Licitación ID: 1541-49-LQ18
CONVENIO DE COMPRIMIDOS, AMPOLLAS Y OTROS irv
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD SUR HOSPITAL SANATORIO EL PINO, Hospital El Pino
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 19
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Diclofenaco 1440 Supositorio
Cod: 51142121
Diclofenaco 50 mg supositorio  

2
Simeticona 2160 Dosis
Cod: 51171505
Simeticona 4% gotas  

3
Suplementos vitamínicos 6000 Ampolla
Cod: 51191905
Fitomenadiona 10mg/ml ev  

4
Metamizol sódico 19200 Ampolla
Cod: 51142009
N-Butilbromuro de escopolamina + metamizol  

5
Lamivudina 2880 Comprimido
Cod: 51102310
Lamivudina 150 mg-Zidovudina 300 mg  

6
Atorvastatina 7200 Comprimido
Cod: 51121818
Atorvastatina 20 mg + Ácido Acetil salicílico 100 mg+ Ramipril 2.5 mg  

7
Atorvastatina 14400 Comprimido
Cod: 51121818
Atorvastatina 20 mg + Ácido Acetil salicílico 100 mg+ Ramipril 5 mg  

8
Atorvastatina 14400 Comprimido
Cod: 51121818
Atorvastatina 20 mg + Ácido Acetil salicílico 100 mg+ Ramipril 10 mg  

9
Acetato de caspofungina 480 Frasco
Cod: 51101835
Anidulafungina 100 mg  

10
Filgrastim 120 Dosis
Cod: 51201802
Filgrastim 300 mcg  

11
Combinación clorfeniramina-acetaminofeno 1200 Frasco Ampolla
Cod: 51161812
Parecoxib 40 mg  

12
Furosemida 360 Dosis
Cod: 51191510
Furosemida 10/1ml x 60 ml  

13
Digoxina 100 Dosis
Cod: 51121502
Digoxina 0.05mg/ml  

14
Cefpodoxima proxetilo 8000 Comprimido
Cod: 51101565
Cefpodoxima 200 mg  

15
Eritromicina 7200 Comprimido
Cod: 51101570
Eritromicina 500 mg  

16
Lansoprazol 800 Ampolla
Cod: 51171906
Lansoprazol 30 mg /ml  

17
Alprazolam 144000 Comprimido
Cod: 51141919
Alprazolam 0.5 mg  

18
Cloxacilina 31200 Frasco Ampolla
Cod: 51101512
Cloxacilina 500 mg  

19
Warfarina sódica 72000 Comprimido
Cod: 51131604
Ribaroxaban 15 mg  

20
Warfarina sódica 72000 Comprimido
Cod: 51131604
Ribaroxaban 20 mg  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO DE COMPRIMIDOS, AMPOLLAS Y OTROS irv
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Las presentes bases, tienen por objetivo definir los requerimientos asociados a la RES. EX. N° 1506 APRUEBA BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE “CONVENIO DE COMPRIMIDOS, AMPOLLAS Y OTROS” PARA EL HOSPITAL y CRS EL PINO, el cual, se encuentra emplazado en Avenida Padre Hurtado 13.560, Comuna de San Bernardo, Región Metropolitana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD SUR HOSPITAL SANATORIO EL PINO
Unidad de compra:
Hospital El Pino
R.U.T.:
61.608.107-1
Dirección:
Avda. Padre Hurtado 13560 (ex los morros)
Comuna:
San Bernardo
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-09-2018 17:00:00
Fecha de Publicación: 16-08-2018 9:15:29
Fecha inicio de preguntas: 18-08-2018 17:00:00
Fecha final de preguntas: 24-08-2018 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-08-2018 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-09-2018 17:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-09-2018 17:30:00
Fecha de Adjudicación: 23-10-2018 12:53:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Res. Ex. N° 1506, Título I Bases Administrativas, artículo N°9, Entrega de La Propuesta.
Documentos Técnicos
1.- Res. Ex. N° 1506, Título I Bases Administrativas, artículo N°9, Entrega de La Propuesta.
 
