BIENES Y/O SERVICIOS A CONTRATAR |
La información se encuentra contenida en las Bases Técnicas de la presente licitación.
Importante: La evaluación y adjudicación será por la totalidad, esto quiere decir que podrá haber solo un proveedor adjudicado, y en caso de no cumplir, esta será declarada inadmisible.
Junto a ello, las ofertas deberán contemplar todas las especificaciones técnicas de los insumos solicitados, de lo contrario será declarada inadmisible.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR |
Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que no hayan sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras.
Asimismo, no podrán participar empresas condenadas en virtud de lo establecido en la Ley 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl, a excepción de lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Se aceptará solo una oferta por cada oferente, de lo contrario estas serán declaradas inadmisibles. Además, se declarará inadmisible a las ofertas publicadas con valores de $1.
Las ofertas deberán ser ingresadas a portal www.mercadopublico.cl en montos totales netos por la totalidad de los productos
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ANEXOS |
Todos los Anexos deberán ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda.
Los anexos serán ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos, Anexos técnico y Anexos económicos
a) ANEXOS ADMINISTRATIVOS Declaración jurada simple digital. (Todos los oferentes deberán obligatoriamente firmar electrónicamente la declaración jurada disponible en el sistema de información de Mercado Púbico)
Anexo N°1 Declaración para Uniones Temporales de Proveedores, en caso de que corresponda
Anexo N°5 Datos de pago
b) ANEXOS TÉCNICOS Anexo N°2 Oferta Técnica
Anexo N°4 Certificado de experiencia modelo (Formato modelo)
Ficha técnica o descripción detallada de los productos
Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
Documentos que acrediten experiencia en caso que corresponda
c) ANEXO ECONÓMICO Anexo N°3 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Anexo N°2 Y Anexo N°3 serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Anexo N°1, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.
El Anexo N°4 de experiencia se entregará como un formato modelo para facilitar la presentación de experiencia entregada por los oferentes, lo cual no lo hace un anexo obligatorio para presentar la oferta.
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INDISPONIBILIDAD DEL PORTAL |
En el caso que exista indisponibilidad técnica del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas mediante el correspondiente Certificado de Indisponibilidad, el cual se tendrá que solicitar a dicho Servicio dentro de las 24 horas hábiles siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los participantes deberán proceder como se indica a continuación:
1. Notificar de la situación de indisponibilidad, antes de la fecha y hora de apertura de las ofertas señalada en las Bases de Licitación, al responsable del proceso a través de los siguientes correos electrónicos: camila.maldonado@corporacionlampa.cl, y decker.casanova@corporacionlampa.cl, además de adjuntar su oferta y toda la documentación solicitada para esta licitación, la cual deberá ser idéntica a la entregada en soporte papel una vez recibido el certificado de indisponibilidad. Lo anterior con el objeto que esta Corporación no realice el acto de apertura de las ofertas hasta el día y hora que se reciban las posibles ofertas en soporte de papel, de manera de no otorgar una situación de privilegio de los otros competidores y que no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
2. Los participantes tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Estos antecedentes se deberán entregar en un sobre cerrado debidamente identificado con el nombre de la propuesta y del oferente en la portada, además de adjuntar toda la documentación solicitada para esta licitación, al encargado del proceso en la Corporación de Desarrollo Social, ubicada en Sargento Aldea Nº 898, Lampa. Todos los documentos adjuntos deberán tener fecha de emisión hasta antes de la fecha de recepción de ofertas de licitación, como es el caso de garantías o certificados si corresponde.
La Corporación publicará en la Licitación Pública respective, la Resolución que dé cuenta de tal situación, fijándose así una nueva fecha para realizar el acto de Apertura, si corresponde.
De acuerdo a lo anterior, es importante señalar que aquellas empresas que no cumplan con la notificación vía correo electrónico sobre la indisponibilidad, o con cualquiera de los puntos establecidos en esta cláusula, su oferta física no será recepcionada.
Finalmente, si al momento de la apertura de las ofertas, se constata que la oferta enviada vía correo electrónico no es concordante con la presentada en forma física en el sobre cerrado, su oferta será declarada Inadmisible.
