Licitación ID: 761-10-LE20
AUDITORIA CUENTA JUSTIFICATIVA PROGRAMA E367542019
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO, Ministerio del Interior - Subsecretaría de Desarrollo Regional
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Productos o servicios
1
Servicios de auditoria gubernamentales 1 Unidad
Cod: 93151607
AUDITORIA FINAL CUENTA JUSTIFICATIVA E36754-2020  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
AUDITORIA CUENTA JUSTIFICATIVA PROGRAMA E367542019
Estado:
Revocada
Descripción:
SERVICIOS DE AUDITORÍA FINAL A LA CUENTA JUSTIFICATIVA DEL PROGRAMA “APOYO A LA REDUCCIÓN DEL DÉFICIT DE COBERTURA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL MARCO DE LAS METAS DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO PARA CHILE E367542019
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO
Unidad de compra:
Ministerio del Interior - Subsecretaría de Desarrollo Regional
R.U.T.:
60.515.000-4
Dirección:
TEATINOS 92 PISO 2°
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-05-2020 15:30:00
Fecha de Publicación: 20-03-2020 14:04:00
Fecha inicio de preguntas: 23-03-2020 9:00:00
Fecha final de preguntas: 30-03-2020 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-04-2020 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-05-2020 15:45:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-05-2020 15:45:00
Fecha de Adjudicación: 10-06-2020 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 25-05-2020
Fecha estimada de firma de contrato 19-06-2020
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 7 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
ENTREGA GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA SEGÚN INDICADO EN BASES. 25-05-2020 15:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- V. BASES ADMINISTRATIVAS 1. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Las propuestas se presentarán EXCLUSIVAMENTE a través del Sistema de Información y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, mediante formularios separados que contendrán: 1.1. Oferta Técnica Deberá cumplir con todas las exigencias y especificaciones señaladas en las Bases o Especificaciones Técnicas referidas en el acápite IV precedente. En consecuencia, el oferente deberá acompañar a través del portal www.mercadopublico.cl, la siguiente información para su evaluación. Todos los Anexos se deberán acompañar en el formato original contenido en esta licitación. La oferta técnica, además, debe indicar la muestra de justificantes acreditativos de gasto que se va a revisar. Los anexos que deben ser presentados por el oferente al momento de su postulación, son los siguientes: Anexos Administrativos: 1. Anexo N° 1. Formulario de Identificación del Oferente que adjunta Copia simple del Certificado del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo en el que consta la personería vigente del/los representantes/s legal/es, en el caso de las personas jurídicas. 2. Anexo Nº 2-A (personas naturales) y Anexo 2-B (personas jurídicas) Declaración Jurada Simple de idoneidad para contratar con el Estado. Si fuere el caso, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá firmar esta declaración y en el caso de afectar una causal de inhabilidad a alguno de ellos, la Unión Temporal deberá decidir si continúa con el resto de los integrantes no inhábiles o si se desiste de participar en el proceso de contratación. 3. Anexo N° 3 Formulario de Declaración Jurada Simple “Pacto de Integridad” 4. Anexo N°4 Declaración Jurada Simple sobre "Acuerdo de No Divulgación" Anexos Técnicos: 5. Anexo N° 5 Propuesta Técnica 6. Anexo N° 6 Currículum del proponente señalando la experiencia laboral en el ámbito de Auditoría 7. Anexo N° 7 Currículum de los integrantes del equipo humano de los auditores señalando su experiencia profesional en el ámbito de auditoria, especificando quien desempeñará el rol de jefe de proyecto.
Documentos Técnicos
1.- IV. BASES O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1. INTRODUCCIÓN La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), es una Entidad de Derecho Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe (SECIPIC), cuyo objetivo es gestionar y ejecutar las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo, particularmente los recogidos en el Plan Director en vigor cada cuatro años. La lucha contra la pobreza es el objetivo final de la política española de cooperación internacional para el desarrollo. Ésta es parte de la acción exterior del Gobierno de España y está basada en una concepción interdependiente y solidaria de la sociedad internacional. La Declaración del Milenio y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) configuraron una agenda y metodología común en la lucha contra la pobreza, convirtiéndose en referente de la política española de cooperación internacional. En la actualidad sigue las directrices del V Plan Director de la Cooperación Española, con atención a los elementos transversales de la Cooperación Española: el enfoque basado en los derechos humanos y las libertades fundamentales, la perspectiva de género, la calidad medioambiental y el respeto a la diversidad cultural, en consonancia con la nueva Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. En este contexto, en el marco de las subvenciones otorgadas por el Gobierno de España a través del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS), de la AECID, dirigido a financiar las actuaciones de la política española de cooperación internacional para la mejora del acceso a agua potable y saneamiento en poblaciones necesitadas de América Latina y el Caribe, SUBDERE ha sido beneficiario de la subvención de cooperación internacional concedida por Resolución del 17 de noviembre de 2009. Como agente financiero del FCAS, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Gobierno de España suscribió con el Gobierno de Chile un Convenio de Financiación con fecha 13 de mayo de 2010, a objeto de materializar proyectos de agua potable y saneamiento en el sector rural de Chile, en localidades de población de extrema pobreza que habita en condiciones de marginalidad sanitaria. 2 ANTECEDENTES Mediante el Decreto N° 493 del 17 de mayo del 2010 y sus respectivos anexos, se aprueba el Convenio de Financiación celebrado entre el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en nombre del Gobierno de España y la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior. El Gobierno Español ha aprobado la concesión de una ayuda no reembolsable por un aporte de 6.765.900 euros trasferidos a favor de la SUBDERE con fecha 20 de octubre del año 2010, dirigido a prestar apoyo para la reducción del déficit de cobertura de agua potable y saneamiento en el marco de las metas de los objetivos de desarrollo del milenio para Chile, financiamiento que viene a complementar el Programa de Saneamiento sanitario de esta Subsecretaría. Dichos recursos serán utilizados preferentemente por zonas afectadas por el Terremoto de fecha 27 de febrero del 2010 en poblaciones de ruralidad y sin cobertura de agua potable y saneamiento. Objetivo General del Convenio: Reducir déficit de cobertura de agua potable y saneamiento con soluciones costo-eficientes y sostenibles, financiando los siguientes componentes por proyecto: • Componente I: Apoyo a la ejecución del programa • Componente II: Diseño y construcción de proyectos de agua potable, saneamiento y renovación de plantas de tratamiento de aguas servidas • Componente III: Apoyo y capacitación de comunidades Los Programas ejecutados con recursos del FCAS cuentan con una serie de documentos normativos, acordes con la legislación tales como: A. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DEL AGUA • Ley 51/2007, de 26 diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008: crea el Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS). • Real Decreto 822/2008 de 16 de mayo (B.O.E. de 25 de junio de 2008), por el que se crea la Oficina del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento. • Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento. • Real Decreto 941/2010, de 23 de julio, por el que se modifica el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) • Real Decreto 845/2011, de 17 de junio: el Departamento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento pasa a estar adscrito a la Dirección de Cooperación Sectorial, de Género y ONGD. • Real Decreto 1424/2012, de 11 de octubre, por el que se modifica el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo: modifica CE FCAS y dependencia de DCALC B. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE RIGEN LOS PROGRAMAS FINANCIABLES CON CARGO AL FONDO DEL AGUA • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 • Acuerdo de Consejo de Ministros, en cuya virtud se aprueba la concesión de una ayuda no reembolsable a la Entidad Beneficiaria para la cofinanciación de entre 0-50% del Programa con cargo al Fondo de cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS). • Convenio de Financiación entre el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en nombre del Gobierno de España y el Beneficiario. • Resolución de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional Española de Concesión de la Subvención de Cooperación Internacional y Aceptación por parte de la Entidad Beneficiaria de dicha Resolución (Anexo II del Convenio de Financiación). • Normativa que sea de aplicación a lo ejecutado en el país de ejecución (normativa sobre requisitos de las facturas, regímenes simplificados, tipos de contratos laborales, impuestos indirectos, etc.). Adicionalmente: • Subvenciones concedidas desde el 26 de junio de 2010: Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional Y respecto del marco operativo se debe tener en consideración los siguientes puntos: • Convenio de Financiación, de la Resolución de Concesión de la Subvención y sus anexos. • Reglamento Operativo del Programa (ROP), donde se establecen los requerimientos y los elementos que determinan la elegibilidad de las actividades y gastos, los procedimientos que deberán ser puestos en práctica por la SUBDERE para asegurar la adecuada ejecución y cierre del Programa, la transmisión de los activos a los beneficiarios u otros organismos del sector del agua y saneamiento, el aseguramiento de la continuidad de los beneficios logrados con el Programa, y demás acciones administrativas y de gestión tendientes a la liquidación del mismo. Los principales instrumentos de ejecución del Programa y proyectos que deberán ser presentados por la SUBDERE son: • El Reglamento Operativo del Programa (ROP) desarrolla los procedimientos de gestión, disposición de los fondos, seguimiento, control y rendición de cuentas de las acciones llevadas a cabo durante la ejecución del Proyecto /Programa. Este reglamento se desarrolla junto con el Departamento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento en adelante “DFCAS” • Planes de Ejecución del Proyecto. - Plan Operativo General (POG), el cual detallará las acciones, metodología. Cronograma, medio y presupuestos previstos para la ejecución del proyecto. Este documento deberá someterse a la aprobación del OFCAS o persona que lo designe - Planes Operativos Anuales (POA´s), el cual detallará el conjunto de actividades y gastos previstos para el proyecto para un periodo de un año, así como el calendario de ejecución. Este documento deberá someterse a la aprobación del DFCAS o persona que lo designe. - Informes Técnicos y económicos de ejecución que establezca el Reglamento Operativo que deberán ser presentados ante la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) - Informes justificativos de subvención semestrales de progreso de los proyectos, que se entregaran en el plazo máximo de tres meses de la finalización del semestre que debe ser objeto de informe e Informes financieros anuales de la aplicación de los fondos recibidos con cargo al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, que se entregarán en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del período anual que deba ser objeto de informe. 2.1. Información Básica del Programa a Auditar Nombre del Programa: Apoyo para la reducción del déficit de cobertura de agua potable y saneamiento en el marco de las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Chile País Beneficiario: Chile Entidad Ejecutora: Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo Código: CHL-001-B Tipo de Proyectos: Obras de agua potable y saneamiento en sectores rurales. Fecha de recepción transferencia del ICO: 20/10/2010 Plan de Trabajo, gastos de elaboración del POG: M$0 Fecha Plan de Trabajo: 15/03/2013 Fecha de Aprobación del ROP: 24/01/2012 Duración prevista del Programa: 24 meses Fecha de aprobación del POG: 30/04/2014 Fecha de inicio: 30/04/2014 Fecha de finalización prevista: 30/04/2016 Presupuesto Total del Programa: CLP$4.602,7 millones presupuesto FCAS y CLP$10.000 millones aporte local Fecha de Aprobación de los POA: - POA I: 30/04/2014. - POA II: 10/11/2015 - POA II: 07/03/2016 - POA IV: 03/04/2017 - POA V: 27/04/2018 - POA VI: 22/03/2019 - POA VII:26/02/2020 Ampliación plazo de ejecución: 1.522 días. Fecha definitiva de finalización: 30/06/2020 Localización de la Intervención: Regiones de La Araucanía y del Biobío, Chile. Beneficiarios estimados: 12.000 personas. 3. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Servicios de Auditoría al Programa/Proyecto “Apoyo para la reducción del déficit de cobertura de agua potable y saneamiento en el marco de las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Chile” de acuerdo al cumplimiento de los compromisos establecidos para la ejecución del Convenio aprobado mediante el Decreto N° 493 del 17 de mayo del 2010 con sus respectivos anexos, ROP, POG y sus respectivas modificaciones. 3.1. Objetivo General La realización de la auditoría tendrá como objetivo verificar que el Beneficiario y/o Ejecutor haya gestionado los recursos aportados por el Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS) con adecuación a los controles internos y en estricto cumplimiento del Convenio de Financiación, de la Resolución de Concesión de la Subvención, del Reglamento Operativo, Planes Operativos General y Anuales y cuantas modificaciones de los mismos hayan sido autorizadas por los órganos competentes, especialmente en lo referido a la elegibilidad de los gastos. Asimismo, se procederá a la comprobación de la ejecución de los aportes locales en aquellos Programas en que los hubiera por motivo de la prioridad geográfica o compromiso del beneficiario. 3.2. Objetivos Específicos El auditor deberá asegurarse de que los siguientes objetivos y sub-objetivos de auditoría han sido respetados. 3.2.1. Los gastos elegibles cargados al Programa en los informes financieros serán aquellos establecidos en el apartado correspondiente del ROP, con los límites que determine el Artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Concretamente aquellos que: a) Han sido incurridos por el SUBDERE/Ejecutor del Programa, subejecutores e instituciones y comunidades beneficiarias del mismo. b) Han sido realizados para la ejecución de las actividades contenidas en los POAs que hayan sido debidamente aprobados por el Departamento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento DFCAS o su representante. c) Corresponden a las partidas presupuestarias y al origen de los fondos establecidas en el POA correspondiente. d) Son aplicados en el área geográfica establecida por el Programa, indicada en las Disposiciones Técnicas del Programa, en el POG y en los Planes Operativos. e) Han sido aplicados en virtud de lo establecido en el POG y los POA correspondientes, no siendo elegibles gastos ocasionados extemporáneamente, excepto aquellos realizados para la identificación y planificación del Proyecto (Plan de Trabajo), así como de la propia Auditoría Final y la Evaluación Final y actividades relacionadas con el proceso de justificación, siempre que por su naturaleza no puedan realizarse dentro del plazo de ejecución, debiendo ser realizados en cualquier caso antes del fin del plazo de justificación de la subvención (siempre que así sea recogido en el ROP o en sus adendas), previamente aprobados por el DFCAS o su representante. (siempre que así sea recogido en el ROP o en sus adendas). f) Corresponden con las acciones que hayan sido previamente identificadas, coordinadas y concertadas por el Equipo de Gestión. g) En cuanto a los contratos de obras, servicios, suministros y gastos cubiertos con los recursos del Fondo, éstos deberán ser realizados mediante los procedimientos establecidos en el capítulo correspondiente del Reglamento Operativo. h) Todo gasto deberá tener su respectivo soporte documental (facturas, recibos o comprobantes, estados de cuenta, etc.). Se deberá dejar constancia de que que dicho gasto ha sido financiado por el FCAS. A este fin, los soportes documentales deberán llevar un TIMBRE con el código del Programa asignado por el FCAS, con la leyenda “financiado por el FCAS-AECID”. En los casos en que los procesos ordinarios de las instituciones ejecutora y subejecutoras no permitieron realizarlo, la entidad deberá emitir un certificado, indicando que dichos documentos corresponden al Programa CHL-001-B financiado por el FCAS-AECID y no podrán ser utilizados para rendir a otro Programa/Proyecto. i) Todo ingreso y gasto a cargo del Programa deberá estar correctamente contabilizado de acuerdo a lo establecido en el apartado correspondiente del ROP. De acuerdo con la base normativa, serán expresamente considerados a cuenta del beneficiario de la subvención cualesquiera carga, gravamen, o impuesto que pudiera afectar al Convenio correspondiente, de acuerdo con la legislación nacional del beneficiario y cualesquiera costes de transferencia o conversión, no pudiendo imputarse al importe de la subvención, salvo disposición en contrario del Convenio de Financiación y sus eventuales modificaciones autorizadas por los órganos competentes. (Recogido en el Convenio con el ICO). 