. Declaración Jurada Simple de Habilidad del Oferente (Anexo N°3)
Declaración Jurada sobre habilidad para ofertar, por cada uno de las y los proveedores que integran la unión temporal. Esta deberá suscribirse, por el proveedor que ingrese la oferta, electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
5.1.1
5.1.2
5.1.3
5.1.4 Oferta Técnica (ANEXO N° 4)
Es la que, cumpliendo las exigencias de las Bases, detalla las características y referencias técnicas del servicio ofertado, conforme a lo requerido en las Bases Técnicas.
Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl (letra b del ambiente del proveedor), de acuerdo con las condiciones, normas y políticas de uso del sitio.
NOTA: Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento, una vez adjudicada la licitación
5.1.5 Oferta Económica (ANEXO N°5)
Es la que, cumpliendo las exigencias de estas Bases, detalla el precio del servicio ofertado en la correspondiente Oferta Técnica.
Debe presentarse electrónicamente, en archivo adjunto, en el mismo portal www.mercadopublico.cl (letra c del ambiente del proveedor) con los contenidos establecidos en el formato Oferta Económica, conforme a Anexo N°5.
Los valores ingresados al Portal deberán expresarse en moneda nacional y en valor NETO, es decir, no deben contener ningún tipo de impuesto.
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APERTURA ELECTRPONICA DE LOS ANTECEDENTES GENERALES Y DE LAS OFERTAS |
La Apertura Electrónica se efectuará en la oportunidad y lugar indicado en el Calendario de Eventos. Estará cargo del jefe o jefa del Subdepartamento de Compras dependiente del Departamento de Administración e Inmobiliaria del IPS, o del funcionario que esta jefatura designe.
La Apertura es electrónica y no un acto presencial. Mediante ella se procederá a la Apertura Electrónica de los Antecedentes Generales del Oferente y de las Ofertas Técnicas y Económicas.
El jefe o jefa del Subdepartamento de Compras del IPS, o el funcionario que sea designado al efecto, consignará en acta el cumplimiento de este requisito, sin apreciar su mérito, pues ello competerá en su oportunidad a la Comisión Evaluadora.
Seguidamente, el Jefe del Subdepartamento de Compras de IPS, o el funcionario que sea designado al efecto, procederá a verificar la inscripción de aquellos Oferentes que hayan manifestado encontrarse inscritos en www.chileproveedores.cl y abrirá todos los archivos electrónicos de “Antecedentes Generales” de los oferentes, desde el portal www.mercadopublico.cl, revisando y dando cuenta de la presencia de todos y cada uno de los documentos exigidos, sin apreciar su mérito, pues ello también competerá a la Comisión Evaluadora.
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura electrónica de las ofertas a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl.
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1 La Comisión Evaluadora
La Comisión Evaluadora será designada mediante la Resolución del Departamento de Administración e Inmobiliaria que apruebe las presentes bases, y estará integrada por personal del IPS.
La conformación de la referida Comisión Evaluadora se ajustará a lo dispuesto en el artículo 37º del Reglamento de la ley de Compras Públicas, es decir, será integrada por al menos tres funcionarios calificados del IPS.
La Comisión Evaluadora emitirá el Informe de Evaluación correspondiente el que contendrá el detalle del proceso de evaluación y los resultados de esta.
8.2 Consultas aclaratorias a los oferentes
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora, de estimarlo necesario, podrá efectuar consultas a uno o más oferentes, para aclarar aspectos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl.
8.3 Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, requerimiento que será informado al resto de los oferentes a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
Por su parte, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la Comisión Evaluadora, los oferentes podrán corregir estos errores o acompañar las certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
8.4 Evaluación de las ofertas
Estarán principalmente centrados en una lógica de rigor y control de la seriedad, capacidad
y aptitud de los oferentes para prestar el servicio requerido, sin afectar los principios de
igualdad de los oferentes y la estricta sujeción a las bases.
