BASES ADMINISTRATIVAS |
BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICION DE MATERIALES PARA EL MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA Y OTROS PARA EL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DEL AERÓDROMO TENIENTE RODOLFO MARSH MARTIN DE LA ANTÁRTICA.
I.- OBJETO DE LA PROPUESTA
La DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL, en adelante también la D.G.A.C., la entidad licitante o la Institución, llama a propuesta Pública conforme a las presentes Bases de Licitación, para la adquisición de materiales para el mantenimiento de infraestructura y otros para el edificio administrativo del aeródromo Teniente Rodolfo Marsh Martin de la Antártica.
CRONOGRAMA DE LA PROPUESTA
DESCRIPCIÓN TIEMPO
PUBLICACIÓN DE LA PROPUESTA. DÍA 1
RECEPCIÓN DE CONSULTAS EN EL SISTEMA. 03 DÍAS CORRIDOS DESDE LA PUBLICACIÓN.
PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS EN EL SISTEMA. 02 DÍAS CORRIDOS DESDE LA FECHA FINAL DE RECEPCIÓN DE PREGUNTAS.
CIERRE DE PROPUESTA. 05 DÍAS CORRIDOS, DESDE LA PUBLICACIÓN.
APERTURA DE OFERTAS. DÍA DEL CIERRE A LAS 16:01 HORAS.
INFORME DE EVALUACIÓN DE OFERTAS DE LA PROPUESTA. DENTRO DE 5 DÍAS CORRIDOS, CONTADOS DESDE LA APERTURA.
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA. DENTRO DE LOS 15 DÍAS CORRIDOS SIGUIENTES, DE EMITIDO EL INFORME DE EVALUACIÓN DE OFERTAS. (LA ADJUDICACIÓN SERÁ NOTIFICADA SÓLO CUANDO LA RESOLUCIÓN ESTÉ TOTALMENTE TRAMITADA)
ENVIO DE LA ORDEN DE COMPRA. DENTRO DE 05 DÍAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA FECHA DE LA NOTIFICACIÓN EN EL PORTAL MERCADO PÚBLICO DE LA RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA.
Il.- GENERALIDADES
II.1 El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración (www.mercadopublico.cl), en adelante también el Sistema de Información, la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, la Plataforma, o el Portal, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme a los requerimientos de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos Técnicos (si los hubiere), Formato de identificación de proponentes y Formato de declaraciones, en adelante también las Bases de Licitación, documentos que a partir de la fecha de su publicación estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento de ellos y participar en el proceso.
II.2 La presente propuesta y el Contrato que de ella pudiera derivarse, así como las aclaraciones que pudiere emitir la Dirección General de Aeronáutica Civil, las consultas de los Proponentes, las respuestas evacuadas por la Institución y la Oferta que resulte favorecida con la adjudicación, se regirán por estas Bases de Licitación. Las consultas, respuestas y aclaraciones se entenderán que forman parte integrante de las Bases y serán publicadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
II.3 En la presente propuesta deberán formularse las ofertas en la ficha propuesta por www.mercadopublico.cl, por el total de lo requerido, por lo que no se aceptarán soluciones parciales.
II.4 La Dirección General de Aeronáutica Civil adjudicará la propuesta a aquel proponente que, cumpliendo las exigencias de las presentes Bases de Licitación obtenga el mayor puntaje como resultado del proceso de Evaluación Técnica y Económica, conforme se señala en el Capítulo “De la evaluación y adjudicación”, de las presentes Bases Administrativas.
La Dirección General de Aeronáutica Civil declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos mínimos y/o excluyentes establecidos en las presentes Bases de Licitación y declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien cuando las que se presenten no resulten convenientes a sus intereses, circunstancia que fundamentará debidamente.
El presupuesto estimado y referencial informado en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), asciende a la suma de $10.000.000 (Diez millones de pesos), I.V.A. incluido.
La DGAC, se reserva el derecho de adjudicar un monto superior al presupuesto estimado y referencial informado en la ficha de licitación.
Sin embargo, ese monto no podrá superar el límite establecido para este tipo de licitación, es decir, no podrá ser igual o superior a 1000 UTM. La D.G.A.C. se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la propuesta a uno o más proveedores u oferentes, como asimismo la posibilidad disminuir o aumentar las cantidades adjudicadas de acuerdo a razones técnicas y económicas que serán debidamente justificadas.
