GENERALIDADES DE LA LICITACION |
La Municipalidad de Vitacura, debido a la necesidad de contratar el servicio para la difusión de actividades que realiza el municipio, por medio, de la Dirección de Comunicación y Asuntos Corporativos, ha dispuesto someter a licitación pública el “Servicio de Administración de redes sociales y de grabación, difusión y programación audiovisual en canales online”, identificado en www.mercadopublico.cl con la ID 2667-31-LR18.
En todo lo no regulado por las presentes Bases Administrativas Especiales (BAE) y Bases Técnicas (BT) de esta Licitación, se regirá por el Decreto Alcaldicio Sección 1ª Nº 4/490, de fecha 01 de marzo de 2018, que aprueba las Bases Administrativas Generales (BAG), de la Municipalidad de Vitacura, en subsidio por lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante, Ley de Compras Públicas) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda de 2004 (en adelante el Reglamento de la Ley de Compras Públicas), y, las disposiciones legales y reglamentarias detalladas en el Punto N° 17, de las presentes BAE.
Para todos los efectos legales, se entenderá que forman parte integrante del Contrato o la Orden de Compra a que dé lugar la adjudicación, los documentos señalados en el Artículo 2° de las BAG y todas las normas legales y reglamentarias vigentes que se relacionen con el objeto y la materia de la Licitación.
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OBJETO DE LA LICITACION |
El objeto de la presente licitación es contratar el servicio para la grabación, difusión y programación de videos, a través de canales online y el sitio web de la Municipalidad de Vitacura, y que genere vínculos con redes sociales tales como Facebook (Facebook live), Twitter, Instagram y en general, las redes sociales vigentes del municipio, con el fin de mantener informado a la comunidad de las actividades que realiza el municipio. El servicio además, incluye la producción y grabación de videos en formato HD y/o con utilización de drones para optimizar las grabaciones aéreas, conforme a lo indicado en las presentes Bases Administrativas especiales (BAE), Bases Técnicas (BT) y demás requerimientos para dar cumplimiento a las necesidades planteadas.
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OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR |
Podrán participar en la presente Licitación a través del Portal www.mercadopublico.cl (en adelante el Portal) aquellas personas naturales o jurídicas, que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5º de las presentes BAE y los consignados en el artículo 7° de las BAG.
Serán de cargo del Oferente todos los costos directos e indirectos asociados a la participación, preparación y presentación de su oferta. La Municipalidad en ningún caso será responsable de dichos costos.
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DE LA ADJUDICACION |
La adjudicación será resuelta por el Sr. Alcalde, previo informe de la Comisión Revisora de Bases y Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas. Esta recomendará la adjudicación al proponente cuya oferta resulte más conveniente a los intereses municipales, teniendo para ello en consideración el informe que presente la Unidad Técnica Municipal que llamó a licitación.
La adjudicación de la licitación se entenderá notificada a las 24 horas., desde su publicación en el Portal de acuerdo al artículo 24° de las BAG.
La modalidad de esta adjudicación se realizará a suma alzada, por el total, a un solo oferente.
La Municipalidad de Vitacura se reserva el derecho a desestimar fundadamente todas las ofertas presentadas, si estima que éstas no satisfacen los intereses municipales. Lo anterior no dará derecho a indemnización alguna a favor de los licitantes. De igual manera, y por razones de servicio, el Municipio, se reserva el derecho de modificar eventualmente la fecha de adjudicación establecida en el Portal, sin que ello genere un perjuicio para los Proponentes.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los Oferentes podrán realizar Consultas respecto de la Adjudicación, a través del Foro de Consultas y Aclaraciones disponible en el Sistema de Información, bajo el ID de la presente Licitación Pública.
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ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
Los oferentes deberán elevar al portal www.mercadopublico.cl los documentos que se singularizan a continuación, hasta la fecha y hora del cierre de las ofertas, indicadas en el Decreto de llamado de licitación.
