Licitación ID: 1562-59-LP23
PROYECTO PLATAFORMA PÚBLICA MINERA SERNAGEOMIN
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA, Servicio Nacional de Geología y Minería
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Software de sistema operativo 1 Unidad
Cod: 43233004
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO PLATAFORMA PÚBLICA MINERA, REQUERIDO POR LA SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE MINERÍA DEL SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROYECTO PLATAFORMA PÚBLICA MINERA SERNAGEOMIN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El propósito fundamental de este proyecto radica en establecer los cimientos iniciales para la creación de la primera versión de un sistema central, esencial para la gestión integral de los datos maestros más críticos de la Subdirección de Minería, sistema conocido como un MDM Master Data Management. Esto permitirá avanzar hacia el objetivo a largo plazo de tener una “Plataforma Pública Minera” que dará respuesta a las necesidades específicas de información de la Subdirección Nacional de Minería, Sernageomin en general y de la ciudadanía en el ámbito minero.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA
Unidad de compra:
Servicio Nacional de Geología y Minería
R.U.T.:
61.702.000-9
Dirección:
Avda. Santa María Nº 0180
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-09-2023 12:00:00
Fecha de Publicación: 16-08-2023 13:03:00
Fecha inicio de preguntas: 16-08-2023 13:05:00
Fecha final de preguntas: 25-08-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-08-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-09-2023 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-09-2023 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-09-2023 9:51:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
REUNIÓN INFORMATIVA DE CARACTER VOLUNTARIA, SEGÚN LO INDICADO EN PUNTO 7 DEL ARTÍCULO N°35 DE LAS BASES TÉCNICAS DE LICITACIÓN, A REALIZARSE EN AV. SANTA MARÍA N°0180 PROVIDENCIA 23-08-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
2.- ANEXO N°2
3.- ANEXO N°3
4.- ANEXO N°5
5.- ANEXO N°6
Documentos Técnicos
1.- ANEXO TÉCNICO 6
 
2.- ATLAS_MANUAL DE FAENAS MINERAS
 
3.- ATLAS_MODELO ATLAS
 
4.- ATLAS_MODELO ATLAS
 
5.- ATLAS_PROCESOS ATLAS_SIMIN
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°4 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 5. PRECIO DE LA OFERTA SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE BASES ADMINISTRATIVAS, APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°1520 DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2023. 10%
2 4. PROPUESTA METODOLÓGICA Y PLAN SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE BASES ADMINISTRATIVAS, APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°1520 DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2023. 20%
3 2.EXPERIENCIA EQUIPO TÉCNICO, LOS INTEGRANTES QUE SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE BASES ADMINISTRATIVAS, APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°1520 DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2023. 30%
4 3.CUMPLIMIENTO ESTÁNDARES DE CALIDAD DE SERVICIO Y SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE BASES ADMINISTRATIVAS, APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°1520 DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2023. 15%
5 6. PRESENTACIÓN FORMAL DE LA PROPUESTA SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE BASES ADMINISTRATIVAS, APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°1520 DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2023. 5%
6 1.EXPERIENCIA EN DESARROLLO DE PROYECTOS TECNOLÓGI SEGÚN SE INDICA EN ARTÍCULO N°16 DE BASES ADMINISTRATIVAS, APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N°1520 DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2023. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SERNAGEOMIN
Monto Total Estimado: 76374000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 4 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: XIMENA HIDALGO
e-mail de responsable de pago: ximena.hidalgo@sernageomin.cl
Nombre de responsable de contrato: HEIDI CANO
e-mail de responsable de contrato: heidi.cano@sernageomin.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-24825500-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
Fecha de vencimiento: 06-11-2023
Monto: 763740 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta, de la licitación pública para la contratación del servicio para el desarrollo del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante, en Avenida Santa María N° 0104, Providencia. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante recién aludida.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGÍA Y MINERÍA
Fecha de vencimiento: 11-03-2024
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para Garantizar a SERNAGEOMIN el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la contratación del servicio para el desarrollo del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin y las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del proveedor”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso SERNAGEOMIN queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite. Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 21° sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere. Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante. El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado en el procedimiento para la aplicación de multas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

ARTÍCULO 1º: NORMATIVA Y TIPO DE LICITACIÓN

La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.

Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:

  1. Modificaciones que se introduzcan a las Bases Administrativas y Técnicas que se aprueban por este acto.
  2. Las consultas a las Bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas evacuadas por SERNAGEOMIN.
  3. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de SERNAGEOMIN.
  4. Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  5. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
  6. Las aclaraciones a las ofertas que solicite SERNAGEOMIN.
  7. El acto administrativo que adjudica la presente licitación pública
  8. El acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios.
  9. Las órdenes de compra que se emitan al proveedor.

Se deja constancia que la presente licitación contempla la opción de adjudicación simple y total, mediante la cual SERNAGEOMIN busca seleccionar la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, adjudicando en su caso la licitación a un solo oferente.

 

ARTÍCULO 2º: COMUNICACIONES Y PLAZOS

Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, con anterioridad a la adjudicación de la misma deberán canalizarse exclusivamente por medio del portal de internet www.mercadopublico.cl. Durante el período indicado no se aceptarán ni responderán comunicaciones planteadas por un conducto diferente al señalado, sin perjuicio de otras vías de comunicación que se encuentren expresamente previstas en estas Bases, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario.

Cuando el último día del plazo recaiga en día sábado, domingo o festivo, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Se deja constancia de que, tratándose de presentaciones o gestiones que en conformidad a estas Bases deban realizarse presencialmente en alguna oficina o dependencia de SERNAGEOMIN, deberán considerarse las limitaciones derivadas del horario de funcionamiento de la respectiva oficina o dependencia informado en la página web institucional www.sernageomin.cl, el que puede variar atendida la situación de emergencia que enfrentó el país por el brote del Coronavirus 2019 (COVID-19), siendo exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar periódicamente la referida página, como asimismo las respuestas y aclaraciones que pueda emitir al respecto SERNAGEOMIN, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y efectuar las respectivas presentaciones o gestiones dentro del plazo definido al efecto.

ARTÍCULO 3º: PARTICIPANTES

Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan interés en ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

Podrán participar también grupos de personas jurídicas o naturales que se unan para presentar una oferta en conjunto, en cuyo caso, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el acuerdo en que conste la unión temporal deberá establecer, a lo menos, lo siguiente:

  1. Identificación de sus integrantes
  2. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN. Por lo anterior, las partes no podrán establecer en el acuerdo, cláusulas de exención o de limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes.

 

  1. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser aquel que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Dicha designación deberá recaer en alguno de los integrantes de la Unión, o sus representantes, no pudiendo ser designado un tercero ajeno a ésta.

  1. La vigencia de la unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a SERNAGEOMIN en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la unión, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio.

Se deja constancia de que, tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como SERNAGEOMIN, deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886 y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/.

ARTÍCULO 4°: INHABILIDADES Y PROHIBICIONES

Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº19.886, para cuyo efecto el proponente deberá suscribir la Declaración Jurada Simple disponible en la plataforma de mercado público al momento de subir su oferta.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia de que no podrán contratar con SERNAGEOMIN aquellos participantes que se encuentren en una o más de las situaciones que se indican a continuación:

  1. Incurrir en las inhabilidades o prohibiciones que a continuación se indican, señaladas en el inciso 6°, del artículo 4°, de la Ley Nº19.886, para cuyo efecto el adjudicatario deberá suscribir la declaración jurada disponible en el portal www.mercadopublico.cl, que señala lo siguiente:

a)       Ser funcionario directivo de SERNAGEOMIN, o tener respecto de alguno de dichos directivos los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la Ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (cónyuge, hijo, adoptado, o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive);

b)        Ser una sociedad de personas en la que formen parte los funcionarios directivos de SERNAGEOMIN, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la Ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;

c)       Ser una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas indicadas en la letra a) anterior sean accionistas;

d)       Ser una sociedad anónima abierta en que alguna de las personas indicadas en la letra a) precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.

e)       Ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

  1. Haberle sido aplicada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la medida de prohibición de contratar a cualquier título con órganos públicos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos o empresas o servicios en lo que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier  concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, en conformidad a lo dispuesto en la letra d), del artículo 26, del Decreto Ley N°211, de 1973.

  1. Tratándose de entidades privadas, encontrarse incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, para cuyo efecto el adjudicatario deberá acompañar certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración.

  1. Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, tener condena vigente que le prohíba celebrar actos con los Órganos de la Administración del Estado, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393, para cuyo efecto SERNAGEOMIN consultará el Registro de personas jurídicas a las que se ha impuesto esta pena, que mantiene la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el artículo 3° precedente, las causales de inhabilidad establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado, debiendo en consecuencia suscribir cada uno de ellos la correspondiente Declaración Jurada indicada en el párrafo anterior, según corresponda. En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

ARTÍCULO 5°: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los oferentes podrán formular consultas a las Bases, a través de la funcionalidad “preguntas licitación” que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los 8 días corridos siguientes a la publicación del llamado. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro de los 2 días corridos siguientes al vencimiento del plazo anterior.

No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.

Asimismo, a través del portal, SERNAGEOMIN podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al décimo día corrido siguiente a la publicación del presente llamado a licitación.

Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Lo anterior es sin perjuicio de las medidas extraordinarias por caso fortuito, que se formalizarán mediante aclaraciones en los términos dispuestos en el artículo 1 de estas Bases.

Sin perjuicio de lo señalado, SERNAGEOMIN podrá también modificar las presentes Bases antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o con motivo de una consulta o aclaración solicitada por alguno de los interesados.

Las modificaciones que se introduzcan formarán parte integrante de las Bases y estarán vigentes desde la total tramitación del respectivo acto administrativo, el que deberá considerar un aumento prudencial del plazo para la presentación de ofertas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.

En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por SERNAGEOMIN, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.

 

ARTÍCULO 6º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886, en cuyo caso las ofertas deberán presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el artículo sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas”, en Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María 0104, comuna de Providencia, en sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas del SERNAGEOMIN, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado Licitación para la contratación del servicio para el desarrollo del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin”. Cada oferta que se realice deberá efectuarse respecto de todos los requerimientos previstos en las presentes bases, sin que sea posible efectuar ofertas parciales.

Se deja constancia que un mismo oferente NO podrá presentar más de una oferta.

ARTÍCULO 7º: GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA.

Para tener derecho a participar en la licitación, cada oferente deberá entregar una garantía de seriedad de su oferta PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA Y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, expresada en pesos chilenos, por la suma $763.740 (setecientos sesenta y tres mil setecientos cuarenta pesos), sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente según el valor de la UF a la fecha de emisión del mismo.

El valor antes requerido corresponde al 1% del presupuesto disponible para esta contratación.

Esta entidad estima que el valor requerido se justifica atendido que esta es una contratación que implica el desempeño de labores muy importantes para Sernageomin, toda vez que este Servicio, es la entidad responsable de la fiscalización de las faenas mineras del territorio nacional y verificar el cumplimiento de la normativa minera.

En virtud de lo anterior, es de gran importancia asegurar que las ofertas presentadas cumplan con la seriedad que se necesita para este tipo de contratación.

La vigencia de dicha garantía no podrá ser inferior a 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, señalado en el artículo 8° sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas” contemplado en las presentes Bases.