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INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES |
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 07 días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 7 días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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FORO Y PREGUNTAS |
Los oferentes conforme las Especificaciones Técnicas deberán elaborar una oferta detallada de los servicios ofertados y si surgieran dudas u objeciones, deberán solicitar por escrito las consultas pertinentes a la Unidad Técnica.Las consultas deberán formularse por escrito a través de la página www.mercadopublico.cl en los plazos establecidos, Link "FORO" durante la fecha y hora que se señala en el portal. Estas consultas serán respondidas por esa misma vía a través de Resolución Fundada, al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta, dentro de los plazos estipulados.
Se aceptarán solo consultas relativas a temas técnicos del suministro y/o administrativos de la licitación. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto para tal efecto, para lo cual los oferentes deberán tener en consideración lo siguiente:
a) Se citará cada consulta, sin individualizar al participante que la haya formulado, y luego se consignará la respuesta respectiva.
b) La corporación se reserva el derecho de no responder la totalidad o parte de las consultas si no las considera pertinentes al desarrollo de este proceso.
c) El oferente adjudicado no podrá condicionar ninguna aclaración o modificación de las Bases Administrativas o Técnicas, si ella no ha sido materia de la serie de preguntas y respuestas efectuadas dentro del plazo antes dicho.
d) Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, la Corporación se reserva el derecho de emitir, para todos los oferentes, aclaraciones a las Bases que estimare necesarias, ya sea para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y altere o genere un sesgo en la adjudicación de una oferta que sea favorable para esta Corporación, o las que hubieran surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados en el proceso de Licitación y todo dentro del plazo estipulado, antes de la Apertura de las Ofertas.
e) Si habiéndose realizado consultas complejas que dificulten dar respuesta dentro de los plazos establecidos o impliquen la revisión de los antecedentes del Itemizado, se extenderá el plazo de respuestas en el portal y de igual forma se ampliará la fecha de apertura, para que los oferentes no se vean afectados en su postulación.
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DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA |
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta, existiendo la posibilidad de re-adjudicación.
En el caso del adjudicado, las condiciones comerciales ofrecidas se mantendrán vigentes hasta el total cumplimiento de la entrega de lo requerido, o por el periodo de duración del contrato, salvo que exista alguna modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en las Bases de Licitación.
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SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS |
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN |
Se procederá a Revocar la licitación cuando exista una causa justificada que afecte el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Y puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante mediante resolución o acto administrativo y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
Con relación al estado de Licitación “suspendida”, permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días, y posteriormente, seguir con el curso normal de una licitación y procede cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida pudiendo asignarse el estado desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, la entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de licitación. Sin embargo, se reserva la facultad de permitir a los oferentes corregir errores u omisiones formales de acuerdo con las pautas en estas bases, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Esta declaración se hará a través de acto administrativo o resolución fundada, y no dará derecho a indemnización a los oferentes. Las causas que pueden llevar a esta declaración son:
1. La falta de publicación de la oferta en el Sistema de Información Mercado Público, a menos que haya una indisponibilidad del sistema.
2. En caso de no adjuntar, modificar o presentar de forma incompleta los Anexos N°2 y N°3.
3. Cuando el Anexo N° 3 no se encuentre legible o apto para ser evaluado.
4. Conforme a las bases, en caso de haber incongruencias entre la información entregada por el proveedor en el Anexo N°3 y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Anexo N°3, sin embargo, si el anexo mencionado también presenta incongruencias, será causa de inadmisibilidad de la oferta.
5. Si las fichas tecnicas o la información entregada respecto a los productos es ilegible, incongruente y/o carecen de la información y especificaciones basicas solicitadas.
6. La omisión de documentos administrativos o técnicos esenciales que conducen a la inelegibilidad de la oferta y, por ende, a su exclusión según las pautas de las bases de licitación.
7. Ofertas publicadas con valores de $1
8. Ofertas que no cumplan con las pautas de postulación según tipo de adjudicación, como la no oferta de todos los insumos de una canasta o producto.
9. Ofertas presentadas que superan el presupuesto disponible indicado y que no se dispongan de los recursos financieros suficientes para aceptarla. En otras palabras, solo se admitirá la oferta que, al exceder el presupuesto, la corporación tenga los recursos económicos necesarios para su aceptación.
