Licitación ID: 2745-20-L124
Reparaciones de Internado Escuela G-28
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE ANGOL, EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 28
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
Reparaciones de Internado Escuela Regimiento Húsares, comuna de Angol  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Reparaciones de Internado Escuela G-28
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes Bases administrativas tienen por objeto mejorar los espacios físicos del internado de la Escuela Regimiento Húsares para los estudiantes usuarios del establecimiento.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE ANGOL
Unidad de compra:
EDUCACION
R.U.T.:
69.180.100-4
Dirección:
Lautaro 89
Comuna:
Angol
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-06-2024 15:39:00
Fecha de Publicación: 12-06-2024 13:03:42
Fecha inicio de preguntas: 12-06-2024 15:38:00
Fecha final de preguntas: 15-06-2024 15:38:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-06-2024 15:38:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-06-2024 15:40:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-06-2024 15:40:00
Fecha de Adjudicación: 26-06-2024 12:54:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- declaracion jurada
Documentos Técnicos
1.- Anexo Oferta tecnica
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Debe cumplir con toda la documentación solicitada en las bases (Cumplimiento de los requisitos formales)10%, el que no cumpla se ponderará con 0% 10%
2 Precio Precio mínimo ofertado * 60/ Precio ofertado X 60%
3 Comportamiento contractual anterior Se considera el comportamiento base de las empresas analizando a través de sanciones aplicadas, multas u otros de los últimos 24 meses previos a la fecha de la apertura de la propuesta. Se corroborará a través de información que se indica en la ficha de mercado público. Comportamiento base sin observaciones: 10% Comportamiento base con observaciones: 0% 10%
4 Desarrollo local Considerando materias de alto impacto social, el desarrollo local se comprobará con datos indicados en declaración jurada o en defecto en la ficha del proveedor del portal mercadopublico.cl, en caso de existir Unión Temporal de Proveedores, se considerará el domicilio del representante legal de la UTP. Angol = 20% IX o VIII Región = 15% Otras Regiones= 10% No indica o informa= 0% 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Mantenimiento
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Boris Gonzalez Inostroza
e-mail de responsable de pago: boris.gonzalez@educangol.cl
Nombre de responsable de contrato: Boris Gonzalez
e-mail de responsable de contrato: boris.gonzalez@educangol.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2657820-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Porque se está utilizando como criterio el comportamiento base, por tanto, la obra debe ejecutarla el adjudicado.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Angol
Fecha de vencimiento: 12-06-2025
Monto: 5 %
Descripción: Deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, se deberá entregar esta garantía, en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, en la Dirección de Educación Municipal de Angol, dirección Lautaro N° 89 Angol hasta las 14:00 hrs., en un sobre con los datos del proveedor (Razón social, RUT, Dirección, tomada a nombre del proveedor, Teléfono de contacto, Correo Electrónico, número de la garantía y número de la licitación) En caso de cualquier contingencia justificada que impida la entrega de la garantía por parte del proveedor que sea ajena a su responsabilidad se considerara la misma para efectos de gestión del contrato. Si ésta se otorga de manera electrónica, deberá ajustarse a lo indicado en el artículo 31 del reglamento de compras públicas y a la ley 19.799. Dicha garantía deberá enviarla al correo dem@educangol.cl. El cobro de esta garantía se realizará en el caso de los incumplimientos mencionados en las bases y en el contrato, en el caso que exista ampliación del contrato, el proveedor deberá renovar la garantía con nuevos montos y plazos. Esta garantía será cobrada por la Dirección de Educación Municipal de Angol en caso que se realice término anticipado del contrato, según punto 9.17. “Término anticipado del contrato” de las presentes bases administrativas.
Glosa: Garantía de fiel cumplimiento de contrato para “Reparaciones de Internado Escuela Regimiento Húsares, comuna de Angol”.