En todo caso, cuando el monto adjudicado supere en más de un 30% al monto estimado, la entidad deberá explicitar en el acto adjudicatario las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia.
II.5 Adjudicada la Propuesta, y una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que así lo haya resuelto, la Dirección General de Aeronáutica Civil, por tratarse de una adquisición estándar de simple y objetiva especificación, celebrará el contrato que será formalizado mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del oferente que resulte adjudicado, previo cumplimiento de lo estipulado en el Capítulo X de las Bases Administrativas.
II.6 Adjudicada esta propuesta no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella ni del contrato. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento del contrato mencionado en el punto precedente.
II.7 Si durante la vigencia del contrato derivado de la presente licitación el contratista fuere objeto de una transformación o absorción que implicase su disolución, término de giro y registro tributario, la nueva compañía que surja de dicho proceso o la firma que incorpore a su patrimonio los derechos y obligaciones del contrato administrativo, podrá continuar con la ejecución del mismo, situación que no importa de modo alguno contravención de los artículos 14 y 15 de la Ley N° 19.886, siempre que el contratista cumpla con las exigencias establecidas en las Bases para contratar y ejecutar el Contrato.
II.8 Todos los plazos que se señalan en esta propuesta Pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos.
En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con día sábado, domingo o festivo, éstas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente.
II.9 Aquel adjudicatario que no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (www.chileproveedores.cl), estará obligado a hacerlo dentro del plazo de quince (15) días corridos y este encontrarse en estado hábil en (www.merecadopublico.cl), contado desde la notificación de la adjudicación, trámite que constituye requisito previo para emitir la orden de compra, requisito que en el caso de una Unión Temporal de Proveedores, se exige a todos sus integrantes. La no inscripción dentro del término señalado, obligará a la entidad licitante a dejar sin efecto la adjudicación de la oferta y proceder, eventualmente, a la adjudicación de la licitación al siguiente oferente mejor evaluado.
II.10 Los plazos establecidos en el cronograma de la propuesta, incluido en las presentes Bases Administrativas, a saber, plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas y fecha de apertura de ofertas, podrán ser modificados por la entidad licitante, hasta un máximo de treinta (30) días, por la entidad licitante, en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a los plazos y fechas originalmente publicadas. La modificación antes señalada, será materializada mediante la dictación de una Resolución, fundada y firmada por la autoridad competente, debidamente tramitada y publicada en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
II.11 La entidad Licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituye una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos, podrá dar a lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato formalizado mediante orden de compra, según corresponda, cuando la convención se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato formalizado mediante la Orden de Compra y una vulneración al pacto de integridad contenido en las declaraciones obligatorias que forman parte de las presentes bases y deben ser firmadas por los oferentes. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes.
III.- DE LOS PARTICIPANTES
III.1 Podrán participar en esta Licitación personas naturales, jurídicas o bajo la fórmula de Unión Temporal de Proveedores, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 67 bis del reglamento de la ley de compras públicas. Se considerarán proponentes u oferentes a las personas que hayan formulado sus ofertas a instancias del llamado a licitación, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) y que, en caso de adjudicarse la propuesta, están obligados a entregar los materiales para mantenimiento de infraestructura del aeródromo Teniente Rodolfo Marsh Martin de la Antártica que se adquieren por la institución y facultadas para cobrar y percibir el pago.
III.2 No podrán participar en esta propuesta aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 4º de la Ley N.º 19.886, de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, Capítulo II “De los Requisitos para Contratar con la Administración del Estado”.
IV.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
IV.1 CONSULTA Y ACLARACIONES DE LOS OFERENTES
Toda solicitud de aclaración de las Bases de Licitación, así como las consultas de carácter técnico y/o administrativas sobre la propuesta, deberán ser presentadas en idioma español, a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) dentro de los dos (03) días corridos siguientes contados a partir de la fecha de publicación de la propuesta.
Las consultas y aclaraciones de cada proponente serán contestadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra, en un plazo de dos (02) días corridos, contados desde la fecha final de recepción de preguntas.
