Licitación ID: 1131977-16-LP21
Contratación de Servicios de Asesoría Experta
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA, Proyectos Estratégicos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios y consultorías en compras y abastecimiento 1 Unidad
Cod: 80101706
SERVICIOS DE ASESORÍA EXPERTA Y APOYO TÉCNICO PARA EL DISEÑO Y ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE UNA NUEVA PLATAFORMA DE LICITACIÓN EN EL SISTEMA DE MERCADO PÚBLICO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Contratación de Servicios de Asesoría Experta
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Dirección de Compras y Contratación Pública en adelante “DCCP” o “Dirección ChileCompra”, indistintamente requiere la contratación de asesoría experta y apoyo técnico, así como entregar las recomendaciones que sean pertinentes, a esta Dirección para el diseño, elaboración e implementación de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público, considerando focos de automatización, digitalización y eficiencia en los procesos. Lo anterior comprende las diferentes etapas inherentes a un proyecto tecnológico, desde el refinamiento de información de procesos actuales, sus flujos de visado propuestos, roles de usuarios y plataforma tecnológica, consideraciones de seguridad de la información, arquitectura, modelamiento del diseño, análisis de mercado, como estudio de soluciones y de la estrategia de compracontratación, determinación de costos, hasta la entrega de un documento final con las especificaciones técnicas y propuesta de bases técnicas resultantes de esta consultoría experta.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
No. Por las características de los servicios licitados, los documentos identificados como “Anexos Técnicos” en la cláusula N°7 “Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas” de las presentes bases no serán públicos, los cuales se definen de
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Unidad de compra:
Proyectos Estratégicos
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
MONJITAS 392 PISO 8
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-11-2021 15:15:00
Fecha de Publicación: 08-10-2021 10:24:00
Fecha inicio de preguntas: 08-10-2021 11:01:00
Fecha final de preguntas: 18-10-2021 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-10-2021 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-11-2021 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-11-2021 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 22-12-2021 17:54:41
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 07-12-2021
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos N°1, 2, 3, 4, 8 (adjuntos)
Documentos Técnicos
1.- Anexos N° 5, y 7 (adjuntos)
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°6 (adjunto)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Según bases de licitación 30%
2 Cumplimiento de los requisitos Según bases de licitación 5%
3 Experiencia de los Oferentes Según bases de licitación 40%
4 Experiencia del Jefe de Proyecto Senior Según bases de licitación 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 75000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 4 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Juan Carlos Piñones
e-mail de responsable de pago: juan.pinones@chilecompra.cl
Nombre de responsable de contrato: Sergio Calderón
e-mail de responsable de contrato: sergio.calderon@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2904419-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública, Rut. N° 60.808.000-7
Fecha de vencimiento: 05-07-2022
Monto: 5 %
Descripción: Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, vale vista, entre otros, todos los cuales deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables. No se aceptan cheques como instrumento de garantía.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública para la contratación de servicios de asesoría experta y apoyo técnico para el diseño y elaboración de propuesta de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público y el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.
Forma y oportunidad de restitución: En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°12.7 “Término anticipado del contrato” de estas bases en su numeral 9. Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desistiere de su oferta, de firmar el contrato, no se inscribiese en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la DCCP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases de Licitación

1.- APRUÉBANSE las Bases de Licitación Pública para la contratación de servicios de asesoría experta y apoyo técnico para el diseño y elaboración de propuesta de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público, cuyo texto se transcribe a continuación:

BASES DE LICITACIÓN Y ANEXOS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS ASESORÍA EXPERTA Y APOYO TÉCNICO PARA EL DISEÑO Y ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE UNA NUEVA PLATAFORMA DE LICITACIÓN EN EL SISTEMA DE MERCADO PÚBLICO

  1. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN

Nombre de la licitación

Contratación de servicios de asesoría experta y apoyo técnico para el diseño y elaboración de propuesta de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público.

Descripción

La Dirección de Compras y Contratación Pública (en adelante “DCCP” o “Dirección ChileCompra”, indistintamente) requiere la contratación de asesoría experta y apoyo técnico, así como entregar las recomendaciones que sean pertinentes, a esta Dirección para el diseño, elaboración e implementación de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público, considerando focos de automatización, digitalización y eficiencia en los procesos. Lo anterior comprende las diferentes etapas inherentes a un proyecto tecnológico, desde el refinamiento de información de procesos actuales, sus flujos de visado propuestos, roles de usuarios y plataforma tecnológica, consideraciones de seguridad de la información, arquitectura, modelamiento del diseño, análisis de mercado, como estudio de soluciones y de la estrategia de compra/contratación, determinación de costos, hasta la entrega de un documento final con las especificaciones técnicas y propuesta de bases técnicas resultantes de esta consultoría experta.

Tipo de licitación

Licitación Pública superior a 1000 UTM e inferior a 2000 UTM.

Tipo de convocatoria

Abierto

Moneda

Pesos chilenos (CLP)

Forma de Pago

Transferencia electrónica

Publicidad de las ofertas

No. Por las características de los servicios licitados, los documentos identificados como “Anexos Técnicos” en la cláusula N°7 “Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas” de las presentes bases no serán públicos, los cuales se definen de carácter reservado, para asegurar el éxito del proceso licitatorio. Atendida la naturaleza de la industria, se hace necesario asegurar la confidencialidad de la información indicada, la que podría ser utilizada por terceros con fines que eventualmente podrían llegar a desmejorar la competitividad de los potenciales oferentes en el sector económico respectivo.

Etapas del proceso de apertura

Una etapa

Toma de razón por Contraloría

No está afecta al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.

  1. ANTECEDENTES BÁSICOS DEL ORGANISMO DEMANDANTE

Razón Social

Dirección de Compras y Contratación Pública

Unidad de Compra

Unidad de Proyectos Estratégicos

R.U.T.

60.808.000-7

Dirección

Monjitas 392, piso 8

Comuna

Santiago

Región en que se genera la adquisición

Región Metropolitana


  1. ETAPAS Y PLAZOS

Fecha Inicio de Preguntas

A partir del mismo día de la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl.

Video Informativo

2 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 11:00 horas, se subirá un video informativo al ID de la licitación para explicar los alcances de este proyecto, criterios de evaluación y su adjudicación, el cual quedará como documento adjunto del proceso de licitación.

Fecha Final de Preguntas

5 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.

Fecha de Publicación de Respuestas

Dentro de 10 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.

En caso de que el número de preguntas que se realicen sea superior a 30, la DCCP podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 6 días adicionales.

En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación.

Fecha de Cierre Recepción de Ofertas

20 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:15 horas. Con el objeto de aumentar la participación de oferentes o en el caso de ocurrir la hipótesis planteada en el acápite “Fecha de Publicación de Respuestas”, la Dirección ChileCompra podrá extender este plazo, no requiriéndose un acto administrativo para tal efecto, a través del Sistema de Información.  

Fecha de Acto de Apertura 

El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:30 horas.

Fecha de adjudicación

Dentro de 10 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.

Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la DCCP deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, inciso segundo, del reglamento de la Ley N°19.886.

Fecha de firma de Contrato

Dentro de los 10 días posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Consideración

Los plazos de días establecidos en la presente cláusula 3 “Etapas y Plazos” son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los sábados, domingos y festivos según el calendario chileno, sin considerar feriados regionales.

En general, todos los plazos de días establecidos en las presentes Bases serán de días hábiles, salvo que expresamente se señale que serán de días corridos.

  1. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP) pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.

Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación.

De conformidad a lo señalado en los “Términos y Condiciones de Uso” del Sistema de Información, acápite “Foro de preguntas y respuestas”, el foro en el Sistema de Información tiene por única y exclusiva finalidad el motivar aclaraciones respecto al proceso licitatorio en particular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 del reglamento de la Ley N°19.886, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como proferir injurias en contra de la Entidad Licitante, en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, entre otros. En caso de que se realicen intervenciones en el foro de esta naturaleza, esto es, no atingentes al proceso licitatorio, la Dirección ChileCompra podrá abstenerse de responder aquel comentario y se reserva la facultad de ocultarlo de la vista pública.

