1. Antecedentes básicos de la entidad licitante |
Razón Social del organismo
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Ministerio Secretaría General de la Presidencia
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Unidad de Compra
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División de Gobierno Digital
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R.U.T. del organismo
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60.100.003-2
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Dirección
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Moneda N° 1160, entrepiso
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Comuna
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Santiago
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Región en que se genera la Adquisición
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Región Metropolitana de Santiago
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2. Antecedentes administrativos |
Nombre Adquisición
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Adquisición de Equipos Computacionales, para el Programa Gobierno Digital del Ministerio Secretaría General de la Presidencia
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Descripción
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Adquisición de equipos computacionales, para el programa Gobierno Digital del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
El detalle de los servicios antes referidos se encuentra en el Anexo N° 4 de las presentes bases.
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Tipo de convocatoria
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Abierta
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Moneda o unidad reajustable
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CLP
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Presupuesto máximo disponible
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$142.800.000.- Impuestos Incluidos
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Etapas del Proceso de Apertura
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Una etapa
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Publicidad de las Ofertas Técnicas
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Sí
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3. Etapas y plazos |
La presente licitación recae sobre bienes o servicios de simple y objetiva especificación, conllevando un esfuerzo menor en la preparación de ofertas, al tratarse de bienes específicos, por lo que los plazos que se indican a continuación se establecen en conformidad al artículo 25 del Reglamento de la Ley de Compras:
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Actividad
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Plazo desde la publicación de las Bases
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3.1
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Publicación del llamado.
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0 día
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3.2
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Plazo para formular consultas y aclaraciones.
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Hasta las 17:00 horas del 3° día
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3.3
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Publicación de las respuestas a las consultas y aclaraciones.
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6° día
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3.4
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Cierre de recepción de propuestas y de la garantía de seriedad de la oferta
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Hasta las 17:00 horas del 14° día
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3.5
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Apertura de las propuestas.
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Desde las 17:01 del 14° día
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3.6
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Fecha estimada de adjudicación.
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La fecha máxima de adjudicación es de 8 días contados desde la apertura de las propuestas
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3.7
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Fecha estimada de entrega de garantía de fiel cumplimiento y documentos para la firma del contrato
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Hasta 5° días contados de la fecha de adjudicación
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3.8
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Fecha estimada de firma del contrato
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Hasta 10° días contados de la fecha de adjudicación
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Los plazos señalados precedentemente serán de días corridos; sin perjuicio de ello, el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles. En caso de que cualquiera de los plazos venza en un día inhábil, entendiéndose por tal los feriados, sábados y domingos, el plazo se prorrogará al día hábil siguiente.
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4. Consultas y aclaraciones |
4.1. Recepción de consultas y aclaraciones:
a. Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de licitación.
b. Todas las notificaciones a efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el Ministerio publique, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, el respectivo documento o el acto administrativo objeto de la notificación.
c. Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma.
4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones:
Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal Mercado Público, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación.
Dentro del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán vinculantes para los oferentes.
A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 585-B, de 2021, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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5. Requisitos mínimos para participar |
El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que se contiene en el Anexo N°1 de las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades del Ministerio de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición
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6. Instrucciones para la presentación de ofertas |
Presentar ofertas por sistema.
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Obligatorio.
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Anexos administrativos.
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Anexo N°1. Declaración jurada simple para ofertar.
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Anexo tiempo de entrega
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Anexo N°6.
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Anexos técnicos
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Oferta técnica
La oferta técnica debe ser ingresada de acuerdo a los requisitos mínimos indicados en el Anexo N°4. Lo anterior deberá ser ingresado a través del Portal, en la sección Anexos Técnicos.
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Anexo económico
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La oferta económica deberá ser ingresada de acuerdo a los requisitos mínimos indicados en el Anexo N°5. Lo anterior deberá ser ingresado a través del Portal, en la sección Anexos económicos.
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Observaciones
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Portal, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
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7. Antecedentes legales para poder ser contratado |
Si el oferente es persona natural
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Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
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Anexo N°2. Declaración jurada simple para contratar (Conflictos de interés y ratificación de lo obrado), suscrita por el adjudicatario, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
Anexo N°3. Declaración jurada para contratar (Deudas vigentes con trabajadores).
Todos los anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.
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Fotocopia de su cédula de identidad.
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Si el oferente no es persona natural
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Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
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Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.
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Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
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Anexo N°2. Declaración jurada simple para contratar (Conflictos de interés y ratificación de lo obrado), suscrita por el adjudicatario, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
En caso de que resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, el Anexo N°2 debe ser completado por cada uno de sus integrantes.