Como consecuencia de las consultas y aclaraciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil, podrá introducir cambios en las Bases de Licitación, resguardando debidamente los intereses de los proponentes, con el objeto que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, para cuyo efecto dictará el acto administrativo correspondiente, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Informaciones de Chilecompra. En este caso se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en la misma resolución, contado desde la total tramitación del acto administrativo, para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas.
V.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la D.G.A.C., que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y de su Reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la República, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Ante una eventual discrepancia entre las Bases de Licitación y la oferta, prevalecerán las primeras. Igualmente, ante discrepancias entre la Ficha Electrónica del Portal Mercado Público y el pliego de condiciones, prevalecerá este último.
VI.- GASTOS ASOCIADOS A LA PROPUESTA
Los gastos que demande participar en la presente propuesta, deben ser absorbidos íntegramente por cada proponente, sin derecho a reembolso.
VII.- DE LA PRESENTACIÓN
Las Ofertas, Técnicas y Económicas deberán ser presentadas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), hasta el cierre de esta propuesta, es decir, dentro del plazo de cinco (05) días corridos contados desde la fecha de publicación de la propuesta, hasta el día de cierre de la misma a las 16:00 horas.
Las ofertas no deben contener limitaciones de responsabilidad del contratista, que puedan repercutir en la ejecución del contrato o en una etapa posterior a ella, ni establecer condición alguna que pueda afectar los intereses de la DGAC o que se contrapongan a lo establecido en las Bases de Licitación y, en el evento que se incluyan, éstas no tendrán valor alguno y se tendrán por no escritas, prevaleciendo así los términos y condiciones de las bases de la licitación por sobre la oferta por aplicación del principio de estricta sujeción a las bases.
Las Ofertas deberán presentarse en tres (3) sobres separados en soporte electrónico.
Los sobres en soporte electrónico se deberán rotular: Nº 1 “Aspectos Administrativos” (A), Nº 2 “Aspectos Técnicos” (T) y Nº 3 “Aspectos Económicos” (E). Estos sobres deben ser presentados en formato Adobe Acrobat (pdf) para ser leído en el sistema operativo Windows.
VII.1 El Sobre Electrónico Nº 1 “Aspectos Administrativos” (A), deberá contener los siguientes antecedentes:
VII.1.1 Identificación completa del proponente conforme al formato adjunto, singularizado como punto 2.4 de las presentes Bases de Licitación.
VII.1.2 Una declaración simple emitida y firmada por la proponente persona natural, jurídica o por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan los impedimentos señalados en el párrafo III.2 del Capítulo III, de las presentes Bases de Licitación, según formato de declaraciones.
VII.1.3 Cuando el oferente sea Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en esta propuesta de esta forma y, donde conste el nombramiento de un mandatario o apoderado común con poderes suficientes, ante la DGAC, para presentar oferta, aclaraciones, u otras gestiones que sean necesarias en el desarrollo del proceso de licitación, previos a la adjudicación.
La declaración a que se hace mención en el numeral VII.1.2 de las presentes Bases Administrativas no exime al proponente u oferente de dar estricto cumplimiento a todos y cada uno de los requerimientos exigidos tanto en las presentes Bases Administrativas como también en las Bases Técnicas. Por tanto, de no presentarse la documentación, antecedentes y otra información de carácter evaluable se asignará el menor puntaje señalado en la pauta de evaluación. En caso que la omisión corresponda a un aspecto invalidante o excluyente, la Comisión Evaluadora deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad misma.
VII.2 El sobre electrónico Nº 2 “Aspectos Técnicos” (T), deberá contener los siguientes antecedentes:
VII.2.1 Las ofertas presentadas deberán identificar en detalle todos los requerimientos técnicos indicados en las bases técnicas de la presente propuesta, incluyendo toda la información que el oferente estime necesaria y que permita una adecuada evaluación, considerando la totalidad de los aspectos evaluables, para la adquisición de materiales para el mantenimiento de infraestructura y otros para el edificio administrativo del aeródromo Teniente Rodolfo Marsh Martin de la Antártica.
VII.2.2 Señalar claramente el plazo de entrega ante la solicitud de los bienes por la DGAC, en DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS. Para aquellas ofertas que no formulen el plazo de aplicará lo siguiente:
• Plazos de prestación formulados en horas, por cada 24 corresponderá a 1 día hábil administrativo.