La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso que la garantía sea otorgada físicamente deberá entregarse en la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María N°0104, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, región Metropolitana. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

En caso que las garantías se otorguen de manera electrónica, al ser documentos de naturaleza eléctrica no es necesario que sean entregados de forma física, por lo que pueden ser adjuntados a las ofertas en el sistema Mercado Público, o bien, que las remitan al correo electrónico adquisiciones@sernageomin.cl y/o oficinadepartes@sernageomin.cl; debiendo cumplir con los mismos plazos máximos para efectos de entregar dichas garantía.

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale “Para garantizar la seriedad de la oferta, de la licitación pública para la contratación del servicio para el desarrollo del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin”. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.

Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula.

Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante (SERNAGEOMIN, RUT N° 61.702.000-9).

Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante en los siguientes casos:

1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde; 

2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, si corresponde;

3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases;

4. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error, en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta;

5. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases;

6. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado; y

7. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente y que sea atribuible a éste, durante el proceso licitatorio. 

Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si procede.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante, en Avenida Santa María N° 0104, Providencia.

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad licitante recién aludida.

 

ARTÍCULO 8°: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse dentro de los 20 días corridos siguientes a la publicación de estas Bases en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 12:00 horas del último día del plazo, a menos que el último día del plazo recaiga en día lunes, o en un día hábil inmediatamente siguiente a un feriado, en cuyo caso las ofertas podrán presentarse hasta las 15:00 horas. No se aceptarán ofertas presentadas después del día y hora dispuestos al efecto.

Se estableció para esta licitación que si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el Reglamento de la Ley N° 19.886.

Con todo, en caso de indisponibilidad técnica del portal www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 2, del artículo 62, del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

ARTÍCULO 9º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital:

Antecedentes Generales del Proponente:

  1. Tratándose de Personas Jurídicas

Declaración Jurada, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886.

B.    Tratándose de Personas Naturales

Declaración Jurada Simple, disponible en la plataforma de mercado público, al momento de ingresar su oferta, debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4 de la Ley Nº19.886.

C.    Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores

  1. Documento público que formaliza la unión, de acuerdo al formato del Anexo N°1 el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, de la solidaridad establecida entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo a los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases. La vigencia de esta unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.

  1. Declaraciones Juradas Simples disponibles en la plataforma de mercado público de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, al momento de ingresar su oferta, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones previstas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley Nº19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº2 o N°3 de estas Bases, según corresponda).

ARTICULO 10°: LA OFERTA TECNICA Y ECONOMICA.

I. Oferta Técnica

La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

II. Oferta Económica

En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl  se deberá informar el precio neto de la contratación, expresado en pesos chilenos y sin impuestos.

Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°4 de estas Bases, en que se indique claramente la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al servicio, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico del portal.

Las ofertas económicas, con impuesto incluido, deberán enmarcarse dentro del presupuesto disponible, el que asciende al monto máximo de $76.374.000 (setenta y seis millones trescientos setenta y cuatro mil de pesos), impuesto incluido, el que se encuentra ajustado a las condiciones reales y actuales del mercado y en caso de sobrepasar dicho monto, estas ofertas quedarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisibles.

Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado.

En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°4, primará el precio informado en el referido Anexo.

Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°4 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente.

Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de la misma, del precio indicado en el Anexo N°4, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.

ARTÍCULO 11: PACTO DE INTEGRIDAD.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12 y 16, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Se deja expresa constancia de que toda referencia al “oferente” efectuada en este artículo se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.

El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de seriedad de la oferta o de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

ARTÍCULO 12º: DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas.

Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, SERNAGEOMIN podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas hasta por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

 

ARTÍCULO 13°: APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura electrónica de las propuestas se efectuará desde el cierre de las ofertas hasta 24 horas hábiles siguientes.

Se levantará un Acta de Apertura Electrónica emitida en el portal www.chilecompra.cl, en la cual se dejará constancia del día y hora de la apertura, de la individualización de los oferentes y de la aceptación o rechazo de sus ofertas, señalando en su caso el fundamento del rechazo, como, asimismo, cualquier otro hecho relevante.

 

ARTÍCULO 14°: REVISIÓN DE LAS OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES

Sólo se aceptarán Ofertas enviadas electrónicamente vía el portal www.mercadopublico.cl.

Tratándose de una unión temporal de proveedores, sólo se aceptarán ofertas presentadas por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión.

Se procederá a rechazar aquellas propuestas presentadas por participantes que no hayan remitido su oferta técnica y su oferta económica, electrónicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl

SERNAGEOMIN solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de 48 horas corridas contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “PRESENTACIÓN FORMAL DE LAS PROPUESTA”, según lo estipulado en el artículo sobre “Evaluación de las Ofertas” contenido en estas Bases.

Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane los errores u omisiones señaladas, se declarará inadmisible sin más trámite su oferta, salvo en los casos en que las presentes Bases contemplen expresamente como sanción para la falta de información, la asignación de una determinada nota en la evaluación del correspondiente factor.

En todos los casos, será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitará la subsanación de errores u omisiones detectados y/o los antecedentes o certificaciones omitidos, debiendo enviar oportunamente los antecedentes requeridos.

ARTÍCULO 15°: SOLICITUD DE ACLARACIONES

SERNAGEOMIN podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.

Asimismo, SERNAGEOMIN podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.  

Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitarán las aclaraciones que correspondan, y enviar oportunamente la información requerida.


ARTÍCULO 16º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

A continuación, se procederá a la evaluación de las ofertas por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios:

  1. 7.933.887-7.
  2. Philipe Carlier Pizzulic, RUT: 17.237.388-7.


En caso de ausencia o impedimento de algún integrante titular de la Comisión Evaluadora, nombrase en calidad de reemplazante el funcionario del Servicio don Sergio Vergara Jara RUN N° 13.713.210-9, Cargo Ingeniero de Proyectos (en representación de la Jefa de Oficina de Inteligencia de Datos).

Los criterios objetivos de evaluación, sus factores y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1.EXPERIENCIA EN DESARROLLO DE PROYECTOS TECNOLÓGICOS EN LOS ÚLTIMOS 3 AÑOS. 

20%

2.EXPERIENCIA EQUIPO TÉCNICO, LOS INTEGRANTES QUE CONFORMAN EL EQUIPO

30%

3.CUMPLIMIENTO ESTÁNDARES DE CALIDAD DE SERVICIO Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.

15%

4.PROPUESTA METODOLÓGICA Y PLAN

20%

5.PRECIO DE LA OFERTA

10%

6.PRESENTACIÓN FORMAL DE LA PROPUESTA

5%

                                          TOTAL

100%

Los criterios de evaluación de las ofertas serán evaluados por la Comisión Evaluadora, de acuerdo con los puntajes o notas que obtengan de acuerdo a las fórmulas contenidas en la siguiente tabla:

CÁLCULO CRITERIOS DE EVALUACIÓN 

1. CRITERIO EXPERIENCIA EN DESARROLLO DE PROYECTOS TECNOLÓGICOS, EN LOS ÚLTIMOS 3 AÑOS.

Nota

%

La empresa demuestra experiencia en proyectos de:

1)       Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

2)       Implementaciones web con frameworks estándar para el desarrollo web (Laravel, DJango, ASP.Net, Spring BOOT, Express.JS, entre otros)

3)       Experiencia en desarrollo de sistemas basados en entornos Java JEE.

4)       Implementaciones de sistemas con integración de servicios y/o microservicios.

5)       Manejo de base de datos identificadas en el proyecto, desarrollo de procesos (ETL) entre dichos ambientes.

7

20%

La empresa demuestra experiencia en proyectos de:

1)       Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

2)       Implementaciones web con frameworks estándar para el desarrollo web (Laravel, DJango, ASP.Net, Spring BOOT, Express.JS, entre otros)

3)       Implementaciones de sistemas con integración de servicios y/o microservicios.

4)       Manejo de base de datos identificadas en el proyecto, desarrollo de procesos (ETL) entre dichos ambientes.

3

La empresa NO demuestra experiencia en:

1)       Implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano.

2)       Implementaciones web con frameworks estándar para el desarrollo web (Laravel, DJango, ASP.Net, Spring BOOT, Express.JS, entre otros)

3)       Implementaciones de sistemas con integración de servicios y/o microservicios.

4)       Manejo de base de datos identificadas en el proyecto, desarrollo de procesos (ETL) entre dichos ambientes.

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Cada oferente deberá presentar en su oferta un listado de proyectos tecnológicos realizados en los últimos tres años, indicando la empresa donde se ejecutó el proyecto, breve descripción, nombre contacto, teléfono, e-mail, cantidad de usuarios.

2. CRITERIO EXPERIENCIA EQUIPO TÉCNICO

Nota

 %

Los roles principales (jefe de proyecto, analista, programadores, arquitecto, diseñador UX) del equipo de trabajo propuesto para el proyecto, demuestra:

1)       Experiencia en el desarrollo de sistemas utilizando las herramientas propuestas en la solución ofertada en ambiente web.

2)       Experiencia y certificaciones del equipo de trabajo en las herramientas de desarrollo y bases de datos propuestas en la solución ofertada.

3)       Experiencia de trabajo con frameworks estándar para el desarrollo web (Laravel, DJango, ASP.Net, Spring BOOT, Express.JS, entre otros).

4)       Experiencia de trabajo en la integración de sistemas a través de servicios web y/o microservicios.

5)       Experiencia en uso de herramientas de base de datos y desarrollo de procesos (ETL).

7

30%

Los roles principales (jefe de proyecto, analista, programadores, arquitecto, diseñador UX) del equipo de trabajo propuesto para el proyecto, sólo demuestra:

1)       Experiencia en el desarrollo de sistemas utilizando las herramientas propuestas en la solución ofertada en ambiente web.

2)       Experiencia de trabajo con frameworks estándar para el desarrollo web (Laravel, DJango, ASP.Net, Spring BOOT, Express.JS, entre otros).

3)       Experiencia en uso de herramientas de base de datos y desarrollo de procesos (ETL).

3

Los roles principales (jefe de proyecto, analista, arquitecto, programadores, diseñador UX) del equipo de trabajo propuesto para el proyecto, no demuestra:

  1. Experiencia en el desarrollo de sistemas utilizando las herramientas propuestas en la solución ofertada en ambiente web.
  2. Experiencia de trabajo con frameworks estándar para el desarrollo web (Laravel, DJango, ASP.Net, Spring BOOT, Express.JS, entre otros).
  3. Experiencia en uso de herramientas de base de datos y desarrollo de procesos (ETL).

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Se evaluará el Curriculum del equipo de trabajo propuesto para el proyecto, el cual debe identificar explícitamente la experiencia en los temas requeridos e indicar su rol en cada uno de los proyectos presentados y certificaciones obtenidas.

3. CRITERIO CUMPLIMIENTO DE ESTÁNDARES DE CALIDAD DEL SERVICIO Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

Nota

 %

La empresa posee certificación ISO 27001, nivel de madurez 3 CMMI y otra afín que permita respaldar la seriedad y compromiso en la gestión de la seguridad de la información y gestión de sus servicios.

7

15%

La empresa posee certificación ISO 27001 o CMMI inferior a nivel 3 u otra afín que permita respaldar la seriedad y compromiso en la gestión de la seguridad de la información y gestión de sus servicios.

5

La empresa no posee ninguna certificación relacionada al ámbito evaluado.

