Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión de Evaluación de ofertas podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Asimismo, la entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la ofertas siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para dichas aclaraciones y presentaciones de antecedentes se otorgará un plazo fatal de 25 horas, contados desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Si después de ese plazo el oferente no ha respondido a la solicitud se entenderá que no está interesado en aclarar su oferta y la comisión podrá declarar inadmisible la propuesta por no contar con los antecedentes suficientes para ser evaluada.