1.- OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA |
1.- OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
Con el fin de garantizar la articulación, gestión y desarrollo de la Red Asistencial de su territorio, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud, como también la rehabilitación y cuidados paliativos de las personas enfermas, es indispensable gestionar a la brevedad la contratación de una entidad externa calificada para que otorgue el Servicio de Residencia Protegida para 06 Cupos de personas con Trastornos psiquiátricos severos y discapacidad.
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2.- MONTO Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS |
2.- MONTO Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS
La forma de la presente Licitación Pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM.
Las propuestas deberán tener una validez de 90 (noventa) días hábiles a contar de la fecha de la apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, costos de garantía y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del Contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
Este llamado se hace a través del portal www.mercadopublico.cl.
El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la Resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
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3.- PARTICIPANTES |
3.- PARTICIPANTES
Podrán participar en la Licitación las personas naturales o jurídicas o Unión Temporal de Proveedores (UTP), que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
Los Oferentes podrán asociarse entre sí, formando una Unión Temporal de Proveedores, cuyo acuerdo de formación deberá haberse materializado por Escritura Pública, como documento necesario para la suscripción del Contrato, sin que sea necesario constituirse como sociedad. (Art. 67 bis inciso 3° del Reglamento de la Ley 19.886.)
a) Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, y designar a uno de sus integrantes como representante para los efectos de la Licitación.
b) La UTP comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, el Servicio podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por el Servicio a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha.
c) Los oferentes al presentar garantía de seriedad de la oferta, deberán presentarla constituida como instrumento único tomada por el representante de la UPT señalada en mandato.
Por el hecho de participar y presentar sus ofertas en el presente proceso de Licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, cumpliendo además con la presentación de los requisitos de admisibilidad y presentación de los anexos de Licitación, en los formatos aquí establecidos.
Al momento de la suscripción del Contrato, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción. En atención a lo señalado en el artículo 67 bis inciso 4° del Reglamento de la Ley 19.886, cada Proveedor de Unión Temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, para que sea factible la suscripción del Contrato.
En cuanto a la vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, el artículo 67 bis inciso 6° del Reglamento de la Ley 19.886 dispone que: “no podrá ser inferior a la del Contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento”.
El Servicio no contratará con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive. Asimismo, el Servicio no suscribirá Contrato con aquellas personas jurídicas afectas a la prohibición dispuesta en el numeral 2º del artículo 8 de la Ley 20.393.
Se deja establecido, que se entiende que quien participe de este proceso licitatorio, se encuentra conforme con las condiciones generales de la presente Licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y sus Anexos, aceptándolas en todas sus partes.
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4.- NORMATIVA APLICABLE |
4.- NORMATIVA APLICABLE
Los servicios se contratarán y ejecutarán de acuerdo a lo estipulado en los siguientes documentos que formarán parte integrante de la Licitación y del Contrato de servicios materia de aquella:
• Las presentes Bases Administrativas (BBAA)
• Bases Técnicas (BBTT)
• Anexos: N°s 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10.
• Aclaraciones por parte del Servicio de Salud Metropolitano Central a las presentes Bases y especificaciones técnicas.
• Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos.
• En general, todo documento relacionado con la Licitación que emane del Servicio de Salud Metropolitano Central, con anterioridad a la apertura de la propuesta.
• Oferta del o los oferentes
• Acta de Evaluación de Ofertas
• Resolución de Adjudicación
• El Contrato, si procediera
• En general, todo documento relacionado con la Licitación.
En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega sea exclusivo ni excluyente:
• La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y prestación de servicios, y el D.S. N° 250 del año 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley N° 19.886.
• D.F.L. N°1/19.653 del año 2000, de la Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
• D.F.L. N° 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
• Ley N° 19.880 sobre Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
• Decreto con Fuerza de Ley Nº 36 de 1980, del Ministerio de Salud.
• Norma General Técnica N° 87, de 2006, Sobre Residencias Protegidas, del Ministerio de Salud.
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5.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA - ECONÓMICA Y DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS |
5.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA - ECONÓMICA Y DE LOS
DOCUMENTOS ANEXOS
Todos los documentos que correspondan a las ofertas deberán presentarse únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl adjuntando los documentos indicados a continuación, los cuales deberán ser ingresados en idioma español en archivos “PDF y Excel”, todos los cuales deben adjuntarse en carpetas o archivos.
Los documentos se deben presentar en el Anexo correspondiente, de manera ordenada y conforme a las Bases, lo cual será evaluado por la Comisión Evaluadora, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases.
La integridad de los documentos, y capacidad de lectura de la propuesta y los documentos anexos, será de exclusiva responsabilidad de “El Oferente”.
Las ofertas técnicas y/o económicas deberán ser puras y simples y en ningún caso podrán estar asociadas a beneficios de ninguna especie (por ejemplo: promociones, productos 2 x 1, dádivas, regalos, entrega de productos en comodato y otros similares) ni sometidas a condición alguna para su adjudicación.
En el caso de Unión Temporal de Proveedores, en virtud del artículo 67 bis inciso 4° del Reglamento de la Ley N° 19.886, “Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo Contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma”.
5.1.- ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
El oferente debe presentar los siguientes documentos y antecedentes escaneados, como archivos adjuntos, a través del portal www.mercadopublico.cl:
a) Tratándose de personas naturales:
• Identificación del proponente (Anexo N° 1).
• Declaración jurada (Anexo N° 2).
• Certificado de la Inspección del Trabajo, que informe acerca del cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, así como la existencia de situaciones sancionadas y/o multadas. No se aceptarán certificados que tengan más de 60 días de antigüedad en relación a la fecha de cierre de la Licitación.
• Garantía de seriedad de la oferta, según lo indicado en el capítulo respectivo.
• Experiencia del oferente (Anexo N° 4). Se observará la experiencia acreditable en el desarrollo de acciones de Residencia Protegida.
• Rol del Administrador de la Residencia Protegida (Anexo N° 5).
• Recurso Humano Disponible contratado por el Proveedor (Anexo N° 6).
• Resguardo Derechos de las personas en Residencia Protegida (Anexo N° 7)
• Capacitación del Personal Profesional y no Profesional. (Anexo N° 8).
• Acreditación Inmueble donde se prestarán los servicios (Anexo N°10)
• En caso de que el oferente fuere una UTP, se debe acompañar un instrumento, con fecha anterior a la apertura de las ofertas, en el cual conste una declaración de actuación conjunta y de responsabilidad indivisible y solidaria, suscrita por las personas que conformarán la Unión Temporal de Proveedores. Además, se deben ingresar los antecedentes que acrediten las personerías que sea procedente invocar y la habilidad para contratar con los organismos del Estado de todas las entidades que sean parte de la UTP.
b) Tratándose de personas jurídicas:
• Identificación del proponente (Anexo 1).
• Declaración jurada (Anexo 2).
• Copia de la escritura pública de Constitución de la Sociedad o Certificado de Estatuto Actualizado, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley N° 20.659.
• En caso de modificaciones efectuadas a la sociedad, copia de la o las escrituras públicas de modificación, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es requisito para el caso de sociedades acogidas a la Ley N° 20.659).
• Copia con certificado de Vigencia y anotaciones marginales, cuya emisión no puede superar 60 días a la fecha de publicación de las Bases, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley N° 20.659.
• Certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley N° 20.659.
• En caso de no constar la personería del representante legal del proponente en la documentación citada en las letras anteriores, debe adjuntarse copia de escritura pública en que conste su designación.
• Certificado de la Inspección del Trabajo, que informe acerca del cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, así como la existencia de situaciones sancionadas y/o multadas. No se aceptarán certificados que tengan más de 60 días de antigüedad en relación a la fecha de cierre de la Licitación.
• Garantía de seriedad de la oferta, según lo indicado en el capítulo respectivo.
• Experiencia del oferente (Anexo N° 4). Se observará la experiencia acreditable en el desarrollo de rehabilitación en Residencia Protegida.
• Rol del Administrador de la Residencia Protegida (Anexo N° 5).
• Recurso Humano Disponible contratado por el Proveedor. (Anexo N° 6).
• Resguardo Derechos de las personas en Residencia Protegida (Anexo N° 7)
• Capacitación del Personal Profesional y no Profesional. (Anexo N° 8).
• Acreditación Inmueble donde se prestarán los servicios (Anexo N°10)
• En caso de que el oferente fuere una UTP, se debe acompañar un instrumento, con fecha anterior a la apertura de las ofertas, en el cual conste una declaración de actuación conjunta y de responsabilidad indivisible y solidaria, suscrita por las personas que conformarán el Consorcio o de las que forman parte de la unión temporal de Proveedores. Además, se deben ingresar los antecedentes que acrediten las personerías que sea procedente invocar y la habilidad para contratar con los organismos del Estado de todas las entidades que sean parte del Consorcio o unión temporal de Proveedores.
En el caso que alguno de los documentos anteriormente solicitados al proponente se encuentren disponibles en el portal www.mercadopublico.cl, incorporados en su Ficha Electrónica Única en el Registro de Proveedores, no será necesario adjuntarlos, siempre y cuando se trate de documentos con no más de 60 días de antigüedad y que el oferente lo indique expresamente.
5.2.- PROPUESTA ECONÓMICA
El Proveedor deberá ingresar su oferta económica en el Portal Mercado Público hasta la fecha y hora de cierre estipulado en el cronograma de Licitación. Para lo anterior, el oferente deberá completar y presentar la información requerida en el Anexo N° 3, en formato PDF al portal de Mercado Público.
El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl, el que deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio propuesto por FONASA para las prestaciones valoradas año 2019, como valor máximo correspondiente al valor por cupo de $18.760.- (dieciocho mil setecientos sesenta pesos), el cual debe incluir todos los costos asociados a la prestación ofertada. Además el proponente deberá completar el ítem “oferta económica” de los formularios de especificaciones técnicas incluidos en las presentes Bases de Licitación (Anexo N°3), que se refieran a su propuesta de y adjuntarlo como archivo electrónico en el portal.
En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada en el portal y en el formulario respectivo (Anexo N° 3), se entenderá como válido el valor indicado en el Portal para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
5.3.- ANTECEDENTES
El oferente deberá subir al portal www.mercadopublico.cl, antes de la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas indicada en el cronograma dispuesto en las presentes Bases, los “Anexos Técnicos”, esto es, los antecedentes que conforman la descripción detallada del producto ofertado. Los anexos técnicos serán los que se indican a continuación:
La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas.
