ALCANCES DE LA LICITACIÓN Y OBJETIVO. |
La presente tiene por finalidad contratar servicios profesionales para la realización del estudio básico “Plan Marco Desarrollo Territorial”, por el que se busca identificar las potencialidades de desarrollo productivo de un subterritorio, a través de la detección de oportunidades de negocios asociadas a uno o varios ejes productivos; identificar las necesidades de inversión requeridas para el desarrollo de las potencialidades detectadas y determinar la rentabilidad privada y social de la cartera de inversiones resultante.
Las presentes Bases Administrativas Especiales, serán aplicables para la ejecución del estudio básico "Plan Marco Desarrollo Territorial Montañas y Lagos de Coyhaique Rural” código BIP 40053985-0, y complementan los Términos Técnicos de Referencia.
La presente iniciativa de inversión fue aprobada mediante Acuerdos del Honorable Concejo Región de Aysén, N° 6.199 de 16 de marzo 2023 (aprueba el Territorio) y N° 6.391 de fecha 17 de enero de 2024 (aprueba el presupuesto).
Los Oferentes deben presentar propuestas técnicas y económicas que cumplan con las exigencias establecidas en las presentes bases administrativas especiales, en los Términos Técnicos de Referencia y demás antecedentes parte de la presente Licitación, como Aclaraciones o Adiciones a las mismas.
Estas bases de Licitación Pública se rigen por los principios del libre acceso, de competencia; publicidad y transparencia de los procedimientos; de igualdad en el trato y no discriminación, probidad y el buen uso de los recursos públicos.
Código Clasificador ONU 8014151 .Informes de Investigación del mercado.
Tipo de Licitación LP Licitación Pública igual o superior a 1000 UTM e inferior a 2.000 UTM
Tipo de Convocatoria Abierta
Moneda Pesos
Etapas del Proceso de Apertura 1 Etapa ( se procede a abrir tanto las oferta técnica como la oferta económica)
Tipo de Adjudicación Por el total de estudio.
Toma de Razón por Contraloría No se requiere.
Suscripción de Contrato Se requerirá suscripción de contrato.
Publicación de las ofertas Las ofertas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación.
Publicidad de las ofertas técnicas Las ofertas técnicas de los oferentes no serán de público conocimiento para resguardar sus derechos de propiedad intelectual.
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DATOS DE LA ENTIDAD LICITANTE. |
Nombre del organismo Gobierno Regional de Aysén
Unidad de compra División de Planificación y Desarrollo Regional
Rut del organismo 72.222.000-5
Dirección Ejército 405
Comuna Coyhaique
Región en que se genera la adquisición Región de Aysén, del General Carlos Ibañez del Campo.
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DEFINICIONES. |
ACLARACIONES: Conjunto de explicaciones entregadas por la “Comisión Contraparte Técnica” en respuesta a las consultas o de propia iniciativa (Aclaraciones), que tienen por objetivo dilucidar o complementar aspectos dudosos de las bases, salvar omisiones o rectificar yerros.
ADJUDICATARIO: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo, cuando corresponda.
ADJUDICACIÓN: Acto administrativo, por medio del cual la autoridad competente selecciona y acepta a uno o más oferentes para la suscripción de un Contrato o emisión de una Orden de Compra, de acuerdo a los montos del proceso indicado en la Ley de compras y su reglamento.
BASES DE LICITACIÓN O BASES ADMINISTRATIVAS: Documentos aprobados por la autoridad competente que incluyen las Bases Administrativas, Términos Técnicos de referencia y anexos que en su conjunto contienen los requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Gobierno Regional de Aysén, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras. Contienen asimismo las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo en su caso, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras
BASES TÉCNICAS: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.
COMISIÓN EVALUADORA: Aquella conformada por 3 miembros, internos o externos al organismo licitante, de conformidad a lo establecido en el art. 37 del Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda, a la cual le corresponde efectuar el análisis económico y técnico de las ofertas, con sujeción a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases. La integración de la comisión evaluadora se publicará en el Sistema de Informaciones de Compras y Contratación Pública, mediante acto administrativo, resolución que apruebe esta designación.
CONSULTOR: La persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que esté en condiciones de proporcionar los bienes o servicios que se propone contratar, conforme los procedimientos establecidos en las bases, contrato respectivo y la legislación vigente aplicable.
COMISIÓN CONTRAPARTE TÉCNICA: Contempla a él o los profesionales designados por el Gobierno Regional de Aysén, que asumen el derecho y obligación de fiscalizar y revisar el cumplimiento del Contrato para la elaboración del estudio. Los cuáles serán designados por acto administrativo mediante resolución que apruebe esta designación.
CONTRATO: Contrato de suministro o prestación de servicios que celebrará el Gobierno Regional de Aysén y el proponente cuya propuesta ha sido adjudicada dentro del proceso de licitación y que tiene por objeto la prestación de un servicio, la contratación o arrendamiento con o sin opción de compra de productos o bienes muebles. Corresponderá al instrumento legal que regulará la relación entre la Contraparte Técnica y el Contratista. Formarán parte integrante de dicho contrato: la oferta del consultor y las Bases de Licitación. En el caso de Unión Temporal de Proveedores, la inscripción en el Registro de Proveedores será obligatoria para cada proveedor de dicha unión al momento de suscribir el contrato.
DÍAS: Corresponderá a “días corridos”, a no ser que se explicite otra acepción.
EJE PRODUCTIVO: Espacio de concertación público–privado- comunitario y de toma de decisiones sobre prioridades de inversión, constituyéndose en una "Unidad Integral de Planificación" de nivel subregional. En un territorio se da un conjunto de relaciones económicas y sociales, cuyas dinámicas inciden en la población y determinan los flujos de intercambio, tanto al interior del territorio como fuera del mismo.
EQUIPO DE PROFESIONALES: Corresponderá al grupo de profesionales mínimo requerido en los términos de referencia. Este equipo estará constituido por un equipo permanente en la Región y otro no permanente.
ERD: Estrategia Regional de Desarrollo de la Región de Aysén 2010-2030.
GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN: La entidad licitante, que es el Gobierno Regional de Aysén, Rut 72.222.000-5.
ID: Identificador alfanumérico de un llamado a licitación pública efectuado a través del sistema de información, conformado por un prefijo numérico que identifica la Unidad compradora, un número correlativo y un sufijo que identifica el tipo de proceso de compra y el año en que se ejecuta. Ejemplo:1094539-XX-LP24
INSPECTOR TÉCNICO DEL ESTUDIO: Profesional del Gobierno Regional de Aysén, designado para la administración oficial del contrato entre la Contraparte Técnica y el consultor, específicamente de la División de Planificación y Desarrollo Regional, en adelante DIPLADE del Gobierno Regional de Aysén, en adelante I.T.E.
LICITACIÓN PÚBLICA: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el Gobierno Regional de Aysén realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las Bases de Licitación, formulen propuestas, de entre las cuales se evaluará, seleccionará y adjudicará la más conveniente a los intereses del licitante, aunque no sea la oferta de menor valor.
LEY DE COMPRAS: Ley N° 19.886/2003, del Ministerio de Hacienda, Ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios el Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda que reglamenta la Ley de Compras y Contrataciones Públicas y modificación a la ley N° 21.634, que moderniza Ley N°19886.
MIDESOFA: Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
NEGOCIO: Se define según el producto que se comercializa.
PIRDT: Programa de Infraestructura Rural para el Desarrollo Territorial.
PMDT: Plan Marco de Desarrollo Territorial.
PLADECO: Instrumento de planificación territorial denominado Plan de Desarrollo Comunal.
PROPONENTE U OFERENTE: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una o más propuestas.
PROPUESTA A SUMA ALZADA: La oferta a precio fijo en que los valores de sus componentes parciales se entienden inamovibles, a menos que las bases de licitación autorice expresamente revisar algunas partidas.
REGISTRO DE PROVEEDORES: Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, ChileProveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
REGLAMENTO: Decreto Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento de la Ley Nº19.886/2003, Ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
SISTEMA DE INFORMACIÓN: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, ChileCompra, a cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas. Portal web de ChileCompra, sitio http://www.mercadopublico.cl.
SUBTERRITORIO: Área geográfica al interior del territorio, que presenta un desarrollo a nivel local de uno o más ejes productivos, para los cuales se identifican potencialidades de mayor desarrollo y que comparten las mismas necesidades de infraestructura para alcanzar este potencial.
TÉRMINOS TÉCNICOS DE REFERENCIA: Requerimientos de orden técnico que complementan las presentes Bases Administrativas, y en tal situación regulan el contrato con el consultor; en adelante, T.T.R.
TERRITORIO: Espacio de concertación público–privado- comunitario y de toma de decisiones sobre prioridades de inversión, constituyéndose en una "Unidad Integral de Planificación" de nivel subregional. En un territorio se da un conjunto de relaciones económicas y sociales, cuyas dinámicas inciden en la población y determinan los flujos de intercambio, tanto al interior del territorio como fuera del mismo.
UNIDAD PRODUCTIVA TIPO (UPT): Unidad que agrupa a productores que comparten una misma producción (1 o más productos) con un mismo proceso productivo, escala y tecnología de producción.
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo (Art.67 bis del reglamento N° 19.886 de compras públicas).
Las definiciones aquí contenidas son aplicables a todo y cualquier documento que forme parte de las Bases que rigen este proceso licitatorio. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las definiciones que contiene el Reglamento de la Ley de Compras y de otras definiciones que puedan contenerse en uno o más Anexos, las que aplicarán con el alcance que allí se señale, y a falta de disposición en tal sentido aplicarán sólo para efectos de lo señalado en el respectivo Anexo.
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ETAPAS Y PLAZOS |
La presente Licitación se publicará a partir de la total tramitación del acto administrativo que aprueba bases de licitación e instruye el llamado en el Sistema de Información portal www.mercadopublico.cl.
El cronograma de etapas y plazos de esta licitación se encuentra disponible en el numeral N° 5.
Los interesados en participar podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las bases de licitación y hasta la fecha y hora indicada en la ficha de la licitación. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información, dentro de los plazos señalados en el cronograma de etapas y plazos de la licitación.
Las consultas hechas formarán parte integrante de la licitación, así como las respuestas y aclaraciones que se realicen. Será responsabilidad de los proveedores el oportuno conocimiento de las respuestas y aclaraciones. Estos no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto. Las respuestas y aclaraciones se considerarán conocidas por todos los proponentes, aun cuando no realicen consultas.
Los plazos señalados en las bases de licitación se entienden en días corridos, salvo que se señale expresamente que son hábiles. Sin perjuicio de lo anterior, si las fechas señaladas en el Cronograma de etapas y plazos recayeran en un día sábado, domingo o festivo, esta fecha se fijará para el día hábil administrativo siguiente.
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CRONOGRAMA DE ETAPAS Y PLAZOS. |
PUBLICACIÓN Dentro de 5 días hábiles administrativos contados desde la total tramitación de la resolución que apruebe el llamado de la licitación, en www.mercadopublico.cl
INICIO DE PREGUNTAS Los interesados en participar en la presente licitación, podrán formular consultas y solicitar aclaraciones a través del sistema www.mercadopublico.cl, el primer día hábil administrativo, contado desde la publicación del llamado en dicho portal.
PLAZO FINAL DE PREGUNTAS El plazo final para realizar consultas es hasta de 05 días hábiles administrativos hasta las 23:59 horas., contados desde la publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl
PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS Se pondrán, las referidas preguntas y sus respuestas, en conocimiento de todos los interesados a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, en el plazo de 07 días hábiles administrativos posteriores al vencimiento del plazo para realizar preguntas, a las 18:00 horas.
Este plazo de publicación de respuestas podrá ser modificado en el caso de que número de preguntas que se reciba sea superior a 100 preguntas.
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas, será informada en el portal www.mercadopublico.cl.
CIERRE RECEPCIÓN OFERTAS 20 días corridos desde la publicación del llamado en el sistema de información, a las 15:01 horas.
Tener presente que, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
APERTURA DE OFERTAS El mismo día que se produzca el cierre de recepción de ofertas, a las 15:05 horas en el portal sistema www.mercadopublico.cl
EVALUACIÓN, ADJUDICACIÓN Y/O DESERCIÓN Hasta 15 días hábiles administrativos posteriores a la fecha del acto de apertura de las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl., hasta las 18:00 horas del día que indique la plataforma (etapas y plazos).
Si por causas no imputables a la entidad compradora, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, la entidad compradora publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, en los términos indicados en el artículo 41 del reglamento de la Ley 19.886.
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Dentro de los 10 días hábiles administrativos, posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación de los bienes adquiridos, mediante firma del contrato.
RESOLUCIÓN QUE APRUEBA EL CONTRATO Dentro de los 05 días hábiles administrativos desde la firma de contrato, se realizará resolución que aprueba el contrato con el proveedor adjudicado.
ACEPTACIÓN DE ORDEN DE COMPRA Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, luego de formalizado el contrato.
En caso de que esta no fuere aceptada en el plazo indicado, se podrá solicitar el rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
CONSIDERACIÓN Los plazos de días establecidos en este artículo, "etapas y plazos", son de días hábiles administrativos, entendiéndose que son inhábiles administrativos los días sábados, domingos y festivos en Chile.
Exceptuando los días de publicación hasta el cierre de ingreso de ofertas (corridos).
En conformidad con el artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, en caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones.
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6. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR. |
Para dar cumplimiento a la Ley 21.634 que moderniza la ley N° 19.886 de Compras Públicas, antes de enviar su propuesta los oferentes deben confirmar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del código penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
b) No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
c) Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
d) No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaró que ésta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
e) No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
f) No integró la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
g) Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
h) Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
i) Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
j) No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
A fin de acreditar cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes tanto personas naturales, jurídicas y UTP deberán presentar una “Declaración Jurada de requisitos para ofertar”, la cual se genera en línea a través de www.mercadopublico.cl, en el último paso del módulo de presentación de su propuesta, donde se confirma el cumplimiento de los requisitos al momento de enviar una oferta o participar de un proceso de compra pública.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”
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7. NORMATIVA LEGAL VIGENTE |
Este proceso de licitación se sujeta, en lo pertinente, a la siguiente normativa:
A. Las presentes Bases, que regulan el proceso de licitación, contratación y ejecución de los servicios licitados, y recepción de los bienes. En caso de contradicción entre las Bases y cualquier otro documento asociado a la presente licitación, prevalecerán las Bases.
B. Ley N° 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886 y sus modificaciones.
C. Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas.
D. La Ley N°21.634 de fecha 11 de diciembre de 2023, la cual moderniza la Ley N°19.886 y Otras leyes, para mejorar la calidad del Gasto Público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado.
E. Lo dispuesto en la Ley N° 20.730 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios e indicaciones del Oficio N°E4444887/2024, emitido por la Contraloría General de la República, donde “Imparte Instrucciones sobre aspectos de la ley N°20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares antes autoridades y funcionarios”.
F. Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
G. La Ley 21.180 de Transformación Digital del Estado de fecha 11 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°1770 de la Subsecretaria General de la Presidencia que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 27 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°86 de la División de Gobierno Digital que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 16 de enero 2020 y sus actualizaciones.
H. Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado. (DTE) de la Dirección de Presupuestos.
I. El Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado SIGFE.
J. El Dictamen de la Contraloría General de la República E464046N24 de fecha 18 de marzo de 2024, La que indica aspectos relacionados con las principales modificaciones a la Ley N°19.886, introducidas por la Ley N°21.634.
K. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, la presente licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que se indica a continuación:
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, la presente licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que se indica a continuación:
- Aclaraciones
- Consultas y respuestas
- Las presentes bases administrativas y sus anexos
- Otros antecedentes Técnicos que se incluyan en la licitación
- Los términos de referencia / especificaciones técnicas
- Ficha de licitación publicada en el Portal Mercado Público.
- Modificaciones y aclaratorias publicadas en relación a las bases antes del cierre de recepción de ofertas, mediante resolución fundada.
- Modificación al cronograma de Licitación.
- La designación de la Comisión Evaluadora y sus modificaciones respecto de quienes reemplacen.
- Las ofertas de los proponentes y sus formularios y anexos de presentación
- Las aclaraciones de las ofertas a través del foro inverso, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes.
- El acta de apertura, admisibilidad y evaluación de licitación pública, realizada por la comisión evaluadora y su propuesta de adjudicación a la autoridad competente.
- La Resolución que aprueba la Adjudicación y/o declare Desierta la licitación pública.
- El contrato suscrito.
- La emisión y aceptación de orden de compra en el Portal www.mercadopublico.cl
- Resolución de Recepción conforme.
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8. OFERENTES DE LA LICITACIÓN. |
Podrán participar de la presente licitación, todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de oferentes que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga la normativa vigente, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en el Artículo 35 septíes del Capítulo VII de la ley N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas y en el artículo 4° incisos 1° y 6° de la ley N°19.886, y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes Bases.