Los documentos son los siguientes:
a. Individualización completa del oferente, (Anexo Nº 1).
b. Garantía de Seriedad de la Oferta, según Punto N° 10.1 de las presentes Bases.
c. Para el caso que el oferente sea persona jurídica, deberá acompañar además una Declaración Jurada Simple, firmada por el representante legal, acreditando la actual composición del directorio o la identificación de los socios, según sea el caso.
d. Declaración Jurada Simple (Anexo Nº 2).
e. Formulario de Condiciones de Empleo y Eemuneraciones (Anexo N° 3).
f. Fotocopia Pago Patente Municipal al día, de manera que acredite el pago vigente de la misma, al momento de la apertura de la licitación.
g. Anexo N° 5, Oferta Económica.
h. Propuesta Técnica: El oferente deberá presentar su Oferta Técnica que incluya todos los ítems planteados en el Punto N° 5 de las Bases Técnicas.
i. Anexo Nº 4: Experiencia, si la tuviere.
Las experiencias válidas serán las que cumplan los siguientes atributos:
A) Experiencia en proyectos de redes sociales: Facebook, Twitter, YouTube, videos en canal YouTube e Instagram.
B) Dentro de los últimos 5 años.
C) Certificado de su cliente, avalando la experiencia presentada.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
En el caso de los documentos indicados
en las letras c), d) y f) precedentes, que no se hayan entregado en la
oportunidad indicada en el párrafo primero del presente artículo, deberán ser
entregados por el oferente a más tardar, al tercer día hábil de requerida la
entrega por la unidad técnica municipal encargada de la propuesta pública, y si
no lo hiciera queda fuera de bases. VER CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.
La presentación de estos eventuales
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar
la oferta, sólo será admisible cuando la emisión o certificación de dichos
documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del
plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Acreditar mediante Formulario Condiciones de Empleo y Remuneraciones (Anexo N° 3).
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SOLICITUD DE ANTECEDENTES ADICIONALES |
La Municipalidad, durante la etapa de evaluación de las ofertas podrá solicitar a los oferentes, nuevos antecedentes que complementen su oferta técnica o una demostración de la solución ofertada, para la realización de pruebas técnicas de los mismos.
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OFERTA ECONOMICA |
Las ofertas válidas serán aquellas que hayan realizado su respectiva Oferta Económica, a través del portal www.mercadopublico.cl asociado al ID de esta licitación, tal como lo indican las Bases Administrativas Generales.
Deberá considerar lo siguiente:
1
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Valor
Neto mensual, por Servicios
de redes sociales de Facebook (incluye
Facebook Live) + Twitter + YouTube + VitacuraTV + Instagram + Community
manager.
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2
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Valor Neto, a Precio Unitario
Mensual, para la incorporación de una nueva red social.
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3
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Valor Neto mensual,
por la grabación, difusión y programación audiovisual de un paquete de 5
videos mensuales, en formato HD para grabaciones tradicionales y/o
grabaciones aéreas (dron).
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4
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Valor Neto a Precio Unitario,
por la grabación, difusión, programación de 1 video adicional.
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Los oferentes deberán consignar en el desglose de su oferta económica (Anexo N° 5), valores en UF, utilizando dos decimales. Además, el oferente deberá indicar, a qué impuesto se encuentra afecto, en el mismo Anexo.
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ALCANCE DE LA OFERTA |
La oferta comprenderá todos los trabajos y rubros necesarios para el suministro del “Servicio de Administración de Redes Sociales y de grabación, difusión y programación audiovisual en canales online”, a fin de cumplir con las exigencias establecidas en las BAG, BAE y BT.
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EVALUACION DE LAS OFERTAS |
Los factores de evaluación de las ofertas que hayan cumplido con todos los requisitos, será el siguiente:
Ítem
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CRITERIOS DE EVALUACION
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PONDERACION
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P1
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Oferta Económica
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50%
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P2
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Oferta Técnica
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35%
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P3
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Experiencia
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10%
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P4
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Condiciones de Empleo y Remuneraciones Art. Nº 6, Ley 19.886.
P4 a) Condiciones de empleo (1%)
P4 b) Remuneraciones (2%)
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03%
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P5
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Cumplimiento de Requisitos Formales
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02%
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100%
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Los factores serán evaluados de la siguiente forma:
EVALUACIÓN OFERTA = P1 + P2 + P3 + P4 + P5
P1 - OFERTA ECONÓMICA (50%):
P1 = P1.a) + P1.b) + P1.c) + P1.d)
P1.a) = 25%, Valor Neto mensual, por el servicio de redes sociales de Facebook (Facebook live) + Twitter + YouTube + Vitacura TV + Instagram + community manager.