Queda estrictamente prohibido a los oferentes cambiar o adulterar algún ítem de los anexos de las presentes Bases de Licitación, siendo el llenado de su exclusiva responsabilidad.
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6.- CONTRAPARTE TÉCNICA |
6.- CONTRAPARTE TÉCNICA
El desarrollo de la presente Licitación estará bajo la supervisión de la Jefatura de la Unidad de Salud Mental de este Servicio de Salud, perteneciente al Departamento de Coordinación de la Red, dependiente de la Subdirección de Gestión Asistencial. En caso de ausencia, estará a cargo de la Jefatura del Departamento de Gestión de la misma dependencia, o quien en defecto de todo lo anterior, designe la Dirección del Servicio.
La contraparte técnica del SSMC, supervisará el cumplimiento del Contrato, velando por el bienestar de los usuarios que ingresen a estas Residencias Protegidas.
Las funciones de la contraparte técnica incluirán:
- Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimento de los objetivos señalados en los términos de las Bases Administrativas y Técnicas y de los plazos acordados para la entrega de todos los productos esperados.
- Autorizar adecuaciones relativas al programa de trabajo, y en general atender y resolver situaciones no consideradas.
- Analizar y aprobar todos los informes, planteando al equipo consultor de Hogares y Residencia Protegidas, las observaciones y/o comentarios que se estimen convenientes.
- Informar a la Subdirección de Gestión Asistencial sobre los avances y dificultades del programa de trabajo.
- Autorizar los pagos programados según se haya acordado en el Contrato de prestación de servicios.
- Informar la eventual de aplicación de las sanciones que se estipulen en el Contrato según corresponda.
- Evaluar los informes entregados por el Proveedor. Su aprobación o rechazo será comunicado a la institución Proveedora vía correo electrónico dirigido al encargado, con copia al representante legal.
- Informar cualquier incumplimiento de la Proveedora a obligaciones asumidas por ésta en virtud del respectivo Contrato de servicios.
- Realizar visitas para supervisión del cumplimiento de los servicios contratados. Además es factible realizar visitas ante cualquier eventualidad o por necesidad del SSMC.
El contratista, en lo que a la ejecución del convenio se refiere, quedará sometido a la supervisión, inspección técnica y administrativa y al control del Servicio, y deberán prestar las facilidades necesarias para su ejercicio.
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7.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN |
7.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Servicio se reserva el derecho de modificar las Bases Administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes Bases de Licitación. De ser necesaria una modificación a las Bases, deberá dictarse una Resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo que corresponda.
En este caso, se podrá disponer la suspensión del plazo de recepción de la ofertas, modificando el calendario de Licitación, con la publicación en el portal de la Resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los Oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el nuevo plazo que disponga la resolución.
En todo caso, las modificaciones a las Bases solo serán procedentes si se efectúan antes del cierre de presentación de las ofertas, en conformidad al art. 19 del Reglamento.
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8.- CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES |
8.- CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente Licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl].
Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados a través de su publicación en el sitio web antes mencionado, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la Licitación y del Contrato para todos los efectos.
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9.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS Y REQUISITOS PARA SU ADMISIBILIDAD |
9.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS Y REQUISITOS PARA SU ADMISIBILIDAD
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes, se realizará únicamente a través del Portal www.mercadopublico.cl por el funcionario del Departamento de Adquisiciones de la DAP encargado del seguimiento del proceso licitatorio, en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo al cronograma señalado en el numeral 22° de las presentes Bases Administrativas, y sólo tendrá lugar respecto de aquellas ofertas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad, los cuales se indican a continuación:
Requisitos de Admisibilidad:
1.- Declaración Jurada del proponente (Anexo N°2)
2.- Oferta Económica (Anexo N°3).
3.- Garantía de seriedad de la oferta entregada, en formato físico o electrónico subido al portal como archivo adjunto, dentro de plazo establecido en las presentes Bases Administrativas.
**Las propuestas que no cumplan con los requisitos establecidos anteriormente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886.
De acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886, la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central declarará inadmisible las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases. Declarará desierta una Licitación cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio de Salud Metropolitano Central. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
La declaración de inadmisibilidad, así como la declaración de desierta de la Licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas.
Asimismo, la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o a aceptar la que estime más conveniente a sus intereses aunque no sea la de menor precio.
La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el numeral 9°, de las presentes Bases.
Las propuestas deberán referirse a la totalidad de los bienes y/o servicios que se licitan. No se aceptarán ofertas parciales.
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10.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
10.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
10.1.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por los funcionarios que a continuación se mencionan, o quienes se encuentren subrogando o desempeñando el cargo o función al momento de la evaluación:
1- Marie Jesie Carrillo Barrera, RUT 11.844.420-5, Profesional Enfermera Jefa Unidad Gestión Hospitalaria y Red de Urgencia Dirección Servicio Salud Metropolitano Central, o quien reemplace o subrogue.
2- Beatriz Villane Yañez, RUT 13.319.664-1, Profesional Psicóloga Jefa Unidad Salud Mental Dirección Servicio Salud Metropolitano Central, o quien reemplace o subrogue
3- Andrés Jains Flores Maturana, RUT 12.123.885-3, Profesional Médico Referente Técnico Curso de Vida del Adulto, Dirección Municipal Santiago, DISAL, o quien reemplace o subrogue.
Para la evaluación de las ofertas presentadas, se deberá contar con la presencia de la totalidad de los integrantes de la comisión evaluadora anteriormente descrita.
La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, las más convenientes a los intereses de la institución, levantando un acta en la que se consignará el estudio de lo ofertado, y hará una propuesta de adjudicación al Servicio de Salud Metropolitano Central; o bien, propondrá fundadamente declarar desierta o inadmisible la Licitación conforme lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.986. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes Bases Administrativas.
Los miembros que integran la Comisión de Evaluación no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, debiendo dejar constancia de aquello en el Informe de Evaluación.
De conformidad con lo previsto en el artículo 4° N° 7 de la Ley N° 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la Ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley N° 20.730 y su Reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 27 del Decreto N° 250, que contiene el Reglamento de Compras.
La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública. Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación:
- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en el presente numeral de Bases Administrativas.
- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
- Elaborar el Informe de Evaluación de las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y ser las más convenientes a los intereses del SSMC, o bien;
- Efectuar proposición fundada para la declaración de desierta de la Licitación.
La Comisión de Evaluación podrá desestimar una oferta cuando ésta no cumpliere los requisitos establecidos en las Bases de Licitación, esto es:
- Si la oferta no cumple con los requisitos de admisibilidad requeridos en el numeral 9 de las presentes Bases.
- Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias técnicamente de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de Licitación y conforme al resultado que obtuviere en la calificación.
- Si los servicios ofertados no son convenientes para los intereses de este Servicio.
- Cuando la propuesta muestra distorsión o falsificación de alguno de los antecedentes requeridos por las Bases.
10.2. OMISIÓN DE ANTECEDENTES
Si el oferente omitiere algún antecedente o certificación al momento de presentar su oferta, y siempre que éstos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, podrá el oferente presentarlos a requerimiento de la Comisión de Evaluación, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Antecedentes Administrativos”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible, y no se confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases, y de igualdad de los oferentes.
Una vez notificado el proponente, a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, el oferente tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder por el mismo medio. Los antecedentes que sean requeridos y entregados dentro del plazo señalado pasarán a formar parte integrante de la contratación, en caso de serle adjudicado.
10.3. PAUTA DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas se realizará en consideración a los siguientes criterios y porcentajes de ponderación:
CRITERIO DE EVALUACIÓN PORCENTAJE
Evaluación Capacidad Técnica (CT) 20%
Evaluación Infraestructura disponible (ID) 20%
Evaluación Oferta Económica (OE) 60%
Total 100%
El oferente mejor calificado, será el que obtenga el mayor porcentaje de cumplimiento, producto de la sumatoria de todos los puntajes ponderados correspondientes a cada criterio de evaluación.
Porcentaje final= (Puntaje CT x 0,2) + (Puntaje ID x 0.2) + (Puntaje OE x 0,6)
I. EVALUACIÓN CAPACIDAD TECNICA 20%
La evaluación técnica de las ofertas, se desarrollará a partir de la calificación de los factores señalados en el siguiente cuadro.
SUB FACTORES PONDERACIÓN
Experiencia del Oferente (EO) 20%
Rol del Administrador (RA) 20%
Personal disponible y capacitado (PD) 20%
Resguardo Derechos de las personas residentes (RD) 20%
Cumplimiento requisitos formales de la oferta, presentación de anexos conforme Bases. (CR) 10%
Mejores condiciones de empleo y remuneración (CE) 10%
El puntaje total del proponente para la etapa de evaluación de capacidad técnica, se calculará de acuerdo al siguiente polinomio:
Puntaje CT = (EO x 0,20) + (RA x 0,20) + (PD x 0,20) + (RD x 0.20) + (CR x 0.10) + (CE x 0.10)
I.1 Experiencia del oferente (20%)
Para acreditar este factor, el oferente debe completar el Anexo N° 4, denominado “Experiencia del Oferente”, adjuntando documentos que respalden el desarrollo de servicios de Residencia Protegida, ejecutado en instancias públicas o privadas.
La experiencia debe ser certificada a través de Contratos ejecutados, certificados entregados por instituciones u otra documentación que acredite la prestación de este tipo de atención. Estos documentos deberán identificar al menos al oferente, los servicios entregados, período de duración y cliente al cual le prestaron el servicio.
La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
El oferente NO adjunta el Anexo N° 4, no acredita o no da cuenta de experiencia en Residencia Protegida. 0
El oferente adjunta el Anexo N° 4, y da cuenta de experiencia en Residencia Protegida por un periodo menor a un año o hasta un año inclusive 25
El oferente adjunta el Anexo N° 4 acreditando que ha desarrollado servicio de Residencia protegida por un período superior a 1 año y hasta 4 años inclusive 50
El oferente adjunta el Anexo N° 4 acreditando que ha desarrollado servicio de Residencia por un período superior a 4 años. 100
I.2 Rol del Administrador (20%)
El oferente deberá contar con un administrador, el cual es una persona natural o jurídica, pública o privada, responsable de la administración de la Residencia Protegida a nivel financiero y de gestión, debiendo ocuparse de todos aquellos aspectos relativos a la operación de cada uno de los hogares.