  1. Modificaciones a las Bases

La DCCP podrá modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de Bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Junto con aprobar la modificación, deberá establecerse un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

  1. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA

  1. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.

  1. No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.

  1. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N°20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el estado, mientras esta pena esté vigente.

  1. No ser funcionario directivo de la Dirección ChileCompra; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán firmar al momento de ofertar electrónicamente la “Declaración de ausencia de conflicto de interés e inhabilidades por condenas”, generada en www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.

Unión Temporal de Proveedores (UTP):

Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, se deberá presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:

Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración de ausencia de conflicto de interés e inhabilidades por condenas” electrónica presentada junto a la oferta.

Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración de ausencia de conflicto de interés e inhabilidades por condenas” electrónica presentada junto a la oferta.

Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.

Anexo N°8: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser presentado y firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda, del integrante de la UTP que presente la oferta en el Sistema de Información.

Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.

El oferente deberá indicar en el paso 1 “Completar nombre de la oferta” del módulo de presentación de oferta en www.mercadopublico.cl”, si oferta en forma conjunta con otros proveedores a través de una UTP, indicando el RUT de aquellas empresas que la componen.

En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se descartará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.

  1. INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR OFERTAS

Presentar Ofertas por Sistema

Obligatorio:

Las propuestas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la cláusula 3 de estas bases, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

Anexos Administrativos

  • Declaración jurada online: Los oferentes deberán firmar la “Declaración de ausencia de conflicto de interés e inhabilidades por condenas”, la cual se genera en línea a través de www.mercadopublico.cl en el paso 3 del módulo de presentación de las ofertas.

  • Anexo N°1: Formulario Datos del Oferente

UTP:

 

  • Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.

  • Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.

Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.

  • Anexo N°8: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores

Este anexo solo debe ser presentado y firmado por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, el miembro de la UTP que presente la oferta.

Todos los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.

Anexos Técnicos

Además, todos los oferentes deberán adjuntar lo siguiente:

  • Anexo N°5: Declaración de experiencia del oferente.
  • Anexo N°7: Declaración de Experiencia comprobable del Jefe de Proyectos Senior
  • Plan de trabajo, en formato propio, y que deberá contener los elementos requeridos para el proyecto, según lo señalado en la cláusula 10.4.1 de estas bases de licitación.

Los anexos mencionados son obligatorios y deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos Técnicos”, en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos”, junto con los antecedentes indicados en dichos anexos.

Aquellas ofertas que no entreguen los Anexos N°5 y N°7, así como el Plan de trabajo, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.

Anexos Económicos

  • Anexo N°6: Oferta Económica.

El anexo referido es obligatorio y debe ser ingresado a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en “Anexos Económicos”, en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos”.

Aquellas ofertas que no entreguen el referido anexo serán declaradas inadmisibles y no evaluadas.


  • Observaciones

Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. De existir discordancia entre el oferente o los antecedentes de su oferta y la cuenta a través de la cual la presenta, ésta no será evaluada, siendo desestimada del proceso y declarada inadmisible.

Los Anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes, por la persona natural o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores[1], el apoderado de la misma deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión, respecto de los anexos técnicos y económicos.

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo N°62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

Para lo anterior, siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados; asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de oferta” señalado, únicamente acreditará el envío de la misma a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.

En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, el oferente deberá asegurarse de que luego de los ajustes efectuados la oferta vuelva a ser enviada (Descargar nuevo Comprobante de Envío de Oferta).

  1. ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO

El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de Proveedores”, al momento de celebrar el respectivo contrato con la Entidad Licitante. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el Registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar a la Dirección ChileCompra, los siguientes documentos:

Si el adjudicatario es Persona Natural:

a) Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración

b) Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración

c) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.            

Se obtendrá desde el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración

Si el adjudicatario no es Persona Natural:

a) Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados.

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.

b) Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.

c) Anexo N°4: Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)

Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.

d) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.

Se obtendrá desde el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración

NOTA:

Las Uniones Temporales de proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.

  • Observaciones

Todos los anexos deben ser firmados por el representante del oferente respectivo o por sí, en el caso de que sean personas naturales.

Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante, según sea el caso.

El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la ley N° 19.886.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la DCCP (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a las garantías de fiel cumplimiento de contrato, las cuales deberán ser entregadas físicamente en las dependencias de la DCCP, o bien enviadas por correo certificado y recibido en la dirección ya indicada (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.

En el caso de resultar adjudicada una UTP, dentro del plazo establecido en las presentes bases para hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, deberá entregar físicamente, en las dependencias de la Dirección de Compras, ubicadas en Monjitas 392, piso 10, Santiago, en su horario de funcionamiento, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N° 19.886, donde se debe indicar, además de lo requerido como contenido mínimo por el reglamento citado, cuál de los integrantes de la UTP será quien emitirá las respectivas facturas o boletas, según la naturaleza del servicio contratado, para proceder a su pago. El documento indicado es un antecedente indispensable para la elaboración del respectivo contrato.

Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°4, Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores), que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de la misma.

Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la DCCP para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases.

  • Obligatoriedad de inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración

En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Tratándose de una UTP, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración en los mismos plazos señalados precedentemente.

  1. GARANTÍAS REQUERIDAS

9.1 Garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato

Tipo de Documento

Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, vale vista, entre otros, todos los cuales deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables. No se aceptan cheques como instrumento de garantía.

Beneficiario

Dirección de Compras y Contratación Pública, Rut. N° 60.808.000-7

Fecha de Vencimiento

60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato suscrito con el adjudicatario.

Monto

5% del valor del contrato.

Glosa

El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública para la contratación de servicios de asesoría experta y apoyo técnico para el diseño y elaboración de propuesta de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público y el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Responsabilidad

Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar la garantía en la forma solicitada y en los plazos estipulados para ello, como asimismo de mantenerla vigente al menos por 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula 12.2 sobre “Vigencia del Contrato”.

9.1.1 Plazos y forma de entrega de la Garantía

Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de esta Dirección ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, Santiago, de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 13:00 horas, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá remitirse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.

En ambos casos, la garantía deberá ser acompañada del Anexo N°9 - Formulario de Garantía de Fiel Cumplimiento.

9.1.2 Reposición, forma y oportunidad de restitución

                                                                                                                                       

En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°12.7 “Término anticipado del contrato” de estas bases en su numeral 9.

Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor.

Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.

9.2 Garantía por anticipo

De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del reglamento de la Ley N°19.886, las presentes bases de licitación permitirán que las partes acuerden en el respectivo contrato o cualquiera de sus modificaciones una garantía de anticipo por el 100% de los recursos anticipados, si así fuere necesario para el adecuado cumplimiento de las obligaciones de ambos contratantes. En este caso, se permitirán los mismos instrumentos establecidos para la garantía de fiel cumplimiento, señalados en la cláusula 9.1 de estas bases.

Si existiere más de un hito de pago que se requiera garantizar, la garantía podrá entregarse en uno o más instrumentos, cuyos montos irán en la proporción del valor de cada hito.

La devolución de la correspondiente garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la DCCP de los servicios que el proveedor haya suministrador con cargo al respectivo anticipo.

10.1         Antecedentes de la contratación de los servicios

La DCCP ha identificado la necesidad de reemplazar y modernizar la funcionalidad actual de Mercado Público, plataforma que apoya los procesos de compra vía licitación pública o privada, por un nuevo sistema que aborde integralmente este mecanismo. Lo anterior, en la búsqueda de aumentar la competencia por la vía de la mayor participación de proveedores en dichos procesos, disminuir los costos de estos procesos, automatización, digitalización de los procesos involucrados, como también mejorar los niveles de trazabilidad e inalterabilidad de los datos involucrados en el proceso y hacer un uso más eficiente del mecanismo.

Se ha establecido que es necesaria la implementación de una nueva plataforma y sistema que agilice, digitalice y facilite la preparación, publicación, aclaración, evaluación y adjudicación, de los procesos de compra, aprovechando las ventajas y características de operación moderna de procesos que enfrentan todas las economías y sociedades en su conjunto. El nuevo sistema debe garantizar la trazabilidad, fiabilidad e inmutabilidad de los datos, como asimismo la gestión en línea de los procesos de las licitaciones en curso o ya ejecutados, incluyendo el flujo de visado, autorizaciones y firma electrónica en las distintas etapas, como las notificaciones correspondientes y la base histórica de licitaciones ya creadas en Mercado Público.

