PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o de los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o de los contratos que de ello se deriven;
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas;
c. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma;
d. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio;
e. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellas se derivasen:
f. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma; y
g. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PROCESO DE COMPRAS. |
a. Todas las comunicaciones que se practiquen en este proceso se deberán realizar única y exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. y dentro de los plazos establecidos en el CRONOGRAMA de las bases administrativas de la presente licitación.
b. Las respuestas y aclaraciones a las preguntas y consultas serán entendidas como interpretación a las presentes bases y los demás documentos que rijan este proceso en aquellos aspectos consultados.
c. Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el EMCO podrá modificar las bases y la documentación complementaria que rigen el proceso licitatorio, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o el correcto desarrollo del mismo, debiendo necesariamente extenderse el plazo fijado para el cierre de la recepción de ofertas en, a lo menos 5 (cinco) días hábiles, contados desde la total tramitación de la correspondiente resolución modificatoria, a fin de que los oferentes puedan oportunamente formular o adecuar sus ofertas, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, si existieren dudas relativas a las ofertas presentadas que no afectaren la transparencia del proceso, ni las ofertas, se podrá utilizar para efecto de aclarar ofertas posteriores al cierre de recepción de ofertas, cuyo contenido pareciere con dudas y tal como lo dispone la normativa de compras públicas, mediante el sistema de foro-inverso en el portal.
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DE LA INTERPRETACIÓN DE LAS BASES. |
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las bases, prevalecerá el criterio del EMCO, sin perjuicio de la facultad que le compete a la Contraloría General de la República, al Tribunal de Contratación Pública y/o a los Tribunales de Justicia.
Ante discrepancias en los formularios o calendarios del Sistema de Informaciones del portal www.mercadopublico.cl y en las bases de licitación, se estará a lo señalado en estas últimas, conforme al principio de estricta sujeción a las bases de la ley de compras públicas.
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DE LAS OFERTAS. |
Están compuestas por la oferta técnica y económica y los documentos anexos exigidos por las presentes bases.
Los oferentes podrán presentar cuantas ofertas estimen pertinentes, siempre y cuando ellas se ajusten a las bases y sean realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
Las propuestas que entreguen los oferentes tendrán el carácter de irrevocables, y estarán vigentes por un plazo de 60 (sesenta) días corridos (Art. 63 D/S 250), contados desde la fecha del cierre del plazo para presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
Los antecedentes administrativos, económicos y técnicos serán presentados en archivos separados, dentro de los campos que dispone el portal www.mercadopublico.cl.
Los gastos que demande participar en la presente propuesta y todos los derechos e impuestos que pudieren originarse con motivo de la misma, serán de cargo exclusivo de cada oferente. En consecuencia, el EMCO no responderá en caso alguno por impuestos, contribuciones, tasas, derechos fiscales, notariales, cargas o expensas de cualquier naturaleza, derivadas o vinculadas al proceso o a los actos que de él se deriven.
Sólo se considerarán en el proceso de licitación, las propuestas y documentos anexos presentados a través del portal www.mercadopublico.cl y en idioma español.
Se deja expresa constancia que todas las ofertas que limiten condicionen y/o restrinjan algunos de los términos y/o condiciones solicitadas en las bases, serán declaradas inadmisibles.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en los artículos 30 y 62 del DS. N° 250/2004, del Ministerio de Hacienda, las ofertas deberán ser enviadas por los oferentes y recibidas por la entidad licitante, a través del Sistema de Información. Excepcionalmente, se podrán recibir en soporte papel, en los términos y condiciones señalados en el artículo 62 del Reglamento precitado.
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DE LOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS. |
Los oferentes deberán identificarse mediante el Anexo A, y sus apéndices, documentos que deberán ser presentados a través del portal www.mercadopublico.cl., y deberán acompañar los siguientes documentos, sin perjuicio de la obligación legal de inscribirse en el portal (registro anterior), en el evento de que la licitación les fuere adjudicada:
- Declaración jurada simple del representante legal de la empresa, donde conste que ni los socios, ni los trabajadores, asesores o representantes comerciales de la empresa en que prestan servicios, les afecta causal de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado conforme a Anexo A, Apéndice 2 o 3 según corresponda;
Las personas jurídicas deberán acompañar, según corresponda, los siguientes antecedentes, los cuales serán exigidos al momento de contratar, posterior a la adjudicación y anterior a la entrega de la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato:
a. Fotocopia de R.U.T. del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal;
b. Copia de la escritura pública o del documento donde conste la constitución de la sociedad;
c. Copia de escritura pública donde conste la designación del representante legal con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente;
d. Certificado de vigencia de poder de los representantes de la sociedad, extendido por el Conservador de Bienes Raíces, con una data no superior a 90 (noventa) días anteriores a la fecha de cierre del período para efectuar ofertas;
e. Certificado de vigencia de la sociedad, con una data no superior a 90 (noventa) días anteriores a la fecha de cierre del período para efectuar ofertas.
