Licitación ID: 1038-33-LP13
CONSTRUCCIÓN GUARDERIA CONAF EN P.N. B. O'HIGGINS
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL, XII Región - Oficina Regional de Magallanes
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 45
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Productos o servicios
1
Construcción de casas 1 Unidad
Cod: 72131502
CONSTRUCCIÓN DE GUARDERIA PARA LA CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, EN SECTOR BALMACEDA, PARQUE NACIONAL BERNARDO O’HIGGINS, REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA. APROXIMADAMENTE 166,3 METROS CUADRADOS A CONSTRUIR.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN GUARDERIA CONAF EN P.N. B. O'HIGGINS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Ejecución de la obra denominada: “CONSTRUCCIÓN DE GUARDERÍA, SECTOR BALMACEDA PARQUE NACIONAL BERNARDO O´HIGGINS”, CÓD. BIP 30073904-0. Esta inversión es financiada con cargo al Fondo Nacional de Desarrollo Regional correspondiente al año 2013
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP NACIONAL FORESTAL
Unidad de compra:
XII Región - Oficina Regional de Magallanes
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Av. Bulnes 0309, piso 5
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-09-2013 15:00:00
Fecha de Publicación: 23-08-2013 18:01:13
Fecha inicio de preguntas: 26-08-2013 8:00:00
Fecha final de preguntas: 03-09-2013 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-09-2013 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-09-2013 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-09-2013 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 21-10-2013 12:29:27
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Identificación completa del Oferente y su Representante Legal. En caso de ser persona jurídica, debe acompañar copia de la escritura de constitución, con las anotaciones e inscripciones que corresponda.
2.- Declaración Jurada Simple, en que se manifieste conocer el terreno y aceptar los términos contenidos en las Bases Administrativas, Aclaraciones, Planos, Especificaciones Técnicas, Anexos y antecedentes en general que forman parte de la presente propuesta.
3.- Declaración jurada simple acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco." (Anexo 2) Nota: completar e Ingresar vía portal MercadoPúblico.
4.- Copia legalizada de la Patente Municipal al día, Segundo semestre del año 2013, de cualquier Comuna de Chile.
5.- Boleta de Garantía Bancaria o Vale Vista por un valor de $150.000 (ciento cincuenta mil pesos chilenos) a favor de la Corporación Nacional Forestal, que avale la seriedad de la Oferta, con una validez mínima de 45 días a contar de la fecha de cierre dictada por el Portal Mercado Público, en conformidad a los términos señalados en el punto 8. sobre las Garantías Requeridas, en estas bases de licitación.
Documentos Técnicos
1.- Programa general de trabajo consignado en una carta Gantt y que incluya todas las partidas descritas en las Especificaciones Técnicas, la carta Gantt deberá considerar planificación semanal.
 
2.- Acreditación de la experiencia en obras de construcción de edificaciones ejecutadas o en ejecución durante los últimos tres (3) años, mediante certificados o constancias emitidas por entidades o particulares. Se sugiere completar Anexo 3 e ingresarlo al portal.
 
3.- Nómina de profesionales y técnicos debidamente acreditados con sus títulos, que participarán directamente en la ejecución de la Obra, en el desarrollo de los proyectos de especialidades y en la tramitación del expediente del proyecto ante la Dirección de Obras Municipales de Puerto Natales, para la obtención del Permiso de Edificación.
 
Documentos Económicos
1.- Presupuesto Detallado por partidas de la Obra y de los servicios anexos.
2.- Programación Financiera indicando cantidad de Estados de Pago.
3.- Certificados de la Inspección del Trabajo, en el cual señale que el Oferente no presenta deudas previsionales ni juicios laborales pendientes, cuya emisión no debe exceder de los 30 días anteriores a la fecha de presentación para efecto de la presenta licitación.
4.- Certificado de registro de alguna entidad como Obras Públicas, Minvu o Municipalidad en que se encuentre inscrito como Contratista.
5.- IMPORTANTE: La omisión de cualquiera de los antecedentes exigidos por las presentes Bases de Licitación (ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y ECONÓMICOS), así como también en caso de detectarse inexactitudes o falsedades en la información entregada por el Oferente, será causal suficiente para el rechazo de la Oferta, sin más trámite y expresión.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Según lo indicado en punto 9. Requerimientos Técnicos y otras clausulas, número 15.1 45%
2 Experiencia de los Oferentes Según lo indicado en punto 9. Requerimientos Técnicos y otras clausulas, número 15.2 35%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Según lo indicado en punto 9. Requerimientos Técnicos y otras clausulas, número 15.3 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: F.N.D.R.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones En general, el valor de la Oferta incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo o indirecto.
Tiempo del Contrato 170 Días
Plazos de pago: Por Estado de Avance
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Verónica Osorio Muñoz
e-mail de responsable de pago: veronica.osorio@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: José Fernández Dübrock
e-mail de responsable de contrato: jose.fernandez@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2238684-233
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El Contratista no podrá subcontratar en forma parcial o total las Obras, por lo que será de total responsabilidad de este en cumplir todas las obligaciones contraídas en la realización de la Obra.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Tipo de documento: Póliza de Seguro Electrónico o Boleta de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista o Vale Vista o Póliza de Seguro u Otro
Beneficiario: CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
Fecha de vencimiento: 21-10-2013
Monto: 150000 Peso Chileno
Descripción: Con el objeto de garantizar la seriedad de la oferta, junto con la propuesta, se deberá acompañar una Boleta de Garantía Bancaria o Vale a la Vista que debe ser entregado en un sobre dirigido al Director Regional de Corporación Nacional Forestal, a más tardar a las quince horas (15:00 horas) del día indicado como cierre de Ofertas en el Portal MERCADO PUBLICO, indicando la siguiente leyenda en su exterior “Contiene documento de Seriedad de la Oferta en licitación N° 1038-33-LP13”. Además deberá señalar el nombre de la empresa oferente, su dirección, teléfono, correo electrónico y nombre de contacto. El sobre que contenga el documento de Seriedad de la Oferta, deberá ser entregado en oficina de partes de La Corporación Región de Magallanes, Av. Bulnes 0309, de la Ciudad de punta Arenas; Baquedano N°847 de la Ciudad de Puerto Natales; dicha boleta debe ser a nombre de la Corporación Nacional Forestal, por un monto en moneda nacional equivalente a la cantidad de $150.000 (Ciento cincuenta mil pesos), el que tendrá una vigencia de 45 días, contados desde la fecha de cierre señalada por el Portal Mercado Público. La garantía también deberá ser presentada en formato digital (JPG), en la propuesta técnica a través del Portal MERCADO PUBLICO.
Glosa: “Para garantizar seriedad de la oferta licitación pública ID N° 1038-33-LP13 de CONAF“
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía se devolverá a los proponentes cuando se haya resuelto la propuesta. Sin embargo, el Oferente favorecido con la propuesta, se le devolverá esta garantía una vez constituida la garantía definitiva del contrato. La devolución deberá ser coordinada en el Fono 61-238684 ó al correo electrónico Alejandra.torres@conaf.cl (Secretaria Departamento de Finanzas y Administración de CONAF Punta Arenas) con copia a verónica.osorio@conaf.cl (Jefa Sección Finanzas Depto. de Finanzas y Administración de CONAF Punta Arenas).
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista u Otro
Beneficiario: SERVICIO DE GOBIERNO REGIONAL
Fecha de vencimiento: 22-05-2014
Monto: 6 %
Descripción: El Adjudicatario deberá presentar, previo a la firma del contrato, una garantía de fiel cumplimiento correspondiente a una Boleta Bancaria, a nombre del Servicio de Gobierno Regional, por una cantidad equivalente al 6 % del valor del contrato, a objeto de garantizar el cumplimento de cada una y de todas las obligaciones del contrato, dicha garantía deberá tomarse por el tiempo equivalente al plazo de ejecución del contrato, más 60 días. Al momento de la Recepción provisoria, la Corporación Nacional Forestal procederá a devolver esta garantía contra la entrega por parte del Contratista de una segunda Boleta de Garantía de Buena Ejecución de la Obra.
Glosa: “Para garantizar el total cumplimiento de la licitación pública ID N° 1038-33-LP13 y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores señaladas en el artículo 11 de la Ley N° 19.886”. En caso que el documento de garantía sea un Vale Vista, la glosa podrá ser escrita en una carta adjunta a éste.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución del documento se efectuará una vez concluido el vencimiento, es decir a los 60 (sesenta) días de terminado el contrato. La devolución deberá ser coordinada en el Fono 61-2238684 ó al correo electrónico alejandra.torres@conaf.cl (Secretaria Depto. de Finanzas y Administración de CONAF Punta Arenas) con copia a veronica.osorio@conaf.cl (Jefa Sección Finanzas Depto. de Finanzas y Administración de CONAF Punta Arenas).
    Otras Garantías
Tipo de documento: Póliza de Seguro
Beneficiario: CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
Fecha de vencimiento: 22-05-2014
Monto: 100 %
Descripción: Además de las Boletas de Garantías antes mencionadas, el Contratista deberá asegurar contra todo tipo de riesgo los trabajos ya ejecutados, mediante la contratación de una póliza de seguro progresivo. Esta póliza deberá estar vigente durante toda la fase de ejecución de la Obra.
Glosa: Seguro progresivo para obra denominada Construcción Guardería CONAF Sector Balmaceda, P.N. Bernardo O'Higgins, adjudicada en licitación pública ID 1038-33-LP13.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución del documento se efectuará una vez concluido el vencimiento.
   