3

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Presentar Certificados.

4. CRITERIO PROPUESTA METODOLÓGICA Y PLAN

Nota

 %

La propuesta metodológica detalla todas las actividades descritas en las Bases Técnicas, las cuales se asocian a los entregables requeridos en un plan detallado.

7

20%

La propuesta metodológica aborda todas las actividades descritas en las Bases Técnicas en términos generales y con poco detalle, las cuales se asocian total o parcialmente a los entregables requeridos en un plan general.

3

La propuesta metodológica no aborda todas las actividades descritas en las Bases Técnicas, por tanto, no se asocian a los entregables requeridos ni se describen en un plan.

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): Se evaluará la estrategia y método para la toma de requerimientos junto a la documentación que respalda dicha etapa, incluyendo la toma de requerimientos, la metodología de desarrollo y la gestión del cambio.

5. PRECIO DE LA OFERTA

La Oferta Económica, debe contener todos los antecedentes solicitados en las Bases Administrativas y Técnicas, para evaluar estos criterios. Este criterio se evalúa mediante la verificación del anexo económico N°4, cuyo precio total con impuesto incluido, debe estar dentro del presupuesto disponible, de conformidad a la preafectacion presupuestaria que da cuenta el expediente N° 11536/2023 de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.

El precio más económico tendrá la máxima nota y las demás ofertas, serán evaluadas de manera inversamente proporcional a la oferta más económica, según la siguiente fórmula:

(Precio Oferta Menor) x (7)

(Precio Oferta)

7

10%

No informa/O SUPERA EL PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA ESTE PROCESO.

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): La oferta económica será verificada mediante el ANEXO ECONOMICO N°4, deberá incluir el valor total de los servicios a desarrollar

6.PRESENTACION FORMAL DE LA PROPUESTA.

Cumple con todos los antecedentes solicitados en las Bases de Licitación.

7

5%

No informa

Queda fuera de Evaluación

MEDIO DE VERIFICACIÓN (Documento que valida la información): La no presentación de los antecedentes solicitados según lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación.

Nota mínima para adjudicar 5.5

Cada factor será calificado conforme la ponderación recién señalada, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado.

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes.

Resolución de Empates

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo quedando ambas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

1.Experiencia Equipo Técnico, los integrantes que conforman el equipo.

2.Experiencia en Desarrollo de Proyectos Tecnológicos en los últimos 3 años.

3.Propuesta Metodológica y plan.

4.Cumplimiento estándares de calidad de servicio y seguridad de la información

5.Precio de la Oferta

6.Presentación formal de la propuesta

En caso de que una vez aplicadas las reglas referidas aún se mantenga el empate, se preferirá la oferta del proveedor que primero haya ingresado su oferta en el portal de mercado público.

De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha Acta dará cuenta de lo siguiente:

a)     Los errores u omisiones de fondo que se hayan constatado en el proceso de revisión de las ofertas desarrollado con posterioridad a la apertura, dejando constancia en consecuencia de las ofertas que no fueron evaluadas por no cumplir con los requisitos establecido en las Bases, y especificando los artículos que habrían sido vulnerados y la forma como se configuró dicha vulneración.

b)     Los errores u omisiones formales detectados tanto en el acto de apertura como en el posterior proceso de revisión de las ofertas, señalando si se solicitó la subsanación a través de foro inverso, y dando cuenta de si fueron subsanadas en tiempo y forma o no.

c)     La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles, señalando los criterios y ponderaciones utilizados, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la aplicación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

d)     El Acta de Evaluación indicará con claridad a cuál oferente se sugiere adjudicar la licitación, o propondrá declarar desierto el proceso, en caso de que las ofertas presentadas no sean convenientes para los intereses de SERNAGEOMIN, o si ninguna de ellas resulta admisible por no cumplir los requisitos solicitados en las presentes Bases.

SERNAGEOMIN se reserva el derecho de adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio, o rechazar fundadamente todas las ofertas por inconvenientes, declarando en este caso desierta la licitación.

ARTÍCULO 17º: DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN

Mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada, SERNAGEOMIN podrá:

a. Declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases.

b. Declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

c. Adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio.

La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo de la SERNAGEOMIN, dentro de 10 días corridos contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, notificándose dicho acto administrativo mediante su publicación en el Sistema de Información.

Este plazo podrá extenderse, debiendo informarse esta situación en el Sistema de Información, indicando la nueva fecha para la adjudicación, asimismo las razones que justifican esta ampliación de plazo.

Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, señalando las notas que obtuvo en cada uno de ellos y las razones que justifican el puntaje otorgado.

Las consultas y/u observaciones respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del aplicativo de gestión de reclamos disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en dicho Registro de proveedores de Mercado Público, deberá obtener ese estado en el plazo de 15 días hábiles corridos desde que el SERNAGEOMIN le notifique la adjudicación de su oferta.

Readjudicación

                                        

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra en el plazo de dos días desde que le fue despachada, no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para formalizar la contratación, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, SERNAGEOMIN tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de cuatro días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

Los oferentes ubicados en los lugares segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 4 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Por su parte, en caso de que uno o más integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no cumplan la exigencia de encontrarse inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y/o les afecta alguna causal de inhabilidad, la Unión Temporal deberá comunicar a SERNAGEOMIN dentro del mismo plazo de 4 días corridos señalado en el inciso precedente, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La posibilidad de elección prevista en el inciso anterior no procederá en caso que el integrante de la unión que no cumpla la exigencia y/o a quien le afecta la inhabilidad, haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. En tal caso, se entenderá que la Unión de Proveedores adjudicada no acepta la adjudicación, pudiendo SERNAGEOMIN adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, conforme a lo regulado en los incisos precedentes.

ARTÍCULO 18º: DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Resuelta la adjudicación de la oferta, se celebrará el contrato correspondiente, que será redactado por SERNAGEOMIN dentro de 15 días corridos contados desde la notificación efectuada en conformidad al artículo precedente, a menos que SERNAGEOMIN requiera de un mayor lapso para un mejor estudio de los antecedentes del caso, debiendo la entidad adjudicataria entregar dentro de plazo y en la forma y condiciones establecidas más adelante, una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas.

El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de SERNAGEOMIN, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.

ARTÍCULO 19°: ANTECEDENTES PREVIOS A LA FIRMA DEL CONTRATO

Para proceder a la firma del contrato, el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl.

En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito y hábil en dicho Registro, deberá obtener ese estado en el plazo de 5 días corridos desde que el SERNAGEOMIN le comunique la adjudicación de su oferta.

Tratándose de una Unión de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo denominado “Participantes” de estas Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si se desiste de su participación en el respectivo proceso o si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma, siempre que el integrante inhábil de la unión temporal que se retira no haya reunido una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. La decisión que se adopte deberá ser comunicada por escrito por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión, dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.

Previo a la suscripción del contrato el adjudicatario deberá entregar a SERNAGEOMIN, la información y documentación que a continuación se indica:

  1. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.

  1. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones.

  1. En caso de que el adjudicatario sea una entidad privada, certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N°30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N°319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C, inciso segundo, del Código del Trabajo.

  1. En caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, deberá hacer entrega de una declaración jurada que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones

  1. Nombre completo y dirección de correo electrónico de la Contraparte designada para la gestión del contrato a que dé lugar la presente licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo sobre “Administración del Contrato” de las Bases de Licitación.

  1. Información necesaria para realizar los pagos que correspondan.

  1. La siguiente información legal de la adjudicataria, en la medida que los respectivos antecedentes no se encuentren disponibles en el Sistema de Información, en el Registro de Proveedores del Estado, o en el Registro de Empresas y Sociedades creado por la Ley N°20.659:

1.   Tratándose de personas jurídicas:

a)    Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

b)    Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta.

c)    Copia del Rol Único Tributario.

  1. Tratándose de personas naturales:

  1. Fotocopia de la cédula de identidad y Fotocopia del RUT si lo tuviere

  1. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores:

  1. Escritura pública que formaliza el acuerdo en que consta la Unión Temporal, a menos que dicha escritura púbica haya sido presentada al momento de ofertar. En la referida escritura pública se deberá establecer, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.

  1. Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión de Proveedores, según se indica en los numerales precedentes.

Se deja constancia de que en caso de que el adjudicatario no haga entrega de los documentos e información señalada, dentro del plazo y en la forma que establezca SERNAGEOMIN al efecto, SERNAGEOMIN dejará sin efecto la adjudicación, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que siga en puntaje, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo “De la adjudicación y readjudicación” de las mismas Bases.

ARTÍCULO 20°: GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, el adjudicatario deberá entregar, con anterioridad a la suscripción del contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA, y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, EXPRESADA EN PESOS CHILENOS, por la suma equivalente al 10% del monto total del contrato, impuestos incluidos (sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente en pesos a la fecha de emisión del mismo), y cuya vigencia deberá comprender el plazo total del contrato más 60 días hábiles contados desde la fecha de término del mismo.

La garantía se debe tomar a nombra de SERNAGEOMIN RUT N°61.702.000-9, podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que la garantía sea otorgada físicamente deberá entregarse en la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María N°0104, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, región Metropolitana. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

En caso que las garantías se otorguen de manera electrónica, al ser documentos de naturaleza eléctrica no es necesario que sean entregados de forma física, por lo que pueden ser adjuntados a las ofertas en el sistema Mercado Público, o bien, que las remitan al correo electrónico adquisiciones@sernageomin.cl y/o oficinadepartes@sernageomin.cl; debiendo cumplir con los mismos plazos máximos para efectos de entregar dichas garantía.

Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga “Para Garantizar a SERNAGEOMIN el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la contratación del servicio para el desarrollo del proyecto denominado Plataforma Pública Minera, requerido por la Subdirección Nacional de Minería, de Sernageomin y las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del proveedor”.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.

Al Adjudicatario le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por la entidad licitante, en los siguientes casos:

  1. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y/o el respectivo contrato.

  1. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados establecidos en el Contrato.

  1. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases y en el contrato y, en caso que el proveedor cambie a uno o más miembros del equipo de trabajo, que no cumplan con el perfil de la evaluación técnica.

Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los términos indicados en este artículo, durante toda la vigencia del respectivo contrato.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso SERNAGEOMIN queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.

Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo 21° sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere.

Asimismo, en caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía, el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de tiempo restante.

El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado en el procedimiento para la aplicación de multas.

ARTÍCULO 21°: MEDIDAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO.