10.2           Servicios Licitados

Esta licitación tiene como objetivo la contratación de un servicio de asesoría experta que proponga las especificaciones técnicas, planificación y acciones necesarias para el diseño, futuro desarrollo e implementación de la nueva plataforma de licitaciones. Esto implica, entre otros, analizar información preexistente o de contexto, revisar experiencia comparada del mercado, una alta disponibilidad o contingencia sobre infraestructura distribuida en distintas zonas geográficas, cuantificar los costos involucrados para las alternativas propuestas y cualquier otra acción necesaria para cumplir el objetivo. De lo anterior, se espera que se elabore la propuesta de especificaciones y bases técnicas para la adquisición de la solución que mejor resuelva el problema descrito.

Para todos los efectos, los servicios licitados, comprendidos dentro de un proyecto de consultoría y consultoría tecnológica, se consideran una sola línea de servicios.

10.3           Funciones específicas a desempeñar por el proveedor

Se requiere que los servicios de asesoría experta que brindará el proveedor adjudicado cumplan con las siguientes funciones, entre otras que resulten procedentes para cumplir con los objetivos de la contratación:

-          Corroborar, validar, rectificar y completar con/desde usuarios, y el mercado, la información que la Dirección ChileCompra facilitará respecto de los procesos del sistema de licitaciones deseado.

-          Se debe hacer revisión de los procesos y módulos funcionales formalizados previamente, los que serán liberados al inicio del diseño al equipo experto.

-          Se requiere la formalización de los procesos en diagramas de nomenclatura de negocios y tecnología.

-          Dados los procesos y módulos previamente identificados y formalizados, se deben analizar soluciones y/o productos existentes que ejecuten total o parcialmente las tareas y procesos que la solución debe satisfacer y buscar combinaciones que logren la totalidad de cobertura.

-          Debe considerar un análisis económico completo de la o las posibles combinaciones de solución al problema planteado, desde la perspectiva de la fabricación/adquisición, integración, puesta en marcha y costos asociados a cada combinación.

-          Se debe hacer un levantamiento de la tecnología disponible en la DCCP con una mirada especialmente crítica de la evolución que tendrá el mercado y nuestra plataforma en el futuro. Con esto se busca que determinen si el nuevo sistema en cuestión debe/puede ser construido sobre el ecosistema actual o si se debe pensar en uno nuevo con integración al actual (ej: Ecosistema Multi Cloud).

-          Debe considerar el dimensionamiento de la infraestructura necesaria, como también las políticas de Seguridad actuales de la DCCP.

-          Debe generar requisitos, que permitan definir una estrategia de implementación y de contratación con documentación que sustente los supuestos.

-          Dados los antecedentes, acuerdos y análisis previamente realizados, se deberá generar la planificación completa por etapas del proyecto.

-          Realizar todas las recomendaciones técnicas y de procedimiento necesarias para la implementación exitosa de la contratación del servicio de desarrollo, compra o integración del sistema desde su elaboración hasta su adjudicación para que dicho proceso se lleve a cabo exitosamente.

-          Entregar las propuestas de especificaciones que consideren los puntos mencionados anteriormente, y bases técnicas para el posterior proceso de compra de la mejor solución factible, identificada y fundamentada por el proveedor, como también de las restricciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Para el desarrollo de las funciones señaladas el proveedor adjudicado contará con información de consultorías previas, que se publicarán para conocimiento de todos los oferentes, y la participación de un grupo interdisciplinario de profesionales de esta Dirección, tendiente a obtener en conjunto la satisfacción del problema planteado. Según el procedimiento del punto 10.4.2 Requerimientos de coordinación entre a la DCCP y el Adjudicatario.

10.4           Propuesta de trabajo

10.4.1     Propuesta técnica para la planificación de los servicios

El oferente deberá incluir dentro su oferta técnica, obligatoriamente, lo siguiente:

  • Plan de trabajo:

El oferente deberá entregar en su oferta la formalización y organización del equipo de trabajo con detalle de roles, metodología de trabajo a utilizar, responsabilidades de cada rol, etc. Esto se debe reflejar en un documento que establece los hitos principales del desarrollo, requerimientos y capacidades- requeridas para el desarrollo de la consultoría.

Los hitos del proyecto, así como los entregables, se encuentran detallados en las cláusulas 10.5 de las presentes bases.

La duración total de los servicios deberá extenderse por el plazo máximo de 4 meses, considerando que el último mes sea destinado para ajustes finales a los entregables, acorde a lo señalado en la cláusula 12.3 “Plazo de ejecución de la consultoría” de estas bases.

En caso de no incluir en la oferta un Plan de Trabajo con las características señaladas previamente, conforme con lo señalado en la cláusula 7 “Instrucciones para presentar ofertas” de estas bases, la oferta será descartada y declarada inadmisible.

10.4.2     Requerimientos de coordinación entre a la DCCP y el Adjudicatario

El oferente que resulte adjudicado, en concordancia con su oferta técnica, deberá disponer de un equipo de trabajo conformado por un Jefe de proyecto Senior y su equipo.

Para asegurar el éxito de la asesoría se define la siguiente forma de relacionamiento y coordinación entre la DCCP y el adjudicatario:

1. Reunión inicial de trabajo

La reunión inicial deberá ser realizada dentro del plazo de 1 semana siguiente del inicio del contrato, según lo señalado en la cláusula 12.2 de las presentes bases.

El objetivo de la reunión inicial es dar a conocer al adjudicatario y al Jefe de Proyecto Senior antecedentes más detallados de la plataforma de Mercado Público. Asimismo, se entregará mayor detalle en cuanto a la planificación, procesos, alcances y otras temáticas relativas al servicio licitado, que la Dirección ChileCompra estime conveniente.

2. Equipo de trabajo

 

En el transcurso de la segunda semana siguiente del inicio del contrato, el adjudicatario deberá presentar el equipo de trabajo, individualizando a cada integrante, declarando su rol y certificando la calidad profesional y competencias.

Sin embargo, para poder comenzar los servicios con dicho equipo, la DCCP deberá revisar los antecedentes de los profesionales del equipo de trabajo y aprobarlos. En el caso que la DCCP tenga dudas o reparos respecto a algún profesional, por razones objetivas relativas a su experiencia o cualificación profesional, podrá solicitar al proveedor el cambio de dicho integrante del equipo. Sin perjuicio de lo anterior, durante el transcurso del contrato, la DCCP igualmente podrá solicitar cambios en el equipo según lo señalado en la cláusula 12.12. Continuidad del personal.

3. Cronograma general de trabajo comprometido:

En el transcurso de la segunda semana siguiente del inicio del contrato, entre el adjudicatario y el equipo de la DCCP se formalizará un cronograma general que demuestre la duración temporal de los entregables, detallando la forma de implementación y sus actividades claves. Asimismo, deberá especificar en cada entregable la necesidad de input de información que deba ser provista por la DCCP, mediante la entrega de documentación o a través de la planificación de reuniones con el equipo técnico respectivo.

Los tiempos considerados para cada entregable serán tomados en cuenta para el cálculo de sanciones aparejadas al incumplimiento de los plazos establecidos, conforme al punto 12.5 de estas bases.

 

4. Reuniones periódicas de trabajo

El Jefe de Proyectos Senior y su equipo de trabajo deben estar disponibles para reunirse con el equipo designado por ChileCompra para dar cuenta del avance de la consultoría y hacer seguimiento a la misma. Dichas reuniones serán agendadas de común acuerdo, siendo la periodicidad de estas de al menos una vez a la semana, a menos que se determine lo contrario, también de común acuerdo, en algunas etapas del proyecto.

La realización de las reuniones señaladas anteriormente dependerá de que la Dirección ChileCompra disponga y haga entrega, previo al inicio de cada informe, de la información obtenida en consultorías previas, de levantamiento de procesos, diseño de servicios y experiencia de usuarios UX y buenas prácticas de arquitectura de la DCCP, seguridad, información que deberá ser analizada, corregida y completada, en caso de ser necesario, por el adjudicatario en su rol de asesor experto en la materia.