Para este factor, deberá completar el Anexo N°5 “Rol de Administrador”, el cual deberá dar cuenta de las funciones que tiene asignada, las cuales deben ser coherentes con lo definido por la Norma Técnica existente para Residencias Protegidas del MINSAL.
La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
El oferente NO adjunta el Anexo N° 5 no dando cuenta de las funciones que tiene el administrador de la Residencia Protegida. 0
El oferente adjunta el Anexo N° 5 presentando las funciones del administrador, pero estás cumplen parcialmente con lo estipulado en la Norma Técnica de Residencias Protegidas 50
El oferente adjunta el Anexo N° 5 presentando las funciones del administrador, las cuales cumplen totalmente con lo estipulado en la Norma Técnica existente. 100
I.3 Personal disponible y capacitado (20%)
La evaluación de este ítem se realizará en base al cumplimiento de los criterios que se mencionan a continuación:
I.3.1.- Dotación de funcionarios disponibles: Completar el Anexo N°6 “Recurso Humano Disponible”, donde se señale el detalle de horas contratadas, el cual debe ser acorde al estándar definido por la Norma Técnica de Residencias Protegidas del MINSAL del año 2006.
I.3.2.- Capacitación del Personal profesional y no profesional: Completar el Anexo N° 7 “Capacitación del Personal”, para el personal que cuente con capacitación acorde con las funciones contempladas para su cargo (definidas en la Norma Técnica de Residencias Protegidas del MINSAL, del año 2006), adjuntando además copia simple que certifique dicha capacitación.
I.3.3.- Plan de capacitación continua: el oferente deberá adjuntar el documento en el que presente su plan anual de capacitación continua, dirigido a las cuidadoras de los usuarios de la residencia.
El incumplimiento de algunos de los criterios anteriormente señalados, determinarán la no aprobación del ítem en su globalidad, dada la relevancia de que se encuentren presentes en la residencia, los cuales se describen a continuación:
La evaluación de este ítem se efectuará en base a la sumatoria obtenida para cada uno de los criterios que este contempla, lo cual está indicado en la siguiente tabla con el puntaje máximo de 100 puntos.
DESCRIPCIÓN CUMPLE NO CUMPLE
El oferente adjunta el anexo N° 6 el cual da cuenta del personal disponible el que está acorde al estándar requerido señalado en la Norma Técnica vigente. 30 0
El oferente adjunta el Anexo N° 7 el cual refleja que sobre el 60% del personal contratado cuenta con capacitación actualizada acorde a la descripción del cargo existente en la Norma Técnica vigente. 30 0
El oferente adjunta documento que contiene el Plan de Capacitación anual continuo, dirigido al personal contratado, el cual trata temáticas acordes al cuidado de personas con patología psiquiátrica. 40 0
TOTAL 100 0
I.4 Resguardo de los Derechos de las personas Residentes (20%)
Para este ítem se solicita que el oferente detalle las medidas que se contemplarán para el resguardo de los Derechos de las personas residentes, formando parte integral de la prestación de Servicio de Residencia Protegida.
Los ítems de este plan se basan en la Convención de Derechos de Personas en situación de Discapacidad, ratificada por Chile el año 2008.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
El oferente NO adjunta el Anexo N° 7 no dando cuenta del resguardo de Derechos en Residencia Protegida. 0
El oferente adjunta el Anexo N° 7 presentando medidas de resguardo, pero estás no aluden a los ítems requeridos. 50
El oferente adjunta el Anexo N° 7 presentando medidas de resguardo para todos los ítems requeridos. 100
Los medios de verificación de esta información serán: entrevistas a usuarios, y observación de registros en Residencia (cuaderno de novedades), durante la Visita a Hogar/ Residencia por parte de Comisión Evaluadora.
I.5 Cumplimiento requisitos formales de la oferta (10%)
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
El oferente acompaña antecedentes dentro del plazo normal 100
El oferente acompaña antecedentes fuera del plazo normal 50
El oferente omite antecedentes y no rectifica omisión 0
1.5 Cumplimiento de condiciones de empleo y remuneración. (10%)
La evaluación de este ítem se efectuará en base a la sumatoria obtenida para cada uno de los criterios que este contempla, lo cual está indicado en la siguiente tabla con el puntaje máximo que son 100 puntos.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
El oferente no presenta documentos adjuntos o no informa 0
El oferente adjunta Contratos vigentes del personal requerido en Bases Técnicas. 25
El oferente adjunta documentación que certifique el pago de remuneraciones superior al ingreso mínimo mensual. 25
El pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores se encuentran al día 50
TOTAL 100
II. EVALUACIÓN INFRAESTRUCTURA DISPONIBLE 20%
La evaluación de la infraestructura de cada oferente, se desarrollará a través de una visita al establecimiento, donde se realizará la calificación de los factores señalados en el siguiente cuadro, mediante la aplicación de la pauta correspondiente al Anexo n° 8, más el adjunto de Anexo N°10, correspondiente a acreditación de inmueble donde se prestarán los servicios. La suma del puntaje de los siguientes factores constituye el puntaje de infraestructura final.
Anexo FACTORES PUNTAJE
Anexo N° 8 Aspectos Generales de la Vivienda (AG) 10
Instalaciones (Ins.) 20
Implementación (Imp.) 30
Seguridad (S) 20
Accesibilidad (A) 10
Anexo N° 10 Presentación Anexo N° 10 (A 10) 10
TOTAL 100
El puntaje total del proponente para la etapa de evaluación de infraestructura disponible, se calculará de acuerdo a la suma de los puntajes obtenidos en cada ítem:
Puntaje ID = (AG) + (INs) + (IMp) + (S) + (A) + (A10)
II.1 Aspectos Generales de la Vivienda (10%)
A continuación, se describen los 3 ámbitos que este ítem contempla y que la vivienda debiera cumplir:
II.1.1.- Ubicación: La residencia debe estar ubicada en el espacio urbano/comunitario dentro de la jurisdicción correspondiente al Servicio de Salud Metropolitano Central.
II.1.2.- Acceso y oportunidad para la integración: La ubicación de la residencia debe permitir el fácil acceso a locomoción colectiva, estar cercana a consultorios, comercio, espacios públicos, de esparcimiento, etc., factores que facilitan o que brindan oportunidades para la integración social de los residentes con sus vecinos.
II.1.3.- Elementos de discriminación: La residencia debe estar inserta en la comunidad sin elementos discriminatorios y estigmatizadores, ni internos ni externos, que expliciten su calidad de tal (letreros, carteles, placas, uniformes).
La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos.
DESCRIPCIÓN CUMPLE NO CUMPLE
La vivienda se encuentra ubicada en un espacio urbano/comunitario
30 0
La vivienda cuenta con acceso a locomoción colectiva, cercana a consultorios, comercio, espacios públicos, de esparcimiento, etc.
30 0
La vivienda no cuenta con elementos discriminatorios y estigmatizadores, ni internos ni externos, que expliciten su calidad de tal (letreros, carteles, placas, uniformes).
40 0
TOTAL 100
II.2 Evaluación de las Instalaciones (20%)
DESCRIPCIÓN CUMPLE NO CUMPLE
La vivienda cuenta con servicios básicos disponibles (agua, alcantarillado o energía eléctrica) 15 0
La vivienda cuenta con espacios habituales dentro de una casa habitación 15 0
La vivienda cuenta con 1 dormitorio cada 3 residentes 15 0
La vivienda cuenta con condiciones de privacidad y seguridad en los dormitorios y baños 15 0
La vivienda cuenta con 1 sala de baño por cada 5 residentes 15
0
La vivienda cuenta con agua caliente para al menos 1 ducha diaria 15 0
La vivienda cuenta con espacio para el tiempo libre. 10 0
TOTAL 100
II.3 Implementación (30%)
Cada espacio de la vivienda debe presentar ciertas características, las cuales tienen relación con la función que cumple la habitación.
La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 560 puntos, que deberán ser convertidos a la siguiente tabla de puntaje total:
Puntaje obtenido en Pauta Puntaje Total
560 puntos 100 puntos
401 a 559 puntos 50 puntos
Menos de 400 puntos 0 puntos
HABITACIÓN/IMPLEMENTACIÓN CUMPLE NO CUMPLE
DORMITORIO
Dimensiones tales que no exista hacinamiento y permita un desplazamiento fluido de los residentes 10 0
Decoración (pintura o empapelado de muros, cuadros, otros ornamentos). 10 0
Ventanas con cortinas bien instaladas, de fácil pliegue y despliegue, limpias, sin roturas 10 0
Saneamiento: sin malos olores, sin basura, sin presencia de vectores, sin suciedad adherida 10 0
Ventilación natural (ventanas de fácil apertura o cierre; celosías opcionales en las puertas) 10 0
Iluminación con luz natural de día, ventanas de tamaño adecuado y/o tragaluces 10 0
La temperatura ambiente fluctúa entre los 18 y 20 grados en invierno. Si utiliza algún sistema de calefacción, que éste no sea contaminante, ni peligroso. 10 0
Disponibilidad de implementos y adaptaciones a la infraestructura que permitan el acceso a todas las dependencias, del mismo modo dispondrá del equipamiento necesario para quienes lo requieran (tirantes, ramplas, catres clínicos, antideslizantes, colchón anti-escaras), además de ayudas técnicas para residentes con dificultades en la locomoción y desplazamiento. 10 0
Por cada residente: 1 cama equipada con colchón, sábanas, almohada, frazadas y cubrecamas, 1 velador, 1 espacio para disponer la ropa, los artículos de aseo personal y cosmética, además de objetos personales, 1 silla o taburete (todos estos muebles firmes, limpios y en buenas condiciones), 1 lámpara de velador con enchufes en buenas condiciones, 1 bajada de cama.