En caso de que la entidad contratada incurra retrasos en la prestación del servicio, se le aplicara una multa de acuerdo a lo que se indica en la tabla a continuación, que sea imputable al proveedor adjudicado:

Clasificación de Multa

Monto de la Multa

Motivo de Incumplimiento

Incumplimiento en la entrega de HITOS (Sin Desarrollo)

5 UTM por cada día hábil retraso injustificado

Para los hitos que no impliquen desarrollo, se aplicará una multa de 5 UTM por cada día hábil de retraso injustificado en la entrega completa del hito (incluyendo los retrasos en las subsanaciones requeridas por la contraparte técnica) con un tope de espera de 15 días hábiles. SI SUPERA EL TOPE, SNGM QUEDA FACULTADO A PONER TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y COBRO DE BOLETA DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Incumplimiento en la entrega de HITOS (Con Desarrollo)

2% del pago del hito comprometido por cada día hábil de retraso injustificado

Para los hitos que involucre desarrollo, se aplicará una multa de 2% por cada día hábil de retraso injustificado en la entrega completa del hito (incluyendo los retrasos en las subsanaciones requeridas por la contraparte técnica) con un tope de un 30% respecto del pago del hito comprometido. SI SUPERA EL TOPE, SNGM QUEDA FACULTADO A PONER TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Y COBRO DE BOLETA DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Demora o falta de autorización en el reemplazo de perfiles

0,5% del monto total del contrato por día hábil de retraso en el reemplazo de perfiles o por cada reemplazo sin autorización

En el caso de que no se produzca el reemplazo de perfiles en el plazo de una semana durante la ejecución de los servicios o éste se efectúe sin previa autorización del encargado del contrato por parte de Sernageomin, definido para este proyecto, se aplicará una multa de un 0,5% del monto total del contrato, por cada día hábil  de retraso, respectivamente, con un tope del 10% del monto total del contrato. SI SUPERA EL TOPE, SNGM QUEDA FACULTADO A PONER TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Y COBRO DE BOLETA DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Se entenderá como justificación para el retraso de la entrega, los que deriven de casos fortuitos, fuerza mayor debidamente acreditado o que sea de responsabilidad de Sernageomin. Si se configura alguna de estas circunstancias, el adjudicatario deberá informar y justificar los hechos con una anticipación de al menos 7 días corridos, previo al cumplimiento del plazo de entrega del hito.

Normas para la aplicación de multas.

La decisión sobre la aplicación de la multa será notificada a la contratante, mediante carta certificada, indicándosele claramente la causa que da origen al incumplimiento, el monto de la multa y las instrucciones para el pago. La notificación se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda, debiendo ser pagada la multa dentro de los 30 (treinta) días hábiles siguientes a la notificación.

El contratante podrá presentar a SERNAGEOMIN sus descargos respecto de la aplicación de la multa, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde su notificación, debiendo acompañar los antecedentes que acrediten la causal de exculpación (hechos o circunstancias constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor). Dicho reclamo deberá presentarse por escrito, e ingresarse a través de la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN.

Toda reclamación presentada extemporáneamente será desechada de plano. Asimismo, todo reclamo presentado en forma verbal o por una vía distinta a la señalada, se considerará como no oficial y, por lo tanto, carente de validez administrativa.

SERNAGEOMIN resolverá, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su recepción la reclamación presentada; acogiendo los fundamentos dados por el contratante, o bien rechazándolos, confirmando así la aplicación de la multa respectiva.

Vencido el plazo de 5 días hábiles sin que el contratante haya presentado reclamación, o bien rechazada la reclamación presentada, la aplicación de las multas se formalizará mediante la correspondiente resolución fundada, que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y se ejecutará unilateral y administrativamente por SERNAGEOMIN, deduciendo su valor de los pagos que corresponda cursar a la empresa, lo anterior sin perjuicio de los recursos administrativos a que haya lugar.

La aplicación de una multa no podrá implicar atraso alguno en el pago de la factura, reteniéndose únicamente el monto de las multas. El monto deducido por concepto de multa se pagará al adjudicatario o se retendrá definitivamente, en cuanto se conozcan las resultas de los recursos presentados, o hayan transcurrido los plazos previstos al efecto por la Ley N°19.880 sin que el interesado haya impugnado la respectiva resolución.

ARTÍCULO 22°: PLAZO DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA

El contrato que se celebre a consecuencia del presente proceso licitatorio entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que lo apruebe y se extenderá hasta el 29 DE DICIEMBRE DE 2023, a contar de esa fecha o, desde que, por razones de buen servicio, y con el objeto de no afectar el desarrollo de las actividades del Servicio Nacional de Geología y Minería, desde la fecha que se indique en el respectivo contrato que se inicie la prestación del servicio. No obstante, los pagos correspondientes quedaran suspendidos y supeditados a la total tramitación de la referida resolución. 

La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 

2) Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

5) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.

6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. 

c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.

7) Sobrepasar el límite o tope de las multas establecidas en la cláusula 21° “Medidas a Aplicar en caso de incumplimiento”.

8) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10% del valor total contratado o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.

9) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

10) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

11) En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP):

a.       Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.

b.       De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c.       Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

d.       Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e.       Disolución de la UTP.

12) En caso que Sernageomin no cuente con disponibilidad presupuestaria para el año 2024.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3) y 12), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en el punto Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimiento”:

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

ARTÍCULO 23º:  PAGOS

El pago de los servicios contratados mediante el presente proceso de licitación se efectuará en 4 CUOTAS, de conformidad al detalle de los hitos que se indican en el cuadro siguiente.

Cada cuota se pagará mediante la plataforma de pago centralizado a través de Tesorería General de la República, dentro de los 30 días siguientes, contados desde la fecha de emisión de la factura respectiva, y i. previa recepción conforme de los servicios prestados emanada del Jefe del Departamento de Investigación de Accidentes y Sanciones, la Jefa del Departamento de Inteligencia de Datos y Analista de Propiedad Minera.

ii. Acreditación por parte de la adjudicataria, del cumplimiento de todas sus obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores. El cumplimiento de las prestaciones recién señaladas deberá ser informado documentalmente, antes de cada cobro.

El detalle de los hitos de pagos será el siguiente:

FORMA DE PAGO:

SERNAGEOMIN procederá al pago de los bienes o servicios contratados, sobre la base de la entrega total de los requerimientos descritos en el presente documento, los cuales deberán estar completamente aceptados por el jefe del departamento de Investigación y Accidentes, jefe del departamento de Fiscalización, jefa de Oficina de Inteligencia de Datos y jefe del subdepartamento TI.

El detalle de los hitos de pagos será el siguiente:

Nro.

Entregable

2023

1

1.   Contrato Firmado

15%

Plazo máximo entrega (10 días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra)

2.   Planificación y Alcance aprobado por ambas partes

Documento que debiera contener todos los puntos definidos en el servicio requerido (pág. 37 y 38 punto 1. Planificación) y acordado por ambas partes.

2

Acta de Aprobación – Informe de Análisis y diseño

30%
(Plazo de entrega acordado en el hito N°1)

Documento que debiera contener todos los puntos señalados en el servicio requerido (pág. 38 y 39 punto 2. Entendimiento y Diseño y 3. Integración con ATLAS SIMIN OL) y acordado por ambas partes.

3

Acta de Aprobación – Implementación

40%
(Plazo de entrega acordado en el hito N°1)

Documento con el resultado de las pruebas realizadas y aceptadas por Sernageomin, según el servicio requerido (pág. 40 punto 4. Implementación) y acordado por ambas partes.

4

Acta de Aprobación – Informe final

15%
(Plazo de entrega acordado en el hito N°1)

Documento que defina las brechas detectas durante el proyecto para ser abordadas en la siguiente etapa.

Entrega final y formal de cada uno de los HITOS anteriores como cierre de proyecto.

Propuesta de estrategia, estimación de tiempo y costos para la siguiente etapa.

De cada cuota/HITO del precio se deducirá el valor de las multas aplicadas, cuando proceda.

En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.

SERNAGEOMIN exigirá al adjudicatario que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación, el adjudicatario también podrá presentar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N° 30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho a SERNAGEOMIN a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.

En el caso de una Unión Temporal de Proveedores lo descrito en los incisos precedentes deberá ser acreditado respecto de cada uno de sus integrantes, y las consecuencias establecidas se harán efectivas en caso que cualquiera de ellos se encuentre en las situaciones descritas.

En caso de término anticipado del contrato, SERNAGEOMIN procederá a la liquidación del mismo, de manera de pagar únicamente el monto correspondiente a los servicios efectivamente prestados.

Los pagos serán realizados mediante transferencia electrónica de fondos, para cuyo efecto el adjudicatario deberá proporcionar, en forma previa a la emisión de la póliza, la información necesaria para realizar esta transferencia.

El precio convenido en el contrato no estará afecto a reajustes.

ARTÍCULO 24°: FACTURACIÓN POR COBRO DEL SERVICIO

Las facturas que correspondan deberán emitirse a nombre de SERNAGEOMIN, RUT N°61.702.000-9, indicando con claridad el N° ID de la orden de compra, debiendo ingresarse exclusivamente a través de la casilla sernageominrecepcion@custodium.com.

En atención a la modalidad de pago, para los efectos del artículo 3° de la Ley Nº19.983 que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Factura, SERNAGEOMIN tendrá un plazo de 8 días corridos, desde su notificación electrónica para reclamar en contra de su contenido.

Se deja constancia que las facturas que correspondan sólo podrán presentarse una vez que los servicios hayan sido efectivamente prestados, a total satisfacción de SERNAGEOMIN, de manera que no se admitirá facturación por anticipado. SERNAGEOMIN procederá a rechazar sin más trámite las facturas presentadas con anterioridad a la prestación de los servicios contratados.

 

ARTÍCULO 25: ACREDITACIÓN DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES.

El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores.

En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores.

Si por cualquier causa SERNAGEOMIN dejara de efectuar o se abstuvieran de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.

SERNAGEOMIN se reservan el derecho a exigir al contratista, en cualquier momento durante la vigencia de esta contratación, y a simple requerimiento del Encargado de Contrato, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de SERNAGEOMIN, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Lo anterior, bajo apercibimiento de multa del 2% del valor del contrato. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta. En tal caso, se aplicará el procedimiento previsto en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la firma del contrato correspondiente no significará en caso alguno que el contratista, o sus trabajadores, adquieran la calidad de funcionarios de SERNAGEOMIN.

 

ARTÍCULO 26: COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL CONTRATISTA.

El contratista deberá observar durante la ejecución del contrato a que dé lugar el presente proceso de licitación, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.

Dichos estándares de probidad exigibles al contratista se equiparán a los aplicables a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

 

Se deja constancia de que en caso que el oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, no actuaren éticamente, o propiciaren prácticas corruptas, tales como, dar u ofrecer obsequios y/o regalías al personal de Sernageomin, que pudiera implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el proponente y SERNAGEOMIN; dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la evaluación de las ofertas, adjudicación, o celebración del contrato a que dé lugar la presente licitación; tergiversar hechos, con el fin de influenciar las decisiones de SERNAGEOMIN; se procederá a declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, ejecutándose la respectiva garantía de seriedad de la oferta o fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.

 

ARTÍCULO 27º: CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Toda información relativa a SERNAGEOMIM o a terceros a los que la adjudicataria tenga acceso con motivo de la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial, no pudiendo, por tanto, realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de SERNAGEOMIN, pudiendo ser usada para efectos de efectuar su oferta correspondiente, limitando su tratamiento a ese trámite.

En consecuencia, la adjudicataria, se obliga a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda información, antecedentes o bases de datos, de SERNAGEOMIN o de terceros, a la que tengan acceso o se genere en la prestación de los servicios encomendados, así como a tomar las medidas oportunas para garantizar que su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, mantengan también esta obligación de confidencialidad, respondiendo la adjudicataria de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.

El contratista bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte la información entregada por SERNAGEOMIN, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.

