2.-
1. Tratándose de participantes, sean éstos personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores (UTP) reguladas en el artículo 67 bis del reglamento de la ley N°19.886, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal mercadopublico.cl, el Anexo N°1, denominado “Identificación del Oferente”, que contenga los datos de identificación del oferente, este documento deberá contener su nombre o razón social, el número de RUT de la empresa o cédula nacional de identidad del oferente, según corresponda, el nombre, número de cédula nacional de identidad del representante legal y su profesión u oficio, si se trata de una sociedad y el domicilio comercial, número de teléfono, y correo electrónico.
2. Todos los participantes, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal mercadopublico.cl los siguientes documentos:
a) Declaración Jurada Simple del participante, empresa o unión temporal de proveedores (UTP), que declare: (i)que no se encuentra en alguna de las situaciones contempladas en los incisos primero y sexto del artículo 4° de la ley Nº19.886, esto es, que al momento de la presentación de la oferta no han sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años; (ii)que ninguno de sus socios tenga la calidad de funcionario directivo del CFT de la Región de Valparaíso; ni que se encuentra unido a alguno de los mencionados funcionarios por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del decreto con fuerza de ley N°1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni es socio de una sociedad de personas en que aquellos o éstas formen parte, ni tenga participación en sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni es socio en una sociedad anónima abierta en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas; (iii) que no ha sido condenado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por los delitos previstos en los artículos 136, 139, 139 bis y 139 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el artículo 27 de la ley Nº 19.913, en el artículo 8° de la ley Nº18.314 y en los artículos 240, 250, 251 bis, 287 bis, 287 ter, 456 bis A y 470, numerales 1° y 11, del Código Penal, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º número 2) del artículo primero de la ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas; y (iv) que no ha sido condenado por las conductas previstas en la letra a) del artículo 3º del decreto ley Nº 211, con la pena de prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211 (Anexo N° 2- A, Anexo N° 2 -B). En el caso de una UTP, esta declaración Jurada debe ser presentada por cada integrante y estar suscrita por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso.
b) Declaración jurada simple acreditando la veracidad de la oferta (Anexo N° 2-C).
c) Declaración Jurada simple según la cual declara conocer y aceptar las presentes bases de licitación (Anexo N° 2 -D).
En el caso que los oferentes tengan publicado algún documento solicitado a través de Chile Proveedores u otro registro oficial, el oferente podrá exceptuar su incorporación, en la presentación de esta licitación en la medida que se cumpla con los requisitos señalados.
Si alguno de los documentos requeridos en el presente acápite no es adjuntado por el proveedor al momento de publicar su oferta, o no se encuentran en el portal de Chile Proveedores u otro registro oficial (por ejemplo, tuempresaenundía.cl), se entenderá su no presentación siendo la oferta declarada inadmisible por no cumplir con los antecedentes administrativos requeridos. Lo anterior, sin perjuicio del plazo extraordinario para la presentación de los Antecedentes del Oferente que se indica a continuación.
Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos (Plazo extraordinario de presentación de antecedentes del oferente):
Luego del cierre de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, el CFT de la Región de Valparaíso podrá requerir a los proponentes la presentación de certificaciones o antecedentes requeridos en los “Antecedentes del Oferente” que hayan omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo fatal de presentación será de 48 horas, contadas desde el requerimiento respectivo realizado por el CFT de la Región de Valparaíso, el que se informará a través del sistema Mercado Público.
Estos antecedentes serán todos los requeridos en las bases que regulan esta licitación que no correspondan a la oferta técnica y económica y a aquellos que contengan información relacionada con la evaluación de las mismas (ofertas técnicas propiamente tal y la económica).
Si el oferente no presenta la documentación faltante y/o no salva las omisiones requeridas en el plazo señalado, su oferta será declarada inadmisible por falta de presentación de los antecedentes solicitados.
La presentación de todos los antecedentes del oferente dentro del plazo extraordinario será evaluada con nota 0, conforme lo indicado en la pauta de evaluación.
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