10. Si el precio unitario ofertado no resulta conveniente para la adquisición en base a la comparación del costo en el mercado.
11. Si la oferta presentada supera mas de un 30% el presupuesto estimado, en caso de considerar admisible aquella oferta con las condiciones del número 9 de este punto.
12. La omisión de aclaraciones o la inclusión de antecedentes solicitados a través de la plataforma de Mercado Público en el Foro Inverso, cuando se haya especificado que dicha omisión resultará en la inadmisibilidad de la oferta.
13. No cumplir con la asistencia a la visita a terreno o entrega de muestra cuando se indique su carácter obligatorio.
14. Cuando supere el plazo de ejecución informado en las bases.
15. No presentar Garantía de seriedad de la oferta cuando sea solicitada en las bases.
16. Cuando la garantía sea menor a lo indicado en las bases.
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ACLARACIONES DE OFERTAS |
Las aclaraciones podrán realizarse durante la apertura de la propuesta, así como también durante el proceso de evaluación de acuerdo a lo establecido.
a) APERTURA
• Si ninguno de los oferentes cumple con la presentación de toda la documentación exigida, se solicitará aclaratoria a través del foro inverso para que presenten antecedentes faltantes, extendiéndose la aceptación o rechazo a través del portal hasta el plazo de cierre del foro.
• Aquellos casos en que existan errores que no inciden en el proceso (falta de firma en la documentación, vigencia de algún documento presentado, etc.), independiente de que el resto de los oferentes hayan cumplido con las formalidades.
Se se otorgará un plazo de 25 horas con un máximo de 48 horas para aquellos errores de forma y para la omisión de documentos, para que el oferente subsane su situación, si este periodo contempla feriados y fines de semanas el plazo se postergará hasta el día habil siguiente.
b) EVALUACIÓN
Las aclaraciones durante esta etapa tendrán relación con aquella información que impida a la comisión realizar una adecuada evaluación. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
• La Corporación se reserva el derecho de solicitar a los oferentes que solucionen errores, omisiones formales o que mejoren aspectos particulares de la oferta.
• Asimismo, podrá solicitar a los oferentes, las aclaraciones y antecedentes que considera pertinentes para una mejor evaluación de las ofertas y que no favorezca en puntaje a éste.
Transcurrido el plazo otorgado en las bases y cuando se trate de la falta de documentos que resulten relevantes para el proceso de evaluación sin que el oferente los haya subsanado, la oferta será declarada inadmisible.
Las aclaraciones de información solicitadas o entregadas como complemento, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.
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DE LA EVALUACION |
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por cinco (3) integrantes, designados por resolución.
La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas:
1. Un funcionario(a) de la Dirección de Salud
2. Un funcionario(a) del Departamento de Abastecimiento
3. Un funcionario(a) del área de informatica
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas
c) Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas
e) Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compras
f) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas
g) Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo
h) Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas
i) Por último, el evaluador declarará que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
La Comisión de Evaluadora queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que pueda surgir en relación con el acto de apertura, etapas previas a la evaluación contempladas en las Bases (tales como demostración de los productos, visita a terreno u otros análogos) o de evaluación de las ofertas, en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases, todas las cuales deberán ser resueltas procurando el correcto, transparente, imparcial y eficiente desarrollo de la licitación y resguardando la debida armonía que en tal proceder debe existir entre los principios de estricta sujeción a las Bases con los de razonabilidad e interés público. En ningún caso el ejercicio de esta facultad podrá importar una modificación a lo establecido en las Bases.
Durante la ejecución cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración al secretario/a General o al Director/a de Administración y Finanzas, según corresponda, previo informe Técnico emitido por la Contraparte.
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COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES |
La evaluación al Comportamiento Contractual tiene por objeto descontar puntaje, respecto del total obtenido, aplicando la Pauta de Evaluación de los Criterios definidos para la presente licitación. Para definir el Tipo de Sanción, será considerada la información proporcionada por el Historial de Comportamiento Contractual de la Plataforma Chile Proveedores de los últimos 12 meses contados desde la fecha de apertura.