Cada factor será evaluado considerando los siguientes aspectos y ponderaciones:
TABLA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
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FACTOR
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PONDERACIÓN
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1
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Antecedentes Generales de los Oferentes (cumplimiento de requisitos formales)
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3%
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2
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Incorporación de Personas con discapacidad
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2%
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3
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Oferta Técnica
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45%
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4
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Oferta Económica
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50%
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TOTAL
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100%
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En el análisis de los antecedentes presentados en las respectivas ofertas de los oferentes se asignará un puntaje de 10 a 0 a los factores que a continuación se detallan, con su correspondiente ponderación antes mencionada.
8.4.1 De los Antecedentes Generales de los Oferentes (3% de la evaluación total).
Para la evaluación de los antecedentes generales, se considerará como criterio de evaluación el cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de las ofertas, correspondiendo el 100% de ponderación de antecedentes generales al 3% de la evaluación total.
Para lo anterior se asignará un puntaje de evaluación, según el siguiente detalle:
CRITERIO
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PUNTOS
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Presentación completa de los antecedentes y dentro del plazo fijado en el calendario de eventos
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10
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Presentación incompleta de los antecedentes dentro del plazo fijado en el calendario de eventos, que se normaliza dentro del plazo fatal de 2 días hábiles de efectuado el requerimiento por parte de la comisión evaluadora.
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5
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NO subsana los antecedentes solicitados o los presenta fuera del plazo otorgado para ello
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0
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En caso de presentación incompleta, para subsanar dicha situación deberá ajustarse a lo indicado en el punto 8.3. de las presentes bases.
8.4.2 Incorporación Laboral de Personas con Discapacidad (2% de la evaluación total).
Para efectos de verificar este factor, se estará a lo dispuesto en la Ley Nº 21.015, y el oferente deberá adjuntar los documentos que acrediten la inscripción del trabajador o prestador en el Registro Nacional de la Discapacidad o Certificado de la COMPIN, y el contrato de trabajo vigente en la actualidad, que acredite la relación laboral, el cual además debe tener una antigüedad de al menos 90 días anteriores al cierre de presentación de las ofertas, y copia de la comunicación electrónica del cumplimiento de la Ley 21.015 dirigida a la Dirección del Trabajo, en caso de corresponder, además de completar y presentar el formato establecido en el ANEXO N°2.
Para las ofertas de Unión Temporal de Proveedores, el puntaje obtenido será el resultante de la mejor acreditación presentada por uno de los integrantes de la UTP.
Subfactor: Criterios a validar en contratación de personas con Discapacidad.
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Puntos
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Encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara y acredita más del mínimo legal.
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10
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No encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara y acredita uno o más.
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10
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Encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara y acredita el mínimo legal
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5
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Encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, no declara y no acredita o acredita menos del mínimo legal.
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0
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Encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara, pero no acredita.
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0
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No encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, no declara y no acredita.
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0
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No encontrándose obligado por la Ley Nº 21.015 a contar con trabajadores con discapacidad, declara, pero no acredita.
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0
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En caso de que el oferente no adjunte alguno o todos los documentos requeridos para la evaluación (documento que acredite la inscripción del trabajador o prestador en el Registro Nacional de la Discapacidad o Certificado de la COMPIN, contrato de trabajo y copia de comunicación electrónica del cumplimiento de la Ley 21.015 dirigida a la Dirección del Trabajo) obtendrá nota 0.
8.4.3 Oferta Técnica (45% de la Evaluación Total)
Sin perjuicio de la descripción de su Propuesta Técnica, que los oferentes deben realizar en el ANEXO N°4, la evaluación de la Oferta Técnica se realizará de acuerdo con la siguiente pauta de evaluación. El 100% de la ponderación técnica final corresponderá al 45% de la evaluación total:
Está constituido por:
- Calidad de la muestra (50%)
- Plazo de Entrega (50%)
En el análisis de los antecedentes presentados en las respectivas ofertas, se asignará un puntaje de 0 a 10 a los factores de evaluación, siendo 10 el puntaje máximo, al que se aplicará su respectiva ponderación.
8.4.3.1 Calidad de la muestra (50%)
Se contará desde la fecha en la cual el Instituto de Previsión Social emita la Orden de Compra.