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DE LA OFERTA TÉCNICA. |
Las ofertas emitidas por los proponentes, por la contratación que se licita, deberán comprender y contemplar los requerimientos técnicos específicos señalados en las bases técnicas establecidas en el Anexo B adjunto, y en las bases administrativas.
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DE LA OFERTA ECONÓMICA. |
La propuesta económica será expresada en MONEDA NACIONAL y a VALOR NETO. Estos antecedentes deben obligatoriamente ingresarse en el portal www.mercadopublico.cl., a través del Anexo D.
La oferta será pura y simple y de carácter irrevocable. No se aceptarán ofertas parciales.
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DE LA APERTURA |
portal www.mercadopublico.cl, según lo indicado en el cronograma de licitación.
Por el hecho de participar en la licitación, los proponentes se obligan a abstenerse de tomar contacto con cualquier persona que intervenga en el proceso de evaluación de las ofertas, hasta la decisión del mismo.
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DE LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
Las ofertas ingresadas serán objeto de un análisis de admisibilidad. En esta instancia se verificará la entrega, en tiempo y forma, de los documentos anexos señalados en estas bases.
Este análisis se aplicará en base a lo indicado en el Anexo C.
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DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
La evaluación tendrá por objeto:
1. Determinar si concurre alguna causal de inhabilidad que impida contratar con el EMCO.
2. Examinar y evaluar los aspectos administrativos, legales, técnicos y económicos presentados por los diferentes oferentes.
3. Evaluar y asignar puntaje, mediante un proceso estandarizado, a las ofertas presentadas.
La Comisión Evaluadora firmará cada oferta recibida, y el cuadro comparativo de precios de éstas, para posteriormente elaborar y firmar el Acta de la Comisión Técnica Evaluadora, documento que permitirá realizar la adjudicación del proceso de licitación a la empresa oferente mejor evaluada, conforme a su proposición, o en su defecto, su deserción. La comisión será conformada por los siguientes integrantes:
1. TCL. GASTÓN SOLAR CORREA, RUT N°10.049.018-8, Jefe Depto. Logístico de la DAG., o quien lo subrogue.
2. S1º NÉSTOR PINO BURGOS, RUT N° 13.141.919-8, Jefe Sección Mantenimiento de la DAG, o quien lo subrogue.
3. S1° CRISTIAN VILLEGAS OJEDA, RUT N° 13.740.192-4, Encargado de la oficina de mantención de la DAG, o quien lo subrogue.
El informe de evaluación será fundado, considerando todos los antecedentes exigidos y establecerá los puntajes y porcentajes asignados a cada una de las ofertas.
El detalle de los criterios de Evaluación, como también las fórmulas de cálculo y la matriz, se detallan en el ANEXO C.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora serán sujetos pasivos de la Ley Nº 20.730, por el tiempo que integren la comisión (art. 4 Nº 7 Ley 20.730).
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DE LA DESERCIÓN DE LAS OFERTAS |
El EMCO se reserva el derecho a declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes, o si del resultado de la evaluación técnica y/o económica, se concluye que las ofertas no son convenientes para sus intereses. Esto se informará mediante publicación de la Resolución fundada que así lo disponga, en el sitio www.mercadopúblico.cl. Esta declaración no dará derecho a los oferentes a indemnización de ningún tipo.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
El EMCO adjudicará la propuesta a la oferta mejor evaluada.
En el evento que el oferente adjudicado renuncie, abandone o no cumpla con alguno de los trámites posteriores a la adjudicación efectuada, el EMCO, si lo estima conveniente a sus intereses, podrá readjudicar esta propuesta al oferente que siga en puntaje de evaluación o declarar desierta la licitación.