• Plazos de prestación formulados en días corridos o sin distingo alguno, serán considerado en días hábiles administrativos.
• Plazos de prestación formulados en semanas, cada semana será considerada de 5 días hábiles administrativos.
• Plazos de prestación formulados en quincena, cada quincena será considerada de 10 días hábiles administrativos.
• Plazos de prestación formulados en meses, cada mes será considerado de 20 días hábiles administrativos.
Sin perjuicio de los antecedentes explícitamente exigidos en este sobre electrónico, se recomienda a los proponentes adjuntar en su oferta toda la información que se consulta en las Bases Administrativas, y Bases Técnicas, que permita a la Comisión Evaluadora, valorar todos y cada uno de los parámetros contemplados en dichos documentos; en caso contrario se asignará el puntaje mínimo en el o los parámetros de carácter evaluable asociados a la información omitida.
VII.3 El Sobre Electrónico Nº 3, “Aspectos Económicos” (E), deberá contener la Oferta Económica de la Propuesta, señalando el (los) precio(s), conforme a los elementos y materiales solicitados.
Lo anterior, sin perjuicio de digitar en el Sistema de Compras Públicas los precios que éste exigirá.
Sólo se aceptarán ofertas en moneda nacional (CLP). La oferta que sea presentada en otra moneda no será considerada en el estudio económico de la propuesta.
El(los) precio(s) requeridos deben encontrarse en concordancia con las Bases Técnicas, y deberán, además ser subido(s) a la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) mediante un archivo adjunto denominado “Oferta Económica Licitación Pública ID N° 1116007-4-LE24”.
El Plazo de vigencia de la Oferta no podrá ser inferior a sesenta (60) días corridos, contado desde la fecha de cierre de la Propuesta. Las ofertas que no mencionen la vigencia, se entenderán que aceptan la señalada en las presentes Bases de Administrativas.
Los Sobres mencionados en los puntos VII.1, VII.2, y VII.3, serán abiertos en conformidad a lo establecido en el Capítulo VIII, de las presentes Bases de Licitación.
Para una mejor revisión de los antecedentes en la sesión de apertura de la Propuesta, se solicita a los participantes de la presente licitación, que para efectos de presentación de la documentación e información electrónica que se debe incluir en los sobres Nº 1, 2 y 3, sea respetado el orden en que ella se solicita, en los puntos VII.1, VII.2 y VII.3, de las presentes Bases de Licitación.
VIII.- DE LA APERTURA
La apertura de los Sobres Electrónicos, Nº 1 “Aspectos Administrativos”, Nº 2 “Aspectos Técnicos” y Nº 3 “Aspectos Económicos”, se efectuará en un solo acto, posterior a la fecha del cierre, a las 16:01 horas en forma electrónica a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl).
En la Apertura de los Sobres N° 1 “Aspectos Administrativos, Nº 2 “Aspectos Técnicos” (T) y Nº 3 “Aspectos Económicos” (E) sólo se efectuará la descarga del contenido de los mismos desde la Plataforma de Licitaciones de Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), aceptándose todas las ofertas recibidas. El examen y análisis del detalle del contenido de los sobres antes citados, corresponderán exclusivamente a la Comisión Evaluadora.
Una vez concluido el acto de Apertura Administrativa, Técnica y Económica, se confirmará el Acta de Apertura Electrónica emitida por la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). Los proponentes podrán formular observaciones dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de terminado el acto de apertura y canalizarlas a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), las que serán resueltas por la DGAC dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de veinticuatro (24) horas antes señalado.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten a la plataforma electrónica, impidiendo el normal desarrollo de la apertura de los sobres electrónicos, la entidad licitante estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tales procesos y disponer su prosecución el día hábil siguiente.
En caso de producirse una indisponibilidad técnica en la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl) que provoque la imposibilidad de subir los archivos correspondientes de algún oferente, éste deberá solicitar a la referida Dirección un Certificado que dé cuenta de tal indisponibilidad, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso el o los oferentes afectados deberán notificar dicha situación a ésta DGAC antes de cumplirse el plazo de 24 horas siguientes desde el cierre de la recepción de ofertas. En tal caso, y de confirmarse la indisponibilidad, la apertura de ofertas correspondiente se efectuará el día hábil siguiente desde la recepción de la oferta del oferente afectado por la citada indisponibilidad.