CALIDAD DE LA MUESTRA
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50% FACTOR
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Calidad superior:
- Toldos: Estructura Metálica que garantiza la estabilidad óptima con sistema retráctil auto armable, fácil de ejecutar.
- Muros: Imágenes de Alta resolución en gráfica impresa
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10
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Calidad Media: Esta establecida de acuerdo con lo siguiente
- Toldos: Estructura Metálica que presentan débil estabilidad óptima con sistema retráctil auto armable, fácil de ejecutar.
- Muros: Alta resolución en gráfica impresa
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5
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Calidad Inferior: Esta establecida de acuerdo con lo siguiente
- Toldos: Estructura Metálica NO cumple con la estabilidad requerida
- Muros: Imágenes de baja resolución en gráfica impresa
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0
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Los señores Luis Viveros C (Luis.viveros@ips.gob.cl) y/o Luis Jorquera Lara (Luis.jorquera@ips.gob.cl), serán los representantes de IPS para la recepción de muestras. Las empresas proponentes deberán coordinar la entrega tomando contacto a través de los correos señalados. Fecha de entrega de muestras hasta el día antes de la fecha de cierre de la presente licitación.
NOTA: Las muestras corresponden a una pieza grafica física, que permita comprobar los requisitos solicitados.
- Estructura
- Calidad de la grafica
- Materiales y terminaciones
La pieza grafica puedes ser un trabajo realizado a otra empresa con anterioridad o una desarrollada específicamente para esta licitación.
8.4.3.2 Plazo de Entrega (50%)
Se contará desde la fecha en la cual el Instituto de Previsión Social emita la Orden de Compra.
PLAZO DE ENTREGA
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50% FACTOR
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Plazo entrega igual o inferior a 12 días hábiles
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10
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Plazo entrega entre 13 y 15 días hábiles
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5
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Plazo entrega mayor a 15 días hábiles
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0
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El plazo de entrega:
El plazo de entrega considera los días hábiles desde la aprobación de la prueba color por parte de IPS hasta la entrega de los toldos en Abastecimiento de nuestra institución ubicada en Camino Agrícola Nº 1697 Comuna de Macul – Santiago.
8.4.4 Oferta Económica (50%)
El criterio de evaluación de las ofertas económicas está orientado a determinar, dentro de aquellas que cumplen las exigencias técnicas establecidas en las Bases, cuál resulta económicamente más ventajosa para IPS. Se evaluarán las ofertas económicas de acuerdo con la siguiente fórmula:
Pje. OEO = (OM / OO) * 10
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Donde:
Pje. OEO = Puntaje Oferta Económica Oferente
OM = Oferta Menor o más económica
OO = Oferta del Oferente
Para estos efectos, el puntaje máximo a alcanzar será de 10 puntos de acuerdo con la fórmula antes indicada.
8.4.5 Evaluación General de las Propuestas
El puntaje general (PG) de cada propuesta se calculará en base al puntaje de evaluación de los Antecedentes Generales (AG), Personas con discapacidad (PD), la Oferta Técnica (OT) y la oferta económica (OE), de acuerdo con la siguiente fórmula:
100% PG = 3%AG + 2% PD + 45% OT + 50% OE
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Este puntaje general permitirá establecer un ranking de las ofertas, que determine el orden de prelación para adjudicar.
8.4.6 Desempate
De producirse igualdad en el puntaje de las ofertas entre las propuestas mejor evaluadas, la Comisión Evaluadora propondrá la adjudicación de la licitación de la especie al proponente cuya Propuesta Técnica obtenga mayor puntaje. En caso de persistir dicha igualdad, se adjudicará a aquella Oferta Económica que sea de menor valor.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal, lo que se acreditará en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con lo indicado en el “comprobante de ingreso de oferta”.
8.4.7 Sobre la Validez de la Oferta
El plazo de validez de las ofertas será de 90 días corridos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63º del Reglamento de Compras, D.S. Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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SOBRE LA ADJUDICACIÓN |
9.1 Adjudicación
El Instituto adjudicará la licitación, a la propuesta que finalmente estime más ventajosa a sus necesidades e intereses, considerando, en una estimación de conjunto, los criterios de evaluación y los puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes Bases, y aunque ella no sea la de menor valor.