Documentos Económicos
1.- Res. Ex. N° 1506, Título I Bases Administrativas, artículo N°9, Entrega de La Propuesta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Res. Ex. N° 1506, Título I Bases Administrativas, artículo N°16, Pauta de Evaluación. 5%
2 Evaluación Técnica Res. Ex. N° 1506, Título I Bases Administrativas, artículo N°16, Pauta de Evaluación. 35%
3 Evaluación Económica Res. Ex. N° 1506, Título I Bases Administrativas, artículo N°16, Pauta de Evaluación. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Hospital y CRS El Pino
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días El Hospital y CRS El Pino es un Establecimiento Autogestionado dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur. Los Servicios deberán pagar sus compromisos en un plazo de 45 días de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuesto.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Alex Jara Zarate
e-mail de responsable de pago: alex.jara@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Carolina Collao
e-mail de responsable de contrato: carolina.collao@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-25767352-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL Y CRS EL PINO
Fecha de vencimiento: 04-01-2019
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá presentarse en original, en soporte papel, o de conformidad a la ley Nº 19.799, a más tardar el día del cierre de la licitación, de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas, en la Oficina de Partes del Hospital, ubicada en Avenida Padre Hurtado Nº 13.560, comuna de San Bernardo. La garantía debe presentarse obligatoriamente por cada oferta en un sobre cerrado, sellado y caratulado como “DOCUMENTO EN GARANTÍA”. Además, en el sobre deberá indicarse lo siguiente:  Propuesta Pública ID (Número de Adquisición en el Portal del Sistema).  Nombre de la propuesta.  Identificación del oferente  RUT del Oferente  Domicilio del Oferente. Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta será declarada inadmisible, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.
Glosa: Garantiza la Seriedad de la Oferta CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE “CONVENIO DE COMPRIMIDOS, AMPOLLAS Y OTROS” PARA EL HOSPITAL Y CRS EL PINO Licitación Pública ID Nº 1641-49-LQ18
Forma y oportunidad de restitución: En el caso de los oferentes no adjudicados, la garantía de seriedad de la oferta, debidamente endosada, estará disponible para su retiro en el CC.RR. Finanzas, dentro del plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación de la resolución de adjudicación, en el siguiente horario lunes a viernes de 09:00 a 12:00 horas. Para retiro de la garantía se deberá presentar fotocopia de la cedula de identidad de la persona que retira, poder simple que lo faculte para este acto y Rut de la persona jurídica (El en evento que el oferente tenga esta calidad). En el mismo plazo señalado anteriormente, regirá para aquellos oferentes cuyas ofertas no se ajustaren al presupuesto disponible Para el presente proceso de licitación, y que, en consecuencia, el Hospital lo haya declarado desierto. En este caso el plazo de devolución de las garantías se contará desde la notificación de la resolución que declare desierta la licitación, documentos que serán devueltos dentro de los días y horas señaladas en el párrafo anterior. Además, el señalado plazo se aplicará para los licitantes cuya oferta haya sido declarada inadmisible, en cuyo caso el referido plazo se contabiliza desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la misma. Respecto al oferente adjudicado la garantía le será devuelta, debidamente endosada, a partir de la fecha en que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba contrato, dentro de los horarios, días y lugar indicados respecto de la devolución de la boleta de seriedad a los oferentes no adjudicados, previa presentación de los documentos indicados en dicho párrafo. Lo anterior a conformidad al art. 43 del reglamento de la ley de compra Nº19.886, que establece plazos más extensos para la devolución de garantías de seriedad de la oferta en casos de re adjudicación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL Y CRS EL PINO
Fecha de vencimiento: 05-02-2021
Monto: 15 %
Descripción: El documento deberá presentarse en original, en soporte papel, o de conformidad a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, a más tardar el día del cierre de la licitación, de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas, en la Oficina de Abastecimiento en el Hospital a GESTOR DE CONTRATO, ubicada en Avenida Padre Hurtado Nº 13.560, comuna de San Bernardo. En caso de que la Garantía deba hacerse, efectiva, parcial o totalmente, el adjudicatario deberá sustituirla o renovarla de modo que mantenga el valor y vigencia que indica el inciso segundo de este artículo.
Glosa: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LA LICITACIÓN ID 1641-49-LQ18 POR CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE “CONVENIO DE COMPRIMIDOS, AMPOLLAS Y OTROS” PARA EL HOSPITAL Y CRS EL PINO
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento de contrato se devolverá al contratista a su solicitud en el CC.RR. fianzas del Hospital (De lunes a viernes de 09:00 a 12:00 horas), una vez finiquitado el contrato. Para retiro de esta garantía se deberá presentar fotocopia de la cedula de identidad de la persona que la retira, poder simple para tal acto y Rut de la persona jurídica (en el evento que el oferente tenga dicha calidad).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Efectuada la evaluación de las Ofertas, la Comisión de Evaluación confeccionará un Acta, el que deberá contener un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que haya obtenido el o los respectivos proponentes.