5. Seguimiento del proyecto

El seguimiento del proyecto se realizará tomando como referencia los tiempos y actividades descritos y acordados en el Cronograma general de trabajo comprometido. El proveedor debe disponibilizar un tablero de trabajo colaborativo (Jira, Trello o equivalente) en el cual la DCCP pueda monitorear el avance del proyecto a grandes rasgos, el cual se debe mantener actualizado con al menos las tareas pendientes, en curso y finalizadas. Es deber del proveedor, cuando corresponda, mantenerlo actualizado.

6. Presentaciones ejecutivas

Durante la ejecución de los servicios de consultoría, la Dirección ChileCompra podrá solicitar presentaciones ejecutivas de los servicios y/o entregables comprometidos en el marco de la consultoría. Estas presentaciones serán solicitadas al coordinador del contrato, designado por el adjudicatario, con una antelación no inferior a 5 días hábiles.

10.5           Productos y servicios entregables

El servicio a contratar considera la entrega de 7 informes, distribuidos en 3 hitos por parte del adjudicatario, cuyos contenidos mínimos se señalan a continuación:

Hito 1:

  • Informe N°1- Formalización de procesos:

Considerando la información relativa a consultorías previas realizadas para la DCCP y entregadas como documentos adjuntos de esta licitación y otra información relevante generada por el proveedor, como parte de esta consultoría, se debe entregar un informe que contenga el diseño de la solución lógica expresado en diagramas UML de alto nivel, los mínimos requeridos son: casos de uso y diagrama de colaboración (entre componentes).

Para el modelado de negocio se requiere que este sea formalizado usando BPMN o equivalente y sea validado con usuarios.

  • Informe N°2 - Análisis de productos similares y/o complementarios:

Se debe generar un informe de benchmarking que incluya un análisis de cada herramienta, producto o servicio analizado considerando aspectos como el porcentaje de cobertura del problema total, capacidad de interoperabilidad e integraciones con otros productos, sistemas, herramientas y riesgo involucrado. También se requiere un análisis económico de la puesta en marcha y costos de operación en base a la misma carga de trabajo y periodo de tiempo, considerando la capacidad instalada en la DCCP versus su capacidad nueva requerida.

Hito 2:

  • Informe N°3 - Definiciones de plataforma:

Con esto se busca que se determine si el nuevo sistema en cuestión debe y/o puede ser construido sobre el ecosistema existente o en uno nuevo con integración al actual (ej.: Ecosistema Multi Cloud integrado). La salida esperada de este informe es una propuesta de requerimientos técnicos de la plataforma, arquitectura, de seguridad, dimensionamiento de infraestructura, consideraciones para la transparencia en la información como Datos Abiertos y del ecosistema sobre el que se construirá o integrará la solución.

La información técnica relativa al site principal actual y requerimientos futuros proyectados, serán entregados en la reunión inicial de trabajo al adjudicatario.

  • Informe N°4 - Definición de la estrategia de implementación:

Dados los antecedentes tecnológicos y de procesos, se deben generar requisitos que permitan definir una estrategia de implementación y de contratación con los documentos que las sustenten.

Se debe abordar en alguna secuencia lógica y con mirada integral, el Modelo de Atención propuesto en los diseños de UX, los procesos que permitan la operación y la gestión, la arquitectura debe cumplir con los pilares arquitectónicos de la DCCP que serán entregados como input. Las funcionalidades y/o módulos que se definan deben reflejar de modo coherente un modo de operación moderno con foco en la automatización, inteligencia de negocios, eficiencia operativa, seguridad, alta performance, costos razonables y autoatención de los usuarios. Igualmente se debe abordar la estrategia de implementación, la que deberá ser separada en fases, hitos, MVP, etc., buscando maximizar el beneficio y entrega de valor en cada uno de estos.

Hito 3:

  • Informe N°5 - Plan de migración de datos legados:

Se debe crear un plan para la migración de los datos actuales, un análisis y propuesta sobre como almacenar y disponibilizar la información histórica al nuevo sistema, este debe considerar aspectos técnicos de la solución propuesta y los del actual sistema de licitaciones asimismo debe ceñirse a los pilares de buenas prácticas arquitectónicas y de seguridad de la información de la DCCP. Como también consideraciones de transparencia en la información como Datos Abiertos.

  • Informe N°6 - Planificación de la ejecución:

Dados los antecedentes y análisis previamente realizados, se deberá generar la planificación completa del proyecto, la cual debe incluir al menos:

a. Etapas del proyecto, con sus respectivas fechas y plazos

b. Hitos o entregables, ya sean MVP funcionales, prototipos, incrementos o módulos.

c. Definición del equipo para la implementación, con especificación de perfiles técnicos requeridos, cantidad de integrantes de las células, metodología de trabajo, horas de trabajo, etc.

d. Productos a adquirir / desarrollar

e. Integraciones requeridas

f. Consideraciones de infraestructura, plataforma y seguridad.

g. Costo total del proyecto

  • Informe N°7 – Especificaciones y bases técnicas – documento final:

En base al estudio realizado el proveedor deberá presentar un documento final en el cual se detalle las especificaciones técnicas requeridas para cada etapa, proceso, tarea o actividad. Del mismo modo, y en base al trabajo realizado, deberá disponer de una o más propuestas de bases técnicas que consideren los puntos levantados en la cláusula 10.3 “Funciones específicas a desempeñar por el proveedor”, de este documento.

Consideraciones:

Será responsabilidad del proveedor adjudicado disponer del recurso humano suficiente y necesario para entregar en tiempo, fondo y forma los informes requeridos en este proceso.

Los informes y sus archivos de respaldos deberán ser entregados en formato digital al administrador de contrato, que designará la Dirección ChileCompra, utilizando medios como correo electrónico corporativo y almacenamiento Cloud. Se podrá definir, de mutuo acuerdo entre las partes, otro medio de entrega cuando se celebre el contrato o durante la vigencia de éste en caso de ser necesario.

El administrador del contrato se pronunciará respecto de la conformidad de los informes entregados por el adjudicatario en un plazo que no podrá exceder 5 días hábiles contados desde la fecha en que se realizó la entrega de éstos según lo establecido en los párrafos anteriores. En caso de ser necesario, la Dirección ChileCompra, a través del administrador de contrato, solicitará al adjudicatario realizar las modificaciones/correcciones pertinentes a dichos informes los que deberán ser subsanados y entregados en un plazo no mayor a 5 días hábiles a la Dirección ChileCompra quien deberá pronunciarse nuevamente sobre la conformidad de los informes entregados.

Se deja constancia que, acorde a lo definido en la cláusula N°12.9 “Pagos”, la facturación y posterior pago estarán asociados a la entrega y aprobación de los informes anteriormente indicados.

En caso de no cumplir con los plazos definidos tanto como para la entrega de los informes señalados como para las eventuales modificaciones/correcciones que deba realizar el adjudicatario en virtud de lo requerido por la Dirección ChileCompra, procederá la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos, según lo establecido en estas bases de licitación. Con todo, las demoras en que incurriera la DCCP en la entrega de la conformidad respectiva no serán consideradas para el cálculo de eventuales sanciones al proveedor.

10.6           Requerimientos técnicos del Jefe de Proyecto Senior

Responsabilidades:

  • Idear y desarrollar propuestas tecnológicas de valor.
  • Definir y hacer seguimiento de indicadores de gestión del equipo, para asegurar el cumplimiento de los lineamientos definidos en el desarrollo del proyecto.
  • Velar por la calidad de los entregables y el desarrollo del proyecto (personas y recursos físicos) según los plazos acordados.
  • Dirigir, monitorear y promover la formación, excelencia técnica y la gestión funcional del equipo para garantizar el idóneo desarrollo profesional de los empleados.

Competencias mínimas (obligatorias):

  • Experiencia profesional en roles equivalentes como Jefe de Proyecto.
  • Formación académica: Ingeniería civil informática, Informática, Sistemas, Ingeniería Industrial, o similar.
  • Conocimiento de soluciones IaaS, SaaS, PaaS, nube pública / privada.
  • Conocimiento de arquitecturas modernas: microservicios, Serverless, DevOps, CI/CD.