Anexo N°3. Declaración jurada para contratar (Deudas vigentes con trabajadores).
Todos los anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
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Observaciones
No podrán ofertar los proveedores sancionados por el Tribunal de la Libre Competencia con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del decreto con fuerza de ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. El Ministerio verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte de papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que indican las presentes bases.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, el Ministerio podrá seleccionar la segunda mejor oferta para la firma del contrato. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.
Inscripción en el Registro de Proveedores
Conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Compras Públicas, las entidades podrán exigir a los adjudicatarios su inscripción en el Registro de Proveedores para poder suscribir los contratos definitivos. En consecuencia, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito o proceder a inscribirse en el Registro de Proveedores, regulado en el Capítulo IX del citado Reglamento, debiendo acompañar por escrito, comprobante o certificado de dicha inscripción.
Si el adjudicado no se encontrare inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo plazo indicado en el cronograma (para acompañar los documentos necesarios para contratar), para efectuar su inscripción y acompañar el respectivo comprobante o certificado.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, en el plazo señalado precedentemente.
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8. Naturaleza y monto de las Garantías |
8.1 Garantía de seriedad de la oferta
El oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, a $1.000.000.- (un millón de pesos). La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la en la Oficina de Partes del Ministerio, ubicada en calle Moneda N° 1.160, entre piso, comuna de Santiago, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique.
Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se deberá(n) presentar en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo para ofertar.
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá una glosa que señale que se otorga para garantizar la seriedad de la oferta, individualizando el respectivo proceso de compra.
Estos documentos no deberán contener cláusulas de arbitraje, ni requerir trámite alguno para su cobro; y en caso de que, la emisión de este documento demande gasto, éste será de cargo exclusivo del oferente.
En caso de que, el proponente no entregue garantía de seriedad de la oferta, se entenderá que no cumple con dicha caución, declarándose su oferta como inadmisible.
a. Características de la garantía: deberá señalar expresamente el nombre del beneficiario, Rol Único Tributario del beneficiario, monto, fecha de vencimiento y glosa. En aquellos casos que, la garantía no permita la inclusión de esta información, deberá quedar establecido en un certificado emitido por la institución que proporcione la garantía o mediante una declaración jurada simple por parte del proponente.
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Rol Único Tributario beneficiario: 60.100.003-2
Monto: $1.000.000.- (un millón de pesos).
Fecha de vencimiento: La garantía deberá tener una vigencia mínima desde la presentación de la oferta hasta al menos 60 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la contratación denominada “Adquisición de equipos computacionales, para la División de Gobierno Digital del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”.
Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula.
b. Forma y oportunidad de restitución: Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la Oficina de Partes del Ministerio.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección del Ministerio recién aludida.
El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas, por el representante o apoderado en el caso de la unión temporal de proveedores o, en todos los casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira la garantía.
El Ministerio podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en cualquiera de los siguientes casos:
1. Si el oferente desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante la vigencia de ésta.
2. Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.
3. Si el proponente no diera cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 39 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en relación a no tener contacto con el Ministerio para efectos de la presente licitación, salvo aquellas instancias establecidas en las presentes bases de licitación.
4. Si el adjudicatario no cumple con los requisitos para contratar establecidos en las presentes Bases Administrativas, dentro de los plazos señalados en el presente proceso licitatorio.
5. Si el adjudicatario no entrega toda la documentación necesaria y requerida en las presentes Bases Administrativas, dentro de los plazos señalados en el presente proceso licitatorio.
6. Si el adjudicatario no suscribe el contrato, dentro de los plazos señalados en el presente proceso licitatorio, por un hecho imputable a él.
7. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error, en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad, donde el proponente incida en la validez de la oferta.
8. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado.
8.2 Garantía de fiel cumplimiento de contrato
Una vez notificado el adjudicado, deberá presentar, dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación legal antes señalada, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con una vigencia, que debe extenderse desde la fecha de su entrega hasta 90 días corridos posteriores al término del contrato.
La caución deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Física o electrónica, en este último caso ajustándose a lo dispuesto en la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
b) Pagadera a la vista, esto es, contra su sola presentación.
c) Irrevocable.
d) Extendida a favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia e incluir la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: “Adquisición de equipos computacionales, para el programa Gobierno Digital del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”.