P1.b) = 05%, Valor Neto, a Precio Unitario Mensual, para la incorporación de una nueva red social.
P1.c) = 55%, Valor Neto mensual, por grabación, difusión y programación audiovisual de 5 videos mensuales.
P1.d) = 15%, Valor Neto, a Precio Unitario, por la grabación, difusión y programación de 1 video adicional.
P1.a) =
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(Oferta Económica de menor valor)
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x 50
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x 25%
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(Oferta Económica en evaluación)
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P1.b) =
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(Oferta Económica de menor valor)
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x 50
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x 05%
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(Oferta Económica en evaluación)
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P1.c) =
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(Oferta Económica de menor valor)
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x 50
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x 55%
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(Oferta Económica en evaluación)
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P1.d) =
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(Oferta Económica de menor valor)
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x 50
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x 15%
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(Oferta Económica en evaluación)
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P2 – PROPUESTA TÉCNICA (35%), de acuerdo al Punto N° 5 de las Bases Técnicas.
P2 = P2.a) + P2.b) + P2.c)
P2.a) Plan de Redes Sociales (4%):
P2.a) =
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(Oferta en evaluación)
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x 4
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(Oferente con mayor cantidad de puntos).
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- Plan de Asesoramiento, para Facebook: Plan Completo: 1 punto /Plan incompleto: 0 punto.
- Plan de Asesoramiento, para Twitter: Plan Completo: 1 punto /Plan incompleto: 0 punto.
- Plan de Asesoramiento, para Instagram: Plan Completo: 1 punto /Plan incompleto: 0 punto.
- Plan de Asesoramiento, para YouTube: Plan Completo: 1 punto /Plan incompleto: 0 punto.
P2.b) Grabación, difusión y programación audiovisual (25%):
P2.b) =
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(Oferta en evaluación)
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x 25
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(Oferente con mayor cantidad de puntos).
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Se medirá calidad de la imagen, redacción y contenido de los videos HD presentados, de acuerdo a:
• Videos HD Tradicionales:
SUBCRITERIO
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EVALUACIÓN
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PUNTAJE
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Calidad de Imagen
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Grabación
en resolución 4k (4.000 pixeles) o superior
Grabación
en 24, 60 y 120 fps (frames por segundo)
Iluminación profesional
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5 puntos
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Grabación inferior a resolución
4k (4.000 pixeles)
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0 puntos
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SUBCRITERIO
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EVALUACIÓN
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PUNTAJE
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Calidad
del sonido
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Buena: Equipamiento profesional: dos
lavalier para entrevistas – micrófono de mano- micrófono ambiental (shotgun)
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5
puntos
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Mala: Falta de equipamiento
profesional descrito
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0
puntos
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SUBCRITERIO
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EVALUACIÓN
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PUNTAJE
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Calidad del subtítulo
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Buena:
Presencia de subtítulos legibles en todo el material visual
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5 puntos
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Mala:
No incorporar ítem subtítulos
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0 puntos
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SUBCRITERIO
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EVALUACIÓN
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PUNTAJE
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Producción
del video
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Buena: Enviar reel para evaluación de
producción de piezas audiovisuales
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5
puntos
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Mala: Reel no incorporado
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0
puntos
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• Videos HD con drones:
SUBCRITERIO
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EVALUACIÓN
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PUNTAJE
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Calidad de Imagen
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Buena:
Grabación en resolución 4k (4.000 pixeles)
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2,5 puntos
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Mala:
Grabación inferior a resolución 4k (4.000 pixeles)
|
0 puntos
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SUBCRITERIO
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EVALUACIÓN
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PUNTAJE
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Producción del video
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Buena:
reel exclusivo con tomas aéreas
|
2,5 puntos
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Mala:
Reel no incorporado
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0 puntos
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P2.c) Plan de contingencia, en caso de mal funcionamiento del servicio (6%).
- No presenta Plan o Plan incompleto – 0 puntos.
- Presenta Plan con el procedimiento – 6 puntos.
P3 - EXPERIENCIA (10%).
Este punto será evaluado de acuerdo al Anexo N°4 – Experiencia, dentro de los últimos 10 años (Ver Anexo N° 4):
SUBFACTOR
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PUNTAJE
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Mas de 8 certificaciones
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10
puntos
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Entre 7 y 4 certificaciones
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05
puntos
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Entre 3 y 1 certificaciones
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01
puntos
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No acredita o no Informa
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00
puntos
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P4 - CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES (3%).