Los participantes sean estas personas naturales o jurídicas pueden actuar personalmente o representados por un tercero, sin perjuicio de lo cual aquellas ofertas que no emanen de quien tenga poder suficiente para efectuarlas, no podrán ser adjudicadas conforme a lo prescrito en el Artículo 41 del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Persona natural
Las personas naturales deberán, al momento de contratar, encontrarse hábiles para contratar con los organismos del Estado.
Si un oferente no se encuentra inscrito en el Registro de Proveedores de Chilecompra o bien los antecedentes requeridos no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:
● Fotocopia de cédula identidad.
● Fotocopia de Iniciación de Actividades
Personas Jurídicas
Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo. Lo anterior, siempre que los antecedentes no se encuentren validados y vigentes por el portal Registro de Proveedores de Chilecompra. En el caso que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:
● Rol único Tributario.
● Cédula de identidad del Representante Legal.
● Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses.
● Certificado de vigencia de poderes, del Registro de Comercio respectivo de fecha no superior a seis meses.
● Escritura de constitución de sociedad o empresa, con indicación de su inscripción en el Registro de Comercio y fecha de publicación en el Diario Oficial.
● En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el Artículo 12 de dicha Ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad con las disposiciones legales correspondientes.
Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras, deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandatario con poder suficiente, y cumplir con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
Unión Temporal De Proveedores.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, deberá dar cumplimiento al artículo 67° bis del Reglamento de Compras Públicas.
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores de la dirección de compras para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento.
Aquella oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente Artículo, será declarada inadmisible.
El contenido del acuerdo de la Unión Temporal de Proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos:
a) La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de Proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante.
b) El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la Unión Temporal de Proveedores ante la Entidad licitante.
c) Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente incorporados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato.
d) La no suscripción del instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y re-adjudicar.
e) Definir la forma de facturación de la Unión Temporal de Proveedores.
f) Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores va a tomar las garantías a nombre del Gobierno Regional de Aysén.
g) La duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución y hasta la liquidación del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en la parte final del inciso primero del artículo 4° de la ley N°19.886, modificado por el artículo 401 de la ley N° 20.720, no podrán participar en este proceso los oferentes que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, o hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
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10. LOCALIZACIÓN Y PLAZO DE DURACIÓN DEL ESTUDIO. |
Localización del estudio:
El estudio se focaliza territorialmente en la comuna de COYHAIQUE de la Región de Aysén, según se indica en los Términos Técnicos de Referencia de las presentes bases de licitación.
Duración del estudio:
La realización del estudio tendrá una duración máxima de 238 días corridos (el cual es requisito de admisibilidad) contados desde la total tramitación del acto que aprueba el contrato suscrito con el adjudicatario, donde se consignará el plazo definido en propuesta del oferente, sin perjuicio de la prórroga que corresponda otorgar si se verificase alguna causal constitutiva de caso fortuito o fuerza mayor.
La duración del estudio, no considera el periodo de revisión y corrección de informes de avance.
Por caso fortuito o fuerza mayor se entenderá todos los casos en que de conformidad a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, ocurra un imprevisto imposible de resistir no imputable a las partes y que haga inevitable incurrir en un atraso en la entrega del estudio licitado. Para esto:
a) El Oferente deberá, por escrito, poner en conocimiento de la Entidad Licitante dicha circunstancia, a más tardar dentro del tercer día desde que ésta se configure, solicitando en el mismo acto la ampliación del plazo para la entrega.
b) El incumplimiento por parte del Oferente es su deber de dar aviso y de presentar la solicitud de prórroga en los términos indicados, se entenderá como simple atraso y hará procedente la aplicación Multas y Sanciones y/o el Término del Contrato según lo establecido en los numerales 33 y 34 de estas Bases, y N° 27 según corresponda.
Este plazo podrá prorrogarse por el Gobierno Regional de Aysén por los causales señalados en punto anterior, mediante acto administrativo, por lo que se realizará resolución con los fundamentos debidamente señalados.
PROCESO DE LICITACIÓN.
El proceso de licitación se conducirá bajo las disposiciones que establecen las presentes Bases Administrativas, anexos y formularios, disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.
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11. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
De conformidad a lo establecido en el Artículo 35 ter. De la Ley N°21.634 que Moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas, se prohíbe la comunicación entre participantes e interesados en el en el proceso de contratación una vez iniciado el proceso, no obstante en el Artículo 27 del Decreto 250/2004 del Ministerio de Hacienda (Reglamento de la Ley de Compras), se establece la posibilidad de que los oferentes realicen las consultas de carácter administrativo o técnico que estimen necesarias respecto a las Bases, pero siempre a través del Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl, dentro los plazos establecidos y a través del foro dispuesto para ello al efecto.
Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la Entidad Licitante mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.886.
Modificaciones de las bases.
La Entidad licitante podrá introducir modificaciones a las presentes Bases mediante acto administrativo fundado, por parte del Jefe de la División de Planificación y Desarrollo Regional o quien lo subrogue, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal www.mercadopublico.cl, informándose de ello a través del mismo portal; estas modificaciones se entenderán forma parte integral de las bases de licitación. Se realizarán modificaciones o complementaciones de bases por las siguientes causales:
1. Errores u omisiones en alguno de los artículos constitutivos de las presentes bases y los respectivos formularios.
2. Complementación de la información administrativa y/o técnica que favorezca la presentación de las ofertas, que sea causa del proceso consultas y aclaraciones.
3. Otras que no se encuentren contempladas en los puntos anteriores.
Se considera parte de estas modificaciones a los formularios aprobados y sugeridos para la presentación de ofertas señalados en las presentes bases de licitación. Siempre que éstas no impliquen otorgar ventajas indebidas y en plena observancia del principio de estricta sujeción a las bases.
Modificación a las bases de licitación en relación a los plazos y cronograma de licitación.
De igual forma el Gobierno Regional de Aysén, hasta antes del cierre de presentación de ofertas, otorgará un nuevo plazo para la presentación de las propuestas mediante resolución fundada, por parte del Jefe de la División de Planificación y Desarrollo Regional o quien lo subrogue, lo que también será informado oportunamente en el sitio www.mercadopublico.cl, de manera que todos los interesados puedan adecuar sus ofertas.
El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en el numeral 05: “Etapas y Plazos: Cronograma de la Licitación” y expresados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación, inclusive el plazo de adjudicación, en caso que se requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado.
Sin perjuicio de los plazos mínimos entre llamado y recepción de ofertas señalados en el Artículo 25 del Decreto N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda, esta Entidad podrá aumentar el plazo mínimo de llamado en dos (2) días hábiles: “Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, aumentándose automáticamente en 2 días hábiles por una sola vez”, siempre y cuando esta opción haya sido indicada al momento de crear la ficha de llamado de licitación en sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl, dispuesto para este efecto.
En conformidad con el artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, en caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones.
En caso que exista incongruencia o contradictoriedad entre la ficha ingresada en el portal www.mercadopublico.cl y las bases administrativas, técnicas y sus formularios anexos aprobados por la autoridad competente, primará lo que contienen las bases de esta licitación.
Sin embargo, esta entidad podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afecten intereses de terceros.
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12. VIGENCIA Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS. |
Vigencia de las ofertas:
Las ofertas tendrán una validez o vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre del periodo de recepción de ofertas señalado en el cronograma de presentación.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Gobierno Regional de Aysén podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de sus ofertas por otro periodo igual. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
Presentación de ofertas:
Los valores ofrecidos deberán contemplar todos los costos necesarios para la ejecución de servicios profesionales para la realización del estudio básico “Plan Marco Desarrollo Territorial” que se cumpla con la entrega de los servicios, y con el objetivo del llamado de proceso de licitación.
Las ofertas y todos los antecedentes que le sustenten, deberán ser ingresados en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl, conforme lo dispuesto en el Artículo 14 de las presentes bases de licitación “Entrega de antecedentes de la licitación” y en formato papel las Garantías que no hayan sido emitidas en forma electrónica reguladas por la Ley N° 19.799.
Por la sola presentación de la propuesta, se entenderá que el oferente acepta las presentes Bases, Términos Técnicos de Referencia, aclaraciones y todos los antecedentes que forman parte de la presente licitación.
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases de Licitación. En consecuencia, será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas y anexos, así como constatar que el envío de su propuesta, a través del Sistema de Información, haya sido efectuado con éxito. Se recomienda verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 62 del Reglamento.
Una vez vencido el plazo de presentación de ofertas, los oferentes no podrán introducir correcciones ni enmiendas a su oferta. El Gobierno Regional de Aysén no se hace responsable por los errores contenidos en la oferta, los que deberán ser asumidos por el oferente íntegramente.
La omisión, distorsión o falsedad en cualquiera de los documentos o antecedentes presentados y requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta o la entrega de datos o información falsa, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada o para rescindir el Contrato cuando procediere, dictando la Resolución fundada correspondiente.
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13. ENTREGA DE ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN. |
a) Antecedentes a entregar en soporte papel:
Se aceptará únicamente la presentación en soporte papel de las GARANTÍAS POR SERIEDAD DE LA OFERTA que no hayan sido emitidas en forma electrónica reguladas por la Ley N°19.799, las cuales deben ser ingresadas físicamente antes del cierre de presentación de ofertas.
En caso de presentación de garantías electrónicas, se requerirá que se adjunten como anexo administrativo al momento de presentar las ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, antes del cierre de presentación de ofertas.
b) Antecedentes a entregar a través del portal www.mercadopublico.cl:
Los documentos deben ser ingresados digitalmente al portal www.mercado público.cl, en idioma español en cualquier formato de preferencia (PDF o JPG), con el título del documento respectivo. (Indicando el nombre de cada archivo y su contenido).
Todos los formularios deberán presentarse debidamente firmados por el oferente o bien por su representante legal, en caso de ser persona jurídica o apoderado en caso de UTP, en un formato no editable.
Se debe realizar de forma electrónica la Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades”, electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales, jurídicas y representante de la UTP, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico, en el módulo de presentación de ofertas.
Se deberán adjuntar digitalmente los formularios sugeridos como anexos administrativos, técnicos y económicos que se detallan a continuación, serán aceptadas aquellas propuestas con formato propio sólo en el caso que contengan todo lo solicitado en estos formularios anexos.
En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberán presentarse firmados por quien actué como Apoderado o Representante de ella, quien tiene las facultades designadas para la presentación de las propuestas.
Las ofertas solo podrán ser efectuadas hasta la hora y fecha de cierre señalados en la Ficha del Portal www.mercadopublico.cl y en el numerales 4 y 5 de las presentes Bases de Licitación “Etapas y plazos de Licitación”.
Las ofertas económicas deberán ser ingresadas en el Portal www.mercadopublico.cl, en valores netos, de acuerdo a lo instruido por dicho sistema y detallados en los formularios C 1 Oferta Económica, C2 Presupuesto detallado, C3 Flujo de caja y calendario de pagos de la propuesta, por el total del ítem (con impuesto incluido).
Al tenor de los dispuesto en el artículo N°62° del Reglamento de la ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, sólo podrán efectuarse los procesos de Compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del sistema de Información de acuerdo a las causales y circunstancias señalados en este artículo.
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15. GARANTÍAS |
Para efectos de las garantías que se requieren en las presentes bases el oferente deberá considerar lo establecido en el reglamento de la Ley 19.886, principalmente en los artículos 31 y 68.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, mediante uno o varios instrumentos financieros, irrevocables y pagaderos a la vista, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica deberán ajustarse a la ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
LAS GARANTÍAS DEBERÁN SER PAGADERAS A LA VISTA E IRREVOCABLES.
Cuando se trate de Póliza de Seguro de Garantía deberán ser pagaderas a primer requerimiento y de ejecución inmediata, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio. Deberá indicar expresamente que es pagadera a todo evento, esto es que el pago de la prima corresponde a una obligación del contratante, en consecuencia, la falta de pago de la misma, no será oponible ni afectará en modo alguno los derechos del asegurado frente al asegurador.
Solo se aceptan garantías en los términos descritos.
Los plazos de renovación serán los establecidos en estas bases, ante modificaciones de contrato o plazos no establecidos el oferente tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles, desde que fuera solicitada su renovación por parte del Encargado de Contrato, para entregar las garantías que corresponda o realizar las modificaciones que corresponda a éstas.
Tipos de Garantías exigidas para el presente proceso:
a) Garantía por Seriedad de la Oferta:
Instrumento de caución para proteger el eventual desistimiento de una oferta seleccionada, cuyo monto y vigencia se encuentra estipulado en las presentes Bases Administrativas.
Esta Garantía se hace efectiva en el evento que, una vez adjudicada una propuesta, el oferente seleccionado, se negare a suscribir el respectivo contrato en los plazos establecidos.
b) Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato:
Instrumento de caución para resguardar el normal desarrollo del contrato, cuyo monto y período de vigencia, instancias de renovación se encuentra establecido en las presentes Bases Administrativas.
Esta Garantía debe ser entregada por el oferente hasta el día anterior de fecha fijada para la suscripción del contrato, manteniéndose siempre vigente y renovándose cada vez que se otorgue un aumento de plazo.
Garantías emitidas por una UTP; condiciones generales
Los instrumentos de garantía (garantías de seriedad de la oferta, de fiel cumplimiento del contrato) no necesariamente deben ser otorgados por el apoderado de una UTP, sino que pueden ser aportados por cualquiera de los integrantes de la UTP o incluso por un tercero ajeno a ellas, debiendo siempre ser a la vista e irrevocables y siempre en concordancia con el instrumento de constitución de éstas.
A) GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA (REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD)
Hasta antes del cierre de recepción de ofertas se deberá hacer entrega de garantía de seriedad de oferta, en el plazo fecha fijada en el cronograma de esta licitación numeral 05 “Cronograma Etapas y Plazos de licitación”.
Tipo de Documento: Para la presente licitación el oferente deberá garantizar la seriedad de su oferta mediante instrumento de Garantía que sea pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un medio que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, en soporte papel o electrónico, siempre que se cumplan las condiciones dispuestas en el artículo 31° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La garantía será tomada por el oferente (Apoderado o un integrante para el caso de las UTP) o por un tercero (En este caso el documento deberá consignar, además del objeto de la garantía, la individualización del sujeto por quien se rinde) en pesos chilenos.
No se aceptarán cheques.
En el caso que el documento de garantía no permita glosa, el oferente deberá escribir con puño y letra al reverso del documento la glosa solicitada.
Monto: El monto para garantizar la Seriedad de la Oferta es de $500.000.- (quinientos mil pesos), en pesos chilenos.
Vencimiento: El plazo de vigencia mínimo será de 90 días corridos contados desde la fecha fijada para el cierre de la recepción de las ofertas.
Beneficiario: La garantía deberá señalar que se extiende a favor del Gobierno Regional de Aysén, RUT N° 72.222.000-5 y cuya glosa deberá señalar que se otorga para caucionar la Seriedad de la Oferta presentada en la “Licitación Pública PMDT Montañas y Lagos Coyhaique Rural CÓD BIP 40053985-0”.
Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta hasta antes de cierre de presentación de ofertas o que acompañándola sea tomada por un monto inferior y no se ajuste cabalmente a lo solicitado en los párrafos precedentes, será rechazada por el Gobierno Regional de Aysén, declarándose inadmisible por no ajustarse a lo establecido en las Bases de Licitación.
Fecha y forma de entrega:
Se deberá hacer entrega de Garantía por Seriedad de la oferta hasta el momento del cierre de recepción de ofertas de la licitación, según el tipo de documento a entregar, de la siguiente manera:
De las Garantías por Seriedad de la oferta, que sean emitidas o celebradas por escrito y en soporte papel (vale decir, donde el tomador de la garantía realiza por lo general un proceso presencial) deberá ser presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, comuna y ciudad de Coyhaique, en horario de Atención de Público de 08:00 y hasta las 14:00 horas de lunes a viernes hasta antes del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, por lo que deberá considerar esta información para el ingreso de garantías.
En caso de otorgarse como documento electrónico (vale decir, aquellos emitidos por las entidades financieras y bancarias por medios electrónicos, como por ejemplo página web) deberá ser incorporada como ANEXO adjunto en su propuesta hasta antes del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores podrá ser tomada por el Apoderado o un integrante de ésta según se establezca en instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores.
Forma y Oportunidad de Restitución:
En caso de oferente adjudicado, la devolución de la Garantía se hará contra la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba la contratación.