El o los oferentes afectados podrán presentar su oferta fuera del Sistema de Información, en las dependencias de la DGAC del Departamento Logística ubicadas en el aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo S/N, en el plazo que estipula el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas (Decreto Supremo (H) N°250 del 2004, Publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de septiembre de 2004 y sus modificaciones posteriores.
IX.- DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
IX.1 Las ofertas “aceptadas” en la apertura electrónica y así calificadas en el Portal Electrónico, serán remitidas para su evaluación a la Comisión Evaluadora, designada para tal efecto mediante Resolución, e integrada por dos (2) funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Si del examen y análisis del detalle de las ofertas por parte de la Comisión Evaluadora, ésta concluyera acerca de la omisión de antecedentes, documentos y/o información de carácter excluyente o invalidante, se abstendrá de proceder a evaluar la propuesta infractora, debiendo en su informe pronunciarse sobre su inadmisibilidad.
IX.2 Las propuestas serán estudiadas y evaluadas en base a la Pauta de Evaluación contenida en las Bases Técnicas de la presente Licitación, en un plazo no superior a cinco (05) días corridos, contados desde la apertura de las ofertas o de resueltas las eventuales observaciones que formularen los proponentes a la apertura.
Las ofertas serán ponderadas con un 30% para características técnicas del bien, un 30% para los Aspectos Económicos, un 20% para el plazo de entrega un 10% para ubicación geográfica y 10% para estado verde, para evaluar el cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de la oferta.
La D.G.A.C., adjudicará la Licitación a aquel oferente que, cumpliendo las exigencias de estas Bases, obtenga el mayor puntaje luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, sin perjuicio de declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
En caso de producirse un empate en la evaluación final, entre dos o más proponentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el criterio o parámetro técnico (característica técnica del bien). De persistir el empate, se considerarán en forma sucesiva los siguientes parámetros:
• El oferente que informe el menor Precio.
• El oferente que informe menor Plazo de entrega.
• El oferente que informe mayor cercanía en su Ubicación geográfica.
• El oferente que informe mayor cantidad de letras en el anexo del Sistema de Estado Verde.
De continuar el empate, será declarada ganadora la primera oferta publicada en el portal Mercado Público (fecha y hora de ingreso de la oferta. Información detallada en los datos de la oferta, según el mecanismo de compra elegido).
Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl). El o los oferentes afectados tendrán un plazo máximo de 48 horas, contado desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u omisiones.
Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, mediante la herramienta de solicitud de aclaraciones del portal mercado público.
Culminada la evaluación Técnica y Económica, la Comisión Evaluadora deberá emitir el Informe pertinente, considerando en capítulo separado la Evaluación Final y Sugerencia de Adjudicación. Ambas actuaciones deberán verificarse dentro del plazo de cinco (5) días corridos, contado desde la apertura de las ofertas.
IX.3 Las ofertas que no cumplan alguno de los Parámetros Invalidantes de la Pauta de Evaluación Técnica, se procederá al rechazo de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad.
IX.4 Dentro de los cinco (05) días corridos siguientes a la fecha de emisión del Informe de Evaluación, la Dirección General de Aeronáutica Civil dictará la Resolución de Adjudicación, la que se notificará al proponente favorecido a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada. Mediante igual mecanismo, se notificará a los proponentes cuyas ofertas no sean aceptadas.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para ello, conforme a lo establecido en el Artículo 41° del Reglamento de la Ley de Compras, dictando, además, el correspondiente acto administrativo fundado.
Los oferentes tendrán 48 horas para efectuar consultas respecto de la Adjudicación, las que deberán ser formalizadas a través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitación de la Dirección Chilecompra (www.mercadopublico.cl), o directamente al correo electrónico adjudicación@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese mismo medio dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos.
X.- DE LA CONTRATACIÓN
X.1 Luego de dictada la Resolución de Adjudicación, dentro de los diez (10) días corridos siguientes de notificado en el portal mercado Público dicho acto administrativo, por tratarse de una adquisición estándar de simple y objetiva especificación, la Dirección General de Aeronáutica Civil, formalizara la contratación mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del oferente que resulte adjudicado.