Las condiciones de empleo y remuneraciones, será evaluada en coherencia al Anexo N°3, Condiciones de empleo y remuneraciones.
P4 = P4.a) + P4.b
P4.a) – Condiciones de empleo (1 punto).
• 0 puntos = Con sentencias
• 1 punto = Sin sentencias condenatorias.
P4.b) – Remuneraciones (2 puntos).
P4.b) =
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(Remuneración
promedio por trab. Anual año 2017 en Evaluación)
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x 2
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(Mayor
Remuneración promedio por trab. Anual año 2017)
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P5: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (2%).
SUBFACTOR
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PUNTAJE
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El oferente cumple con la totalidad de los documentos solicitados, en
los plazos requeridos, antes del cierre
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2
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El oferente presenta los antecedentes omitidos en el plazo señalado en
el Foro Inverso (posterior al cierre)
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0
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El oferente no cumple con la totalidad de los documentos solicitados o
NO informa
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Fuera
de Bases
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Resolución de Empates |
Si
al completarse la evaluación dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje,
se entregará la primera opción a quien presente el mayor puntaje en el Criterio
de Evaluación “oferta económica” y, en caso de persistir la igualdad, será
definido a favor de quien presente la mejor puntuación en el Criterio de
Evaluación “oferta técnica”. De persistir el empate, se dirimirá en favor de
quien obtenga el mayor puntaje en el Criterio de Evaluación “experiencia”.
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GARANTIAS Y SEGUROS |
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Los oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento en la forma establecida en el artículo 53° de las Bases Administrativas Generales. El monto de esta Garantía será de $3.000.000 (tres millones de pesos) y deberá estar vigente por al menos 120 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la licitación.
La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser digitalmente incorporada a través del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de que el documento original debe entregarse obligatoriamente en la Secretaría Municipal, Av. Bicentenario 3.800, Piso 3°, teniendo como plazo límite, la fecha y hora de la apertura de la licitación.
En el evento de no cumplir con la entrega material de la garantía de seriedad de la oferta en tiempo y forma, el oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, inadmisible su oferta.
Glosa Referencial de la garantía: “Seriedad de la oferta Licitación Pública ID 2667-31-LR18”.
En caso de que la adjudicación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el municipio podrá solicitar prórroga de ésta, siendo obligación del Oferente su cumplimiento.
La Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelta a los Proponentes conforme a lo previsto en los incisos séptimo, octavo y noveno, del artículo 53° de las BAG.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Una vez adjudicada la propuesta en el Portal, el Oferente Adjudicatario, deberá presentar dentro del plazo de diez (20) días seguidos a contar de la fecha de notificación de la adjudicación, en la Secretaría Municipal, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Buena Ejecución del Servicio, en la forma establecida en los artículos Nº 55 y siguientes de las BAG.
El monto de esta Garantía, será el equivalente al 10% del monto total del Contrato, y deberá estar vigente por al menos 90 días posteriores al término de la Garantía ofertada para la solución, siendo devuelta al Contratista una vez cumplido dicho plazo o en el acto de Recepción Final o de Recepción Única, dejando constancia de ello en el acta que para estos efectos se levante. En caso de variar el valor del contrato, esta garantía deberá variar en el mismo porcentaje.
Esta garantía tiene como finalidad resguardar el cumplimiento del plazo y las condiciones de la Garantía Técnica ofertada y comenzará a regir desde el día de recepción conforme por el ITO de la solución propuesta en su oferta.
Glosa de esta garantía: “Para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato y las Obligaciones Laborales y Previsionales de los Trabajadores en Licitación Pública ID 2667-31-LR18”.
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INCUMPLIMIENTOS Y MULTAS AL CONTRATO |
Incumplimiento.
En caso de incumplimiento de las obligaciones del Oferente, el Inspector Técnico del Servicio, aplicará el procedimiento establecido en el título IX de las BAG y notificará por escrito, dentro de un plazo de 3 días a contar de producida la falta, la aplicación de las multas que se estipulan a continuación, las que serán a beneficio municipal.