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Vale Vista
Beneficiario: SERVICIO DE GOBIERNO REGIONAL
Fecha de vencimiento: 30-04-2015
Monto: 6 %
Descripción: Esta garantía caucionará la Buena Ejecución de la Obra, su estabilidad y calidad de los trabajos ejecutados, por un monto equivalente al 6 % del valor del Contrato, extendida a nombre del Servicio de Gobierno Regional. La boleta de Garantía por Buena Ejecución de la Obra, tendrá una duración de a lo menos 13 meses corridos, contados a partir de la fecha de Recepción Provisoria de la obra.
Glosa: "Para garantizar la buena ejecución de la obra adjudicada en licitación ID 1038-33-LP13, Guardería CONAF Sector Balmaceda, P.N. Bernardo O'Higgins"
Forma y oportunidad de restitución: La devolución del documento se efectuará una vez concluido el vencimiento, es decir a los 60 (sesenta) días de terminado el contrato. La devolución deberá ser coordinada en el Fono 61-2238684 ó al correo electrónico alejandra.torres@conaf.cl (Secretaria Depto. de Finanzas y Administración de CONAF Punta Arenas) con copia a veronica.osorio@conaf.cl (Jefa Sección Finanzas Depto. de Finanzas y Administración de CONAF Punta Arenas).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN PÚBLICA

OBRA:   “CONSTRUCCIÓN DE GUARDERIA SECTOR BALMACEDA, PARQUE NACIONAL BERNARDO O’HIGGINS”.

LOCALIZACIÓN DE LA OBRA:      COMUNA DE PUERTO NATALES, PROVINCIA DE ÚLTIMA ESPERANZA, REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA 































































Código BIP: 30073904 - 0

TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES

 

I.-         INTRODUCCIÓN

Las presentes Bases Administrativas, se refieren a la LICITACION PUBLICA para la ejecución de la obra denominada: “CONSTRUCCIÓN DE GUARDERÍA, SECTOR BALMACEDA PARQUE NACIONAL BERNARDO O´HIGGINS”, CÓD. BIP 30073904-0. Esta inversión es financiada con cargo al Fondo Nacional de Desarrollo Regional correspondiente al año 2013 y su publicación es a través del Portal CHILE COMPRA.

La citada obra se establece por encargo del Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena, según consta en convenio mandato suplementario de fecha 19 de abril de 2013, la cual fue aprobada por resolución T.R. (DAC) N° 45 de fecha 29 de mayo de 2013, con toma de razón por Contraloría Regional de Magallanes y de  Antártica Chilena mediante Oficio Ordinario N°1987 de fecha 24 junio 2013.

La obra será contratada a “Suma Alzada”, según el sistema de pago descrito en las presentes Bases de licitación.

II.-        UBICACION DE LA OBRA

La ubicación de la obra se encuentra en el Sector denominado Monte BALMACEDA, el cual está localizado en el Parque Nacional Bernardo O´Higgins, Comuna  de Puerto Natales, Provincia de Ultima Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena.

ACCESO AL SECTOR MONTE BALMACEDA

El Sector Monte Balmaceda, en el cual se ejecutará la obra, se localiza aproximadamente a 45 millas vía marítima, esto es unos 80 kilómetros desde la ciudad de Puerto Natales.   Su acceso es exclusivamente por vía marítima a través del Seno de última Esperanza, en una navegación aproximada de tres horas, considerando las actuales embarcaciones que realizan viajes al área.

III.-       EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA

La obra se emplazará en el área adyacente a la actual guardería existente en el lugar, cuya demarcación se encuentra determinada.

IV.-      DEFINICIONES

Además de las definiciones contempladas en el artículo 2 del Reglamento de la Ley 19.886 que forman parte integrante de las presentes Bases se Licitación, se entenderá por:

a)    Administrador de la Obra: Es el profesional del nivel solicitado por las presentes Bases de Licitación, quien representa al Contratista y es el responsable de dirigir y controlar la obra, con residencia permanente en la misma.

b)    Aumento o disminución de Obras: Es la modificación de la Obra no contemplados ni previstos en el proyecto original.

c)    Bases Administrativas: Conjunto de disposiciones sobre procedimientos administrativos y términos de regulación a los que deberá ceñirse el desarrollo del contrato y las relaciones entre el Mandatario y el Oferente, incluyendo las etapas previas y posteriores a la celebración del contrato.

d)    Calidad: Es el conjunto de propiedades y características de un producto o servicio, que le confieren la aptitud para satisfacer necesidades expresas o implícitas.

e)    Capacidad económica disponible: Es el capital de trabajo que requiere el Contratista para cumplir con el contrato.

f)     Contratista: Persona natural o jurídica que, en virtud del contrato respectivo, contrae la obligación de ejecutar una obra material.

g)    Corporación: Corporación Nacional Forestal, CONAF, organismo de derecho privado que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, de acuerdo al artículo décimo del decreto supremo número cuatro mil trescientos sesenta y tres del año 1931, del Ministerio de Tierras y Colonización, modificado por el Art. 85 de la ley número 18.768 de 1989.

h)    Dirección o Dirección Regional: Es la jefatura máxima de la Corporación Nacional Forestal en la Región de Magallanes y Antártica Chilena.

i)      Director Regional: Es la persona que desempeña el cargo de Director de la Corporación Nacional Forestal en la Región de Magallanes y Antártica Chilena.

j)      Diseño aportado por el Mandatario: Se refiere al Proyecto de Arquitectura incluidos en los antecedentes de la presente Licitación para su evaluación presupuestaria por parte de los Oferentes y posterior ejecución por quien se lo adjudique.

k)    Especificaciones Técnicas: Es el pliego de características y detalles descriptivos que deberá cumplir la Obra motivo del contrato, incluyendo normas de procedimientos técnicos; exigencia a que quedan sometidos los materiales; y las pruebas de control que deben superar las diferentes etapas del proyecto u obra a ejecutar

l)      Inspector Técnico de la Obra (ITO): Es la persona que, en representación del Director Regional de la Corporación Nacional Forestal, actúa y se relaciona administrativamente con el Contratista en todas las materias relacionadas con el contrato de ejecución de la Obra, asumiendo la responsabilidad y la obligación de fiscalizar el cumplimiento correcto y oportuno en la ejecución del proyecto.

m)  Licitación: Concurso de proponentes para cotizar la ejecución de una obra material de acuerdo a las bases de administrativas, especificaciones técnicas y planos del proyecto.

n) Mandante:  Es el Servicio de Gobierno Regional de “Magallanes y Antártica Chilena”, quien es la entidad que encomienda los trabajos, materia de la presente licitación,  poniendo a disposición del Oferente los fondos necesarios para la realización de la Obra.

o)    Mandatario/a: Es la Corporación Nacional Forestal, quién actúa como Unidad Técnica ejecutora de la Obra, teniendo la responsabilidad de controlar los aspectos técnicos de la misma, a su vez, será responsable administrativamente del proceso de la licitación.

p)    Obras nuevas o extraordinarias: Son aquellas Obras que se incorporan o agregan al proyecto, pero cuyas características son diferentes a las especificadas o contenidas en los antecedentes que sirven de base al contrato.

q)    Oferente: Persona natural o jurídica que, en consideración a los antecedentes publicados, presenta propuesta a objeto postular en el concurso con la finalidad de ejecutar la Obra materia de la presente licitación pública. 

r)     Presupuesto Oficial: Es el monto en dinero que se establece para la ejecución de la Obra.

s)    Propuesta u Oferta: Corresponde a la cotización ofrecida por el proponente según su análisis o estudio particular, en base a los antecedentes suministrados en la presente licitación.

t)     Programa de trabajo: Es la ordenación cronológica, dentro del plazo del contrato, del desarrollo de las diversas etapas o partidas que comprenden la obra, de tal manera que su ejecución sea en forma simultánea o sucesiva.

u)    Proyecto: Es el conjunto que comprende las Bases administrativas; especificaciones técnicas; planos generales y de detalles; presupuestos y/o cantidades de obras que entrega el Mandatario, elaborados por este o por terceros para ejecutar la obra.

v)    Suma alzada: Es el precio fijo establecido según lo convenido entre el Contratista y el Mandante por la realización de la obra.

w)   Unidad Tributaria: Se entiende por tal al monto de dinero determinado por ley vigente a la fecha de suscripción del respectivo contrato.

x)    Unidad de Fomento: Corresponde a la Unidad financiera reajustable, con la cual se actualizan los valores monetarios.

y)    Unidad Técnica: Es la Corporación Nacional Forestal, a quien le corresponde efectuar el control técnico y administrativo del desarrollo de la Obra y sus diferentes etapas de ejecución.