3.2.2. Todos los ingresos del Programa (rendimientos financieros, ingresos procedentes de la evolución favorable del tipo de cambio (ver nota) y aportes de los financiadores) han sido reconocidos en los informes financieros del Programa: a) Cualquier utilización de los intereses generados por el Programa o ingresos procedentes de la evolución favorable del tipo de cambio han sido autorizadas por escrito por la AECID, a través de su OTC en el país de ejecución o está de acuerdo con el ROP, POG y POA y sus modificaciones autorizadas por los órganos competentes del Programa. b) Las aportaciones locales al Programa, comprometidas por motivo de la prioridad geográfica o compromiso del beneficiario, han sido materializadas en la cantidad, periodicidad y naturaleza prevista por el ROP, POG y POA del Programa y sus modificaciones autorizadas por los órganos competentes, c) Los aportes en especie han sido convenientemente valorizados, puestos a disposición del Programa en forma exclusiva o proporcional y han sido convenientemente utilizadas. Nota: Epígrafe III.7. de la Resolución de 31 de octubre de 2011, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueban las normas de gestión, seguimiento y justificación de las subvenciones concedidas para la ejecución de convenios, proyectos y acciones de cooperación para el desarrollo. 3.2.3. Los activos han sido adquiridos y usados de acuerdo con la base contractual del Programa: a) Los activos adquiridos con fondos del Programa existen, han sido propiedad de la SUBDERE o ejecutora y se han utilizado, exclusivamente, para la ejecución del Programa, han sido inventariados y posteriormente han sido transferidos de acuerdo con las actas de transferencia de la propiedad en cumplimiento de la Propuesta de Transferencia, previa No Objeción de la AECID. b) En particular, el auditor se asegurará que no hay ningún uso privado o personal de los activos del Programa que no esté autorizado por la base contractual del Programa. c) Los procedimientos establecidos en el ROP, POG y POA del Programa y sus modificaciones autorizadas por los órganos competentes para la adquisición de activos fijos han sido respetados. 3.2.4. Todas las deudas están registradas en la contabilidad del Programa y dichas deudas han sido incurridas con relación a actividades del Programa: a) Todas las deudas están registradas en la contabilidad del Programa. b) Las deudas han sido incurridas, exclusivamente, con relación al Programa y de acuerdo con la el ROP, POG y POA del Programa y sus modificaciones autorizadas por los órganos competentes, como los procedimientos de concurso y contratación, así como las adjudicaciones y seguimientos de los contratos. 3.2.5. Las otras condiciones administrativo-financieras establecidas en el ROP, POG y POA del Programa y sus modificaciones autorizadas por los órganos competentes han sido respetadas. a) Se verificará la contabilización del diferencial cambiario. b) Verificación de la realización del porcentaje de gastos administrativos de acuerdo con el presupuesto aprobado en caso de que así fuera. c) Se habrán cumplido las disposiciones legales vigentes en el país de ejecución en los ámbitos fiscal, laboral y financiero, según la naturaleza del Programa. d) Otros aspectos contemplados en el ROP, POG y POA del Programa y sus modificaciones autorizadas por los órganos competentes 4. CONTENIDOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA 4.1. Contenidos Mínimos de la Propuesta Técnica La auditoría del Programa se basará en el informe económico preliminar de la justificación económica de que se disponga (borrador de informe económico-cuenta justificativa completa-), que tendrá toda la información económica y estará firmado por una persona con poderes suficientes para ello. Se establecerá, así mismo, su correspondencia con la información suministrada por el sistema contable y con los justificantes correspondientes. Sobre la base de los procedimientos de auditoría ejecutados, el/la contratista determinará los ingresos y los gastos elegibles, considerándose como tales gastos efectivamente pagados. El alcance de las pruebas sustantivas de auditoría se basará en la evaluación del sistema de control interno y en la aplicación de técnicas de muestreo. Los procedimientos de auditoría incluirán, entre otros, los siguientes: a) Inspección de documentación original. b) Conciliación de cuentas bancarias. c) Procedimientos de auditoría específicos para verificar que los siguientes ingresos han sido reconocidos, en su caso: - Ingresos financieros generados por los fondos del Programa, - Ingresos procedentes de la evolución favorable del tipo de cambio, - Venta de activos fijos del Programa, d) Inspección física de los activos fijos. e) Procedimientos de auditoría específicos para verificar que la valoración de las contribuciones en especie es correcta. f) La auditoría verificará la utilización de los recursos del Fondo en la “Cuenta Principal”, la (s) “cuenta (s) del Programa”, la Caja, así como las diferentes cuentas de los aportes del Beneficiario y de otros co-financiadores, si los hubiere. g) La auditoría evaluará si los directores del Programa han cumplido con sus obligaciones administrativo-financieras. h) La auditoría evaluará el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el ROP, POG y POA del Programa (singularmente la supervisión ex-ante de los procedimientos de licitación) y sus modificaciones autorizadas por los órganos competentes por parte de la SUBDERE. i) Obtención de cartas de representación para documentar cualquier evidencia oral material. j) Confirmación de cuentas bancarias, firmas autorizadas. k) Las incidencias u observaciones detectadas y recomendaciones efectuadas por las auditorías anteriores, de cara al presente informe económico (si se han retirado costos no elegibles, se ha realizado la lista de inmovilizado, etc.) Así, a través de los mismos se habrá de verificar la existencia de la documentación que debe componer la cuenta justificativa completa (“Formato AECID”): 1. Memoria de actuación, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Se facilita modelo de informe final técnico. Deberá ser firmada por el/la representante legal de la SUBDERE. 2. Memoria económica abreviada: - El desglose presupuestario de gastos e inversiones por partidas y financiadores, indicando las desviaciones acaecidas. - El Balance de Ejecución Financiera - El Estado de Tesorería - Cuadro resumen transferencias y operaciones de cambio reales y diferencial cambiario acumulado. 3. La Relación de personal laboral 4. Aplicación a los pagos realizados desde la “Cuenta Proyecto” en moneda local del “tipo real” de cambio para contabilizar su contravalor en Euro / Dólar Americano, calculado según el método FIFO o el Tipo de cambio ponderado, considerando que en la gestión y justificación de una misma subvención no pueden utilizarse diferentes métodos de aplicación de los tipos de cambio 5. En el caso de las entidades 8.1.a. Certificación del/la representante de la SUBDERE de la realización efectiva del Aporte Local, en caso de haber sido comprometido en el POG y POA y sus modificaciones autorizadas por los órganos competentes del Programa. 6. Certificaciones bancarias de rendimientos financieros generados, o bien certificar que la cuenta no los generó. 7. Documentación bancaria acreditativa de la apertura y cierre de la Cuenta Principal (de acuerdo con la Resolución de Concesión de la Subvención de Cooperación Internacional). 8. Certificación del/la representante de la SUBDERE de obtención (o no) de otras subvenciones 9. Certificación del/la representante de la SUBDERE de lugar de depósito de originales y compromiso de conservación durante un periodo de CINCO (5) años después de la fecha del Cierre del Programa, después de la fecha del Cierre del Programa, para su eventual presentación a los efectos de comprobación, seguimiento y control que efectúe la AECID, las de control financiero que corresponda a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y las previstas en la Legislación del Tribunal de Cuentas (TC). (Art. 39.3 de la LGS: Motivos de interrupción del cómputo del plazo de prescripción). 10. El Listado de comprobantes justificativos de los gastos realizados con cargo a todos los fondos aportados al Programa por el DFCAS, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. 11. Actas de transferencia y afectación e inscripciones en registros públicos, cuando corresponda, de los activos reflejados en el inventario. (Se atenderá a la naturaleza de la SUBDERE de la subvención como 8.1.a) o 8.1.b), de acuerdo con el Artículo 18 del Real Decreto 794/2010, para considerar la obligación de afectación de los activos o de transferencia y afectación de los mismos). 12. Acreditación de que los impuestos indirectos no son recuperables, o siéndolo, no se han recuperado, o, en su caso, declaración responsable del importe total de los impuestos pendientes de recuperación (si los impuestos son recuperables, pero no se han recuperado). 13. Relación de todos los materiales de difusión producidos durante la ejecución de la intervención. 