Multas.
a) Se aplicará una multa de 10 UTM por cada día de atraso, en la puesta en operación de los servicios contratados, es decir, a contar del 1 de Septiembre de 2018.
b) Se aplicará una multa de 1 UTM diaria, si el oferente se atrasa en la fecha de entrega del servicio, de acuerdo a lo solicitado por email.
c) Se aplicará una multa de 10 UTM, si se publicare cualquier información que no ha sido aprobada por la Dirección de Comunicaciones y Asuntos Corporativos y/o que la Municipalidad autorice. Lo anterior, incluye situaciones de intervención maliciosa del sitio, debido a la falta de seguridad del mismo.
d) Se aplicará una multa de 5 UTM en caso de incurrir el adjudicatario en cualquier incumplimiento no especificado que atente contra la correcta ejecución del contrato y que no tenga señalada una multa específica.
e) Se aplicará una multa de 1 UTM, en el caso, de no entregar toda la documentación de acreditación de los drones utilizados, punto 4 de las BT.
f) Se aplicará una multa de 2 UTM por cada evento de incumplimiento de las instrucciones emitidas por el inspector técnico.
g) Se aplicarán 1 UTM por cada día de atraso en la entrega de los informes mensuales.
El valor de la UTM a considerar será el correspondiente al mes de pago de la multa.
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DEL CONTRATO |
El plazo de inicio para los servicios, será a partir del 1 Septiembre de 2018 y tendrá una duración de 36 meses.
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FORMA DE PAGO |
La forma de pago será en pesos chilenos, con impuesto incluido, pagándose el precio convenido dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme por el ITS del documento de cobro y toda la documentación solicitada para su pago.
Los pagos serán a partir del acta de inicio de los servicios contratados, los que deberán ser debidamente certificados por el ITO del Contrato. En el caso que el contratista se atrase en la puesta en operación del servicio, el pago del primer mes considerará solo los días efectivos de servicio. La factura debe ser emitida y entregada dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al mes que se está cobrando.
La factura electrónica, deberá enviarla al correo facturas@vitacura.cl con copia al ITS del Contrato o a quien este designe.
Pagos, se cancelará previa certificación de conformidad por parte de la Dirección de Comunicaciones y Asuntos Corporativos, pagándose el precio convenido en pesos, correspondiente a la UF del último día del mes en el cual se haya prestado el servicio.
Para el caso de aumentos y/o disminuciones los pagos, se pagarán proporcionalmente a los días del mes que efectivamente se haya prestado el servicio.
Documentación a solicitar, para cada estado de pago:
a) Factura del Contratista, debidamente visada por el ITS.
b) Certificado de aprobación conforme del ITS y Director del área.
c) Comprobante de pago de cotizaciones previsionales de cada uno de los trabajadores que haya prestado servicios (Caja de Compensación, IPS (Ex INP), mutual de Seguridad, AFP), durante el mes anterior al cuyo pago se pretende.
d) Formulario F-30 emitido por la Dirección del Trabajo, durante el mes anterior al cuyo pago se pretende;
e) Pago de multas cursadas en el mes (si las hubiere), durante el mes anterior al cuyo pago se pretende;
f) Copia de la Patente Municipal al día, para los meses de enero y julio de c/año.
g) Comprobante de pago de póliza de seguro, en el caso que corresponda.
NOTA: Los documentos aquí señalados deberán presentarse “todos”, en soporte digital (URL, CD, EMAIL, pendrive) adjuntos a la factura respectiva del mes de cobro, con la finalidad que la Municipalidad pueda revisar lo que estime pertinente, sin necesidad de encontrarse todo impreso.
Retenciones de pago:
El Estado de Pago, se podrá retener en los siguientes casos:
• Observaciones no subsanadas, para lo cual se retendrá el valor de los servicios pendientes de término.
• La no entrega de la aprobación o de informes favorables del proyecto por parte de los organismos competentes, si correspondiere.
• Existencia de reclamos en la Inspección del Trabajo, o laborales o previsionales pendientes por parte del adjudicatario y que hayan sido notificadas a la Municipalidad, si correspondiere.
• Si la Municipalidad fuera demanada subsidiariamente y/o solidariamente. En estos casos la Municipalidad quedará facultada para pagar con estos fondos. En caso de demandas solidarias y/o subsidiariamente en que la Municipalidad haya debido defenderse judicialmente y, se dicte sentencia condenatoria en contra, ya sea de la Municipalidad o del Contratista; este último deberá reintegrar al municipio la totalidad de los costos que haya asumido en su defensa judicial.