 

 

V.-       PROPUESTA U OFERTA:

5.1.-  La propuesta u oferta deberá presentarse EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar el día de cierre que indique la publicación en el portal.   El o los precios de la oferta deberán ser entregados en moneda nacional, sin reajustes de ninguna especie y se ajustará a la modalidad de Suma Alzada. La oferta debe ser ingresada en valores netos. En caso de no indicarlo, se asumirá que la oferta es en valores netos.

 

El Oferente deberá indicar si es contribuyente de primera o segunda categoría.

 

5.2.-     La cotización u oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 45 días corridos, a contar desde la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.

 

 

VI.-      PLAZO:

            El plazo máximo para la ejecución de la Obra y sus requisitos serán el indicado por el Contratista en su Oferta Técnica, el que no podrá ser superior a 170 días corridos.  Este plazo, se contará a partir del décimo día desde la fecha señalada en el contrato.   El plazo que se estipule en el contrato se entenderá en días corridos.

 

 

VII.-     PRESUPUESTO OFICIAL DE LA OBRA:

7.1.-     Para la realización de la Obra y sus requisitos descritos en la presente Bases de Licitación, se cuenta con un presupuesto disponible de $ 165.934.000.- (Ciento sesenta y cinco millones novecientos treinta y cuatro mil pesos chilenos), INCLUIDO IMPUESTOS.

 

7.2.-     En general, el valor de la Oferta incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo o indirecto.

 

 

VIII.-    PARTICIPANTES:

8.1.-     Podrán participar en la Propuesta Pública:

a) Toda persona natural o jurídica que realiza obras de construcción del tipo edificaciones.

b) Quienes se encuentren en el Registro del Portal www.mercadopublico.cl y además estén inscritos en el Registro de proveedores de la misma página  WEB, cuyo registro se encuentre vigente y su estado sea Hábil.

c) Todos quienes cuenten con la patente Municipal vigente de cualquier comuna de Chile.

d) Quienes estén inscritos en algún registro de entidades como Obras Públicas, Minvu o Municipalidades.

 

8.2.-     No podrán Participar:

-          Personas naturales o jurídicas a quienes el Servicio de Gobierno Regional haya liquidado uno o más contratos por concepto de mala ejecución de trabajos anteriores o haya dejado obras inconclusas; por haber incurrido en abandono de las obras; por no haber dado cumplimiento a lo estipulado en los antecedentes que hayan regulado dichos contratos.

-          Sociedades de Personas naturales o jurídicas que incluyan entre sus miembros a personas o empresas que hayan incurrido en alguna de las faltas precedentemente detalladas.

-          Personas Naturales o Jurídicas que tuvieren juicios pendientes con la Corporación Nacional Forestal o con el Servicio de Gobierno Regional, ya sea como demandantes o como demandados, haciéndose extensiva esta limitación a los socios que integren estas últimas.

-          Personas Naturales o Jurídicas que tuvieren deudas de Derechos e impuestos Municipales, Deuda Previsional, haciéndose extensiva esta limitación a socios que integren estas últimas.

 

 

IX.-      VISITA DE TERRENO

            Aun cuando la visita de terreno no está contemplada como una obligatoriedad para los Oferentes, es muy importante que los interesados conozcan el sitio y sus condiciones de accesibilidad, para lo cual deberán procurar por su propia cuenta.

 

            Para acceder al sitio o lugar en que se emplazará la obra, existen servicios particulares de embarcaciones que salen desde la ciudad de Puerto Natales con destino al sector Balmaceda.

 

 

X.-       DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN:

La licitación y el Contrato a que se refieren las presentes Bases Administrativas, se regirán y estarán compuestas por:

 

-          Las presentes Bases Administrativas de Licitación Pública.

-          Especificaciones Técnicas de la Obra.

-          Aclaraciones, si las hubiere.

-          Diseño aportado por el Mandatario, Proyecto de Arquitectura y Especificaciones Técnicas incluidos en él y que se adjuntan a las presentes Bases de Licitación.

-          Reglamento especial para empresas Contratistas y Sub-Contratistas de seguridad y salud en el trabajo de la Corporación Nacional Forestal.

-          Reglamentos, normas, leyes y ordenanzas relativas a la Obra que se licita.

 

Además de lo siguiente:

-          La oferta deberá considerar el ingreso del proyecto de Arquitectura a la D.O.M (Dirección de Obras Municipales) de Puerto Natales, con el fin de obtener el Permiso de Edificación correspondiente.

-          El calculo estructural de la edificación, será considerado por el Oferente como parte de su propuesta.

-          El diseño de las especialidades también será considerado por el Oferente, en su oferta Técnico Económica (Se refiere a los proyectos de Alcantarillado, agua potable, electricidad, calefacción y gas).

 

 

XI.-      CONSULTAS Y ACLARACIONES:

11.1.-   Las consultas, aclaraciones o rectificaciones referidas a los aspectos administrativos y técnicos, serán a través del Foro de Preguntas del Portal Mercado Público, en los plazos establecidos en el mismo.

 

11.2.-   Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta.   En cuyo caso, las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal MERCADO PÚBLICO.

 

11.3.-   Las fechas relevantes de este proceso de licitación, serán aquellas que determine el sistema de Compras públicas de acuerdo a la normativa estipulada en la ley 19.886.-

TITULO II: DEL PROCESO DE LICITACIÓN

TITULO II

DEL PROCESO DE LICITACIÓN

 

XII. -    ANTECEDENTES DE LA LICITACION

El o los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes del proyecto que se pretende ejecutar, teniendo en consideración lo siguiente:

12.1.-   Si durante el estudio de los antecedentes, el Oferente estima que existen dudas, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal MERCADO PUBLICO.

12.2.- La Unidad Técnica, SOLO proporcionará al interesado la cantidad de partidas de las Obras requeridas.

12.3.-   Las aclaraciones y/o rectificaciones que la Unidad Técnica hiciere a las consultas de uno o más interesados, serán enviadas a través del Portal MERCADO PUBLICO y se responderán en forma conjunta al término del plazo que se fije para tal fin.

12.4.-   Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta.    En cuyo caso, las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal MERCADO PUBLICO.

 

XIII. –  PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

13.1.    Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentadas a través del portal del MERCADO PUBLICO.

13.2.    Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las Bases de licitación, Planos, Especificaciones Técnicas y otros antecedentes que forman parte del proceso de la licitación.

13.3.    Por el solo hecho de presentarse a la propuesta se entiende que él Oferente ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, entiéndase las Bases de Licitación, Planos, Especificaciones Técnicas, aclaraciones y presupuesto.  También haber visitado el terreno, conociendo las características topográficas del lugar y todas aquellas condiciones que incidan directamente en la ejecución de las obras, habiendo verificado las condiciones de abastecimiento de materiales; de la vialidad o accesibilidad de la zona y estar conforme con las condiciones generales del proyecto.

13.4.-   La Oferta Económica se presentará a través del Portal MERCADO PUBLICO como valor Neto en pesos (moneda nacional), sin incluir impuesto.

13.5.-   La Oferta Técnica y/o antecedentes se presentarán a través del Portal MERCADO PUBLICO en archivos digitales del tipo planillas con formato Excel; Word; JPG o PDF.

 

13.6.-  El Oferente deberá incluir los siguientes antecedentes, que se entenderán como parte de la licitación:

13.6.1.-  Identificación completa del Oferente y su Representante Legal.  En caso de ser persona jurídica, debe acompañar  copia de la escritura de constitución, con las anotaciones e inscripciones que corresponda.

13.6.2.-  Boleta de Garantía Bancaria o Vale Vista por un valor de $ 150.000 (ciento cincuenta mil pesos chilenos) a favor de la Corporación Nacional Forestal, que avale la seriedad de la Oferta, con una validez mínima de 45 días a contar de la fecha de cierre dictada por el Portal MERCADO PUBLICO.

13.6.3.-  Declaración Jurada Simple, en que se manifieste conocer el terreno y aceptar los términos contenidos en las Bases Administrativas, Aclaraciones, Planos, Especificaciones Técnicas, Anexos y antecedentes en general que forman parte de la presente Propuesta.

 

13.6.4.-  Copia legalizada de la Patente Municipal al día, Segundo semestre del año 2013, de cualquier Comuna de Chile.























13.6.5.-  Declaración jurada simple acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco." (Anexo 2) Nota: completar e Ingresar vía portal MercadoPúblico.

13.6.6.-  Programa general de trabajo consignado en una carta Gantt y que incluya todas las partidas descritas en las Especificaciones Técnicas, la carta Gantt deberá considerar planificación semanal.