En el caso de oferentes que no resulten adjudicados, cuyas ofertas hayan sido inadmisibles o desestimadas, la devolución se hará dentro de los 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de tal circunstancia, la cual será publicada en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, además de lo dispuesto en el Artículo 43° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Si dicho trámite no se efectuará con anterioridad a la fecha de vencimiento de la garantía, el oferente podrá desistir de su oferta o ratificar previa solicitud escrita por un periodo adicional de 30 días corridos. En este último caso se deberá extender la vigencia de la presente garantía por igual periodo de tiempo.
La garantía por seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos:
a) Si el oferente se desistiere de su oferta después de haber sido ésta abierta;
b) Cuando no presentare oportunamente la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el plazo requerido en las presentes bases de licitación.
c) Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato respectivo.
d) En caso de disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
e) Si el proponente adjudicatario se negare a firmar el contrato dentro del plazo establecido en las bases sin causa justificada.
B) GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Tipo de Documento: El adjudicatario deberá otorgar dentro del plazo de Suscripción de contrato Garantía de por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, que sea pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un medio que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, en soporte papel o electrónico, siempre que se cumplan las condiciones dispuestas en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La garantía será tomada por el oferente (Apoderado o un integrante para el caso de las UTP) o por un tercero a nombre del adjudicatario.
No se aceptarán cheques.
En el caso que el documento de garantía no permita glosa, el oferente deberá escribir con puño y letra al reverso del documento la glosa solicitada.
Monto: El monto para garantizar el Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato corresponderá al 10 % del monto total adjudicado.-
Deberá presentarse una o más Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en los términos que aquí se señala cuya suma deberá ser por el porcentaje monto total adjudicado.
Vencimiento: El plazo de vigencia mínimo será de 120 días corridos después de la fecha de término del contrato según lo señalado en el Artículo 70° del Reglamento de la Ley N° 19.886. Este plazo no podrá ser inferior a la duración del contrato, en caso de ampliación de plazo de ejecución se deberá aumentar el plazo de vencimiento de la garantía de fiel cumplimiento de contrato con otro instrumento de garantía por la diferencia de los días asignados como ampliación de contrato cuya fecha será informada por el Encargado de contrato de la División de Planificación y Desarrollo Regional.
Beneficiario: La garantía deberá señalar que se extiende a favor del Gobierno Regional de Aysén, RUT N° 72.222.000-5 y cuya glosa deberá señalar que se otorga para caucionar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en la Licitación Pública Estudio “para caucionar el fiel cumplimiento del contrato licitación pública "PLAN MARCO DE DESARROLLO TERRITORIAL MONTAÑAS Y LAGOS DE COYHAIQUE RURAL Cod. Bip 40053985-0”.
Fecha y forma de entrega: hasta el día hábil anterior fijado para la suscripción del contrato se deberá hacer entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en caso de que la Garantía sea entregada por medio soporte papel, será presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, comuna y ciudad de Coyhaique, en horario de Atención de Público de 08:30 y hasta las 14:00 horas de lunes a viernes.
En caso de otorgarse en manera electrónica deberá hacerse llegar al correo electrónico institucional de Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén oficinadepartes@goreaysen.cl, y con copia con correo electrónico institucional al funcionario Inspector Técnico del Estudio: mcisterna@goreaysen.cl.
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores podrá ser tomada por el Apoderado o un integrante de ésta según se establezca en instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores.
Forma y Oportunidad de Restitución:
Procedimiento de Devolución de Garantías Fiel Cumplimiento de Contrato:
Las Garantías por Fiel Cumplimiento de Contrato serán devueltas al oferente adjudicado habiéndo recepcionado el estudio, siempre y cuando éste estudio cuente con la recepción de los servicios por parte del Encargado de Contrato, esta entrega se hará efectiva previos al cumplimiento de la vigencia de la/las Garantía/s.
La Unidad Técnica de la División de Planificación y Desarrollo Regional encargada de la presente licitación, informará de dicho acontecimiento por escrito a la División de Administración y Finanzas – Unidad de Tesorería, para que se proceda a la devolución de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimento de Contrato. En este último caso la Unidad de Tesorería solicitará que se proceda a endosar dichos documentos.
La Unidad de Tesorería será la encargada de realizar la devolución de las garantías, se revisarán los antecedentes y se procederá a confeccionar oficio dirigido al tomador de la garantía para la devolución del documento, a la dirección señalada en propuesta presentada por el oferente, en caso de realizarse en forma directa, ésta será entregada al tomador en las Oficinas del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a la elaboración del comprobante de devolución, el que será firmado por el tomador del documento garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento se hará efectiva en los siguientes casos:
1) Si el adjudicatario registra deudas pendientes de obligaciones laborales o previsionales con sus trabajadores, subcontratistas o si su subcontratista las registra con sus dependientes.
2) Si se da término anticipado al contrato porque el adjudicatario subcontrata a terceros el estudio.
3) Si el adjudicatario delegare o cediere a cualquier título las obligaciones y derechos que adquiera en virtud del contrato; grave con prendas; establezca otros gravámenes sobre el Contrato; o, transfiera el contrato que suscriba con el Gobierno Regional de Aysén. Exceptuando la transferencia, que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común, de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
4) Si se da término anticipado al contrato en razón a que el adjudicatario no da cumplimiento a las normas de Confidencialidad de la Información o a las cláusulas de confidencialidad contenidas en las bases de licitación.
5) Si al producirse el término anticipado de contrato existen obligaciones pendientes del adjudicatario para con sus trabajadores o prestadores o para con el Gobierno Regional de Aysén, incluso cuando el contrato se termine de común acuerdo de las partes.
6) Si el proveedor adjudicado no paga las multas aplicadas o no sea posible descontarlas de la facturación adeudada. Lo anterior previa notificación formal por parte del Gobierno Regional de Aysén.
7) Si se da término anticipado al contrato porque el adjudicatario no cumple cualquiera de sus obligaciones contractuales o las contempladas en las Bases de Licitación. Cuando existiere incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que el contratista asuma en virtud del contrato.
8) Si no actualiza o no renueva las garantías del contrato al expirar la vigencia de éstas, manteniendo obligaciones o etapas pendientes de entrega.
Toda Garantía de fiel y oportuno cumplimiento que sea tomada por un monto o plazo de vigencia inferior al indicado o no se ajuste cabalmente a lo solicitado en los párrafos precedentes, será rechazada por el Gobierno Regional de Aysén, por no ajustarse a lo establecido en las Bases de Licitación, este podrá ser subsanado siempre y cuando este no supere el plazo de entrega el cual es hasta el día hábil anterior a la fecha fijada para la firma del contrato
Sin perjuicio de lo anterior si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, se considerará como “no entregada en tiempo y/o forma” para todos los efectos legales, el Gobierno Regional de Aysén podrá aplicar las sanciones que corresponda y adjudicar el contrato definitivo al siguiente Oferente mejor evaluado, que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, según Articulo 71 del Reglamento.
El oferente autoriza, desde ya al Gobierno Regional de Aysén, al cobro de dicha Garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en el evento que el adjudicado incurra en anomalías, faltas o no de estricto cumplimiento a las Bases de Licitación, a la Propuesta o a las obligaciones que adquiera en virtud del contrato que se firme con el Gobierno Regional de Aysén, o por alguna otra causa legal.
En el caso de que, con cargo a la Garantía de fiel cumplimiento del contrato se deban descontar montos de cualquier naturaleza adeudados por el adjudicatario en virtud del contrato y que ello no implique el término anticipado de contrato, se llevará a cobro la garantía y se procederá al descuento respectivo de los montos adeudados. El saldo restante será devuelto al proveedor, previa entrega por parte de éste, de una de nueva garantía, tomada con las mismas características y condiciones que las de la garantía original.
La no entrega de una nueva garantía, de acuerdo a los párrafos precedentes, se considerará como incumplimiento de contrato y con ello el Gobierno Regional de Aysén pondrá término anticipado al mismo y procederá al cobro de la totalidad de la garantía.
Así también de acuerdo al Artículo 96 bis del Reglamento, estas sanciones serán informadas a través del Sistema de Información.
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16. COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS. |
La Comisión Evaluadora estará conformada por un equipo multisectorial por tres funcionarios, uno del Gobierno Regional de Aysén, un funcionario de la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia, y un profesional de la municipalidad de Coyhaique, que serán designados por el Jefe de la División de Planificación y Desarrollo Regional, mediante acto administrativo el que será publicado con antelación a la fecha fijada para la evaluación, en el sitio www.mercadopublico.cl.
La Comisión de Apertura y Evaluación será la responsable de los Procesos de Apertura, Admisibilidad de Ofertas, Evaluación y Proposición de Adjudicación, Readjudicación y/o Deserción.
Los integrantes de las comisiones evaluadoras deberán sesionar en el ejercicio de sus funciones para la apertura y evaluación de las ofertas, con la asistencia de todos sus miembros, quedando constancia escrita en las actas, si corresponde, de aquellos integrantes que fueron reemplazados o subrogados, señalando el contenido de sus deliberaciones, el que deberá ser suscrito por todos los miembros de la comisión.
Esta Comisión deberá firmar la “Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés y Confidencialidad de los miembros”, comprometiéndose a informar sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de la misma. Además, deberán dar cumplimiento con lo señalado en el Artículo 35 nonies en la Ley N° 21.634 qué moderniza la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, respecto a la ausencia de conflictos de interés en este proceso de licitación, y el deber de abstenerse si surgiera alguna causal, debiendo poner en conocimiento a su jefe superior jerárquico, de la causal o causales específicas que lo afecten.
Los integrantes de la comisión Evaluadora designada, así como todos los intervinientes en este proceso licitatorio deben dar especial cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 35 quinquies del Capítulo VII de la Ley N°21.634, que moderniza Ley N°19.886, respecto al deber de abstención de autoridades y funcionarios, así como también lo indicado en los artículos 6° bis, 27°, 37°, 39° y 40° bis, del Decreto Nº250 del Ministerio de Hacienda (Reglamento de Compras Públicas).
El Informe Final denominado “Acta de Evaluación y Propuesta de Adjudicación” de la Comisión Evaluadora, deberá tener en cuenta lo indicado en los párrafos anteriores y las materias señaladas en el Artículo N°40 bis del Decreto 250 Reglamento de Compras Públicas.
Esta Comisión deberá firmar la Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés y Confidencialidad de los miembros de las comisiones evaluadoras, comprometiéndose a informar sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de la misma.
Los integrantes de la comisión Evaluadora designada, así como todos los intervinientes en este proceso licitatorio deben dar especial cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6° bis, 27°, 37°, 39° y 40° bis, del Decreto Nº 250 Reglamento de Compras Públicas y al Capítulo VII “De la Probidad Administrativa y transparencia en la Contratación Pública”, de la Ley N°21.634, que moderniza Ley N°19.886.
Los integrantes de esta comisión deberán informar en el marco de la Ley 20.730, que regula la Ley del Lobby, sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrante de la comisión evaluadora, en lo que respecta a las audiencias o reuniones que le sean solicitadas, así como donativos recibidos de terceros (oferentes o no), o viajes realizados en el periodo como integrante de Comisión Evaluadora como sujeto pasivo temporal o transitorio, desde la fecha de inicio en que fue designado mediante acto administrativo que la constituye para ser integrante de esta comisión y hasta la fecha de adjudicación señalada en el cronograma de adjudicación de las presentes bases de licitación pública del Gobierno Regional de Aysén.
Para efectos de los criterios de evaluación que utilizan fórmulas, si los resultados fuesen números decimales, estos resultados serán llevados a números enteros utilizando la convención Matemática “Redondear a la Unidad”, la cual consiste en eliminar la parte decimal, aproximándola a la unidad más cercana. Si la parte decimal es igual o mayor a 0,5 se aproxima a la unidad superior, si es menor a 0,5 se mantiene la unidad.
Ejemplo:
Si el resultado es 4,5, entonces se redondea a 5
Si el resultado es 4,8, entonces se redondea a 5
Si el resultado es 4,2, entonces se redondea a 4.
La Entidad Licitante, de estimarlo conveniente, invitará a funcionarios o especialistas que puedan asesorar en alguna materia específica, con el objeto de mejor resolver y sólo con derecho a voz.
La Comisión finalizará su labor emitiendo el informe cuyo contenido se señala en el artículo 40 bis del Reglamento de Compras Públicas.
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17. PROCESO DE APERTURA DE LICITACIÓN |
El proceso de apertura de la licitación se realizará electrónicamente, en el día y hora señalados en el portal www.mercado público.cl, y se efectuará en una sola etapa.
Una vez constituida la Comisión de Apertura y Evaluación de esta licitación pública nombrada para el efecto, ésta comisión revisará y verificará los oferentes participantes y la existencia de archivos adjuntos: Garantía de Seriedad de Oferta, documentos administrativos, oferta técnica y Económica, lo que será formalizado ante la Comisión Evaluadora nombrada para el efecto, en este proceso se levantará ACTA/S, las cuales contendrán Apertura y/o Admisibilidad de Ofertas, y en la que se registrará:
a) Ingreso de la garantía Seriedad de la Oferta: Conforme a lo señalado en el numeral 15 de estas bases. En todo caso, la omisión de ésta hará que la oferta sea INADMISIBLE en el mismo acto, sin necesidad de proceder a la apertura de los demás antecedentes que se hubieren ingresado al Portal del Mercado Publico, por ser un requisito de admisibilidad de ofertas.
b) Se constató el ingreso de los Antecedentes Anexos al portal Mercado Público dentro de plazo.
c) Apertura Documentos Anexos, Oferta Técnica y Económica: La ausencia de los documentos requeridos será registrada en el Acta de Apertura.
Las Acta/as de Apertura y/o Admisibilidad de Ofertas: todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas”, el cual será suscrito por los miembros de la Comisión de Apertura que efectivamente participaron de este proceso , reflejando aquellos que fueron subrogados durante este proceso.
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19. PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. |
a. Los oferentes cuyas propuestas fueran aceptadas en conformidad al Artículo 18° anterior, pasarán al proceso de comprobación de antecedentes o documentos entregados y a revisión del contenido de dichos antecedentes.
b. La Comisión Evaluadora, estará facultada para admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y no impida la correcta evaluación de la propuestas; asimismo, la Comisión podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales sólo a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl, siempre que no se refieran a los requisitos exigidos para la admisibilidad de las mismas, ni implique otorgar ventajas o privilegios respecto de los demás oferentes y siempre con estricta sujeción a las bases que rigen la presente licitación. Las interacciones realizadas en el foro inverso deberán quedar reflejadas en el Acta de Evaluación, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
c. La Entidad Licitante, en conformidad con el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas, podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos al tiempo de presentar las ofertas, siempre y cuando no se refieran a los necesarios para su admisibilidad y que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas o se refieran a situaciones no sujetas a variación. En el caso que existan discrepancias en los antecedentes o estos estén incompletos, la Comisión podrá solicitar que éstos se clarifiquen o se entreguen a través del foro inverso del Portal Mercado Público, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes; para lo anterior se le otorgará un plazo de 48 horas hábiles para subsanar los defectos u observaciones detectadas, de no cumplir con el plazo antes detallado no serán considerados los antecedentes proporcionados por los oferentes.
d. Toda la información recabada en esta etapa quedará registrada en el Acta de Evaluación que realizará la “Comisión Evaluadora”, que contendrá el cumplimiento de los antecedentes solicitados y la calificación fundada de cada una de las ofertas según los criterios de evaluación establecidos (utilizándose dos decimales para la ponderación). Se consignará además una tabla resumen en que conste la prelación de los oferentes que se encuentran habilitados para adjudicarse el bien, de acuerdo al puntaje obtenido y demás requisitos legales.
Para la evaluación de las propuestas se utilizarán los siguientes criterios de evaluación:
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21. PROCESO DE ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN |
a) Adjudicación :
Una vez evaluadas las ofertas solicitados en esta licitación pública, la Comisión Evaluadora recomendará a la Autoridad competente adjudicar la oferta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos en cada criterio de evaluación, la asignación de puntajes y la formulación de cálculo realizada.
La adjudicación se realizará mediante Acto Administrativo, a través de una Resolución Fundada, la cual contendrá el Acta Apertura y Evaluación realizada por la Comisión Evaluadora y la recomendación de adjudicación obtenida en base al resultado de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de Compras y Contratación Pública.
Sin embargo, Gobierno Regional de Aysén deberá dejar nula la adjudicación, en caso se comprobara que el oferente con la propuesta adjudicada, no cumple finalmente con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley N°19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley.
La Resolución de Adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán posteriormente a su total tramitación, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento.
En caso de resultar adjudicada esta licitación a una Unión Temporal de Proveedores, el informe de evaluación y el acto administrativo de adjudicación deberán individualizar a cada uno de los proveedores que forman parte de la Unión Temporal de Proveedores.
Si la UTP, durante la evaluación de la licitación se disuelve, esta no podrá ser adjudicada.