Se considerará:
- Cobro de Multa: Se descontará 1 punto
- Cobro de Garantía: Se descontarán 2 puntos
- Término anticipado por Incumplimiento de Contrato: Se descontarán 5 puntos
Cada puntaje indicado en la Tabla precedente se deberá considerar por cada tipo de sanción que presente el proveedor, es decir, en caso de presentar más de una sanción en los últimos 12 meses, el puntaje se irá restando hasta un máximo de 15 puntos.
Notas:
- Para el Tipo de Sanción cobro multa, la disminución de puntaje a partir de la 1ra multa sancionada y en lo sucesivo por cada multa sancionada.
- Para el Tipo de Sanción cobro garantía, la disminución de puntaje a partir de la 1ra garantía cobrada y en lo sucesivo por cada garantía cobrada.
- Para el Tipo de Sanción Termino anticipado contrato, la disminución de puntaje a partir del 1er Término y en lo sucesivo por cada término sancionado.
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COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES |
La evaluación al Comportamiento Contractual tiene por objeto descontar puntaje, respecto del total obtenido, aplicando la Pauta de Evaluación de los Criterios definidos para la presente licitación. Para definir el Tipo de Sanción, será considerada la información proporcionada por el Historial de Comportamiento Contractual de la Plataforma Chile Proveedores de los últimos 12 meses contados desde la fecha de apertura.
Se considerará:
- Cobro de Multa: Se descontará 1 punto
- Cobro de Garantía: Se descontarán 2 puntos
- Término anticipado por Incumplimiento de Contrato: Se descontarán 5 puntos
Cada puntaje indicado en la Tabla precedente se deberá considerar por cada tipo de sanción que presente el proveedor, es decir, en caso de presentar más de una sanción en los últimos 12 meses, el puntaje se irá restando hasta un máximo de 15 puntos.
Notas:
- Para el Tipo de Sanción cobro multa, la disminución de puntaje a partir de la 1ra multa sancionada y en lo sucesivo por cada multa sancionada.
- Para el Tipo de Sanción cobro garantía, la disminución de puntaje a partir de la 1ra garantía cobrada y en lo sucesivo por cada garantía cobrada.
- Para el Tipo de Sanción Termino anticipado contrato, la disminución de puntaje a partir del 1er Término y en lo sucesivo por cada término sancionado.
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MECANISMO DE DESEMPATE |
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
1. Mejor puntaje Oferta económica
2. Mejor puntaje Plazo de entrega
3. Mejor puntaje Experiencia
4. Mejor puntaje de Sustentabilidad
5. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
6. Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA |
El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado y se procederá, posteriormente, a su adjudicación mediante acto administrativo fundado de la Corporación, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
La notificación de la adjudicación, tanto al/los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el oferente adjudicado se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado o que se desista de su oferta, la Corporación podrá readjudicar, dentro de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses de la Corporación, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
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CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN |
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica decker.casanova@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl.
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DEL CONTRATO |
El contrato será de ejecución inmediata, por medio de un (1) despacho y servicio técnico incluido de los equipos, por el período de 12 meses, a partir de la formalización de la contratación.
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FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
La contratación se formalizará mediante el envío y posterior aceptación de la Orden de Compra de los productos y/o servicios adjudicados a través del Portal Mercado Público.
Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra hasta 48 horas desde su envío en el Portal Mercado Público, de lo contrario la Corporación podrá readjudicar la licitación y cobrar la multa correspondiente.
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CONDICIONES DE ENTREGA |
La entrega de los productos deberá ser coordinada con los encargados de cada establecimiento, previa gestión del despacho e instalación en el destino final, y paralelamente darle aviso al Encargado de Bodega, Mario Andrades. Correo electrónico: bodegacentral@corporacionlampa.cl.
Establecimiento CESFAM Batuco
Dirección de despacho Santa Elena Nº180, Batuco
Encargado Fabian Vasquez
Correo electrónico Fabian.vasquez@corporacionlampa.cl
Horario - Lunes a jueves de 8:30 a 13:30 horas y 15:00 a 17:00
- Viernes de 8:30 a 13:30
Establecimiento CESFAM Bauza
Dirección de despacho Barros Luco Nº1239, Lampa
Encargado Daniel Ramírez
Correo electrónico Daniel.ramirez@corporacionlampa.cl
Horario - Lunes a jueves de 8:30 a 13:30 horas y 15:00 a 17:00
- Viernes de 8:30 a 13:30
Establecimiento CESFAM Juan Pablo
Dirección de despacho Cacique Colin N°2049, Lampa
Encargado Beatriz Ramirez
Correo electrónico Beatriz.ramirez@corporacionlampa.cl
Horario - Lunes a jueves de 8:30 a 13:30 horas y 15:00 a 17:00
- Viernes de 8:30 a 13:30
Cabe destacar que, si el despacho calza en un día feriado o fines de semana, se considerará el primer día hábil posterior a estos.