13.6.7.-  Acreditación de la experiencia en obras de construcción de edificaciones ejecutadas o en ejecución durante los últimos tres (3) años, mediante certificados o constancias emitidas por entidades o particulares.

13.6.8.-  Nómina de profesionales y técnicos debidamente acreditados con sus títulos que participarán directamente en la ejecución de la Obra, en el desarrollo de los proyectos de especialidades y en la tramitación del expediente del proyecto ante la Dirección de Obras Municipales de Puerto Natales, para la obtención del Permiso de Edificación.

13.6.9.-  Presupuesto Detallado por partidas de la Obra y de los servicios anexos.

13.6.10.-  Programación Financiera indicando cantidad de Estados de Pagos.

13.6.11.-  Certificados de la Inspección del Trabajo, en el cual señale que el Oferente no presenta deudas previsionales ni juicios laborales pendientes, cuya emisión no debe exceder de los 30 días anteriores a la fecha de presentación para efecto de la presente licitación.

13.6.12.-  Certificado de registro de alguna entidad como Obras Públicas, Minvu o Municipalidad en que se encuentre inscrito como Contratista.

 

La omisión de cualquiera de los antecedentes exigidos por las presentes Bases de Licitación, así como también en caso de detectarse inexactitudes o falsedades en la información entregada por el Oferente, será causal suficiente para el rechazo de la Oferta, sin más trámite y expresión de causa.

 

XIV. –  APERTURA DE LAS OFERTAS

            Las Ofertas económicas se abrirán en el mismo Portal de MERCADO PUBLICO, una vez cerrado el proceso de aceptación de propuestas; de todo lo cual se levantará un Acta de Apertura Electrónica.

 

 

XV. –   CRITERIOS Y PONDERACIÓN EN LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Para la evaluación de las ofertas recibidas se constituirá una comisión de evaluación, la cúal estará integrada por funcionarios del Departamento de Áreas Silvestres Protegidas, de la Unidad de Estudios y Ambiente y funcionarios del Departamento de Finanzas y Administración.

Para la evaluación de las ofertas recibidas, se considerarán como condiciones relevantes para la adjudicación del contrato los criterios y ponderaciones que a continuación se señalan:

 

 

15.1.-   Precio ofertado: (Tendrá una ponderación del 45 %).

            La evaluación en este factor, se considerará la oferta económica como valor global incluidos impuestos, y se efectuará bajo las siguientes consideraciones:

 

-          La propuesta que esté entre -5,01 % y el valor oficial (100%), tendrá un puntaje entre 8 y 10.

-          La propuesta que esté entre el -10 % y -5 % con respecto del valor oficial, tendrá un puntaje entre 5 y 7,99.

-          La propuesta que esté entre el valor oficial (100 %) y +10 %, tendrá un puntaje entre 1 y 4,99.

-          La propuesta que sea inferior al -10 % y superior en +10 % del presupuesto oficial, tendrá cero (0) puntos.

La propuesta con valores intermedios de cada escala, le será asignado el puntaje según la proporción matemática de cada tramo, entendiéndose que el mejor puntaje corresponde al 10 y así sucesivamente hacia abajo.

 

15.2.-   Experiencia del Oferente: (Tendrá una ponderación del 35 %).

Para la evaluación de la experiencia en construcción de edificaciones, se consideran aquellas obras de similares características a las señaladas en el proyecto relacionado con la presente licitación, y que se hayan ejecutados durante los últimos tres (3) años por el Oferente, no aceptándose obras de remodelaciones ni mejoramientos.  Todo lo cual deberá estar debidamente acreditado con certificados o constancias emitidas por entidades o particulares.

 

La experiencia será medida considerando la superficie de edificación construida por el Oferente y se medirá en “Metros Cuadrados”, cuya puntuación se obtendrá de la siguiente forma:

 

-      La propuesta que presente la mayor experiencia en construcción de edificaciones (obtendrá 10 puntos).

-          La propuesta que presente la menor experiencia en construcción de edificaciones (obtendrá 1 punto).

-          La propuesta que no presente experiencia en construcción de edificaciones (obtendrá cero puntos).

 

15.3.      Calidad técnica de los bienes o servicios (Capacidad Técnica del Oferente): (Tendrá una ponderación del 20 %).

La capacidad técnica será evaluada en base a la experiencia del equipo de trabajo, mediante la acreditación de los profesionales y personal especializado con no menos de cinco años de labor cumplida, cuya puntuación será la siguiente:

 

-            La propuesta que presente el equipo de trabajo mejor calificado

(Obtendrá 10 puntos).

-            La propuesta que presente el equipo de trabajo menos calificado

(Obtendrá 1 punto).

-            La propuesta que no presente el equipo de trabajo

(Obtendrá cero puntos).

 

La propuesta con valores intermedios, le será asignado el puntaje según la proporción matemática del tramo, entendiéndose que el mejor puntaje corresponde al 10 y así sucesivamente hacia abajo.

 

La calificación del equipo de trabajo, debe estar debidamente acreditado como se menciona en punto 12.5.- de las presentes Bases de licitación, y que se exigirá al Contratista la participación y responsabilidad en la ejecución de la obra.

 

15.4.-   Selección de la propuesta

El puntaje final de las ofertas, según sus factores y ponderación, será de acuerdo a lo siguiente:

 

Puntaje Final   =       ∑ (Puntaje Parcial * Ponderación)

 

Es decir:

Puntaje Final    =     0,45 * PO + 0,35 * EO + 0,20 * CT

 

 

Factor                                     Símbolo          Ponderación

Precio Ofertado                     (PO)                0,45

Experiencia del Oferente       (EO)                0,35

Capacidad Técnica                (CT)                0,20

 

Según el resultado, la adjudicación de la obra será para quien obtenga el mayor puntaje final de los factores ponderados.

 

En caso de producirse un empate en el puntaje final, este se discriminará en base al mayor puntaje obtenido en el factor precio; si aún persistiera la igualdad numérica, se compararán los puntajes de la experiencia y así sucesivamente con los otros factores hasta lograr definir al Oferente que se adjudique la ejecución de la obra.

 

 

XVI. –  GARANTIAS Y SEGURO

16.1.-   Garantia por seriedad de la oferta: Con el objeto de garantizar la seriedad de la oferta, junto con la propuesta, se deberá acompañar una Boleta de Garantía Bancaria o Vale a la Vista que debe ser entregado con una carta dirigida al Director Regional de Corporación Nacional Forestal, a más tardar a las quince horas  (15:00 horas) del día indicado como cierre de Ofertas en el Portal CHILE COMPRA, debiendo quedar registrado en la oficina de partes; dicha boleta debe ser a nombre de la Corporación Nacional Forestal, por un monto en moneda nacional equivalente a la cantidad de $150.000 (Ciento cincuenta mil pesos), el que tendrá una vigencia de 45 días, contados desde la fecha de cierre señalada por el Portal Mercado Público.

 

Esta garantía se devolverá a los proponentes cuando se haya resuelto la propuesta.   Sin embargo, el Oferente favorecido con la propuesta, se le devolverá esta garantía una vez constituida la garantía definitiva del contrato.

 

La garantía también deberá ser presentada en formato digital (JPG), en la propuesta técnica a través del Portal MERCADO PUBLICO.

 

16.2.-   Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato: El Adjudicatario deberá presentar, previo a la firma del contrato, una garantía de fiel cumplimiento correspondiente a una Boleta Bancaria, a nombre del Servicio de Gobierno Regional, por una cantidad equivalente al 6 % del valor del contrato, a objeto de garantizar el cumplimento de cada una y de todas las obligaciones del contrato, dicha garantía deberá tomarse por el tiempo equivalente al plazo de ejecución del contrato, más 60 días.

 

Al momento de la Recepción provisoria, la Corporación Nacional Forestal procederá a devolver esta garantía contra la entrega por parte del Contratista de una segunda Boleta de Garantía de Buena Ejecución de la Obra.

 

16.3.-   Garantía por Buena Ejecución de la Obra: Esta garantía caucionará la Buena Ejecución de la Obra, su estabilidad y calidad de los trabajos ejecutados, por un monto equivalente al 6 % del valor del Contrato, extendida a nombre del Servicio de Gobierno Regional.

 

La boleta de Garantía por Buena Ejecución de la Obra, tendrá una duración de a lo menos 13 meses corridos, contados a partir de la fecha de Recepción Provisoria de la obra.

 

16.4.-   Seguro: Además de las Boletas de Garantías antes mencionadas, el Contratista deberá asegurar contra todo tipo de riesgo los trabajos ya ejecutados, mediante la contratación de una póliza de seguro progresivo.  Esta póliza deberá estar vigente durante toda la fase de ejecución de la Obra.

 

 

XVII. – ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

17.1.-   La entidad Mandataria (Unidad Técnica), luego de la evaluación de las propuestas, remitirá junto al “Informe Técnico de análisis y adjudicación”, una copia de los antecedentes de cada Oferente al Mandante (Servicio de Gobierno Regional); quien, previa verificación de los documentos, se pronunciará respecto a la autorización de la adjudicación correspondiente.

