CUMPLIMIENTO: |
EN CASO DE NO CUMPLIMIENTO POR PARTE DEL OFERENTE ADJUDICADO, SE PODRA EVALUAR LA READJUDICACIÓN A LA SIGUIENTE OFERTA MAS CONVENIENTE.-
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RESOLUCION DE EMPATE: |
EN CASO DE EMPATE EN LA EVALUACIÓN, SE CONSIDERARÁ AL OFERENTE QUE TENGA EL MENOR PRECIO, SI PERSISTIESE EL EMPATE, SE ADJUDICARÁ AL OFERENTE QUE HAYA INGRESADO PRIMERO SU OFERTA EL PORTAL MERCADO PÚBLICO.
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READJUDICACIÓN: |
SE PODRÁ READJUDICAR EN LOS SIGUIENTES CASOS:
- SI EL PROVEEDOR RECHAZA LA ORDEN DE COMPRA
- SI EL PROVEEDOR NO CUMPLE CON PLAZOS DE ENTREGA DEL PRODUCTO O EL SERVICIO NO CORRESPONDE A LO SOLICITADO
TRANSCURRIDOS 5 DÍAS HÁBILES DE ATRASO, LA MUNICIPALIDAD PODRÁ DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA, PUDIENDO EN ESTE EVENTO ADJUDICÁRSELA AL OFERENTE UBICADO EN EL SEGUNDO O TERCER LUGAR EN EL ORDEN DE PRELACIÓN ESTABLECIDO EN EL INFORME DE EVALUACIÓN.
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ADJUDICACION FUERA DE PLAZO: |
EL MUNICIPIO PODRA ADJUDICAR FUERA DEL PLAZO ESTABLECIDO, INFORMANDO EL MOTIVO DEL RETRASO Y SEÑALANDO NUEVO FECHA Y HORA DE LA ADJUDICACIÓN.-
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ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN: |
LA MUNICIPALIDAD PODRÁ SOLICITAR A LOS OFERENTES QUE SALVEN ERRORES U OMISIONES FORMALES, SIN DAR PRIVILEGIOS RESPECTO LOS DEMÁS COMPETIDORES, ESTO ES, EN TANTO NO SE AFECTEN LOS PRINCIPIOS DE ESTRICTA SUJECIÓN A LAS BASES Y DE IGUALDAD DE LOS OFERENTES Y SE INFORME DE DICHA SOLICITUD AL RESTO DE LOS OFERENTES A TRAVÉS DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN. LA MUNICIPALIDAD PODRÁ PERMITIR LA PRESENTACIÓN DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES QUE LOS OFERENTES HAYAN OMITIDO PRESENTAR AL MOMENTO DE EFECTUAR LA OFERTA, SIEMPRE QUE DICHAS CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES SE HAYAN PRODUCIDO U OBTENIDO CON ANTERIORIDAD AL VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA PRESENTAR OFERTAS O SE REFIERAN A SITUACIONES NO MUTABLES ENTRE EL VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA PRESENTAR OFERTAS Y EL PERIODO DE EVALUACIÓN (FORO INVERSO).
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MODIFICACION DE BASES: |
CUALQUIER MODIFICACIÓN QUE LA MUNICIPALIDAD REQUIERA REALIZAR A LAS BASES, ÉSTAS SERÁN INFORMADAS OPORTUNAMENTE Y CON LA DEBIDA RESOLUCIÓN FUNDADA QUE LO RESPALDE, A TRAVÉS DEL SITIO www.mercadopublico.cl ESTAS MODIFICACIONES FORMARÁN PARTE INTEGRAL DE LAS BASES.
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Declaración de Desierta o Inadmisibilidad de la licitación u oferta: |
LA MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA DECLARARÁ INADMISIBLES LAS OFERTAS CUANDO ÉSTAS NO CUMPLIEREN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES. DECLARARÁ DESIERTA UNA LICITACIÓN CUANDO NO SE PRESENTEN OFERTAS, O BIEN. CUANDO ÉSTAS NO RESULTEN CONVENIENTES A LOS INTERESES MUNICIPALES.
EN AMBOS CASOS LA DECLARACIÓN SE REALIZARÁ POR DECRETO ALCALDICIO.
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PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES: |
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse sólo a través del sistema www.mercadopublico.cl y La Municipalidad pondrá las referidas preguntas y sus respuestas y aclaratorias si las hubiese, en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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