14. Listado de todos los contratos firmados por el Programa durante la ejecución, indicando, para cada contrato, el nombre del contratista, el tipo (servicio, suministro, obra o subvención), el objeto, la fecha de inicio, el plazo de ejecución, el detalle de los pagos efectuados (importe y fecha), y una nota sobre su liquidación 15. En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados de la subvención, así como de los rendimientos financieros derivados de la misma. (Copia simple de la notificación de recepción del ICO, junto con el justificante del ingreso en la cuenta del ICO, acompañada por una comunicación original de presentación de esta documentación de la SUBDERE). 16. Certificaciones finales del/la representante de la SUBDERE de Ejecución de Actividades, consecución de objetivos y alcance de los objetivos propuestos. 17. Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el punto anterior (justificantes acreditativos de cada uno de los gastos individuales del aporte DFCAS) y, en su caso, la documentación acreditativa del pago (Extractos bancarios desde el momento del ingreso de la subvención hasta cierre contable del Programa). 18. Acreditación sobre transferencias y operaciones de cambio reales y diferencial cambiario acumulado. 19. Acreditación de valorizaciones. 20. Certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial, en el caso de adquisición de bienes inmuebles. 21. Para los Programas desarrollados por entidades beneficiarias clasificadas como 8.1.a) declaración responsable en la que manifieste que los gastos se han realizado y acreditado según su normativa nacional y/o de acuerdo con las disposiciones administrativas establecidas en el ROP. Para cada diferencia de auditoría encontrada, el auditor propondrá las medidas que, de acuerdo con la base contractual del Programa, sea necesario tomar, y en todo caso, si la SUBDERE ha de proceder al reintegro de cantidades previamente transferidas al Programa que no hayan sido adecuadamente utilizados, con intereses de demora incluidos, de acuerdo con el artículo 38 de la LGS, haciendo que el importe no elegible se viera incrementado por el coste de haber tenido los fondos a disposición. En todos aquellos casos en los que se detecten diferencias de auditoría, y éstas sean recurrentes, el auditor deberá extender sus pruebas de auditoría con el fin de cuantificar con exactitud el error correspondiente a la población. El equipo consultor deberá realizar visitas a terreno a las inversiones realizadas que permitan la observación de los resultados tangibles del programa, así como también, la obtención de material gráfico que complemente las descripciones y conclusiones del trabajo solicitado y el relato del trabajo realizado por los equipos del Proyecto/Programa en cada municipio, entre otras actividades. No obstante, lo anterior, el oferente podrá proponer métodos adicionales o alternativos para la adecuada conducción de la evaluación solicitada. Es esencial que el informe de auditoría NO CONTENGA CLÁUSULA ALGUNA QUE LIMITE EL USO DEL INFORME, por ejemplo; “Este informe ha sido elaborado sólo para información del Director y el Administrador del Programa y no deberá ser usado para ningún otro propósito”. Toda la documentación que acredite el trabajo realizado por los auditores deberá ser conservada por la empresa auditora durante un PERIODO MÍNIMO DE 8 AÑOS a contar desde la fecha de emisión del informe. El auditor solicitará a la SUBDERE, al final de su trabajo, una carta, firmada por la persona que suscribió la cuenta justificativa, en la que se indicará que se ha informado al auditor acerca de todas las circunstancias que puedan afectar a la correcta percepción, aplicación y justificación de la subvención; así como otras manifestaciones relevantes que puedan servir de evidencia al auditor sobre los procedimientos realizados. Esta carta de manifestaciones formará parte del informe de auditoria. La auditoría será ejecutada de acuerdo con los estándares internacionales de auditoría. 4.2. Carta Gantt (Anexo N° 10) Se deberá presentar la Carta Gantt, mostrando el detalle de los días a dedicar a la elaboración de cada producto y su desagregación. Además, deberá señalar la programación de la entrega de los productos e informes solicitados. Deberá ser consistente con el Plan de Trabajo que se proponga. 4.3. Plan de trabajo (Anexo N° 11) Se deberá indicar la cantidad de horas estimadas para cada tarea, según los plazos requeridos para el cumplimiento de cada objetivo específico de esta asesoría. El ejecutor de cada tarea y el responsable. Deberá indicar las relaciones entre las tareas y sus plazos. Deberá considerar dentro de esto las aprobaciones de los informes y productos de parte de SUBDERE. La ejecución de la auditoría deberá contemplar un trabajo frecuente con la Contraparte Técnica dispuesta por SUBDERE para revisar avances, aclarar dudas y avanzar en conjunto en la elaboración de los productos esperados. El plan de trabajo deberá ser consistente con el presupuesto destinado a las actividades a realizar y mostrar una planificación realista de los días/horas a dedicar a cada actividad o tarea. 5 PRODUCTOS Y RESULTADOS SOLICITADOS Con vista a emitir su opinión, el Auditor debe verificar, y reflejar en el correspondiente Informe los siguientes aspectos: • La Memoria de actuación con el fin de verificar la concordancia de ésta con los documentos que sirvan de base para realizar la revisión de la cuenta justificativa. • Verificación del Informe de auditoría de los aportes de contrapartida de acuerdo con los requisitos nacionales, en caso de haber sido comprometido ese Aporte Local en el POG y POA y sus modificaciones autorizadas por los órganos competentes del Programa. • Respecto de los justificantes individuales, en virtud de lo establecido en el artículo 37.4.a) del Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional, se realizará una comprobación por muestreo, de acuerdo con las prácticas habituales de auditoría en esta materia. • Se comprobará el cumplimiento de los requisitos que para cada tipo de gasto sea de aplicación y existencia de la documentación de respaldo correspondiente. La comprobación de la documentación – distinta de los justificantes individuales de gasto- será exhaustiva y la de los justificantes individuales se podrá hacer por muestreo. Especialmente habrá que atender a los expedientes de licitación, registros, actas de transferencia, contratos de personal, liquidaciones y gastos de movilidad - El tamaño de la muestra a revisar debe ser del orden de confianza del 95% y de error del 5%, para cada ítem presupuestario. - Para la cartera de Proyectos Ítem Casetas Sanitarias, el tamaño de la muestra debe prorratearse en todas las comunas participantes, de acuerdo, al porcentaje que resulte de la división del número de casetas construidas por comuna v/s el N° total de casetas construidas financiadas por el Programa. - Para la cartera de Proyectos Ítem APR, el tamaño de la muestra debe prorratearse, de acuerdo al porcentaje que resulte de la división del número de conexiones por cada APR v/s el N° total de conexiones financiadas por el Programa. - Y en el caso de los gastos de operación la muestra se deberá prorratear de acuerdo al peso específico que tenga el gasto total anual respecto al monto total del gasto del programa. El/la contratista se obliga a presentar 2 informes de Auditoría, según se indica a continuación: Producto Contenido mínimo Informe Preliminar a. Informe de auditoría b. Opinión de Auditoría c. Carta complementaria Informe Final de Auditoría a. Informe de auditoría b. Opinión de Auditoría c. Carta complementaria Ver. Anexo N° 12 “Formato de Informe de Auditoría” Plazos de entrega de los informes y procedimiento de aprobación Los informes que deberá entregar el contratista una vez adjudicada la presente consultoría, deberán ser entregados en idioma español, en duplicado, timbrado y firmado en todas sus páginas. Una copia del informe será entregada en un disco compacto, el texto en PDF y los cálculos en EXCEL, jjunto a una carta conductora impresa en papel, en la Oficina de Partes de SUBDERE, ubicada en calle Teatinos N° 92, 2° Piso, Santiago, entre 9:00 y 16:00 horas, en el plazo indicado en la oferta, sin perjuicio de los plazos fatales indicados en este punto 5. Una copia del Informe Final de Auditoría será remitida a la Oficina Técnica de Cooperación de la AECID o su representante en Chile, como parte de la justificación de la subvención. Cabe señalar que la carta de remisión de este informe no deberá indicar que este informe es presentado “sólo para información (…)”. La Contraparte Técnica de SUBDERE tendrá a su cargo la revisión y la aprobación de dichos informes. Los plazos fatales para el desarrollo de la consultoría y entrega de productos son los siguientes: - Informe Preliminar: 60 (sesenta) días corridos contados desde el día de la total tramitación del acto administrativo de aprobación del contrato. - Informe Final: 80 (ochenta) días corridos contados desde el día de la total tramitación del acto administrativo de aprobación del contrato. El plazo para la revisión de los informes asociados a un estado de pago será de un máximo de CINCO (5) días HÁBILES contados desde su recepción en la Oficina de Partes de la SUBDERE, debiendo el/la contratista corregir y/o subsanar las