Si la Comisión Evaluadora estima necesario hacer uso de su facultad de solicitar un determinado antecedente o información, o de pedir una aclaración respecto de algún punto obscuro o dudoso e la oferta, deberá realizarlo para todos aquellos oferentes que se encuentren en la misma situación.
La Subsecretaría, a través del portal www.mercadopublico.cl podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecte el principio de igualdad de los oferentes. Asimismo, podrá solicitar aclaración de algún punto de la oferta que sea dudoso u obscuro y respecto del cual se requiera explicar de manera más clara y precisa su verdadero alcance. Mediante la aclaración a la oferta, no será posible modificar ningún aspecto de la propuesta o adicionar contenido a la misma, su finalidad será únicamente precisar el sentido y alcance.