Sin perjuicio de lo anterior si está UTP es constituida por 3 o más integrantes y uno de ellos se retira, aquella podría continuar participando con los restantes integrantes, siempre que:
1. La UTP pueda mantener los términos comprometidos en la oferta
2. Los restantes integrantes mantengan el cumplimiento de los requisitos mínimos para que la oferta pueda ser admitida, de acuerdo con los antecedentes que cuente la comisión.
3. La UTP podrá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.
4. El integrante retirado no podrá ser reemplazado.
5. La UTP deberá informar en un plazo de 24 horas a esta entidad el retiro de uno o más de sus integrantes, si esto fuera durante el proceso de evaluación de las ofertas o de su adjudicación.
6. Si, cumpliendo con lo establecido en el párrafo anterior, la UTP deberá informar si continuará participando de este proceso de licitación o si desisten de su oferta, lo que dará derecho a cobro de las garantías que corresponda conforme a estas bases.
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundamentando el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
b) Resolución de empates:
Si se produce coincidencia entre los puntajes obtenidos por dos o más ofertas, se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntuación en el criterio “Propuesta Técnica”. Si persiste la igualdad, se atenderá en segundo lugar al puntaje obtenido en el criterio “Experiencia”, luego al mejor evaluado en el criterio “Equipo de Trabajo” y de no resolverse aún el empate, se le adjudicará al que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Propuesta Económica” y si persistiese el empate, se resolverá por aquella primera oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl, cotejándose por la comisión evaluadora con el Comprobante de Oferta fecha y hora de ingreso de oferta.
c) Cláusula de readjudicación:
Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario:
1. Se desistiere de su oferta.
2. Por no presentar dentro de plazo la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo señalado en Artículo 15 de estas Bases.
3. Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la resolución que aprueba la contratación.
4. Por no formalizar el contrato de acuerdo a lo señalado en el Artículo 22 de las presentes bases de licitación.
5. Por decisión de los integrantes de la UTP, comunicada formalmente, debido a la inhabilidad de alguno de estos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases
6. Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato.
7. Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de contrato.
8. Cuando se comprobase que el proponente que haya obtenido el mayor puntaje, incumple con algunas de las causales declaradas y establecidas a través del Artículo 5 de estas bases, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley 19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley, que tienen que ver con las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés.
Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación.
Así también el Gobierno Regional de Aysén, adjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de las propuestas y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén.
Lo anterior previa verificación del presupuesto disponible para la propuesta, es decir, se verificará si la oferta que se quiere readjudicar se enmarca dentro del presupuesto que dispone el Gobierno Regional de Aysén.
d) Declarará Desierta Licitación:
En el caso de que no se hayan presentado ofertas o si se estima que las ofertas presentadas no son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a declarar desierta la licitación por Resolución Fundada, sin derecho a indemnización alguna para los oferentes. (Art. 9°, Ley de Compras):
Declarar desierto el proceso de licitación, previo a la resolución de adjudicación, si no se cuenta con la aprobación presupuestaria para adjudicar (Art.3° del Reglamento).
Sin perjuicio de lo anterior el Gobierno Regional de Aysén también podrá dejar desierta la Licitación en caso de que se comprobase que las ofertas presentadas incumplen con algunas de las causales declaradas y establecidas a través del Artículo 5 de estas bases, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley N°19.886 de Compras Públicas, incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza dicha Ley, que tienen que ver con las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés.
Revocar: El Gobierno Regional de Aysén también podrá revocar conforme al artículo N°61 de la Ley N°19880 sobre Procedimientos Administrativos, “Los actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que los hubiere dictado”, precisando en su inciso segundo, que ella no procederá: a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente; b) Cuando La Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o c) Cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto”.
e) Consultas referentes a la adjudicación:
Los oferentes que tengan consultas respecto a la adjudicación, podrán realizarlas después de publicado en el portal Sistema de Información www.mercadopublico.cl, la resolución de adjudicación, para lo cual deberá ingresar su consulta al remitente: mcisterna@goreaysen.cl, funcionario de la División de Planificación y Desarrollo Regional del Gobierno Regional de Aysén.
Tanto la adjudicación como la re adjudicación serán notificadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl
La fecha fijada en el cronograma para la adjudicación podrá ser modificada por la Entidad Licitante mediante acto administrativo fundado y publicado en el sistema de información.
a. III. CONTRATO:
LA PRESENTE PROPUESTA SE CONTRATARÁ BAJO LA MODALIDAD DE SUMA ALZADA Y SIN REAJUSTES NI INTERESES.
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22. FORMALIDADES. |
Gobierno Regional de Aysén solo podrá suscribir contrato con aquel o aquellos oferentes que resultaren adjudicados, siempre y cuando cumplan previamente con la normativa vigente, establecida en los numerales 6 y N° 7 de las presentes bases que versan acerca de las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés en las Compras Públicas, Capítulo VII de la ley N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas.
Firma del Contrato:
La firma del contrato de los servicios contratados por parte del adjudicado es señal de aceptar la ejecución del contrato en los términos indicados en las Bases Administrativas y se deberá realizar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la total tramitación de la resolución que aprueba la adjudicación de la licitación. Si el vencimiento cae un día sábado, domingo o festivo, el plazo se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente.
Si el oferente no se encuentra inscrito en el Registro de Proveedores de Mercado Público de ChileCompra, deberá regularizar dicha inscripción de manera previa a la firma del contrato, cuyo plazo se estipula en el Artículo 5 de las presentes bases.
Dicho contrato considerará, aún sin mención expresa, todos los antecedentes del proceso licitatorio, especialmente lo establecido en las Bases de Licitación, en los Términos Técnicos de Referencia, Anexos, en las aclaraciones, respuestas a las consultas y en la oferta que resulte adjudicada.
Para la firma del contrato respectivo, el Adjudicatario deberá:
a) Presentar según corresponda:
Personas Naturales
Las personas naturales deberán al momento de contratar encontrarse hábiles para contratar con el Estado. En caso de que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación para la confección del documento contractual:
● Fotocopia de cédula de identidad
● Fotocopia Rol Único Tributario
● Fotocopia de Iniciación de Actividades
Personas Jurídicas
Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo. Lo anterior, siempre que los antecedentes no se encuentren validados y vigentes por el portal registro de proveedores del sistema de información del Mercado Público.
En caso de que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:
● Rol Único Tributario
● Cédula de Identidad del Representante Legal
· Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses.
· Certificado de vigencia de poderes, del Registro de Comercio respectivo de fecha no superior a seis meses.
· Escritura de constitución de sociedad o empresa, con indicación de su inscripción en el Registro de Comercio y fecha de publicación en el Diario Oficial.
· En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el artículo 12 de dicha ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad a las normas legales”.
Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras, deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandatario con poder suficiente, y cumplir con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
Unión Temporal De Proveedores.
En adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, bastando esta única formalidad para la constitución de la Unión Temporal de Proveedores debiendo entregarse una vez adjudicada la presente licitación, señalándose la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, debiendo nombrar a un representante o apoderado con poderes suficientes, para representar a todos sus integrantes.
Cabe hacer presente que de resultar adjudicada la Unión Temporal de Proveedores, uno de sus integrantes (que forma parte inherente del oferente), se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado, se procederá a la readjudicación de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases. Del mismo modo, si con posterioridad a la adjudicación y previo a la firma del contrato alguno de sus integrantes es inhábil.
b) Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social.
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatorio deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El Gobierno Regional, podrá requerir al adjudicatario en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 inc. 2° de la ley N°19.886, si fuera el caso, en que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Gobierno Regional exigirá, de concurrir las circunstancias anteriormente expresadas, que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
c) Otorgar Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato: según lo estipulado en el numeral 15 Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, de las presentes bases.
d) Los oferentes adjudicados: deberán suscribir contrato dentro del plazo indicado en el Artículo 4 de las presentes Bases, acreditando estar Hábiles para Contratar con el Estado y no encontrarse afectos por alguna de las causales de inhabilidades o incompatibilidades establecidas en el Art. 4° de la Ley N°19.886, en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, estas obligaciones deberán ser cumplidas por cada uno de sus integrantes. Además, deberán adjuntar los antecedentes solicitados en el Artículo 8 de las presentes Bases dependiendo de la naturaleza del Oferente (Persona Natural, Jurídica, Unión Temporal de Proveedores), salvo que dichos antecedentes se encuentren en el Registro Electrónico de Registro de Proveedores del Mercado Público.
En el caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá adjuntar la Escritura Pública que formaliza el Acuerdo, a menos que dicho instrumento haya sido presentado al momento de la oferta.
Para todos los efectos legales el Adjudicatario deberá fijar domicilio en la ciudad de Coyhaique.
La inobservancia de estas formalidades facultará al Gobierno Regional de Aysén, para proceder a la readjudicación de acuerdo a los términos establecidos en el numeral 21 de estas Bases de Licitación.
Todos los gastos que irrogue la suscripción del contrato serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado. Igualmente, el proveedor asume dentro del valor de su propuesta todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia, para llevar a cabo el estudio cuya contratación se licita.
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23. PLAZO DE ENTREGA Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
1. Plazo de entrega:
El plazo de entrega del estudio deberá ser el ofertado por el proponente adjudicado indicando los tiempos por cada etapa del desarrollo del estudio, el que comenzará a regir desde la fecha en que se apruebe el acto administrativo para la suscripción del contrato. Este no debe superar el plazo máximo de 238 días corridos.
El plazo establecido es una obligación del contrato, el que no debe confundirse con la vigencia del mismo.
2. Vigencia del contrato:
La vigencia del contrato se extiende desde la fecha de resolución que autoriza la formalización hasta la fecha de la resolución que declare haberse recibido conforme el estudio.
En consecuencia, el adjudicatario cumplirá con las obligaciones impuestas por el contrato del cual forman parte la oferta que se adjudique, las presentes bases, TTR, aclaraciones, y todo otro antecedente de esta licitación.
Sólo una vez que la Entidad Licitante haya aprobado mediante Acta firmada por la conformidad del estudio licitado, pues en caso contrario, el Gobierno Regional de Aysén procederá a dar término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del Oferente y al cobro de las garantías otorgadas, según corresponda.
EL Gobierno Regional de Aysén podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento durante el periodo de vigencia del contrato, la presentación de un certificado de la Dirección del Trabajo actualizado para verificar que no registra deudas ni reclamaciones de sus trabajadores u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
En ningún caso podrá el adjudicatario excusarse de cumplir con las obligaciones del contrato ni con los pagos de las remuneraciones de sus trabajadores o el pago de sus cotizaciones previsionales, a pretexto de la insuficiencia del precio convenido.
Con todo lo anterior, es importante señalar que los contratos quedarán sin efecto, es decir declararlos nulos cuando ocurra infracción a lo dispuesto en el Artículo 35 sexies del nuevo Capítulo VII de la Ley 19.886, incorporado por la Ley N° 21.634.
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24. PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Y/O CESIÓN |
Bajo ninguna circunstancia el adjudicatario podrá efectuar el traspaso total de la responsabilidad del contrato a terceros, solo se permitirá subcontratar en forma parcial las actividades de logística para la ejecución del estudio; entre otros que se ponga en conocimiento a la contraparte técnica encargado del contrato.
La infracción de esta prohibición de subcontratar dará derecho al Gobierno Regional de Aysén para poner término anticipado al contrato en forma inmediata informando que se realizará el cobro de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
El proveedor no podrá de forma alguna delegar o ceder a cualquier título las obligaciones y derechos que adquiera en virtud del contrato o cualquiera de sus partes. El oferente adjudicado no podrá en ningún caso gravar con prendas o establecer otros gravámenes sobre el Contrato, así como, tampoco podrá transferir el contrato que suscriba con el Gobierno Regional de Aysén.
Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia, que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común, de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
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25. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
El contrato celebrado bajo modalidad de suma alzada y sin reajuste, podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes contratantes, siempre y cuando no se modifique la naturaleza del mismo, y que dichas modificaciones se atengan a lo estipulado en las presentes Bases y en el contrato.
Para que estas modificaciones surtan efecto, deberán formalizarse mediante acuerdo suscrito por ambas partes y debidamente autorizado por el acto administrativo correspondiente.
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26. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
El Adjudicatario se obliga y compromete a ejecutar sus actividades en conformidad a las normas de la Ley Nº 19.628/1999, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, sobre protección de la vida privada, por lo cual no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios o provisión de bienes licitados, según corresponda, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
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27. TERMINO DE CONTRATO |
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de Compras y Contratación pública, el contrato terminará:
a) El contrato terminará naturalmente una vez finalizada la entrega final de los servicios por su completa, correcta ejecución y recepción conforme.
b) De común acuerdo de las partes: En relación al término anticipado de mutuo acuerdo de las partes regulado en el artículo 13 de la Ley de Compras, el contrato terminará por vía administrativa sin necesidad de intervención judicial alguna, procediéndose a su liquidación y no teniendo por ello el contratista derecho a reclamación o derecho alguno en contra del Gobierno Regional de Aysén. Así también en este caso, no procederá el cobro de la garantía, si la hubiere, salvo que existan obligaciones pendientes del contratista para con sus dependientes o prestadores o para con el Gobierno Regional de Aysén. La parte interesada en resciliar el contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla, todo debidamente sancionado por acto administrativo fundado.
c) Terminación anticipada del contrato: El Gobierno Regional de Aysén pondrá fin administrativamente al contrato, a través de resolución fundada, sin forma de juicio en todos los casos en que se verifique el incumplimiento reiterado de uno o más de las obligaciones descritas y/o incumplimientos atribuibles al proveedor y especialmente por alguna de las siguientes causales:
1) Por abandono del contrato, entendiéndose por tal circunstancia el cese en la prestación de los servicios, sin expresión de causa.
En caso de que el Gobierno Regional de Aysén rechaze, mediante Acta firmada por la comisión contraparte técnica, una de las cuatro etapas del estudio PMDT, el Gobierno Regional de Aysén procederá a dar término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del Oferente y al cobro de las garantías otorgadas, según corresponda.
2) Si se comprobase la omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta del adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. Se entenderá parte de esta cláusula, especialmente cuando un bien y/o servicio no cumple técnicamente con lo señalado en la oferta del proveedor.
3) Si el adjudicatario subcontratase o cediese de cualquier forma sus obligaciones emanadas del contrato.
4) Si el adjudicatario delegare o cediere a cualquier título las obligaciones y derechos que adquiera en virtud del contrato; grave con prendas; establezca otros gravámenes sobre el Contrato; o, transfiera el contrato que suscriba con el Gobierno Regional de Aysén.
5) Si el adjudicatario no da cumplimiento a las normas de Confidencialidad de la Información o a las cláusulas de confidencialidad contenidas en las bases de licitación.
6) Si el Proveedor fuere declarado en quiebra, cesión de bienes, convenio judicial, o cae en mora en el cumplimiento de sus obligaciones, o en estado de notoria insolvencia.
7) Si el proveedor fuere procesado, acusado o condenado por delito que merezca pena aflictiva.
8) Si el proveedor no cumple cualquiera de sus obligaciones contractuales o las contempladas en las Bases de Licitación. Cuando existiere incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que el contratista asuma en virtud del contrato; será suficiente para acreditarlo, un informe emanado de la unidad competente del Gobierno Regional de Aysén.
9) El incumplimiento del proveedor a sus obligaciones laborales o previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Gobierno Regional de Aysén para poner término anticipado al contrato y ejecutar la o las Garantías, si las hubiere, a título de indemnización de perjuicios.
10) Por incumplir gravemente las instrucciones impartidas por el Gobierno Regional de Aysén, ITE y/o unidad técnica, no reclamadas o cuya reclamación fue desestimada. Se considerará grave por efectuarse un tercer requerimiento de cumplimiento de una instrucción cualquiera sea su naturaleza. El procedimiento de reclamación será el mismo que se establece a propósito de las multas señaladas en Numeral 33 y 34 de las bases.
11) Por superar el conjunto de las multas el 10% del valor total del contrato.
12) Si unilateralmente se modificara de cualquier forma por el adjudicatario todo o parte del estudio contratado.
13) Por la muerte del Consultor, si es persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada.
14) Si el oferente se excediera en más del 30% en los plazos fijados en el contrato o si habiéndose concedido ampliación, no se cumplieran los nuevos plazos.
15) Si el oferente se negare a renovar las garantías del contrato al expirar la vigencia de éstas, manteniendo obligaciones o etapas pendientes de entrega.
16) Si el oferente no destina personal en la cantidad y calidad indicada en su propuesta o recursos suficientes que, a juicio de la Contraparte Técnica, ponga en peligro el poder llevar a cabo el trabajo en la forma convenida.
17) Si el oferente no garantiza que los profesionales sustituidos o desvinculados tenga igual o superior calidad curricular al que reemplaza.