observaciones en el plazo máximo de CINCO (5) días HÁBILES desde que aquélla se lo comunicare por escrito, a excepción del último informe que será revisado en un plazo máximo de TRES (3) días HÁBILES y corregido o subsanado en el mismo plazo desde que SUBDERE comunique por escrito las últimas observaciones. Una vez remitidos los informes corregidos a SUBDERE, ésta emitirá una certificación de aprobación técnica si existiera conformidad con el producto entregado, y procederá a la tramitación del pago parcial asociado. Si en dicha instancia el/la contratista no hubiere subsanado o corregido total o parcialmente las observaciones formuladas por la SUBDERE a conformidad de la misma, ésta le otorgará una segunda oportunidad para adecuar el informe a lo requerido, para lo cual aquel/aquella contará con un plazo máximo de TRES (3) días HÁBILES, contado desde que se le comunique por escrito este segundo rechazo. Si el/la contratista cumple con lo ordenado por la SUBDERE, ésta emitirá el respectivo certificado de aprobación técnica. De no presentarse el informe con las debidas adecuaciones luego del segundo rechazo del mismo, la SUBDERE aplicará una MULTA EQUIVALENTE AL 3% DEL VALOR TOTAL DEL CONTRATO, sin perjuicio de las multas que por atraso correspondan concluido el proceso de revisión y/o las instancias de corrección posterior. En el evento que el atraso en la presentación de informes supere los diez días hábiles, la SUBDERE podrá poner término unilateralmente a la contratación. Si alguno de los plazos anteriores se cumple en día sábado, domingo o festivo, se entenderá que el respectivo informe puede ser presentado al día hábil siguiente. Los plazos de revisión de informes no suspenden ni interrumpen el plazo de ejecución de la prestación de los servicios, y en ningún caso modifican los plazos de entrega de los productos. 6 DURACIÓN DE LA CONSULTORÍA El plazo máximo total de ejecución de la consultoría será de 100 días corridos, contados desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. El servicio deberá estar completamente prestado y concluido, con el resultado de todos los productos requeridos en este plazo. Sólo se podrá extender alguno o todos los plazos cuando ocurra caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente calificado por la SUBDERE. 7 PROPIEDAD INTELECTUAL El contratista, como los profesionales que formen parte de su equipo de trabajo, concederá a la SUBDERE y a la AECID la facultad de utilizar, directa y personalmente, el estudio contratado, informes y en general cualquier otro documento preparado para la consultoría objeto de estas Bases de Licitación. Asimismo, otorgarán a la SUBDERE y a la AECID la facultad de transferir, total o parcialmente, sus derechos sobre él y de autorizar su utilización por terceros. Lo anterior comprenderá los derechos de publicación, reproducción, adaptación, ejecución y distribución al público de la obra individual, colectiva o en colaboración, fruto de esta licitación, en o por cualquier medio de comunicación, por un período no inferior a diez años contados desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, sin limitación de reproducciones, tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Esta autorización no reconocerá mayores derechos que los explicitados, salvo los inherentes a la naturaleza misma de la obra. La remuneración correspondiente a los derechos de propiedad intelectual se comprenderá en el monto final adjudicado, y su forma de pago se determinará de acuerdo a lo establecido en el punto 14 del acápite V de estas Bases. Asimismo, el contratista velará porque el personal de su dependencia y aquel que contrate y se vincule a este contrato, dé cumplimiento a lo establecido precedentemente. La emisión de una propuesta presupone que el Contratista ha informado a sus dependientes y colaboradores de los términos aquí descritos. La firma contratada podrá conservar copia de dichos documentos. Publicaciones: Todo el material y documentación que se elabore en el marco de esta consultoría deberá incorporar el logo de la SUBDERE y la AECID. 8. CONFIDENCIALIDAD El contratista no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes, y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste. El contratista, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deberán guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. La responsabilidad del/la respectivo/a contratista en éste ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas. El/la contratista debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la SUBDERE el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes y sin perjuicio de lo que establece la Ley Nº 20.285, sobre transparencia y acceso a la información pública. 9. CESIÓN DE CONTRATO El Contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, salvo autorización expresa por parte de SUBDERE. 10. CONTRAPARTE TÉCNICA La Contraparte Técnica de SUBDERE estará conformada por funcionarios del Departamento de Inversiones Regionales de la División de Desarrollo Regional de la SUBDERE, los que se relacionarán con el administrador del contrato por parte del/la adjudicatario/a y que ejercerá las siguientes funciones: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato. b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. c) Otorgar aprobación técnica y recepción conforme de los servicios contratados dando curso a la tramitación de pagos y aplicación de sanciones, previa emisión de informe técnico cuando se le requiera. Lo anterior sin perjuicio de las funciones y responsabilidades del administrador del contrato establecidas en el artículo13 N°20 y en el Título XVI del Manual de Adquisiciones de SUBDERE, aprobado mediante Resolución Exenta Nº 11653, de 27 de septiembre de 2016 de esta Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. 11. PRESUPUESTO ESTIMADO $30.000.000.- (treinta millones de pesos) impuesto incluido.
 
Documentos Económicos
1.- 1.2. OFERTA ECONÓMICA El proponente deberá ofertar por el valor total del proyecto. Los precios se expresarán en pesos, en valores netos y totales, todo según lo establecido en el Anexo N° 9 (Oferta Económica). El oferente deberá declarar todos los impuestos a los que se encuentra afecta su prestación de servicios; en caso de exención deberá señalarse. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios conexos, equipos, derechos e impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán inalterables y fijos hasta el total cumplimiento de los servicios. 1.3. INADMISIBILIDAD La oferta que no contenga todos los antecedentes referidos en los numerales anteriores, no cumplirá con los requisitos mínimos solicitados en las bases de licitación, por lo que se propondrá la declaración de inadmisibilidad de su oferta y su propuesta no será examinada por la comisión evaluadora, salvo que legalmente proceda aplicar la letra b) del párrafo 9.4 de este acápite V LOS ARCHIVOS ELECTRÓNICOS QUE CONTENGAN LA INFORMACIÓN ANTERIOR U OTROS ADJUNTOS, DEBERÁN SER EN FORMATO PDF, WORD, EXCEL O JPG. 2. IDIOMA El idioma oficial de la propuesta es el castellano. En consecuencia, toda la documentación y antecedentes exigidos deberán estar escritos en ese idioma con la sola excepción de las palabras técnicas que comúnmente se utilizan en un idioma distinto. 3. DOCUMENTOS LEGALES 3.1. TODOS LOS OFERENTES, deberán entregar, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, ubicada en calle Teatinos 92, Piso 2, comuna y ciudad de Santiago, dentro del período de recepción de ofertas y hasta el plazo máximo que señala el Cronograma, una Garantía de Seriedad de la Oferta, en los términos establecidos en el punto 15 y 15.1 de este acápite, pudiendo otorgarse también de manera electrónica, caso en el que deberá ser remitida al correo electrónico institucional “documento.garantia@subdere.gov.cl” y ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el anverso de dicho sobre se indicará lo siguiente: Nombre del oferente: Nombre del oferente y firma del o sus representantes legales. Nombre de la contratación: “SERVICIO DE AUDITORÍA FINAL A LA CUENTA JUSTIFICATIVA DEL PROGRAMA “Apoyo para la reducción del déficit de cobertura de agua potable y saneamiento en el marco de las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Chile” (E36754/2019)”. Requirente-solicitante: Departamento de Inversiones Regionales – División de Desarrollo Regional - SUBDERE. El receptor de la Oficina de Partes procederá a registrar el ingreso del sobre estampando en su anverso el día y hora de su recepción; será responsabilidad exclusiva de la persona que entrega el sobre, verificar que esta diligencia sea cumplida. 3.2. El OFERENTE INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl deberá indicar en su oferta técnica a la SUBDERE que cumple esta condición. Además, deberá señalar cuáles son sus Documentos Acreditados disponibles en su Ficha Electrónica Única para que sean revisados en el portal. No obstante, lo anterior, la Fiscalía de la SUBDERE se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, documentación legal en soporte material. Lo mismo ocurrirá en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento, correspondiendo al Fiscal de la SUBDERE pronunciarse sobre la materia. 