Los requerimientos mínimos técnicos declarados deben ser respaldados con los debidos antecedentes, esto es, al menos, la copia del certificado de título profesional y el Currículum Vitae del Jefe de Proyecto que se postula.

En caso de señalarse que no se cumple con algún requisito mínimo y/o no adjuntarse los respectivos antecedentes de respaldo, la oferta será declarada inadmisible.

Competencias deseables (no obligatorias):

 

  • Maestría: Gestión de Proyectos, innovación tecnológica o equivalente.
  • Certificaciones: Metodologías ágiles (Product Owner o Scrum Master), Project Management Institute (Nivel Associate o superior).
  • BlockChain privado y público.
  • Conocimientos de mecanismos de firma electrónica de documentos.?

10   11. PRESENTACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS

11.1 Consideraciones para Ofertar.

a.           Sólo se admitirá una oferta por participante, entendiendo aquélla como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” y que serán evaluados bajo lo establecido en las presentes bases de licitación. Con todo, en caso de que el proveedor ingrese más de una oferta, se considerará la oferta que ingresó en último lugar (considerando fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartando las restantes ofertas ingresadas.

b.           Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción contempladas en el artículo 62 del reglamento de la Ley de Compras.

c.           Los documentos solicitados por la Dirección ChileCompra deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos” de estas bases de licitación y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa, en los casos en que así sea requerido. Sin perjuicio de ello, la DCCP podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.

d.           Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas Bases de Licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases y el respectivo contrato.

e.           La Dirección ChileCompra declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de esta Dirección de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases de licitación.

11.2           Presentación de ofertas

En relación con la presentación de las ofertas, los oferentes deberán:

1.           Tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los formatos de los archivos dispuestos por la Dirección ChileCompra y sólo aquellas ofertas de los proponentes que las hubiesen enviado oportunamente.

2.           Hacer ingreso de su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

3.           Ingresar su oferta económica en el Anexo N°6 en valores brutos, es decir, considerando todos los impuestos y recargos, y en pesos chilenos (CLP).

4.           Sólo se considerarán como ofertas válidas las que cumplan con todos los requerimientos técnicos del servicio licitado, de acuerdo con lo establecido las presentes bases de licitación.

11.3 Comisión Evaluadora

Las propuestas serán evaluadas por una comisión integrada por al menos 3 funcionarios de la DCCP, nombrada a través de una resolución dictada por la autoridad competente de esta Dirección. La DCCP podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos en materias específicas.

Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.

La designación de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

  • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados en las presentes bases y en la normativa de compras públicas.
  • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
  • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

11.4 Procedimiento de evaluación de las Ofertas

En el procedimiento de evaluación se verificará lo siguiente:

  • Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.
  • Que las ofertas cumplan con los requerimientos mínimos del servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos.
  • Que la oferta no supere el monto máximo del presupuesto definido en la cláusula 12.8 y, en definitiva, cumpla con todos los requerimientos dispuesto en estas bases de licitación exigidos para proceder con la evaluación de la propuesta.

Para efecto del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá:

  • Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
  • Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.
  • Proponer a la autoridad competente de la Dirección ChileCompra, o a quien la subrogue, la adjudicación de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación, así como las inadmisibilidades de las ofertas correspondientes.
  • Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.

Durante el proceso de evaluación, la comisión podrá requerir aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas, las que se realizarán por el sistema, y no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción a las Bases de Licitación en el respectivo ID, disponible en www.mercadopublico.cl, según lo indicado en el artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886.

Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura electrónica de las ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, la Dirección ChileCompra podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.

11.5 Criterios de Evaluación y procedimiento de evaluación de ofertas

A) Verificación del cumplimiento de los requerimientos mínimos

Sólo serán consideradas las propuestas de aquellos oferentes que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación para declarar la admisibilidad de las ofertas y, por ende, proceder a su evaluación.

En virtud de lo anterior, se realizará en primera instancia la verificación del cumplimiento de las competencias técnicas mínimas del Jefe de Proyectos Senior, de conformidad con lo declarado por el proveedor en el Anexo N°7, acápite I, para posteriormente ser sometidos al proceso de evaluación de ofertas. En caso de que no se certifiquen las competencias mínimas obligatorias del Jefe de Proyecto Senior, se declarará inadmisible la oferta respectiva.  

B) Procedimiento de evaluación de ofertas

Si las ofertas han sido declaradas admisibles, y el Jefe de Proyectos Senior cumple con las competencias mínimas obligatorias establecidas en el punto 10.6 de estas bases y declaradas en el Anexo N° 7, se procederá a su evaluación, la que se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios: 

Criterio de Evaluación

Ponderación

C.1 Precio

30%

C.2 Experiencia del oferente

40%

C.3 Experiencia del Jefe de Proyecto Senior

25%

C.4 Cumplimiento de Requisitos Formales

5%


Como se detalla más adelante, algunos de los criterios indicados cuentan con subcriterios.

Así el Puntaje Total de la Oferta estará dado por el siguiente polinomio:

PUNTAJE TOTAL OFERTA = (30% x Puntaje Precio) + (40% x Experiencia del oferente) + (25% Experiencia del Jefe de Proyecto Senior) + (5% x Puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales)

Para efectos de la evaluación, todos los puntajes y porcentajes resultantes no serán aproximados y se considerarán 2 decimales.

C.1. Precio (30%)

Para la evaluación de este criterio se ordenarán de forma ascendente los precios ofertados por los oferentes en el Anexo N° 6: “Oferta económica”, de estas bases de licitación, es decir de menor a mayor precio ofertado, para proceder a asignar los puntajes de acuerdo con la siguiente tabla:

Ranking

Puntaje asignado

Menor precio ofertado válidamente

100

Segundo menor precio ofertado válidamente

80

Tercer menor precio ofertado válidamente

60

Cuarto menor precio ofertado válidamente

20

En caso de recibir más de cuatro ofertas, desde la quinta posición más económica en adelante, la asignación de puntaje será decreciente en 5 puntos por cada posición que avance en el ranking contado desde los 20 puntos. Por lo tanto, la quinta posición obtendrá 15 puntos, la sexta posición obtendrá 10 puntos, la séptima posición obtendrá 5 puntos. A contar la octava posición a las ofertas se les asignarán 0 puntos en el criterio precio.

C.2. Experiencia del oferente (40%)

La evaluación de este criterio se realizará según lo expuesto por el oferente en el Anexo N°5 “Declaración de experiencia del oferente” de las presentes bases de licitación y atendiendo las consideraciones de evaluación del criterio descritas en esta cláusula. Toda la información entregada por el oferente podrá ser validada por la Comisión Evaluadora; en caso de que la información no puedas ser validada no se considerará para la obtención del puntaje.

Se evaluará la cantidad total de proyectos similares en que hubiera participado el oferente conforme a lo declarado por éste con los cuales suscribió contratos en los últimos 5 años. Para esto, sólo se considerarán clientes distintos, entendiendo como distintos cuando el RUT difiera entre éstos.

Se entenderá como proyectos similares a los proyectos de asesorías en el diseño de sistemas de gran tamaño, que involucren diseño de arquitecturas de referencia, integraciones, migración de datos, digitalización de procesos, análisis del mercado o tecnologías más utilizadas en el país, diseño de soluciones.

La asignación de puntajes se realizará considerando la siguiente tabla:

Cantidad de proyectos similares

Puntaje asignado

10 o más proyectos

100

Entre 6 a 9 proyectos

70

Entre 1 y 5 proyectos

30

Sin proyecto similar o no informa proyectos

0

La Dirección podrá verificar la experiencia del oferente en proyectos similares, utilizando para ello las referencias indicadas por éste. En el caso de que la propuesta no incluya las referencias solicitadas con sus respectivos datos de contacto o que no se pueda validar la experiencia presentada, ésta no será contabilizada para efectos de la evaluación y por tanto no sumará en la calificación de la oferta.