60 0
LIVING/COMEDOR
De dimensiones tales que no exista hacinamiento y permita un desplazamiento fluido de los residentes 10 0
Decoración (pintura o empapelado de muros, cuadros, plantas ornamentales, adornos). 10 0
Ventanas con cortinas bien instaladas, de fácil pliegue y despliegue, limpias, sin roturas 10 0
Saneamiento: sin malos olores, sin basura, sin presencia de vectores, sin suciedad adherida 10 0
Ventilación natural (ventanas de fácil apertura o cierre; celosías opcionales en las puertas) 10 0
Iluminación con luz natural de día, ventanas de tamaño adecuado y/o tragaluces 10 0
Sillones, sitiales y/o sofá que permitan estar sentados a lo menos a la mitad de los residentes en un solo momento (todos los muebles firmes, resistentes, en buenas condiciones de funcionamiento, limpios) 10 0
Televisor funcionando, con su respectivo mueble o mesa 10 0
Equipo de música funcionando, con su respectivo mueble o mesa
10 0
En el comedor, mesa(s) y sillas suficientes para que se sienten a la mesa 6 personas en un solo turno 10 0
SALA COCINA
De tamaño tal que permita la permanencia de 3 o 4 personas a la vez sin producir hacinamiento y permita un desplazamiento fluido de los residentes 10 0
Muros y piso fácilmente lavables 10 0
Decoración (pintura de muros, cuadros, otros ornamentos). 10 0
Saneamiento: sin malos olores, sin basura, sin presencia de vectores, sin suciedad adherida). 10 0
Con almacenamiento diferenciado de los alimentos y los artículos de aseo de la residencia 10 0
Ventilación natural (ventanas de fácil apertura o cierre), con campana y/o extractor de aire, celosías en las puertas 10 0
Iluminación con luz natural de día, ventanas de tamaño adecuado y/o tragaluces 10 0
Si utiliza algún sistema de calefacción, que éste no sea contaminante, ni peligroso y esté disponible 10 0
Cocina a gas de cuatro platos con horno 10 0
Refrigerador de dos puertas o lo bastante amplio para conservar adecuadamente los alimentos 10 0
Muebles para almacenar alimentos, vajilla y artículos de aseo 10 0
Muebles para la preparación de alimentos con superficies lavables 10 0
Aparatos electrodomésticos para procesar y calentar alimentos, todos (mobiliario y equipos) en buenas condiciones de funcionamiento y de limpieza 10 0
Vajilla en cantidad suficiente para todos los residentes 10 0
SALA BAÑO
De dimensiones tales que permitan el desarrollo adecuado del aseo personal y de la evacuación 10 0
Elementos antideslizantes en el piso en buen estado 10 0
Muros y piso fácilmente lavables 10 0
Decoración (pintura de muros, adornos). 10 0
Saneamiento: sin malos olores, sin basura, sin presencia de vectores, sin hongos, sin suciedad adherida). 10 0
Adecuada ventilación aunque no sea natural y aromatización (deseable), o adecuada extracción del aire, celosías en las puertas 10 0
Con posibilidad de evitar las corrientes de aire al momento del baño 10 0
Buena iluminación (aunque no sea natural). 10 0
Si utiliza algún sistema de calefacción, que éste no sea contaminante, ni peligroso y esté disponible 10 0
Taza WC en buen estado (descarga de agua funcionando, sin roturas ni trizas, limpia, sin sarro adherido, sin malos olores, con aromatizante) y con tapa WC 10 0
Ducha o tina en buen estado (sin roturas ni trizas, limpia, sin sarro adherido, con goma antideslizante en su interior). 10 0
Espejo de tamaño que permita a lo menos reflejar medio cuerpo 10 0
Cortina de baño de fácil pliegue y despliegue, toalla mano y toalla baño (todas limpias y sin roturas). 10 0
Disposición de jabón y papel higiénico 10 0
Implementos de seguridad, si alberga a personas con discapacidad física (pasamanos, barandas, otros). 10 0
Goma antideslizante a la salida de la ducha o tina en buen estado 10 0
LAVADO, SECADO Y PLANCHADO
Disposición de lavadora de ropa, plancha y tendederos, todos en buenas condiciones de funcionamiento y saneamiento 10 0
SALA DE PROCEDIMIENTOS
El dispositivo cuenta con una sala especial para la
Realización de procedimientos de contención en psiquiatría, el cual tiene al menos una cama y ventanas protegidas. 10 0
II.4 Seguridad (20%)
Las dependencias donde se encuentra ubicada la residencia deberán contar con los siguientes aspectos de seguridad:
II.4.1.- Vías de evacuación: el hogar cuenta con vías de evacuación debidamente despejadas y conocidas por todos (residentes y cuidadores).
II.4.2.- Disposición de extintores: el hogar cuenta con extintores en número adecuado (a lo menos dos) y vida útil vigente.
II.4.3.- Normas internas de emergencia: el hogar cuenta con normas internas de emergencia (incendio, terremotos u otro) en funcionamiento y conocidas por todo el personal y los residentes.
II.4.4.- Estado y mantenimiento de los artefactos: el hogar cuenta con artefactos eléctricos y de gas en buen estado de instalación, mantenimiento y funcionamiento, que permiten su utilización sin poner en riesgo la seguridad de los residentes y cuidadores.
La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
Las dependencias donde se realizarán las atenciones, NO cuentan con vías de evacuación, disposición de extintores, normas internas de emergencia ni artefactos eléctricos y a gas en buen estado. 0
Vías de evacuación: el hogar cuenta con vías de evacuación debidamente despejadas y conocidas por todos (residentes y cuidadores).
25
Disposición de extintores: el hogar cuenta con extintores en número adecuado (a lo menos dos) y vida útil vigente.
25
Normas internas de emergencia: el hogar cuenta con normas internas de emergencia (incendio, terremotos u otro) en funcionamiento y conocidas por todo el personal y los residentes.
25
Estado y mantenimiento de los artefactos: el hogar cuenta con artefactos eléctricos y de gas en buen estado de instalación, mantenimiento y funcionamiento, que permiten su utilización sin poner en riesgo la seguridad de los residentes y cuidadores.
25
TOTAL 100
II.5 Accesibilidad (10%)
Los espacios de las dependencias destinados a la atención de usuarios y sus familias, son accesibles para aquellas personas que presenten movilidad reducida, déficit visual u otra discapacidad que afecte su desplazamiento de forma independiente, contemplando las adaptaciones necesarias para esto (rampas, barandas en los baños, entre otras).
La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a lo indicado en la siguiente tabla y el puntaje máximo para este ítem son 100 puntos.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
Las dependencias donde se realizarán las atenciones, NO cuentan con adaptaciones necesarias para personas que tengan movilidad reducida, déficit visual u otra discapacidad que afecte su desplazamiento. 0
Las dependencias donde se realizarán las atenciones, cuentan con adaptaciones necesarias para personas que tengan movilidad reducida, déficit visual u otra discapacidad que afecte su desplazamiento. 100
II.6 Presentación Anexo N° 10 (10%)
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
El oferente presenta Anexo N° 10 100
El oferente no presenta Anexo N° 10 0
III. Evaluación Oferta Económica 60%
La evaluación económica de las ofertas, se desarrollará en base al valor que proponga el oferente para el “Servicio de Residencia Protegida para el Servicio de Salud Metropolitano Central”, completando el Anexo N° 3 “Oferta Económica”.
El puntaje total del proponente para la etapa de evaluación de oferta económica, se calculará de acuerdo a la siguiente formula:
Puntaje OE = Valor entregado por FONASA para la prestación ($18.760) X 100
Valor oferta proponente
Al final de la evaluación, la Comisión Evaluadora elaborará un informe de evaluación, que contendrá un cuadro comparativo que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno.
La Comisión Evaluadora en su Informe de Evaluación otorgará estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 bis del Decreto que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que se transcribe íntegramente a continuación:
“El informe final de la comisión evaluadora, si ésta existiera, deberá referirse a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la Licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.”
En caso de empate en el puntaje, entre dos o más ofertas, se resolverá de la siguiente manera, y en el siguiente orden:
- Adjudicando al oferente que obtenga mayor puntaje en el ítem de Infraestructura de los servicios.
- Si el empate persiste se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en evaluación de calidad técnica.
- En última instancia, si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que hubiere ingresado primero según comprobante de ingreso de la oferta, emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, del portal web de mercado público (www.mercadopublico.cl).
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11.- ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
11.- ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La modalidad de la presente Licitación es mediante “Adjudicación Múltiple”, seleccionando a un oferente por la cantidad de cupos que oferten de acuerdo a su capacidad e infraestructura disponible, cada residencia podrá adjudicarse desde 1 hasta un máximo de 16 cupos considerando las exigencias de la norma técnica, la demanda de pacientes que tenga este Servicio de Salud, y su lista de espera, lo que se evaluará según los criterios de evaluación establecidos en el numeral 10, de las presentes Bases de Licitación.
El Servicio de Salud Metropolitano Central decidirá la adjudicación en conformidad al puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación.
La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante Resolución fundada de la Directora del Servicio de Salud Metropolitano Central, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Servicio de Salud Metropolitano Central dentro del plazo señalado en el calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, debiendo el Servicio de Salud Metropolitano Central adjudicar, en un plazo no superior a 20 días posteriores al plazo inicial de adjudicación.
En efecto, si el Servicio de Salud Metropolitano Central no adjudicare en el tiempo indicado, informará de las circunstancias que han retrasado dicho acto, señalando claramente las razones que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación, que no podrá ser superior a 20 días posteriores al plazo inicial de adjudicación.
De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del cronograma señalado en el numeral respectivo, debiendo sumar el número de días correspondiente.
Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Ahora si por causas no imputables al Servicio de Salud Metropolitano Central, el Proveedor se negara injustificadamente a suscribir el Contrato dentro de los 20 días hábiles desde la fecha de publicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, el Servicio podrá dejar sin efecto la adjudicación y la Licitación podrá ser adjudicada al segundo proponente mejor evaluado.
La adjudicación de la Licitación a otro proponente en la forma prevista en este numeral, es una atribución privativa de la Directora del Servicio de Salud Metropolitano Central, que deberá ejercerla dentro de los 20 días siguientes al desistimiento del adjudicatario. Vencido este plazo, deberá declararse desierta la Licitación, sin más trámite. A su turno deberá realizarse el cobro de la garantía de seriedad de la oferta presentada por el Proveedor.
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12.- DE LA READJUDICACIÓN |
12.- DE LA READJUDICACIÓN
El Servicio podrá readjudicar la Licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
a) Si el Contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario no entrega Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato en tiempo y forma según lo establecido para tal efecto en las presentes Bases Administrativas.
c) Si el adjudicatario se desiste de la oferta.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición.
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas, esto es, es al momento de la suscripción del Contrato.
La readjudicación será posible sólo si el proveedor a quien se readjudique mantenga la vigencia de su oferta y siempre que no se haya formalizado el acuerdo de voluntades con el primitivamente adjudicado, conforme al art. 71 del Reglamento de Compras.