 

17.2.-   La adjudicación de la Propuesta se efectuará por Resolución Exenta, una vez recibida la autorización para contratar, por parte del Mandante, se comunicará por escrito la correspondiente determinación a cada uno de los Oferentes que se presentaron a la propuesta, sin considerar indemnización alguna para aquellos Oferentes no favorecidos.

 

El Mandatario podrá desechar todas las propuestas o aceptar cualquiera de ellas, aunque no se trate de la oferta económica más baja, informándose oportunamente a los Oferentes.

 

17.3.      Desde el momento en que se efectúa la apertura de las ofertas, el Oferente queda obligado a mantener el presupuesto presentado durante los 45 días siguientes a la fecha de la apertura.

 

Si transcurrido dicho plazo, no se adjudicare la propuesta, el Oferente quedará liberado de todo compromiso.

TITULO III: DEL CONTRATO

TITULO III

DEL CONTRATO

 

XVIII.-  DE LAS PARTES:

Las partes que concurrirán en la celebración del contrato serán:

 

18.1.-   El Oferente, quien una vez aceptada su oferta ejecutará la Obra y sus requisitos, materia de la presente licitación, hasta su total finiquito, de acuerdo con los términos expresados en estas Bases de Licitación, Especificaciones Técnicas, Planos del proyecto, Oferta y todo antecedente y documentos pertinentes de la licitación.

 

18.2.-   La Mandataria, quien una vez efectuada la Licitación Pública a través del Portal MERCADO PUBLICO, recepcionará los antecedentes materia de la presente licitación, analizará las propuestas, adjudicará la obra a quien haya sido seleccionado y elaborará el contrato de ejecución de la obra, remitiendo los mismos al Mandante, para su debida tramitación y pago del servicio entregado por el Contratista.

 

 

XIX.-   ANTECEDENTES DEL CONTRATO

19.1.-   El Oferente adjudicatario, deberá suscribir el contrato con la entidad Mandataria, vale decir, la Corporación Nacional Forestal, dentro de los 25 días hábiles siguientes a la fecha, en que por escrito, se le notifique la adjudicación.

 

19.2.-   Hasta el momento de la firma del Contrato y sin derecho a reclamo ni a indemnización por parte del Adjudicatario, la Corporación Nacional Forestal podrá dejar sin efecto la aprobación de la oferta y la adjudicación, en el caso de que se produjeren hechos o situaciones que imposibilitaren la ejecución de la Obra.

 

19.3.-   El contrato de Ejecución de Obra será firmado por el Director Regional de la Corporación Nacional Forestal y el Contratista, debidamente protocolizado ante Notario Público; y deberá hacer mención a la Resolución de Adjudicación del Contrato con arreglo a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Planos, Presupuesto, y todo lo relacionado al proyecto.

 

19.4.-   Una vez suscrito el contrato de ejecución de Obra, la Corporación Nacional Forestal entregará, sin cargo al Contratista, los Planos, Especificaciones y demás antecedentes del proyecto en formato digital, así como también los Planos de arquitectura y Especificaciones Técnicas, los cuales serán entregados al Contratista en dos copias, con la finalidad de ser presentados para su tramitación municipal.

 

19.5.-   Si el Contratista favorecido, previamente requerido para ello, no firmare el Contrato dentro del plazo que la Corporación le fije, se pondrá término anticipado administrativamente al contrato mediante la dictación de una resolución que deje sin efecto la resolución de adjudicación.  Dada esta situación, la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, hará efectiva la garantía de seriedad que hubiere entregado junto con su propuesta.

 

 

XX.-     SUBCONTRATOS

El Contratista no podrá subcontratar en forma parcial o total las Obras, por lo que será de total responsabilidad de este en cumplir todas las obligaciones contraídas en la realización de la Obra.

 

 

XXI.-    MODIFICACIONES DE OBRAS

En caso de producirse alguna modificación de Obra y que implique un aumento en el valor de la misma, esta será debidamente justificada por el Mandatario y cuyos antecedentes serán remitidos al Servicio de Gobierno Regional “Magallanes y Antártica Chilena”, para su análisis y aprobación.

 

 

XXII.-   TÉRMINO DEL CONTRATO

El Contrato terminará por las siguientes causales:

 

a)  Vencimiento de plazo acordado por las partes.

b)  En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviniente.

c)  Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del contratista.

d)  Por mutuo acuerdo de las partes.

e)  Por incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones emanadas del contrato.  Se considerarán para estos efectos incumplimientos graves las siguientes:

 

e.1)      Atrasos y demoras no autorizadas en la realización de las Obras materias del presente contrato.

e.2)      No pago íntegro y oportuno de las remuneraciones; pagos de imposiciones y cotizaciones previsionales a los trabajadores del Contratista.

e.3)      Mala ejecución de las Obras verificadas directamente por CONAF. 

e.4)      Incumplimiento reiterado y no justificado de las obligaciones que forman parte de las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y de todos aquellos documentos que forman parte integrante del contrato.

e.5)      La no constitución oportuna ni la existencia, entrega y/o mantención continua de la vigencia de las garantías señaladas en las presente Bases de Licitación.

e.6)      No constitución oportuna ni mantención del seguro de la Obra.

e.7)      Infracción reiterada a las instrucciones dadas en el libro de Obras.

e.8)      Incumplimiento de otras obligaciones esenciales, calificadas como tales al momento de suscribir el respectivo contrato, como asimismo en los demás documentos que las partes tienen como integrante del mismo.

 

 

XXIII.-  JURISDICCIÓN APLICABLE

Ante cualquier divergencia que surja entre las partes contratantes y que se relacionen con la ejecución de la Obra, esta será resuelta en primera instancia entre las partes tratando de buscar la solución a cualquier conflicto que pueda originarse, de no ser posible un acuerdo, en  segunda instancia se recurrirá  a  los tribunales de Justicia Ordinaria; al cual, desde ya se someten las partes, estableciendo como domicilio la ciudad de Punta Arenas.

TITULO IV: DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

TITULO IV

DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

 

XXIV.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

24.1.-   El Contratista  deberá dar cumplimiento a lo siguiente:

 

a.-   Elaborar el expediente y tramitar la obtención del Permiso de Edificación ante la DOM (Dirección de Obras Municipales) de Puerto Natales, con el respectivo informe del Revisor Independiente de Arquitectura y Cálculo (según corresponda), y posteriormente obtener el Certificado de Recepción Municipal de la Obra.

b.-   Realizar el cálculo estructural de la edificación y el diseño de los proyectos de Alcantarillado, agua potable, electricidad, calefacción y gas.

c.- Ejecutar todos los trabajos consultados en los antecedentes de su Propuesta adjudicada y lo señalados en las Bases de licitación.

 

24.2.-   El Contratista debe dirigir los trabajos personalmente o a través de un profesional competente por él designado, de manera que el avance y la calidad de la Obra esté de acuerdo con el programa y los antecedentes técnicos del proyecto.   Por lo que, la Dirección Regional de la CONAF, exigirá que el Contratista mantenga un profesional idóneo con experiencia mínima de cinco años en construcción, pudiendo ser Arquitecto, Ingeniero Constructor o Constructor Civil, quien deberá permanecer como Administrador - Técnico residente a cargo de la Obra.

 

La ausencia del profesional residente a cargo de la obra, durante la ejecución de la misma por más de tres días continuos, será causal de multa equivalente a tres Unidad de Fomento (3,0 UF) diaria y se contará a partir del primer día de ausencia, lo cual será descontado del primer estado de pago y que, de persistir la ausencia del profesional por más de cuatro días en faena, la multa ascenderá al doble por cada día.

 

24.3.-   El Contratista o la persona a cargo de la Obra  estará obligado en acompañar al o los funcionarios de la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL que visiten o inspeccionen la Obra, suministrando instrumentos, herramientas u otros medios que permitan a estos funcionarios hacer una revisión prolija de las Obras en construcción, y asimismo, presentar los documentos que guarden relación con el contrato.

 

24.4.-   Es obligación del Contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y su no cumplimiento será sancionado con una multa de una a tres UTM, con cargo a las garantías o retenciones del contrato y su aplicación,

 

24.5.-   El Contratista está obligado a proporcionar a los trabajadores que laboren en la Obra, campamentos que los protejan satisfactoriamente de lluvias, viento y humedad, y que cumplan con las exigencias de salubridad exigidas por la autoridad competente.

 

24.6-    Adicionalmente y dado que ésta Obra se realizará al interior de un Área Silvestre Protegida del Estado, el Contratista deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental vigente, en especial lo contenido en la Declaración de Impacto Ambiental y su resolución aprobada para el proyecto, la cual  será entregada por él Mandatario.