C.3. Experiencia del Jefe de Proyecto Senior (25%)

Los oferentes deberán proponer un Jefe de Proyecto Senior del equipo consultor, cuya experiencia se evaluará en relación con la ejecución previa de proyectos exitosos similares, ejerciendo el rol de Jefe de Proyectos.

La evaluación de este criterio se realizará según lo expuesto por el oferente en el Anexo N°7 “Declaración de experiencia del Jefe de Proyectos Senior” de las presentes bases de licitación y atendiendo las consideraciones de evaluación del criterio descritas en esta cláusula. Toda la información entregada por el oferente podrá ser validada por la Comisión Evaluadora; en caso de que la información no pueda ser validada no se considerará para la obtención del puntaje.

Se evaluará la cantidad total de proyectos exitosos similares en que hubiera participado el oferente conforme a lo declarado por éste con los cuales suscribió contratos en los últimos 5 años. Para esto, sólo se considerarán clientes distintos, entendiendo como distintos cuando el RUT difiera entre éstos.

Se entenderá como proyectos similares a los proyectos de asesorías en el diseño de sistemas de gran tamaño, que involucren diseño de arquitecturas de referencia, integraciones, migración de datos, digitalización de procesos, análisis del mercado o tecnologías más utilizadas en el país, diseño de soluciones en los cuales el profesional ofertado hubiera ejercido el rol de Jefe de Proyectos.

Experiencia

Puntaje

10 o más proyectos exitosos similares

100 puntos

Experiencia entre 6 y 9 proyectos exitosos similares

50 puntos

Experiencia entre 2 y 5 proyectos exitosos similares

10 puntos

En el caso que se informe 1 o no se informen proyectos exitosos similares

0 puntos

La Dirección podrá verificar la experiencia del Jefe de Proyecto Senior señalada por el oferente, utilizando para ello las referencias indicadas por éste. En el caso de que la propuesta no incluya las referencias solicitadas con sus respectivos datos de contacto, en cualquiera de las oportunidades que corresponda, o que no se pueda validar la experiencia presentada, ésta no será contabilizada para efectos de la evaluación y por tanto no sumará en la calificación de la oferta.

C.4.- Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales habiendo omitido antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le hayan solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al mismo artículo citado, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio.


El resultado de la fórmula anterior se ponderará de acuerdo con el peso porcentual de este criterio (5%).

DETALLE DE EVALUACION

Puntaje asignado

Cumple con la presentación completa de antecedentes

100

No cumple o los acompaña con posterioridad conforme al artículo 40, inc. 2°, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales.

0

 

11.4 Solicitud de aclaraciones y antecedentes

No se aceptarán ofertas que no contengan toda la información requerida al momento del cierre de la licitación.

Con todo, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, según lo previsto en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.

En ambos casos, los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.

Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

11.5 Adjudicación

La DCCP, mediante la dictación de una resolución fundada de su Director(a) o de quien corresponda según normativa interna de la Dirección ChileCompra, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, podrá:

  • En conformidad al artículo 9° de la ley N° 19.886, mediante resolución fundada, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o ninguna de las ofertas resultare convenientes a sus intereses, o bien, declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de licitación.
  • Adjudicar la licitación a un único oferente que haya obtenido el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente.

En el caso de que la DCCP no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación, aquélla informará a través del sistema www.mercadopublico.cl dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, del Reglamento de la Ley N° 19.886.

11.6 Resolución de Empates

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando ambas ofertas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

  1. Criterio “Experiencia del oferente”
  2. Criterio “Experiencia del Jefe de Proyectos Senior”.
  3. Criterio “Precio”.
  4. Criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.

Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl, revisándose para tales efectos la fecha y hora de ingreso.

11.7 Notificación de Adjudicación

Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los oferentes, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl en el respectivo ID. Luego de notificada la resolución, en caso de ser adjudicada la licitación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes Bases. Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

11.8 Mecanismo para solución de consultas respecto de la adjudicación

Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del formulario de “Solicitud” disponible en https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico del interesado dentro de los 10 días hábiles contados desde el término del plazo para realizar las consultas.

11.9 Readjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desistiere de su oferta, de firmar el contrato, no se inscribiese en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la DCCP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

11.10 Validez de la Oferta

Las ofertas tendrán una validez mínima de 120 corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, la DCCP podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

12 CONDICIONES CONTRACTUALES Y OTRAS CLÁUSULAS

12.1. Suscripción del Contrato

El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato, el proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo, dentro del plazo señalado en la cláusula 8 de estas bases.

Si por cualquier causa que no sea imputable a la Dirección ChileCompra, el respectivo adjudicatario no se inscribe en el Registro, no presenta los antecedentes legales para contratar o las garantías de fiel cumplimiento del contrato, o bien, no suscribe el correspondiente contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, la Dirección ChileCompra entenderá por desistida la oferta, pudiendo dar aplicación a la cláusula de readjudicación de las presentes bases.

12.2. Vigencia del Contrato

El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y se extenderá hasta la ejecución completa de los servicios referidos en las cláusulas 10.1 y 10.2 y de la entrega de los productos identificados en la cláusula 10.5 de las presentes bases.

Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse las actividades a contar de la fecha de suscripción del contrato respectivo, con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Sin embargo, queda expresamente establecido que no se podrá realizar pago alguno sin la total tramitación del referido acto administrativo y la respectiva recepción conforme de los servicios.

12.3. Plazo de Ejecución de la consultoría

El plazo de entrega para los hitos del servicio contratado, declarados en el punto 10.5 de las presentes bases, estará definido en el plan de trabajo, el cual será presentado por el adjudicatario en su oferta, y luego ajustado por éste, de acuerdo con el análisis de la contraparte técnica DCCP. Este será aprobado por el coordinador técnico del contrato y no podrá superar el plazo de vigencia del contrato.

Se deja constancia que la duración total de los servicios deberá extenderse por el plazo máximo de 4 meses, considerándose que el último mes sea destinado para ajustes finales a los entregables, salvo que exista una modificación del contrato.

12.4. Obligaciones del Adjudicatario

El adjudicatario, ya sea persona natural o persona jurídica, se obliga a:

  • Cumplir con las instrucciones que sean impartidas por la DCCP a través del administrador del contrato o quien lo subrogue o reemplace.
  • Otorgar al Administrador de Contrato designado la facultad de operar como tal en la plataforma de Mercado Público.
  • Participar en las reuniones fijadas por la DCCP a través del administrador del contrato o su subrogante.
  • Realizar y entregar los informes que contengan el trabajo desarrollado y que den cuenta de los servicios solicitados en la cláusula 10.2.
  • Mantener la más estricta confidencialidad con la información proporcionada.
  • Abstenerse de participar –por sí, representado, a través de una sociedad relacionada o mediante una Unión Temporal de Proveedores– en las licitaciones futuras para el desarrollo de la nueva funcionalidad de la plataforma de licitaciones, en cuyas bases técnicas trabajará atendido el objeto de esta contratación.
  • Cumplir las demás obligaciones que impone el presente instrumento.

12.5 Efectos derivados de Incumplimientos (Sanciones)

12. 5. A. Multas por atrasos en la ejecución de las tareas

El proveedor adjudicado será sancionado con el pago de las multas dispuestas en estas bases, por el incumplimiento de los plazos comprometidos para cada hito, en consideración al Cronograma general de trabajo comprometido acordado entre las partes, conforme a lo dispuesto en el punto 3 del punto 10.4.2 de estas bases.

Las multas por atraso se calcularán sobre el valor total que correspondiese pagar en el hito correspondiente, de conformidad a los valores señalados en la cláusula 12.9 de estas bases, de la siguiente forma:

a)    Entre 1 y 10 días hábiles, se aplicará una multa de 1% del valor total del hito respectivo, por cada día de atraso injustificado aplicando esta multa desde el primer día de atraso injustificado conforme al tiempo acordado en el Cronograma general de trabajo respecto de cada hito.

b)    Entre 11 y 20 días hábiles, se aplicará una multa de 2% del valor total del hito respectivo, por cada día de atraso injustificado aplicando esta multa desde el primer día de atraso injustificado, conforme al tiempo acordado en el Cronograma general de trabajo respecto de cada hito.

c)    Entre 21 días hábiles o más de atraso injustificado: Constituirá causal de término anticipado del contrato, conforme al tiempo acordado en el Cronograma general de trabajo respecto de cada hito.