18) Si a criterio de la Comisión Contraparte Técnica, existen causas graves imputables al consultor que impidan una correcta ejecución de los trabajos contratados, constituyéndose en incumplimiento contractual, lo que deberá ser representado a lo menos en dos oportunidades; de mantenerse las causas graves acusadas, se propondrá a la autoridad la terminación anticipada del contrato, lo que se hará siempre mediante resolución fundada.
19) Si el oferente fuere una persona jurídica, por su disolución o por haberse manifestado la voluntad de disolverla.
20) Por la muerte del oferente si es persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada y en general de las intuitu persona, en que no se haya pactado su continuidad con los herederos.
21) Será causal de término anticipado de contrato, en caso de Unión Temporal de Proveedores, oculte información relevante para ejecutar el respectivo servicio adjudicado, que afecte a alguno de sus integrantes, En caso de hacerlo, ello deberá considerarse un incumplimiento grave por parte del oferente.
22) Será causal de término anticipado del contrato, la constatación de que los integrantes de la Unión temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional económica.
23) Si uno de los integrantes de la Unión temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta de la presente licitación, se procederá a poner término anticipado de contrato.
24) Inhabilidades sobrevinientes de alguno de los integrantes de la unión temporal de Proveedores, en el caso que esta UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
25) Disolución de la Unión temporal de Proveedores, en una asociación de al menos dos integrantes, si su número disminuye de dos (2) se entenderá inmediatamente disuelto.
Lo anterior sin perjuicio de ejecutar las Garantías relativas al cumplimiento del contrato, si las hubiere, aplicar sanciones y multas que corresponda, de acuerdo lo estipulado en las Bases de Licitación.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario, debiendo éste concurrir al pago de las obligaciones que se encuentren insolutas a la fecha de liquidación del contrato, para los casos de término anticipado de contrato, por razones atribuibles al proveedor, se procederá a dar el aviso respectivo de el o los incumplimientos en el Registro de Proveedores.
Así también de acuerdo al Artículo 96 bis del Reglamento, esta sanción será informada a través del Sistema de Información. Con excepción de la última causal que dice relación con el término anticipado de mutuo acuerdo de las partes.
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28. REUNIONES DE TRABAJO. |
De acuerdo con la obligación del consultor de designar y mantener un Jefe del Estudio, éste deberá mantener reuniones de trabajo con el Inspector Técnico del Estudio y la Comisión Contraparte Técnica del Gobierno Regional de Aysén. Se deberán realizar al menos dos reuniones al mes durante la ejecución de la consultoría, y/o cuando así se requiera por la Contraparte Técnica.
Durante los 10 días siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, el Jefe del Estudio elaborará en conjunto con el Inspector Técnico del Estudio un plan de reuniones. Este último podrá, sin embargo, modificar el calendario de reuniones, si lo estima pertinente, durante el transcurso del estudio.
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29. REVISIÓN DE INFORMES Y PLAZOS. |
De acuerdo a lo ya señalado, el plazo total de ejecución del estudio que se contrate, no deberá ser más de 238 días corridos, no obstante lo cual, el Oferente deberá consignar en la Carta Gantt requerida, los plazos que compromete para el cumplimiento de cada etapa, esto es, para la presentación de los informes de avance e informe final del estudio.
El plazo de 238 días corridos es el tiempo de la consultora para realizar el estudio, el cual se suspenderá por el tiempo que demore la revisión por parte de la Comisión Contraparte Técnica de los Informes que deseen presentar.
El plazo previsto para la revisión de los Informes finales se estima en 21 días corridos. En consecuencia, para la contabilización de los 238 días estipulados para la ejecución del estudio, no se contará el tiempo que tome a la Comisión Contraparte Técnica revisar los informes finales.
Del mismo modo y para la revisión de los Informes de Avance, la Contraparte Técnica del Estudio los revisará en un plazo que se estima en 21 días corridos.
La Comisión Contraparte Técnica, por medio de un informe del Inspector Técnico del estudio, podrá aprobar, rechazar u observar los Informes. Así:
- Aceptación de los Informes: Los informes se entenderán por aprobados para los efectos de habilitar el cobro correspondiente, cuando cumplan los siguientes requisitos:
● Estar aprobados por la Comisión Contraparte Técnica del Estudio, en consideración a las observaciones formuladas por la Contraparte Técnica y a las respuestas y correcciones realizadas por el proponente.
● Estar aprobado el Informe de Avance anterior, cuando corresponda, por parte de la Contraparte Técnica.
● Si se formularen observaciones: El Oferente contratado deberá entregar las correcciones en el plazo que estipule en el informe técnico de observaciones que al efecto emita la Unidad Técnica. Dicho plazo se contabilizará desde el envío de la comunicación respectiva. Si el informe volviese a presentar observaciones. Si de una tercera revisión apareciere que la el Consultor no ha levantado las observaciones a conformidad de la Contraparte Técnica, se procederá a la aplicación de multas de acuerdo a lo previsto en los Numerales 33 y 34 de las presentes bases.
- Rechazo de los Informes: Por disconformidad, total o parcial, con los objetivos del estudio.
En el evento de que la Comisión Contraparte Técnica estime que los informes de avance y/o final no cumplen con las condiciones de calidad, acorde con las especificaciones de los términos técnicos de referencia, o que se ha incurrido en errores o faltas que atentan contra los objetivos del estudio, comunicará dentro del plazo establecido precedentemente, por escrito su disconformidad al consultor. Si el Consultor no acatare las instrucciones impartidas por la Unidad Técnica al efecto, se considerará que el éste ha incurrido en incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y podrá procederse a su suspensión a fin de disponerse el término anticipado del estudio, de todo pago que se le asocie, y al cobro de las garantías que existieran a favor de la Contraparte Técnica.
Con todo ello, si el consultor no entregase o diere cumplimiento a los informes, sean éstos, Informe de Observaciones u otras instrucciones debidamente notificadas, en un plazo de 30 días corridos, se presumirá abandono de las obligaciones por parte del consultor.
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30. PROCEDIMIENTO PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES DE ESTADOS DE PAGO |
La forma de pago del estudio en ejecución será realizada a través de 4 Estados de Pago (E.P.) previa recepción conforme por parte de la Unidad Técnica del Informe correspondiente, de acuerdo a lo descrito en Numeral 28 de las bases de licitación “Revisión de Informes y Plazos”.
Los Estados de Pago serán los siguientes:
ESTADOS DE PAGOS INFORMES DEL ESTUDIO MONTO DEL INFORME
EJEMPLO DEL MONTO
PAGO 1 REVISIÓN Y VALIDACIÓN ETAPA 1 20% del monto contrato $ 25.660.000
PAGO 2 REVISIÓN Y VALIDACIÓN ETAPA 2 20% del monto contrato $ 26.660.000
PAGO 3 ETAPA 3 EVALUACIÓN ECONÓMICA (SOCIAL Y PRIVADA), ETAPA 3 ELABORACIÓN DE PERFILES 20% del monto contrato $ 26.660.000
PAGO 4 ETAPA 4 E INFORME FINAL PMDT Y TTR PROYECTOS Y PROGRAMAS 40% del monto contrato $ 51.322.000
TOTAL 100% Total estudio $ 128.302.000 con IVA
PROCEDIMIENTO ESTADOS DE PAGO Y SU RESPECTIVO COBRO.
Los productos del informe deberán ser presentados y firmados por el Consultor, el estado de pago del respectivo informe deberá ser visado por el Inspector Técnico del Estudio, previa aceptación en los plazos de revisión por parte de la comisión contraparte técnica el cual se estima en 21 días corridos para informe final.
Si este Estado de pago se encuentra sin observaciones y cuyas correcciones hayan sido subsanadas en los plazos señalados por la contraparte técnica, el Inspector Técnico del Estudio dispondrá de un plazo de 5 (cinco) días hábiles para revisar y visar los antecedentes entregados por la Consultora, procediendo a autorizar el cobro del estado de pago.
FACTURACIÓN:
Una vez aprobado el Informe para efecto del pago, se solicitará a la consultora extienda una factura a nombre del Gobierno Regional de Aysén, RUT 72.222.000-5, con domicilio en calle Ejército N° 405, Coyhaique, cuya glosa deberá señalar Estudio Plan Marco Desarrollo Territorial Montañas y Lagos de Coyhaique Rural código BIP 40053885-0, indicando el Numeral del estado de pago y el monto del informe respectivo. Ejemplo: Estado de pago N° 1 Revisión y validación Etapa 1 del Estudio, Monto 20% del contrato por la cantidad de $25.660 (veinticinco millones seiscientos sesenta mil pesos) impuesto incluido.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, la facturación deberá ser realizada por el Apoderado o por quien se indique en el Acuerdo UTP – Escritura Pública, el que deberá emitir el documento tributario que corresponda.
Quien facture, será a quien el Gobierno Regional de Aysén realice el pago correspondiente.
El Consultor deberá al momento de suscribir el contrato, indicar los datos bancarios para el pago a través de transferencia electrónica.
Las Facturas emitidas en virtud de esta licitación deberán ser ingresadas a través de la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, previo informe favorable de la Unidad respectiva, de lunes a viernes en horarios de 08:30 a 14:00 horas.
La emisión de cada factura, debe ser realizada en forma posterior al informe de conformidad y autorización de pago, emitida por el ITE y firmada por el Jefe de División de Planificación y Desarrollo Regional.
En conformidad con el artículo 79 bis del Reglamento de Compras Públicas, las facturas emitidas en virtud de esta licitación se pagarán en un periodo máximo de 30 días, contados desde la fecha en que la factura es recepcionada, lo que se hará previo VºBº del encargado del Contrato, unidad técnica o responsable de la recepción de los bienes y/o servicios, y siempre que el adjudicatario haya adjuntado a ella toda la documentación de respaldo requerida por las Bases de Licitación y/o por el Contrato.
En consecuencia, la factura que no cumpla estrictamente con los requerimientos anteriores, que no cuente con Visto Bueno del encargado del contrato o recepción conforme, que no lleve aparejados todos los documentos de respaldo que permitan cursar su pago, o que se emita con errores en las prestaciones que se cobran, en los servicios, productos o bienes que se adeudan, con errores de montos, de fechas u otros similares, no serán ni se entenderán recepcionadas conforme y no serán aceptadas por el Gobierno Regional de Aysén y en consecuencia no regirá el plazo ya señalado para su pago.
Procedimiento en caso de Factoring o Cesión de Crédito: en el evento de celebrar la consultora adjudicada un contrato de Factoring o Cesión de Crédito, se deberá notificar al Gobierno Regional de Aysén, en el plazo de 72 horas siguientes a su celebración para ampliar hasta en 30 días corridos el plazo para reclamar del contenido de la factura. Todo ello sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N° 19.983.
RECEPCIÓN CONFORME DE LOS ESTADOS DE PAGO:
1. Informe de avance N° 1, 2 y 3:
Así, para que se efectúe el pago de Informes de Avance es necesario que el Consultor contratante acompañe a la respectiva factura, los siguientes documentos en formato digital, y escrito de acuerdo a formato de Presentación Gráfica del Estudio:
● Informe respectivo aceptado por la comisión contraparte técnica sin observaciones y visado por el Inspector Técnico del Estudio, con sus respectivos antecedentes de avance del estudio e informe de actividades realizadas de acuerdo al cronograma de participación.
● Si fuera el caso copia de recepción conforme de estado de pago anterior.
● Copia digital de informe visado y aprobado por el Inspector Técnico del Estudio
● Factura de acuerdo a estado de pago respectivo.
Para los Estados de Pagos Nº 1, 2 y 3 se cancelarán una vez aprobados los informes por parte de la Contraparte Técnica del Plan Marco de Desarrollo Territorial.
La factura respectiva deberá ser visada por el Inspector Técnico del Estudio y por el Jefe de División de Planificación y Desarrollo Regional del Gobierno Regional de Aysén, para ser presentada al Departamento de Finanzas.
Si fuera el caso de se procederá a la aplicación de multas a los estados de pago respectivos de acuerdo a lo previsto en los Numerales 33 “Multa. Procedimiento” y 34 “Multa. Cobro de las presentes bases.
2. Informe final de estudio (etapa 4):
Así para que se efectúe el pago de Informe Final y entrega del Estudio es necesario que el Consultor contratante acompañe a la respectiva factura, los siguientes documentos en formato digital, y escrito de acuerdo a formato de Presentación Gráfica del Estudio:
● Informe Final aceptado por la comisión contraparte técnica sin observaciones y visado por el Inspector Técnico del Estudio, con su respectiva documentación. ( copias de ejemplares)
● Copia de recepción conforme de los cuatro estado de pago anteriores.
● Copia digital de informe visado y aprobado por el Inspector Técnico del Estudio. (archivos digitales)
● Factura de acuerdo a estado de pago final.
Si fuera el caso de se procederá a la aplicación de multas a los estados de pago respectivos de acuerdo a lo previsto en los Numerales 33 “Multa. Procedimiento” y 34 “Multa. Cobro” de las presentes bases.
El Informe Final del Estudio deberá contar con la siguiente documentación:
Copias impresas a color (6 ejemplares):
✔ 4 ejemplares empastados en color verde oscuro, con letras doradas, tapa dura, debe ser cosido no pegado.
✔ La tapa debe contener la misma información solicitada para la portada, sin los logos.
✔ 2 ejemplares anillados, con tapas de mica transparente o humo.
✔ Resumen Ejecutivo: máximo 5 páginas.
✔ Debe cumplir con todos los requisitos definidos en el punto anterior para la presentación impresa de los Informes de Avance del Estudio, según la Presentación Gráfica del Estudio, incluida en las presentes bases.
Copia digital (DVD o pendrive):
✔ Archivo digital en formato pdf y editable (Word) del informe impreso.
✔ Archivos utilizados como apoyo bibliográfico: documentos u otros recursos.
✔ Bases de datos en forma pdf y editable (Word, Excel o según corresponda).
✔ Base de datos geoespacial (carpetas) con los archivos de apoyo utilizados o desarrollados como insumos para la elaboración de los productos de la presente licitación (archivos KMZ, KML, Shape o CAD).
Se procederá a realizar el pago correspondiente a el Estado de Pago Nº 4 una vez obtenidos los productos solicitados en la guía metodológica de MIDESO del Plan Marco de Desarrollo Territorial actualizada a noviembre 2021, lo que incluye Etapa 4, Informe Final Plan Marco de Desarrollo Territorial y Términos Técnicos de Referencia de los proyectos y/o programas propuestos de acuerdo a metodología vigente por sector en el sistema nacional de inversiones o en Gobierno Regional de Aysén (programas de fomento productivo).
Formato de presentación de los informes y Estados de pago
Los informes de avance y el informe final del estudio, deben ser presentados según lo indicado en el Anexo de Presentación Gráfica del Estudio, que se detalla a continuación (y al final de los Formularios):
Formato de presentación gráfica de los informes
Los informes de avance y el informe final del estudio, deben ser presentados según lo indicado respecto de Presentación Gráfica del Estudio, detallado a continuación:
Informes Etapas 1 al 3
Copias a color anilladas (2 ejemplares)
Todos los documentos deben presentarse en tamaño Folio 8.5 X 13 pulgadas
La portada del documento debe presentar:
1. Texto en Arial Narrow, tamaño variable
2. Encabezado: Logo del Gobierno Regional de Aysén, de la Ilustre Municipalidad de Coyhaique y del programa de Infraestructura Rural para el Desarrollo Territorial.
3. Título centrado: Estudio Básico Plan Marco de Desarrollo Territorial litoral comuna de Coyhaique, informe de N°… Etapa N°… según corresponda.
4. Fecha de entrega.
5. Nombre o logo del consultor
El documento debe presentar las siguientes características:
1. Texto Arial Narrow, tamaño 11.
2. Texto Arial Narrow, tamaño 8 para notas al pie.
3. Los márgenes de página izquierdo y derecho deben ser de 3 cms.
4. Resumen ejecutivo , máximo 2 páginas
5. Índice: contenido, tablas, gráficos, imágenes y todo recurso utilizado.
6. Encabezado: Logo del Gobierno Regional de Aysén, de la Ilustre Municipalidad de Coyhaique y del programa de Infraestructura Rural y Desarrollo Territorial.
7. En pie de página: Nombre o logo del consultor, número de página en margen derecho.
8. Numeración correlativa de todos los recursos (tablas, gráficos, imágenes u otro).
9. Todas las tablas deben estar ajustadas al contenido y a la página, deben ser legibles.
10. En caso de presentar tablas que excedan de una página por :
Extensión vertical, o sea más filas que lo que permite la página, el título debe tener configuración de “Repetir como fila de encabezado en cada página”.
Extensión horizontal, o sea más columnas que lo que permite la página, esta sección debe ser configurada en presentación horizontal. No debe perder logos, ni numeración de página.