3.3. EL OFERENTE NO INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl y que se ubique en el primer lugar del ranking luego de la evaluación de las ofertas, en su calidad de oferente adjudicado deberá acompañar para efectos de su contratación, en el plazo de 5 días hábiles desde la publicación en el sistema de la resolución que le adjudica la presente licitación, un sobre sellado con los siguientes documentos: a) Fotocopia autorizada del RUT del oferente. b) Fotocopia autorizada de la cédula de identidad del/los representantes legales del oferente c) Certificado de vigencia de la sociedad y anotaciones marginales o certificado de vigencia con nómina de directorio, de fecha no anterior a 10 días, según corresponda, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o Certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659. d) Copia legalizada de: I. La escritura pública de constitución de la sociedad o Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659; II. Extracto de constitución de la sociedad (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); III. La inscripción del extracto de constitución de la sociedad; (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); IV. La publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución de la sociedad (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); V. La o las escrituras públicas de modificación de la sociedad con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron; (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); VI. Certificado de anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659; VII. El poder vigente del representante legal, si no estuviere acreditado en los documentos anteriores. VIII. En el caso de personas jurídicas sin fines de lucro, se deberá acompañar copia autorizada del acta de constitución y estatutos. e) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de la Dirección del Trabajo. f) Certificado de Deuda de la Tesorería General de la República. Las personas naturales sólo deberán acompañar los documentos indicados en las letras b), e) y f) anteriores. El sobre sellado se entregará en las oficinas de SUBDERE ubicadas actualmente en Edificio Moneda Bicentenario en calle Teatinos N° 92, 2° piso, (Oficina de Partes), Santiago, indicando el nombre y el Nº de ID de la Licitación. El receptor de la Oficina de Partes procederá a registrar el ingreso del sobre estampando en su anverso el día y hora de su recepción; será responsabilidad exclusiva de la persona que entrega el sobre verificar que esta diligencia sea cumplida. 3.4. Unión Temporal de Proveedores Si dos o más proveedores se unen para efecto de participar en este proceso de licitación, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad, entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con esta entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando la contratación sea inferior a 1000 UTM, como es el caso de la presente licitación, el representante deberá acompañar al momento de ofertar el documento público o privado en la que conste la unión temporal, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. En todo caso, la vigencia de dicho acuerdo no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación si fuere el caso. Las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. 4. CONSULTAS Y ACLARACIONES 4.1. Los proponentes, antes del plazo final de presentación de ofertas, tendrán un plazo común, que se encuentra establecido en el Cronograma de estas Bases, para formular todas las consultas o aclaraciones relacionadas con la presente licitación. Las consultas se efectuarán solamente vía portal www.mercadopublico.cl 4.2. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sistema de información, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados. 4.3. Todas las respuestas a las consultas o aclaraciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl el día que establece el cronograma de la licitación (punto III de estas bases). Las respuestas serán entendidas como interpretación de la SUBDERE a las presentes Bases en aquellos aspectos consultados. 5. MODIFICACIÓN A LAS BASES Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa de la SUBDERE o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y entrarán en vigencia desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 6. VALIDEZ DE LA OFERTA Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la SUBDERE podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. 7. RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS 7.1. Las ofertas o propuestas técnicas y económicas se recibirán hasta el día y hora señalada en el Cronograma (Acápite III de estas bases), EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl. Sólo serán consideradas aquellas ofertas que hubieren sido presentadas dentro de dicho plazo, en consecuencia, expirado dicho período no se admitirá propuesta alguna, salvo cuando la Dirección de Compra emita certificado de indisponibilidad técnica del sistema de información y se solicite dicha ratificación dentro de las 24 horas siguientes al cierre de recepción de ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información. Lo anterior, sin perjuicio de haberse dado oportuno cumplimiento a la entrega de la garantía de seriedad de la oferta de acuerdo al punto 3) “Documentos Legales” precedente, dentro de los plazos que se establecen. 7.2. Los oferentes no podrán hacer modificaciones en sus propuestas una vez presentadas. Tampoco podrán retirarlas y si lo hacen se hará efectiva la garantía de seriedad de la Oferta. 8. LIBERACIÓN ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS 8.1. El funcionario encargado de Adquisiciones, el día y hora señalado en el Cronograma, realizará el cierre electrónico y liberación de las ofertas técnicas y económicas presentadas, con la presencia de la Comisión de Evaluación de ofertas. 8.2. A la Comisión de Evaluación de Ofertas, en este acto de apertura, le corresponderá lo siguiente: a) Proponer se declare desierta la licitación en caso de comprobar que no se presentaron ofertas. b) Proponer se declaren inadmisibles aquellas ofertas que se encuentren en la siguiente situación: Aquellas cuyas garantías de seriedad y/o Declaraciones Juradas Simples hubieren sido presentadas fuera del plazo establecido en el cronograma de las bases, o en el caso de que ellas se encuentren incorrectamente extendidas o sin firmar. Aquellas que no hayan acompañado la oferta técnica o económica en las condiciones señaladas en el acápite IV de las Bases o Especificaciones Técnicas. En todos estos casos no resultará aplicable lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 9.1. La evaluación de todas las Ofertas Técnicas y Económicas presentadas, será realizada por la Comisión Evaluadora, la que deberá estar integrada por personal de la SUBDERE y eventualmente por funcionarios de otros organismos de la Administración del Estado, que serán designados al efecto a través de una resolución que se publicará antes de la apertura electrónica de la licitación. 9.2. Los suplentes pasarán a integrar la Comisión Evaluadora y reemplazarán a los titulares en el mismo orden que se establece en el numeral anterior y siempre que algún miembro titular esté inhabilitado o impedido para participar por cualquier causa legal. 9.3. Presidirá esta Comisión la persona de más alto rango que la integre, y en el caso de que existan dos personas en la misma situación, lo hará aquella que acredite mayor antigüedad. Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación deberán abstenerse de participar en los procedimientos de contratación regulados por dichos cuerpos normativos, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, Nº 6, de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 9.4. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, una vez concluida la liberación electrónica de las ofertas, las siguientes: a) Evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas (técnica y económica) de los proveedores, y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en el acápite IV de estas Bases. Para que una oferta pueda ser considerada y evaluada en este proceso, deberá corresponder a una oferta válida y además cumplir con las certificaciones y servicios solicitados en este proceso de licitación. b) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectados durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Conforme al mismo artículo 40 citado en el párrafo anterior, se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para su presentación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. La Comisión Evaluadora concederá el plazo fatal de dos días hábiles para la corrección de estos errores u omisiones, contado desde el requerimiento, el que se informará a través del sistema de información. La SUBDERE no considerará las respuestas o antecedentes recibidos, una vez vencido dicho plazo. c) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el numeral siguiente. En el caso de que el puntaje obtenido sea un número con decimales, se aproximará al número entero más cercano (Si el número decimal es igual o mayor que 5 se aumentará al entero más cercano. Por otro lado, si el número decimal es menor que 5 se disminuirá al entero más cercano). Las aproximaciones mencionadas sólo se aplicarán al final de la evaluación, esto al ponderar el puntaje final, en las etapas anteriores se evaluará considerando DOS decimales, el segundo decimal se aproximará de acuerdo al valor del tercer decimal de la misma forma indicada anteriormente. 