Forma y oportunidad de restitución: Efectuada la recepción provisoria de la obra, y una vez aprobado el decreto de devolución de la misma, será devuelta en la oficina de Tesorería de la Ilustre Municipalidad de Angol.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato según el plazo establecido, no acepta la orden de compra en el plazo establecido o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de empate se adjudicará al oferente que obtenga la mayor ponderación en Precio, luego por Desarrollo Local y si persiste se adjudicará por Comportamiento Base.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Se recibirán y contestarán a través del correo electrónico gerar.uribe@educangol.cl , hasta 5 días desde la adjudicación, las que posteriormente serán adjuntadas en el portal.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

De la readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato según el plazo establecido, no acepta la orden de compra en el plazo establecido o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Apertura y Admisibilidad
Se determinará la admisibilidad de las propuestas, debiendo comprobarse que se haya efectuado en la forma establecida en las presentes bases, de lo contrario su oferta será rechazada y no entrará en la evaluación, en el caso de no cumplir con lo siguiente: - Que, no sobrepase Presupuesto Disponible, según punto 7. “Monto, Duración y Subcontratación” - Que, cumpla con lo estipulado en el punto 9.19 “Duración del Contrato de Ejecución de Obras”. - Que, Anexe Itemizado de acuerdo al formato anexado.
Cumplimiento de requisitos formales
En el caso que el oferente omita algunos de los documentos solicitados en Cumplimiento de los requisitos formales, se podrán solicitar por medio de aclaración de oferta, pero la falta de ésta documentación indicará un 10% menos como se indica en los criterios de evaluación, y se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y se verificará la siguiente documentación que debe estar vigente, legible y visualmente claros, de no cumplir con lo indicado no se tomarán en consideración para su evaluación: - Que, anexe Declaración Jurada Simple - Que, anexe Anexo técnico (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar). - Que, anexe Carta Gantt. - Que, anexe Identificación del Oferente.
Modificación de Bases
Se podrán modificar los documentos de la Licitación ya sea por iniciativa propia de la Dirección de Educación Municipal de Angol o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación y hasta la entrega de las aclaraciones informando de ello, a través del portal Mercado Público. Las modificaciones a las presentes bases deben ser autorizadas por Decreto Alcaldicio.
Consultas y aclaraciones durante la publicación
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación durante su publicación, deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público y en visita a terreno. Las respuestas en el portal se pondrán a disposición de los proponentes de acuerdo a la calendarización del foro entregado por el portal Mercado Público. Se responderá cada consulta sin hacer mención al participante que la haya formulado.
Presentación de ofertas
El proceso de licitación que se regula por las presentes bases se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, de tal forma que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del mencionado portal. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al señalado y será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. La documentación anexada debe ser claramente visualizada, en el caso que sean fotografías que no se identifique de manera clara, no se considerará ya sea para la evaluación o admisibilidad. Debe verificar los archivos que anexarán, ya que, si estos se encuentran dañados, no se considerarán para su evaluación o admisibilidad.
Consideraciones Generales
El Municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna, a aquellos proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes Bases. Una vez realizada la Apertura de las Ofertas, el Municipio podrá solicitar, a cada uno de los Proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su Oferta. Estas aclaraciones serán respondidas por parte de los proponentes a más tardar en 2 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.
recepción conforme
La recepción conforme será realizada por el inspector técnico de la obra (ITO) quién deberá verificar que los trabajos fueron realizados según lo dispuesto en las especificaciones técnicas, además de constatar que la calidad de suministros y materiales fueron los correctos, y verificar la calidad de la ejecución de los servicios contratados. En el caso que existan observaciones por parte del ITO, éstas deberán ser subsanadas en el plazo que el ITO indique, de lo contrario no se dará la recepción conforme.