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13.- GARANTIAS |
13.- GARANTIAS
En conformidad con lo dispuesto en el art. 31 inciso 4° del DS Nº250/04, cada Proponente podrá entregar cualquier documento de garantía siempre que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista (a su sola presentación) con carácter irrevocable y emitida nominativamente a la orden del Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6, en moneda nacional, indicando determinadamente la obligación que caucionan, por los montos y vigencias que para cada una de ellas se indican a continuación. A menos que se indique expresamente lo contrario, los plazos a que se refiere este numeral son de días corridos.
Las garantías se entregarán en formato físico o soporte electrónico, detallando en el sobre, según la naturaleza del compromiso que garantiza (Seriedad de la Oferta y Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato; según corresponda), en las fechas y horas indicadas para cada caso, en la siguiente dirección:
Garantía Física:
Servicio de Salud Metropolitano Central
Victoria Subercaseaux N° 381, comuna Santiago.
Oficina de Partes, piso 1.
Horario de lunes a jueves de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00 y viernes de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 hrs.
En caso de garantías en formato electrónico, deberán ser entregadas a través de los canales dispuestos por el portal www.mercadopublico.cl para este fin y mediante la casilla garantía.dssmc@redsalud.gob.cl. De igual forma deberán entregar una copia física en las dependencias del Servicio de Salud Metropolitano Central, en la dirección indicada en el párrafo anterior.
Se hace presente que en caso de que se detecte un error formal en la extensión de la garantía, ello no invalida la presentación de aquella, sin perjuicio de que se otorgará al oferente un plazo de 2 días hábiles, desde la notificación a la empresa de dicho error para corregirla, y entregarla correctamente emitida. En el evento que el plazo para entregarla correctamente emitida se extinguiere un día inhábil, se extiende al siguiente hábil para su entrega. Lo anterior se aplica para todas las garantías indicadas en este numeral. La notificación se hará al proveedor mediante correo electrónico informado por el mismo en los antecedentes que haya presentado en su oferta o de la manera más expedita y que permita dejar constancia o registro de ello.
13.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El oferente deberá garantizar la seriedad de la oferta, mediante algún instrumento a la vista e irrevocable, que sirva de suficiente caución, suscrito a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6, por un monto de $200.000.- (doscientos mil pesos), que deberá expresarse en pesos chilenos.
Los proponentes que no presenten la Garantía de Seriedad de la Oferta hasta la hora y fecha establecida en las presentes Bases, quedarán impedidos de participar en la presente Licitación por constituirse como un requisito de admisibilidad para ello.
Esta garantía no devengará intereses, ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el Contrato respectivo y realice en tiempo y forma la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
• LA GLOSA que deberá señalarse en el presente instrumento deberá consignar que la misma: “garantiza seriedad de oferta en licitación pública para la contratación del servicio de Residencia Protegida del Servicio de Salud Metropolitano Central”, citándose el nombre y Nº ID de la presente Licitación.
• VIGENCIA: Esta garantía deberá tener una vigencia mínima de 90 días a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
• PLAZO DE ENTREGA: La entrega de esta garantía deberá efectuarse a más tardar, el día y hora indicados para el cierre de recepción de ofertas, conforme al Cronograma de Licitación contenido en las presentes Bases.
La Contraparte Técnica deberá verificar que la garantía cumpla con los requisitos dispuestos en las presentes Bases, para el posterior envío al Departamento de Finanzas para su custodia o, en su caso, devolución de la misma.
• EXIGIBILIDAD Y COBRO: Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas, y de todas las obligaciones que se imponen al oferente. El Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá ejecutar cuando se configure cualquiera de los riesgos que caucione, y aquellos dispuestos como causal de readjudicación, conforme a lo prevenido en las presentes Bases.
El Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá hacerla ejecutar unilateralmente por vía administrativa, en los siguientes casos:
a) Si el oferente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.
b) Si se presentare una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error.
c) Si el adjudicatario no suscribe el Contrato dentro del plazo respectivo, o no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chile Proveedores), dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas.
d) Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la boleta de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato y de pago de obligaciones laborales y sociales.
• DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD.
- La devolución de la Garantía de Seriedad al oferente favorecido se realizará una vez que éste suscriba el Contrato respectivo y entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
- La devolución de la Garantía de Seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de las ofertas o de la adjudicación de la propuesta seleccionada, mediante solicitud escrita dirigida a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.
- La devolución de la Garantía de Seriedad de aquella oferta que haya sido desestimada conforme se establezca en la adjudicación, y que haya resultado segunda en el orden de prelación establecido por el puntaje final de evaluación, se efectuará dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la adjudicación, por cuanto se ha contemplado en las presentes Bases la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo Contrato.
Todo lo anterior conforme lo establece el artículo 43 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, sobre Compras Públicas.
13.2. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El oferente deberá garantizar el fiel cumplimiento del Contrato, mediante algún instrumento que sirva de caución, a la vista e irrevocable tomado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, R.U.T. N° 61.608.600-6, cuyo monto será el equivalente al 5% del valor total del Contrato y se expresará en pesos chilenos.
En caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el Contrato, la Dirección del Servicio, estará facultada para hacer efectiva administrativamente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato. Asimismo, el monto de la garantía servirá para asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales que la empresa tenga para con sus trabajadores, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 19.886.
• VIGENCIA: Esta garantía deberá tener una vigencia igual al período de validez del Contrato aumentado en 90 días hábiles. El plazo será computado a partir de la fecha de firma del Contrato. Dicha garantía quedará en poder del el Servicio de Salud Metropolitano Central, mientras dure el período de vigencia.
• GLOSA: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato para el Servicio de Residencia Protegida del Servicio de Salud Metropolitano Central”, indicándose el Nº ID de la presente Licitación.
• PROCEDIMIENTO PARA EJECUTAR LA GARANTÍA: La entidad licitante de forma previa a la ejecución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, deberá otorgar al Proveedor el respectivo traslado, de acuerdo a lo señalado por el artículo 79 ter del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, para lo cual se aplicará el procedimiento regular establecido en la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
• PLAZO DE ENTREGA: El documento de garantía deberá entregarse dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, junto con la suscripción del Contrato.
Si transcurridos 20 días hábiles desde la adjudicación, el Proveedor no presentase la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato del Servicio de Salud Metropolitano Central, se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación, y proceder a la adquisición del Servicio del Proveedor que le sigue en puntaje, de acuerdo a lo indicado en el Acta de Evaluación respectiva, y sin perjuicio de hacer a su vez efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
• DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA: Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas Servicio de Salud Metropolitano Central, y será devuelta si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma, y certificado previa consulta al Referente Técnico de la Unidad de Salud Mental designado en las Bases de Licitación, sobre el cumplimiento total y efectivo de lo contratado, mediante Acta Extendida por éste último.
En caso de prorrogarse el Contrato, esta garantía será devuelta al momento de entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, en las condiciones señaladas en las presentes Bases.
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14.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
14.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14.1 CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
El Contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo de 20 días hábiles contados desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución de Adjudicación.
Para lo anterior, el proponente adjudicado deberá acompañar los documentos necesarios para redactar el Contrato que sean solicitados el Servicio de Salud Metropolitano Central, sin perjuicio de la documentación acompañada por el respectivo oferente en su propuesta a través del portal indicado.
El Contrato se firmará en dependencias del Departamento de Coordinación de la Red Asistencial del Servicio de Salud Metropolitano Central, ubicado en calle Victoria Subercaseaux N° 381, Santiago Centro, Región Metropolitana.
Se entenderá que si el adjudicatario no firma el Contrato dentro del plazo antes señalado, se desiste de la propuesta, caso en el cual el Servicio procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar la Licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según lo indicado en el acta de evaluación respectiva, o rechazar todas las restantes, mediante Resolución Fundada.
El Proveedor, deberá acreditar al tiempo de celebración del Contrato que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la Ley Nº 20.123 y su Reglamento, y que para estos efectos corresponderá al Formulario F-30-1.
En caso que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas, el pago producto del Contrato será destinado al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al Proveedor que proceda a dichos pagos y le presente al Servicio los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Proveedor permitirá al Servicio a dar por terminado el Contrato y en caso de llamarse a una nueva Licitación éste no podrá participar.
Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el Proveedor en caso que las presentes Bases permitan la subcontratación.
14.2 CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO
a) Individualización del Proveedor
b) Características del suministro contratado;
c) Precio;
d) Plazo de duración;
e) Garantías;
f) Causales de término anticipado;
g) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios;
h) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del Contrato, esto es; las Bases Administrativas, técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las Bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución;
i) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del Contrato serán de cargo exclusivo del Proveedor;
j) Declaración que el Contrato no podrá ser cedido por el Proveedor bajo ningún respecto. De igual forma, los pagos que deba hacer el Servicio, tampoco podrán ser objeto de contrataciones con terceros, a excepción de mandatos para cobrar; la infracción de esta prohibición dará derecho a la institución para poner término anticipado al Contrato en forma inmediata sin derecho a indemnización de ninguna especie, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del Contrato.
k) Declaración en el sentido que el Contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros Contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;
l) Declaración que el Proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del Contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese Proveedor a propósito del convenio;
m) Declaración del Proveedor que al tiempo de celebración del Contrato, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, acreditándolo por los medios que al efecto y oportunidad le sean requeridos.
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15.- VIGENCIA |
15.- VIGENCIA
El Contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe y tendrá una duración de 20 meses. Sin embargo, por razones de buen Servicio, las prestaciones que deriven del Contrato se podrán iniciar con anterioridad, desde la fecha de suscripción del Contrato, no obstante que su pago sólo podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación del acto aprobatorio.
El Contrato podrá ser prorrogado por iniciativa exclusiva del Servicio, por única vez y por un período igual al de la presente Licitación, esto es 20 meses, rigiéndose dicha prórroga por las mismas condiciones del convenio original pactado.
Lo anterior, obedece y se funda en las especiales características propias de la contratación y el carácter necesario que significa para una entidad de salud cubrir los requerimientos cuando, por causas no imputables al Servicio, se necesite mantener el vínculo hasta una nueva adjudicación.
Para hacer efectiva dicha prórroga, el Servicio deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a prorrogar el Contrato, con a lo menos 15 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. La prórroga deberá ser aprobada mediante Resolución Fundada de la Dirección del Servicio y deberá constar en un Anexo al Contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes, siendo necesario que el oferente renueve las garantías, de acuerdo a lo señalado en el capítulo anterior.
15.1.- AUMENTO DE SERVICIOS.