El monto de las multas se cobrará directamente al proveedor, quien deberá pagar en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa o de la resolución que rechaza recurso de reposición, en caso de haberse presentado. En caso de que no se pague dentro de ese plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la DCCP de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

Con todo, si las multas cursadas superan el 30% del monto total del contrato, la Dirección ChileCompra pondrá término anticipado al contrato y dará curso al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

De igual forma, si los tiempos de ejecución sobrepasan el plazo máximo de vigencia del contrato señalado en la cláusula 12.2, ello dará fundamento al término anticipado de contrato.

12.5.B. Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato

La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:

  1. Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
  2. Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas dentro del plazo de 10 días de notificado el cobro.
  3. Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.
  4. Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en la cláusula 12.7 de estas bases, con las excepciones allí señaladas.

En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen estas bases y/o el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de su cobro.

En el caso de que el proveedor no reponga dicha garantía dentro de dicho plazo, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.7, número 9 de las presentes bases. 

12.6. Procedimiento para la aplicación de sanciones

A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas sanciones:

  1. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato (por alguna causal distinta de la establecida en la cláusula 12.7, numeral 1, de las presentes Bases), el administrador del respectivo contrato, designado por la DCCP, notificará al proveedor adjudicado, mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información , informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.

  1. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.

  1. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada de la DCCP, la que deberá ser notificada al proveedor del modo indicado en el literal siguiente.

  1. Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Dirección tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la DCCP, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información, o a través de otro medio verificable en el caso que sea pertinente.

  1. Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en las letras c y d anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La DCCP tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución del recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.

  1. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción finalmente cursada sea una multa, ésta se hará efectiva cobrando directamente al proveedor, quien deberá pagar dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que rechace el recurso de reposición, y en caso de no pagar en este plazo, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento.

12.7. Término anticipado del contrato

La DCCP está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

  1. Cuando de común acuerdo, la DCCP y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.

  1. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

  1. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En este caso no procederá el término anticipado si se cauciona suficientemente el incumplimiento del contrato. Este numeral es sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. En el caso de una UTP (Unión Temporal de Proveedores) aplica para cualquiera de sus integrantes.

  1. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

  1. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

  1. Si se disuelve la empresa adjudicada, o la UTP adjudicada o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada.

  1. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el adjudicatario, en virtud del “Pacto de integridad” contenido en estas bases.

  1. Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el proveedor adjudicado, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a.  Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Dirección ChileCompra, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo proveedor y la Dirección ChileCompra.

b.  Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.

c.   Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del Contrato.

  1. No renovación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los plazos y condiciones establecidas en estas bases.

10.En caso de incumplimiento de la cláusula 12.16 “Cesión de contrato y subcontratación” de las presentes bases de licitación.

11.En caso de incumplimiento de la cláusula 12.10 “Confidencialidad” de estas bases de licitación.

12.Si se detectan situaciones en donde la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.

13.La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad licitante, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

  1. En el caso que la aplicación de multas supere el 30% del monto total del contrato, según lo señalado en la cláusula 12.5.A. de estas bases.

  1. Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.

  1. Reiteración de atrasos injustificados a las actividades programadas dando paso a incumplimientos por parte del Proveedor. No se considerarán como incumplimientos de los SLAs, aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor.

  1. Si los tiempos de ejecución sobrepasan el máximo establecido en la cláusula 12.2 “Vigencia del Contrato” de las presentes bases.

  1. En caso de incumplimiento a lo establecido en la cláusula 12.12 sobre “Continuidad de Personal”, cuando los cambios de personal afecten la integridad del contrato.

  1. Cuando el atraso en la entrega de los hitos supere los 20 días hábiles, establecidos en el punto 12.5.A de las presentes bases.

En los casos señalados en los numerales 2 a 19, con excepción de los numerales 1 y 4, además del término anticipado del contrato, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la DCCP concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.

Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del N° 1, procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en las presentes bases.

12.8. Presupuesto disponible

El presupuesto máximo disponible para el servicio licitado es de $75.000.000 (CLP) (setenta y cinco millones de pesos chilenos), incluidos los impuestos en caso de que procedan.

En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.

12.9. Pagos

Los pagos se realizarán por hitos de pagos asociados al cumplimiento de cada uno de los servicios conforme se señala a continuación:

Hitos

Entregables

Pago

Hito 1

  • Formalización de procesos
  • Análisis de productos similares, complementarios

30% del Monto Ofertado

Hito 2

  • Definición de Plataforma
  • Definición de la estrategia de implementación

30% del Monto Ofertado

Hito 3

  • Plan de migración de datos legados
  • Planificación de la ejecución
  • Especificaciones y bases técnicas – documento final

40% del Monto Ofertado

Cada hito debe contar con recepción conforme del Coordinador del Contrato, y una vez aprobados los entregables correspondientes al respectivo hito, se solicitará el envío de la factura o boleta correspondiente al pago.

El proveedor podrá presentar su documento de cobro tributario a la Dirección ChileCompra sólo una vez que ésta haya hecho recepción conforme formal del servicio comprometido en el hito de pago correspondiente.  El documento de cobro deberá ser enviada a dipresrecepcion@custodium.com.

En resumen:

Facturación

Cálculo

Facturación Hito 1

(30% * Monto total ofertado) - Multas

Facturación Hito 2

(30% * Monto total ofertado) - Multas

Facturación Hito 3

(40% * Monto total ofertado) - Multas

Para tramitar el pago de la prestación de los servicios efectivamente prestados, el adjudicatario deberá entregar a la Dirección ChileCompra, en formato físico o electrónico, junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:

  • Informe del Producto con la recepción conforme de los servicios prestados y entregados, firmado por parte del Administrador del Contrato.
  • En caso de que corresponda, un Informe de aplicación de multas.
  • En caso de que corresponda, un “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio.
  • En caso de que corresponda, las Liquidaciones de sueldo de los trabajadores que prestan el servicio a la Dirección ChileCompra, correspondiente al mes anterior del cual se procede al pago, debidamente firmado por cada trabajador.

La Dirección ChileCompra se reserva el derecho de revisar los antecedentes presentados.

La DCCP realizará el pago dentro de los 30 días corridos luego de la recepción conforme del documento de cobro.

Los montos por pagar son totales, por ello, los oferentes deberán contemplar los valores como brutos, con todos los impuestos o recargos de otra naturaleza. De este modo, el establecimiento de los valores totales, incluyendo los eventuales impuestos en caso de proceder, es de exclusiva responsabilidad del oferente, no pudiendo luego agregar ningún recargo a la DCCP.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de término anticipado, se pagará sólo el monto correspondiente a los trabajos efectivamente realizados y a los plazos efectivamente trabajados, previa liquidación del contrato.

Los pagos serán realizados con transferencia electrónica. En el caso que el proveedor no posea cuenta alguna, debe darlo a conocer por escrito a la DCCP para así realizar el pago mediante cheque.

12.10. Confidencialidad

El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.

El Adjudicatario, así como los profesionales del equipo, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. Para ello se le solicitará suscribir declaraciones con compromisos de confidencialidad.

La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.

El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la DCCP el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la DCCP entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.

Se deja constancia que, en el contrato a suscribir, el equipo consultor del adjudicatario deberá firmar un acuerdo de confidencialidad con la finalidad de resguardar lo anteriormente señalado.

Finalmente, se declara expresamente que queda prohibido tanto al Adjudicatario como a cualquiera de los integrantes del equipo, que participen –por sí, representados, a través de una sociedad relacionada, o mediante una Unión Temporal de Proveedores–, en el o los procesos licitatorios para el desarrollo de la nueva funcionalidad de la plataforma de licitaciones, en cuyas bases técnicas trabajarán atendido el objeto de esta contratación.

12.11. Propiedad de la información

La Oferta técnica presentada por el adjudicatario será de propiedad de la Dirección ChileCompra, no pudiendo hacer uso el adjudicatario de ésta sin la autorización previa y escrita por parte de la misma.