La caución podrá consistir en cualquier tipo de instrumento pagadero a la vista e irrevocable, expresado en pesos o en otra unidad monetaria de circulación nacional equivalente, tales como: boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro de ejecución inmediata, depósito a la vista, un certificado de fianza a la vista, seguro de garantía y en general cualquier otra alternativa indicada en el artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas, que asegure el pago de la garantía de forma rápida y efectiva, por un monto de equivalente al 5% del valor contratado.
En el caso que el adjudicatario decida presentar una póliza de garantía a la vista, esta deberá ser además de ejecución inmediata, no podrá estar condicionada a un liquidador y deberá incorporar expresamente dentro de las cláusulas particulares, que se faculta al Ministerio, para hacerla efectiva en casos de sanciones impuestas al contratista por incumplimiento de las obligaciones del contrato.
Dicha garantía caucionará, además, el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del adjudicatario en caso de que, a la fecha de pago, ellas se encuentren adeudadas por el proveedor.
En caso de que el contrato se amplíe la garantía deberá igualmente ampliarse o renovarse, con una vigencia mínima desde la fecha de su emisión o presentación hasta 90 días corridos posteriores al término de la prórroga del plazo si correspondiere. Asimismo, en caso de ampliación o disminución de contrato afecte al monto máximo a contratar, el contratista deberá adecuar el monto de la garantía al valor del contrato.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del respectivo documento debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena.
En caso de que el Contratista no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el número 3 de las bases administrativas, el Ministerio podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicará la licitación al oferente, que según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, si su oferta resulta conveniente para los intereses del Ministerio, y así sucesivamente; o bien, declarará desierta la licitación, según corresponda.
Custodia y devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
El Ministerio custodiará la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través del Área de Presupuesto y Finanzas de la División de Administración General, el que deberá hacer su devolución una vez ejecutados los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello, la Contraparte Técnica del contrato debe emitir un certificado que acredite tal situación.
Se procederá a devolver el documento de garantía, mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable, o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, entregándoselo directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o, a la persona mandatada especialmente para retirar el documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente
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9. Evaluación y adjudicación de las ofertas |
9.1 Comisión evaluadora
La evaluación de las ofertas presentadas será realizada por una Comisión de Evaluación, la que estará compuesta por las siguientes personas:
● Natalia Rojas Vicuña, funcionaria de la Unidad de Fiscalía Interna.
● Marco Ulloa Urra, funcionario de la División de Administración General
● Daniel Velásquez Castro, colaborador de la División de Gobierno Digital.
En caso de impedimento de alguno (s) de ellos, integrarán la Comisión las personas que las jefaturas correspondientes designen mediante correo electrónico a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este Ministerio.
El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los funcionarios(as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no cuenta con esta condición.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, lo que se acreditará mediante la respectiva declaración jurada que suscriban. En caso de existir algún tipo de conflicto, esta situación deberá dar lugar a la abstención del miembro de participar en la Comisión y el Ministerio deberá designar a otra persona en su reemplazo.
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación.
La Comisión de Evaluación deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación en el cual deberá contener la siguiente información:
1. Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello, declarándose inadmisible y no procediendo a la evaluación de dicha oferta.
2. Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido.
3. Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Ministerio.
9.2 Consideraciones generales
Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el numeral 6, “Instrucciones para Presentación de Ofertas”, de las presentes bases de licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
El Ministerio declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
Los documentos solicitados por el Ministerio deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 4 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, el Ministerio podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
9.3 Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Ministerio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Portal.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte del Ministerio, la que se informará a través del Portal. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
9.4 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
El Ministerio tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte del Ministerio, la que se informará a través del Portal. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
9.5 Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
El Ministerio declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
El Ministerio podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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9.6 Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas |
La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de evaluación y subcriterios.
TIPO CRITERIOS PUNTAJE
Económico Oferta Económica 60
Técnico Tiempo de Entrega 30
Administrativo Presentación de antecedentes dentro de plazo 10
Oferta económica: 60 puntos (Anexo N°5)
La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula:
POE: (60) X OEB/OEE)
Dónde:
● POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación
● OEB: Oferta económica más baja
● OEE: Oferta económica en evaluación
Oferta técnica: 30 puntos
1. Tiempo de entrega: 30 puntos
Para la evaluación de este sub-criterio se considerará la declaración que el oferente haga en el Anexo N°6, respecto a la fecha de la primera entrega de los equipos computacionales.
Los oferentes que propongan un tiempo estimado igual o menor a 4 días hábiles, serán evaluados con la ponderación máxima de 30.
Los oferentes que propongan un tiempo estimado entre 5 y 6 días hábiles, serán evaluados con la ponderación de 20.