Forma de pago
La Municipalidad pagará, los trabajos realizados en 1 estado de pago, previa revisión y certificación de la obra por parte del ITO y previa entrega de los antecedentes. a) Antecedentes: - Factura. - Nómina de trabajadores emitido por el proveedor. - Contrato de trabajadores. - Liquidaciones de sueldos de trabajadores. - Cotizaciones Previsionales, pagadas. - Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, emanado por la Inspección del Trabajo Oficina Angol (F30-1). - Set fotográfico (6 fotos). b) Plazo de Pago El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la Factura en la Dirección de Educación Municipal o área que corresponda la compra, pudiendo extenderse hasta 45 días corridos en el caso excepcional de alguna contingencia justificada. c) Recepción Conforme La recepción conforme de los servicios y la certificación de la factura correspondiente será realizada por el Inspector Técnico de la Obra o quien lo subrogue. d) Una vez entregado la totalidad del servicio, la factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Angol, RUT. N° 69.180.100-4, la cual debe ser enviada al correo facturas@educangol.cl o hacerla llegar a la Dirección de Educación Municipal de Angol, Lautaro N° 89 Angol. e) Lugar de Pago Transferencia o cheque, el cual deberá ser retirado por el proveedor, en las oficinas de la tesorería municipal ubicadas en calle Pedro Aguirre Cerda N° 509 de la comuna de Angol. La falta o la omisión de alguno de los antecedentes solicitados, genera el no pago del Estado de Pago respectivo.
Vigencia de la oferta
La oferta económica presentada por cada uno de los oferentes, deberá mantener una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta, la cual será extendida en el caso de cualquier contingencia en común acuerdo con el oferente.
Adjudicación
EL plazo para adjudicar será de un máximo de 30 días corridos luego de la apertura electrónica, y no requerirá de una Comisión Evaluadora, la propuesta sé evaluará de acuerdo a la información indicada en los anexos solicitados y los criterios de evaluación por el encargado de adquisiciones disponible de la Dirección de Educación Municipal de Angol.
Unión temporal de proveedores, UTP
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. La UTP que no acredite al momento de contratar que se ha formalizado de la manera antedicha, que no contemple la solidaridad de las obligaciones o bien, que no contemple un plazo de duración al menos igual al de la vigencia del contrato, no dará cumplimiento a las presentes Bases y por ende la Municipalidad podrá readjudicar al oferente que sigue en puntaje o declararla desierta si fuese la UTP el único proveedor.
Para todos los efectos de la oferta como Unión Temporal de Proveedores, aplica el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y Directiva N°22 de Chile Compra.
Contrato
Considerando que esta licitación se formalizará con la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. (Art. 63 Reglamento de Ley N°19.886), lo indicado en las presentes bases será parte integral para el buen funcionamiento, o término de entrega de los productos en el caso de no cumplimiento.
termino anticipado del contrato
La Dirección de Educación Municipal de Angol podrá dar término administrativamente y en forma anticipada y sin derecho a indemnización, al contrato en los siguientes casos: A) Si el contratista, por causa que le sea imputable, no iniciare las obras dentro del plazo máximo de 10 días corridos contados desde la fecha de entrega de terreno. B) Por paralizar las obras más de 10 días corridos sin causa justificada, debidamente calificadas por el Inspector Técnico de la obra. C) Por reiterados incumplimientos de las órdenes e Instrucciones impartidas por la inspección, relacionadas con la ejecución de la obra. D) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del Contratista cuando tenga documentos comerciales protestados o se encuentre en mora en el pago de las obligaciones previsionales o tributarias. E) Por modificación o alteración de las obras contratadas, sin la debida autorización del inspector Técnico de la Obra. F) Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, siempre que tengan la calidad de miembros del Directorios, Apoderados o bien que tenga la Administración de la sociedad, sea por acto constitutivo o por delegación. G) Si las obras presentan defectos graves que no pudieran ser reparadas o comprometieran la seriedad de ellas u obligaren a modificaciones sustanciales del proyecto, sin perjuicio que la Municipalidad adopte las medidas que estime procedentes. H) Si el contratista fuere una sociedad y se disolviera. I) Por fallecimiento del contratista, cuando se trate de persona natural. J) Por atraso notorio en la ejecución de las obras (más de un 100% del plazo Contractual), situación Debidamente Calificada por el Inspector Técnicas de ellas. K) Cuando las multas aplicadas superen el 5% del monto adjudicado. L) Si no cumple con lo estipulado en el punto 9.28 “Encargado de la Obra” de las presentes bases administrativas. Las partes contratantes, de común acuerdo, podrán poner término anticipado al contrato cuando por razones de carácter técnico o financiero sea aconsejable. En todo caso, la Municipalidad siempre podrá cobrar la garantía correspondiente, que se haya otorgado para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Entrega de terreno
Dentro del plazo de cinco días corridos contados desde la fecha del decreto que aprueba la suscripción del contrato respectivo se procederá a efectuar la entrega de terreno por parte de la Unidad Técnica, suscribiéndose el acta correspondiente. A contar de ese momento, el contratista es responsable de la obra y se da inicio al plazo de esta hasta la recepción provisoria de ella.