Sin perjuicio de lo anterior, y, en concreto, el producto del trabajo que eventualmente desarrolle el contratista o sus dependientes, con ocasión del contrato, tales como actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y, en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad de la Entidad Licitante, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.

12.12. Continuidad del personal

En el caso de personas jurídicas, si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, le fuere necesario sustituir al personal (Jefe de Proyecto Senior y equipo de trabajo) que presta el Servicio, deberá informar y proponer oportunamente un Cambio de Nómina de Personal, de acuerdo con lo establecido en el siguiente párrafo.

Con objeto de dar continuidad del servicio y mayor efectividad de éste, la Dirección ChileCompra exigirá que, durante el desarrollo y vigencia del contrato, exista continuidad del personal designado para la prestación de cada servicio, con objeto de evitar repetir el proceso de inducción y aprendizaje.

De acuerdo con lo anterior, en caso de ser requerido durante la vigencia del contrato, el adjudicatario, podrá solicitar a la Dirección ChileCompra, a través de su contraparte, en a lo más una sola vez, salvo que concurra alguna causal inimputable al proveedor, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio.

Para la solicitud y aprobación de cambio de personal, deberán considerarse dos elementos:

  1. La criticidad del proyecto y de la etapa de éste en la que esté involucrado el personal.
  2. El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir al menos con los mismos requisitos y calificaciones que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.

De ser necesario, se procederá a extender tiempos de prestación del servicio (en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.2 de las presentes Bases), en cuyo caso no implicará en forma alguna un aumento en los valores a pagar por parte de la DCCP.

Por tanto, la solicitud de cambio debe ser aprobada por la DCCP, reservándose ésta el derecho de aceptar o rechazar la petición, en cuyo caso, el adjudicatario podrá solicitar o proponer otra persona, hasta que éste sea aceptado por esta Dirección, siempre que el tiempo involucrado en esta gestión, no impacte en el cumplimiento de plazos del contrato. El proveedor adjudicado deberá remplazar a sus profesionales en el mínimo tiempo posible, no pudiendo sobrepasar 10 días corridos, incluido el tiempo de validación de el o los candidatos propuestos a la DCCP. En todo caso, si la DCCP considera que estos cambios afectan la integridad del cumplimiento del contrato, podrá poner Término Anticipado al Contrato.

De acuerdo con lo anterior, el adjudicatario, representado por su Contraparte u otra persona debidamente autorizada, debe asegurarse de informar y entregar, a la Dirección todos los antecedentes que respalden sus competencias técnicas, para que esta Dirección evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo, considerándose que deberá tener la misma o mayor experiencia respecto al profesional a reemplazar.

El proveedor del Servicio debe esperar la aprobación escrita por correo o vía e-mail, de la solicitud por parte de la Dirección ChileCompra, antes de operar el contrato con el o los nuevos prestadores de servicio.

Se deja expresa constancia que la DCCP podrá solicitar el cambio de parte o del total del equipo de profesionales propuestos en su oferta, si hay incumplimiento en los entregables o existe evidencia fundada de incumplimientos que puedan afectar el resultado esperado. Asimismo, en caso de que los profesionales sean insuficientes para abarcar la totalidad de los servicios, la DCCP podrá solicitar la suma de otro (s) profesional (s) debidamente calificado. El nuevo profesional propuesto deberá tener la misma o mayor experiencia respecto al profesional a reemplazar, así como también la misma especialización o mayor. Si el proveedor no cumple con el cambio solicitado, ello será causal de término anticipado.

12.13. Coordinador del Contrato

El adjudicatario deberá nombrar a un Coordinador de contrato, quien no podrá ser ninguno de los profesionales que presten el servicio, cuya identidad deberá ser informada a la DCCP previo a la suscripción del contrato.

En el desempeño de su cometido, el Coordinador del contrato deberá, a lo menos:

  1. Informar oportunamente a la DCCP de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato, con especial atención en los cambios de los profesionales de acuerdo con las indicaciones establecidas en la cláusula 12.12 “Continuidad del personal” de las presentes Bases.
  2. Representar al Proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
  3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
  4. Indicar a la DCCP el correo electrónico mediante el cual se realizarán las comunicaciones oficiales entre ambas partes.

Todo cambio relativo a la designación efectuada deberá ser informada por el proveedor al responsable de administrar el contrato por parte de la DCCP, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o cambio, al correo electrónico institucional del funcionario. La DCCP podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.

12.14. Supervisión, Coordinación y Administración del Contrato por parte de la Dirección ChileCompra

La DCCP definirá una contraparte técnica/administrador del contrato, para la coordinación del respectivo contrato, la que ejercerá las siguientes funciones, sin perjuicio de aquellas expresamente establecidas para los administradores de contratos, de acuerdo con las disposiciones internas de la DCCP. Entre otras, deberá ejercer las siguientes funciones:

  1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
  2. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
  3. Dar visto bueno a los informes y recepción conforme de los servicios.
  4. Realizar las coordinaciones necesarias cuando se lleve a efecto una modificación de contrato, elaborando informe técnico, solicitándole la renovación de la garantía de fiel cumplimiento al proveedor de ser procedente, remitiéndole el documento para firma, etc.
  5. Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.
  6. Colaborar y asistir al personal de apoyo en la obtención de la información pertinente para llevar adelante las funciones solicitadas.
  7. Gestionar la autorización de los pagos programados según se haya establecido en el Contrato de Prestación de Servicios.
  8. Determinar la aplicación de las sanciones que se estipulen en el Contrato, según corresponda.
  9. Las demás que le encomiende el presente instrumento.

12.15. Modificación de Contrato

El contrato podrá modificarse por las siguientes causales:

  1. Mutuo acuerdo entre los contratantes.
  2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  3. Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.

Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, no podrá referirse a los elementos esenciales del contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza u objeto, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo contando con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente. En el caso que la modificación implique un aumento de plazo del contrato, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia no podrá ser inferior a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato.

La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en todas las instancias, las condiciones contractuales previamente consensuadas.

12.16. Cesión de contrato y subcontratación

El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.

Por lo tanto, el adjudicatario deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.

Asimismo, se encuentra prohibida la subcontratación de servicios.

Por su parte, el Administrador de Contrato de la DCCP deberá exigir al proveedor la entrega de un documento que acredite la relación jurídica entre éste y el o los profesionales que participarán en la prestación de los servicios, tales como contratos de trabajo y/o contratos de prestación de servicios, entre otros que resulten procedentes para tales efectos.

La infracción de estas prohibiciones será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 12.7. N°10 de las presentes bases.

12.17. Estándares de probidad

Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

12.18. Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

  1. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.

Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.

12.19. Acreditación de cumplimiento remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y cumplimiento de normas laborales

Durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, según formato del Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este Anexo deberá ser presentado a la mitad de la vigencia del contrato, con un máximo de seis meses, desde el inicio de la ejecución del respectivo servicio. Sin perjuicio de ello, la Dirección ChileCompra también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas, en el caso que corresponda.

En el caso de UTP, cada integrante de la misma deberá presentar dicho anexo.

Lo anterior es sin perjuicio de la documentación exigida para cursar cada pago asociado al contrato.

El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Asimismo, y tal como se puntualizara en la cláusula 12.9 “Pagos”, si corresponde, la DCCP exigirá al adjudicatario, antes de proceder al pago, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación.  

En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o profesionales contratados para los efectos de la prestación de estos servicios.

Si por cualquier causa la Dirección dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones u honorarios de sus trabajadores o profesionales.

La Dirección se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta, con un límite de 3 negativas, y la cuarta negativa se considerará un incumplimiento grave.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el Contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Dirección.

El Adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

12.20. Documentos integrantes.

La relación contractual que se genere entre la Dirección ChileCompra y el Adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:

                         i.                   La Ley N°19.886 y su Reglamento.

                       ii.                   Bases de Licitación y sus Anexos.

                      iii.                   Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas.

                      iv.                   Las modificaciones de las Bases, si las hubiere.

                        v.                   Resolución de Adjudicación.

                      vi.                   Oferta Adjudicada.

                    vii.                   Contrato definitivo suscrito entre las partes.

                  viii.                   Orden de Compra.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases, como marco básico.




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