La adjudicación se efectuará a través de una Resolución fundada de la Jefatura del Departamento de Administración e Inmobiliaria del Instituto. Dicha resolución será publicada en el portal de Mercado Público, junto con el cuadro comparativo de las ofertas, y el Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora, todos documentos firmados por cada uno de los funcionarios que participó en la respectiva evaluación.
En el evento que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de proveedores de Mercado Público, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta, como requisito previo para la emisión de la Orden de Compra. Dentro del mismo plazo, deberá encontrarse hábil en el referido registro.
Para el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de dicha Unión debe estar inscrito y hábil en el registro oficial de contratistas del Estado. Para ello, dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contado desde la fecha de notificación de la resolución que adjudica la propuesta. En caso de estar conformado por personas jurídicas extranjeras, esto es, no constituidos y sin operación en Chile, se exigirá solamente la inscripción en el referido Registro.
El Instituto se reserva el derecho de prorrogar el plazo para adjudicar, por razones de buen servicio, caso en el cual, antes de cumplimiento del plazo original, informará a través del sitio sobre la referida prórroga, conforme lo establece el artículo 41 del D.S. N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda, modificado por el Decreto Supremo N° 1.763/2009.- que señala: “Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar el nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad”.
9.2. Mecanismos para la solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas en relación con la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria. Dichas consultas deberán realizarse a través del portal www.mercadopublico.cl.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
9.3. Notificación
La Resolución de adjudicación se notificará a los proponentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, y además el Instituto requerirá vía correo electrónico dirigido al adjudicatario, los siguientes antecedentes para la emisión de la Orden de Compra, los cuales deberán ser entregados en originales o copias en el lugar señalado en el correo y en un plazo máximo de 5 días hábiles, salvo que estos consten en el registro de proveedores de Mercado Público, en cuyo caso no les serán exigibles:
Para Personas Naturales:
- Fotocopia Simple, por ambos lados, de la Cédula de Identidad.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento.
- Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores, contenida en ANEXO N°6.
- ANEXO N°7, sobre deuda por préstamo solidario año 2020.
Para Personas Jurídicas:
- Cédula Nacional de Identidad de la representación legal de la entidad proponente y RUT de la persona jurídica.
- Escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones posteriores, si las hubiere, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio y publicación en el Diario Oficial o formulario de constitución o modificación del Registro de empresas y sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, si correspondiere.
- Certificado de Vigencia de la sociedad, emitido por el respectivo Conservador de Comercio o por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo si correspondiere, de una antigüedad no superior a 90 días contados hacia atrás desde la fecha de Apertura de la Licitación.
- Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores, contenida en ANEXO N°6.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento.
- En el caso de personas jurídicas extranjeras, ésta estará obligada previo a la emisión de la Orden de Compra, a otorgar y constituir mandato con poder suficiente a una persona jurídica chilena que lo represente, o a constituir una agencia en Chile, a cuyo nombre se emitirá la Orden de Compra y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato ajustado a la normativa vigente.
Unión Temporal:
Los antecedentes señalados precedentemente, deben ser presentados por cada una de las personas naturales o Jurídicas que la integran, según corresponda.
Cada uno de los integrantes de la unión temporal deberán presentar ANEXO N°3 y ANEXO Nº6 Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores
9.4. Readjudicación
El IPS podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado no acepte la Orden de Compra, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, no adjunte los datos para el pago por transferencia electrónica, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierto el proceso.
En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a una inhabilidad para postular o contratar, la unión temporal deberá informar por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. En todos los casos el Instituto de Previsión Social podrá también, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, declarar desierto el proceso.
9.5. Eventual rechazo de las ofertas o declaración de licitación desierta
En conformidad al artículo 9º de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas, el Instituto, como órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por Resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del servicio, cualquier oferta de algún proponente, cuando ésta no cumple con los requisitos establecidos en las Bases.