duracion del contrato de ejecución de orbas
La ejecución de la obra deberá realizarse en 10 días corridos, no se aceptarán ofertas inferiores o superiores. Si la empresa, por razones ajenas a su voluntad constata que dicho plazo no es suficiente, deberá solicitar por escrito a la Municipalidad de Angol, un aumento de plazo, de hasta un 50% del total del tiempo estimado para la ejecución de la obra, argumentando las causales de dicha solicitud, deberán quedar registrados en el libro de obras, la cual puede ser rechazada o autorizada, dependiendo de las razones aludidas para ello. En todo caso, la petición de aumento de plazo deberá efectuarse antes del vencimiento del contrato.
Multas
En caso de cualquier contingencia como: Terremoto, corte de luz, inundación, tomas del establecimiento, pandemias o cualquier otra circunstancia ajena a la responsabilidad del adjudicado, deberá respaldarse por certificado firmado por el ITO que corresponda del establecimiento o área donde se está gestionando la compra, para él no cobro de la multa indicada. Además, la Dirección de Educación Municipal de Angol, tendrá la facultad de anular administrativamente el contrato, en los casos de incumplimiento por parte del oferente, quien no podrá alegar por daños y costos incurridos, no dando derecho a indemnización posterior de ningún tipo. Si los sueldos no coinciden según criterio de evaluación de condiciones de empleo y remuneración, siendo menores a los estipulados en la declaración jurada presentada en la postulación, se le cursará una multa de 2 UTM por cada trabajador que presente incumplimiento. La multa será de 2%, por día de retraso, del valor neto, la cual será notificada al proveedor por el ITO a través de carta certificada, considerar que no se dará acuso de recibo del Servicio de Impuestos Internos a la factura, dejando pendiente el último estado hasta que sean pagadas las multas correspondientes.
Forma de pago de multas
El valor de la multa deberá ser pagado en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la misma, ingresando dicho monto en dinero efectivo en la caja de la Tesorería Municipal. Una vez realizado el pago de la multa, el oferente deberá presentar en la Dirección de Educación Municipal de Angol el comprobante de pago de multas (copia de la orden de ingreso que se le entrega en caja), la cual será anexada en conjunto con un informe del ITO, quedando pendiente el último estado de pago hasta que ingrese el comprobante del pago de la multa. Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en moneda nacional. Si el oferente multado no pagare la multa aplicada, el municipio no efectuará el pago de la factura emitida, hasta que ello se concrete. El contratista tendrá 5 días hábiles para presentar los descargos de las multas en forma escrita mediante carta dirigida al Alcalde, quien tendrá 10 días hábiles para resolver los descargos.
Reclamo
Se realizará reclamo en la ficha del proveedor del portal www.mercadopublico.cl cuando: - Se efectúe el término anticipado del contrato. - Se haga cobro de multa. - Si el proveedor no cumple con el plazo de entrega establecido.