 

24.7.-   Los funcionarios autorizados para formular Estados de Pago correspondientes a contratos de ejecución de Obras, quedan facultados para no darles curso cuando el Contratista no acredita el pago oportuno de los sueldos, salarios e imposiciones de previsión del personal empleados en dichas faenas o trabajos, o bien, para ordenar retener de dichos Estados de Pago las cantidades adeudadas por tales conceptos, los que serán pagados a cuenta del Contratista a las personas o instituciones que corresponda.

 

24.8.- Será obligación del Contratista asegurar a su costa el tránsito de las vías públicas que haya necesidad de desviar o modificar a causa de los trabajos en ejecución, y serán de su cargo exclusivo los perjuicios que originen a terceros.

 

24.9.- El Contratista asumirá todos los riesgos e imponderables en la ejecución de la obra y que signifiquen mayores costos, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia.

 

24.10.- Serán de cuenta del Contratista la provisión de la maquinaria y las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas, almacenes y depósitos de materiales; la construcción de andamios; de pasarelas, caminos o senderos de servicio; la conservación y reposición de los estacados y en general, todos los gastos que origine la Obra.

 

24.11.- Será obligación del Contratista presentar al inicio de la obra una lista de los empleados o trabajadores involucrados con la misma, cuya lista debe contener el nombre completo; cédula de identidad; dirección; profesión, oficio o especialidad; tipo y duración del contrato de cada trabajador.   Esta información deberá ser actualizada toda vez que haya alguna incorporación o desvinculación de trabajadores.

 

Además, debe mantener en Obra copia de todos los contratos de trabajo, así como también todos los trabajadores deberán portar su cédula de identidad.

 

24.12.- El Contratista queda obligado a dar cumplimiento a las Leyes laborales; de seguridad y de salud del trabajo según se establecen en las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que le imponga el Inspector de la Obra.   Además de lo anterior, responderá al fiel cumplimiento de las disposiciones del código del trabajo, leyes sociales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

 

24.13.- El Contratista es el único responsable de la Obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.

 

24.14.- El Contratista será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que se causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores.

 

24.15.- El Contratista deberá proteger contra la acción de factores climáticos, transporte y otros, el material que por dicha acciones pueda resultar dañado o afectado.

 

24.16.- Para la ejecución de esta Obra, deberán considerarse los materiales de la mejor calidad y cumplir con las condiciones exigidas en las Especificaciones Técnicas, Planos y Bases de Licitación.

 

24.17.- El Contratista no puede hacer por iniciativa propia cambio alguno de las Bases Administrativas, Planos y Especificaciones Técnicas que sirvan de base al contrato, y si lo hiciere, deberá reconstruir las Obras sin cargo para la CORPORACIÓN, o reemplazar por su propia cuenta y costas los materiales que a juicio de la Inspección Técnica se aparten de las condiciones del contrato.

 

24.18.- Confeccionar e instalar un letrero de identificación de la obra, cuyo formato de presentación y dimensiones serán entregados por el Mandante.   La localización de este letrero será dada por la Inspección Técnica de la Obra.

 

 

XXV.- LIBRO DE OBRAS

El Contratista deberá adquirir y mantener en el lugar de la construcción, en forma permanente y actualizado, un “Libro de obras” foliado y en triplicado, en el que se consignarán debidamente firmado y fechadas las observaciones y/o novedades de su ejecución por parte del profesional a cargo de la obra, y las instrucciones que imparta el Inspector Técnico de la Obra sobre el desarrollo de la misma.

 

El libro de Obras quedara bajo la custodia del Contratista, quien será el responsable de su extravío, enmendaduras, destrozos o adulteraciones que contengan.    Asimismo, será obligación del Contratista mantener dicho Libro en un sitio adecuado para efectos de anotaciones oportunas de órdenes que sean impartidas o efectuadas por los profesionales del Proyecto y el inspector de la Obra, este último retirará la hoja original de cada página después de cada visita efectuada a la Obra.  El Libro de la Obra quedará en poder de Corporación Nacional Forestal al Término de la misma.

 

 

XXVI.- ENTREGA DE TERRENO E INICIO DE FAENAS

26.1.-   La entrega del terreno se efectuará dentro de los próximos diez (10) días, de la fecha fijada en el contrato de ejecución de Obra, no considera la fecha de firma ante Notario Público.

 

Si el Contratista o su representante no concurrieran el día fijado para la entrega del trazado de la Obra, el Mandante fijará el décimo día como fecha de inicio de obra, el cual quedará consignado en el libro de obras y en un acta que será firmada por el Contratista o su representante y el Inspector Técnico de la Obra.

 

26.2.- El Contratista debe iniciar los trabajos inmediatamente después de la entrega del terreno y proseguirlos de acuerdo con el programa de trabajo aprobado por la Corporación.  El Contratista no podrá destinar el sitio entregado, ni siquiera en parte, a fines distintos de los que señale el respectivo contrato ni tampoco podrá extraer material, hacer pozos o depositar material ajeno a la construcción.

 

26.3.-   La demora por más de cinco días corridos en la iniciación de los trabajos, o ante cualquier interrupción en los cursos de ellos que duren otro tanto y que no haya sido causado por fuerza mayor o justificada plenamente ante el Inspector Técnico de la Obra, dará derecho a la CORPORACIÓN para poner termino anticipado al contrato.

 

XXVII.-            SITUACIÓN ACTUAL DEL SITIO EN QUE SE EMPLAZARÁ LA OBRA

27.1.-   Cabe señalar que la obra de la presente licitación había sido adjudicada su construcción en el mes de Marzo del año 2012, a una empresa Contratista que no dio cumplimiento a los antecedentes técnicos solicitados por bases, siendo necesario la paralización de los trabajos ejecutados, en consideración a los errores constructivos y de material no descritos en las Especificaciones Técnicas del proyecto.

 

27.2.-   Dado que en el sitio actual en que quedará la obra, se encuentra con parte de la estructura de fundación construida (Ver fotos en anexo “Rectificación EETT”), se deberá realizar el desarme y retiro de todo lo construido, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en las Especificaciones Técnicas.  El material que se obtenga del desarme será depositado y ordenado en un lugar aledaño a la obra, el cual será señalado por la Inspección Técnica de la misma, ya que este material pertenece a la Corporación Nacional Forestal.  Todo el material retirado será debidamente inventariado.

27.3.-   Dentro del mismo sitio en que se encuentra la obra existe una cantidad de material depositado que corresponde a perfiles de acero y paneles de piso pre armados, los cuales pertenecen a la empresa que había iniciado la obra con anterioridad.

 

 

TITULO V: DE LA SUSPENSIÓN Y REANUDACIÓN DE FAENAS

TITULO V

DE LA SUSPENSIÓN Y REANUDACIÓN DE FAENAS

 

XXVIII.- SUSPENSIÓN DE FAENAS:

28.1.- Cuando existan razones de orden técnico y que aconsejen paralizar o suspender temporalmente la ejecución de las Obras, las partes contratantes concordarán previamente la paralización o suspensión siempre y cuando estos no implique un incremento del presupuesto asignado.  La Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal podrá autorizar la paralización o suspensión del mismo, hasta una fecha en que técnicamente sea aconsejable su prosecución.  Para avalar lo anterior, la Inspección Técnica de la Obra deberá emitir un Informe Técnico estableciendo las razones por las cuales deba paralizarse temporalmente las Obras.

 

En todo caso, se debe precisar que el tiempo máximo de suspensión será de 30 días corridos, el cual puede ser prorrogado siempre que se mantengan las condiciones que originan la suspensión, previo informe técnico de la Inspección Técnica de la Obra, lo cual debe quedar claramente reflejado en el respectivo libro de Obras.

 

28.2.- Considerando las condiciones climáticas adversas que existen en la Región de Magallanes, en las estaciones de otoño e invierno especialmente, se considera como una medida excepcional la posibilidad de suspender las faenas constructivas, considerando que estas se desarrollan al aire libre, con escasa protección  y velando  por una correcta calidad constructiva en la ejecución de la Obra, podría contemplarse la suspensión de las faenas por un tiempo debidamente acotado, para lo cual debe existir pleno acuerdo entre las partes y previo un informe técnico pormenorizado de parte de la Inspección Técnica de la Obra.

 

            En todo caso, cualquier suspensión debe ser autorizada por la Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal.

 

En el  Informe que se evacue, se debe precisar las razones técnicas que avalen la suspensión de faenas y el tiempo máximo que ello demandará.   En este documento se debe señalar el día  de inicio de la suspensión y la fecha máxima de reanudación.

 

Los días que involucre la suspensión de las faenas, como es obvio, no se imputará en los tiempos determinados en el respectivo contrato.

 

Los días que correspondan a la suspensión de faenas, no se consideran como aumento de plazo y por lo tanto no significa en ningún caso un pago extraordinario por parte del Mandatario.

 

 

XXIX.- REANUDACIÓN DE FAENAS:

Concluidos los factores que originen la suspensión o haber terminado el plazo acordado y autorizado, el Contratista debe reanudar las actividades, para lo cual se debe registrar en el libro de Obra, y la Inspección Técnica de la Obra debe certificar la reanudación mediante un documento escrito debidamente firmado por el Contratista.