En consecuencia, la contratista:

  1. No deberá hacer ningún uso de la información, antecedentes o base de datos diferente del previsto en el respectivo contrato, ya sea por sí mismos o a través de sus filiales o terceros en general.
  2. No deberán transferir, ceder o transmitir a cualquier título, gratuito u oneroso, la información, antecedentes o base de datos generados, en virtud del respectivo contrato.
  3. No deberán transmitir o divulgar a terceros la información, antecedentes o bases de datos por ninguna otra vía o procedimiento.
  4. No deberán efectuar copia alguna, por ningún medio, ni bajo ningún concepto, de la información facilitada por SERNAGEOMIN para la realización de los servicios objeto del contrato, salvo autorización previa, expresa y escrita de SERNAGEOMIN.
  5. Deberán custodiar la información recibida a fin de que se garantice la protección adecuada de la misma y de su contenido, para evitar que personas no autorizadas o ajenas a la misma, puedan hacer uso indebido de ella.

La contratista deberá garantizar que en la prestación de los servicios no se infringirá de manera alguna las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y toda la normativa relacionada, y garantizar que los datos personales recolectados en la prestación de los servicios sólo serán utilizados para los fines del respectivo contrato, por lo que los mismos no podrán ser procesados o comunicados a persona alguna o utilizados para un propósito distinto al que contemple el contrato.

La contratista deberá devolver cualquier documentación, publicación, material o antecedente que constituya una información confidencial, sustentado en cualquier tipo de soporte, al término del contrato.

En caso de incumplimiento de esta cláusula, SERNAGEOMIN podrá terminar anticipadamente el Contrato, por incumplimiento grave del mismo, de acuerdo con lo especificado en el artículo sobre sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo al procedimiento establecido para el cobro de la misma en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.

 

ARTÍCULO 28º: REORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA

En caso de fusión, transformación o cualquier otra modalidad de reorganización empresarial que realice la adjudicataria, que signifique la mantención del giro a través de una nueva figura, con la misma personalidad jurídica, la empresa deberá garantizar en la suscripción de los actos correspondientes, el estricto cumplimiento de las obligaciones adquiridas con SERNAGEOMIN y la debida continuidad del servicio ofrecido.

 

ARTÍCULO 29º: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.

La Adjudicataria deberá informar a SERNAGEOMIN, con anterioridad a la suscripción del contrato a que dé lugar la presente licitación, el nombre completo de la persona que ejercerá la función de contraparte y la casilla de correo electrónico a través de la cual se efectuarán las comunicaciones con SERNAGEOMIN.

La Contraparte, representará a la adjudicataria para efectos de la ejecución, coordinación y gestión del contrato, y será responsable de atender todos los requerimientos que sean formulados por SERNAGEOMIN. Esta persona deberá contar con un servicio de comunicación eficiente para contactarla fácilmente en caso de necesidades y requerimientos. El costo de este servicio será de cargo de la adjudicataria.

No obstante, lo anterior, y previa comunicación escrita a SERNAGEOMIN, la Adjudicataria podrá designar a otra persona para que, en caso de ausencia de la Contraparte, lo reemplace o haga las veces de tal.

Por su parte, SERNAGEOMIN designará como encargados del contrato a que dé lugar la presente licitación a Bruno Alvarado Villazon, Rut:15931570-3, Jefe del Departamento de Investigación y Sanciones, ubicado en Miraflores 383 piso 23, para que ejerza la función de responsable de contrato en representación de SERNAGEOMIN.

Al responsable del Contrato de SERNAGEOMIN le corresponderá la coordinación y control del cumplimiento oportuno y eficiente de las obligaciones del Adjudicatario, siendo responsable, entre otras, de dar visto bueno de conformidad a los servicios para efectos de proceder a las facturaciones que correspondan, aceptar o rechazar las facturas presentadas, gestionar la aplicación de las multas y/o término anticipado cuando corresponda, velar por la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento u otras comprometidas.

Previa comunicación escrita a la Contraparte, SERNAGEOMIN podrá designar a otro funcionario para que, en caso de ausencia del Encargado de Contrato, lo reemplace o haga las veces de tal.

 

ARTÍCULO 30°:  PROHIBICION DE CESIÓN DEL CONTRATO

El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que una norma legal especial permita las referidas cesiones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.

 

ARTÍCULO 31°: MODIFICACIÓN DE LAS PRESTACIONES

La contratación podrá modificarse por mutuo acuerdo entre las partes, siempre que no se altere la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. SERNAGEOMIN podrá requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, o disminuirlas, siempre que estén debidamente justificadas y sean de la misma naturaleza que las contratadas inicialmente. Las modificaciones acordadas no podrán alterar el precio total del contrato en más de un 30%, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 77 inciso final del Reglamento de Compras.

Dichas modificaciones deberán ser aprobadas por el acto administrativo pertinente, totalmente tramitado y deberá ir acompañada de la ampliación o reducción de la vigencia del contrato, cuando corresponda.

 

 

ARTÍCULO 32°: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN

Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Anexos y el contrato se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

ARTÍCULO 33°: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.

Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato que se suscribirá, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.

ARTÍCULO 34º: OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

Sin perjuicio de lo establecido en estas bases, serán obligaciones del adjudicatario, entre otras, las siguientes:

  1. El adjudicatario será plenamente responsable por el manejo financiero de sus actividades, sin que ello pueda influir en la calidad del servicio que se obligue a prestar a SERNAGEOMIN.

  1. El adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de los servicios. SERNAGEOMIN no tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal.

  1. Será de cargo y responsabilidad exclusiva del adjudicatario el pago de las remuneraciones, enterar las cotizaciones de seguridad social, pago de seguro obligatorio de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el pago de los impuestos y otros que deriven de la relación laboral que éste tenga con sus trabajadores o personas a través de las cuales prestará el servicio; de modo tal que SERNAGEOMIN no asume responsabilidad directa ni indirecta alguna por dichos conceptos.

SERNAGEOMIN, podrá solicitar, en cualquier momento, que el adjudicatario le exhiba los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones de índole laboral y previsional, relativo a la o las personas asignadas a la ejecución de las obras y actividades materia de esta contratación.

BASES TÉCNICAS

ARTÍCULO 35°: OBJETIVO DE LA LICITACIÓN.

I.INTRODUCCIÓN

El Servicio Nacional de Geología y Minería, Sernageomin, por medio de la Subdirección Nacional de Minería, es el organismo técnico responsable de regular y/o fiscalizar el cumplimiento de normativas mineras en materia de seguridad minera, propiedad minera y planes de cierre de faenas mineras, para contribuir al desarrollo de la minería nacional. Para tal efecto, uno de los objetivos estratégicos definidos por el Servicio corresponde a “Contribuir a elevar los estándares de seguridad y sistemas de gestión en la industria extractiva minera, para alcanzar una industria minera segura y sostenible para sus trabajadores/as, entorno y comunidad”, lo que se espera mejorar por medio de la acción fiscalizadora a través de la criticidad de las faenas, con énfasis en la calidad de las fiscalizaciones, para fortalecer la seguridad de los trabajadores, disminuir la accidentabilidad y los riesgos en la Industria Extractiva Minera Nacional, según la normativa vigente.

En dicho ámbito de la información, la Subdirección Nacional de Minería (SDNM) ha definido una estrategia a largo plazo de modernización de sus sistemas de información, estandarización de sus procesos y activación de convenios intersectoriales focalizados a mejorar y mantener la calidad de los datos, que le permita transitar de forma gradual desde un servicio “Reactivo” (que responde a emergencias, ejemplificado con el rescate de los mineros de la Mina San José en el año 2010) hacia un servicio “Predictivo” para tomar decisiones en torno a sus datos, y así poder anticiparse a eventos que pudieran ocurrir en la actividad minera del país, utilizando la información presente en el Servicio y apoyado con tecnologías avanzadas para dicha exploratoria.

Por lo tanto, el foco principal de la SDNM es trazar una ruta de modernización para la fiscalización integrada de faenas mineras, interconectando la información que generan todos los sistemas de las diferentes áreas que conforman la Subdirección, tales como: propiedad minera, permisos sectoriales (proyectos), garantías (planes de cierre), fiscalizaciones, sanciones entre otros.

La primera etapa de esta ruta es el desarrollo e implementación del proyecto “Plataforma Pública Minera” como un sistema de información que pueda dar respuesta a las necesidades de todas las áreas de la Subdirección Nacional de Minería y a sus principales clientes externos. El objetivo principal es establecer inicialmente la base para crear un sistema central conocido como “Master Data Management” (MDM), que gestionará los datos maestros críticos de la subdirección nacional de minería de manera integral y coherente.

Esto permitirá dar respuesta transversal de la situación de faenas por algún evento minero, apoyar en la gestación de políticas públicas, optimizar los recursos del Estado y prevenir de forma anticipada posibles riesgos de accidentes fatales, logrando tener un impacto positivo en la comunidad minera del país.


II. CONTEXTO GENERAL.

  1. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

La estructura organizacional de la Subdirección Nacional de Minería está conformada a nivel central por cuatro departamentos – Propiedad Minera, Evaluación de Proyectos Mineros, Fiscalización e Investigación Accidentes y Sanciones – la oficina de Gestión Ambiental y Cierre de Faenas Mineras y una oficina transversal de apoyo a los proyectos tecnológicos – Oficina de Inteligencia de Datos -. A nivel regional el Servicio se despliega en once direcciones regionales[1], de las cuales diez dependen funcionalmente de la SDNM.

Fig. II.1 Organigrama de la Subdirección Nacional de Minería (nivel central)

El Departamento de Propiedad Minera es el responsable de entregar asistencia técnica en los procesos de constitución de concesiones mineras de exploración y de explotación.

El Departamento de Evaluación de Proyectos Mineros es el encargado de realizar la evaluación de los permisos sectoriales que tenga competencias el Servicio.

El Departamento de Fiscalización es el encargado de controlar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa legal vigente en la Industria Extractiva Minera y tiene como objetivo el mejorar la acción fiscalizadora para fortalecer la seguridad de los trabajadores para disminuir la accidentabilidad y los riesgos en la industria extractiva minera.

El Departamento de Investigación de Accidentes y Sanciones es el encargado de efectuar la investigación de los accidentes fatales, graves y de alto potencial, que establece la normativa y de realizar las propuestas de sanciones a los incumplimientos normativos.

La Oficina de Gestión Ambiental y Cierre de Faenas Mineras es la encargada de gestionar y coordinar la evaluación de proyectos en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y la evaluación de los planes de cierre, para la implementación de la Ley de Cierre de Faenas Mineras.

La Oficina de Inteligencia de Datos es la encargada de liderar el cambio de transformación digital en los procesos de la SDNM, a través de la definición, medición, análisis, mejora y control de la gestión de informacion, según requerimientos y necesidades de la subdirección de minería.

  1. PROBLEMÁTICA GENERAL

Una de las principales funciones de la Subdirección Nacional de Minería (SDNM) es la regulación y fiscalización de la normativa minera vigente. Esta acción fiscalizadora se plasma principalmente en tres tipos de fiscalizaciones encomendadas al Servicio: (i) Fiscalizaciones de seguridad minera cuyo objetivo es velar por el cumplimiento del Reglamento de Seguridad Minera para garantizar la vida y seguridad de las personas que se desempeñan en la industria minera, (ii) Investigaciones de accidentes mineros tanto fatales como graves y de alto potencial y (iii) Fiscalizaciones de Planes de Cierre cuyo objetivo es asegurar un correcto cierre de faenas mineras que cesan sus operaciones garantizando que variables medioambientales, físicas y químicas se vean cumplidas de acuerdo a la normativa de la Ley de Cierre de Faenas Mineras.