Procedimiento de impugnación
Las multas serán notificadas al proveedor adjudicado por el ITO a través de carta certificada. El proveedor adjudicado podrá apelar mediante carta dirigida al alcalde de la Municipalidad de Angol en un plazo de 5 días hábiles contados de la notificación de la multa, dicha carta deberá ser ingresada en la oficina de partes de la Municipalidad de Angol El alcalde, en el plazo de 10 días hábiles, resolverá, fundadamente pudiendo dejar sin efecto, rebajar o mantener la multa. La Municipalidad de Angol queda facultada para poner término anticipado del contrato cuando las multas aplicadas superen el 5% del monto adjudicado.
disminución de partidas
No se considera disminución de partidas, salvo que sea producto de alguna modificación de la obra o partidas consideradas dentro de lo establecido en Modificaciones de Obras y Modificaciones de Partidas.
modificaciones de obras y modificaciones de partidas
El mandante podrá ordenar con el fin de llevar a un mejor término de la obra contratada, modificaciones que signifiquen aumento o disminuciones de obras, la ejecución de obras nuevas o extraordinarias, el empleo de materiales no considerados, o modificación de partidas, suscribiéndose las modificaciones del contrato correspondiente. En el caso de disminución de obra, los valores a descontar corresponderán a los precios unitarios respectivos contenido en el presupuesto compensado, teniendo en consideración los plazos que procedan. En las otras modificaciones deberán convenirse con el contratista los precios, teniendo en consideración aquellos estipulados en su oferta y los plazos que procedan. El monto total de las obras que se intervengan en base a lo señalado en esto artículo, no podrá ser superior a un 30% del valor de contrato original. A falta de acuerdo, en caso de urgencia, podrá disponerse la realización de estas obras, pegándose al contratista los gastos directos comprobados de ellas, más un porcentaje de esos valores para compensar los gastos generales y de utilidad, porcentaje que considera con el establecido por el contratista en su oferta. El pago se efectuará una vez aprobado por el Decreto Alcaldicio el detalle y justificación de dichos gastos.
obras accesorias
Salvo indicación expresa, el costo de todas las obras accesorias necesarias para realizar las contratadas se consideran incluidas en las partidas del contrato y en las de sus posibles aumentos. Por lo tanto, y sin que el siguiente detalle sea limitativo, no podrán ser cobrados por el Contratista como obras extraordinarias, a modo de ejemplo, los caminos de acceso, instalaciones de cualquier tipo, habilitaciones, pozos, disposición final de las ventanas, puertas, protecciones, mamparas y otros que vayan a ser retirados, y que deberán ser trasladados a un lugar de acopio señalado por el mandante. Las adquisiciones o concesiones destinadas a provisión de materiales y demás licencias o permisos que se requieran para la ejecución de las obras, serán de cargo del Contratista.
De la inspección técnica de la Obra
La Municipalidad designara como inspector técnico de la obra (ITO) a un profesional competente de la Dirección de Educación Municipal de Angol, quien deberá, entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezca la ejecución de las obras, la calidad de suministros y materiales, interpretar los planos y especificaciones del proyecto, verificar la calidad de la ejecución, seguir el cumplimiento de las medidas de seguridad de las personas e instalaciones, controlar el cumplimiento de programa de ejecución y de las especificaciones técnicas, etc. En general, le corresponderá velar por la correcta ejecución de la obra y cumplimiento del contrato hasta la liquidación de éste. De ser necesario la Municipalidad designará como asesor técnico de la obra (ATO) aun profesional competente de la ilustre Municipalidad de Angol, quien deberá, entre otras funciones, asesorar y apoyar a la inspección técnica de la obra. El contratista debe mantener permanentemente en la obra bajo custodia y responsabilidad, un libro foliado, autocopiativo en triplicado, que se denominara “libro de Obra”, este libro es el documento oficial donde quedar constancia al menos de: a) Las órdenes del ITO, la unidad Técnica o Mandante que, dentro de los Términos del contrato, se impartan al contratista. b) Las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos. c) Las observaciones que pudieran estampar los proyectistas con la aprobación