• Por incumplimiento de alguna de las exigencias de la Recepción Provisoria de los Servicios, si correspondiere.
• No cumplimiento del retiro de la totalidad de las instalaciones establecidas en las Bases Técnicas.
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DE LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DEL CONTRATO |
Conocimiento de los requerimientos del servicio.
Aun cuando en la descripción de los Servicios del Contrato estipuladas en las BT se hubieran omitido detalles necesarios, el Servicio requerido deberá entregarse completo, operable y en los plazos que se fijan en las bases técnicas y administrativas.
El costo de los elementos o trabajos secundarios o menores, así como el de los trabajos, bienes, servicios y funcionalidades cuya provisión está expresamente solicitada en las BT, pero no consignada individualmente en la oferta, se considerarán incluidos en los precios cotizados.
El contratista deberá examinar cuidadosamente los antecedentes que forman parte integrante de la Propuesta y solicitar toda la información necesaria, incluso de materias que no figuren o se hayan omitido en dichos documentos y que sean necesarios para el otorgamiento del servicio requerido, siendo de su cargo cualquier solución no resuelta.
Cualquier discrepancia que exista entre estos documentos será resuelta por el Director de Comunicaciones y Asuntos Corporativos.
Cumplimiento de instrucciones.
El Contratista deberá someterse a las instrucciones de la Dirección de Comunicaciones y Asuntos Corporativos, las cuales se impartirán siempre por escrito, conforme a los términos y condiciones del respectivo contrato. El Inspector Técnico de Servicio (ITS) será nombrado por la Dirección de Comunicaciones y Asuntos Corporativos, en el decreto de adjudicación, conforme lo previsto en el Punto N° 17 de estas BAE.
Dentro las funciones del ITS, se encuentran, entre otras, las siguientes:
• Para efectos contractuales, ser el interlocutor de la Municipalidad con el Contratista.
• Coordinar y supervisar la ejecución del proyecto.
• Temas informáticos y técnicos varios.
• Aprobar los avances del proyecto.
• Aprobar y cursar, multas y pagos.
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MODIFICACIONES DE CONTRATO |
La Municipalidad podrá aumentar o disminuir las partidas del contrato (ADMINISTRACIÓN DE REDES SOCIALES Y DE GRABACION, DIFUSION Y PROGRAMACION AUDIOVISUAL EN CANALES ONLINE), de acuerdo a los artículos Nº 44°, 45° y 46° de las BAG, aumentos que no podrán superar el 30% del monto total del contrato y deberán ser aprobadas por la Comisión de Finanzas Municipales.
Lo anterior, considerando los precios establecidos por el oferente y detallado en el Anexo Nº 5 de las presentes Bases.
En aquellos casos, en que los aumentos se refieran a partidas que no han sido consideradas dentro de los precios unitarios, el contratista presentará un presupuesto con la respectiva descripción funcional y antecedentes técnicos, previa solicitud del municipio.
Este presupuesto deberá ser convenido por ambas partes de común acuerdo, y deberán ser evaluadas, en cuanto a costo y plazo por el proveedor y aprobados por el ITO. Una vez establecida la conformidad anteriormente señalada, y ratificada la disponibilidad de fondos por la Comisión de Finanzas Municipales, se procederá a redactar el Decreto Alcaldicio que autoriza dicha modificación. La única instancia de aceptación de modificación por parte de la Municipalidad de Vitacura, será la notificación del Decreto Alcaldicio que lo autoriza y el correspondiente anexo de contrato firmado por el adjudicatario.
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SUBCONTRATACION |
El contratista no podrá subcontratar ningún servicio o trabajo relacionado con el objeto de la presente Licitación, sin contar con la autorización previa y escrita de la Dirección de Comunicaciones y Asuntos Corporativos. Nada de lo contenido en los subcontratos, creará relación contractual alguna entre los subcontratistas y el mandante.