X.2 La Orden de Compra es el instrumento que formaliza la contratación, en el cual se establece las identificaciones de los bienes, cantidad, precio, condiciones de entrega, lugar y plazo de entrega. Se entenderá que son parte integrante de la citada contratación de compraventa, las Bases de Licitación, las aclaraciones que pudiera emitir la DGAC, las consultas de los proponentes, las respuestas recaídas en éstas y la Oferta que resulte favorecida con la adjudicación.
X.3 La operación de compra se entenderá perfeccionada por el hecho de la aceptación de la(s) orden(es) de compra por el(los) proveedor(es) adjudicado(s). Dicha aceptación deberá ser manifestada dentro de las 24 horas siguientes de transcurrido el plazo referido en el artículo 6 del Reglamento de Compras Públicas.
X.4 En el caso que el proveedor no acepte o no realice alguna acción sobre el orden de compra, transcurrido el plazo de 5 días hábiles, esta institución podrá aplicar lo establecido en el artículo 63 del reglamento de compras públicas, referente a solicitar el rechazo de la Orden de Compra.
X.5 Si el proveedor adjudicado rechaza la orden de compra, facultará a la DGAC para readjudicar la Licitación al oferente que sigue en orden de precedencia en el proceso de evaluación, o bien declararla desierta y efectuar un nuevo proceso de Licitación, sin perjuicio de su facultad de ejercer las demás acciones legales correspondientes.
X.6 En caso de incumplimiento de lo pactado en la Orden de Compra, la DGAC está facultada para anular la Orden de Compra y perseguir las eventuales indemnizaciones por daños y perjuicios, comunicando adicionalmente esta situación a la Dirección de Compras Públicas.
X.7 La DGAC se reserva el derecho de anular la orden de compra respectiva si, transcurridos 10 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo de entrega total, el proveedor adjudicado no da cumplimiento a las condiciones de su oferta, quedando en libertad de readjudicar la compra o realizar un nuevo proceso de licitación.
X.8 El incumplimiento imputable al contratista de una o más obligaciones establecidas en estas Bases de Licitación o en la Orden de Compra, la DGAC aplicará las multas que se indican en el punto XII de las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de exigir el cumplimiento forzado de las obligaciones emanadas de la contratación o bien, su resolución o terminación anticipada, con indemnización de perjuicios.
X.9 No podrán contratar con la DGAC, aquellos proveedores que se encuentren afectos a alguna de las limitaciones establecidas en el artículo 4 de la Ley N° 19.886 y artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, para cuyo efecto deberán acompañar la correspondiente Declaración Jurada, conforme al formato adjunto.
Tampoco podrán contratar con la DGAC aquellos proveedores que se encuentren afectos por la prohibición de contratar impuesta por Sentencia ejecutoriada del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en virtud de lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, como consecuencia de conductas descritas en el artículo 3 letra a) de ese cuerpo legal.
X.10 Cláusula de caso fortuito o fuerza mayor: Esto es, aquel imprevisto al que no es posible resistir y que impida a cualquiera de las partes, cumplir con cualquiera de las obligaciones contraídas, entendiéndose como causales ejemplares las señaladas en el artículo 45 del Código Civil de la República de Chile.
En el evento de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, la parte afectada deberá comunicar por escrito esta circunstancia a la otra parte tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Seguidamente y dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de la referida comunicación el proveedor adjudicado deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La DGAC, deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual término.
Acreditada la ocurrencia de tales hechos, las partes se reunirán para analizar la situación y decidir de buena fe y de común acuerdo el curso de acción a seguir, resguardando los intereses de ambos contratantes conviniendo en el aumento de plazo del contrato, el que, en todo caso, no podrá ser superior a la duración del caso fortuito o fuerza mayor acreditado.
X.11 Cláusula de domicilio, litigios, legislación aplicable y prórroga de competencia, sometiendo el contrato a la jurisdicción de los tribunales chilenos, fijando al efecto ambas partes domicilio en Santiago de Chile.
X.12 Cláusula de confidencialidad, Las partes se obligan a mantener absoluta reserva y confidencialidad de toda la información que obtengan en virtud del presente contrato.