Si un producto es recepcionado en mal estado y/o deteriorado, será responsabilidad del proveedor generar el cambio y entrega de los productos, en un plazo fatal de 3 días corridos.
Es de carácter obligatorio que la entrega de los bienes corresponda a la totalidad de la adjudicación acompañado por la guía de despacho o factura y orden de compra, dentro del plazo ofertado, no se aceptaran despachos parcializados, de caso contrario será rechazado en su totalidad.
La instalación de los productos con sus sistemas será al momento de la recepción de estos en los centros acordados.
En caso de exceder o no dar cumplimiento al plazo acordado en la solicitud, se podrá efectuar el término anticipado del contrato, justificado con el incumplimiento de los acuerdos y tiempos establecidos.
Los despachos efectuados por intermediación de empresas de encomienda, tendrán un plazo de dos días hábiles para recepción conforme de los bienes por parte de la unidad de bodega perteneciente al departamento de abastecimiento de la corporación.
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DEL DESPACHO |
CANTIDAD ESTABLECIMIENTO
Pack con 03 dispositivos PDA CESFAM Bauza
Pack con 02 dispositivos PDA CESFAM Batuco
Pack con 01 tótem liviano CESFAM Juan Pablo II
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FACTURACIÓN |
El contratista deberá facturar una vez recepcionados los servicios y/o productos de manera conforme.
Cada Orden de Compra o contrato deberá ser facturado de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda:
CENTRO DE COSTO GIRO
SALUD Actividades de centros de salud municipalizados (servicios de salud pública)
El giro y financiamiento será ingresado de forma explícita en las ordenes de compra del sistema Mercado Público, específicamente en la sección de observaciones.
Las facturas deberán ser a crédito, y no al contado. Asimismo, deberán ser por canasta de productos.
Las facturas deberán ser enviadas a facturacion@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl, indicado el número de Orden de Compra y financiamiento una vez realizado el servicio o despachados los productos.
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PAGO |
La Corporación pagará al Contratista por los bienes encomendados según orden de compra y factura previa recepción conforme de los bienes efectivamente entregados por parte de la Contraparte Técnica.
Para el pago de la boleta de honorarios, el cálculo del monto bruto considerará el porcentaje de retención del período vigente a la fecha de notificación de la adjudicación.
La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos contados desde que el Contratista presente los siguientes antecedentes:
a) Certificado que indique la recepción conforme de los bienes requeridos, otorgado por la Contraparte Técnica de la Corporación
b) Para proceder a ejecutar los pagos que correspondan, la Orden de Compra respectiva debe encontrarse aceptada por el proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl
c) La(s) factura(s) respectiva(s), extendida(s) a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT Nº 70.954.200-1, domicilio en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa
d) Comprobante de pago de multa, si hubiere
Declaración jurada simple del proveedor o beneficiario del cobro que señale si la factura será o no cedida a algún factoring de conformidad a la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura, o bien una especificación detallada y documentada, mediante su copia cedible, si el crédito a que da derecho el documento mercantil referido ha sido o será definitivamente cedido a este tipo de instituciones financieras, especificándose con rigurosidad los antecedentes que permitan realizar el pago a tal organismo (nombre, Rut, detalle de cuenta corriente, etc).
En caso que la factura sea cedida a crédito (factoring) se deberá adjuntar una copia del contrato de factoring y la copia cedible de la factura.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo establecido en el artículo 3º Nº 2 de la Ley Nº 19.983.
El pago deberá realizarse a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.
En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.
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LEY DE FACTORING |
La Corporación cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo señalado y dispuesto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley N. º 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
En todo lo no previsto se regirá por lo estipulado en la Ley N. º 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la Factura.