TITULO VI: DEL PAGO, INSPECCIÓN Y REPECPCIÓN DE LA OBRA

TITULO VI

DEL PAGO, INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN DE LA OBRA

 

XXX.- INSPECCIÓN TECNICA DE LA OBRA (ITO)

30.1.-   Cumplidos todos los trámites que le den vigencia legal al Contrato, se dará inicio al plazo contractual de la Obra, mediante Acta de Entrega de Terreno, suscrita por el Contratista y la Inspección Técnica de la Obra. (Para dar inicio a las partidas correspondientes a la ejecución de Obra Gruesa, se deberá contar con a lo menos del ingreso del expediente a la D.O.M (Dirección de Obras Municipales) para la obtención del Permiso de edificación correspondiente.

 

30.2.-   La Corporación Nacional Forestal será representada ante el Contratista por la Inspección Técnica de la Obra, quien deberá, entre otras funciones, inspeccionar y llevar el registro de los avances y observaciones que le merezca lo ejecutado, en el Libro de Obra respectivo.

 

30.3.-   La Corporación Nacional Forestal designará a un profesional para inspeccionar y controlar las Obras, quien deberá dejar escrito en el libro de Obras la inspección efectuada en las faenas.    No obstante lo anterior, la Corporación Nacional Forestal podrá contratar a un profesional externo a la Institución, para desempeñar la función de Inspector Técnico de la Obra.

 

30.4.    La inspección citada en el punto precedente no libera al Contratista de ninguna de las obligaciones de responsabilidad que le son propias, y la inspección no constituirá en caso alguno, aprobación parcial o total de la Obra.

 

30.5.-   La inspección Técnica de la Obra (ITO), no tendrá atribuciones para autorizar cambios u ordenar modificaciones de carácter constructivo a la Obra, sino para informar las situaciones que ameriten ser consideradas, evaluadas y aprobadas si procede.

 

30.6.-   Si la inspección Técnica de la Obra, infringiere la disposición del artículo precedente y el Contratista acatase lo dispuesto por él, las consecuencias que pudieren derivar de dicha aceptación, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista.

 

30.7.-   Los trabajos mal ejecutados, materiales mal empleados y elementos utilizados al margen de las normas técnicas correspondientes, que sean observados por la Inspección Técnica de la Obra; deberán ser sustituidos, reconstruidos, reparados o refaccionados a costa del Contratista en el plazo que la ITO establezca, según las indicaciones; sin que ello represente, en caso alguno, aumento de Obra ni costo adicional para el  Mandante.

 

30.8.-   Las observaciones efectuadas en el Libro de Obra por la ITO, deberán ser acatadas de inmediato por el Contratista; y su inobservancia será causal de multas parciales y/o término anticipado del Contrato en caso de recurrencia.

 

            Cada falta de cumplimiento en las instrucciones, será sancionada con multas de 5 UF (Cinco Unidad de Fomentos), cuyo valor se descontará de los estados de pago. No obstante, de ordenar la paralización de las obras si fuese necesario.

 

30.9.-  El Inspector Técnico de la Obra podrá exigir la separación de cualquier trabajador del Contratista o Subcontratista, por insubordinación, desordenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado por la Inspección Técnica de la Obra, siendo siempre responsable el Contratista de las anomalías, vicios o abusos que haya podido cometer la persona separada del entorno laboral.

 

30.10.- La Inspección Técnica de la Obra podrá ordenar el retiro fuera de la zona de las faenas, de todos aquellos materiales que sean rechazados por su mala calidad, situación que deberá quedar registrada en el respectivo libro de Obra.

 

La falta de cumplimiento de esta orden será sancionada con una multa diaria ascendente a 2,5 UF (Dos coma cinco Unidad de Fomentos), sin perjuicio de ordenar la paralización de las Obras.   Dicho valor se descontará de los respectivos Estados de Pago o bien de los valores retenidos.

 

30.11.- El Contratista podrá apelar ante la Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal, dentro de un plazo de siete (7) días hábiles, a contar de la fecha en que se le comuniquen las órdenes o resoluciones que en el curso de los trabajos adopte la Inspección técnica de la Obra y que, a juicio del Contratista, no corresponderían.  El Director Regional resolverá la apelación del Contratista, y sobre esta no procederá recurso alguno.

 

30.12.- La Inspección Técnica de la Obra (I.T.O.) esta facultada para no dar curso a los Estados de Pago cuando el Contratista no acredita el pago oportuno de los sueldos, salarios e imposiciones de previsión del personal empleado, o bien, para ordenar retener de dichos Estados de Pago, las cantidades adeudadas por tales conceptos, los que serán pagados a cuenta del Contratista a las personas o instituciones que corresponda.

 

30.13.- La Inspección Técnica de la Obra podrá solicitar en cualquier momento los Contratos de Trabajo de todas las personas que estén laborando, así como también solicitar la identificación de cada trabajador.  Si se detectase que algún trabajador de la Obra está sin contrato vigente, se consignará por escrito en el Libro de Obras y se le solicitará inmediatamente el abandono de la faena.

 

30.14. Cualquier sugerencia o proposición de cambio en el proyecto, deberá ser informado y solicitado a la Unidad Técnica, a través de la Inspección Técnica de la Obra; quien informará al Mandatario para resolver previa autorización del Mandante si dicho cambio es de carácter técnico, y al Ministerio de Desarrollo Social Regional si se trata de modificaciones administrativas que alteren el proyecto.

 

 

XXXI.- PAGOS Y ANTICIPOS

31.1.-   El Gobierno Regional pagará los Estados de Pagos al Contratista, contra presentación de la factura visada por la Unidad Técnica (Corporación Nacional Forestal), extendida a nombre del Gobierno Regional “Magallanes y Antártica Chilena”; el cual estará avalado por el informe de avance de la Inspección Técnica de Obra.

 

31.2.-   El pago de la Obra ejecutada, se hará mediante “Estados de Pago”, de acuerdo al avance de la Obra y al cumplimiento de la Programación Financiera informado por la Inspección Técnica de la Obra.

 

            Para cursar un estado de pago, será necesario que se acompañe la siguiente documentación: Resumen del estado de pago; detalle de las partidas ejecutadas; certificado de la Inspección del Trabajo; y la factura con el monto aprobado por la Inspección Técnica.

 

31.3.-   Los Estados de Avance de la Obra, serán verificados por la inspección técnica, la cual levantará un informe que acredite la efectividad del avance físico de la misma, debiendo valorarse las partidas ejecutadas según el monto de la Obra.  Solo una vez realizado esto, se dará curso al Estado de Pago.  Los Estados de Pagos, deberán llevar la firma del Inspector y del Contratista o un representante debidamente acreditado de éste.

 

31.4.    Los Estados de Pago se cursarán de acuerdo con el desarrollo de las Obras y en el porcentaje que el valor de los trabajos ejecutados represente dentro del valor total del contrato.

 

31.5.-   Los Estados de Pago serán en cantidad y monto según lo establecido por el Oferente en su Programación Financiera, los cuales no superarán en igual número a la cantidad de meses que dure la ejecución de la Obra.

 

31.6.-   Si el Contratista no acepta el Estado de Pago o lo hace con reservas, deberá formular sus observaciones por escrito al Director Regional de la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL dentro de un plazo de 5 días corridos, contados desde la fecha del Estado de Pago.  Después de este plazo el Estado de Pago perderá su vigencia, debiendo asumir el Contratista los costos asociados a la determinación del nuevo Estado de Pago.

 

31.7.-   La Dirección Regional de la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL exigirá hacer uso de los Estados de Pago y fondos provenientes de retenciones para pagar sueldos, salarios u otras remuneraciones que correspondan, imposiciones a instituciones de previsión que sean adeudadas por el Contratista y que  correspondan al personal ocupado en la Obra.

 

31.8.-   Si los valores antes mencionados fuesen insuficientes para los efectos señalados, la Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal, podrá solicitar al Gobierno Regional efectuar estos pagos con cargo a los documentos de garantía.

 

31.9.-   El Contratista puede solicitar un ANTICIPO por pago de Obra, el cual no excederá del 10 % del valor total de la misma y que será descontado en  proporción a través de los estados de pago correspondientes.  En todo caso, el anticipo deberá ser caucionado mediante una boleta de garantía a nombre del Servicio de Gobierno Regional, la que tendrá un plazo similar a la garantía de Fiel Cumplimiento.

 

 

XXXII.- OTRAS MULTAS

32.1.-   El Contratista está obligado a cumplir, durante la ejecución de la Obra, con los plazos parciales estipulados en el “Programa de Trabajo”, y si se le produce un atraso injustificado, el cual supere de un 30 % con respecto al avance de las Obras consultadas en el mencionado programa, será causal de termino anticipado al contrato, sin perjuicio de la aplicación de la multa correspondiente al 0.5 % aplicado sobre el monto total del contrato.