En consecuencia, no podrán usar o copiar dicha información confidencial, excepto con el propósito y para los fines del contrato. Tampoco podrán revelar o comunicar o causar el que sea revelado o comunicado de manera que pueda disponerse de tal información confidencial por cualquier otra persona que no sean sus directores, empleados, agentes o representantes para quienes su conocimiento sea indispensable para los propósitos del contrato.
XI.- DEL PAGO
XI.1 El pago, correspondiente al precio total del contrato, se efectuará mediante transferencia electrónica y conforme al siguiente detalle:
XI.1.1 La suma correspondiente al 100% del precio total de los materiales adquiridos y estos puestos en la bodega de la DGAC mediante la correspondiente Guía de Despacho, será pagada contra presentación por el contratista a la D.G.A.C., de los siguientes documentos:
a) Factura comercial electrónica por igual monto.
b) Certificado de Conformidad por la recepción de los bienes adquiridos.
XI.1.2 El pago de la suma antes señalada, se efectuará mediante transferencia bancaria al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario en los documentos requeridos para la contratación, y dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica y certificados de conformidad por cada evento del contrato.
XI.1.3 El contratista, solo podrá emitir la factura electrónica una vez que se haya verificado su cumplimiento contractual, hecho que será confirmado mediante el certificado de conformidad correspondiente, emitido por el Inspector Fiscal designado para tal efecto.
XI.1.4 La factura deberá indicar en su glosa a lo menos la siguiente información; número de orden de compra, que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a su recepción conforme y que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos y al impuesto del 2%, establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752.
XI.1.5 La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, con copia a los siguientes correos kcarcamo@dgac.gob.cl y casencioc@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).
XI.1.6 La DGAC en conformidad a lo dispuesto en la Ley de Presupuesto año 2024 N° 21.640 artículo 8, pagara los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos.
XI.1.7 La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica en los siguientes casos:
• Si es entregada en forma anticipada (antes de ser firmado el Certificado de Conformidad por parte del Inspector Fiscal).
• Si no ha sido enviado a los correos electrónicos dte.recepcion@dgac.gob.cl kcarcamo@dgac.gob.cl y casencioc@dgac.gob.cl.
• Si su glosa no contiene la información mínima exigida en los párrafos anteriores.
XII.- DE LAS MULTAS Y DESCUENTOS
XII.1 Las multas que podrá aplicar la DGAC tendrán directa relación a los atrasos atribuibles a responsabilidad del vendedor. Para estos efectos, se entenderá por atraso al tiempo trascurrido en días corridos contados desde que se debió dar cumplimiento a lo pactado, según la oferta presentada y plazos contemplados en la Orden de Compra, hasta la fecha efectiva en que efectivamente se realizó.
De este modo, se contempla el pago de multas por incumplimiento contractual, cuya responsabilidad recaiga en el contratista, por las siguientes hipótesis:
Multa por cada día corrido de atraso en el cumplimiento del plazo de entrega de los bienes adquiridos.
XII.2 El proveedor adjudicado (Vendedor) incurrirá en multas por cada día corrido de atraso en el cumplimiento del plazo de entrega de la totalidad o parcialidad del bien adquirido. Las multas, se calcularán como un 2% del valor NETO del producto adquirido y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas, respecto al plazo de entrega establecido en la orden de compra, con un tope de 10 días corridos.
XII.3 En caso de que el atraso supere el tope de los 10 días corridos, la DGAC podrá poner término anticipado a la contratación perfeccionada a través de la orden de Compra.
XII.4 La aplicación de multas se harán efectivas, conforme al siguiente procedimiento:
a) La DGAC notificará, mediante correo electrónico enviado a la dirección de contacto que la empresa haya indicado en su oferta, el incumplimiento en el cual dicha empresa haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, ésta pueda presentar sus descargos o alegaciones por escrito en la Registratura del Departamento Logístico de la DGAC, de lunes a jueves de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 17:00 horas y los días viernes de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 16:00 horas, ubicada en el aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo s/n ciudad de Punta Arenas.
b) Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (05) días hábiles sin que la empresa haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista por carta certificada enviada al domicilio consignado en el contrato y debidamente publicada en el Portal.
c) En caso de que el proveedor resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas.
d) Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, ésta deberá enterarse, a elección del adjudicatario, conforme a una de las siguientes modalidades:
⦁ Pago directo del adjudicatario, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (05) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y éstos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa.
