Licitación ID: 1040538-41-LE24
PRODUCCIÓN DE LA PARTICIPACION EN FESTIVAL
Responsable de esta licitación: Servicio Nacional de Turismo, Dirección Regional de Ñuble
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
PRODUCCIÓN, HABILITACIÓN Y MONTAJE DE LA PARTICIPACIÓN DE LA REGIÓN DE ÑUBLE EN FESTIVAL LADERA SUR 2024  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PRODUCCIÓN DE LA PARTICIPACION EN FESTIVAL
Estado:
Adjudicada
Descripción:
PRODUCCIÓN, HABILITACIÓN Y MONTAJE DE LA PARTICIPACIÓN DE LA REGIÓN DE ÑUBLE EN FESTIVAL LADERA SUR 2024, FNDR DIFUSION RALLY MOBIL 2023 Y REGIÓN DE ÑUBLE
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Servicio Nacional de Turismo
Unidad de compra:
Dirección Regional de Ñuble
R.U.T.:
60.704.000-1
Dirección:
Calle Bulnes N° 847, Chillán
Comuna:
Chillán
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-11-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 29-10-2024 17:12:20
Fecha inicio de preguntas: 29-10-2024 17:31:00
Fecha final de preguntas: 31-10-2024 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-11-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-11-2024 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-11-2024 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 08-11-2024 12:48:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 31-12-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Memorandum
2.- Anexos Editables
Documentos Técnicos
1.- Resolución Exenta N°138
 
Documentos Económicos
1.- CDR
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comisión de la Oferta Economica Se evaluará el porcentaje de comisión que cobra la oferente por el desarrollo de los servicios requeridos. La Comisión deberá estar ofertada en el Anexo N° 2, cuya presentación es un requisito de admisibilidad de la oferta, de manera que los oferentes que no presenten el mentado Anexo 2 o no expresasen el monto de la Comisión en tal Anexo serán declaradas inadmisibles, de acuerdo a lo señalado en la cláusula décima de estas bases, sin ser evaluada, es decir, no pasará al proceso de evaluación, pues de acuerdo a lo señalado, se trata de un requisito de admisibilidad de la oferta. 10%
2 Sello mujer En la plataforma www.mercadopublico.cl, Chile Compra diseñó el Sello Empresa Mujer, que se asigna a todas las proveedoras que cumplan con alguno de los siguientes criterios: • Tener más del 50% de propiedad de mujeres • Tener una gerenta general • Tener más del 50% de representantes legales mujeres 5%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Este criterio evalúa la presentación del contenido de la oferta técnica, y los demás antecedentes solicitados en las bases para su presentación, indicadas en el punto 4 de las bases técnicas. La asignación de puntaje será realizada por categoría 40%
4 Cumplimiento de los requisitos Este criterio evalúa la presentación del contenido de la oferta y demás antecedentes solicitados en las bases para su presentación. La asignación de puntaje será realizada por categoría 10%
5 Experiencia de los Oferentes Este criterio evalúa la experiencia del oferente en la prestación de servicios de producción de eventos de turismo 20%
6 Precio Se evaluará de acuerdo con la siguiente fórmula. Oferta económica bruta menor ofertada *5 Mejor oferta económica bruta evaluada El precio bruto ofertado, acreditado con el Anexo N°2, incluye el precio más impuesto, comisiones e imprevistos y todo otro tipo de gasto, tales como traslados, etc. 10%
7 Programa de Integridad Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta presentada, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°6. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Gobierno Regional de Ñuble
Monto Total Estimado: 9000000
Justificación del monto estimado Presupuesto Disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Robert Arce Alvarez
e-mail de responsable de pago: rarce@sernatur.cl
Nombre de responsable de contrato: Mauricio Miranda Diaz
e-mail de responsable de contrato: mmiranda@sernatur.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2255770-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate entre dos o más ofertas, se considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el criterio de evaluación de mayor ponderación de las presentes bases; de mantenerse el empate, se aplicará la mayor calificación del criterio de evaluación que le siga en ponderación y así sucesivamente (primero aplica el criterio que pondera 40%, luego 20%, luego 10% y finalmente 5%).