9.5. Las ofertas se evaluarán conforme a los siguientes criterios de evaluación: La comisión evaluadora analizará las Propuestas Técnicas y las Ofertas Económicas presentadas por cada oferente, en el plazo establecido en las presentes bases y tendrá en cuenta los criterios y pautas establecidos en este documento para la adjudicación. Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión Evaluadora podrá requerir, a los proponentes, aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación, y no podrá mantener contacto con ningún oferente que no hubiere sido previsto en las presentes bases, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 39 del D.S. 250 de 2004 de Hacienda. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las bases de la licitación, ni la esencia de la oferta, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes. La comisión evaluará las propuestas sobre la base de su adecuación a las Bases Técnicas, aplicando los factores y sub-factores de evaluación y el mecanismo de asignación de puntaje especificado más adelante. A cada propuesta adecuada a las bases se le asignará un puntaje técnico. El puntaje máximo que puede obtenerse es de 100 puntos, construyéndose el mismo a partir de la sumatoria ponderada de puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación, según se indica a continuación: CRITERIOS DE EVALUACIÓN - Factor 1. Oferta Técnica: 70%. (Se desestimará las propuestas cuyo puntaje de la Oferta Técnica sea inferior a 54 puntos) - Factor 2. Oferta Económica: 20%. - Factor 3. Comportamiento Contractual de las Obligaciones del Oferente: 8%. - Factor 4. Cumplimiento Oportuno de los Requisitos Formales de Presentación de la Oferta: 2%. TOTAL: 100 %, equivalente a 100 puntos (Escala de 0 a 100 puntos)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- ADJUNTAR DOCUMENTOS SOLICITADOS EN ACAPITE V PUNTO 3.3. DE LAS BASES
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: ADJUNTAR DOCUMENTOS SOLICITADOS EN ACAPITE V PUNTO 3.3.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio ara realizar la evaluación económica, la Comisión utilizará una escala de 1 a 100 puntos, asignando el puntaje más alto a la oferta económica de menor precio. Los siguientes puntajes se asignarán en función de la diferencia entre cada oferta y el valor de la menor oferta económica, de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje de la oferta económica = [1 – ([PP – PB] / PA) ] * 100 Donde: PB: precio de la oferta económica más baja PA: precio de la oferta económica más alta PP: precio de la oferta económica en consideración. Cualquier error de concordancia de la presente Pauta de Evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora de la Licitación, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad en los criterios de evaluación. La oferta económica que sea inferior al presupuesto referencial en un porcentaje mayor al 10% deberá entregar una garantía adicional por dicha diferencia en caso de adjudicarse el contrato. 20%
2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LAS OBLIGACIONES DEL Reclamos de los contratantes del Estado durante los 6 meses previos a la fecha de evaluación de la oferta, según el registro de proveedores de Chile Proveedores: 100 puntos: No tiene reclamos registrados en Chile Proveedores por contratantes del Estado en los últimos 6 meses. 0 puntos: Tiene reclamos registrados en Chile Proveedores por contratantes del Estado en los últimos 6 meses. Para los efectos de la evaluación de este factor, el reclamo ingresado en el registro de Chile Proveedores respecto de uno o más de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores, determinará que ésta no obtenga puntaje en este factor. 8%
3 CUMPLIMIENTO OPORTUNO DE LOS REQUISITOS FORMALES D 100 puntos: Cumple oportunamente con los requisitos formales de presentación de la Oferta. 0 puntos: No cumple oportunamente con los requisitos formales de presentación de la Oferta. 2%
4 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios El puntaje utilizará una escala de 0 a 100 puntos. Si el puntaje de la oferta técnica es inferior a 54 puntos, el proponente quedará automáticamente descalificado y no se continuará con la evaluación de los demás criterios. El puntaje de la oferta técnica se calculará según la fórmula: OT=EE*0,80+PMPT*0,20 Donde: OT: Puntaje de la Oferta Técnica. EE: Puntaje por Experiencia del Equipo. PMPT: Puntaje por Propuesta Metodológica y Plan de Trabajo. Subfactor 1.1. Experiencia Equipo (EE): 80% Se evaluará al Jefe(a) de Proyecto y los profesionales y técnicos considerados en el Equipo de “SERVICIOS DE AUDITORÍA FINAL A LA CUENTA JUSTIFICATIVA DEL PROGRAMA “Apoyo para la reducción del déficit de cobertura de agua potable y saneamiento en el marco de las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Chile”, de acuerdo a Organigrama solicitado en el Anexo N° 7. Se calculará según la fórmula: EE=EJP*0,30+EEA*0,55+EAE*0,15 Donde: EJP: Puntaje por Experiencia del Jefe(a) de Proyecto. EEA: Puntaje por Experiencia del Equipo Auditor. EAE: Puntaje por Experiencia adicional de la entidad proponente. a) Experiencia Jefe(a) de Proyecto: 30% Se mide por total de trabajos realizados en los últimos 5 años ejecutando el rol de Jefe de Proyecto en materias asociados al ÁMBITO DE LA AUDITORÍA. 0 puntos: Ningún trabajo como Jefe (a) de Proyecto en este ámbito. 35 puntos: De 1 a 2 trabajos como Jefe (a) de Proyecto en este ámbito. 70 puntos: De 3 a 4 trabajos como Jefe (a) de Proyecto en este ámbito. 100 puntos: 5 o más trabajos como Jefe (a) de Proyecto en este ámbito. b) Experiencia profesional del equipo auditor (EEA): 55% Se mide por total de trabajos realizados en los últimos 5 años por cada uno de los profesionales que integren el equipo de trabajo (excluye al jefe de proyecto) y que estén asociados al ÁMBITO DE LA AUDITORÍA. 0 puntos: Ningún trabajo en este ámbito. 35 puntos: De 1 a 2 trabajos en este ámbito. 70 puntos: De 3 a 4 trabajos en este ámbito. 100 puntos: 5 o más trabajos en este ámbito. El puntaje ponderado de la “Experiencia del Equipo Auditor”, se calculará en base al promedio aritmético de los puntajes que obtenga cada integrante del equipo de trabajo. En el caso de que el promedio aritmético sea un número con decimales, se aproximará al número entero más cercano (Si el número decimal es igual o mayor que 5 se aumentará al entero más cercano. Por otro lado, si el número decimal es menor que 5 se disminuirá al entero más cercano). c) Experiencia adicional de la entidad auditora (EAE): 15% Se mide por total de trabajos realizados en los últimos 5 años por el proponente y por el equipo de trabajo propuesto, y que estén asociados al ÁMBITO DE LA AUDITORÍA A PROGRAMAS O PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO DE ORGANISMOS INTERNACIONALES. El puntaje de este subfactor corresponde a la suma aritmética de los siguientes puntajes: 0 puntos: La entidad no ha realizado trabajos en este ámbito. 10 puntos: La entidad ha realizado 1 a 2 trabajos en este ámbito. 20 puntos: La entidad ha realizado 3 a 4 trabajos en este ámbito. 30 puntos: La entidad ha realizado 5 o más trabajos en este ámbito. 0 puntos: El Jefe de Proyecto no ha realizado trabajos en este ámbito. 15 puntos: El Jefe de Proyecto ha realizado 1 a 2 trabajos en este ámbito. 30 puntos: El Jefe de Proyecto ha realizado 3 a 4 trabajos en este ámbito. 40 puntos: El Jefe de Proyecto ha realizado 5 o más trabajos en este ámbito. 0 puntos: Los profesionales del equipo propuesto (excluye al jefe de proyecto) no han realizado trabajos en este ámbito. 10 puntos: Al menos uno de los profesionales del equipo propuesto (excluye al jefe de proyecto) han realizado 1 a 2 trabajos en este ámbito. 20 puntos: Al menos uno de los profesionales del equipo propuesto (excluye al jefe de proyecto) han realizado 3 a 4 trabajos en este ámbito. 30 puntos: Al menos uno de los profesionales del equipo propuesto (excluye al jefe de proyecto) han realizado 5 o más trabajos en este ámbito. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá informar su experiencia, completando para ello el Anexo N° 6 y Organigrama del Anexo N° 7 establecidos al efecto y se evaluará la experiencia del integrante que la tenga en mayor medida. En los anexos correspondientes se deberá incorporar medios de verificación de la experiencia declarada, tales como certificados emitidos por el mandante o cliente, copia de contratos, órdenes de compra, convenios, otros. Además, es deseable que se incluya datos de contacto del mandante o cliente que permitan verificar la información. Subfactor 1.2. Propuesta Metodológica y Plan de Trabajo (PMPT): 20% Este subfactor utilizará una escala de 0 a 100 puntos, que se asignará de acuerdo a los siguientes criterios: 100 puntos: Si se cumplen concurrentemente las siguientes condiciones: - La propuesta metodológica permite obtener todos los productos solicitados, considerando las características del trabajo a contratar definidas en el punto IV Bases o especificaciones técnicas. - Se identifica claramente la correlación de la propuesta metodológica con el plan de trabajo (anexo N°11), carta Gantt (Anexo N°10) y las horas profesionales comprometidas (Anexo N°7). - El plan de trabajo permite alcanzar los productos solicitados en el tiempo requerido. 50 puntos: Si se cumplen concurrentemente las siguientes condiciones: - La propuesta metodológica permite obtener todos los productos solicitados, considerando las características del trabajo a contratar definidas en el punto IV Bases o especificaciones técnicas. - La propuesta metodológica presenta falencias, omisiones y/o pocos detalles, a raíz de lo cual no permite identificar su correlación con el plan de trabajo (anexo N°11), carta Gantt (Anexo N°10) y/o las horas profesionales comprometidas (Anexo N°7). - El plan de trabajo permite alcanzar los productos solicitados en el tiempo requerido. 0 puntos si se cumple cualquiera de las siguientes condiciones: - La propuesta metodológica no permite obtener todos los productos solicitados, considerando las características del trabajo a contratar definidas en el punto IV Bases o especificaciones técnicas. - El plan de trabajo no permite alcanzar los productos solicitados en el tiempo requerido. 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBDERE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: ARTEMIO CASTILLO
e-mail de responsable de pago: ARTEMIO.CASTILLO@SUBDERE.GOV.CL
Nombre de responsable de contrato: VERONICA AGUILERA
e-mail de responsable de contrato: VERONICA.AGUILERA@SUBDERE.GOV.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26363600-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Es una prestacion de servicio especializada, se requiere y se necesita, que la consultoria sea realizada por el equipo profesional que se presenta en la propuesta y que sera evaluado con puntaje tecnico procurando asegurar la calidad del servicio.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SUBDERE, RUT. 60.515.000-4
Fecha de vencimiento: 22-06-2020
Monto: 1500000 Peso Chileno
Descripción: 3.1. TODOS LOS OFERENTES, deberán entregar, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, ubicada en calle Teatinos 92, Piso 2, comuna y ciudad de Santiago, dentro del período de recepción de ofertas y hasta el plazo máximo que señala el Cronograma, una Garantía de Seriedad de la Oferta, en los términos establecidos en el punto 15 y 15.1 de este acápite, pudiendo otorgarse también de manera electrónica, caso en el que deberá ser remitida al correo electrónico institucional “documento.garantia@subdere.gov.cl” y ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Plazo entrega será a la hora del día del cierre de ofertas publicada en el portal. Este documento podrá hacerse efectivo, sin notificación ni forma de juicio, si el proponente: a) No hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento al momento de la firma del contrato o no proporciona los antecedentes necesarios para su celebración. b) No suscribe el contrato dentro de los plazos señalados en estas Bases. c) No suscribe el contrato una vez puesto a su disposición por causa que le es imputable. d) Se desiste de su oferta dentro del plazo de vigencia de 60 días corridos. e) Presenta una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error. f) No se inscribe en el Chile Proveedores dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el sistema de información correspondiente a esta licitación.
Glosa: “Para Garantizar Seriedad de la Oferta: “SERVICIOS DE AUDITORÍA FINAL A LA CUENTA JUSTIFICATIVA DEL PROGRAMA “Apoyo para la reducción del déficit de cobertura de agua potable y saneamiento en el marco de las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Chile”
Forma y oportunidad de restitución: Los documentos de garantía serán devueltos por el Tesorero del Departamento de Administración y Finanzas de la SUBDERE, quién dejará constancia escrita, en una fotocopia de la misma caución, del día y hora del retiro y nombre completo, número de la cédula de identidad y firma de la persona a la que se le entrega el documento. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad y al oferente adjudicado se le devolverá una vez firmado el contrato y contra entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SUBDERE, RUT. 60.515.000-4
Fecha de vencimiento: 06-01-2021
Monto: 10 %
Descripción: 15.2.1. El oferente adjudicado, previo o simultáneamente a la suscripción del contrato respectivo y para caucionar su oportuno y fiel cumplimiento y las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, entregará a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo una Garantía, pagadera a la vista e irrevocable, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, por un monto ascendente al 10% del valor total del contrato, a la orden de la SUBDERE, RUT. 60.515.000-4.
Glosa: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato: “SERVICIOS DE AUDITORÍA FINAL A LA CUENTA JUSTIFICATIVA DEL PROGRAMA “Apoyo para la reducción del déficit de cobertura de agua potable y saneamiento en el marco de las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Chile– SUBDERE (E36754/2019)”
Forma y oportunidad de restitución: 15.2.6 La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta en alguno de los siguientes momentos, según sea el caso: a) En aquellos casos en que se hubiere ordenado o correspondiera sustituir la garantía: conjuntamente con la entrega de la nueva garantía o a contar de dicha fecha. b) En aquellos casos en que la adquisición o servicio se haya cumplido a satisfacción de la SUBDERE y no existan obligaciones pendientes: a contar de la fecha de vencimiento de la garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
.7. En caso de producirse empate entre los puntajes obtenidos de dos o más oferentes se atenderá a la oferta técnica que haya obtenido el mejor puntaje total ponderado en ese factor y, de persistir la igualdad, se tomarán en especial consideración el puntaje obtenido en los siguientes factores y subfactores de evaluación en el orden de prelación que se indica:
- Experiencia del Consultor
- Oferta Económica
Si aún persistiera el empate luego de aplicar los criterios precedentes en el orden de prelación indicado, preferirá la oferta del proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
10.1. La adjudicación de la oferta se resolverá previa conformidad para la contratación por parte de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), dentro del plazo estimado que establece el Cronograma de esta licitación y previo haberse certificado por algún abogado de Fiscalía, la idoneidad de los antecedentes legales presentados por los oferentes que se hayan ubicado en el primer lugar del ranking de acuerdo con lo señalado por la Comisión Evaluadora.

De tal modo, la comisión evaluadora, previo a la adjudicación, deberá remitir a la AECID, la oferta seleccionada junto con las bases técnicas o especificaciones técnicas de esta licitación, para recabar su conformidad a la contratación. Una vez obtenida, se notificará en el sistema de información al oferente seleccionado y a todos los demás participantes del proceso, y luego se firmará con aquel el contrato para la realización de la auditoría.

10.2. La SUBDERE adjudicará la licitación mediante resolución fundada a aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones y lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación de la Resolución respectiva en el sitio www.mercadopublico.cl
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
onforme al mismo artículo 40 citado en el párrafo anterior, se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para su presentación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

La Comisión Evaluadora concederá el plazo fatal de dos días hábiles para la corrección de estos errores u omisiones, contado desde el requerimiento, el que se informará a través del sistema de información. La SUBDERE no considerará las respuestas o antecedentes recibidos, una vez vencido dicho plazo.
c) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el numeral siguiente.

En el caso de que el puntaje obtenido sea un número con decimales, se aproximará al número entero más cercano (Si el número decimal es igual o mayor que 5 se aumentará al entero más cercano. Por otro lado, si el número decimal es menor que 5 se disminuirá al entero más cercano). Las aproximaciones mencionadas sólo se aplicarán al final de la evaluación, esto al ponderar el puntaje final, en las etapas anteriores se evaluará considerando DOS decimales, el segundo decimal se aproximará de acuerdo al valor del tercer decimal de la misma forma indicada anteriormente.