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DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO |
La labor de Contraparte Técnica será realizada por el director del establecimiento. Dentro de las funciones se encuentran:
a) Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del Certificado de conformidad
b) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda
c) Colaborar y asistir al Contratista en el ámbito de sus competencias
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MULTAS |
21.1. INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales deberán ser proporcional al monto del contrato y, a su vez, no podrán superar el 30% del valor total indicado en la Orden de Compra correspondiente.
En función de la infracción cometida por el adjudicatario se le aplicaran las siguientes sanciones:
a) Multa por atraso: corresponde a la sanción, cada vez que el proveedor no de cumplimiento a la fecha de entrega comprometida, según lo ofertado por este. Se expresará en una multa que corresponderá al 2% del valor del contrato por día de atraso, por orden de compra emitida
b) Multa por despacho o servicio incompleto: corresponde a la sanción cuando el proveedor no da cumplimiento a la totalidad de lo descrito en la orden de compra y despacha o ejecuta el servicio de manera incompleta. Se expresará en una multa que corresponderá al 2% del valor del valor total adjudicado por día de atraso en completar el resto de la orden de compra.
c) Multa por no respuesta de servicio técnico: Corresponde a la sanción cuando el proveedor no da cumplimiento a las mantenciones ofertadas. Se expresará en una multa que corresponderá al 2% del pedido del valor del contrato, por orden de compra emitida
d) Multa por no realización de capacitación: corresponde a la sanción, cuando el proveedor no de cumplimiento a la capacitación a los funcionarios. Se expresará en una multa que corresponderá al 2% del pedido del valor del contrato, por orden de compra emitida
e) Multa por atraso de aceptación de la Orden de Compra: corresponde a la sanción, cuando el proveedor no de cumplimiento a la aceptación de la Orden de Compra en el plazo estipulado (48 horas desde su envío). Se expresará en una multa que corresponderá al 2% del pedido del valor del contrato, por orden de compra emitida
f) Multa por no instalación y/o retraso: corresponde a la sanción, cuando el proveedor no de cumplimiento a los plazos de instalación o no instala los productos. Se expresará en una multa que corresponderá al 2% del pedido del valor del contrato, por orden de compra emitida
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 10% del monto del contrato son:
• Incumplimiento de la totalidad de lo requerido en la orden de compra
• Rechazo total de los productos por no ajustarse a las especificaciones técnicas
• Incurrir en falsedad en el cobro de los productos
• Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos.
21.2. ACUMULACIÓN DE MULTAS
En caso de que las multas acumuladas durante la ejecución alcancen el 30% del precio total del contrato, la Corporación podrá poner término anticipado al mismo.
21.3. PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o amonestaciones por parte de la Corporación, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de una carta de notificación mediante correo del proveedor y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl.
La notificación de sanción será ingresada por la Corporación al módulo de Gestión de Contratos, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida a aplicar. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá cinco (5) días corridos para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, los que podrá ingresar directamente a través del módulo señalado, o bien remitirlos a los correos electrónicos tamara.rodriguez@corporacionlampa.cl, david.gomez@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Por su parte, si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 30 dias hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante resolución fundada. Estas resoluciones serán publicadas y notificadas electrónicamente, a través del módulo de gestión de contratos, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio y convenio respectivo.
Las notificaciones de los actos administrativos antes referidos, que deban practicarse por medio de correo electrónico serán dirigidos a la casilla o dirección que el oferente adjudicado indique al momento de la postulación, para estos efectos, el cual deberá procurar mantener operativa.
En caso de adquisiciones simples, que no impliquen la gestión de contratos, la resolución de multa sera publicada en el módulo “Ficha del proveedor” sección Comportamiento del proveedor en el portal mercado publico.