11. Los gráficos deben ser presentados de forma de ser legibles, colores, líneas, o lo que corresponda.
Copias digital ( DVD, pendrive u otro medio disponible)
1. Archivo digital en formato PDF y editable (Word) del informe impreso.
2. Archivos utilizados como apoyo bibliográfico: documentos u otros recursos.
3. Bases de datos en forma PDF y editable (Word, Excel o según corresponda).
4. Archivos de apoyo desarrollados como insumos para la elaboración de los productos de la presente licitación, levantamientos GPS, archivos KMZ, fotografías entre otros.
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31. OBLIGACIONES DE OFERENTE CONTRATADO |
Sin perjuicio de las obligaciones más arriba señaladas, y de las demás que puedan contemplarse en las presentes bases o sus Anexos, el adjudicatario asumirá todas las obligaciones que emanan del presente proceso licitatorio, no pudiendo posteriormente alegar desconocimiento de las mismas. Especialmente deberá:
a) Ejecutar correctamente y de buena fe los servicios contratados.
b) Mantener contacto permanente con la Comisión Contraparte Técnica, especialmente con el I.T.E.
c) El Jefe de Estudio será el nexo directo entre el ITE, Comisión Contraparte Técnica y/o Gobierno Regional y el Consultor contratado.
d) Informar al Gobierno Regional de toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del contrato, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, será causal para dar término anticipado al contrato de prestación de servicios, sin perjuicio del ejercicio de las acciones que proceda ejercer por el Gobierno Regional de Aysén.
e) Asistir a las reuniones a que le cite el I.T.E., la Unidad Técnica y/o el Gobierno Regional, sin perjuicio a su derecho de excusa por causa justificada.
f) Entregar oportunamente todos los antecedentes que el I.T.E., la Unidad Técnica y/o el Gobierno Regional de Aysén le requiera, en las condiciones y plazos fijados por estos.
g) Dar cumplimiento a lo determinado en las bases de licitación y cumplir con el plan de trabajo presentado y con todos los aspectos considerados en su oferta, sin perjuicio de las modificaciones e instrucciones que el Gobierno Regional imparta durante la ejecución del contrato.
h) Cumplir con todas las instrucciones que imparta el ITE, o el Gobierno Regional de Aysén.
i) Contar con todos los equipos y medios que sean necesarios para la adecuada prestación de los servicios contratados.
j) El adjudicatario declara conocer las condiciones geográficas de la ubicación del estudio, y compromete los recursos para la correcta realización de todas las actividades ofertadas.
k) Elaborar y remitir los informes de que trata el Numeral 30 “Forma de pago".
l) Presentar los informes según lo indicado en el Anexo de Presentación Gráfica del Estudio.
m) El adjudicatario garantizará el financiamiento operativo del Estudio en forma independiente de los estados de pago convenidos, bien sea con recursos propios o mediante el establecimiento de una línea de crédito de trabajo u otro instrumento financiero análogo.
n) Otorgar continuidad al estudio, el que no podrá suspenderse en su ejecución, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado; se considera esta obligación como esencial, dada la naturaleza del estudio mismo.
o) Garantizar la disponibilidad, durante todo el plazo de ejecución del Estudio (238 días), de recursos e infraestructura para el personal contratado (vehículos, sistemas de comunicación, equipamientos, teléfonos, materiales de oficina, arriendo de oficinas, etc.).
p) Garantizar que los profesionales informados en equipo propuesto para el desarrollo del estudio, no sean sustituidos o desvinculados salvo casos debidamente justificados y calificados como tales de manera previa por los integrantes de la comisión contraparte técnica. El / los profesionales de reemplazo deberán tener igual o superior calidad curricular al que reemplaza (sumatorias de las competencias y experiencia en términos de referencias acreditadas en evaluación de propuesta). Este procedimiento deberá ser previamente autorizado y formalizado mediante resolución administrativa que facultan al Jefe de la División de Planificación y Desarrollo Regional del Gobierno Regional de Aysén.
q) Aceptar que la Unidad Técnica pueda solicitar a la consultora adjudicada el cambio del profesional que ejerce el cargo de Jefe de Estudio, cuando la presentación de informes parciales, relacionados con el objetivo del estudio no sean los esperados y los solicitados en reuniones de trabajo para el adecuado desarrollo del contrato. Este deberá ser reemplazado de igual y superior calidad curricular al que reemplaza. Este procedimiento deberá ser previamente autorizado y formalizado mediante resolución administrativa que facultan al Jefe de la División de Planificación y Desarrollo Regional del Gobierno Regional de Aysén.
r) Mantener vigentes las garantías otorgadas.
s) Dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas vigentes y a toda norma relativa o que tengan relación con el estudio encomendado que le son plenamente conocidos.
t) La empresa consultora deberá solicitar los certificados emitidos por la Dirección del Trabajo, que den cuenta del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, lo que será verificado al momento de cancelar los estados de pago correspondientes.
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32. RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR O ADJUDICATARIO. |
El proceso licitatorio tiene por objeto obtener la contraprestación de un servicio, o la adquisición de determinados bienes, o ambos, según el caso. En ese sentido, la primera responsabilidad del adjudicatario es dar fiel cumplimiento a las obligaciones que contrae en virtud del referido proceso licitatorio, su oferta y el contrato suscrito, entre otras consideraciones.
Las partes elevan a cláusula esencial del contrato y en consecuencia se declara que sin esta cláusula el Gobierno Regional de Aysén no habría contratado con este proveedor, la obligación que asume el proveedor de dar fiel y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones laborales y previsionales que tenga o pueda tener con sus trabajadores. En consecuencia el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento a las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrolla en virtud del Contrato, y en especial todas sus obligaciones laborales y comerciales.
El incumplimiento del proveedor a sus obligaciones laborales o previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Gobierno Regional de Aysén para poner término anticipado al contrato y ejecutar la o las Garantías, si las hubiere, a título de indemnización de perjuicios.
El consultor será responsable por todos y cada uno de los antecedentes, cálculos, conclusiones, y en general, de todas las materias que forman parte del estudio.
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33. MULTAS. PROCEDIMIENTO. |
El Gobierno Regional de Aysén cobrará multas al Proveedor en caso de que éste incurra en incumplimientos, de acuerdo a lo señalado en las Bases de Licitación, para esto bastará un informe de la Unidad encargada de ejercer el control del contrato, que dé cuenta del o los incumplimientos en que haya incurrido el proveedor.
En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato o de instrucciones especiales dadas por la contraparte técnica del Gobierno Regional de Aysén, se le comunicará dicha circunstancia al Oferente contratante, por la contraparte técnica designada, mediante comunicación escrita dirigida al domicilio de la empresa que posea en Coyhaique, la que podrá notificarse personalmente o por carta certificada, en conformidad con lo establecido en la ley 19.880 artículo 46.
Desde la fecha de la comunicación tendrá tres días hábiles para exponer lo que estime conveniente a sus derechos, mediante oficio dirigido al Gobierno Regional de Aysén.
El Gobierno Regional de Aysén se pronunciará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su recepción en nuestra oficina de partes.
Rechazada la reclamación o cumplido el plazo sin que se hubiere formulado oposición por el adjudicatario contratado, procederá el cobro de la multa, la que será directamente descontada del siguiente pago y en caso de no ser suficiente, se imputará al subsiguiente y finalmente mediante el cobro de la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
En todo caso, la medida aplicada será formalizada a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Dado el principio de ejecutoriedad contemplado en los artículos 3° y 50° y siguientes de la ley de procedimientos administrativos, en caso de tener que aplicarse multas y sin perjuicio del derecho a perseguirlas por la justicia ordinaria, si corresponde - éstas se descontarán del pago mensual del mes en que se notifique al adjudicatario la resolución que las determine, salvo que el proveedor pague tales multas depositando el monto que corresponda directamente a la cuenta corriente N° 84309053728 del Banco Estado a nombre del Gobierno Regional de Aysén y haciendo llegar el comprobante respectivo al Gobierno Regional de Aysén. En caso de que el proveedor no pague las referidas multas dentro del mes en que se le notificó la resolución que las determinaron, días corridos desde la notificación de la Resolución, el Gobierno Regional de Aysén, podrá descontar los montos adeudados directamente de las facturas presentes o futuras que se le adeuden al proveedor, circunstancia que se informará al proveedor por la contraparte técnica.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Gobierno Regional de Aysén para poner término anticipado al contrato en casos fundados o previstos en las bases de licitación y ejecutar las garantías que se encuentren en su poder, dictando el acto administrativo correspondiente.
De acuerdo al Artículo 96 bis del Reglamento, estas sanciones serán informadas a través del Sistema de Información.
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34. MULTAS. MONTO |
Se aplicarán las siguientes multas, las que serán acumulativas.
a) Multa por retraso de entrega de informes o rechazo : Si hubiese atraso en la entrega de antecedentes requeridos, de informes de avance, o de cualquier requerimiento u obligación que emane ya sea del contrato o de otro acuerdo posterior, o bien, se suspendiere de hecho la ejecución del contrato sin causa justificada, el Gobierno Regional de Aysén cursará y cobrará una multa de 1/1000 del monto total contratado, por cada día de atraso; para ello, se aplicará el procedimiento señalado en el punto 33.
b) Multas por incumplimiento de órdenes o instrucciones: El incumplimiento de una orden, que fuese reclamada o bien sea rechazada la reclamación, faculta al Gobierno Regional de Aysén a aplicar una multa equivalente al 1/1000 del monto total contratado para el estudio, por cada evento en que no se acaten las instrucciones de la ITE.
Se considera instrucción de la ITE: informe de observaciones a los informes de avance o informe final en que reitere una corrección, instrucción sobre la ejecución de actividades (en forma y programación).
c) En caso de reincidencia: La multa aumentará proporcionalmente a 2/1000, al segundo requerimiento, al 3/1000 al tercero. El tercer requerimiento dará derecho a poner fin anticipadamente al contrato, sin perjuicio de las demás causales establecidas en el Numeral 27 de las presentes Bases Administrativas.
d) Multa por rechazo de informes o entrega insatisfactoria: La entrega o desarrollo insatisfactorio de actividades o productos, que no cumplan con lo establecido en los TTR y/o en la Oferta Técnica del adjudicatario, faculta al Gobierno Regional de Aysén a cursar y cobrar una multa de 1/1000 del monto total contratado, por cada evento individualizado (actividad o producto); para ello, se aplicará el procedimiento señalado en el punto 33.
e) Multa por ausencia o cambio de profesionales presentado en propuesta: El incumplimiento de la permanencia de profesionales a cargo de estudio, de acuerdo al cronograma de actividades por etapas presentado en propuesta en forma injustificada, facultará al Gobierno Regional de Aysén a aplicar multa por la cantidad de 1/500 del monto total contratado para el estudio, por día de ausencia. En caso de ausencia de el / los profesionales de reemplazo deberán tener igual o superior calidad curricular al que reemplaza (sumatorias de las competencias y experiencia en términos de referencias acreditadas en evaluación de propuesta). La ausencia o reemplazo deberá ser previamente autorizado e informado al ITE y formalizado mediante resolución administrativa que facultan al Jefe de la División de Planificación y Desarrollo Regional del Gobierno Regional de Aysén.
f) Multa por no actualización o renovación de Garantías Fiel Cumplimiento de Contrato: El consultor siempre deberá mantener vigente las garantías de Fiel cumplimiento de contrato hasta que se cumplan las condiciones y disposiciones contractuales. Si el consultor no cumple oportunamente con esta disposición, se ejecutará la caución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y se aplicará una multa equivalente a 1/500 del monto total contratado para el estudio por cada día de atraso, al que será descontada en el siguiente estado de pago si fuera el caso. De no realizarse su actualización o renovación en el plazo proporcionado por la ITE, se pondrá término anticipado al contrato.
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35. SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. |
La supervisión y seguimiento en la ejecución del contrato que se licita corresponderá a la División de Planificación del Gobierno Regional de Aysén, la que actuando como contraparte Unidad Técnica, designará a un funcionario de la referida División como Inspección Técnica de Estudio (ITE).
Cada una de las actividades contempladas para el desarrollo de la consultoría podrán ser inspeccionadas durante su ejecución por el Inspector Técnico del Estudio o por la Comisión Contraparte Técnica. En tal evento el consultor deberá otorgar las facilidades para esta labor, pudiendo requerirse la realización de una o más o reuniones para tales efectos .
La comisión contraparte técnica de dicho estudio estará compuesta por un equipo multisectorial que será designado por el Jefe de la División de Planificación y Desarrollo Regional del Gobierno Regional de Aysén, mediante el acto administrativo respectivo.
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36. PACTO DE INTEGRIDAD. |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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37. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES. |
Al ofertar se entenderá que el proponente acepta cabalmente la totalidad de condiciones de la presente licitación pública.
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38. RESPONSABILIDADES. |
El Gobierno Regional de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el ejecutor y sus trabajadores con motivo de los trabajos contratados, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del ejecutor.
Cabe señalar que una vez suscrito el contrato, no se derivarán con el Gobierno Regional de Aysén vínculo de dependencias ni subordinación, tanto con el oferente adjudicatario como para con los trabajadores del mismo.
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39. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL. |
Esta entidad Gobierno Regional de Aysén, informará al registro de comportamiento contractual de los proveedores, respecto a la ejecución de los servicios contratados, señalándose si se dio cumplimiento íntegro y oportuno de la obligaciones, cumplimiento de los plazos comprometidos para la ejecución de los servicios, aplicación de multas, la evaluación de las propuestas, entre otros.
Esta información será publicada oportunamente en el sistema de información en el sitio www.mercadopublico.cl, la cual podrá ser empleada por las otras entidades licitantes en la evaluación de las propuestas presentadas en sus licitaciones.
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40. PROPIEDAD DEL ESTUDIO Y DERECHOS DE USO SOBRE ESTE |
a) La propiedad del estudio y los derechos de uso de éste, corresponden al Gobierno Regional de Aysén, los que se entenderán cedidos por el proponente por sólo hecho de suscribir el contrato a que se refieren estas bases.
b) En las reproducciones del estudio que efectúe la Contraparte Técnica se indicará el nombre del consultor que realizó el estudio.
c) El consultor sólo podrá reproducir el estudio parcial o totalmente, con la autorización del Gobierno Regional de Aysén.
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9. PRESUPUESTO REFERENCIAL. |
La presente licitación posee un monto referencial de M$128.302.- (ciento veintiocho millones trescientos dos mil pesos). El monto de la oferta deberá ser indicado por el oferente en el Formulario C-1 Oferta Económica.
En caso de no autorizarse la mayor disponibilidad presupuestaria, el Gobierno Regional procederá a declarar la oferta como no conveniente para los intereses del organismo
Todos los costos asociados a la prestación de los servicios deberán ser asumidos por el oferente que se contrate, tales como, alojamiento, traslados de cada una de las salidas del equipo consultor acompañado del equipo del Gobierno Regional y las personas del núcleo gestor indicado en los términos técnicos de referencia, alimentación, gastos administrativos, entre otros respecto al desarrollo del estudio.
Los recursos provienen del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) del Gobierno Regional de Aysén.
Los servicios se contratarán bajo modalidad de suma alzada, sin reajustes ni intereses, cuyo pago se devengará y pagará por el Gobierno Regional de Aysén, de acuerdo a lo establecido en el numeral N° 30 Forma de Pago.
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14. FORMULARIOS ANEXOS SOLICITADOS PARA OFERTAR |
Son formatos anexos a las presentes bases, para el desarrollo de la Oferta, los siguientes:
A) ANEXOS ADMINISTRATIVOS.
o Formulario A - 1 Identificación del Oferente.
o Formulario A - 2 Estructura Legal de la Firma o Empresa Consultora.
o Formulario A - 3 Equipo de trabajo Consultor.
o Formulario A - 4 Consultorías Ejecutadas por la firma (últimos cinco años) o empresa consultora.
o Formulario A - 5 Consultorías en Ejecución por la Firma.
o Formulario A - 6 Declaración Jurada Simple de características del estudio.
o Formulario A - 7 Recursos de la Firma.
o Formulario A - 8 Declaración Jurada simple de Inhabilidades e Incompatibilidades. (Se realiza en línea en plataforma mercado público).
o Formulario A - 9 Declaración Jurada Simple de Socios.
o Formulario A - 10 Declaración Jurada Simple de Estudio de Antecedentes de Conocimiento de Bases.
o Formulario A - 11 Comportamiento Contractual del Oferente.
o Formulario A - 12 Declaración Jurada Simple de Cumplimiento del Pacto de Integridad.