Si la Comisión siguiendo el orden señalado, tiene que aplicar criterios de evaluación que ponderan lo mismo en este caso los que ponderan 10%, se aplicarán esos criterios de evaluación de igual ponderación para el desempate en el siguiente orden:

-       Criterio N°1: “Comisión”

-       Criterio N°2: “Oferta Económica o Precio”

-       Criterio N°3: “requisistos formales de presentación de la oferta”

Si la Comisión siguiendo el orden señalado, tiene que aplicar criterios de evaluación que ponderan lo mismo en este caso los que ponderan 5%, se aplicarán esos criterios de evaluación de igual ponderación para el desempate en el siguiente orden:

-       Criterio N°6: “Sello Empresaria Mujer”

-       Criterio N°7: “Pacto de Integridad”

De no ser suficiente lo descrito anteriormente, se procederá a utilizar el tercer decimal en la puntuación entregada en la evaluación. En caso de que aplicado lo dispuesto en los párrafos anteriores se mantuviera el empate en la puntación obtenida por los oferentes, se preferirá la primera oferta registrada en el sistema de información, conforme a la fecha del comprobante de ingreso de la oferta en el Portal.

Se establece orden de prelación de los CE que ponderan los mismo (10% y 5%), ya que la contraparte técnica no subsanó esta observación.



Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

TRIGÉSIMO QUINTO: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN.

 

Las presentes Bases Administrativas, Técnicas, sus Anexos, las aclaraciones y respuestas a las consultas planteadas en el proceso licitatorio que estén publicadas en el Portal, la oferta administrativa, económica y técnica del contratado y el contrato respectivo, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida concordancia; y siempre en el sentido de la más perfecta ejecución de las servicios o productos solicitados en estas bases.

 

En caso de existir discrepancia entre lo dispuesto en los instrumentos indicados, primará lo establecido en las bases administrativas, técnicas, sus anexos y aclaraciones; para ello, el Servicio considerará como válida la información presentada en los archivos que componen el expediente de la licitación y las resoluciones que aprueban esta documentación. De existir discrepancia entre dichos documentos y lo publicado en la ficha electrónica, se considerará como válida la información presentada en los documentos aprobados en estas bases.

 Cualquier falta, descuido u omisión del contratado, sus dependientes y sus subcontratados que genere faltas, errores, descuidos u omisiones en la obtención de información y de los documentos relativos al proceso de licitación; no los exime de la responsabilidad de solventar los costos necesarios para la adecuada ejecución del contrato y cumplimiento de lo dispuesto en las bases de licitación, su oferta y el contrato, los que serán de su exclusiva responsabilidad

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Al momento de contratar, el adjudicatario contratado deberá tener al día el pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y aquellos contratados en los últimos dos años. Para acreditar su cumplimiento, deberá presentar comprobantes y planillas que lo demuestren, de forma previa a la suscripción del contrato y en cada estado de pago, para proceder a él.

En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

El adjudicatario contratado deberá proceder a dichos pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren su total cumplimiento para el estado de pago siguiente. El incumplimiento de esta obligación será considerado como un incumplimiento grave de las obligaciones contractuales del adjudicatario, pudiendo el Servicio poner término al contrato y hacer efectivas las garantías de fiel cumplimiento del contrato y/o de anticipo, si hubiere; según lo indicado en el numeral 5) de la cláusula vigesimonovena, en el literal a) del numeral 2) de la cláusula vigesimoctava y en la cláusula vigesimosexta, respectivamente; pudiendo llamarse a una nueva licitación en el que el adjudicatario referido no podrá participar.

Si el adjudicatario subcontratare parcialmente algunas labores del contrato, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con todos los requisitos señalados en esta cláusula.


Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

DÉCIMO TERCERO: SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA OFERTA.

Si la Comisión Evaluadora lo estima pertinente, en concordancia con el artículo 40 del Reglamento y durante el plazo de evaluación de ofertas señalado en la cláusula séptima, podrá solicitar a algún oferente, por escrito a través del Portal, precisiones o aclaraciones sobre aspectos dudosos o poco claros de su oferta, sin constituir cambios en ella, y con el solo objeto de salvar errores u omisiones formales que no se refirieran a puntos que alteren elementos esenciales de la propuesta; y siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no sean requisitos de admisibilidad ni les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.