FACULTAD DE READJUDICACIÓN |
El Hospital, podrá en el caso que el proveedor originalmente seleccionado, se rehúse a suscribir el contrato, no entregue el Instrumento Financiero de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado, de acuerdo a los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con todas las exigencias establecidas en las presentes Bases.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
La adjudicación de la propuesta será resuelta por el Director del Hospital Carlos Van Buren o quien lo subrogue, según corresponda, quien adjudicará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes Bases Administrativas, los que serán documentados en un Acta firmada por la Comisión de Adjudicación. La decisión que se adopte al efecto no dará lugar a indemnización de ningún tipo en favor de los Proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas o no hayan sido favorecidas.
La licitación se entenderá oficialmente adjudicada, una vez que el Hospital Carlos Van Buren así lo dictamine a través de la emisión de una Resolución Exenta, en el cual, entre otras cosas, se deberá consignar el nombre del Proponente favorecido (persona natural y/o jurídica) denominada de ahora en adelante adjudicatario, el monto ofertado (IVA incluido o 10% Impuesto de Retención) y el plazo de ejecución en días corridos.
Sin embargo, el Hospital se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las propuestas presentadas, aunque no sea la más barata, o de rechazarlas todas y declararla desierta, de acuerdo a la propia conveniencia del Hospital, sin que los proponentes tengan derecho a reclamo o indemnización alguna. Durante este proceso de adjudicación, la Comisión de adjudicación revisará la documentación presentada por los oferentes en la Apertura de las ofertas y si ésta no corresponde a lo solicitado en las Bases Administrativas, ó los antecedentes proporcionados no son correctos, la Comisión se reserva el derecho de rechazar la oferta, quedando consignado el motivo en el acta de Adjudicación
El Hospital tiene la facultad de rechazar una oferta que técnicamente cumple con todo lo solicitado pero que su oferta este fuera del presupuesto que se tiene designado para tal convenio de suministro. De esta forma el Hospital podría adjudicar a un oferente que permita mantener los presupuestos establecidos
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Hospital Carlos Van Buren publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso, el cuál no podrá exceder de 20 días hábiles.
El tipo de Adjudicación será simple sin emisión automática de orden de compra por cada una de las líneas de producto o servicio licitado para adjudicar solicitada y visualizada en el Portal de Mercado Público.
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DEL EMPATE |
El Director del Hospital Carlos Van Buren, adjudicará la licitación a la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en el Artículo Nº 15.1 de las Bases Administrativas, los que serán documentados en un Acta firmada por la Comisión técnica de Adjudicación.
La puntuación de los criterios individuales serán números enteros de 1 a 10 más dos decimales. Para la asignación de puntajes finales de los criterios de evaluación como producto de la sumatoria total de éstos, se considerará en la nota final el número entero más un decimal. La centésimas menores a 0,5 se ajustan al decimal menor y las centésimas de 0,5 hacia arriba se ajustan al decimal mayor. Ej.: 1) 4,23 = 4,2 2) 4,25 = 4,3.
Durante este proceso la Comisión de adjudicación revisará la documentación presentada por los oferentes en la Apertura de las ofertas y si ésta no corresponde a lo solicitado en las Bases Administrativas, o los antecedentes proporcionados no son correctos, la Comisión se reserva el derecho de rechazar la oferta, quedando consignado el motivo en el acta de Adjudicación.
En caso de empate, se reserva el derecho de adjudicar la oferta con mayor puntaje en el criterio con mayor ponderación de las presentes bases, y en caso de persistir el empate se adjudicará la oferta con mayor puntaje en el segundo criterio con mayor ponderación, de proseguir la situación se continuará el mismo análisis con el siguiente criterio.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, el Hospital Carlos Van Buren publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso
En el caso de que el oferente adjudicado desista de la adjudicación, la licitación podrá ser readjudicada al oferente con la segunda mejor calificación.