El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la orden de compra correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
La entidad licitante podrá declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
b) Por fallecimiento del proveedor
c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el porcentaje máximo de multas establecido; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del suministro contratado; inobservancia o vulneración de lo adquirido y/o contratado
d) Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo
e) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato
f) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Corporación, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo
g) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, continuos o discontinuos. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123
h) Si el proveedor no puede cumplir con su obligación de suministro de los productos debido a la cancelación de la licencia del producto o de la autorización para su comercialización o por cualquier otra circunstancia por la cual ya no pueda comercializar el producto o no cuente con el mismo
i) En caso que el Instituto de Salud Pública, la Autoridad Sanitaria u órgano público de salud respectivo, adopte la medida de alerta de retiro del mercado del producto o de no utilización del mismo
j) Si, transcurrido a lo menos la mitad del período de vigencia del contrato, los productos se encuentran descontinuados o desaparecen del mercado lo cual deberá ser debidamente acreditado por el Proveedor con la documentación que de cuenta de ello. Lo anterior a menos que el proveedor ofrezca productos alternativos de igual o superior calidad, por el mismo precio contratado
k) Si los productos licitados son objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio
l) Por caso fortuito o fuerza mayor de la Corporación
m) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación o mutuo acuerdo, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
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OTRAS DISPOSICIONES |
23.1 MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN
La Corporación se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos de la licitación, sea por iniciativa propia. o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de compra.
Estas modificaciones se realizarían hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, las que deberán ser aprobadas por el correspondiente acto administrativo y cumplir con las formalidades respectivas.
La Corporación comunicará oportunamente el contenido de estas modificaciones a los oferentes por medio del portal www.mercadopublico.cl, las cuales podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas, suspensiones de plazo o de cualquier otra indole, que pudiesen ser relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior adjudicación.
23.2 GARANTÍAS
Según lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N°3, que refunde y actualiza la Ley 19.496, la cual establece las normas sobre protección de los derechos de los consumidores, el proveedor se deberá comprometer a garantizar el mínimo pactado por ley y, en su efecto, comprometerse a lo ofertado en el anexo técnico, adjuntado en las presentes bases de licitación.
23.3. SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Corporación. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
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AUMENTO Y DISMINUCIONES |
La Corporación podrá ordenar al proveedor que amplíe hasta en un 30% o disminuya hasta en un 50% el valor total del contrato u orden de compra impuesto incluido, lo cual será notificado a través de la respectiva Orden de Compra o la Resolución Exenta que lo autorice a través del Portal Mercado Público.
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CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL EQUIPO |
Será de costo del proveedor adjudicado el pago del servicio técnico de mantenimiento preventivo, cuya periodicidad será 3 veces al año, a partir de la adjudicación. El servicio técnico será brindado por el proveedor autorizado por el fabricante del equipo.
El requirente es el responsable de informar dentro de las 72 (setenta y dos) horas de ocurrido cualquier desperfecto o mal funcionamiento del equipo, para que se contacte al proveedor adjudicado de servicio técnico autorizado por el fabricante del equipo. Tampoco podrán intervenir los equipos ni repararlos terceras personas.
25.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El servicio técnico deberá efectuar la mantención preventiva a cada equipo. Las tareas a ejecutar serán coordinadas directamente con el fabricante, con la finalidad de dejarlos operativos y en óptimas condiciones de funcionamiento.
25.2. SERVICIOS CONEXOS
Se entenderá como servicio conexo, aquellos vinculados o relacionados con el objetivo de la presente licitación y que en dicha función es razonable contratar con el mismo proveedor, como por ejemplo servicio de mantención correctiva.
El servicio técnico deberá efectuar la mantención correctiva a cada equipo en caso de ser requerido. Las tareas a ejecutar serán coordinadas directamente con el fabricante, con la finalidad de dejarlos operativos y en óptimas condiciones de funcionamiento. La ejecución será variable, sujeto a necesidad del requirente.
Es decir, en caso de que, en la mantención preventiva se constate que existen reparaciones adicionales que no correspondan a este servicio (casos fortuitos), estas se contemplarán dentro de la mantención correctiva, la cual se deberá realizar las veces que sea necesaria la reparación de un equipo descrito con anterioridad que se encuentre con fallas luego de la realización del servicio permanente.
El adjudicatario deberá generar un informe técnico de diagnóstico, por cada solicitud de asistencia técnica y mantención correctiva, que considerará como mínimo la causa de falla, la propuesta de solución, los repuestos e insumos involucrados y plazo de solución del problema.
Serán de cuenta del contratista la provisión de las herramientas necesarias para los trabajos.