• Deduciéndolas de la factura, lo que bajo circunstancia alguna implica que el precio del bien adquirido, se modifica por dicha imposición
XII.5 El cobro de las multas contempladas en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal.
XII.6 No se aplicarán multas al vendedor cuando los retrasos en que éste hubiere incurrido sean resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, definidos en la Cláusula X.10, de las presentes Bases, circunstancia que el Vendedor deberá acreditar fehacientemente.
XIII.- LEYES SOCIALES, SEGUROS Y OTROS
Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la DGAC, cuando ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará facultada para exigir al contratista en cada estado de pago, la exhibición de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información correspondiente a la Inspección del Trabajo a través del formulario F 30-1.
Asimismo, en el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo en el artículo 183-C, podrá retener de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago, y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del D.S. (H) N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, la DGAC podrá hacer efectiva la Garantía por fiel cumplimiento del Contrato en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, estando facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna.
Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones señaladas anteriormente, será considerado por la DGAC como causal grave de incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato y aplicar las sanciones administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
XIV.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
El contratista se obliga, entre otros, a lo siguiente:
• A no ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de la adjudicación de la propuesta y del contrato.
• A mantener una comunicación permanente con el Inspector Fiscal que nomine la D.G.A.C, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento de la orden de compra.
• A cumplir todas las exigencias que establezca la D.G.A.C., en función, de las Bases de Licitación, la Oferta y la Orden de Compra.
• Cumplir con los plazos de acuerdo con la entrada en vigencia de la Orden de Compra.
• En Proporcionar, conjuntamente con la entrega del anticongelante adquiero el conjunto de hojas o fichas técnicas del líquido anticongelante. La información deberá encontrarse en idioma español o inglés.
XV.- VIGENCIA DEL CONTRATO.
Una vez adjudicada la propuesta y cuando se trate de servicios y/o bienes estándar de simple y objetiva especificación, la contratación será perfeccionada mediante la emisión de una o varias órdenes de compra a través del Sistema www.mercadopublico.cl, documento en el cual se mencionan las condiciones de entrega, pago, garantías, etc. según lo indicado en las bases administrativas y en la oferta presentada por el proveedor adjudicado.
La operación de compra se entenderá perfeccionada por el hecho de la aceptación de la(s) orden(es) de compra por el(los) proveedor(es) adjudicado(s).
Dicha aceptación deberá ser manifestada dentro de las 24 horas siguientes de transcurrido el plazo referido en el artículo 6 del Reglamento de Compras Públicas.
En caso de silencio por parte del proveedor adjudicado, la orden de compra se entenderá aceptada y a partir de ese momento, se computarán los plazos de entrega previstos en la presente operación de compra.
Esta Institución, se reserva la facultad de no recibir los bienes, sean estos en forma parcial o total, si la orden de compra no ha sido aceptada en portal de mercado público, como también, solicitar el rechazo de la Orden de Compra, como lo establece el artículo 63 del reglamento de compras públicas.
Si el proveedor adjudicado rechaza la orden de compra, facultará a la D.G.A.C. para readjudicar la Licitación al oferente que sigue en orden de precedencia en el proceso de evaluación, o bien declararla desierta y efectuar un nuevo proceso de Licitación, sin perjuicio de su facultad de ejercer las demás acciones legales correspondientes.
En caso de incumplimiento de lo pactado en la Orden de Compra, la D.G.A.C. está facultada para anular la Orden de Compra y perseguir las eventuales indemnizaciones por daños y perjuicios, comunicando adicionalmente esta situación a la Dirección de Compras Públicas.
El incumplimiento imputable al contratista de una o más obligaciones establecidas en estas Bases de Licitación o en la Orden de Compra, facultará a la D.G.A.C. para aplicar las multas que se indican en el capítulo XII DE LA MULTAS Y DESCUENTOS, sin perjuicio de la facultad de exigir el cumplimiento forzado de las obligaciones emanadas de la contratación o bien, su resolución o terminación anticipada, con indemnización de perjuicios.
XVI.- ANEXOS
Forman parte integrante de estas Bases de Licitación los siguientes documentos:
• Listado de materiales.
• Pauta de Evaluación.
• Formato identificación del proponente
• Formato de Declaraciones.
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