El Acta de Adjudicación se publicará a través de una Resolución Exenta del Director de Hospital Carlos Van Buren, documentos que estarán disponibles a todos los oferentes en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
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REFERENTE A CAPACITACION, PUESTA EN MARCHA, Y FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPAMIENTO |
9.1 Las empresas proveedoras deberán ofertar y/o suministrar equipos nuevos, con garantía de fábrica, por lo tanto se descarta equipos reacondicionados.
9.2 De acuerdo a lo solicitado en estas Bases Técnicas y a lo ofertado por el Proponente en el Formulario Oferta Técnica y Formulario Especificaciones Técnicas Equipamiento en Comodato, no se aceptará que el equipamiento presente diferencias en sus características técnicas - operativas y/o muestre fallas o daños que a simple vista sean atribuibles a su traslado y posterior entrega.
9.3 Sera a cargo del proveedor los costos de los trabajos que deriven del cumplimiento de las obligaciones de instalación, montaje, calibración, puesta en marcha y capacitación certificada a usuarios. Las tareas de mantenimiento básico (limpieza o cuidados mínimos) de cada equipamiento ofrecido en calidad de comodato, sea por concepto de insumos, repuestos, materiales, flete, mano de obra, leyes sociales, pasajes, viáticos, honorarios y, sin que la enumeración sea taxativa, cualquier otro gasto directo e indirecto que demande el correcto suministro y funcionamiento de la materia de encargo.
9.4 La provisión de cualquier elemento, dispositivo y/o accesorio que sea indispensable para el funcionamiento de cada equipamiento ofrecido en comodato, que no haya sido considerada en la visita a terreno.
9.5 Las condiciones de la entrega del equipamiento y plazos máximos de puesta en marcha deberán ser estipulados en carta adjunta a la oferta.
9.6 Una vez dado término a la instalación del equipamiento el servicio técnico deberá entregar certificación de funcionamiento óptimo, incluyendo calibración.
9.7 En un tiempo que no supere lo dispuesto por el Oferente en el Artículo Nº 12.2.2, letra “e”, Formulario Nº 3 “Compromiso de la Oferta", después de adjudicada la licitación, los equipos deben estar conectados al sistema informático de la Unidad y correctamente funcionando. Por cada 15 días corridos de atraso en este plazo el proveedor deberá cancelar una multa de 10 UTM, según lo indicado en el Artículo Nº 24.1 de las Bases Administrativas Generales.
9.8 El adjudicatario deberá incluir en su oferta plan de capacitación para el correcto uso de los equipos, en el deberá indicar: Carta Gantt, tópicos a incluir, horas totales. Este plan deberá ser ejecutado como parte de la puesta en marcha del equipamiento incluyendo a todo el personal definido por la Dirección técnica del laboratorio y repetido en caso de la incorporación de personal nuevo al Laboratorio.
9.9 Cada vez que se requiera la implementación de una nueva técnica el proveedor deberá entregar los insumos y reactivos, sin cargo para el hospital, así como la capacitación respectiva a los usuarios.
9.10 En el caso de existir renovación tecnológica de equipos, ésta deberá hacerse efectiva en un plazo máximo de 6 meses a partir de la fecha en que el proveedor disponga de dicha tecnología.
9.11 En caso de un incremento de número de prestaciones, el proveedor deberá efectuar los cambios de tecnología y suministros necesarios para responder a ese aumento de la demanda.
9.12 Si los equipos adjudicados presentan defectos de fabricación que involucren fallas sucesivas de funcionamiento, la Dirección Técnica del Laboratorio se reserva el derecho de exigir a la brevedad el cambio de equipo respectivo.
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REFERENTE A LOS REACTIVOS Y/O INSUMOS: |
4.1 Mantener la provisión del mismo lote de reactivos por un mínimo de 12 meses de acuerdo a la cantidad de exámenes realizados.
4.2 Mantener el periodo de caducidad de los reactivos e insumos una vez entregados de al menos de 6 meses.
4.3 El incumplimiento de los puntos 4.1, 4.2, productos con empaques dañados o defectuoso, productos con características de fabricación o calidad distintos a los propuestos y adjudicados deberán ser canjeados de forma inmediata por el proveedor.