El Servicio de Salud Metropolitano Central podrá ampliar o disminuir hasta en un 30% las prestaciones adjudicadas. En estos casos, se deberá emitir una orden de compra complementaria. Solo una vez formalizados los aumentos o disminuciones de la forma ya dicha, los mismos podrán tener aplicación.
Tanto la disminución como el aumento de las prestaciones adjudicadas se harán de acuerdo a los valores ofertados por el proponente en el proceso licitatorio correspondiente.
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16.- PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO. |
16.- PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO.
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la Licitación, más los impuestos que correspondan. Para los años 2020, 2021 y 2022, deberán consultarse los recursos previamente a FONASA, a través del acuerdo de gestión a suscribir para dichos años, reajustando los valores correspondientes.
El Proveedor no podrá facturar hasta que el Referente Técnico, o quien sea debidamente designado para tales efectos, remita la Recepción Conforme de los trabajos efectuados y esta recepción sea ingresada al portal Mercado Público. Para la Recepción Conforme, el Referente Técnico deberá remitir dentro del plazo de 05 días hábiles de forma previa a cada estado de pago, la Certificación o Informe de Conformidad, a la Jefatura del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio, para su incorporación al portal de mercado público.
Una vez comunicada al Proveedor la Recepción Conforme de los trabajos efectuados, y concluida entonces el proceso de aprobación, el Proveedor podrá emitir la correspondiente factura cuyo pago se hará efectivo dentro de los 45 días contados desde su recepción, cuestión que deberá ser efectuada por parte del Departamento de Finanzas del Servicio de Salud Metropolitano Central.
En caso de no contar con la documentación señalada anteriormente, el Servicio de Salud Metropolitano Central podrá realizar la devolución o la no recepción del documento tributario.
La factura deberá remitirse a la casilla de facturación electrónica asociada al Servicio de Salud Metropolitano Central por parte del SII, enviando copia mediante correo electrónico al Referente Técnico que para estos efectos es el siguiente: carolina.castruccio@redsalud.gob.cl y a la secretaria del Departamento de Finanzas del Servicio virginia.tuya@redsalud.gov.cl; o bien a su Oficina de Partes ubicada al interior del Servicio de Salud Metropolitano Central, ubicado en calle Victoria Subercaseaux N° 381, piso N° 1, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y en los siguientes horarios:
Lunes a jueves: De 08:30 hasta las 13:00 horas y de 14:00 a 17:30 Hrs.
Día viernes : De 08:30 hasta las 13:00 horas y de 14:00 a 16:30 Hrs.
La factura no podrá tener una fecha anterior a la Recepción Conforme de los trabajos efectuados; y deberá emitirse a nombre de la Dirección Servicio de Salud Metropolitano Central, R.U.T. N° 61.608.600-6.
La factura mal extendida o que no incorpore los antecedentes propios del servicio contratado, será causal de devolución al Proveedor dentro del plazo de 8 días corridos desde su recepción.
La forma de pago al Proveedor será mediante transferencia electrónica, para lo cual, será obligación de éste informar oportunamente al Referente Técnico de su cuenta bancaria, número, RUT y correo electrónico asociado, para efectos de efectuar dicha operación, caso en contrario, se emitirá a su nombre el respectivo cheque.
17.- DE LA ENTREGA DEL SERVICIO Y ADSCRIPCIÓN AL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
Los servicios deberán entregarse en la forma, cantidad, calidad, plazo y lugar convenido de acuerdo a las especificaciones de las Bases de Licitación, sus modificaciones, aclaraciones, respuestas de consultas, y el respectivo Contrato de servicios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud, la persona natural o jurídica que celebre el convenio, conforme a estas Bases, quedará adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud, y se sujetará en su cumplimiento a las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar en la materia el Ministerio de Salud, en uso de sus facultades legales.
18.- MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La prestación de los servicios podrá terminarse anticipadamente previa Resolución fundada del Director del Servicio de Salud Metropolitano Central, por las siguientes causales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de los servicios contratados mediante la orden de compra.
d) Caso fortuito o fuerza mayor.
e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de Ley o de la autoridad ministerial de salud.
Las modificaciones al Contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del Contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del Contrato y que incidan en su normal desarrollo.
Para efectos de terminar anticipadamente el Contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando al Servicio de Salud Metropolitano Central, para poner término anticipado al Contrato, entre otras las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica del Servicio de Salud Metropolitano Central:
1) Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
2) Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
3) Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes en favor de sus acreedores.
4) Si ha acordado llevar el Contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
5) Si se disuelve y procede su liquidación.
6) Si el Proveedor adjudicado o alguno de sus socios de la empresa contratante fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
7) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Contrato, con un máximo de 6 meses.
8) En el evento que el Proveedor acumule multas que en su conjunto sean iguales o superiores a 15% del valor total del Contrato.
Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, y a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas contenido en el Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, se aplicará previamente el procedimiento de impugnación establecido en la que establece Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Lo establecido en esta cláusula es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del Contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
El incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones precedentes, u otra cualquiera de estas Bases o del Contrato respectivo, en cualquier forma o por cualquier razón, será causal suficiente para que el Servicio de Salud Metropolitano Central pueda poner término inmediato al Contrato sin que el contratista tenga derecho a indemnización de ninguna especie, circunstancia que éste declara conocer y aceptar por cuanto esta prohibición ha sido determinante para la celebración del presente Contrato.
Puesto término anticipado al Contrato por cualquiera de las causales señaladas precedentemente, a excepción a las causales de resciliación y por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de Ley o de la autoridad ministerial de salud; se mantendrán las garantías y retenciones del convenio, las que servirán para responder del pago de las multas que afecten al contratante o cualquier otro perjuicio que resultare para el Servicio de Salud Metropolitano Central, con motivo de ese incumplimiento.
Fuerza Mayor
No será causal de término de Contrato, el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de trabajo o de otra causal de fuerza mayor.
Se entenderá como fuerza mayor para los efectos del Contrato y la orden de compra los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en el respectivo Contrato o en la orden de compra del portal www.mercadopublico.cl, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.
Si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de fuerza mayor, deberá notificar a la otra parte por escrito en un plazo no superior a 5 días corridos desde iniciada la causa de fuerza mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos en el Contrato o en la orden de compra. La causal invocada deberá ser aceptada o rechazada por escrito por la otra parte, dentro del plazo de 10 días corridos desde que haya sido notificada, conforme al mérito de los antecedentes.
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17.- DE LA ENTREGA DEL SERVICIO Y ADSCRIPCIÓN AL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD |
17.- DE LA ENTREGA DEL SERVICIO Y ADSCRIPCIÓN AL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD
Los servicios deberán entregarse en la forma, cantidad, calidad, plazo y lugar convenido de acuerdo a las especificaciones de las Bases de Licitación, sus modificaciones, aclaraciones, respuestas de consultas, y el respectivo Contrato de servicios.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud, la persona natural o jurídica que celebre el convenio, conforme a estas Bases, quedará adscrito al Sistema Nacional de Servicios de Salud, y se sujetará en su cumplimiento a las normas, planes y programas que haya impartido o pueda aprobar en la materia el Ministerio de Salud, en uso de sus facultades legales.
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18.- MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
18.- MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La prestación de los servicios podrá terminarse anticipadamente previa Resolución fundada del Director del Servicio de Salud Metropolitano Central, por las siguientes causales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de los servicios contratados mediante la orden de compra.
d) Caso fortuito o fuerza mayor.
e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de Ley o de la autoridad ministerial de salud.
Las modificaciones al Contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del Contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del Contrato y que incidan en su normal desarrollo.
Para efectos de terminar anticipadamente el Contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando al Servicio de Salud Metropolitano Central, para poner término anticipado al Contrato, entre otras las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica del Servicio de Salud Metropolitano Central:
1) Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
2) Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
3) Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes en favor de sus acreedores.
4) Si ha acordado llevar el Contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
5) Si se disuelve y procede su liquidación.
6) Si el Proveedor adjudicado o alguno de sus socios de la empresa contratante fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
7) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Contrato, con un máximo de 6 meses.
8) En el evento que el Proveedor acumule multas que en su conjunto sean iguales o superiores a 15% del valor total del Contrato.
Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, y a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas contenido en el Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, se aplicará previamente el procedimiento de impugnación establecido en la que establece Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Lo establecido en esta cláusula es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del Contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
El incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones precedentes, u otra cualquiera de estas Bases o del Contrato respectivo, en cualquier forma o por cualquier razón, será causal suficiente para que el Servicio de Salud Metropolitano Central pueda poner término inmediato al Contrato sin que el contratista tenga derecho a indemnización de ninguna especie, circunstancia que éste declara conocer y aceptar por cuanto esta prohibición ha sido determinante para la celebración del presente Contrato.
Puesto término anticipado al Contrato por cualquiera de las causales señaladas precedentemente, a excepción a las causales de resciliación y por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de Ley o de la autoridad ministerial de salud; se mantendrán las garantías y retenciones del convenio, las que servirán para responder del pago de las multas que afecten al contratante o cualquier otro perjuicio que resultare para el Servicio de Salud Metropolitano Central, con motivo de ese incumplimiento.
Fuerza Mayor
No será causal de término de Contrato, el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de trabajo o de otra causal de fuerza mayor.
Se entenderá como fuerza mayor para los efectos del Contrato y la orden de compra los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en el respectivo Contrato o en la orden de compra del portal www.mercadopublico.cl, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.
Si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de fuerza mayor, deberá notificar a la otra parte por escrito en un plazo no superior a 5 días corridos desde iniciada la causa de fuerza mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos en el Contrato o en la orden de compra. La causal invocada deberá ser aceptada o rechazada por escrito por la otra parte, dentro del plazo de 10 días corridos desde que haya sido notificada, conforme al mérito de los antecedentes.
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19.- MULTAS |
19.- MULTAS
El incumplimiento del Proveedor a las obligaciones establecidas en estas Bases; en la orden de compra, y/o en el Contrato; incluyendo las consultas y aclaraciones y la propuesta adjudicada, facultará al Servicio de Salud Metropolitano Central para aplicar el mecanismo de multas por incumplimiento que en lo sucesivo se indica, el que operará siempre y cuando lo anterior no sea producto de la ocurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito, situación última que deberá ser justificada por el Proveedor ante la Contraparte Técnica del Servicio de Salud Metropolitano Central.