En cuanto a las fiscalizaciones de seguridad minera y accidentes, éstas se ejecutan mediante una plataforma desarrollada externamente denominada Sistema Minero On-Line (SIMIN OL), en la cual se generan y documentan todas las actas realizadas en terreno. Esta plataforma posee dos versiones:

  • SIMIN OL (Sistema implementado en web, utilizado 100% de forma online)
  • SIMIO (Sistema implementado offline, utilizado para inspecciones en terreno)

Este sistema fue desarrollado el año 2013 con un stack tecnológico basado en Java y Oracle que incluye un Bus de Servicio Empresarial (Enterprise service Bus - ESB) y contiene los siguientes módulos: Atlas, Fiscalización de Seguridad Minera y Accidentes, Declaraciones E-100/200, Declaraciones E-300, Declaraciones E-700, Trámites y Reportes.

Las fiscalizaciones que hoy se realizan en estos sistemas corresponden a una parte clave dentro de la labor del Servicio que es el desarrollo de las fiscalizaciones de Seguridad Minera (Fiscalización e Investigación de Accidentes). El Servicio realiza sus operaciones y transita por lugares altamente inhóspitos, de difícil acceso, donde no hay posibilidad de tener ningún tipo de señal que permita comunicaciones (internet, red de celular, wifi, etc.), a no ser que sea satelital. Por dicha razón se posee un Sistema Offline (SIMIO) para que los/as fiscalizadores/as puedan realizar las fiscalizaciones sin necesidad de depender de una conexión a alguna red. La información que se completa en terreno luego se sincroniza al sistema online cuando el/la fiscalizador/a vuelve de terreno y tiene la posibilidad de establecer un enlace con alguna red de telecomunicación como es internet, redes de celulares u otras.

El módulo principal de SIMIN OL es “ATLAS” ya que el resto de los módulos dependen de estos datos maestros, además de la plataforma BPMS, aplicación web de priorización de faenas y el Geoportal de la Subdirección Nacional de Geología. El módulo ATLAS se encarga de la mantención de empresas mineras (mandantes y contratistas), faenas e instalaciones de una operación minera, dentro de una zona geográfica específica, identificando, entre otros, los administradores, el tipo de instalación, los estados de las instalaciones, así como también toda la información relacionada con regiones, provincias y comunas del país. El módulo ATLAS fue diseñado pensando en las necesidades del Departamento de Fiscalización para minería metálica y no incorporó las necesidades del resto de las áreas de la SDNM.

Por lo tanto, el primer gran desafío a resolver en este proyecto es el de mantener la calidad y veracidad de toda la información relacionada a los datos maestros críticos de la SDNM, dada su dependencia con todos los procesos y en especial con el proceso de fiscalización cuya característica principal es estar en constante movimiento debido al ciclo de vida de una faena y su entorno, lo que podría impactar en la eficacia de la planificación de una fiscalización y del eficiente uso de los recursos fiscales.

3.ANTECEDENTES

El sistema SIMIN OL maneja distintos módulos con modelos de datos separados e implementados en arquitectura SOA, permitiendo su interacción a través de servicios web. El módulo “Atlas” maneja una jerarquía de tres niveles, la empresa que contiene faenas y las faenas a las instalaciones como último nivel de desagregación, esta última tiene asociado un “tipo” para diferenciar el trabajo que se realiza en cada una de ellas, también posee un “estado” para indicar los cambios en la operación y producen recursos mineros (principal y secundarios).

Figura II.3: Modelo conceptual del módulo ATLAS

Los módulos de SIMIN OL están basados en una arquitectura orientada a servicios (SOA), con un Application Server JBOSS 7.1 en donde se ejecutan el código Java JEE 6 que implementa los servicios y publica los portales web para cada aplicación del sistema, sobre ese mismo se encuentra un Bus de Servicios (MULE ESB 3.2.1) quien publica los servicios, actuando como proxy entre el cliente, consumidor y el Application Server. Actualmente no se está ejecutando ninguna lógica ni transformación en el ESB, y sólo actúa como proxy.

A la fecha el sistema “SIMIN OL” cuenta con las siguientes características técnicas:

  • Base de datos Oracle 11.2.0.1.0 
  • Lenguaje Java.  Framework: hibernate-jpa-2.0-api-1.0.1 + Ant + jboss-ejb-api_3.1_spec-1.0.1
  • Driver 7.1.6.2.0

Por otra parte, los antecedentes que existen para elaborar este trabajo son:

-      Documento con el levantamiento técnico del módulo “Atlas” de SIMIN OL – AS IS.

-      Diagramas del modelo de datos actual para los módulos “Atlas” y “Fiscalización” de SIMIN OL.

4. OBJETIVOS

A continuación, se describen los objetivos que se necesitan alcanzar para cerrar el proyecto en su totalidad:

4.1. OBJETIVO GENERAL.

El propósito fundamental de este proyecto radica en establecer los cimientos iniciales para la creación de la primera versión de un sistema central, esencial para la gestión integral de los datos maestros más críticos de la Subdirección de Minería, sistema conocido como un MDM (Master Data Management). Esto permitirá avanzar hacia el objetivo a largo plazo de tener una “Plataforma Pública Minera” que dará respuesta a las necesidades específicas de información de la Subdirección Nacional de Minería, Sernageomin en general y de la ciudadanía en el ámbito minero.

4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

  • Definir las bases del sistema MDM desde el ámbito técnico y funcional incluyendo las dimensiones de modernización e innovación que le permita crecer de forma robusta y orgánica en el tiempo.
  • Definir el modelo de datos inicial acotado al alcance de la jerarquía que actualmente maneja la Subdirección de Minería en el sistema SIMIN OL – Módulo ATLAS, Empresa-Faena-Instalación.
  • Definir y diseñar un método de ensambladura futura para incorporar los procesos que permitirán las actualizaciones del MDM en etapas futuras.
  • Definir y diseñar una solución de integración con el módulo ATLAS con el objetivo de mantener una continuidad operativa del sistema SIMIN OL actual.
  • Implementar la primera versión (producto mínimo viable) del sistema acotado al alcance de la jerarquía actual Empresa-Faena-Instalación.
  • Proponer una siguiente etapa del sistema MDM, incluyendo estrategia, costos y tiempos.

5. SERVICIO REQUERIDO.

A continuación, se presentará una descripción detallada del servicio requerido. El oferente deberá desarrollar su propuesta planteando la estrategia que pueda generar mayor valor para alcanzar el objetivo general.

El servicio por contratar debe considerar lo siguiente:

  1. Planificación
  • Estrategia, detallar la forma de abordar los ciclos de descubrimiento, diseño e implementación del proyecto que contenga: metodología, equipo de trabajo, planes de contingencia en caso de desviaciones relacionadas al cronograma de actividades presentadas o críticas para el éxito del proyecto, que incluya plan de prevención y/o mitigación de los riesgos identificados durante el desarrollo, propuesta de estrategia y método para levantar y gestionar los cambios y brechas detectadas durante el proyecto junto con el equipo de Sernageomin, con el fin de hacer posible un anclaje exitoso.
  • Cronograma, entregar un cronograma de actividades a realizar en el tiempo considerado para el proyecto señalando los roles necesarios para completar las tareas incluyendo a Sernageomin y los hitos entregables comprometidos. Esta lista de actividades debe contener como mínimo: Descubrimiento y levantamiento, análisis de requisitos y diseño del sistema basados en la documentación entregada y reuniones con Sernageomin, implementación del sistema, traspaso de conocimiento al Servicio y garantía.
  • Equipo de Trabajo, definiciones del equipo de trabajo del oferente con sus responsabilidades, mediante perfiles, así como sus capacidades y conocimientos (SCRUM master, PMBOK, etc.), roles que se espera desempeñar en el proyecto, para el equipo de trabajo propuesto se solicita adjuntar las experiencias en otros trabajos relacionados con el rol a cumplir en este proyecto.
  •  Administración del proyecto, se solicita aplicar las mejores prácticas del método basado en PMI para la gestión del proyecto, considerando aspectos tales como: escalamiento necesario para abordar contingencias, gestión de los cambios y brechas detectadas en cada hito, gestión del riesgo, monitoreo del avance del proyecto con presentaciones de avance periódicas. El objetivo es mantener la salud del proyecto y manejo de expectativas de Sernageomin, sin mermar el tiempo dedicado a las tareas esenciales de este proyecto.
  1. Entendimiento y Diseño
  • Entendimiento y diseño Funcional, se solicita realizar un levantamiento, descubrimiento y entendimiento de la problemática del negocio en términos generales para conocer, identificar y describir los procesos que permitirán registrar de forma automática y gestionar posteriormente la información de los datos maestros. Considerar para esta etapa del proyecto solo la jerarquía crítica de Empresa-Faena-Instalación y restringir a los procesos de Plan de Cierre, Fiscalización y Cambio de Titular.

Además, se requiere proponer una metodología de acoplamiento de los procesos futuros que puedan modificar datos en el MDM.

Considerar los siguientes requerimientos generales para este sistema:

ü  Historial, debe permitir el manejo de historial para cada registro o cambios.

ü  Notificaciones, debe permitir la configuración de notificaciones para validación y autorización de datos, además de aviso por modificaciones al MDM tanto a usuarios interno como externos.

ü  Worflow, debe permitir en el caso específico de creación, modificación o eliminación lógica para ciertos perfiles de usuarios la aprobación o rechazo.

ü  Contactabilidad, el sistema debe proveer el aviso para solicitar la actualización anual de los datos de contactabilidad tanto para empresas como para faenas mineras. Antes de completar la actualización de la información, se mostrará un mensaje recordatorio a la empresa, indicando que los datos ingresados son de su completa responsabilidad y que asumen todos los riesgos asociados en caso de omisión o ingreso incorrecto de la información requerida. La contactabilidad debe ser validada (el oferente debe proponer una forma de validación de los contactos, ya sea por sms, email u otro método que estime conveniente).

ü  Emisión de Correos Electrónicos Masivos con Documentos Adjuntos:

  • El sistema debe permitir la generación y envío de correos electrónicos masivos a usuarios externos.
  • Estos correos electrónicos contendrán documentos adjuntos, principalmente en formato PDF. Los archivos adjuntos, en particular los archivos PDF, deben ser generados a partir de plantillas predefinidas, fusionando los datos específicos de cada entidad.
  • Los documentos adjuntos tendrán una estructura mayormente estandarizada, pero ciertos elementos como el nombre de la empresa y el nombre de la faena serán personalizados y tomados directamente de la entidad a la que se enviará el correo.
  • El sistema debe permitir la configuración de plantillas de correo electrónico que incluyan marcadores de posición para los datos personalizados, como el nombre de la empresa y el nombre de la faena.
  • Al generar el correo electrónico masivo, el sistema reemplazará automáticamente los marcadores de posición con los datos correspondientes de cada entidad destinataria.
    • La generación y envío de correos electrónicos masivos deben ser realizados de manera eficiente para no afectar el rendimiento del sistema ni la experiencia del usuario.
    • El sistema debe contar con mecanismos de control para evitar el envío de correos duplicados y garantizar la precisión de los datos personalizados.