de la ITO. d) Cualquier otra comunicación de orden técnico que deba realizarse entre el contratista, ITO y/o profesionales proyectistas. El libro comenzara indicando la fecha de entrega de terreno y continuara señalando los hechos más importantes durante el curso de la ejecución de los trabajos, en especial el cumplimiento por parte del contratista de las obligaciones que le impone el contrato. Todas sus hojas deberán estar firmadas por la Inspección Técnica y por el Contratista, para que se le considere que se ha tomado conocimiento de lo allí consignado. En caso que el contratista se niegue o no pueda firmar, se dejará constancia de ello y de sus fundamentos. El nombramiento de ITO se hará mediante Decreto Alcaldicio, dependerá de la Dirección de Educación Municipal y podrá modificarse la designación del funcionario, si el mandante lo estima necesario. El Inspector podrá hacerse asesorar por otros profesionales, quienes solo le podrán hacer proposiciones a este, pero no impartir órdenes o hacer observaciones directamente al contratista, todo lo cual debe ser canalizado debidamente a través del Inspector. El Contratista deberá someterse a las órdenes del Inspector Técnico, El cual deberá dejarlas consignadas en el Libro de Obra y conforme a los términos y condiciones del contrato. De tales órdenes el contratista podrá apelar ante Director de Educación Municipal, dentro de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha que se le comunique la respectiva orden, sea sobre la obra u otros aspectos que se relacione con el contrato. El Director de Educación Municipal de Angol resolverá la apelación dentro de un plazo de cinco días hábiles. Si el contratista no apelase o si su apelación fue rechazada y se resistiese a acatar las órdenes impartidas, el Mandante podrá suspender la trasmisión de los estados de pago y aplicar los fondos retenidos al Contratistas, y aun el depósito de garantía, si fuese necesario, para dar cumplimiento a las órdenes. Podrá, asimismo, según la gravedad del caso, poner término anticipado al contrato de acuerdo a lo establecido en las presentes bases. El Inspector podrá ordenar el retiro fuera de la zona de faenas, de los materiales que sean rechazados por la mala calidad, cuando a su juicio exista el riesgo de que dichos materiales sea empleados en la obra sin su conocimiento. El Inspector velara por el cumplimiento de la contratación de la mano de obra ofertada, pudiendo retener el estado de pago sino cumple lo señalado. En consecuencia, la Inspección Técnica está facultada para rechazar materiales llegados a la obra, suspender faenas cuando se compruebe incumplimiento de las Especificaciones Técnicas correspondientes, exigir ensayos cuando le merezca duda la calidad de la obra o cuando su juicio, sea necesario. Todo reclamo o solicitud de Contratista que se relacione con los trabajos, salvo las apelaciones antes señaladas, deberán presentarse por escrito al Inspector, quien, si fuese necesario, lo enviara con el informe correspondiente a la Unidad Técnica para su resolución o para que se someta a la consideración del Alcalde. Se deja constancia que la labor de inspección no constituye en ningún caso aceptación ni aprobación parcial o total en la ejecución de las obras por parte del Mandante. En ningún caso el Contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos, o negarse a reconstruirlos bajo pretexto de haber sido aceptadas por el Inspector Técnico.
Encargado de la obra
El contratista deberá designar una persona que esté a cargo de la obra, que deberá cumplir los siguientes requisitos: • Estar presente 100% en el lugar de obra. • Experiencia de a lo menos 2 años, se acreditará con certificado de título. Si el encargado de la obra, debiera ausentarse de la misma por un periodo superior a tres días, el contratista deberá informar ITO y dejar un representarse autorizado por dicho Inspector. Si el contratista no da cumplimiento con este requerimiento el ITO podrá cobrar una multa diaria de 1 UTM por cada día de ausencia.
Ampliación de plazo de la Obra
Se podrá ampliar el plazo de la obra en el caso que exista cualquier contingencia como: Terremoto, corte de luz, inundación, tomas del establecimiento, pandemias o cualquier otra circunstancia ajena a la responsabilidad del adjudicado, deberá respaldarse por certificado firmado por el ITO que corresponda del establecimiento o área donde se está gestionando la compra, para él no cobro de la multa indicada.