4.4 Plazo de entrega de los reactivos y/o insumos no podrá ser superior a lo estipulado en el contrato, contado en días a partir de la fecha de emisión de la Orden de compra (Evaluado en base Administrativas Generales Articulo 12.2.2, letra e.
4.5 Tomar los resguardos necesarios para mantener el adecuado flujo de la cadena de frío, durante el transporte de los insumos y reactivos que requieren refrigeración.
4.6 declarar la estabilidad de los reactivos una vez en uso.
4.7 Entregar instructivos en formato digital y papel en idioma español para cada analito.
4.8 Si por razones de stock o de mercado, alguno de los reactivos o insumos se discontinúa, la empresa deberá presentar a la Dirección Técnica del Laboratorio con tres meses de anterioridad, una alternativa de características similares a lo adjudicado. La Dirección técnica y el Referente Técnico del área en cuestión lo autorizarán, sólo si considera que realmente cumple con las especificaciones técnicas.
4.9 El profesional a cargo del laboratorio de Hematología se reserva el derecho de rechazar insumos o reactivos que no cumpla con la calidad técnica necesaria para generar un resultado válido, ya sea de tipo cualitativo o cuantitativo.
4.10 En el caso que el reactivo empleado en el equipo no cumpla con los requerimientos técnicos definidos por el laboratorio, en relación a la exactitud, precisión de los resultados y reproducibilidad, el proveedor deberá facilitar alguna alternativa de solución que esté disponible en el mercado. Lo anterior debe estar a cargo del proveedor adjudicado, quedando debidamente documentado en un informe técnico que indique que el resultado obtenido con el nuevo reactivo es coherente con el resultado clínico.
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REFERENTE A LAS CARACTERISTICAS GENERALES DE LA MATERIA DE ENCARGO |
1.1 Los requerimientos de cantidades por cada insumo serán los necesarios para realizar los exámenes de coagulación definidos en la Tabla 1. y que corresponden a determinaciones o pasadas mensuales realizadas a pacientes, siendo dichas cantidades solo referenciales. Es por esto, que las cantidades aquí mencionadas podrían variar durante el periodo en que dure el contrato, pudiendo modificarse según las necesidades del Establecimiento (incluso llegar a cero en un mes determinado), sin significar ningún costo adicional para el Hospital, pues el cobro estará siempre asociado al precio unitario por determinación indicado por el oferente en su oferta.
1.2 Los Proponentes deberán ofrecer y entregar, al Hospital Carlos Van Buren, las siguientes líneas de producto para el análisis de coagulación, conforme a los requerimientos técnicos estipulados en las siguientes páginas, además deberá ofertar la totalidad de líneas de producto necesarias para la realización de los exámenes requeridos, dado que la adjudicación se realizará a un sólo proveedor.
1.3 La empresa adjudicada debe comprometerse a entregar oportunamente la cantidad mensual de insumos y reactivos necesarios para procesar las cantidades expuestas en Tabla 1, además de mantener en el laboratorio un stock de seguridad para 15 días adicionales al gasto mensual.
1.4 El proveedor deberá asegurar el reporte técnico de manera fiel, con la cantidad de determinaciones de pacientes o pasadas de pacientes realizadas mensualmente, por cada uno de los equipos instalados. Esta información deberá ser visada por el Director Técnico del Laboratorio o quien el designe en base a estadística obtenida del LIS operativo en el laboratorio, quien enviara el reporte a Abastecimiento con la cantidad validada de exámenes o pasadas de pacientes realizadas para la emisión de la OC dentro de los tres primeros días hábiles del mes siguiente.
1.5 El proveedor deberá declarar como parte de la oferta los reactivos, presentación, rendimientos y las respectivas cantidades mensuales por cada reactivo utilizadas para el procesamiento de las diferentes líneas de producto detalladas en la Tabla 1. (Formulario N°4)
1.6 El proveedor deberá declarar en carta adjunta compromiso de devolución de productos según puntos 4.1 al 4.3. Referente a los reactivos y/o insumos.
El hospital resuelve mensualmente las siguientes cantidades de prestaciones o exámenes las cuáles serán adjudicadas a un único proveedor (Valores referenciales).
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