B) ANEXOS TÉCNICOS.
o Formulario B - 1 Curriculum Vitae de profesionales participantes del estudio.
o Formulario B - 2 Carta de Compromiso de los Profesionales del estudio.
o Formulario B - 3 Cronograma de Actividades.
o Formulario B - 4 Cronograma de Participación del Personal: profesionales y técnicos de la consultoría.
o Formulario B - 5 Propuesta Metodológica a utilizar en el Estudio.
C) ANEXOS OFERTA ECONÓMICA.
o Formulario C - 1 Oferta Económica.
o Formulario C - 2 Presupuesto Detallado (Formato Tipo).
o Formulario C - 3 Flujo de Caja y Calendario de Pagos.
Detalle de la Entrega de Antecedentes de la Licitación:
Antecedentes a entregar GARANTÍA POR SERIEDAD DE LA OFERTA según se indica en el numeral “Garantías” letra a) “Garantía de seriedad de oferta” de las presentes bases de licitación.
Garantía de Seriedad de la Oferta en caso de ser emitida en forma electrónica, remitir comprobantes correspondientes en carpeta de plataforma dispuesta para el efecto.
A) ANEXOS ADMINISTRATIVOS. Los documentos deben ser ingresados en la carpeta Anexos Administrativos del portal mercado público.
Formulario A 1: “Identificación del Oferente”
Nombre o Razón social y RUT, en caso de ser persona jurídica, los mismos antecedentes respecto de su representante legal, además de dirección comercial, teléfonos, correo electrónico, persona contacto, giro comercial.
Tratándose de Unión Temporal de Proveedores (UTP): Deberá figurar como representante el apoderado que designe en el respectivo instrumento documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, dando cumplimiento al artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas.
En adquisiciones iguales o superiores 1.000 UTM, obligatoriedad de presentar documento al momento de contratar escritura pública que dé cuenta del acuerdo.
Al momento de contratar deberá el oferente participante encontrarse inscrito en Registro de Proveedores de Mercado Público y tener el estado de Hábil, en caso de UTP, cada uno de los oferentes deberá cumplir con esta disposición.
Deberán al momento de contratar cumplir con los requisitos exigidos en numeral 08 de las presentes bases, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente.
Formulario A-2 Estructura Legal de la Firma o Empresa Consultora:
En caso de ser el Oferente persona jurídica, deberá presentar este Formulario, en el cual se indique, conforme a su estructura, las personas que forman el órgano directivo de la misma, su gerente, representante legal y toda otra persona que por sus funciones o atribuciones pueda significar se relacione con el Gobierno Regional de Aysén en la ejecución del contrato a cuya adjudicación postula.
En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá indicar el apoderado o representante de ella, además de nombrar cada una de las personas jurídicas que la compongan, al tiempo de contratar.
Formulario A-3 Equipo de trabajo Consultor (Requisito de admisibilidad): Por este formulario se deberá indicar las personas que conformarán el equipo de trabajo propuesto para desarrollar el estudio que se licita.
El equipo de trabajo deberá estar compuesto por un total de a lo menos 13 (trece personas) [los cuales deben acreditar títulos con validación en Chile con el siguiente detalle:
● 01 Arquitecto o profesional coordinador interdisciplinar y formulador.
● 01 Ingeniero Civil, con especialidad y experiencia en diseño de obras civiles.
● 01 Sociólogo, Antropólogo o carreras afines.
● 01 Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Forestal o carreras afines.
● 01 Ingeniero en alimentos o de área experta en formulación de fomento productivo.
● 01 Ingeniero Comercial, Administrador de Empresas, o carreras afines
● 01 Geógrafo o profesional experto en georreferenciación y planificación territorial.
● 01 Abogado u otro similar.
● 01 Experto en turismo.
● 01 Administrativo 1, profesional coordinador en la comuna.
● 01 Administrativo 2, Encuestador 1.
● 01 Administrativo 3, Encuestador 2.
● 01 Administrativo 4, Encuestador 3.
En caso de que se produzcan cambios en el equipo de trabajo, se deberá mantener los mismos profesionales garantizando igual o superior experiencia curricular.
Los antecedentes curriculares deberán ser presentados en propuesta Formulario A-3 Equipo de trabajo Consultor, conforme a los Términos Técnicos de Referencia del estudio, de la presente licitación.
El consultor deberá designar un Jefe de Estudio o Jefe Técnico, quién será el coordinador del equipo y nexo con la Inspección Técnica de Estudio (ITE) que se proponga para la ejecución del estudio.
En este formulario se deberá indicar: Que, uno de los profesionales acredite experiencia en estudios o iniciativas de inversión que involucren participación ciudadana en zonas rurales, aisladas o territorios en desarrollo (experiencias tales como: Plan Marco desarrollo Territorial, Plan de Territorios en Desarrollo, Plan especial de Zonas extremas u otras que tengan medición costo eficiencia), por una duración mínima de dos años, tres estudios o iniciativas de inversión o veinte actividades.
Se debe acreditar mediante certificado del mandante, que detalle las actividades y nivel de satisfacción de lo desarrollado por el o los profesionales.
Formulario A-4 Consultorías Ejecutadas por la Firma (Últimos Cinco Años) o Empresa Consultora (REQUISITO DE ADMISIBILIDAD): En éste se debe señalar las consultorías de la misma naturaleza que la licitada por este acto, ejecutadas por el Oferente en los últimos cinco años (2019-2024). La ejecución de las consultorías se deberá acreditar mediante la presentación de un certificado emitido y firmado por el mandante o empleador, con indicación del nombre y RUT del Oferente, el objetivo de la consultoría realizada y el nivel de satisfacción con el trabajo realizado. Asimismo, deberá indicarse los antecedentes de contacto de quien emite el certificado, con su individualización completa, para efectos de verificar la información proporcionada, en caso que se estime conveniente a los intereses de la entidad licitante.
El oferente que no presente experiencia o presentándola ésta no sea atingente a lo solicitado, será evaluado con 0 punto, de acuerdo a los criterios de evaluación.
En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, se deberá señalar de igual forma las consultorías ejecutadas en los últimos cinco años (2019-2024) de misma naturaleza, certificados emitidos a las personas jurídicas o naturales que la componen (indicados en el Formulario A-2 Estructura legal de la firma o empresa consultora), señalando el nombre, Rut del oferente, del objetivo de la consultorías realizadas y el nivel de satisfacción con el trabajo realizado. Este formulario deberá ser firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario A-5 Consultorías en Ejecución por la Firma (REQUISITO DE ADMISIBILIDAD): Por este formulario el Oferente deberá prestar declaración jurada simple de los contratos que actualmente mantiene en ejecución, ya sea con Entidades Públicas o Privadas.
Formulario A-6 Declaración Jurada Simple de características del estudio: De conocer las características geográficas, climáticas y de accesibilidad del territorio.
Formulario A-7 Recursos de la Firma: Declaración de los soportes tecnológicos, infraestructuras y de transporte con los que cuente la empresa para desarrollar de mejor manera el PMDT.
Formulario A-8 Declaración Jurada Simple de Inhabilidades e Incompatibilidades: (En línea)
Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades”, electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales, jurídicas, representante de UTP, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico, en el módulo de presentación de ofertas.
Formulario A 9: Declaración Jurada Simple de Socios:
- Persona Jurídica.
- Unión Temporal de Proveedores.
En caso que proceda. Se deja constancia que la presentación de este Formulario es sólo para los oferentes que sean personas jurídicas o UTP. Deben indicarse hasta 12 socios de mayor participación que poseen mayor porcentaje. Para tal efecto, se cotejará información con Declaración Jurada de Socios y Accionistas en línea e integrada a SII, informada en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras.
En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar la declaración firmada por cada uno de los integrantes.
Formulario A-10 Declaración Jurada simple de Estudio de Antecedentes y Conocimiento de Bases: Declaración Jurada simple, en que se acredite haber estudiado todos los antecedentes de la licitación, en virtud de los cuales se ha elaborado la oferta técnica y económica que se presenta, conocer y aceptar las condiciones generales de las bases administrativas, términos de referencia, antecedentes que forman parte de la licitación a ejecutar y haber incorporado las Aclaraciones y Adicionales realizadas durante el proceso de licitación.
En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el formulario deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario A-11 Comportamiento Contractual del Oferente: Por este formulario el Oferente deberá presentar él o los certificados de comportamiento contractual en el que indique que se haya recepcionado conforme Estudios y actividades del mismo rubro , que hayan sido emitidos por el Gobierno Regional de Aysén, otros Gobierno Regionales, Municipios u otros servicios públicos, en los últimos cinco años (desde año 2019-2024), el cual debe indicar el tiempo de duración de la consultoría, lugar y fono de contacto de quien emite el certificado, también puede presentarse nota indicada en la plataforma www.mercadopublico.cl. Esta información será obtenida del Registro de Proveedores. Sólo se considerarán la información de esta ficha, la que señala si existe o no sanciones por incumplimientos recibidos. Se considerará la información declarada en este formulario, la cual deberá ser acreditada: Pantallazo Registro de Proveedores plataforma mercado público, se deberá acreditar certificados de recomendación, que indiquen, fecha de emisión, institución, nombre del contrato, nombre de profesional responsable y su contacto para verificación, el cual debe estar disponible, de lo contrario no será considerado, duración de la consultoría realizada.
Formulario A-12: Declaración Jurada Simple de Cumplimiento del Pacto de Integridad.
Declaración Jurada Simple mediante la cual el oferente, acepta expresamente el presente pacto de integridad, los cuales son conocidos por su personal, obligándose a cumplir con todos y cada uno de los compromisos contenidos en el Artículo 30 de las Bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
B) ANEXOS TÉCNICOS.
Los documentos deben ser ingresados en la carpeta Anexos Técnicos del portal mercado público.
Formulario B-1 Curriculum Vitae de los Profesionales que Participarán del Estudio (REQUISITO DE ADMISIBILIDAD): Deberá considerar lo siguiente:
● Currículum Vitae resumido (máximo de tres páginas) de cada una de estas personas en formatos adjuntos, con indicación de los estudios o consultorías de similar naturaleza que haya ejecutado.
● Copia del certificado de título profesional o técnico de cada de las personas que conforman el equipo de trabajo y en caso de haberse éste otorgado en el extranjero, validado conforme las normas chilenas.
● Certificados que acrediten los estudios realizados para cada profesional, a nivel superior y de posgrado o postítulo. Deben individualizar con claridad la institución en que se cursaron los estudios, su nivel, duración y si condujo a grado o título académico.
● Debe contener código o folio de individualización de la casa de estudios emisora.
● Certificados que acrediten los estudios o trabajos expresados en el Currículum Vitae, emitidos y firmados por el mandante o empleador, con indicación del nombre y RUT a favor de quién se emite, del objetivo del trabajo realizado y el nivel de satisfacción con el trabajo realizado. la fecha de inicio y término en que se desarrolló el estudio y/o consultoría, características principales del estudio o trabajo realizado, monto del estudio, señalar si fue jefe del estudio o integrante del proyecto, debidamente acreditar que tipo de función cumplió en estos estudios.
La experiencia profesional de equipo de trabajo será medida a partir de la fecha de titulación de cada integrante, según lo detallado en su certificado de educación superior, expedido por la respectiva Universidad, Centro de Formación Técnica, o la institución que corresponda.
La experiencia profesional que no se presente debidamente acreditada, no será considerada en la Evaluación de Experiencia Profesional.
Formulario B-2 Carta de Compromiso de los Profesionales del Estudio (REQUISITO DE ADMISIBILIDAD): Firmada por las personas que conformarán el equipo de trabajo, en la que indique su compromiso a participar en el Estudio según lo estipulado en las bases administrativas y términos técnicos de referencia y otros antecedentes que componen esta licitación. Debe detallar la cantidad de horas comprometidas al desarrollo de cada etapa del Estudio.
Debe contener el nombre, firma y RUT de cada miembro del equipo.
La cantidad de horas comprometidas que no sea detallada y respaldada, no será considerada en la Evaluación de Equipo Propuesto.
Formulario B-3 Cronograma de Actividades (REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD): Preparación de una Carta Gantt, abarcando todas las actividades y etapas correspondientes del estudio, indicando el plazo máximo de inicio y culminación de la consultoría en el marco determinado en los términos de referencia. Se recuerda a los oferentes que el plazo máximo para el desarrollo de estudio será de 238 días corridos y la propuesta que lo exceda, será declarada inadmisible. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentarse el anexo firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Así también y en este mismo formato, el Oferente deberá señalar el plazo que oferta para la ejecución del contrato que se postula a adjudicar, plazo que deberá ser de 238 días corridos, de acuerdo a lo señalado en el Numeral 10 de las presentes Bases.
Formulario B-4 Cronograma de Participación del Personal Profesional y Técnico de la Consultoría (REQUISITO DE ADMISIBILIDAD): Deberá presentar una Carta Gantt que refleje todas las actividades que realizará cada uno de los profesionales comprometidos en cada Paso y Etapa del Estudio, a fin de que la Comisión Contraparte Técnica pueda realizar seguimiento y control de la ejecución de los contenidos del Estudio con el profesional encargado de desarrollar cada actividad comprometida. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentarse el anexo firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario B-5 Propuesta Metodológica a utilizar en el Estudio (REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD). El proponente detallará las actividades a desarrollar de acuerdo con los Términos Técnicos de Referencia (TTR), describiendo los métodos y procedimientos que empleará para la ejecución de cada una de sus fases. Incluirá cualquier aclaración necesaria para alcanzar los objetivos de la Consultoría. Esta deberá contener al menos los productos que se solicitan en la Guía Metodológica para la formulación y evaluación del Plan Marco de Desarrollo Territorial (PMDT) del Ministerio de Desarrollo Social y Familia actualizada año 2021, sin perjuicio de otros antecedentes que pudieran ser solicitados por la Contraparte Técnica, como complemento de los productos solicitados por la guía metodológica.
Cabe destacar, que el Oferente debe incluir en su propuesta metodológica las actividades a desarrollar para revisar, actualizar y validar, los insumos y productos desarrollados para las Etapas 1 y 2. Así como la adecuación metodológica para cumplir con lo establecido en la Guía Metodológica para la formulación y evaluación del Plan Marco de Desarrollo Territorial (PMDT) 2021 de MIDESO y los Términos de Referencia de la presente Licitación.
En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentarse el anexo firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
C) ANEXOS OFERTA ECONÓMICA.
Los documentos deben ser ingresados en la carpeta Anexos Oferta Económica del portal mercado público.
Formulario C-1 Oferta Económica Monto ofertado por la realización de estudio, con y sin impuestos, de acuerdo a la categoría en que tribute el oferente, expresados en número y letras. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentarse el anexo firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario C-2 Presupuesto Detallado (Formato Tipo): En éste se deberá presentar el presupuesto detallado por actividad de cada una de las actividades del PMDT, señalando la participación diferenciada de profesionales y técnicos. Además, se deberá incluir gastos de administración y gastos generales. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentarse el anexo firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario C-3 Flujo de Caja y Calendario de Pagos: Definido por etapas, para el PMDT.
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18. ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS. |
Para que las ofertas sean declaradas admisibles, es decir, que sean susceptibles de ser evaluadas por la Comisión Evaluadora respectiva, y sin perjuicio de lo expresado en el punto anterior relativo a la apertura de la licitación y examen de antecedentes, es necesario siempre que cumplan con los requerimientos mínimos establecidos en las bases, en forma y fondo, y particularmente que cumplan con:
a) La presentación dentro del plazo y el cumplimiento de todos los requisitos de Garantía de Seriedad de Oferta, y que cumpla con el monto, formatos adjuntos, glosa y vigencia estipulada en Punto 15 de las bases de licitación.
b) El plazo de ejecución del estudio licitado no deberá superar a 238 días corridos de acuerdo a lo señalado en numeral 10 de las bases, indicado en Formulario B 3 Cronograma de actividades.
c) Deberá Informar en Formulario A-3 Equipo de Trabajo Consultor, el Jefe de Estudio o Jefe Técnico, el que deberá ser parte de este equipo de profesionales y deberá informar al Profesional Residente en la comuna de Coyhaique.
d) Deberá informar en Formulario A-3 Equipo de Trabajo Consultor, el equipo de trabajo compuesto por un total de a lo menos 13 (trece) personas, los cuales deben acreditar títulos con validación en Chile con el siguiente detalle:
● 01 Arquitecto o profesional coordinador interdisciplinar y formulador
● 01 Ingeniero Civil, con especialidad y experiencia en diseño de obras civiles.
● 01 Sociólogo, Antropólogo o carreras afines.
● 01 Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Forestal o carreras afines
● 01 Ingeniero en alimentos o área experta en formulación de fomento productivo.