Una vez finalizado el mantenimiento correctivo de cada equipo, el adjudicatario tendrá que entregar un informe técnico al servicio respectivo, debe indicar todos los procedimientos realizados en la mantención correctiva e indicar las pruebas de funcionamiento realizadas para comprobar la operatividad del equipo.
Cada mantención correctiva deberá finalizar con ajustes (de ser necesario) y pruebas de funcionamiento correspondientes para así asegurar la calidad y el funcionamiento del equipo en el servicio.
- MODO DE OPERACIÓN SERVICIOS VARIABLES
- El director del establecimiento solicita vía correo electrónico, cotización al proveedor adjudicado por mantenciones correctivas requeridas
- La empresa deberá realizar visita técnica
- El contratista deberá envíar al menos dos cotizaciones, indicando plazos de ejecución de los servicios junto con la valorización, detallando costo mano de obra (conforme a lo ofertado en las presentes bases de licitación), descripción y valores de los repuestos a utilizar, para su posterior análisis y aprobación de la contraparte técnica junto con el Departamento de Abastecimiento
- La Dirección de Administración y Finanzas, aprueba y devuelve a la empresa, la orden valorizada, timbrada y firmada. De no aprobarse la orden de valorización, se devuelve con sus observaciones y se retoma nuevamente el punto a)
- De ser aprobado el servicio será formalizado mediante el envio de la orden de compra a través del Departamento de Abastecimiento por medio del portal Mercado Público
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí señaladas habilitará al proveedor adjudicado para ponerle término anticipado del contrato, debiendo enviar comunicación escrita al comodatario dentro de las 24 horas siguientes con las razones respectivas.
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MATERIALES Y REPUESTOS |
Serán de cuenta del contratista la provisión de todo lo necesario para el buen funcionamiento del servicio, ello significa, maquinaria y las herramientas necesarias para los trabajos de mantención.
• Mantención preventiva: Serán de cuenta del contratista la provisión de los materiales, de la maquinaria y de las herramientas necesarias para los trabajos.
• Servicio conexo: Serán de cuenta de la Corporación y se gestionará por medio de correo electrónico y se formalizará a través de Orden de Compra Portal
Importante: Los repuestos y accesorios deberán ser originales, en caso fortuito, quiebres de stock y/o fuerza mayor se podrán emplear alternativos previa autorización de la contraparte técnica y el Departamento de Abastecimiento.
Finalmente, los productos ofertados se deberán ajustar y/o asimilar a la calidad técnica del modelo tipo indicado o características señaladas, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
HORARIOS
- Mantención preventiva: Los trabajos de mantenimiento deben ser realizados en el establecimiento, previa coordinación con el director y Departamento de Abastecimiento, según calendario anual de común acuerdo entre ambas partes, dicho horario debe ser de lunes a jueves entre las 8:30 y 17:30 y el día viernes de 8:00 a 12:00 hrs
- Servicio conexo: Comprende todas aquellas visitas que sean de emergencias y el ofertente deberá dejar teléfono fijo y celular para poder notificar de alguna falla correctiva si es necesario, estas solicitudes se realizarán de lunes a jueves entre las 8:30 y 17:30 y el día viernes de 8:00 a 12:00 hrs
NOTA: Cada oferta deberá contener la totalidad de los ítems que componen la canasta, de lo contrario esta será declarada inadmisible.
Por otro lado, las ofertas de los productos y servicios se deberán ajustar y/o asimilar a la calidad técnica de lo indicado en las presentes bases técnicas, de lo contrario estas serán declaradas inadmisibles.
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ANTECEDENTES FINALES |
Para efectos de la presente licitación, las bases administrativas, bases técnicas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas, formarán parte integra del proceso licitatorio como también para la ejecución del contrato.
Toda impresión o discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor se beneficie la ejecución del contrato, previa coordinación y autorización del Inspector del Contrato.
En caso de existir discordancia entre lo indicado en las Bases Administrativas y la Ficha Electrónica de la Licitación, primará lo informado en las Bases Administrativas.
Finalmente, los servicios y sistemas ofertados se deberán ajustar y/o asimilar a la calidad técnica del modelo tipo indicado o características señaladas, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
La información entregada por el contratista a la Corporación deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (ejemplo; formato CSV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, etc.
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