En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:
1) Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la oferta técnica.
2) Si persiste la igualdad, se preferirá a la oferta cuya experiencia de la relatoría tenga mayor puntaje.
3) Si persiste la igualdad, se preferirá aquella oferta cuya trayectoria del organismo o persona natural tenga mayor puntaje.
4) Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la oferta económica.
5) Si persistiere la igualdad, será la Comisión quien dirimirá el empate, debiendo expresar los fundamentos de su decisión.
6) Si persistiere la igualdad, será el (la) Presidente(a) de la Comisión quien dirimirá el empate, debiendo expresar los fundamentos de su decisión.