ü  Entendimiento y diseño Técnico, se solicita realizar una definición técnica que soporte el sistema MDM definiendo los temas de seguridad de la información, arquitectura con el stack tecnológico, considerando los requerimientos no funcionales definidos en estas bases técnicas adecuado para este tipo de sistema; el diseño front-end considerando las definiciones institucionales.

ü  Administración de usuarios (roles y perfiles), diseño considerando la estrategia de segregación de funciones nacional/regional los usuarios internos y externos, actuar sobre los procesos autorizados por el administrador, permitiendo gestionar información y realizar labores en más de una región.

ü  Diseño del modelo de datos, diseño acotado a la jerarquía empresa-faena-instalación considerando como referencia inicial, el modelo del módulo Atlas de SIMIN OL (ver anexos con prefijo “ATLAS”), además debe resolver las problemáticas no abordadas por dicho módulo.

ü  Gestión de Usuarios y Sistema, las tablas deben estar diseñadas para acomodar registros creados o modificados tanto por usuarios como por el sistema. Cada tabla del sistema debe contener los siguientes campos en cada registro: fecha de creación, fecha de última modificación, usuario responsable de la modificación, entre otros.

ü  Validación de datos con instituciones externas, considerar un diseño para implementar a futuro las validaciones que te permitan controlar la calidad de los datos registrados tales como: correo electrónico, rut, ubicación, entre otras.

  1. Integración con ATLAS-SIMIN OL
  • Definir y diseñar la solución de integración con el módulo ATLAS del sistema SIMIN OL para mantener una continuidad operativa incluyendo al MDM, considerando solo la empresa-faena-instalación como punto de interacción e integridad. Para este punto se utilizarán los datos proporcionados por Sernageomin de una faena de gran, mediana y pequeña minería.

  1. Implementación

Se espera implementar un producto mínimo viable que contenga al menos:

  • Mantenedores manuales para la jerarquía empresa-faena-instalación considerando el usuario interno y el diseño front-end definido para este MDM.
  • Mantenedor manual para el módulo de contactabilidad de la empresa y faena considerando usuario interno y externo. Permitiendo manejo de historial, vigencia y notificaciones a Sernageomin.

Consideraciones para el desarrollo:

ü  Sernageomin proveerá datos acotados para efectos de pruebas.

ü  Sernageomin proveerá ambiente de pruebas

ü  El producto debe considerar las definiciones técnicas acordadas y solicitadas en estas bases.

ü  El producto debe ser validado por el área usuaria interna y esperamos considerar un usuario externo para probar y levantar brechas.

6. REQUERIMIENTOS NO FUNCIONALES DEL SISTEMA

A continuación, se describen los requerimientos generales que Sernageomin exige para la entrega de un producto final en productivo. No obstante, este proyecto tiene un alcance acotado para iniciar un pilotaje a inicio del 2024 y es necesario sentar las bases, pero no es restrictivo para la evaluación del producto mínimo viable solicitado en esta etapa.

6.1. Desempeño

  • El sistema debe garantizar la seguridad y el buen desempeño a los diferentes usuarios. En este sentido la información podrá ser consultada y actualizada permanente y simultáneamente sin que afecte los tiempos de respuesta del sistema.
  • El sistema debe estar en capacidad de dar respuesta al acceso de todos los usuarios y a los procesos ejecutados (en servidor de aplicaciones y/o bases de datos) con tiempos de respuesta aceptable y uniforme, sobre todo en períodos de alta, media y baja demanda de uso del sistema.
  • El sistema deberá asegurar un desempeño óptimo en el registro y entrega de información no superior a los 5 segundos, considerando un nivel de concurrencia de al menos 200 usuarios en período punta.

6.2. Disponibilidad

  • El sistema debe estar disponible 100% o muy cercano a esta métrica durante el horario hábil laboral de SERNAGEOMIN y gestionar los tiempos de mantención y/o no disponibilidad para usuarios externos del sistema (desplegar una página de mantención).
  • El sistema debe asegurar la operación homogénea para todos los niveles de la estructura jerárquica del sistema (incluyendo usuarios y roles de SERNAGEOMIN y de los usuarios externos, como por ejemplo las Empresas Mineras).
  • Adicionalmente, la arquitectura del sistema propuesto debe ser capaz de crecer en forma horizontal (aumento servidores de aplicaciones y capacidad de procesamiento) para mejorar los niveles de servicios prestados, considerando el despliegue de componentes de software distribuidos en la plataforma.

6.3. Escalabilidad

  • El sistema debe ser construido sobre la base de un desarrollo evolutivo e incremental, de manera tal que las nuevas funcionalidades y requerimientos relacionados puedan ser incorporados impactando lo menos posible al código existente y a otros sistemas/funcionalidades disponibles; para ello es indispensable incorporar aspectos de reutilización de componentes, servicios y sistemas.
  • La solución por desarrollar debe permitir en el futuro, el desarrollo de nuevas funcionalidades, modificar o eliminar funcionalidades después de su construcción y puesta en marcha inicial.

6.4. Facilidad de Uso e Ingreso de Información

  • El sistema debe ser de fácil uso y entrenamiento por parte de los usuarios de SERNAGEOMIN, así como debe poseer características de ser intuitivo para usuarios externos a la Institución.
  • El sistema no debe permitir el cierre de las operaciones hasta que todos los procesos, subprocesos y tareas relacionadas, hayan sido terminados y cerrados en forma satisfactoria.
  • El sistema debe ser diseñado considerando la posibilidad de realizar operaciones en forma parcial (del tipo borrador o guardado parcial de información), cuando las páginas de registro de datos (formularios) sean divididas en etapas para mantener un adecuado espacio de trabajo y estabilidad en la red.
    • El sistema debe presentar mensajes de error que permitan al usuario identificar el tipo de error ocurrido y comunicarse en forma adecuada con el área de Soporte TI de SERNAGEOMIN.

6.5. Facilidad de Realizar Pruebas

  • El sistema debe considerar un mecanismo de identificación y de localización de errores durante la etapa de pruebas y operación posterior.
  • El oferente debe indicar en su oferta, la metodología de pruebas para la aceptación (testing) del usuario. En este mismo sentido, cada liberación de entregable de software deberá estar acompañado de uno o más reportes que presenten los resultados obtenidos al aplicar el testing unitario y de integración.

6.6. Flexibilidad

  • El sistema debe ser diseñado y construido considerando técnicas de flexibilidad en cuanto a la parametrización de sus funcionalidades, permitiendo que la administración de dichos parámetros sea realizada por un Administrador funcional del sistema.

6.7. Instalación

  • El sistema debe ser fácil de instalar en todas las plataformas de hardware y software definidas por el Subdepartamento de TI de SERNAGEOMIN.
  • El oferente deberá hacer entrega de los procedimientos de instalación y verificación correspondiente al despliegue del sistema y coordinar con el Subdepartamento de TI las tareas de instalación en los distintos ambientes que el proyecto utilice en SERNAGEOMIN.     
  • El sistema debe considerar la programación de componentes de software estándar y debe operar de manera independiente del navegador web que se utilice.

6.8. Mantenibilidad

  • Todo el sistema deberá estar completamente documentado, cada uno de los componentes de software que forman parte de la solución propuesta deberán estar debidamente documentados tanto en el código fuente como en los manuales de administración y de usuario.
    • El sistema deberá contar con una interfaz de administración que incluya: Administración de usuarios, Administración de módulos y Administración de parámetros. En todas estas opciones se deben disponer de todas las opciones de administración disponibles.
    • El sistema debe hacer uso de estándares de desarrollo y patrones de diseño (frameworks), permitiendo de esta forma mejorar las características de mantenimiento de la aplicación.
    • El sistema debe permitir en el futuro su fácil mantenimiento con respecto a los posibles errores que se puedan presentar durante la operación del sistema.
    • El sistema debe utilizar una metodología de diseño y desarrollo basada en técnicas de orientación a objeto.

6.9. Operación

  • El sistema debe ser de fácil operación por parte de los usuarios del SERNAGEOMIN, lo que significa que demande un bajo nivel de soporte de los usuarios del sistema.

6.10. Seguridad

  • La seguridad del sistema deberá estar regida por las Políticas de Seguridad Informática entregadas por el Subdepartamento de TI de SERNAGEOMIN, se adjunta en anexo “Anexo6_SeguridaddeInformacion_SNGM”.
  • Autenticación, el acceso al sistema debe implementar, para usuarios de SERNAGEOMIN, la autenticación con Active Directory. Por otra parte, para los usuarios externos debe implementar el mecanismo de autenticación de Clave Única (https://claveunica.gob.cl/).
  • Autorización, para todos los usuarios del sistema (internos y externos), deben ser clasificados en varios tipos (roles) con acceso a las opciones de trabajo definidas para cada rol. El control de acceso implementado debe permitir asignar los perfiles para cada uno de los roles identificados. En este sentido, la autorización debe hacer uso del principio de seguridad del privilegio mínimo.
  • La confidencialidad del sistema debe ser implementado con el objetivo que se rechace cualquier acceso o modificación indebida (no autorizada) a la información y proveer los servicios requeridos por los usuarios autorizados en el sistema.
  • Control de auditoría, el sistema debe contar con mecanismos de registro de actividades, identificando los usuarios que las realizaron. De esta forma, el sistema debe contar con registros de auditoría de las actividades que se realizan sobre el sistema, con niveles razonables para su reconstrucción e identificación de los hechos (trazabilidad de las operaciones, fecha, hora, dispositivo, entre otros).
  • El sistema debe considerar la incorporación de un módulo de seguridad en el transporte de información implementando canales seguros a través de certificados digitales en servidor SSL, token de sesión con expiración configurable y seguridad para uso de servicios web.
  • Adicionalmente, la aplicación deberá considerar eliminación de vulnerabilidades en desarrollo de aplicaciones web, teniendo como referente el Informe OWASP Top 10 - 2021. La Empresa Oferente deberá demostrar, mediante informe de pruebas de vulnerabilidad, que el código generado se encuentra libre de las vulnerabilidades indicadas en dicho reporte.

Es importante considerar que SERNAGEOMIN se reserva el derecho a realizar y/o contratar servicios de Ethical Hacking para determinar el grado de conformidad de los sistemas desarrollados en el presente proyecto.

6.11. Validación de Información

  • El sistema debe validar y sanitizar la información contenida en los formularios de ingreso y mantención de información. El proceso de validación de la información debe considerar aspectos tales como obligatoriedad de campos, longitud de caracteres, tipo de datos, valores frontera, prevención de injección de scripts (sql, xss), entre otros.

6.12. Respaldos

  • El oferente deberá proveer mecanismos/procedimientos para generar respaldo periódicamente de la información que se mantiene en el sistema.
  • El mecanismo de respaldo definido deberá estar documentado y probado, realizándose durante el desarrollo de sistema pruebas de recuperación del sistema y recuperación de datos.
  • Los respaldos deben ser responsabilidad de Infraestructura TI de SERNAGEOMIN quien deberá crearlos, almacenarlos y recuperar información en caso de contingencia.

6.13. Integración

  • La solución deberá integrarse, cuando corresponda, totalmente al portal Web de SERNAGEOMIN, el cual será el canal oficial para su puesta en producción.

6.14. Interoperabilidad

  • La solución debe considerar la interacción con otros sistemas existentes en SERNAGEOMIN y con sistemas cuyo origen sea de entidades externas (si lo requiere), a través de soluciones middleware basadas en microservicios. La interoperabilidad deberá estar regida por las normas establecidas por el subdepartamento de TI de SERNAGEOMIN en concordancia con las especificaciones emanadas desde el Administrador de Esquemas y Metadatos de Gobierno (PISEE 2.0).