El mecanismo de aplicación de multas es el siguiente:
FALTA SANCION DESCRIPCIÓN
GRAVISIMA
Incumplimiento grave del Contrato celebrado, conlleva el término anticipado del mismo, sin forma de juicio, sin perjuicio de las acciones legales y cobro de indemnizaciones que diera lugar. 20 UTM Da derecho a poner término anticipado al Contrato, y se estimará como falta gravísima:
a) Utilización de personal no calificado para efectuar la entrega de los servicios licitados.
b) Realización de actividades que pongan en riesgo a los usuarios.
c) La no entrega de los servicios contratados de manera óptima.
GRAVE
Incumplimiento en el cual se afecte directamente a las personas o limite significativamente la atención u calidad del servicio, pero que es posible de ser corregida. 10 UTM Se tendrá como forma de falta grave: Incumplimiento de procedimientos definidos en las Bases, utilización de equipamiento/infraestructura no apropiado o diferente del ofertado, utilización de insumos no apropiados o diferentes del ofertado que no pongan en riesgo grave la salud de los usuarios.
LEVE
Incumplimiento del Contrato que no origina riesgo a los usuarios.
5 UTM Como formas de falta leve, se tendrá lo siguiente:
a) 3 reclamos fundados por parte de los usuarios, por deficiencias en las prestaciones a las contratadas:
b) Conducta irrespetuosa de parte del personal del oferte hacia el personal del Servicio de Salud y/o usuario.
c) Incumplimiento en los plazos acordados u ofertados por los proponentes tanto para el inicio como para el término del Contrato. Lo anterior, sin perjuicio que el contratista en la falta hubiere avisado a la contraparte técnica o responsable del Contrato de encontrarse en situación de fuerza mayor que le imposibilitó cumplir los plazos acordados. El contratista en cuestión deberá elaborar un plan de contingencia que le deberá presentar a la contraparte técnica quien lo visará. Sino ocurriese lo anterior, el contratista cae en incumplimiento afecto a multa por falta leve.
Sin perjuicio de todo lo anterior, se establece que el tope máximo para la aplicación del mecanismo de multas corresponderá a un 30% del valor total del Contrato.
Procedimiento para aplicación de multas y de impugnación de las mismas:
En caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, la Referente Técnico, dará cuenta mediante informe fundado a la Dirección del Servicio del hecho de haber incurrido el Proveedor en alguna infracción y propondrá la aplicación de las multas que procedan.
El Director(a) del Servicio, a la vista del informe, y si estima que el Proveedor ha incurrido en incumplimiento contractual, comunicará por medio del correspondiente Oficio Ordinario, del hecho de encontrarse en situación de infracción. El proveedor, notificado que sea, tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos ante el Director(a).
Posteriormente el Director(a), con los descargos del proveedor a la vista, o en ausencia de ellos, instruirá o no el inicio del proceso de multa en un plazo no mayor a 30 días, mediante la dictación de la respectiva Resolución, que se notificará por medio de carta certificada dirigida al domicilio registrado del Proveedor, para efecto que este pueda ejercer los derechos que le concede la Ley 19.880, entre los cuales se establece la posibilidad de presentar Recurso de Reposición.
Si el proveedor adjudicado hubiese repuesto de la multa dentro de plazo, el Director(a) del Servicio, evaluando los antecedentes, y solicitando los informes que estime pertinentes, resolverá mediante Resolución fundada en un plazo no mayor a 30 días hábiles contados desde la fecha de ingreso de dicha reposición consignada por Oficina de Partes del Servicio, pudiendo el Director(a) del Servicio:
i) Acoger el recurso del proveedor, dejando sin efecto la Resolución que exige el pago de la multa;
ii) Acoger parcialmente el recurso del proveedor, rebajando la multa, no procediendo Recurso alguno en contra de esa Resolución;
iii) Rechazar el recurso del proveedor, no procediendo Recurso alguno en contra de esa Resolución.
En los casos en que el Director(a) del Servicio haya rebajado la multa al proveedor, o haya rechazado el reclamo de éste, el Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá exigir el cobro de ésta mediante los mecanismos que mas adelante se indican.
Se deja constancia que el procedimiento de aplicación de multas y la reclamación de ellas se regirán conforme lo establece la Ley 19.880 de procedimientos administrativos.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Servicio de Salud Metropolitano Central de poner término anticipado al Contrato en los casos previstos en el mismo, y en las presentes Bases.
Mecanismos de Pago de Multas
a. Cobro directo a Proveedor
Primeramente, la multa podrá ser pagada directamente por el proveedor mediante cheque nominativo extendido a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, dentro de un plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se notifique la respectiva Resolución que concluya el proceso de multa.
Dentro del mismo plazo, la multa podrá ser pagada vía transferencia bancaria a la cuenta del Servicio de Salud Metropolitano Central, con los siguientes datos: tipo de cuenta: Cuenta Corriente N° 9276491, Banco Estado, R.U.T.: 61.608.600-6 (correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl).
La transferencia deberá ser acreditada por parte del Departamento de Finanzas del Servicio, previo aviso del Proveedor vía correo electrónico, para ser validada.
b. Pago desde Descuentos de los estados de pago
En caso de no verificarse el pago directo dentro de plazo por parte del proveedor, se hará efectiva la multa a través de descuentos de los estados de pago, cuando se encuentren pendientes de pago.
c. Pago desde la Garantía del Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato
Cuando no exista la posibilidad de verificar el pago conforme los mecanismos establecidos en los literales anteriores, las multas se pagarán con cargo al documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, de acuerdo con los porcentajes de cobro de multa, según sea el caso.
Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
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20. FISCALIZACIÓN, INSPECCIÓN, EVALUACIONES Y AUDITORÍAS. |
20. FISCALIZACIÓN, INSPECCIÓN, EVALUACIONES Y AUDITORÍAS.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud, “corresponderá a la Dirección del Servicio, con la colaboración del Departamento de Auditoría Interna, fiscalizar sistemática y permanentemente la cumplida observancia de las obligaciones establecidas en el presente Decreto”.
Asimismo, el contratista estará obligado a proporcionar las facilidades, informes y datos que les sean requeridos para el ejercicio de estas fiscalizaciones, las que podrán hacerse efectivas mediante revisión de inventarios, exámenes de estados financieros y contables, visitas inspectivas, análisis de cuentas de ingresos y gastos y demás medios previstos por las normas y procedimientos de auditoría generalmente aceptados.
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21. EXCLUSIONES DEL SERVICIO CONTRATADO. |
21. EXCLUSIONES DEL SERVICIO CONTRATADO.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 inciso tercero, del Decreto con fuerza de Ley Nº 36 de 1980, del Ministerio de Salud, se hace presente que las acciones que, por su naturaleza deben ser ejercidas por las autoridades del Servicio, tales como las potestades de control y de sanción, quedan excluidas del presente convenio.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 36 de 1980, del Ministerio de Salud, se deja expresa mención de que mediante el presente convenio, el Servicio no traspasa medicamentos, insumos ni otros bienes fungibles de su propiedad para ser utilizados en el diagnóstico y tratamientos de sus beneficiarios. Lo anterior es sin perjuicio de las atenciones y medicamentos que los pacientes obtengan de la red asistencial, en la que el Servicio se entiende comprendido, y que les corresponde según su lugar de residencia o tratamiento.
Finalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Decreto con fuerza de Ley Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud, se deja expresa mención de que mediante el presente convenio, a excepción del precio convenido como contraprestación por los servicios contratados, el Servicio no proveerá recurso alguno para la ejecución del convenio mediante traspasos de fondos presupuestarios a la contraparte.
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22. CRONOGRAMA DE LICITACIÓN |
22. CRONOGRAMA DE LICITACIÓN
Los servicios de la presente licitación corresponden a especificación simple y objetiva al tratarse de un servicio de continuidad, en el que existe la Norma General Técnica N°87 sobre Residencias Protegidas, para personas con Discapacidad de Causa Psíquica (MINSAL, 2006). Las pautas de visita en terreno y anexos comprendidos en este documento, se basan por tanto en esta normativa, cuyo fiel cumplimiento seleccionarán al mejor prestador para este tipo de servicio.
Las etapas y fechas de la Licitación serán publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl, se indican a su vez en el siguiente cronograma:
A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente Licitación. Se deja establecido que si un plazo de día corrido vence en día inhábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente. Los días inhábiles corresponderán a los sábados, domingos y festivos.
El plazo del cierre para la recepción de ofertas no puede vencer en días inhábiles ni en día lunes o en un día siguiente a un día inhábil.
Fecha de publicación en el portal. Dentro de los 30 días hábiles siguientes a la total tramitación de la Resolución que aprueba las presentes Bases de Licitación.
Inicio periodo de consultas A contar de la publicación en www.mercadopublico.cl, del llamado de Licitación.
Fin periodo de consultas Hasta las 18:00 hrs. del quinto día corrido a contar de la publicación.
Fin de la publicación de respuestas y aclaraciones Hasta las 18:00 hrs. del décimo día corrido a contar de la publicación.
Fecha de cierre de recepción de ofertas. Hasta las 15:00 hrs. del vigésimo día corrido a contar de la publicación.
Fecha de acto de apertura de ofertas. Después de las 15:01 hrs. del día de cierre de recepción de propuestas.
Fecha para presentar los antecedentes señalados en el numeral 10.2 de las presentes Bases Administrativas. Dentro de las 48 horas siguientes a contar de la notificación en el portal de mercado público del requerimiento de para de la Comisión Evaluadora.
Fecha publicación admisibilidad de ofertas Hasta el décimo quinto día hábil siguiente a la fecha de cierre de recepción de propuestas.
Fecha visita a terreno Hasta el décimo quinto día hábil siguiente al cierre de recepción de propuestas, horario y fecha a informar en portal www.mercadopublico.cl
Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la comisión evaluadora Dentro de 48 horas siguientes a la fecha de solicitada la aclaración.
Fecha estimada de adjudicación. Hasta el cuadragésimo quinto día hábil siguiente a la fecha de cierre de recepción de propuestas
Fecha estimada de suscripción Contrato definitivo y entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Hasta el vigésimo día hábil siguiente a la fecha publicación de la resolución de adjudicación.
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23.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
23.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier diferencia en la interpretación de los antecedentes que forman parte de estas Bases y del contrato, que no pueda resolverse por las partes, se someterá a la decisión de los Tribunales Ordinarios de Justicia, prorrogándose en este acto competencia en los Juzgados de Letras de Santiago.