Asimismo, el Instituto podrá, por resolución fundada, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes.
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SOBRE MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
Los oferentes podrán hacer consultas en relación con la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicataria. Dichas consultas deberán realizarse a través del portal www.mercadopublico.cl.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
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NOTIFICACIÓN |
La Resolución de adjudicación se notificará a los proponentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, y además el Instituto requerirá vía correo electrónico dirigido al adjudicatario, los siguientes antecedentes para la emisión de la Orden de Compra, los cuales deberán ser entregados en originales o copias en el lugar señalado en el correo y en un plazo máximo de 5 días hábiles, salvo que estos consten en el registro de proveedores de Mercado Público, en cuyo caso no les serán exigibles:
Para Personas Naturales:
- Fotocopia Simple, por ambos lados, de la Cédula de Identidad.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento.
- Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores, contenida en ANEXO N°6.
- ANEXO N°7, sobre deuda por préstamo solidario año 2020.
Para Personas Jurídicas:
- Cédula Nacional de Identidad de la representación legal de la entidad proponente y RUT de la persona jurídica.
- Escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones posteriores, si las hubiere, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio y publicación en el Diario Oficial o formulario de constitución o modificación del Registro de empresas y sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, si correspondiere.
- Certificado de Vigencia de la sociedad, emitido por el respectivo Conservador de Comercio o por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo si correspondiere, de una antigüedad no superior a 90 días contados hacia atrás desde la fecha de Apertura de la Licitación.
- Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores, contenida en ANEXO N°6.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con validez a la fecha de entrega del documento.
- En el caso de personas jurídicas extranjeras, ésta estará obligada previo a la emisión de la Orden de Compra, a otorgar y constituir mandato con poder suficiente a una persona jurídica chilena que lo represente, o a constituir una agencia en Chile, a cuyo nombre se emitirá la Orden de Compra y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato ajustado a la normativa vigente.
Unión Temporal:
Los antecedentes señalados precedentemente, deben ser presentados por cada una de las personas naturales o Jurídicas que la integran, según corresponda.
Cada uno de los integrantes de la unión temporal deberán presentar ANEXO N°3 y ANEXO Nº6 Declaración jurada que acredita que el oferente no tiene deudas con sus trabajadores
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READJUDICACIÓN |
El IPS podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado no acepte la Orden de Compra, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, no adjunte los datos para el pago por transferencia electrónica, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierto el proceso.
En el caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores y alguno de sus integrantes estuviese afecto a una inhabilidad para postular o contratar, la unión temporal deberá informar por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de a UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. En todos los casos el Instituto de Previsión Social podrá también, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, declarar desierto el proceso.
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EVENTUAL RECHAZO DE LAS OFERTAS O DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA |
En conformidad al artículo 9º de la Ley N° 19.886, de Compras Públicas, el Instituto, como órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por Resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del servicio, cualquier oferta de algún proponente, cuando ésta no cumple con los requisitos establecidos en las Bases.
Asimismo, el Instituto podrá, por resolución fundada, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes.
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DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
Para la presente contratación no se deberá suscribir contrato, ya que corresponde a una compra de bienes de simple y objetiva especificación, de acuerdo a lo establecido en el DS 250 que aprobó el Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, que se formalizará mediante la sola emisión de la Orden de Compra través del portal mercado público y la aceptación de esta por parte del proveedor.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días corridos para aceptar la Orden de Compra. De no hacerlo, el Instituto de Previsión Social podrá readjudicar el proceso, de conformidad a lo establecido en las presentes bases.
10.1 Requisitos para contratar
Para la emisión de la Orden de Compra, el adjudicatario no podrá haber sido condenado con la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, contemplada en los artículos 8º y 10º de la Ley Nº 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho, ni podrá tener vínculo de parentesco con los funcionarios directivos de IPS, en los términos establecidos en el inciso 6º del artículo 4º de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios.
10.2 Vigencia y duración
El plazo de vigencia será el indicado por el oferente en su oferta técnica para la entrega de los toldos adquiridos, la cual no podrá exceder de los 60 días corridos como máximo, considerando todo el proceso.
