MODIFICACION DE BASES |
La Municipalidad podrá modificar las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes que rigen esta licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a alguna o algunas aclaraciones manifestadas por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el correspondiente Decreto Exento y deben ser publicadas en el portal Mercado Público y, en caso de ser necesario, deberá fijar un nuevo plazo prudente para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones.
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PRESENTACION DE LA PROPUESTA |
los oferentes deberán adjuntar al portal merado publico todos la documentación requerida en el art. 12° , administrativas, técnicas y económicas
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rechazo de ofertas |
Sin perjuicio de las causales de rechazo previstas en la Ley Nº 19.886, su Reglamento y demás normas que rigen la presente licitación, y sin que la siguiente enumeración sea taxativa, serán rechazadas las ofertas que:
a) No acompañen la garantía de seriedad de la oferta exigida o que esté mal extendida.
b) No acompañen propuesta económica (señalada tanto en el portal como en el formulario respectivo).
c) Ofertar un plazo de entrega superior a diez (10) días hábiles
d) No ofertar por la totalidad de los productos y/o ofertar productos usados.
e) Ofertar una garantía inferior a 12 meses.
f) Que, habiendo sido previamente requeridos, no adjunten dentro de plazo la totalidad de los antecedentes solicitados para la correcta evaluación de las ofertas, lo anterior, conforme a lo regulado en el artículo 17° de las presentes Bases.
g) Oferentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de dos años anteriores al acto de apertura. (Ley N° 20.238 del Ministerio de Hacienda), o hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal o hayan sido condenados con la prohibición de contratar con el Estado mientras se encuentre vigente.
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RESOLUCION DE EMPATE |
Si dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje en el resultado final de la evaluación, se considerarán como criterios de desempate, en orden de prelación:
- En primer lugar, se privilegiará el oferente que proponga la menor oferta económica.
- Si el empate persiste, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el ítem Plazo de entrega.
- Si aun así el empate se mantiene, se zanjará finalmente a favor del oferente que primero hubiese ingresado su oferta al portal.
En última instancia, podrá recurrirse a un sorteo público que dirima.
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adjudicación |
La adjudicación de la propuesta corresponderá a la Alcaldesa sobre la base del Informe de la Comisión Evaluadora. Una vez obtenida la aprobación de la autoridad, se procederá a la elaboración del decreto de adjudicación.
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DESIERTAS E INADMISIBLE |
Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases. Se declara desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
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multas |
Se aplicarán multas segun art. 25° de bases
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de estas Bases y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación, ni con la entrega de el o los productos que deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en este proceso, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de los servicios que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso de licitación.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en el presente documento, sus documentos integrantes y en el contrato que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en este proceso es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto del presente proceso, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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readjudicacion |
Si el adjudicatario no aceptase la orden de compra dentro del plazo establecido en estas Bases, o bien, la rechazase, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, y quedará facultada para llamar a una nueva propuesta pública o adjudicar la oferta que ocupe el lugar siguiente en la evaluación, siempre que el proponente de la segunda oferta así lo acepte y prorrogue la vigencia de su oferta si es que ésta ha caducado. En caso de desistir el proponente de dicha oferta, podrá recurrirse a la oferta del tercer lugar y así sucesivamente. Podrá recurrirse hasta la oferta del último lugar, siempre que los proponentes de las primeras ofertas, en el orden del segundo al último lugar, se hubiesen desistido de la adjudicación.
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formatos |
Los Formatos adjuntos a estas Bases, pueden transcribirse, pero no modificarse. El Formato debe presentarse solo con la información solicitada, sin agregar nada adicional a él. Un formato con información adicional o incompleto se considerará como documento faltante u omitido, y será la Comisión respectiva la que evalúe la procedencia de aplicar el artículo 17° de estas Bases.
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