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II. BASES TECNICAS LICITACIÓN PÚBLICA |
1.- INTRODUCCIÓN, OBJETIVOS Y CONDICIONES GENERALES
Las presentes Bases Técnicas tienen por objeto dar a conocer las condiciones, exigencias técnicas, requisitos y características específicas que debe contener la propuesta técnica a presentar en la presente Licitación. Este Servicio evaluará las propuestas técnicas presentadas por el oferente, teniendo presente, además de la variable precio, la calidad de los productos, oportunidad de la entrega de ellos y otros servicios adicionales que el Proveedor pueda ofertar.
2.- ASPECTOS GENERALES
En el desarrollo alcanzado en la implementación del Plan Nacional de Salud Mental y Psiquiatría, se ha logrado identificar, dentro de la población total de personas con un trastorno de su salud mental, un subgrupo de personas que presenta un trastorno psiquiátrico severo caracterizado por un alto grado de discapacidad, y por deterioro progresivo en diferentes áreas de su funcionamiento, incluyendo relaciones sociales, trabajo, ocio y autocuidado.
Este deterioro se acompaña de complejos problemas, entre los que se destaca el abandono por parte de la familia de origen, que en ocasiones genera desarraigo y fuerte desamparo. Como consecuencia, estas personas muestran claras dificultades en su desarrollo, y en las posibilidades reales de inserción social, situación que las hace altamente vulnerables en su condición de vida, y con grandes dificultades para resolver sus necesidades básicas. Por ello debe ser considerada como población sujeto de beneficios sociales y de protección sanitaria, social y económica, sin renunciar a todos los esfuerzos posibles para lograr su rehabilitación, mantener sus capacidades remanentes y lograr su reinserción social.
Por la severidad de su discapacidad, se requiere contar con servicios de características particulares que tengan como fin el resguardo de sus derechos esenciales, y con servicios que se brinden en entornos naturales de vida y con la mayor integración posible a sus comunidades.
La atención que se brinda a estos residentes se basa, por tanto, en principios de protección, de rehabilitación y de integración social.
El propósito que se persigue con la implementación de la Residencia Protegida es disponer de una alternativa residencial comunitaria, donde se brinde protección, rehabilitación e integración social.
3.- DEFINICION DE RESIDENCIA PROTEGIDA.
Se entenderá por Residencia Protegida a una instancia clínico-residencial alternativa, para personas con patologías psiquiátricas severas, quienes estando compensados clínicamente muestran un alto grado de discapacidad psíquica y dependencia, requiriéndose por ello un ambiente terapéutico con un alto nivel de protección. Los usuarios de este dispositivo presentan una situación de vulnerabilidad social, ya que no cuentan con el apoyo de sus familias o éstas son altamente disfuncionales.
La presente Licitación busca contratar estos servicios para 06 cupos para usuarios pertenecientes a la red del Servicio de Salud Metropolitano Central.
4.- OBJETIVO ESPECÍFICOS.
La presente Licitación tiene por objeto la contratación de una entidad externa calificada y especializada, que entregue el “Servicio de Residencia Protegida para el Servicio de Salud Metropolitano Central” definido por FONASA, para usuarios con Trastornos Psiquiátricos pertenecientes al Servicio de Salud Metropolitano Central (SSMC), que hayan sido seleccionados por el “Comité Técnico de Hogares y Residencias Protegidas de esta red”.
5.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO.
A continuación se describen las características que contempla el “Servicio de Residencia Protegida para el Servicio de Salud Metropolitano Central”.
La presente Licitación busca contratar estos servicios para 06 cupos para usuarios pertenecientes a la red del SSMC.
El servicio a contratar es una instancia clínico-residencial alternativa, para personas con patologías psiquiátricas severas, quienes estando clínicamente compensados muestran un alto grado de discapacidad psíquica y dependencia, requiriendo un ambiente terapéutico de un alto nivel de protección.
6.- DE LAS PRESTACIONES A EFECTUAR POR EL PROVEEDOR
6.1.- Que los usuarios residentes, cuenten con apoyo las 24 horas por un cuidador capacitado y además reciban atención de un técnico en enfermería. La residencia deberá consignar una programación mensual del sistema de turnos, en el cual se consideren las vacaciones, los imprevistos de reemplazo y un plan para reemplazar las licencias médicas, lo cual será verificado a través de visita en terreno, durante el periodo en que se mantenga vigente el Contrato.
6.2.- Que los usuarios residentes, reciban apoyo para la realización de actividades de la vida diaria y en la ingesta de fármacos de parte de cuidadores y personal técnico. El administrador de la residencia deberá mantener un sistema de comunicación formal entre los cuidadores mediante el registro del libro de novedades.
La residencia tiene un sistema de registro que dé cuenta del cumplimiento de la ingesta farmacológica, concordante con la última indicación entregada por el equipo médico del usuario, lo cual será verificado a través de visita en terreno, durante el periodo en que se mantenga vigente el Contrato.
6.3.- Que los usuarios residentes accedan a prestaciones de salud en la red de salud perteneciente al SSMC, acorde a sus necesidades. Debe mantener los datos e indicaciones vigentes del equipo tratante en la ficha personal del usuario, lo cual será revisado en visita que estipule las citaciones de todos los usuarios a sus controles de salud, el cual será revisado en visita en terreno, durante el periodo en que se mantenga vigente el Contrato.
6.4.- Que la residencia protegida, implemente las acciones que el equipo tratante indicó para mantener las funciones remanentes y núcleos sanos del usuario residente, favoreciendo la continuidad de cuidados de la atención psiquiátrica y de salud mental.
6.5.- Que los usuarios residentes, cuenten con los espacios de una casa habitación con áreas adecuadas para un buen desplazamiento de los residentes en su interior. El personal de la Residencia (cuidadores) debe dar seguimiento al plan de trabajo diseñado por el equipo tratante para fortalecer los núcleos sanos del usuario, lo cual será revisado en visita en terreno. Para ello deberán contar con un cuaderno especial que contenga un resumen de las indicaciones médicas señaladas tanto en la atención en APS, COSAM u Hospital, durante el periodo en que se mantenga vigente el Contrato.
6.6.- Que la residencia protegida, cuente en su interior, con las condiciones de estructura y organización funcional necesarias para la atención inmediata del usuario en situaciones de descompensación. La residencia debe contar con el espacio suficiente para albergar a un mínimo 12 residentes y máximo de 16 residentes: sala de estar, cocina, 1 dormitorio cada 3 residentes, 1 sala de baños completa por cada 5 residentes y adecuada a las necesidades de éstos (barandas en el espacio de la ducha, en las paredes del baño, pisos antideslizantes, puertas adaptadas a sillas de rueda). La residencia debe contar con sala para procedimientos de enfermería.
La infraestructura de la residencia debe estar íntegramente preservada: muros sin grietas, cañerías sin filtraciones, cajas de enchufe intactas, techos sin roturas ni grietas, pisos sin roturas ni baches, puertas que cierren adecuadamente. Ello durante el periodo en que se mantenga vigente el Contrato. Estas condiciones habitacionales serán verificadas a través de visitas en terreno.
6.7.- Que los usuarios residentes, cuenten con una alimentación balanceada de acuerdo a sus necesidades y requerimientos. Durante toda la vigencia del Contrato, la residencia debe disponer de minuta mensual, donde estipule pauta, detallando aquellos usuarios que requieran alguna alimentación especial, lo cual será supervisado a través de visita en terreno.
6.8.- Que el dispositivo cuente con personal contratado capacitado para personas con trastornos psiquiátricos responder a situaciones de urgencia y descompensación de los pacientes residentes. Durante todo el periodo de vigencia del Contrato la residencia debe asegurar que el 100% del Personal contratado cuenta con capacitación para enfrentar situaciones de Urgencia, lo cual será verificado en los curriculum vitae y en documentos de diploma y curso que lo acredite.
6.9.- Que el dispositivo cuente con una sala especial para la realización de procedimientos de contención en psiquiatría. La residencia debe contar con una Sala especial de contención que cuente con una cama y ventanas protegidas para evitar que los residentes se lesionen lo cual será supervisado a través de visita en terreno, durante todo el periodo de vigencia del Contrato.
6.10.- Que el dispositivo cuente con protocolo para situaciones de crisis o agitación psicomotor y el traslado a un servicio de Urgencia en un tiempo no superior a 12 hrs. en el establecimiento de salud que corresponda. La residencia debe contar con un protocolo de contención en psiquiatría y un Protocolo de traslado a un servicio de Urgencia, ambos serán chequeados en visita en terreno, ello durante el período en que se mantenga vigente el convenio, enviando el documento al SSMC cada vez que se realice una actualización de este.
6.11.- Asegurar que todos los usuarios tomen conocimiento de los deberes y derechos al incorporarse a la Residencia Protegida. La residencia debe contar con un Consentimiento Informado, el cual será revisado en visita en terreno, para cada usuario que ingresa a la residencia protegida, durante el período en que se mantenga vigente el convenio.
6.12.- Asegurar procedimientos de egreso de los usuarios, en conjunto y en conocimiento del Servicio de Salud, ya sea por motivos administrativos, fallecimiento u otra causal. Cada vez que se realice el egreso de un usuario, durante el período en que se mantenga vigente el convenio, la residencia debe contar con Informe o consentimiento de egreso de la residencia protegida, el cual será revisado en visita en terreno.
6.13.- Pueden existir casos en que el usuario no se encuentre en residencia por algunos días, porque estar en condición de hospitalización, por ejemplo. En tal situación, ésta deberá ser oportunamente informada a referente de convenio. No obstante esto, el pago de ese día se continuará realizando en el entendido que el equipo de la Residencia debe continuar realizando gestiones en torno a la evolución de la persona, tales como reuniones con equipo de hospitalización u otros, solicitudes de informes y reportes clínicos, visitas, atención a eventual alta, y otras gestiones que se coordinen como necesarias entre los distintos equipos involucrados. Asimismo, el dispositivo residencial se compromete a velar por la continuidad de cuidados sugerida al alta clínica de hospitalización, en cuanto a fármacos, tratamientos y otros aspectos contemplados en el plan de tratamiento individual del usuario.
7.- VISITA A RESIDENCIA (EVALUACIÓN INFRAESTRUCTURA)
Un miembro de la Comisión Evaluadora o bien la Comisión en su totalidad, dependiendo del número de oferentes, efectuarán una visita a terreno a todos los oferentes que participen de la propuesta pública, con el fin de conocer el lugar y la infraestructura de la residencia y proceder a evaluarla.
La visita se realizará después de la fecha de apertura de oferta a los Proveedores que hayan cumplido con los requisitos de admisibilidad.
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