Los oferentes que propongan un tiempo igual a 7 días hábiles, serán evaluados con la ponderación mínima de 0.
Los oferentes que propongan un tiempo de entrega mayor a 7 días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Para todos los casos, los plazos serán contados desde la total tramitación del acto administrativo y posterior aceptación de la Orden de Compra a través del Portal Mercado Público.
Cumplimiento de Requisitos Formales: 10
Cumplimiento de Requisitos Formales PUNTAJE
Oferta técnica y económica (5) 5
Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (anexos, etc.) y que no requieren de aclaración posterior a su presentación.
5
Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación. 0
Documentos legales (5) 5
Presentación, dentro del plazo establecido, de la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros.
5
Entrega de los antecedentes omitidos en la presentación de la oferta (documentos legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases), a solicitud del Ministerio, en el plazo establecido en el numeral 9.4.
0
La no entrega de los documentos señalados anteriormente, a solicitud del Ministerio, en el plazo establecido en el numeral 9.4 implica que la oferta presentada será declarada inadmisible. oferta presentada será declarada inadmisible
Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de cada uno de los puntajes de los criterios evaluados multiplicados por su ponderación, incluyendo dos de sus decimales y sin aproximación. A partir del puntaje final, se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre los seleccionados de acuerdo a la evaluación de las ofertas.
La comisión dejará establecido en un acta cuál es la oferta más ventajosa de acuerdo con los criterios de evaluación, la cual deberá ser firmada por los asistentes. En virtud de esta evaluación, propondrá adjudicar los servicios licitados mediante el acto administrativo correspondiente.
Asimismo, el Ministerio se reserva el derecho de rechazar fundadamente todas las propuestas sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta. De igual forma, se reserva el derecho de declarar desierta la licitación según la conveniencia o inconveniencia de las ofertas que se presenten.
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Mecanismo de resolución de empates |
En caso de empate en las evaluaciones entre dos o más oferentes, el criterio que definirá la adjudicación será la obtención de mayor puntaje en primera instancia en el criterio “Tiempo de entrega”, en segunda instancia, en el criterio “Oferta económica”, y en caso de persistir el empate, se propondrá la adjudicación al proveedor que en primer lugar presentara su oferta en el portal Mercado Público.
La comisión dejará establecido en un acta cuál es la oferta más ventajosa de acuerdo con los criterios de evaluación, la cual deberá ser firmada por los asistentes. En virtud de esta evaluación, propondrá adjudicar los servicios licitados mediante el acto administrativo correspondiente.
Asimismo, el Ministerio se reserva el derecho de rechazar fundadamente todas las propuestas sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta. De igual forma, se reserva el derecho de declarar desierta la licitación según la conveniencia o inconveniencia de las ofertas que se presenten.
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9.8 Adjudicación |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que será publicada en el Portal, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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Resolución de consultas respecto de la adjudicación. |
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 7 días hábiles contados desde la publicación en el Portal, a través del correo electrónico compras@minsegpres.gob.cl.
El Ministerio dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas
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Readjudicación |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el Ministerio podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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9.11 Modificación de las bases de licitación |
El Ministerio podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del Portal.
Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, el Ministerio podría establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
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10. Condiciones contractuales, vigencia de las condiciones comerciales, operatoria de la licitación y otras cláusulas. |
10.1 Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre el Ministerio y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
1) Bases de licitación y sus anexos.
2) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
3) Oferta.
4) La resolución de adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.
5) Contrato definitivo suscrito entre las partes, su documentación de respaldo y el acto administrativo que lo aprueba.
6) Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que, en caso de existir inconsistencias en las presentes bases de licitación, prevalecerá lo dispuesto en las bases administrativas y técnicas por sobre sus Anexos. Sin perjuicio de lo anterior, se aplicará supletoriamente lo indicado en la normativa vigente de compras y contratación pública, específicamente lo indicado en la Ley 19.886 y en su reglamento aprobado por Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
10.2 Validez de la oferta.
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el Portal Mercado Público.
10.3 Suscripción del contrato
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
Si por cualquier causa que no sea imputable al Ministerio, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento respectiva en los plazos establecidos para ello.
Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de Proveedores.
10.4 Modificación del contrato
El contrato podrá modificarse, previo informe de la contraparte técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes causales:
a) Por mutuo acuerdo de las partes.
b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto del contrato o de salvar imprevistos ocurridos durante su ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal desarrollo.
