Los Oferentes podrán efectuar consultas y/o solicitar aclaraciones, solo a través del Portal, conforme a las fechas indicadas en las “Etapas y Plazos de la propuesta” definidos en el numeral 3 de las BAE.
Las consultas y/o la solicitud de aclaraciones deben indicar expresamente el punto pertinente de las bases y/o sus anexos a que se hace referencia.
Las respuestas a las consultas y/o solicitudes de aclaraciones solo estarán disponibles en el Portal según lo indicado en las “Etapas y Plazos de la propuesta”.
Solo se responderán consultas dentro del plazo establecido y por la vía señalada, reservándose el Servicio, el derecho de agrupar las respuestas a las consultas que se refieran a un mismo tema.
Las consultas deberán ser formuladas en forma precisa y deben ser pertinentes al desarrollo de la presente licitación.
Las respuestas que se entreguen complementan el expediente de licitación, entendiéndose que forman parte integrante de este.
Con todo, el Servicio se reserva la facultad de introducir enmiendas o modificaciones a las presentes Bases, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, las que podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas o suspensiones de plazos o de cualquier otra índole, relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior materialización del acuerdo entre las partes por la suscripción de un contrato o la aceptación de la Orden de Compra respectiva.
El Servicio comunicará el contenido de esas modificaciones por medio del Portal una vez que se haya cursado el acto administrativo que las apruebe, siendo anexadas a las Bases disponibles. En todo caso, y en conformidad al artículo 19 del Reglamento, el Servicio podrá efectuar las antedichas modificaciones antes del cierre de recepción de ofertas, y otorgando un plazo prudencial a los Oferentes para que adecúen sus propuestas.
Asimismo, el Servicio tendrá la facultad de prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, si el nivel de eventuales consultas, enmiendas, y aclaraciones así lo amerita, lo que será debidamente notificado a través del Portal, una vez que se haya cursado el acto administrativo que las apruebe.