Licitación ID: 5407-10-LP13
Mej Sist A. LLuvia Pobl. Bahia Azul y otras, Penco
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION REGIÓN DEL BIO BIO, Departamento Técnico
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Pavimentación de carreteras o caminos 1 Unidad
Cod: 72131701
Consiste en el Mejoramiento del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias, población Bahía Azul y otras  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mej Sist A. LLuvia Pobl. Bahia Azul y otras, Penco
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Consiste en el Mejoramiento del sitema de evacuación de aguas lluvias Población Bahía Azul y otras de la comuna de Penco.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)-Informada
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
No se considera
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION REGIÓN DEL BIO BIO
Unidad de compra:
Departamento Técnico
R.U.T.:
61.820.004-3
Dirección:
Rengo 476, tercer piso
Comuna:
Antuco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-04-2013 12:00:00
Fecha de Publicación: 11-03-2013 17:06:35
Fecha inicio de preguntas: 11-03-2013 19:24:00
Fecha final de preguntas: 26-03-2013 13:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-03-2013 18:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-04-2013 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-04-2013 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-05-2013 13:36:21
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Se deberá entregar lo señalado en el pto 9.1 de las BAE en la sala de Reuniones de SERVIU ubicada en Rengo 476 cuarto piso
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- Se deberá entregar lo señalado en el pto 9.2 de las BAE en la sala de Reuniones de SERVIU ubicada en Rengo 476 cuarto piso
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega El SERVIU, a través de una Comisión Técnica de profesionales pertenecientes al Departamento Técnico del Servicio, designada por Orden de Servicio para los efectos, evaluará en consideración al principio de igualdad entre los/las oferentes, levantará el Acta de Selección de las Ofertas presentadas, estableciendo el orden de prelación de las ofertas y seleccionará la oferta que presente el menor monto. Podrán ser invitados a participar los/las funcionarios/as del Municipio, SEREMI V. y U., o de otros organismos con competencia en las materias del proyecto. 1%
2 Precio El SERVIU, a través de una Comisión Técnica de profesionales pertenecientes al Departamento Técnico del Servicio, designada por Orden de Servicio para los efectos, evaluará en consideración al principio de igualdad entre los/las oferentes, levantará el Acta de Selección de las Ofertas presentadas, estableciendo el orden de prelación de las ofertas y seleccionará la oferta que presente el menor monto. Podrán ser invitados a participar los/las funcionarios/as del Municipio, SEREMI V. y U., o de otros organismos con competencia en las materias del proyecto. 99%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Sectorial
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 150 Días
Plazos de pago: Por Estado de Avance
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CaludioAlarcon Espinoza
e-mail de responsable de pago: calarcon@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Alarcon Espinoza
e-mail de responsable de contrato: vlopez@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2292022-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: SERVIU REGION DEL BIOBÍO
Fecha de vencimiento: 02-12-2013
Monto: 3 %
Descripción: El/la contratista adjudicado/a, previo a la suscripción y protocolización de la resolución de adjudicación, deberá entregar una boleta bancaria de garantía a la vista expresada en UF, por una suma equivalente al 3% del monto del contrato, para responder por el oportuno y total cumplimiento de lo pactado. Esta garantía deberá tomarse por un plazo que exceda en 60 días el plazo original de ejecución de los trabajos y deberá ser extendida a nombre del SERVIU Región del Biobío. En todo caso esta garantía debe estar vigente a la fecha de su canje por la boleta bancaria de garantía de Buen comportamiento de las obras y su buena ejecución a que se refiere el artículo 126 de las bases Generales. en caso de eventuales aumentos de monto y/o plazo que sufra el contrato, el /la contratista deberá prorrogar o complementar según corresponda la boleta bancaria de garantía a la vista a que se refiere este punto.
Glosa: Oprtuno y Total Cumplimiento del Contrato
Forma y oportunidad de restitución: Recibidas las obras, el/la Contratista deberá entregar una boleta bancaria de garantía a la vista extendida a nombre de SERVIU Región del Biobío, por un valor equivalente al 3% del monto total del contrato, expresada en U.F., para caucionar el buen comportamiento de las obras y su buena ejecución, tras lo cual, el SERVIU Región del Biobío procederá a devolver al/la Contratista la boleta de garantía a la vista, a que se refiere el Artículo 50° de las Bases Generales.
    Otras Garantías
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: SERVIU REGION DEL BIOBÍO
Fecha de vencimiento: 02-12-2015
Monto: 3 %
Descripción: Recibidas las obras, el/la Contratista deberá entregar una boleta bancaria de garantía a la vista extendida a nombre de SERVIU Región del Biobío, por un valor equivalente al 3% del monto total del contrato, expresada en U.F., para caucionar el buen comportamiento de las obras y su buena ejecución, tras lo cual, el SERVIU Región del Biobío procederá a devolver al/la Contratista la boleta de garantía a la vista, a que se refiere el Artículo 50° de las Bases Generales.
Glosa: Buen comportamiento de las obras y su buena ejecución
Forma y oportunidad de restitución: Todas las obras ejecutadas tendrán un período de garantía de 2 años, contados desde la fecha de recepción de las obras, durante dicho período de garantía el o la Contratista, bajo apercibimiento de cobro de esta boleta bancaria, deberá realizar todas las reparaciones que correspondan. Lo anterior, de acuerdo a lo estipulado en las Bases Generales, en especial los Artículos 126, 127, 130 y 131. Este plazo de garantía es sin perjuicio del plazo de garantía legal de cinco años establecido en el artículo 2003, regla tercera del Código Civil.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En caso de producirse un empate en la priorización, se adjudicará la oferta a el/la Oferente que ofrezca ejecutar las obras por menor plazo. De persistir el empate, se adjudicará a el/la oferente que obtenga el promedio más alto de las 3 últimas calificaciones registradas en el RENAC o de las que registre en caso de no alcanzar el número de calificaciones indicado. De continuar el empate, decidirá el Director del SERVIU en base a los antecedentes que el mismo Servicio le pueda proporcionar
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