Las modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio del contrato, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, IVA incluido si correspondiese, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto del contrato, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de igualdad de los oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del portal www.mercadopublico.cl
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11 Operatoria General |
11.1 Responsabilidades y obligaciones del adjudicatario.
- El adjudicatario deberá velar por la calidad y entrega oportuna del equipamiento.
- Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.
- El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al Ministerio en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones u otros actos que ocasionen daño tanto a la vida como a la propiedad.
- Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el adjudicatario, lo que deberá documentarse fehacientemente.
- Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportadas por el Ministerio en un plazo máximo de 2 días hábiles, contado desde su notificación.
11.2 Derechos e impuestos
Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión del correspondiente contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las bases de licitación, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.
11.3 Cesión de contrato y subcontratación
El Contratista no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidas en el presente contrato. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Por su parte, no se permitirá la subcontratación, salvo en aquellos casos en que sea estrictamente necesario por razones de especialidad del perfil, y siempre que sea de carácter parcial, debiendo informar previamente al Ministerio. Se recuerda que el proveedor es el único responsable ante el Ministerio del pleno cumplimiento de las obligaciones que emanan del presente acuerdo complementario.
Para proceder con estas subcontrataciones el proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al Ministerio. Corresponderá a la contraparte técnica ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe.
En caso de declararse procedente la subcontratación por parte del Ministerio, el proveedor estará obligado a informar el precio que tendrá dicha subcontratación, el cual no podrá superar de un 30% del valor del presente acuerdo.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Ministerio así lo requiera, el proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subejecutores con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por otros medios idóneos establecidos en la normativa.
El incumplimiento del proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Ministerio para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto al efecto en la presente Intención de Compra. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.
11.4 Efectos derivados de incumplimientos del proveedor
11.4.1 Cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato
Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la garantía por fiel cumplimiento del contrato por el Ministerio, en los siguientes casos:
- Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos adjudicados establecidos en el Contrato.
- Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases.
- Ante la no entrega de los equipos en el plazo ofertado.
11.4.2 Término anticipado del contrato
El Ministerio está facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2) Si se disuelve la empresa o la unión temporal de proveedores adjudicada.
3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases de licitación, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere al Ministerio perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del Ministerio, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y el Ministerio.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del Ministerio.
5) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo el Ministerio concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
11.5 Procedimiento para aplicación de la medida de término anticipado
Para aplicar una multa o poner término anticipado al Contrato, el Ministerio deberá notificar de ello al Contratista acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Contratista señale en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos respectiva.
Una vez notificado, el Contratista tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos ante la Subsecretaria, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio si existe o no incumplimiento contractual susceptible de ser sancionado. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso que el Contratista se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaria, la que podrá ser impugnada conforme a lo establecido en la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Ejecutor en los mismos casos.
Se entenderá que el Contratista está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos cuando aquél no haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.
En caso de aplicación de multas, y una vez resuelto los recursos pendientes o si éstos no se hubiesen presentado en los plazos legales, el Contratista podrá pagar directamente el monto total de la sanción aplicada, dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplique la multa, si no lo hiciere, el Ministerio estará facultado para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar. En caso que ello no sea posible, el Ministerio procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases y de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
11.6 Del pago
El pago del servicio será en pesos chilenos y se realizará en un sólo hito de pago de acuerdo con el precio ofertado por el proveedor adjudicado en el Anexo N° 5, una vez que el proveedor emita la guía de despacho que dé cuenta de la entrega del equipamiento requerido y previa recepción conforme emitida por la contraparte técnica y posterior presentación de la correspondiente documentación tributaria por parte del proveedor, ingresada al Ministerio.
Para iniciar el procedimiento de pago, el Contratista emitirá el respectivo documento tributario en adelante o indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la Orden de Compra respectiva dentro del campo N°801 (dispuesto para ingresar el número de la orden de compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónicos. Luego, la empresa deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado.
Posteriormente la empresa deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguna de las tres circunstancias anteriores.
En caso de que se rechace el DTE, la empresa deberá contactarse con la Contraparte Técnica designada por el Ministerio, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación.
El Ministerio podrá efectuar el pago dentro del plazo máximo de 30 días contados desde la recepción conforme de los servicios adquiridos y la aceptación de la respectiva factura, a la cual deberá adjuntarse el correspondiente certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.
El pago se realizará contra la entrega y emisión del certificado de prestación conforme de los servicios elaborado por las Contraparte Técnica del Ministerio.