Obligaciones pecuniarias del contratista
Será obligación del oferente favorecido con la adjudicación de la propuesta, el pago de todo tipo de valores, derechos, permisos, honorarios y otros que se produzcan o devenguen con motivo u ocasión del permiso de edificación exigido por la DOM y su respectivo contrato. A título meramente ilustrativo y sin que su enunciación sea limitativa, le corresponderá el pago de derechos y certificados necesarios emitidos por servicios públicos y privados, para obtener la recepción municipal, provisoria y definitiva de construcción, impuestos, derechos notariales, etc.
obligaciones del contratista
El Adjudicado deberá cumplir todas las instrucciones y/o disposiciones de carácter técnico administrativo que la Municipalidad de Angol le imparta, mediante las presentes bases y especificaciones técnicas, que asegure una correcta ejecución de la obra. Para los efectos de Responsabilidad Técnica que asume el contratista, este deberá contar con un representante en terreno, que estará debidamente autorizado y facultado para actuar en su nombre. El contratista es el único responsable de la operación integra de los trabajos encomendadas, tanto en su fase técnica, financiera y económica. Para la ejecución de la obra deberá proveer todos los equipos y elementos de cualquier naturaleza, necesarios para su correcta realización. Los trabajos deberán efectuarse de acuerdo con la calidad prevista en las Especificaciones Técnicas y de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Inspección Técnica de la Dirección de Educación Municipal de Angol. El contratista se compromete a observar la legislación vigente para todas las materias que involucre la presente propuesta. La Municipalidad de Angol, deja expresa constancia que cualquier contravención de las leyes vigentes en que incurra el contratista, ya sea en materias laborales, tributarias y otras, será de exclusiva responsabilidad de este. La Municipalidad de Angol, no tendrá obligación ni responsabilidad alguna con el personal que trabaje o preste servicio para el contratista.
medidas de seguridad
Serán las establecidas por la Unidad Técnicas, de acuerdo a la normativa vigente. El contratista es responsable de la obra a contar de la fecha de entrega de terreno hasta la Recepción Definitiva de ella. Sin perjuicio de lo anterior, decretada la Recepción Provisoria de la Obra, el Mandante la usará y explotará como estime conveniente. El contratista deberá convenir los seguros que estime pertinentes al resguardo de la obra y de los bienes involucrados en ella, como asimismo los daños que puedan ocasionarse a terceros o al mandante.
Daños a instalaciones de terceros
El contratista deberá adoptar todas las medidas de precaución para evitar cualquier daño a la propiedad ajena y o Municipal, incluyendo edificaciones, cercos, caminos, senderos, árboles, que se encuentren ubicados en o cerca del sitio de las obras, y no se demolerán o retirará ninguna construcción, sin conocimiento previo de la Inspección de la Técnica, lo cual no eximirá al Contratista de su responsabilidad por eventuales daños a terceros. El Contratista en la ejecución de las obras (sea que se trate de zanjas, excavaciones, demoliciones o faenas de bombeo etc., deberá adoptar las medidas necesarias para no afectar edificaciones o propiedades próximas a las obras y asumirá la responsabilidad de subsanar cualquier daño que en la opinión del Inspector Técnico sea atribuible a la realización de las obras, o a consecuencia de ellas, incluidos asentamiento o vibración. El contratista responderá por las indemnizaciones y/o pagos que tengan su origen en la ocupación temporal de terrenos, corte de árboles u otros (si correspondiera), y cualquier daño será subsanado por el Contratista, sin cargo para el Municipio.
consumos básicos
El pago de los consumos de Servicios Básicos tales como Luz, Agua, Teléfono, Gas, arriendo de locales, etc., que se originen de la obra durante el tiempo de su ejecución hasta la recepción definitiva, será de responsabilidad del Contratista. En el evento que se encontraran impagos los consumos, el Mandante podrá descontar los valores correspondientes al estado de pago y/o retenciones y/o garantías si aquellos no fuesen suficientes. Ello se realizará administrativamente y sin forma de juicio.