El contratista se obliga a incluir en los subcontratos todos los términos y condiciones de esta Licitación, en lo que sean aplicables, exigiendo a los subcontratistas que el trabajo subcontratado sea realizado estrictamente de acuerdo a los términos del Contrato y Documentos que forman parte de éste, incluyendo expresamente el cumplimiento de todas las exigencias legales relacionadas con su personal y, en especial, las leyes laborales, previsionales y tributarias, sin que sobre este particular el mandante tenga ninguna responsabilidad u obligación.
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MARCO REGULATORIO VIGENTE |
Para el fiel cumplimiento de sus obligaciones contractuales, el Contratista deberá considerar como parte integrante del contrato las siguientes ordenanzas y normativas:
• Ley 19.886, Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
• Decreto 250 del 24 de septiembre de 2004 del Ministerio de Hacienda Reglamento de la ley N°19.886.
• DFL 1-19653 del Ministerio General de la Presidencia del 2000. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
• DFL 1-18.695 del Ministerio del Interior del 2006. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipales.
• Resolución N° 1600 de la Contraloría General de la República de 2008. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado que establece normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
• Ley N°16.744, sobre prevención de accidentes del trabajo, de seguridad e higiene industrial y los decretos del Ministerio de Salud N°40/68 (Departamento de Prevención de Riesgos) y N°54/68 (Comités Paritarios) que la complementan.
• Ley N° 19.653 Sobre Probidad Administrativa de los Organos de la Administración del Estado.
• Ley 19.880 Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado.
• Ley 20.285 Sobre acceso a la información pública.
• Ley 20.880 Sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses.
• Ley N° 20.730. Regula el Lobby y las Gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y funcionarios.
• Ley N° 20.393. Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, Financiamientos del Terrorismo y Delitos de Cohecho.
• Reglamento para Contratista y Subcontratista de la Municipalidad de Vitacura (Dec. Alc. N° 10/2420 de fecha 10.11.2017).
• Ley 20.123 Regula trabajo en Régimen de Subcontratación.
• Decreto 54 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de 21 de febrero de 1999. Aprueba Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
• Decreto Supremo 594 de 1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
• Decreto Alcaldicio Sección 1ª N° 4/490, de fecha 1 de marzo de 2018. Aprueba Bases Administrativas Generales para la Adquisición de Bienes, Ejecución de Obras y/o Prestación de Servicios a través de Licitación Pública o Privada, a través del portal www.mercadopublico.cl
• Las Ordenanzas Municipales Locales y sus posteriores modificaciones (Aseo y Ornato, Medio Ambiente, Obras, Tránsito u otras), de la comuna de Vitacura tales como: Ordenanza Local para Ocupación Transitoria de Espacios Públicos por Trabajos, Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales, Ordenanza Local Sobre Horario de Carga y Descarga de Camiones de la Construcción, Ordenanza Comunal sobre Mantención de áreas verdes y especies vegetales en la vía pública, Ordenanza de Urbanismo y Construcción y Ordenanza Municipal Ruidos Molestos, entre otros.
• Decreto Alcaldicio N° 5/1245, de fecha 22 de junio de 2016, que aprueba el Reglamento sobre Función y Deberes de los Administradores de Contrato de la Municipalidad de Vitacura.
• Decreto Alcaldicio Sección 1ª N° 10/1839, de fecha 30 de agosto de 2017 aprueba texto refundido del Procedimiento de Resguardo de Boletas de Garantía y otras Acreencias.
• Políticas y condiciones de uso del Sistema ChileCompra, instrucción que la Dirección de Compras Públicas emite para uniformar la operatoria en el Portal Mercado Público.
• Dictámenes pertinentes de la Contraloría General de la República (CGR).
• Directivas de la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP).
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PROFESIONAL DE COORDINACIÓN E INSPECCIÓN (ITS) |
De acuerdo a artículo 63º de las BAG, el desarrollo del contrato será coordinado e inspeccionado por el ITS que designe la Municipalidad, a través del Director de la Dirección de Comunicaciones y Asuntos Corporativos, y el Adjudicatario reconocerá como válida su coordinación, control, observaciones y detalles.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ACLARACION N° 1 |
Agréguese al Punto N° 6 “CONSIDERACIONES”, de las Bases Técnicas, el siguiente párrafo:
f) El adjudicatario será el encargado de proveer 5 videos mensuales. Sin perjuicio de lo anterior, si estos videos no fueran solicitados por el Municipio, serán acumulados automáticamente para el próximo mes. La acumulación, sólo será de un mes a otro.
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