El proceso considera las siguientes etapas:
- Entrega de Diseño por parte de IPS al proveedor Adjudicado. Esta pieza de diseño puede estar sujeta a consultas por parte del Proveedor y a correcciones por parte de IPS.
- Entrega de Prueba a color por parte del proveedor a IPS, este es un proceso de corrección interactiva hasta lograr la conformidad por parte de IPS.
- Impresión de la Folletería: Corresponde a la etapa final, la cual se ejecuta con la versión del diseño Final aprobada por IPS. Adicional a los plazos de impresión se deben considerar plazos asociados a la entrega, sujetos a confirmación por parte de IPS, de acuerdo a la disponibilidad de bodegaje al momento de la entrega.
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EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
10.1 Sobre la entrega, el plazo y la recepción de los bienes adquiridos
El proveedor adjudicatario deberá despachar y entregar los bienes adquiridos en las direcciones y a los funcionarios que en la Orden de Compra se indiquen.
La entrega deberá cumplirse en el plazo indicado en la oferta, contados desde la fecha de emisión de la Orden de Compra.
En caso de atrasos por circunstancias fuera del ámbito del proveedor (calificadas), podrá pedirse prorroga sólo antes de la fecha máxima de entrega. En caso de atenuantes posteriores, estos no serán considerados.
En el despacho a bodega, ubicada en Camino Agrícola Nº 1697 – Macul, la Recepción de la Unidad Almacenes posee todas las atribuciones para devolver los productos que no se ajusten a lo solicitado en sus especificaciones y/o medios de embalaje que no correspondan a lo solicitado.
10.2 Sobre el pago del producto adquirido
El pago se realizará una vez producida la recepción conforme del total de los productos requeridos en el lugar de destino solicitado.
Es obligación del proveedor adjuntar las Guías de Despacho recibidas conforme a la Factura de Compra.
El Instituto, en forma previa al pago, exigirá al adjudicatario la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, a través de los siguientes certificados: Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y/o Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales, emitidos por la Dirección del Trabajo y de planillas de pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales, cuyo incumplimiento facultará al Instituto para retener el pago, para efectos de dar cumplimiento a las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, hasta verificarse su total cumplimiento.
Presentada la factura de acuerdo con recepción conforme, el Instituto la pagará en un plazo no superior a 30 días corridos.
El pago se hará mediante Transferencia Electrónica, debiendo el proveedor adjudicatario entregar obligatoriamente la Cuarta copia factura cedible, solamente para los documentos manuales e informar, al momento de emisión de la factura, los siguientes datos:
- Nombre proveedor
- RUT proveedor
- Dirección
- Teléfono de Contacto
- Correo electrónico de Contacto
- Cuenta Corriente (asociada a RUT del proveedor)
- Banco
- Tipo de Cuenta
10.3 Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario
En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago producto del contrato licitado, deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Instituto exigirá al adjudicatario que efectúe dichos pagos y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario facultará al Instituto para terminar anticipadamente el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el adjudicatario no podrá participar, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º, del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas.
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SOBRE SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EMANADAS DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL |
12.1 Multas
El Instituto estará facultado para aplicar y cobrar multas al proveedor adjudicatario por las siguientes infracciones:
Infracción
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Multa
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Incumplimiento en la calidad del producto acordada según indicaciones descritas en el Anexo N°4 de Especificaciones Técnicas.
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5 % del total facturado
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Incumplimiento del plazo de entrega del producto. Este porcentaje se aplicará por cada día hábil de atraso en la entrega. Se considera como límite máximo de atraso en la entrega 10 días. En caso de que el proveedor no cumpla con el plazo máximo señalado se procederá a la anulación de la compra.
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1% por día de atraso.
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12.2 Procedimiento para la aplicación de multas
Para la aplicación de las multas, el Instituto comunicará por escrito, mediante correo electrónico o carta certificada, su decisión al Adjudicatario, indicando el monto y fundamento de la misma. El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles a contar de la comunicación para formular los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado mediante correo electrónico que el Administrador le indique. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular previa ponderación de los antecedentes mediante resolución fundada del jefe del Departamento de Administración e Inmobiliaria, que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existiesen, y será notificada al Adjudicatario, remitiéndose copia del acto administrativo al Adjudicatario, lo que será notificado vía correo electrónico.