Es importante señalar que, el Certificado de Conformidad, deberá ser remitido con toda la documentación de respaldo al Área de Bienes y Servicios de la División de Administración General, quienes a su vez revisarán la documentación y en conformidad autorizarán el contacto con el proveedor para la emisión de la factura al proveedor; iniciándose el proceso de pago señalado en los párrafos precedentes.
Si al momento de celebrar el contrato o durante la vigencia del mismo el Contratista registrara saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el Contratista deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato o hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
11.10 Vigencia y renovación del contrato
El contrato que las partes celebren entrará en vigencia a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de las obligaciones de las partes, la entrega de los equipos requeridos por parte del proveedor y posterior pago por parte del Ministerio.
11.11 Contraparte Técnica Ministerial y Administrador del Contrato
Contraparte Técnica:
Ejercerá la labor de contraparte técnica del contrato Marco Ulloa Urra, profesional de la División de Administración General, o quien sea designado por su jefatura. Serán funciones de la contraparte técnica las siguientes:
a. Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios, y el cumplimiento de los plazos estipulados.
b. Recibir conforme la recepción del servicio y validación de los informes o productos.
c. Requerir el término anticipado del contrato si corresponde.
d. Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
e. Requerir modificación del contrato si corresponde.
f. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato.
Administrador del Contrato:
Ejercerá la labor de administrador del contrato Javiera Zuñiga Gárate, Analista/Ejecutiva del Área de Bienes y Servicios de la División de Administración General de este Ministerio, correo electrónico jzunigag@minsegpres.gob.cl, o la persona que su jefatura designe en su reemplazo, quien tendrá las siguientes funciones:
a. Validar la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios y validación de los productos o informes por la contraparte técnica.
b. Aclarar y orientar respecto del desarrollo del contrato.
c. Supervisar el cumplimiento de los plazos del mismo.
d. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato.
11.12 Ejecutivo del Contratista
a. El contratista deberá designar a un ejecutivo, quien será su representante permanente ante el Ministerio.
b. Este ejecutivo deberá estar disponible en caso que lo requiera la Contraparte Técnica del Ministerio. Lo anterior, sin perjuicio de la participación de la persona natural, del representante legal en el caso de las personas jurídicas o del representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, cuando ella sea requerida.
c. La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para ser contratado, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada.
d. A este ejecutivo le corresponderá, principalmente:
d.1. Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
d.2. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la ejecución de la materia de la presente licitación.
d.3. Entregar toda la información pertinente requerida por el Ministerio.
d.4. Acudir a las citaciones realizadas por la Contraparte Técnica o el Administrador del Contrato del Ministerio.
d.5. Dar respuesta a las consultas efectuadas por la Contraparte Técnica o el Administrador del Contrato/de la contratación del Ministerio.
d.6. Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación.
En caso de ser necesario su reemplazo, el contratista deberá comunicar dicha situación por correo electrónico, a la Contraparte Técnica del Ministerio, con siete (07) días corridos de anticipación a la fecha en que haya de producirse el cambio.
Asimismo, el Ministerio podrá solicitar el cambio del ejecutivo nombrado por el contratista por motivos fundados, mediante correo electrónico de la Contraparte Técnica. El contratista tendrá el plazo de tres (03) días corridos para efectuar sus descargos, de los que conocerá la Contraparte Técnica, quien definirá finalmente si se ratifica la solicitud. En caso de que el contratista no efectúe descargos o la Contraparte Técnica ratificase la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista, el contratista tendrá el plazo de siete (07) días corridos a partir de la comunicación, para hacerlo efectivo.
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12 Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o disponible, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
12.1 Comportamiento ético del adjudicatario
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
12.2 Confidencialidad
La empresa o persona adjudicada deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato.
La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, de la información referida por parte de la empresa adjudicada durante la prestación de los servicios, o después de su finalización, dará lugar al Ministerio de entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
12.3 Propiedad de la información
El Ministerio será el titular de todos los datos, documentos y, en general, de las bases de datos y de toda información que le suministre al proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita del Ministerio.
12.4 Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El Ministerio podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
El Ministerio deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
12.5 Normas laborales
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
El Ministerio se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del Ministerio, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el Ministerio.
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II. BASES TÉCNICAS |
1. Requerimientos técnicos
1.1 Productos Licitados
Los productos requeridos se detallan en el Anexo N°4 de las presentes bases. Dichos requerimientos serán considerados como requisitos técnicos mínimos obligatorios, de modo que, los productos ofertados deberán corresponder a productos de igual o mejores características. La oferta que no reúna alguno de ellos será declarada inadmisible.
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