El Hospital cuenta con el plazo establecido en el artículo 5º de estas bases (Cronograma y plazos de la licitación) contado desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas para adjudicar. Sin embargo, de no ser suficiente el plazo establecido, el Hospital está facultado para modificar el plazo de adjudicación por una vez y por no más de 20 días hábiles contados desde la fecha de término del plazo otorgado por las Bases, informando fundadamente de la modificación en el portal mercadopublico.cl

La Comisión emitirá un acta de evaluación y proposición de adjudicación que recaerá en el oferente que a su juicio, mejor cumpla con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la licitación, de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en estas Bases, para ello, informará a la autoridad competente el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente para el HOSPITAL Y CRS EL PINO.

En este orden, el Hospital se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta, que, aplicando los criterios de evaluación, resulte la más conveniente, aunque no sea la de menor precio, o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del mismo, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto. 

Asimismo, el Hospital podrá declarar desierta la totalidad de la licitación si las ofertas no se ajustaren al precio estimado para este proceso de licitación, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los demás siguientes casos indicados por la ley, cuando:

a)          Errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases.

b)          Las ofertas no resultasen convenientes a los intereses del Hospital, en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en la respectiva Resolución.

c)          Las ofertas no se ajustaren al precio estimado por el Hospital para este proceso de licitación

d)          No se cuenta con Disponibilidad Presupuestaria, al momento de adjudicar.

e)          El Adjudicatario rechaza la adjudicación.

f)           El Adjudicatario no suscribe y/o no entrega el respectivo Contrato, dentro de los plazos establecidos en las presentes Bases y/o no entrega en tiempo y forma la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

g)          El Adjudicatario, no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del Contrato, pasado los 10 días hábiles indicados para su inscripción.

h)          El Adjudicatario, infringe la Ley Nº19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4º de la referida Ley.

El Hospital podrá desestimar aquellas propuestas que obtengan un puntaje inferior a 70 puntos en el criterio de la evaluación técnica. En aquellos casos en que exista un único oferente en una línea de producto, o ningún oferente hubiere obtenido ese puntaje mínimo, será la Comisión de Evaluación la que dirimirá si se acepta la o las ofertas. Tomando en consideración, la criticidad del producto a adquirir, que supla la necesidad del Hospital, no sea contrario a los intereses de este, y en el caso que exista más de una oferta, debe corresponder a la oferta con el puntaje técnico más alto.

El Hospital adjudicará el llamado entre las ofertas declaradas admisibles, eligiendo la que resulte mejor evaluada y más conveniente para los intereses y necesidades del HOSPITAL Y CRS EL PINO.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Facultad de Readjudicación
En caso que el adjudicatario no cumpla con las estipulaciones de las bases, desista de su oferta o no cumpla con la obligación de suscribir contrato en el plazo establecido y/o no entrega en tiempo y forma la garantía de fiel cumplimiento del contrato., el Hospital, previa resolución y debidamente publicada, podrá re-adjudicar al oferente que hubiera ocupado el segundo lugar en la evaluación (o con los que hubiesen ocupado el tercer o siguientes lugares si el anterior se desistiera), éste deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, así como también deberá inscribirse en el registro electrónico www.chileproveedores.cl (en el evento en que no lo esté), todo dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de re-adjudicación.” Independientemente de las medidas que pueda tomar el Hospital con respecto a las Garantías de Seriedad de Oferta que se regirá según Art Nº 10 En caso de no obtener respuesta satisfactoria a dicho requerimiento, se procederá a declarar mediante Resolución Fundada Desierta la Licitación, procediendo según lo que indica la Ley 19.886 en estos casos consecutivamente.