● 01 Ingeniero Comercial, Administrador de Empresas, o carreras afines
● 01 Geógrafo o profesional experto en georreferenciación y planificación territorial
● 01 Abogado u otro similar
● 01 Experto en turismo
● 01 Administrativo 1, profesional coordinador en la comuna
● 01 Administrativo 2, Encuestador 1
● 01 Administrativo 3, Encuestador 2
● 01 Administrativo 4, Encuestador 3
Al menos uno de los profesionales debe acreditar en este formulario experiencia en estudios o iniciativas de inversión que involucren participación ciudadana en zonas rurales, aisladas o rezagadas (tales como Plan Marco Desarrollo Territorial, Plan de Territorios en Desarrollo, Plan especial de Zonas extremas, u otra que tenga medición costo-eficiencia), por una duración mínima de dos años, tres estudios o iniciativas de inversión o veinte actividades.
e) El oferente deberá detallar todas las actividades y productos definidas en los Términos Técnicos de Referencia, según la Metodología Plan Marco de Desarrollo Territorial vigente en el Sistema Nacional de Inversiones, informándolo en Formulario (formato libre) B-5 Propuesta Metodológica a utilizar en el Estudio.
f) La presentación dentro de plazo y en la forma de Formularios: Formulario A-3 Equipo de Trabajo Consultor, Formulario A-4 Consultorías Ejecutadas por la Firma (Últimos Cinco Años) o Empresa Consultora, Formulario A-5 Consultorías en Ejecución por la Firma, Formulario B-1 Curriculum Vitae de los Profesionales que Participarán del Estudio, Formulario B- Carta de Compromiso de los Profesionales del Estudio, Formulario B-3 Cronograma de Actividades, Formulario B- Cronograma de Participación del Personal Profesional y Técnico en la Consultoría.
La Comisión designada verificará el cumplimiento de lo establecido en las letras precedentes, indicando en el informe respectivo las ofertas que no se ajusten a los requerimientos de presentación, las que serán declaradas inadmisibles mediante resolución fundada y publicada en el sitio www.mercadopublico.cl.
Procedimiento:
Se deja constancia que la no presentación de los antecedentes requeridos para la admisibilidad de las ofertas en la forma establecida, no podrá ser subsanada durante la etapa de evaluación de las mismas.
Cumpliendo este procedimiento, se aceptarán las ofertas individualmente, en caso que alguna oferta no cumpla con los antecedentes solicitados en este Artículo, serán declarados inadmisibles.
Todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas”, el cual no podrá ser modificado en forma posterior.
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20. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. |
TABLA RESUMEN DE EVALUACIÓN.
Criterio Subcriterios de evaluación Puntaje Máximo
Subcriterios Puntaje Máximo
Criterio
Cumplimiento de requisitos formales Todos los formatos completados y antecedentes requeridos según formularios adjuntos. 5 5
1 o 2 Formatos incompletos o sin antecedentes requeridos que la comisión no consideren requisitos de admisibilidad y/o evaluación según formularios adjuntos. 3
3 o más formatos incompletos o sin antecedentes requeridos que la comisión no considere requisitos de admisibilidad y/o evaluación según formularios adjuntos. 0
Criterio Pacto de integridad
El oferente declara conocer el pacto de Integridad, mediante la presentación del Formulario A-12, descrito en el Art. 30 de las presentes Bases. 5 5
No declara o declara no conocer el pacto de integridad descrito en el Art. 30 de las presentes Bases. 0
Experiencia Oferente Experiencia demostrable del oferente y el equipo, en temas relacionados con la iniciativa de estudio. i: Experiencia del Equipo de Trabajo, acreditados en Formularios A-3 Y B-1(admisibilidad).
Todo el equipo tiene más de 5 años de experiencia= 25 puntos.
El 50% del equipo tiene más de 5 años de experiencia= 15 puntos.
El 25% del equipo tiene más de 5 años de experiencia= 5 puntos. Fórmula = (Subcriterio i (puntaje máximo 25 puntos)+ Subcriterio ii (puntaje máximo 25 puntos)+ Subcriterio iii (puntaje máximo 25 puntos)+ Subcriterio iv(puntaje máximo 25 puntos)) / 4 = Puntaje final
25
ii: Experiencia del Oferente En éste se debe señalar las consultorías de similares a la licitada por este acto (PMDT, Plan de territorios en Desarrollo, Plan especial de Zonas extremas, u otra que tenga medición costo-eficiencia), ejecutadas por el Oferente en los, últimos cinco años. Formulario A-4.( admisibilidad)
Tiene más de 20 iniciativas= 25 puntos.
Tiene más de 10 iniciativas= 15 puntos.
No tiene= 0.
iii: Experiencia Regional Equipo de Trabajo. En consultorías similares del equipo consultor en la Región de Aysén. Formulario A-3 y Formulario B-1(admisibilidad).
Tiene 3 o más profesionales con residencia en la región de Aysén en los últimos 5 años = 25 puntos.
Tiene 1 o 2 profesionales con residencia en la región de Aysén en los últimos 5 años= 15 puntos.
No tiene= 0.
iv: Comportamiento contractual Se considera certificados el que indique que se haya recepcionado conforme Estudios y actividades del mismo rubro según indicado en formulario A-11, que hayan sido emitidos por, Gobiernos Regionales, Municipios u otros servicios públicos, en los últimos cinco años (desde año 2019-2024), el cual debe indicar el tiempo de duración de la consultoría, lugar y fono de contacto de quien emite el certificado, también puede presentarse nota de comportamiento contractual indicada en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Propuesta Metodológica
Calidad de la fundamentación técnica y metodológica para dar cumplimiento al objetivo general. Se deberá proponer en Formularios B-3, B-5 y A-7. Metodología de Trabajo Formulario B-5 (admisibilidad). 20 35
Plan de Trabajo, Formulario B-3 (admisibilidad). 5
Actividades de Participación Técnica y Ciudadana Formulario B-5 (admisibilidad). 5
Herramientas de Apoyo Formulario A-7. 5
Equipo propuesto Coherencia entre las actividades propuestas y la asignación de recursos humanos Calidad equipo propuesto Número de profesionales especialistas en temas atingentes a las áreas de intervención del Programa de Infraestructura Rural. Formularios A-3 y B-1(admisibilidad).
Experiencia del equipo en más de 5 =10 puntos.
Experiencia del equipo en más de 3 = 5 puntos.
Experiencia del equipo en 1 = 2 puntos. 10 20
Suficiencia del equipo propuesto Grado de planificación del trabajo en cada etapa del desarrollo del estudio. Formulario B-3 (admisibilidad).
Si presenta = 5.
No presenta =0. 5
Horas comprometidas por cada profesional, según cartas de compromiso firmadas. Formulario B-2(admisibilidad).
Si Presenta = 5
No presenta =0 5
Valor Propuesta económica Oferta económica más conveniente para la Entidad Licitante, indicando valor total y neto. Formulario C-1(admisibilidad). (menor precio ofertado en la Licitación / precio oferta evaluada) * puntaje máximo (10) 10
PUNTAJE TOTAL 100
i) Criterio Cumplimiento de los Requisitos Formales (5 PUNTOS MÁXIMO): Por este criterio se evaluará la forma y oportunidad de presentación de los antecedentes y formularios requeridos por las presentes bases, salvo los exigidos para la admisibilidad de las ofertas.
El puntaje se asignará en una escala de 0 a 10 puntos, cuyo mecanismo de determinación corresponde a los resultados que se obtengan de la aplicación de la siguiente escala:
● Oferente entrega todos los formatos debidamente completados con antecedentes requeridos y en cada una de las carpetas señaladas: 5 puntos.
● Se solicita al Oferente salvar errores u omisiones por 1 o 2 formatos no presentados o completados indebidamente o por no acompañar los antecedentes o por ser estos disconformes con lo declarado en formato o por acompañarlos en forma incompleta: 3 puntos.
● Se solicita al Oferente salvar errores u omisiones por 3 o más formatos no presentados o completados indebidamente o por no acompañar los antecedentes o por ser estos disconformes con lo declarado en formato o por acompañarlos en forma incompleta: No obtiene puntaje. 0 puntos.
ii) Criterio Pacto de Integridad (5 PUNTOS MÁXIMO): Por este criterio se evaluará lo declarado por cada oferente en su Formulario A-12, según lo siguiente:
● Declara conocer el pacto de Integridad, mediante la presentación del Formulario A-12, descrito en el Art. 30 de las presentes Bases: 5 puntos.
● No declara o declara no conocer el pacto de integridad descrito en el Art. 30 de las presentes Bases: 0 puntos.
iii) Criterio Experiencia oferente (25 PUNTOS MÁXIMO): Este criterio evaluará la experiencia de los oferentes, en cuatro subcriterios: i) experiencia que el Oferente acredite respecto de quiénes componen el equipo propuesto para desarrollar el Estudio (años de experiencia laboral desde la titulación de cada miembro del equipo); ii) Experiencia acreditada del mismo Oferente, medido en el número de consultorías similares ejecutadas y acreditadas; iii) experiencia acreditada de quiénes componen el equipo propuesto en estudios o consultorías similares a PMDT en la Región de Aysén (PLADECO, PLADETUR, Plan de territorios en desarrollo, Plan especial de Zonas Extremas. etc.) y otros estudios o proyectos relacionados con el ámbito del fomento productivo y humano y iv) comportamiento contractual del Oferente, que refleja el grado de satisfacción en la ejecución de contratos con el Estado, medido por el número de certificados presentados en relación al total de contratos con distintos Servicios Públicos.
Sólo serán evaluados los trabajos que el oferente acredite mediante la presentación de los correspondientes certificados, emitidos y firmados por el empleador o mandante respectivo mencionando su satisfacción por el servicio otorgado.
El puntaje se asignará en una escala de 1 a 25 puntos, cuyo mecanismo de determinación corresponde al promedio de los resultados que se obtengan de la aplicación de las siguientes fórmulas:
Subcriterio i, Experiencia Equipo de Trabajo: (Sumatoria del número de años de experiencia acreditados del equipo de trabajo de la oferta evaluada / mayor sumatoria de años acreditados del equipo de trabajo acreditado en la licitación) * puntaje máximo (25 puntos). Señalado en Formulario de Presentación B-1.
Subcriterio ii, Experiencia del Oferente: (Número de consultorías similares acreditadas por oferente / mayor número de consultorías similares acreditadas en licitación) * puntaje máximo (25). Señalados en Formulario de Presentación A-4.
Subcriterio iii, Experiencia Regional del Equipo de Trabajo: (número de consultorías similares acreditados del equipo de trabajo de la oferta evaluada / mayor sumatoria de años acreditados del equipo de trabajo acreditado en la licitación) * puntaje máximo (25). Señalado en Formulario de Presentación B-1.
Subcriterio iv, Comportamiento Contractual del Oferente: (número de certificados de comportamiento contractual satisfactorio emitidos por los Servicios Públicos contratantes / número total de contratos con Servicios Públicos acreditados por el Oferente (50%)+ asignación comportamiento contractual de Ficha de proveedores (50%) * puntaje máximo (25). Señalados en Formulario de Presentación A-11.
Resumen Criterio ii
CRITERIO EXPERIENCIA PUNTAJE
Subcriterio i Experiencia Equipo de Trabajo Puntaje máximo 25 ptos.
Subcriterio ii Experiencia Oferente Puntaje máximo 25 ptos.
Subcriterio iii Experiencia Regional Equipo de Trabajo Puntaje máximo 25 ptos.
Subcriterio iv Comportamiento Contractual del Oferente Puntaje máximo 25 ptos.
Puntaje Final Promedio Subcriterio i, Subcriterio ii, Subcriterio iii y Subcriterio iv Puntaje máximo 25 puntos
Así:
(Subcriterio i + Subcriterio ii + Subcriterio iii + Subcriterio iv) / 4 = Puntaje final
Para éstos efectos se considerará la información presentada y acompañada a los Formularios:
Formulario, A – 3 Composición de Equipo Consultor, Formulario A – 4 Consultorías Ejecutadas, B-1 Curriculum vitae de participantes del estudio, Formulario A-11 Comportamiento Contractual.
iv) Criterio Propuesta Metodológica (35 PUNTOS MÁXIMO): Por este criterio se evaluará la calidad de la propuesta técnica presentada por el Oferente, Señalados en Formularios de presentación A-7 y B-5, de acuerdo a las exigencias contenidas en los Términos Técnicos de Referencia (TTR Punto 2.6) y a las líneas de investigación definidas en el Anexo Metodológico.
Este criterio se medirá a través de cuatro subcriterios: i) Metodología de Trabajo, ii) Plan de Trabajo, iii) Actividades en Terreno, y iv) Herramientas de Apoyo. Los puntajes máximos de cada Subcriterio son de 20, 5, 5 y 5, respectivamente, los que se asignarán de la siguiente forma:
i. Metodología de trabajo (máximo 20 puntos)
20
Propuesta Metodológica de acuerdo a Guía Metodológica PMDT 2021 del Ministerio de Desarrollo Social (etapas y pasos).
● Cumple con Guía Metodológica según etapas y pasos = 10 pts.
● No cumple con Guía Metodológica según etapas y pasos = 0 pto.) 10
Contempla los productos solicitados en la Guía Metodológica PMDT. (Cumple = 6 pts; No cumple = 0 pto.) 6
Contempla la entrega de más productos que los solicitados en la Guía Metodológica PMDT. (Cumple = 4 pts; No cumple = 0 pto.) 4
ii. Plan de trabajo: (máximo 5 puntos)
5
Propuesta de cronograma de actividades de acuerdo a tiempo y plazos de Licitación (establecido en los T.T.R.) (Cumple = 3; No Cumple = 0) 3
Lógica de la secuencia propuesta . (Pertinente: 2 pts.; No Pertinente = 0 pt.) 2
iii. Actividades de Participación Técnica y Ciudadana (Máximo 5 puntos)
5
Número de actividades, como reuniones con la comunidad, con Servicios Públicos, equipo técnico y todas aquellas necesarias para el desarrollo del estudio. Para la asignación de puntaje se calculará con la siguiente fórmula: (Número de actividades de la propuesta ofertada/ Mayor número de actividades ofertadas en la Licitación ) * 5 5
iv. Herramientas de Apoyo (Máximo 5 puntos)
5
Se detallará soporte técnico (hardware y software) y demás recursos incluidos en formulario A–7: (Cumple =5 pts.; No Cumple = 0 pto.) 5
v) Criterio Equipo Propuesto (20 PUNTOS MÁXIMO): Por este factor se evaluará la calidad y la competencia de profesionales que componen la propuesta.
Corresponde a las competencias y experiencia demostrable tanto de los profesionales como de los técnicos, según Formulario A-3.
Este criterio se medirá a través de dos subcriterios: i) Calidad del equipo propuesto, y ii) Suficiencia del equipo. Los puntajes máximos de cada subcriterio es de 15 y 5, respectivamente, los que se asignarán de la siguiente forma:
i. Calidad del equipo propuesto (máximo 15 puntos) 15
● Número de profesionales especialistas del equipo con experiencia demostrable en temas atingentes a las áreas de intervención del programa de infraestructura Rural y/o PMDT. Señalado en formularios A-3 y B-1.
• Experiencia de los profesionales del equipo en más de 5 =10 puntos.
• Experiencia de los profesionales del equipo en más de 3 = 5 puntos
• Experiencia de los profesionales del equipo en 1= 2 puntos. 10
● Calidad curricular de los profesionales propuestos . Señalado en formulario B-1.
● El equipo cuenta con a lo menos un profesional con grado de magíster o doctorado = 5 pts.
● El equipo cuenta con a lo menos un profesional con estudios de postítulo o postgrado = 3 pts.
● El equipo no cuenta con a lo menos un profesional con formación superior a pregrado = 0 pt. 5
ii. Suficiencia del equipo (máximo 5 puntos) 5
● Grado de participación del equipo permanente de la consultora, en el desarrollo del estudio. Señalado en formulario B-4.
(Número de profesionales contratados y/o socios de la Consultora que participan del equipo propuesto / Número total de profesionales del equipo propuesto) * 100.
Para la asignación de puntaje se calculará con la siguiente fórmula: (Porcentaje Evaluado / Porcentaje Máximo ofertado en la Licitación) * 3 3
● Horas comprometidas por cada profesional, según cartas de compromiso firmadas. Señalado en formulario B-2.
Si presenta = 5
No presenta = 0 2
vi) Criterio Valor Propuesta Económica (10 PUNTOS MÁXIMO): Por este criterio se evaluará la oferta económica más conveniente para la Entidad Licitante. El proponente, al tiempo de elaborar su oferta económica, deberá tener presente los costos asociados a la prestación de los servicios en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez de Campo, lo cual debe señalarse en Formulario C-1.
El puntaje se asignará de acuerdo a la aplicación de la siguiente fórmula:
(Menor precio ofertado en la Licitación / precio oferta evaluada) * Puntaje máximo (10)
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