El Adjudicatario podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, mediante correo electrónico que el Administrador le indique. El Instituto resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el Adjudicatario, o bien rechazará, confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos dispuestos en la Ley No 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Con todo, el monto máximo de multas que se apliquen no podrá ser superior al 30% del monto neto de la adquisición.
No procederá multa, si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor calificado así por el Instituto, mediante Resolución fundada del jefe del Departamento de Administración e Inmobiliaria.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Instituto de Previsión Social de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
12.3 Cobro de la Multa
La multa se hará efectiva una vez que se hayan resuelto los recursos pertinentes o haya vencido el plazo de su interposición sin que se hayan presentado.
El monto de la multa se descontará del estado de pago respectivo o de no ser posible, el Instituto podrá exigir su pago directo al adjudicatario, otorgándole un plazo de 10 días para realizarlo.
12.4. Modificación o término anticipado del contrato por incumplimiento.
El Instituto podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Departamento de Administración e Inmobiliaria, modificar o poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada e inmediata, por las siguientes causales:
a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b) Por incumplimiento grave del adjudicatario respecto a las obligaciones previstas en las Bases, entendiéndose por tal, pero sin excluir otras situaciones análogas:
- Cuando se supere el porcentaje máximo de multa.
- La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad.
- El atraso de 60 días corridos o más en la entrega de los productos requeridos.
c) Por estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) Por pérdida de las certificaciones y autorizaciones necesarias para que el contratante pueda funcionar en el giro de su actividad.
g) Por incumplimiento del Pacto de Integridad establecido en estas Bases de Licitación.
h) En caso de adjudicarse a una unión temporal de proveedores:
- Por la disolución de la misma. La disolución deberá ser informada por cualquiera de los proveedores que la componen al administrador del contrato.
- Por el retiro de uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores si éste reúne una o más características consideradas para la evaluación de la oferta. Sin perjuicio de ello, si la unión temporal de proveedores está constituida por 3 o más integrantes y uno de ellos se retira, se podrá continuar ejecutando el contrato con los restantes, siempre que se realice en los mismos términos comprometidos en la oferta.
- Inhabilidad sobreviniente de uno de los o las integrantes de la unión temporal de proveedores, que signifique que esta no pueda seguir ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
- De constatarse que los integrantes de la unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberá remitirse los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica
i) Por perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
Adoptada esta medida y exceptuando las causales descritas en las letras a) y d) precedentes, el Instituto podrá ejercer las acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados.
En caso de termino anticipado, el Instituto de Previsión Social pagará al proveedor los bienes recepcionados conformes hasta la fecha de término de la relación contractual.
En el caso de término anticipado por la causal de la letra a) (mutuo acuerdo), las partes deberán suscribir un documento que formalice dicha circunstancia. En él, deberá indicarse si existen o no obligaciones pendientes, el monto de las mismas y, si correspondiere, la forma en que se realizará el pago de éstas.
Para poner término por las restantes causales, el Instituto comunicará por escrito su decisión al prestador, indicando la causal y fundamento de esta. El prestador dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha de la comunicación, para formular descargos. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Instituto resolverá sobre el particular, mediante resolución fundada del Departamento de Administración e Inmobiliaria, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndose copia del acto administrativo al prestador, sin perjuicio del procedimiento establecido en la Ley Nº 19.880.
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SUBCONTRATACIÓN |
Se encuentra prohibida la subcontratación.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
El Instituto y el adjudicatario resolverán, de común acuerdo y mediante negociaciones directas, las diferencias que surjan en cuanto a la aplicación del contrato.
En el evento que no se logre un acuerdo entre las partes, cualquiera de éstas podrá llevar las controversias al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicias, siendo competente los de la ciudad de Santiago, todo ello en conformidad a la legislación vigente.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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