 

32.2.-   Si durante la ejecución de la obra se produjeran atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o por caso fortuito, el Contratista deberá presentar a la Inspección Técnica de la Obra su justificación por escrito antes de que transcurran 10 días corridos desde que se hayan producido; pasado este período no se aceptará justificación alguna.  El Director Regional de la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL estudiará el informe presentado por la Inspección y las razones invocadas por el Contratista para justificar el atraso y resolverá la aceptación o rechazo de la ampliación del plazo.   Las interrupciones que puedan experimentar las obras a consecuencia del rechazo por la Inspección de materiales que no cumplan las condiciones del contrato, no autorizan al Contratista para solicitar prórroga del plazo.

 

32.3.- Cuando el Contratista no entregue la Obra en el día fijado para su terminación, pagará una multa de 3 UF (Tres Unidad de Fomentos) por cada día de atraso.

 

El atraso de la Obra, será la diferencia expresada en días corridos que exista entre el término del plazo establecido en el contrato, más las ampliaciones de plazo, si las hubiese, y la fecha en que sea verificada la conclusión de las Obras materia del contrato.

 

32.4.-   La multa a la cual se refiere el artículo anterior, se aplicará hasta por 30 días corridos, si el atraso sobrepasara este límite y sin perjuicio de la aplicación del máximo de multa, facultará a la instancia Mandataria para proceder al término adelantado del contrato.

 

32.5.-   La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán de los Estados de Pago, de las retenciones hechas al Contratista o de la garantía del contrato si aquellas no fueren suficientes.

 

 

XXXIII.- RECEPCIÓN DE LAS OBRAS

33.1.- Terminada la Obra, el Contratista solicitará, por escrito, la recepción de la misma a la Inspección Técnica, quien deberá verificar el fiel cumplimiento de lo señalado en las Bases Administrativas, Planos y Especificaciones Técnicas del respectivo contrato, y lo comunicará por escrito a la Dirección Regional, indicando en la fecha en que el Contratista puso termino a la Obra.

 

33.2.-   La recepción provisoria de las obras se efectuará por una Comisión designada por la Dirección Regional y que estará constituida a lo menos por tres funcionarios de la Corporación y el Contratista y/o su representante.   La comisión deberá reunirse en el lugar de las obras en un plazo no superior a 10 días, a contar desde la fecha en que el Contratista solicite la recepción de las obras.

 

33.3.-   Verificado y confirmado el término de las Obras y el fiel cumplimiento del Contrato, ajustado a los Planos, Especificaciones Técnicas y los proyectos de especialidad, la Inspección Técnica de la Obra lo consignará en el libro de Obras con la fecha exacta de término.

 

33.4.-   Al término de la Obra, será obligación del Contratista, entregar a la Unidad Técnica, el expediente con los planos actualizados tanto de arquitectura como de todas las especialidades, en papel y en archivo digital en formato AUTOCAD; con todas las modificaciones, que se hubiesen efectuado en el curso del desarrollo de los trabajos, y debidamente aprobados por las instancias competentes.  Será responsabilidad del Contratista la preparación, tramitación y aprobaciones correspondientes de los proyectos de especialidad señalados en las Especificaciones Técnicas del proyecto.

 

33.5.- La recepción provisoria de la Obra, será realizada por una comisión que verificará el cumplimiento de la misma, y que en caso de resultar que los trabajos no están terminados o no están ejecutados en conformidad con las Bases de Licitación, Planos, Especificaciones Técnicas, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, la Comisión no dará curso a la recepción y deberá elevar un informe detallado al Director Regional de la CORPORACION NACIONAL FORESTAL, fijando un plazo no mayor a quince (15) días para que el Contratista ejecute, a su costa, los trabajos, reparaciones que ella determine, situación que deberá quedar reflejada en el libro de Obras.

 

Concluido el plazo para subsanar las observaciones por parte del Contratista, la comisión se constituirá nuevamente en terreno, para verificar el cumplimiento de las observaciones detectadas con anterioridad, y, si procede, efectuará la Recepción Provisoria de la Obra, levantándose el Acta de Recepción correspondiente.

 

33.6.-   Si el Contratista no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo que se le fije por oficio, la Dirección Regional de la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL podrá llevar a cabo la ejecución de dichos trabajos por cuenta del Contratista y con cargo a la garantía de fiel cumplimiento del contrato y/o retenciones si las hubiese.

 

33.7.-   El Acta de Recepción Provisoria, entre otros, deberá consultar:

La fecha de término de la Obra y la  fecha en que habrá de efectuarse la Recepción Definitiva de la misma.

 

33.8.-   Durante el plazo que medie entre la Recepción Provisoria y la Recepción Definitiva de la Obra, la Corporación Nacional Forestal podrá disponer del uso de la Obra, para los fines que fue concebida.

 

33.9.- Con un mínimo de 30 días, previos al término del plazo de garantía de 1 año, el Contratista deberá solicitar por escrito a la Unidad Técnica la Recepción Definitiva de la Obra.

 

La comisión de recepción definitiva dispondrá de 10 días hábiles, contados desde la fecha de emisión de la citada Resolución para efectuar y levantar el Acta de Recepción Definitiva de la Obra, si procede.

 

33.10.- Será obligación del Contratista gestionar y obtener de la Dirección de Obras Municipales, el Certificado de Recepción Municipal Definitivo de las Obras de acuerdo a lo indicado en el Permiso de Edificación correspondiente.

 

Efectuada, sin observaciones, la Recepción Definitiva de la Obra, se procederá a realizar la liquidación del Contrato.   Cumplida esta formalidad y si no existen saldos pendientes a favor del Mandante, el Gobierno Regional a petición expresa del Mandatario, devolverá al Contratista la garantía de caución de la Buena Ejecución de Obra y el o los saldos de retenciones, si los hubiere.

Pacto de integridad

 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Resolución de Empates
En caso que el máximo puntaje final fuera compartido por dos ó más oferentes, la Corporación adjudicará la oferta con mayor puntaje en el criterio de evaluación “Precio”. Si persiste la igualdad, se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Experiencia de los Oferentes”. Si persiste la igualdad, se adjudicará a la oferta que presente el más alto puntaje en el criterio de evaluación “Calidad Técnica de los Bienes o Servicios”. En caso que siguiera persistiendo la igualdad, la licitación se adjudicará a la oferta correspondiente al oferente de quien CONAF logre reunir las mejores referencias.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las consultas deberán ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 48 horas siguientes a la adjudicación de la licitación, en la dirección de correo jaime.caro@conaf.cl
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Si no se encuentra en registro de chileproveedores, se solicitará un documento donde señale el cumplimiento de este punto, mediante copia de formulario de cotizaciones timbrada por la institución previsional correspondiente o certificado vigente emitido por la Dirección del Trabajo.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Si es necesario aclaración de ofertas, se utilizará el foro inverso del sistema www.mercadopublico.cl

Los antecedentes que se soliciten deberán tener carácter informativo y/o complementario, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.

Actuando en conformidad a lo que establece el Artículo 40 del Reglamento, respecto de errores u omisiones detectados durante la evaluación: "La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, esta posibilidad deberá estar contemplada en las bases de licitación, en las que se especificará un plazo breve y fatal para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema. En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido."


Prórroga fecha cierre recepción de ofertas
La fecha de cierre de recepción de ofertas podrá ser prorrogada, lo que se indicará oportunamente en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl, en caso que a dicha fecha no se hayan recibido ofertas. En este mismo acto, también podrán ser ampliadas cada una las fechas de las demás etapas de esta licitación pública.
Complementación de las bases
CONAF podrá complementar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementación formarán parte integral de las bases.
Readjudicación de ofertas
La Corporación podrá readjudicar las ofertas cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento o desestimiento, de acuerdo a la Ley 19.886 y su Reglamento, adjudicando a la oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación. De igual manera hará efectiva la garantía que se hubiere establecido como seriedad de la oferta comprometida.
Plazo de adjudicación
La Corporación podrá determinar ampliar el plazo de la adjudicación, informando oportunamente en el sistema de información la nueva fecha y las razones que justifican esta decisión.
Inscripción en Chile Proveedores
El proveedor debe cumplir con su registro en Chile Proveedores de acuerdo a lo establecido en las presentes bases. En caso de incumplir con su registro en el plazo indicado, la Corporación solicitará la cancelación de la respectiva orden de compra y procederá a readjudicar la licitación al proveedor que siga en puntaje al que obtuviera la mayor calificación, si asi lo estimare conveniente.
Adjudicación, Deserción o Inadmisibilidad
La CONAF se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la CONAF de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho de adjudicar y/o declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidos en las Bases. La Corporación Nacional Forestal podrá declarar desierta la licitación cuando el puntaje del oferente mejor evaluado sea inferior al 50% del puntaje máximo posible. Podrá además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten conveniente a sus intereses. En estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser por Resolución Fundada.