.           CUMPLIMIENTO LEGISLACIÓN LABORAL

 

31.1     El/la Contratista que ejecuta las Obras y los subcontratistas autorizados, deberán cumplir la normativa laboral vigente y asumir íntegramente la responsabilidad de cualquier naturaleza que el incumplimiento de la legislación laboral genere para el SERVIU.

 

31.2     De conformidad al párrafo 1 del Título VII, del Código del Trabajo, el SERVIU ejercerá su derecho de estar informado durante todo el período de la obra del monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de el/la Contratista y subcontratista en su caso, para con sus trabajadores/as, exigiendo los siguientes documentos:

a)    Copias autorizadas de Contratos de Trabajo de cada uno de los trabajadores/as, dentro de los 10 primeros días de iniciada la obra.

b)    En su caso, copia autorizada de Contrato de Trabajo de cada trabajador/a que se incorpore a la obra, durante su desarrollo esto, dentro de los 10 días siguientes a su ingreso.

c)    En su caso, copia autorizada de carta aviso de despido enviada a el/la trabajador/a de la obra y de finiquito de Contrato de Trabajo firmada por el/la Contratista o subcontratista si corresponde y el/la trabajador/a de la obra que dé cuenta que éste no tiene derechos pendientes que reclamar, dentro de los 10 días siguientes a su emisión y/o suscripción.

d)    Certificado u otros medios idóneos de la Inspección del Trabajo respectiva o de Entidades o Instituciones competentes autorizadas por el Decreto Supremo Nº 319 que aprueba el Reglamento del artículo 183-C del Código del Trabajo, que den cuenta del monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, dentro de los 10 primeros días de cada mes que dure efectivamente la obra.

e)    Cualquier otro documento o antecedente que la ITO exija, para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.

 

El no cumplimiento de estas exigencias dentro del término indicado o las observaciones a los indicados documentos no subsanadas dentro del plazo de 10 días de efectuadas, por la ITO o autoridad fiscalizadora, facultará a la ITO para no dar curso a ningún Estado de Pago próximo.

 

31.3     La ITO se reserva la facultad de requerir directamente de cualquier trabajador de la obra, su identidad, antecedentes de su contratación y verificación del cumplimiento de sus derechos laborales y previsionales, en cualquier oportunidad durante la ejecución de la obra.

 

31.4     Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, en el caso que el/la Contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, para con sus trabajadores/as o de los/las subcontratistas en caso que exista, el SERVIU retendrá de cualquier obligación y/u obra que tenga a favor de el/la Contratista, el monto de que es responsable, pudiendo en ese caso generarse un “Estado de Pago Especial”, por el monto adeudado y pagar con dichos valores directamente a los trabajadores/as y/o institución previsional acreedora. Igual retención y pago hará el SERVIU cuando sea notificado por la Dirección del Trabajo de las infracciones a la legislación laboral y previsional que se constaten en las fiscalizaciones, que se practiquen a los Contratistas o subcontratistas. En estos casos el/la Contratista se hará acreedor/a de una multa de 15 Unidades Tributarias Mensuales, en adelante UTM, por cada vez que se tenga que retener y pagar por parte de SERVIU a los/las acreedores/as de el/la Contratista, que se deberá descontar de cualquier obligación y/o pago pendiente por obra ejecutada. El valor de la UTM, será el que corresponda al mes de disponerse la sanción.

 

31.5 Con el objeto de asegurar eficazmente la vida y salud de todos los/las trabajadores/as que laboran en la obra, el/la Contratista deberá contar con los servicios de un/a Prevencionista de Riesgos, el cual deberá entregar a la ITO, durante la ejecución de las obras, un informe quincenal que dé cuenta del estado de seguridad de la obra, pudiendo la ITO, decretar la paralización parcial o total de la obra de conformidad al citado informe. La paralización durará hasta que se subsanen las deficiencias y el/la Contratista no podrá reclamar por dicha paralización derecho de ningún tipo.

            No obstante la ITO podrá solicitar, durante toda la ejecución de la obra, los servicios y requerimientos de este profesional, como visitas a terreno u otros informes adicionales.