Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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“Subsecretaría de Justicia”. También puede ser tomada a nombre de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia”. En cualquiera de los dos casos deberá indicarse el R.U.T. N° 61.001.000-8
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Fecha de vencimiento:
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21-08-2020
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Monto:
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3
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Descripción:
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El oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, al 3% de monto total estimado para la licitación. Los oferentes que presenten más de una oferta deberán presentar una garantía por cada oferta siendo inadmisibles las ofertas que acompañen una misma garantía.
La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°3, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención indicados en el citado Anexo.
Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo para ofertar, y deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá la siguiente glosa: “Garantía de Seriedad de la oferta de la licitación pública para la contratación del servicio de Datacenter, Enlace de Datos, Servicios Complementarios e Infraestructura” .
La garantía deberá tener como vigencia mínima 90 días contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En caso que el proceso de adjudicación experimentare demoras o atrasos, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes la renovación o prórroga de sus respectivas garantías de seriedad de las ofertas, por el plazo que les indique.
Sin perjuicio de lo anterior, será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida.
Deberá además cumplir los siguientes requisitos adicionales en caso que el instrumento lo permita:
a) Tomada a nombre de “Subsecretaría de Justicia”. También puede ser tomada a nombre de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia”. En cualquiera de los dos casos deberá indicarse el R.U.T. N° 61.001.000-8;
b) Nombre y R.U.T. del tomador; y,
c) Debe expresarse en pesos chilenos.
En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro ésta, además, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, y sin cláusula de exclusión de los casos señalados más adelante en la presente cláusula. En este caso, previo a su entrega, el proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
No se aceptan cheques como instrumento de garantía.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la Subsecretaría en los siguientes casos:
1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, por causas que le sean imputables;
2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases;
3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases;
4. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error;
5. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases;
6. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado;
7. Por no prorrogar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, o no tomar una nueva garantía en las mismas condiciones en que se tomó la primitiva, 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía entregada originalmente, si aún estuviese en curso el proceso de formalización del contrato; y
8. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
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Glosa:
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“Garantía de Seriedad de la oferta de la licitación pública para la contratación del servicio de Datacenter, Enlace de Datos, Servicios Complementarios e Infraestructura” .
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Forma y oportunidad de restitución:
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Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, conforme lo señalado en el artículo 6 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación, en la dirección indicada en el Anexo N°3.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, se efectuará dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la formalización del contrato con el adjudicatario de la licitación, en consideración a una eventual readjudicación. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas en la dirección recién aludida.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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“Subsecretaría de Justicia”. También puede ser tomada a nombre de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia”. En cualquiera de los dos casos deberá indicarse el R.U.T. N° 61.001.000-8
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Fecha de vencimiento:
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18-12-2023
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Monto:
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20
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista, el adjudicatario deberá entregar, como condición previa para la suscripción del contrato, una o más garantías, equivalentes en total al 20% del valor total del contrato.
La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°3, si fueran en soporte de papel, en el horario de atención señalado en el citado Anexo.
Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo antes indicado y deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 68 del reglamento de la ley N°19.886. Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá la siguiente glosa: “ Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato del servicio de Datacenter, Enlace de Datos, Servicios Complementarios e Infraestructura y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabjadores”.
La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
Deberá además cumplir los siguientes requisitos adicionales en caso que el instrumento lo permita:
a) Tomada a nombre de “Subsecretaría de Justicia” R.U.T. N° 61.001.000-8. También puede ser tomada a nombre de la “Secretaría y Administración General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos” R.U.T. N° 61.001.000-8;
b) Nombre y R.U.T. del tomador; y,
c) Debe ser expresada en pesos chilenos.
En caso que la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato esté constituida por una Póliza de Seguro, además, ésta deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida en Unidades de Fomento por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero y deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
No se aceptan cheques como instrumento de garantía.
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Glosa:
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“ Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato del servicio de Datacenter, Enlace de Datos, Servicios Complementarios e Infraestructura y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta una vez que transcurra el plazo de vigencia de la misma, y que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría haya señalado, por escrito, su total conformidad con el servicio contratado, encontrándose además acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratista.
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