Si la adjudicación no pudiese efectuarse dentro de los plazos determinados en el CRONOGRAMA, el EMCO informará en el portal los motivos del retraso, y se señalará el nuevo plazo para la adjudicación, mediante resolución fundada, la que será publicada, y conforme a los numerales 21 y 22 de estas bases.
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DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES EN LA ADJUDICACIÓN. |
En caso que dos o más oferentes presenten empates en la evaluación final de sus respectivas ofertas, se adjudicará la licitación al proponente que presente el mejor puntaje Criterio Técnico, procedimiento que será aplicado en cada uno de los criterios siguientes indicados hasta que se produzca el desempate, de persistir el empate en el Ponderador Económico (PRECIO). Si persiste el empate, se adjudicará el proceso al que presente el mejor puntaje a partir del primer, se preferirá al oferente que haya ingresado primero su oferta.
En caso de empate detectado en el proceso de evaluación de ofertas, el Estado Mayor Conjunto resolverá de la siguiente manera: Conforme a los criterios de evaluación establecidos, se resolverá adjudicar a aquella empresa que obtenga el mayor puntaje en Oferta por Deducible en caso de persistir el empate se adjudicará a la empresa que obtenga el mayor puntaje en Oferta Económica.
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DE LAS NOTIFICACIONES DE ADJUDICACIÓN. |
En el caso de que el EMCO no adjudicara la licitación dentro de los plazos señalados, deberá informar en el Sistema de Información, señalando las razones que justifiquen el incumplimiento del proceso de adjudicación dentro del plazo informado en estas bases.
Hecho lo anterior, el EMCO deberá señalar un nuevo plazo de adjudicación el que no será inferior a 5 (cinco) días hábiles contados desde la publicación de la Resolución en el portal www.mercadopublico.cl.
La Notificación de la adjudicación, como de la emisión de las órdenes de compra, se realizará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
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DEL NO CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS. |
En el caso de que el EMCO no cumpla dentro de los plazos señalados en el CRONOGRAMA de la presente licitación, deberá informar en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, señalando las razones que justifiquen el incumplimiento del proceso de adjudicación dentro del plazo informado en estas bases.
Hecho lo anterior, el EMCO deberá señalar un nuevo plazo, el que no será superior a 10 (diez) días hábiles contados desde la publicación de la Resolución en el portal www.mercadopublico.cl.
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DE LAS GARANTÍAS. |
Para el presente proceso licitatorio no se pedirá Garantía.
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DE LA INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO. |
Al momento de la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá acreditar su inscripción y habilidad para contratar con el Estado, en el portal www.chileproveedores.cl.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes cerciorarse que los referidos antecedentes se encuentren disponibles en el portal “Chile Proveedores”, y que cumplan con los requisitos solicitados.
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DEL CONTRATO Y SU SUSCRIPCIÓN. |
El servicio de mantenimiento que se desea contratar mediante la presente licitación, consiste en bienes estándar de simple y objetiva especificación, razón por la cual, el contrato se perfeccionará únicamente mediante la emisión y aceptación de la respectiva orden de compra, de acuerdo a lo señalado en el artículo 63 del Decreto Supremo N° 250 que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886.
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DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. |
Serán obligaciones del prestador de los servicios entre otras, las siguientes:
a. Dar cumplimiento a todo lo establecido en el respectivo contrato, en las presentes bases administrativas, en las bases técnicas, a las consultas, a las aclaraciones y sus respuestas, si las hubiere y su oferta adjudicada.
b. Los salarios, sueldos o emolumentos de cualquier naturaleza que se paguen a los trabajadores en ningún caso podrán ser inferiores a la remuneración mínima vigente y serán de cargo exclusivo del contratista al igual que las imposiciones previsionales que corresponda, debiendo dar cumplimiento íntegro y oportuno a las obligaciones laborales y previsionales.
c. No está permitida la subcontratación total o parcial de los servicios estipulados en el contrato, salvo cuando lo dispongan las bases en particular, por tratarse de servicios especiales, en donde se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del Contratista. El mandante no será responsable de las obligaciones de orden laboral, legal o contractual en que incurriere el oferente adjudicado en el caso de que tuviere obligaciones pendientes con sus trabajadores subcontratados, siempre y cuando las bases administrativas lo autorizaran.
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