6.15. Imagen Institucional

  • Se busca que el oferente pueda crear un diseño UX coherente en todo sitio web o aplicación y el diseño debe ser adaptable a medida que evolucionan los usuarios y su comportamiento, donde se pueda mantener actualizado y sea efectivo. Para lograr esto, se recomienda utilizar frameworks o librerías ampliamente utilizadas como Bootstrap 4 o 5, Angular, VueJS, DataTables.net y React, con preferencia por la última versión estable. Es importante que los diseños sigan las guías generales establecidas por el Gobierno Central (ver página https://kitdigital.gob.cl/ “Kit Digital Gobierno de Chile”), limitándose a cambiar únicamente los colores, logos y tipografía para que se adapten al diseño de las interfaces y formularios del sistema. El resultado final se discutirá con el subdepartamento de TI y la Oficina de Inteligencia de Datos de SERNAGEOMIN para garantizar su mejor aplicación.

6.16. Herramienta de Reportes

  • Los reportes del sistema deberán ser construidos utilizando herramientas especializadas para ello, situación que permitirá entregar a la solución la flexibilidad y agilidad deseada.
  • El oferente deberá indicar en su oferta la herramienta propuesta para la construcción de reportes.

6.17. Modelo de Datos

  • Se busca que el oferente proponga el uso de una herramienta open source para mantener el modelo de datos actualizado, actualmente se utiliza “diagrams.net” para el modelo propuesto del nuevo sistema. También se busca definir la nomenclatura del modelo físico, la cual debe ser revisada con los equipos técnicos para su aplicación.

6.18. Base de Datos

  • El proyecto deberá ser construido utilizando el motor de base de datos Microsoft SQL Server Standar (64 bits) Versión 15.0.4123.1, cuyas licencias se encuentran vigentes en SERNAGEOMIN.
  • El oferente deberá realizar, al final del proyecto y previo a la puesta en marcha del sistema, un análisis de performance de la base de datos debiendo documentar los resultados y realizar acciones correctivas (tunning de la base de datos) si es requerido para mejorar el rendimiento de la aplicación.

6.19. Software Utilizado en el Desarrollo del Proyecto

  • El proyecto deberá considerar el uso de herramientas en todas sus etapas (análisis, diseño, desarrollo, testing, puesta en marcha, capacitación, análisis vulnerabilidad, etc.). Estas herramientas deben ser informadas y declaradas al inicio de cada etapa/hito del proyecto, de tal forma que de común acuerdo se establezca el uso y/o los mecanismos de intercambio de información para validar cada etapa.
  • Los artefactos generados en estas etapas deberán ser entregados a SERNAGEOMIN en sus versiones originales y exportados a formatos estándares de la industria.
  • Se evaluará mejor aquellas propuestas de solución que incluyan software, herramientas y servidor de aplicaciones sin costo de licencias que permitan implementar los requerimientos expuestos, sin embargo, si la solución propuesta incluye herramientas de software con costo de adquisición, licencias y mantención estas deberán ser acompañadas de presupuesto indicando claramente la herramienta requerida, el objetivo, el costo de adquisición y mantención. El costo de adquirir nuevas herramientas deberá ser presentado en forma paralela al costo de desarrollo de la solución requerida.

6.21. Otros Aspectos a Considerar

  • La solución debe ser 100% basada en Web y toda la parametrización y administración debe realizarse desde un navegador.
  • La solución debe tener interfaces gráficas de administración y de operación en idioma español y ambiente 100% web. El diseño del aplicativo debe ser responsivo y adaptarse a dispositivos móviles para operar en forma correcta.
  • La información desplegable en listas de selección deberá ser parametrizada y administrable.
  • El sistema debe incentivar la cultura Institucional que minimice el uso de papel. Para ello, dónde sea posible deberá hacer uso de las diferentes características de la tecnología, tales como documentos electrónicos, imágenes digitales, buscando minimizar la sobrecarga de la red de SERNAGEOMIN.

6.22. Arquitectura de Solución Requerida

A continuación, se presenta un conjunto de requisitos técnicos que debe cumplir la empresa oferente, en relación con la construcción de los sistemas requeridos en la presente licitación y que deben ser tomadas en cuenta como arquitectura requerida. Adicionalmente, la propuesta técnica debe señalar en detalle cada uno de los componentes propuestos como solución.

6.23. Arquitectura Requerida para la Integración y Desarrollo

La solución propuesta debe utilizar una arquitectura orientada a microservicios en el cual la implementación considere el desarrollo de una aplicación full web integrada a través del uso de APIs. En esta arquitectura, todos los servicios comparten un espacio de nombres donde cada proveedor expone sus servicios a todos los consumidores de servicios y cada uno de ellos deben procurar la protección y acceso a estos microservicios.

Se solicita al oferente presentar una propuesta detallada de arquitectura distribuida y orientada a microservicios para la plataforma. Se espera que la propuesta sea eficiente en el procesamiento de datos, escalable y flexible, y cumpla con los estándares de seguridad y confidencialidad de la información. Se exige que la propuesta respete la filosofía de microservicios, incluyendo servicios autónomos y especializados, y que tenga una documentación técnica adecuada. Si el oferente propone mejoras, debe explicar cómo estas cumplen con los requisitos y necesidades de la plataforma.

A continuación, se presenta la arquitectura propuesta por Sernageomin para la implementación: “DIAGRAMA DE ARQUITECTURA PARA DESARROLLO WEB”.

 

Diagrama Descripción generada automáticamente

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Diagrama Descripción generada automáticamente

 

 

6.24. Arquitectura Requerida en Desarrollo de Aplicaciones

El desarrollo de los sistemas informáticos debe ser construido en base a las normas y políticas mencionadas en el presente documento, las cuales están completamente orientadas a maximizar el uso de los recursos en un ambiente de integración de aplicaciones bajo la arquitectura orientada a microservicios.

Adicionalmente, la solución debe considerar el desarrollo de una aplicación 100% web, utilizando estándares de la industria, que permitan asegurar su correcto funcionamiento independiente del navegador web que se utilice

El oferente deberá indicar las herramientas de diseño y construcción utilizadas para la construcción del sistema. Es deseable, que la empresa oferente utilice herramientas disponibles en SERNAGEOMIN y/o Open Source GNU. Las herramientas de diseño y construcción de aplicaciones deberán ser incluidas como parte integral de la solución propuesta, sin requerir realizar nuevas inversiones por parte de SERNAGEOMIN en el presente proyecto. Adicionalmente se deben indicar los frameworks utilizados en el desarrollo de aplicaciones y su correspondiente ambiente de desarrollo (IDE).

La solución debe estar basada en el patrón de diseño MVC (Modelo/Vista/Controlador), el front end y back end.

La capa de presentación debe coordinarse con la capa de microservicios a través de APIs y definir su comportamiento en base a los resultados JSON que obtenga desde los endpoint correspondientes a la aplicación.

Para simplificar el uso de Javascript y la compatibilidad con los navegadores es necesario el uso de librerías o frameworks estables que estandaricen o minimice el uso de javascript (Ejemplo JQuery, Angular, HTMX, svelte, react, entre otros).

La capa de controlador se debe implementar en dos partes:

a)    El Browser debe hacer los request y comportarse acorde a las respuestas que obtenga desde las apis expuestas todos los inputs del request deben ser sanitizados por las apis. 

b)    El Server de microservicios debe procesar los request que se realicen desde la capa de presentación

La capa del modelo debe implementar toda la lógica de negocio que permita la correcta ejecución de las funciones del sistema, además se exige que la lógica de negocio se realice en su mayoría dentro de procedimientos almacenados.

El único punto de acoplamiento e interacción entre sistemas deben ser los microservicios.

7. ACERCAMIENTO TEÓRICO-PRÁCTICO

Con el objeto de promover la transparencia y libre concurrencia de los oferentes, SERNAGEOMIN, llevará a cabo una citación de carácter presencial, y de asistencia voluntaria, cuya fecha será publicada oportunamente, con el objeto de que los oferentes puedan conocer en detalle el proyecto.

Todos los interesados en participar de la licitación están invitados a asistir. Es recomendable que asistan con personal técnico y administrativo para resolver dudas específicas del proyecto.

Se levantará un acta de la reunión, la cual será firmada por los representantes presentes y el comité de evaluación de la licitación. Dicha acta se hará pública, garantizando que la información sea del conocimiento de todos. 

ARTÍCULO 36°: PERIODO DE EJECUCION DEL SERVICIO: El proyecto debe considerar como una restricción fuerte, que la totalidad de los requerimientos y sus correspondientes aceptaciones técnicas deben ser finalizadas con fecha límite el 29 de diciembre 2023. Si la propuesta indica como fecha de término del servicio una fecha posterior al plazo 29 de diciembre 2023, la oferta será declarada inadmisible.

El oferente deberá presentar una planificación propuesta considerando los plazos establecidos y estimando la complejidad de los temas descritos en el presente documento.

ARTICULO 37: CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

La información proporcionada por el Servicio, tanto en la fase de difusión de la presente Licitación como aquella que sea accesible por el oferente seleccionado para desarrollar los sistemas de información adjudicados, tendrá carácter de reservada y sólo podrá ser utilizada por los oferentes exclusivamente en relación con su participación en este proceso.

De la misma forma, los productos entregables que genere el desarrollo del proyecto serán de propiedad intelectual de SERNAGEOMIN al igual que la documentación generada y los códigos fuentes de las aplicaciones desarrolladas.

ARTÍCULO 38°: ASPECTOS MINIMOS DE LA OFERTA TECNICA

La oferta técnica deberá incluir, como mínimo, lo siguiente:

  1. Resumen del plan del servicio, considerando los alcances y restricciones expuestas en el presente documento, exponiendo la metodología formal de trabajo utilizada por el oferente, cronograma propuesto, entregables propuestos, herramientas propuestas, entre otros.
  2. Listado de proyectos desarrollados por el oferente relacionados a: implementaciones web de sistemas a la medida o del tipo llave en mano, migración exitosa de sistemas; manejo en construcción y diseño de base de datos espacial, infraestructura de datos espaciales, visualización y generación de datos georreferenciados, y manejo de base de datos, entre otros relacionados a la materia (Indicar la Empresa donde se ejecutó el proyecto, el tiempo de implementación, nombre de contacto, teléfono y e-mail).
  3. Los currículums presentados deben ser parte activa del proyecto reflejándose en la planificación con un porcentaje mínimo del 50%, el profesional no puede ejecutar dos roles a la vez en una misma etapa del proyecto.
  4. Los criterios de evaluación de las ofertas, los puntajes y las ponderaciones que se asignarán a cada uno de ellos, se ponderarán con notas que fluctúan entre 1 y 7, conforme al cuadro de porcentajes que se indica.

ARTÍCULO 39°: OFERTA TÉCNICA

La oferta técnica que presenten los oferentes deberá ajustarse íntegramente, como mínimo, a los requerimientos señalados en las presentes bases técnicas, y en caso de no cumplir no serán evaluados, y, en consecuencia, serán declaradas inadmisibles.



[1] Ver direcciones regionales en https://www.sernageomin.cl/donde-estamos/